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Responsabilidad de la empresa principal frente a la vulneración del derecho a la libertad sindical, cometido por el contratista o subcontratista

Parada Díaz, Macarena, Guzmán Peña, Pablo January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de este trabajo es determinar, si dentro del esquema de subcontratación, la empresa principal debe responder de manera solidaria o subsidiaria por las vulneraciones al derecho de la libertad sindical cometidas por la empresa contratista o la subcontratista. Para ello se revisaran los distintos aspectos del derecho a la libertad sindical incluyendo como se configura una práctica antisindical, junto con el análisis de los mecanismos que nuestra legislación establece para su protección. Se realizará un análisis doctrinal y jurisprudencial relativo a la extensión y límites de la responsabilidad de la empresa principal y si es extensible a las prácticas antisindicales, a la luz de nuestra legislación vigente. La metodología utilizada para llevar a cabo nuestra investigación, corresponde a la recopilación, análisis y estudio de nuestra legislación, doctrina y jurisprudencia, en lo que dice relación al derecho a la libertad sindical y el tratamiento de la responsabilidad principal en los casos de subcontratación, específicamente aquellas que tratan el alcance y límite de dicha responsabilidad. 6 Como consecuencia de nuestro estudio, podremos concluir que dentro del sistema de subcontratación, la empresa principal no puede ser responsable de manera solidaria ni subsidiaria por las vulneraciones a la libertad sindical que sean cometidas por la empresa contratista o la subcontratista, a la luz de la legislación vigente, sin perjuicio que deba responder de manera directa cuando ha sido esta quien comete una práctica antisindical
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La responsabilidad del empresario en materia de seguridad y salud en el trabajo en los casos de tercerización

Calderón Tarrillo, Ana Nelly 10 April 2017 (has links)
En el presente trabajo se desarrolla la pertinencia de establecer obligaciones y responsabilidades del empresario principal en materia de seguridad y salud en el trabajo, con respecto a los trabajadores de las contratistas que desarrollan actividades en el lugar de trabajo bajo dominio de la principal, que han sido trasladados a consecuencia del proceso de descentralización productiva. La finalidad de este planteamiento es que ambas (contratista y comitente) asuman en forma efectiva el deber de prevención y las posibles contingencias en materia de seguridad y salud en el trabajo / Trabajo académico
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La regulación de los efectos laborales de la subcontratación: el Perú en América del Sur

Sanguineti Raymond, Wilfredo 10 April 2018 (has links)
The regulation of the labor effects of subcontracting:Peru in South AmericaThis article aims to place the operated changes in legal treatment of labor effects of the outsourcing of productive activities in Peru within the context of a more general trend to regulate this phenomenon operated in several countries in South America in a coincident way, in order to identify their points of coincidences and their singularities. It also questions the aptitude of regulatory solutions introduced to face up to problems generated by the new productive model which express these practices and it testsproposals to overcome in the future their weaknesses / El presente artículo pretende situar los cambios operados en el tratamiento jurídico de los efectos laborales de la subcontratación de actividades productivas en el Perú dentro del contexto de una tendencia más general a regular este fenómeno, tendencia operada en varios países de América del Sur de manera coincidente, con el fin de detectar sus puntos de coincidencia y sus singularidades. Asimismo, se interroga sobre la aptitud de las soluciones normativas introducidas para hacer frente a los problemas generados por el nuevo modelo productivo que expresan estas prácticas y ensaya propuestas para superar en el futuro sus debilidades
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Empresas de trabajo temporal, un equilibrio entre flexibilización y precarización

Palma Cartes, Ronnie, Quiroga Cárdenas, Marcela January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Primeramente analizaremos algunas consideraciones generales acerca de las empresas de trabajo temporal, desarrollando conceptualmente el fenómeno del Trabajo Temporal y trazando un deslinde con otras figuras con las que suele confundirse. En el Capítulo II analizamos la evolución que han experimentado las empresas de trabajo temporal en nuestro país y la respuesta jurisprudencial que se ha emitido en relación a esta figura de excepción y finalmente, en el Capítulo III, analizar detalladamente los antecedentes, fundamentos y contenido del Proyecto de Ley sobre Subcontratación y Empresas de Servicios Temporarios, como también las modificaciones que ha experimentado durante su debate en el Congreso.
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La subcontratación en Chile, la externalización, outsourcing y trabajos transitorios. — Análisis legal y jurisprudencial.

Mancilla Digoy, Pablo. January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La subcontratación ha generado un extenso debate a nivel mundial y en especial en nuestro país, el cual, de un tiempo a esta parte, ha visto aumentado de manera considerable el número de trabajadores empleados de empresas contratistas. Esta situación llevo al ejecutivo a enviar, un debatido, proyecto de ley que regula esta forma de hacer empresa y de contratar empleados. El mencionado proyecto hoy en día se ve plasmado en la ley Nº 20.123, la cual regula de manera extensa el trabajo bajo el régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La tramitación de esta ley no estuvo exenta de críticas de distintos grupos intermedios de nuestro país, y aún hoy, existen dudas respecto de su correcta interpretación y de cómo se están desempeñando o desempeñarán las instituciones y personas objeto de la mencionada legislación. El presente trabajo intenta develar en primer lugar los orígenes de la subcontratación, tanto a nivel mundial como a nivel nacional. Analizando cuales son los motivos que llevaron a los empresarios para adoptar este régimen y que influencias económicas determinan que alcance el auge que tiene hoy en día. Uno de los puntos en los cuales pondré especial énfasis será el fenómeno de la externalización como causa principal del régimen de subcontratación. En relación con lo anterior, dirigiré esta Memoria en torno a las normativas jurídicas que fueron aplicables antes de la entrada en vigencia de la ley Nº 20.123, buscando determinar de que forma la derogada normativa protegía al trabajador y cuales eran sus puntos débiles. Mediante el análisis del proceso de tramitación legislativo, pretendo ilustrar las distintas posiciones de los actores políticos en torno a este tema, y como estas influenciaron la legislación vigente.
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Los trabajadores subcontratistas de Codelco ¿Una nueva forma de acción sindical?

Jordana Contreras, Claudia January 2009 (has links)
No description available.
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Los Factores de Movilización en el caso de los trabajadores subcontratistas de CODELCO y Bosques Arauco

Torres Cierpe, Juana January 2009 (has links)
No description available.
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Interpretación judicial sobre facultades fiscalizadoras de la Dirección del Trabajo en materia de subcontratación laboral

Sotomayor Pinuer, John January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El 5 de octubre de 2006, S. E. la Presidenta de la República, Michelle Bachelet Jeria, promulgó y ordenó llevar a efecto la Ley N°20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios; consecuentemente, la Dirección Nacional del Trabajo, mediante la Circula N°4 de 12 de enero de 2007, instruyó a todos los directores regionales, coordinadores inspectivos e inspectores provinciales y comunales del trabajo, la realización de un programa nacional de fiscalización destinado a verificar el cumplimiento de la nueva normativa laboral. Sin embargo, el organismo estatal encargado de ejecutar dicho programa ha sido sometido a un intenso control judicial, a raíz de los recursos de protección deducidos en su contra por las empresas fiscalizadas. En efecto, desde el 17 de abril de 2007 al 17 de abril de 2008 , de un total de 75 acciones constitucionales en 50 oportunidades los Tribunales Superiores de Justicia han decidido acoger las acciones interpuestas, ordenando al Servicio recurrido adoptar medidas tendientes a dejar sin efecto las actuaciones impugnadas, esto es, el Acta de Constatación de Hechos y/o la Resolución de Multa.
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La subcontratación y el suministro de personal : Repercusiones sobre el derecho colectivo del trabajo.

Aylwin Ramírez, Luis Arturo, Stade Urízar, Matías Mauricio January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El desarrollo de la investigación que se propone para el desarrollo de los objetivos planteados, contempla en primer lugar, el análisis de las bases doctrinarias históricas del derecho laboral en general, y de los procesos y medios de descentralización productiva en particular. En este sentido se hace necesario un previo estudio, aunque breve, de los conceptos y de las formas fácticas de producción y de relación con el mundo laboral, planteados por aquellos hombres que, de una u otra forma, forjaron la realidad laboral de los trabajadores hasta hoy, incluyendo para tal efecto, la ideas y mecanismos introducidos por Frederick Taylor, Henry Ford y John Maynard Keynes. Enseguida, es indispensable analizar, conceptualizar y desarrollar las variantes de la descentralización productiva, sus distintas formas y los sujetos que intervienen en ella. Para este último objetivo, por ser el Derecho Laboral, al menos en sus bases y principios intrínsicos fundamentales, un conjunto de principios y normas que trascienden nuestras fronteras, se analizará también las experiencias, rescatables o no, en el plano internacional. Enseguida, se apreciará la opinión de autores que se hayan abocado al estudio y al desarrollo doctrinario del Derecho Laboral, en lo pertinente a las implicancias de la descentralización productiva en el respeto y promoción de los derechos de sindicalización, negociación colectiva y otros derechos fundamentales, y que son quienes han creado la escasa literatura jurídica nacional existente respecto del ejercicio de los derechos colectivos, por parte de los trabajadores sujetos a regímenes de contratación laboral triangulares. Finalmente, acudiremos a la consulta directa, a través del recurso metodológico de la entrevista, de un grupo de personas ligadas al ámbito del Derecho laboral y al ejercicio de los derechos de carácter colectivo, y que son una voz de autoridad en la materia, producto de sus estudios, sus cargos y sus experiencias. Con este fin, entrevistaremos a María Ester Feres, abogada, directora del Centro de Relaciones Laborales de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Central y ex Directora del Trabajo; Horacio Fuentes, presidente de la Confederación de Trabajadores Metalúrgicos (CONTRAMET); Esteban Hidalgo, vicepresidente de la Confederación General de Trabajadores (CGT – MOSICAM); Martín Pascual, cientista político, investigador del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo (CENDA); Rafael Pereira, abogado, jefe de la división jurídica de la Dirección del Trabajo y José Luis Ugarte, abogado, profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Diego Portales y Alberto Hurtado
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La ley de subcontratación y el nuevo concepto de empresa, hacia una evolución de los grupos empresariales

Mancilla Sánchez, Sorién Benjamín January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La subcontratación ha generado un extenso debate a nivel mundial y en especial en nuestro país, el cual, de un tiempo a esta parte, ha visto aumentado de manera considerable el número de trabajadores empleados de empresas contratistas. Esta situación llevo al ejecutivo a enviar, un debatido, proyecto de ley que regula esta forma de hacer empresa y de contratar empleados. El mencionado proyecto hoy en día se ve plasmado en la ley Nº 20.123, la cual regula de manera extensa el trabajo bajo el régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La tramitación de esta ley no estuvo exenta de críticas de distintos grupos intermedios de nuestro país, y aún hoy, existen dudas respecto de su correcta interpretación y de cómo se están desempeñando o desempeñarán las instituciones y personas objeto de la mencionada legislación. El presente trabajo intenta develar en primer lugar los orígenes de la subcontratación, tanto a nivel mundial como a nivel nacional. Analizando cuales son los motivos que llevaron a los empresarios para adoptar este régimen y que influencias económicas determinan que alcance el auge que tiene hoy en día. Uno de los puntos en los cuales pondré especial énfasis será el fenómeno de la externalización como causa principal del régimen de subcontratación

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