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Informe Jurídico sobre la Sentencia de Vista del Exp. N° 13550-2016-0- 1801-JR-LA-03Infante Oré, Miryana Lenita 18 August 2021 (has links)
A través de una sentencia de vista que demuestra múltiples tipos de contrataciones a una obrera municipal que realiza la misma labor desde 1994 y que fue cesada a menos de dos semanas de haber presentado una queja por hostigamiento sexual ante su empleador, este informe explica un fenómeno que ha sido normalizado a través del tiempo tanto en el ámbito laboral privado como en el público y que acarrea graves consecuencias para el trabajador víctima de este, una de ellas, y la más grave para el sistema laboral, es la obstaculización a la tan anhelada la indeterminación laboral, yendo en contra de la
estabilidad laboral. Pues la trabajadora sufrió de una desnaturalización de contratos desde iniciar la relación laboral, pues el servicio que realizaba para la municipalidad era perenne. Ello se demuestra a través de la ley de la materia y diversa doctrina que nos lleva a concluir que la trabajadora debió estar bajo la indeterminación desde su primer día de labores. Asimismo, se observan las distintas excepciones presentadas que se declararon fundadas, pese a que no tenían un análisis profundo detrás, por lo que se
concluye de manera opuesta al juzgado. Finalmente, este informe busca que se comprenda la importancia de realizar correctamente un proceso de queja de hostigamiento sexual, así como la necesidad de generar un nexo causal sólido para poder respaldar el despido nulo solicitado, con un mayor sustento, se concluye que el juzgado acertó al conceder el despido nulo a la trabajadora
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La necesidad de modernizar el derecho de huelga en el PerúOrtega Cordero, Ricardo Julio 30 April 2021 (has links)
La huelga, conforme se encuentra regulada en Perú, es aquel derecho por medio
del cual los trabajadores organizados acuerdan paralizar sus labores a modo de protesta
en contra de su empleador, ya sea en el marco de una negociación colectiva o fuera de
esta. Este derecho, como todo derecho fundamental, posee límites externos provenientes
de su convivencia con otros derechos y, límites internos, provenientes de su
conceptualización legislativa; siendo que, toda forma de huelga que se aleje del concepto
legislativo será considerado como una huelga ilegal. En esa línea, resulta urgente
modernizar al derecho de huelga, flexibilizando sus modalidades de acción de modo que
se adecúe a la variedad de tipos de relaciones laborales y no se circunscriba a un modelo
de empresa tradicional, donde la forma idónea de causar daño al empleador era con la
paralización total y masiva del trabajo. En dicho orden de ideas, consideramos que el
derecho de huelga adquiere mayor efectividad si se deja en manos de los trabajadores la
decisión de la forma de protesta que realizarán en contra de su empleador, en vista a que,
la paralización del trabajo no siempre es la manera mas efectiva de causar daño si tenemos
en cuenta que no todas las compañías funcionan de la misma manera. Siendo esto así, la
presente tesis analiza la efectividad de la huelga conforme se encuentra regulada y la
posibilidad de implementar un modelo de huelga dinámico que permita a los trabajadores
determinar la forma de manifestación de dicho derecho, pues, al igual que las relaciones
laborales, el derecho de huelga está en la necesidad de variar acorde a las características
del mundo laboral moderno, el mismo que se quedó congelado en el tiempo, pensado para
una empresa de producción, donde la falta de mano de obra perjudicaba enormemente al
empleador
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Informe Jurídico: Caso Empleados de la fábrica de fuegos en Santo Antonio de Jesús y sus familiares vs. BrasilSwayne Salazar, Camila 07 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico busca cuestionar el análisis de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso Empleados de
la fábrica de fuegos en Santo Antonio de Jesús vs. Brasil, publicada el 15 de
julio de 2020.
El principal argumento es que la Corte realiza un análisis limitado porque no
adopta un enfoque laboral para determinar la vulneración de los derechos, a
pesar de que el hecho generador sea un accidente de trabajo; sumado a que,
tampoco se desarrolla a profundidad la responsabilidad en la protección y
respeto de los derechos humanos por parte de las empresas.
En ese sentido, se cuestiona la falta de aplicación de los Principios Rectores
sobre las Empresas y los Derechos Humanos (PREDH) como criterio de
análisis; la falta de pronunciamiento sobre otros derechos que también
resultaron afectados como consecuencia de la vulneración al derecho a
condiciones equitativas y satisfactorias en la seguridad, salud e higiene en el
trabajo, como son los derechos a la salud y a la seguridad social; y el análisis
de la dimensión judicial de este último.
A manera de conclusión, se señala que si bien el Estado es responsable por
las violaciones de los derechos imputados, el análisis es limitado por las
razones anteriores y repercute en las medidas de reparación que ordena la
Corte. Sobre estas, se sugiere que deben estar orientadas a la protección del
derecho a la seguridad y salud en el trabajo en un marco general y en los
trabajos de alto riesgo. / This legal brief seeks to question the analysis of the Inter-American Court of
Human Rights in the judgment of Employees of the Santo Antonio de Jesus
fireworks factory vs. Brazil, published on July 15, 2020.
The main arguments are that the Court's argumentation is limited because it
does not adopt a labor approach, even though the triggering event is an
accident at work. In addition, the violation of the right to equitable and
satisfactory conditions of safety, health and hygiene at work is focused on the
lack of State control, without considering that companies are also responsible
for the protection and respect of human rights.
In this sense, the lack of application of the Guiding Principles on Business and
Human Rights as a criterion of analysis is questioned since it prevents an
enriching pronouncement on the matter; as well as the fact that the affectation
of other rights as a result of the violation of the right to equitable and
satisfactory conditions in safety, health and hygiene at work, such as the right to
health and social security, has been ignored, or that the judicial dimension of
the right has not been considered as a relevant point of analysis to determine
the responsibility of the State.
By way of conclusion, it is noted that although the State is responsible for the
violations of the rights imputed, the analysis is limited for the above reasons and
has repercussions on the reparation measures ordered by the Court. Regarding
these, it is suggested that they should be oriented to the protection of the right
to safety and health at work in a general framework and in high-risk jobs.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Directoral N° 429-2021-JUS/DGTAIPD-DPDPRodriguez Bernal, Gemma María Lourdes 07 August 2023 (has links)
Para la regulación del tratamiento de los datos sensibles médicos de
trabajadores existen diversos deberes y derechos fundamentales involucrados:
el derecho fundamental a la seguridad y salud en el trabajo, el deber de
vigilancia de la salud de los trabajadores y no discriminación en el trabajo, el
derecho a la protección de información sensible médica, el deber de respeto y
confidencialidad de la información íntima del trabajador y el derecho y deber al
secreto profesional médico. Estos deberes y derechos se encuentran
comprendidos en tres fuentes normativas que deben interpretarse en
consonancia: Las normas de seguridad y salud en el trabajo, las normas de
protección de datos personales y las normas de salud.
En el caso concreto se analiza si resulta válido que el empleador acceda,
efectúe el tratamiento y transmita a la SUNAFIL los datos sensibles médicos
del trabajador denunciante sin contar con un consentimiento informado,
conforme a las garantías que otorgan los artículos 13.6 y 18 de la Ley de
Protección de Datos Personales, interpretadas en el marco de la asimetría
propia de una relación laboral. / For the regulation of the treatment of sensitive medical data of workers, there
are various duties and fundamental rights involved: the fundamental right to
safety and health at work, the duty to monitor the health of workers and
non-discrimination at work, the right to the protection of sensitive medical
information, the duty of respect and confidentiality of the intimate information of
the worker and the right and duty to medical professional secrecy. These duties
and rights are included in three normative sources that must be interpreted in
consonance: Safety and health regulations at work, personal data protection
regulations and health regulations.
In the specific case, it is analyzed whether it is valid for the employer to access,
carry out the treatment and transmit to SUNAFIL the sensitive medical data of
the complainant worker without having informed consent, in accordance with
the guarantees granted by articles 13.6 and 18 of the Law. Protection of
Personal Data, interpreted within the framework of the asymmetry of an
employment relationship.
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Efectos de la extinción del vínculo laboral por pérdida de la confianza en el sector privadoLavi Tejada, Christian 06 March 2019 (has links)
En el presente artículo se pretende analizar la figura de la perdida de la confianza en el
régimen privado laboral, con una visión crítica frente a la manera en la que se viene
abordando esta problemática a nivel jurisdiccional en nuestro país. Partiremos analizando
la doctrina clásica del derecho del trabajo con la finalidad de tener un concepto claro de
trabajador de confianza, continuaremos analizando el concepto de trabajador de confianza
en nuestra legislación remontándonos a los primeros dispositivos que regulaban esta figura.
Posteriormente revisaremos la legislación actual que regula el régimen privado laboral para
analizar cómo se encuentra actualmente regulada la figura del trabajador de confianza y al
mismo tiempo revisaremos la ley general de sociedad en el extremo que autoriza la
extinción del vínculo laboral con el gerente mediante la aplicación de la remoción.
Asimismo, tendremos en cuenta el contenido de las resoluciones que consideran a la
pérdida de confianza como una causal válida de la extinción de la relación laboral lo cual
nos permitirá sustentar nuestra postura, para finalmente arribar a nuestras conclusiones
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Los trabajadores objeto de cesión temporal al interior del grupo de empresas y la necesidad de identificar y tutelar sus derechos laborales individualesMarin Perez, Victor Napoleon 24 March 2022 (has links)
La circulación de trabajadores al interior de los grupos de empresas desde la perspectiva jurídica goza de trascendencia, actualidad, y a su vez de complejidad debido a la ausencia de normas legales de carácter laboral; de ahí que, por cuestiones de tiempo y sobre todo de dificultad de la temática el presente trabajo de investigación estará circunscrito a estudiar la cesión temporal como mecanismo de circulación de trabajadores al interior de los grupos de empresa nacionales y los derechos que deberían tener garantizados los trabajadores que son objeto de dicha cesión temporal. Al respecto, se ha decidido realizar un estudio del derecho a la antigüedad y el tiempo efectivo de servicio; el derecho de retorno a la empresa cedente; el derecho de conservación de remuneraciones y derechos laborales más beneficiosos de origen contractual que se perciben en la empresa de origen – cedente; y el derecho de adquisición de remuneraciones y derechos laborales más ventajosos de origen contractual que se vienen otorgando en la empresa de destino o cesionaria. Estando al estudio realizado debemos apuntar que, las principales conclusiones a las cuales se ha podido arribar giran en torno a confirman que los trabajadores objeto de cesión temporal son titulares de todos los derechos estudiados y analizados en la presente investigación; en tal sentido, es importante culminar comentando que dichas conclusiones a las cuales se han arribado han sido producto del estudio y reflexión realizada de la doctrina jurisprudencial y científica y de determinados principios rectores del Derecho del trabajo
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Remuneraciones devengadas: ¿Privilegio del despido nulo o consecuencia derivada de la reposición en el empleo reconocida a otros tipos de despido?Benavides Maza, María Fátima 24 May 2021 (has links)
El presente artículo tiene como finalidad principal determinar si a los trabajadores que
sufren despidos incausados y fraudulentos les corresponde el pago de remuneraciones
devengadas, como ocurre en los supuestos de despido nulo; o si, por el contrario, es
correcta la posición actual asumida por la Corte Suprema según la cual estos trabajadores
solo tienen derecho al pago de una indemnización por daños y perjuicios (y al pago de
daños punitivos), en sustitución a las remuneraciones devengadas. Luego de resumir el
desarrollo jurisprudencial y doctrinario que ha habido sobre este tema, en el presente
trabajo académico se analiza en primer lugar la naturaleza y características del despido
fraudulento e incausado, en contraposición al despido nulo, para identificar el contexto en
que estas modalidades de despido son reconocidas y cuál es la tutela que se les brinda.
Igualmente, teniendo en cuenta que en la actualidad se reconoce el otorgamiento de
conceptos distintos, destinamos un capítulo a analizar las diferencias conceptuales entre las
remuneraciones devengadas y la indemnización civil por daños y perjuicios, con la
finalidad de demostrar que se trata de conceptos de naturaleza y características distintas.
Finalmente, teniendo en cuenta estos antecedentes, el último capítulo explica por qué sí
debería reconocerse el pago de remuneraciones devengadas –y no de una indemnización
por daños y perjuicios y/o daños punitivos– a los trabajadores que sufran despidos
incausados y/o fraudulentos.
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Informe jurídico del expediente Nro. 174-2003-ZTPE-LAO sobre solicitud de cese colectivo por causas económicas DOE RUN PERÚ S.R.L. para 354 trabajadores de La OroyaSandoval Rosales, Milagros del Rocío 04 August 2022 (has links)
Con motivo de la revisión del Expediente Nro. 174-2003-ZTPE-LAO, mediante el cual la
empresa DOE RUN PERÚ S.R.L. solicitó la terminación de contratos de trabajo por
causas objetivas de 354 trabajadores de su asentamiento minero en La Oroya, Junín,
se han identificado cuatro problemas jurídicos de forma: la oportunidad de la notificación
a la autoridad administrativa sobre el procedimiento de cese colectivo; la anticipación
con la que se convocó a la parte trabajadora a las reuniones de negociación en trato
directo; la convocatoria de la autoridad a las reuniones de conciliación; y, la
incorporación de personas de otra provincia a la solicitud de cese colectivo. Asimismo,
se han identificado cuatro problemas jurídicos de fondo: el ánimo para negociar que
deben de tener las partes a lo largo del procedimiento de cese colectivo, la justificación
de la causa objetiva invocada por el empleador, la celebración de convenios colectivos
con incrementos económicos el mismo año que se solicitó el cese colectivo; y la
suficiencia de la medida de cese colectivo para la mejora de la situación del empleador.
El análisis nos ha permitido concluir que el procedimiento de terminación colectiva de
contratos de trabajo vigente en nuestro ordenamiento laboral no reviste de una
complejidad que los empleadores no puedan asumir. Por el contrario, se concluye que
dicho procedimiento está estructurado para equilibrar el poder entre el empleador y los
trabajadores. Sin embargo, consideramos que esta figura no habría sido usada con más
frecuencia por los empleadores debido a que la autoridad administrativa de trabajo se
resistiría a revisar la causa objetiva y preferiría enfocarse en incumplimientos de los
requisitos de forma, como pasó en este caso. Ello convertiría este procedimiento en un
trámite muy costoso para un resultado que tampoco brindaría claridad sobre la
procedencia de la causa objetiva.
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Gestión (anti)ética en las relaciones de trabajo: problemas y mecanismos de explotación laboral en dos franquicias de fast foodCastro Arostegui, Patricia, Ramirez Montes, Cristina Valeria 13 November 2021 (has links)
Esta investigación se ocupa del problema de explotación laboral y los mecanismos organizacionales a
través de los cuales se reproduce en dos franquicias de fast food en Lima Metropolitana. El enfoque teórico
proviene de la ética de la gestión, el trabajo decente y estudios empíricos conexos. La metodología, de corte
cualitativo, se basó principalmente en entrevistas a trabajadores y extrabajadores de ambas franquicias, así
como la revisión de documentos relevantes de las organizaciones involucradas. El análisis permitió
identificar diferentes prácticas de explotación vinculadas a la retribución salarial insuficiente, afectaciones
de la jornada laboral y sobrecarga laboral. Asimismo, permitió elucidar los distintos mecanismos mediante
los cuales esas prácticas son reproducidas y normalizadas en estos contextos organizacionales.
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Informe sobre Sentencia N° 00003-2010-Corte Superior de Justicia de ArequipaGeldres Sánchez, Gustavo Adolfo 16 March 2021 (has links)
La fiscalización laboral es vital para verificar que las obligaciones de trabajo se están
cumpliendo acorde a lo establecido por el empleador. Esto debe darse respetando los
derechos fundamentales de los trabajadores; es decir, sin cometer un ejercicio desmedido que
termine por deslegitimar el despido.
Este informe profesional analiza el caso del uso del reporte de llamadas del celular del
trabajador con la finalidad de demostrar una falta grave laboral que justificaría el despido
realizado (Sentencia N° 00003-2010-Corte Superior de Justicia de Arequipa). En este caso,
el empleador sostiene que el despido está conforme a ley dado que el empleador no cumplió
con sus obligaciones; por su parte, el trabajador alega que se ha vulnerado su derecho a la
reserva de las comunicaciones y que la falta laboral cometida no puede ser considerado una
falta grave.
Este tema resulta interesante, porque a medida que pasa el tiempo, el desarrollo tecnológico
va forzando el replanteamiento de las clásicas figuras laborales y la aparición de nuevas
formas de ejercer el poder de dirección; de modo que, la subordinación, como elemento
esencial de la relación laboral, enfrenta nuevos retos para determinar los límites del poder de
fiscalización.
En tal sentido, lo que se pretende es analizar las principales controversias jurídicas existentes
que se encuentran en la referida sentencia; asimismo, se busca dar argumentos en favor o en
contra en base a lo resuelto por la Corte Superior. Finalmente se brindan algunas conclusiones
en relación a lo analizado a lo largo del informe profesional.
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