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Análisis comparativo de los efectos tributarios derivados del aporte de creditos personalisimos, en la conversión y en la transformaciónVila Baltra, Martín, Fuentes Jara, Heriberto Dancel 05 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Vila Baltra, Martín [Parte I], Fuentes Jara, Heriberto Dancel [Parte II] / El propósito de la investigación es demostrar que las normas sobre Conversión, particularmente dentro de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pueden producir efectos tributarios distintos, a los de la transformación, para los contribuyentes, que aún encontrándose en similar situación económica, tienen estructuras jurídicas de constitución diferentes, perjudicándolos con cargas tributarias excesivas, pérdidas de créditos tributarios y afectándolos con cargas tributarias secundarias, esto debido principalmente al sentido que se le ha dado a ambos conceptos y a la doctrina del Servicio de Impuestos Internos en torno a los créditos intransferibles o derechos personalísimos.
El tipo de investigación es exploratorio porque el tema no ha sido tratado con anterioridad; de forma sistemática; y descriptivo porque describe cómo es y cómo se manifiesta el fenómeno tributario estudiado.
Se analizaron diversas disposiciones legales contenidas dentro de la Constitución Política, y la Ley de la Renta, sometiéndose, bajo su ámbito de aplicación, algunos casos o situaciones donde se demostró en detalle sus efectos perjudiciales para el empresario individual que pretende iniciar un proceso de Conversión.
Finalmente, se reconoce que los problemas que presenta la Conversión requieren resolverse principalmente por vía legislativa, de manera que se corrijan o complementen las disposiciones legales que dan origen a ellas.
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Análisis del incentivo tributario a la investigación y desarrolloOlivares Vicentelo, Lucy, Polanco Zamora, Gonzalo 10 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Olivares Vicentelo, Lucy [Parte I],
Polanco Zamora, Gonzalo [Parte II] / La siguiente tesis describe y explica la nueva normativa sobre el incentivo tributario
a la Investigación y Desarrollo (I+D). El primer incentivo en esta materia fue establecido en
el país a través de la Ley N°20.241 de 2008. No obstante el avance que significó la dictación
de esta normativa, los resultados no fueron los esperados y no hubo un impulso significativo
a los proyectos I+D en el país. Se criticó al cuerpo normativo por ser demasiado estrecho
al sólo autorizar proyectos “extramuros”, es decir, efectuados con capacidades externas a
las empresas y establecer plazos que eran incompatibles con la agilidad que debían
desenvolverse las investigaciones en empresas innovadoras que enfrentan un mercado
crecientemente competitivo.
Por esta razón, el Gobierno estimó conveniente enviar un proyecto de Ley que
establecía modificaciones al incentivo original. Se aumentaron los beneficios, se abrió la
posibilidad de amparar proyectos realizados por las propias empresas y se establecieron
procedimientos para autorizar en forma transitoria la ejecución de los proyectos en espera
de la tramitación definitiva.
En el presente trabajo se estudia en detalle la normativa introducida por la Ley
N°20.570 a la Ley original. En el capítulo primero o introducción se indica un contexto
económico del tema, para luego fundamentar sus objetivos y la relevancia del trabajo. En
el capítulo segundo, se estudia la historia del nacimiento de ambas normativas, con las
indicaciones y cambios que se efectuaron a la idea original. En el capítulo tercero se
estudian los beneficios desde el punto de vista normativo para que en el capítulo cuarto se
detalle la administración del impuesto. En el capítulo quinto se incluye un formulario de
postulación efectuado en base a la experiencia de los autores en estas materias.
Finalmente, en el capítulo sexto, se analiza la comprobación de la hipótesis planteada para
arribar a las conclusiones.
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Efectos del cambio obligatorio de régimen de empresas o sociedades que tributan en el régimen B y pasarán al régimen A, frente a un proceso de fusión impropia de sociedadesBobadilla Loyola, Gabriela Andrea, Cantuarias Rubio, Rocío Amparo 03 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Gabriela Andrea Bobadilla Loyola [Parte I],
Rocío Amparo Cantuarias Rubio [Parte II] / Este trabajo ha sido desarrollado con entusiasmo y dedicación siendo su propósito
aportar en la reflexión y respuesta a un problema específico al que se verán
enfrentadas las empresas o sociedades que, en un proceso de reorganización
empresarial, cambien obligatoriamente de régimen de tributación.
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Efectos tributario del cambio de régimen de sociedadesAlvear Barrientos, Miguel Angel, Sanchez Asencio, Mauricio 10 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Alvear Barrientos, Miguel Angel, [Parte I],
Sanchez Asencio, Mauricio, [Parte II] / La Ley 20.780 publicada el 29 septiembre 2014 establece la Reforma tributaria
que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes
en el sistema tributario, siendo uno de los principales la generación de dos nuevos
regímenes tributarios, y la Ley 20.899 publicada el 08 febrero de 2016 que simplifica
el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias,
vienen a establecer un cambio en el sistema tributario chileno. Hasta antes
de esta reforma, el sistema tributario chileno se basaba en la integración total de los
impuestos finales que pagan los dueños de las empresas y los impuestos corporativos
que pagan las empresas, siendo estos últimos un adelanto de los impuestos
finales, los cuales se deben considerar al momento del cálculo de la tributación final
de los dueños de las empresas que pagaban al momento de la remesa, retiro o
distribución efectiva de utilidades.
Las empresas tributaban en base al principio de devengado o percibido y los
dueños de las empresas tributaban sólo en base a principio percibido.
El cambio al sistema que establece la Reforma, si bien mantiene la integración
de impuestos finales y corporativos, crea dos regímenes de tributación que
rigen a contar del 01 de enero de 2017.
En el primero, denominado régimen atribuido o régimen del Artículo 14 A o
Régimen de Impuesto de Primera Categoría con imputación total de crédito en los impuestos finales, las empresas tributan en base a principio de devengado o percibido,
mientras que sus dueños tributarán bajo el concepto de atribución. Esto último
implica que los dueños de las empresas tributarán todos los años por las utilidades
tributables que determinen sus empresas o sociedades aunque no las hayan retirado,
en otras palabras, no tiene la capacidad de diferir el pago de sus impuestos
personales.
En el segundo, denominado régimen semi integrado o régimen del Artículo
14 B, o Régimen de Impuesto de Primera Categoría con deducción parcial de crédito
en los impuestos finales, se mantiene la tributación en base al principio de devengado
o percibido para las empresas y solo en base a principio percibido para los
dueños de éstas, pero solo con derecho al 65% de crédito por el Impuesto de Primera
Categoría pagado por la empresa. Lo anterior constituye potencialmente un
aumento de la carga impositiva para los dueños de las empresas que tributan en las
tasas marginales más altas, llegando a una tasa impositiva del 44,45%.
Ahora bien, en el ámbito del estudio continuo de la normativa tributaria en
Chile, pretendemos desarrollar nuestra tesis con la pasión que nos genera el aportar
al intercambio del análisis de un tema de aplicación específico y otorgar una respuesta
al vacío normativo que genera el cambio de régimen de tributación, desde el
régimen semi integrado al régimen atribuido.
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El Nuevo Régimen Mype Tributario y su Impacto en los Estados Financieros de la Micro y Pequeña Empresa del Sector Textil del Emporio Comercial de Gamarra, Año 2017 / The New Mype Tax Regime and its Impact on the Financial Statements of the Micro and Small Enterprise of the Textile Sector of the Commercial Emporium of Gamarra, Year 2017Bohórquez Vicente, Patricia Rocío Milagros, Huamán Molina, Jackelyn Rosa 13 December 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación está referido al Nuevo Régimen Mype Tributario y su Impacto en los estados financieros de la Micro y pequeña empresa del sector textil del Emporio Comercial de Gamarra en el año 2017.
En el primer capítulo se realiza el estudio de los diferentes regímenes tributarios alrededor del mundo y las distintas definiciones que tienen los países de Latinoamérica respecto a la implementación de sus sistemas tributarios y regímenes especiales para la micro, pequeña y mediana empresa.
Asimismo, se explica la importancia de las MYPES en el Perú, su aporte en el Producto Bruto Interno, (el 40% del PBI, que constituye el 98,6% de las unidades empresariales) y su impulso en el crecimiento económico del país. Además, se da a conocer el diferente régimen tributario en el Perú y el correcto acogimiento que debe tener la micro y pequeñas empresas.
En el segundo capítulo se realiza el plan de investigación en donde se determina el problema, los objetivos y la hipótesis de esta investigación.
En el tercer capítulo se elige el tipo de investigación más conveniente para el desarrollo de este estudio. Asimismo, se determina la población y la muestra necesaria para la investigación.
En el cuarto capítulo se realiza el desarrollo de la investigación en donde se aplican los instrumentos elegidos para este estudio: las entrevistas a profundidad a los especialistas en el tema; el desarrollo de encuestas y la aplicación del caso práctico, en donde se aplican los parámetros y obligaciones del mencionado régimen.
Finalmente, en el quinto capítulo se realiza el análisis de los resultados de los estudios cualitativo y cuantitativo; y análisis del caso práctico haciendo una comparación entre el acogimiento del Régimen General y el Nuevo Régimen Mype Tributario, dando a conocer el impacto que genera en los estados financieros. / The present research work refers to the New Mype Tax Regime and its Impact on the financial statements of the Micro and small company of the textile sector of the Commercial Emporium of Gamarra in the year 2017.
In the first chapter, the study of the different tax regimes of the world and the definitions that the countries of Latin America have regarding the implementation of their tax systems and special regimes for micro, small and medium enterprises.
Likewise, it explains the importance of the MYPES in Peru, its contribution in the Gross Domestic Product, (40% of the GDP, which is 98.6% of the business units) and its boost in the economic growth of the country. In addition, the different tax regime in Peru and the proper reception that must be given to micro and small businesses is disclosed.
In the second chapter the research plan is carried out where the problem, the objectives and the hypothesis of this investigation are determined.
In the third chapter, the type of research most convenient for the development of this study is chosen. Likewise, the population and the sample necessary for the investigation are determined.
In the fourth chapter the development of the research is carried out where the instruments chosen for this study are applied: in-depth interviews with specialists in the subject; the development of surveys and the application of the case study, where the parameters and obligations of the aforementioned regime are applied.
Finally, in the fifth chapter the analysis of the results of the qualitative and quantitative studies is carried out; and analysis of the case study making a comparison between the collection of the general regime and the new Mype Tributary regime, making known the impact it generates in the financial statements. / Tesis
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La imposición sobre el consumo en Cuba: desarrollo, sistematización, valoración crítica y propuesta de reformaValdés Lobán, Eurípides 09 June 2001 (has links)
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Tributación de los bonos pagados a los trabajadores, su devengo como ingreso para el trabajador y gasto para empresa en relación a condiciones resolutorias o suspensivas de los mismosEscobar Plaza, Claudio, Año Maturana, Israel 09 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Claudio Escobar Plaza [Parte I],
Israel Año Maturana [Parte II] / La importancia del tema de los bonos que las empresas pagan a sus trabajadores por
diversos conceptos, se ha ido creciendo en la medida que no se aclara por parte del Servicio
de Impuestos Internos las formas de fiscalizar estos ingresos o gastos según sea el caso,
del trabajador o de la empresa.
Este artículo intentará determinar diversos puntos de discusión que se puedan presentar
en este ámbito, partiendo de la base de que los bonos desde su génesis, representan una
remuneración accesoria.
Generalmente este tipo de remuneración, se percibe en forma desfasada desde el momento
en que se pactó, existirán diferentes condiciones que permitan lograr llegar a la tributación
que le corresponda caso a caso.
En la actualidad, el mercado ve cada vez más habitual que las empresas pacten bonos con
sus trabajadores, los cuales la mayoría son pagados en el período siguiente al cuál fue
pactado, dejando muchas puertas abiertas en lo que ha remuneración accesoria respecta.
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Análisis comparativo de las devoluciones de capital v/s las normas del término de giro, en relación a las utilidades financieras acumuladas en la empresaSalas Loayza, Jorge, Reyes Cayul, Felipe 01 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Salas Loayza, Jorge, [Parte I],
Reyes Cayul, Felipe, [Parte II] / La presente tesis abordará exclusivamente el análisis de las devoluciones de capital y
las normas que regulan el término de giro, ambas en relación a las utilidades
financieras acumuladas en la empresa, tratadas en el N°7 del artículo 17 y en el
artículo 38 bis, ambas de la Ley sobre Impuesto a la Renta y disposiciones
administrativas de la autoridad tributaria, y como estas han sido modificados por la
Reforma Tributaria, a través de la ley N°20.780 y la ley N°20.899, e interpretadas a
través de la Circular N°49 del año 2016, del Servicio de Impuestos Internos.
Las devoluciones de capital, en su texto, ha tenido diversas modificaciones por las
leyes arriba enunciadas, a pesar de ello, permanece la idea que propicia tanto el
legislador como la autoridad tributaria, que dicha devolución de capital debe
corresponder necesariamente a lo efectivamente aportado por el o los dueños de la
sociedad o empresa, y que patrimonialmente sea lo último que se retire, para no
generar distorsiones con las otras normas que regulan la tributación de las utilidades
pendientes de tributación.
Relacionado con esto último y mirado desde un punto de vista general, en primer lugar
se deben imputar las utilidades tributables pendientes de tributación, como también
aquellas utilidades financieras en exceso de los utilidades anteriores, y en último lugar
el capital y sus reajustes, es decir, en términos generales se mantuvo la idea central,
pero sólo cambiaron los registros de imputación.
A su turno, el término de giro se modificó en forma radical, adecuándolo a la Reforma
Tributaria, esto es, se eliminaron las fisuras que tenía el texto anterior, por cuanto ahora la tributación no está sometida exclusivamente al Fondo de Utilidades
Tributarias (FUT), sino que al capital propio tributario, el cual contiene dichas
utilidades más aquellos incrementos que no pasaron por la Renta Líquida Imponible
de Primera Categoría. En términos generales, la tributación al momento del término
de giro, está sometida principalmente a los incrementos de patrimonio que están
formando parte del Capital Propio Tributario de la sociedad o empresa.
Aparentemente, si bien es cierto, ambos conceptos se modificaron, integrando en sus
registros al capital propio tributario, lo que proponemos investigar es, si la tributación
relacionada con las devoluciones de capital, resultarían más gravosas que las normas
del término de giro, por cuanto este último no incorpora en su base imponible las
utilidades financieras.
En base a lo anterior, nace la inquietud respecto de cuál ha sido el sentido de
incorporar las utilidades financieras en exceso de las tributables, al orden de
imputación cuando se realizan devoluciones de capital, sobre todo cuando éstas no
tienen como contrapartida un activos real o flujos de efectivo.
Dado lo anterior, se analizarán en particular, la forma en que se debía tributar cuando
se realizaban devoluciones de capital en, sociedades de personas y anónimas, hasta
31-12-2014, para posteriormente analizar la tributación de las devoluciones de capital
entre los años 2015 y 2016, para finalmente analizar la normativa vigente a contar del
01-01-2017, focalizándonos principalmente en las utilidades financieras acumuladas
en la empresa o sociedad.
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Cómo el good will a través de las distintas disposiciones legales que lo rigen, han ido impactando en los procesos de fusiones, disminuyendo la rentabilidad y flujos esperados a través del tiempoColombo Pérez, Christian 10 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Tributación / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / En el siguiente estudio se presentará al lector un análisis comparativo referente al
tratamiento del Good Will Tributario en el proceso de fusión de empresas a través
del tiempo, con la aplicación de las diferentes normativas existentes. Además
también se dará a conocer el acercamiento entre el tratamiento del Good Will
Tributario y Good Will financiero que se ha dado en el tiempo con las
modificaciones de las normativas vigentes.
Como propósito final, en este estudio comparativo se demuestra a través de un
caso real, el efecto económico que debe soportar el inversionista al realizar el
proceso de fusión (propia o impropia) en la oportunidad en la cual se lleve a cabo,
con su posterior efecto en su rentabilidad.
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Disminución en el mayor valor de enajenación de acciones o derechos sociales del registro de rentas atribuidas propiasLarrondo Holmgren, Juan Andrés, Aracena Stubing, Andrés 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Larrondo Holmgren, Juan Andrés, [Parte I],
Aracena Stubing, Andrés, [Parte II] / La reforma tributaria introducida por las leyes Nº 20.780 del año 2014 y Nº 20.899
del año 2016 ha incorporado una opción para el contribuyente que permite rebajar
del mayor valor en la venta de las acciones o derechos en empresas acogidas a las
disposiciones de la letra A) del artículo 14 de la LIR, aquella parte de las rentas
atribuidas propias registradas en el registro del mismo nombre que corresponda en
proporción a las acciones o derechos sociales que se enajenan.
Al respecto, la normativa que establece este beneficio no se hace cargo de regular
el doble beneficio que obtendría quien adquiere dichas acciones o derechos al
permitirle registrar un costo equivalente al desembolso incurrido en la adquisición
de dichos títulos además de mantener el derecho a retirar utilidades o percibir
dividendos que la ley asocia a ingresos no constitutivos de renta.
Por otra parte, la ley no permite el uso de este beneficio para todos aquellos
contribuyentes de impuestos finales que se ven afectados por el nuevo principio de
atribución de rentas, según disponen los N°s 2 y 3, de la letra A), del artículo 14 de
la LIR, sino que se limita únicamente a aquellos casos en que la renta proviene de
una empresa acogida a la letra A) del artículo 14 de la misma ley.
Considerando lo anterior, el presente trabajo pretende desarrollar un análisis crítico
de la norma aludida, teniendo presente el objetivo del legislador al introducir esta
rebaja en la base imponible de un impuesto, profundizando así en aquellos aspectos
que a nuestro juicio generarían efectos no buscados o indeseados.
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