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La Derrama Magisterial y sus problemas de agenciaApaza Rondón, Katiuzka Jacovina 02 October 2013 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objeto de estudio a la Derrama Magisterial, como una organización de seguridad social, previsional de tipo mutual y complementaria a los regímenes de pensiones existentes, que reúne a todos los maestros que laboran para el Estado.
Los objetivos planteados fueron: i) Determinar si los controles de gobierno corporativo en la Derrama Magisterial son eficientes o se requieren cambios para minimizar los problemas de agencia, ii) Evaluar la intervención de los sindicatos en la elección y desempeño de integrantes del directorio de la Derrama Magisterial y determinar si es un eficiente mecanismo de control y iii) Desarrollar mecanismos de control para reducir los problemas de agencia.
Se ha utilizado a la Teoría de Agencia, para la descripción de las características institucionales desde la creación de la Derrama Magisterial en el año 1966 con la promulgación del Decreto Supremo Nro. 078- ED hasta la actualidad. Se ha dividido el estudio de la institución en dos etapas, determinadas por la vigencia de la Resolución Suprema Nro. 860-ED que rigió a la Derrama Magisterial durante el periodo comprendido entre el año 1970 a 1988 y el Decreto Supremo Nro. 021-88-ED, cuya vigencia se inicia en el año 1988 a la fecha. Esto ha permitido identificar los problemas de agencia durante el desarrollo institucional.
Identificados los problemas de agencia existentes en la Derrama Magisterial, se procedió a evaluar la aplicación de las normas de Gobierno Corporativo como una solución a los problemas encontrados. Con la finalidad de mejorar el rendimiento de la institución, se plantean algunas recomendaciones para el fortalecimiento del directorio, control de las gerencias e incrementar la información proporcionada a los docentes. Para el fortalecimiento del directorio se propone la incorporación del director independiente, delimitación de funciones del presidente y secretario, entre otras recomendaciones. / This investigation topic has as objective the study of the Derrama Magisterial as an organization of social security, provisional of mutual type and complementary to the existent retirement regimens, that contents all the school teachers that work for the Peruvian State.
The proposed objectives were; i) To determine if the Government corporative controls in the Derrama Magisterial are efficient or need to implement changes to minimize some agency problems, ii)To evaluate the Unions intervention in the elections and performance of the Derrama Magisterial members of the Board of Directors and determine if it is an efficient mechanism of control, and iii) To develop mechanisms of control to reduce the agency problem.
The Agency Theory had been used for the description of the organizational characteristics since the creation of the Derrama Magisterial in 1966 with the approval of the Supreme Decreed number. 078- ED until now. The study of the institution was divided into two phases determined by the force of the 860-ED Supreme Resolution that ruled the Derrama Magisterial during the 1970 to 1988 period and the Supreme Decreed 021-88-ED, which force starts in 1988 up to date. This has allowed to identify the agency problems during the organizational development.
Once identified the Agency Problems of the Derrama Magisterial, the application of the Corporate Government norms were evaluated as a solution to the problems found.
With the purpose of improving the performance of the organization, some recommendations were made for the strengthening of the board of directors, for the control of management and the increase of the information given to teachers. To strengthen the board of directors it was proposed to introduce the participation of an independent director, to define the main responsibilities of the president and secretary, between other recommendations. / Tesis
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Derechos corporativos individuales del accionista y el financiamiento del objeto social de la Sociedad AnónimaRamos Padilla, César Eusebio January 2004 (has links)
No description available.
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Opas norteamericanas en Chile.Campos A., Patricio January 2003 (has links)
Este seminario de título nació con el objetivo de investigar el “por qué las
compañías norteamericanas, cuando lanzan una oferta pública de adquisición sobre
alguna compañía chilena, la hacen por el 100% de ésta, o casi el 100%, sin embargo, los
españoles o chilenos, cuando lanzan una oferta pública de adquisición, solo desean
obtener el 51 % de la propiedad, es decir, tener el control de la compañía”
Esta interrogante es difícil de responder, debido a que no se encuentra argumento
teórico a esta cuestión, además, ¿por qué solo los norteamericanos lo hacen? ¿qué tienen de
espaciales sus compañías o su legislación?
Se llegó a la conclusión, de que la regulación norteamericana protege al accionista
minoritario de las compañías que están siendo objeto de la oferta, pero no solo a las
compañías objetivo en EEUU, sino en cualquier país. Si la compañía norteamericana no
respeta su propia normativa porque esta comprado una compañía chilena en suelo chileno,
los minoritarios chilenos pueden demandarlos en sus propios tribunales. La legislación
española solo rige en dicho país, pero si sus compañías salen al extranjero, estas se rigen
por las leyes locales.
Como el mercado de valores chileno es altamente atomizado, si los 2 accionistas
mayoritarios de una compañía deciden no participar de la oferta, la probabilidad de fracaso
de ésta bordea el 100%, y si tan solo el mayoritario no quiere participar, la probabilidad de
fracaso sigue siendo muy alta.
Los españoles y chilenos, antes de lanzar una oferta pública de adquisición, tranzan
paquetes accionarios con los controladores y luego lanzan una oferta por el porcentaje
faltante para el 51%, como los norteamericanos no pueden comprar paquetes accionarios,
éstos deben ofrecer comprar a todos los accionistas que estén dispuestos a vender, por ello
es que lanzan ofertas por prácticamente la totalidad de la propiedad, en los casos analizados
en este seminario, llagan a poseer más del 98% de la propiedad.
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“Freeze-out merger” and cash payment in Peru: Analysis from the provisions of the laws of Delaware / “Freeze-out mergers” y compensación en dinero en el Perú: Análisis a partir de lo establecido por las leyes de DelawareFrías, José Enrique, Torrado, Eliana 12 April 2018 (has links)
The following article deals with the corporate merger agreements where the controlling shareholders of a company legally force the minority group to sell their shares in exchange for compensation. Thus, it seeks to describe, analyze and understand the characteristics, conditions, requirements and motives of FOMs, in order to assess the possibility of introducing such a fusion in Peru, considering our legal context. / El siguiente artículo versa sobre los acuerdos societarios de fusión en virtud del cual los accionistas controladores de una sociedad fuerzan legalmente al grupo minoritario a venderles sus acciones a cambio de una compensación. De tal manera, se busca describir, analizar y comprender las características, condiciones, requisitos y motivos de las FOM, con el propósito de evaluar la posibilidad de introducir este tipo de fusión en el Perú, teniendo en cuenta nuestro contexto legal.
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La regulación de los conflictos de interés de los directores como una medida de protección a los accionistas minoritarios en la sociedad anónimaDíaz Bravo, Roberto Felipe January 2009 (has links)
Esta tesis tiene por objeto efectuar un análisis crítico del tratamiento o regulación de los conflictos de interés en nuestra legislación sobre sociedades anónimas (S.A.). A través del estudio teórico y doctrinario, así como mediante el análisis de casos, determinaremos si la actual regulación legal de estos conflictos de intereses de los directores de las S.A. otorga alguna protección a los accionistas minoritarios frente a sus actuaciones.
Esta tesis se organiza en seis capítulos. El primero, desarrolla el concepto de conflictos de interés, especialmente en lo referente a qué se entiende por tal en la Ley de S.A. El segundo capítulo nos introduce a examinar las diferentes posiciones doctrinarias en cuanto a la conveniencia de regular los conflictos de interés. En el tercero, desarrollaremos el tema de la responsabilidad que afecta a los directores por los perjuicios provocados por actos derivados de sus funciones. El cuarto capítulo explora acerca de los distintos tipos de accionistas minoritarios y la posición que pueden adoptar para oponerse a los administradores de la sociedad anónima. En el quinto, estudiaremos algunos casos jurisprudenciales y a través de su estudio analizaremos la aplicación de la actual regulación legal de los conflictos de intereses. Concluiremos con el capítulo sexto donde proponemos algunas ideas para contribuir a mejorar nuestra legislación de sociedades, especialmente apuntando a la protección de los accionistas minoritarios.
Finalmente, esta investigación termina con la formulación de las observaciones finales que se recogen en las conclusiones.
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El cuestionamiento de los acuerdos societarios: análisis normativo y jurisprudencialGarcía Vélez, Javier H., Valle Vera, Omar Jesús 25 September 2017 (has links)
¿Cuál es el futuro de las acciones de inversión en el Perú? ¿La regulación actual sobre estos títulos valores debe mantenerse? ¿Es realmente viable la conversión o redención de las acciones de inversión en acciones comunes? Y de ser este el caso,¿esta conversión o redención deber ser obligatoria o voluntaria? Estas son las principales interrogantes que los autores pretenden absolver a partir de un análisis detallado sobre el tratamiento actual de las acciones de inversión en nuestro ordenamiento jurídico y los incentivos de cada una de las partes que podrían verse inmersas en un proceso de canje o conversión de estos títulos valores.
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La aplicación de la operación acordeón fuera del ámbito concursal a partir de los supuestos de validez establecidos por el tribunal constitucional en el expediente N° 00228-2009-PA/TCCoronel Silva, Katia Lisbeth January 2022 (has links)
En el presente artículo, se estableció el marco de las denominadas operaciones acordeón de acuerdo a nuestra regulación jurídica societaria. Luego se analizó un conocido caso que se trata en sede constitucional; CHIQUITOY (expediente N° 00228-2009-PA/TC- La Libertad). Acto seguido, se analizó la viabilidad de los requisitos de validez que planteo el TC para la aplicación de la operación acordeón a una sociedad que se encuentra inmersa en un proceso concursal. Finalmente se estableció los requisitos para la aplicación de la operación acordeón para aquellas sociedades que si bien es cierto estas pasando por una inestabilidad financiera aún no están inmersas en un proceso concursal.
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La celebración de convenios societarios en el marco de un buen gobierno corporativo en sociedades de capital concentrado. La autorregulación como alternativa de soluciónVásquez Sakamoto, Relfa Geraldine del Carmen 30 June 2023 (has links)
Nuestra realidad corporativa evidencia una situación inquietante que, muchas veces, impide el
correcto desarrollo de la empresa. Dicha situación hace referencia al problema de agencia y los
abusos de poder que se dan en el seno de la empresa.
Tal problema reside en el desequilibrio de poder entre los shareholders mayoritarios y
minoritarios, sobre todo en mercados emergentes como el peruano, donde el sistema legal no es
efectivo ni confiable. En determinadas situaciones, estos desequilibrios de poder se hacen más
evidentes: votaciones de Junta General de Accionistas, retención injustificada de beneficios, falta
de información transparente y oportuna, o dilución deliberada del capital social de la empresa.
Toda empresa nace con intención de permanencia y desarrollo en el mercado. Por ello, frente a los
problemas que se puedan presentar, consideramos que la celebración de convenios societarios que
contengan cláusulas que protejan al accionista minoritario, sería entendida como práctica de buen
gobierno corporativo. Ello, en la medida que, lo que se pretende es que la empresa sea una entidad
que refleje respeto e igualdad hacia todos sus stakeholders, así como transparencia y
responsabilidad. Es decir que, lo que se debe procurar es una sinergia corporativa entre ambas
instituciones.
En ese contexto, la presente investigación se ha valido de comparar tres sistemas jurídicos con los
cuales el Perú guarda relaciones histórico – comerciales. Asimismo, se han estudiado dos casos:
Chiquitoy y La Polar, con la finalidad de aterrizar los conceptos teóricos en la realidad mercantil.
De manera que, las conclusiones finales de la investigación evidencian que es posible proteger al
accionista minoritario de manera cabal, en la medida que la cultura corporativa se alinee con los
objetivos de la empresa, la cual se entiende como la búsqueda de la permanencia y crecimiento de
la sociedad en el mercado.
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La sindicatura profesional en los convenios de accionistas como práctica de un buen gobierno corporativo en los grupos de empresas regionalesSaavedra Gil, Rony 06 December 2019 (has links)
Los grupos de empresas regional enfrentan problemas propios de su naturaleza, ya que
su crecimiento se realiza de manera desordenada no solo económicamente sino
también al momento de designar a los órganos de la administración quienes no cuentan
con capacidad técnica idónea para realizar una gestión de la administración que permita
la intervención responsable, generándose conflictos en la práctica como puede ser una
interpretación errónea, falta de claridad o complejidad, ejecución incorrecta o
responsabilidad solidaria al momento de determinar las condiciones de validez para
suscribir y aplicar los convenios entre accionistas o entre estos y terceros de las
empresas que forman parte del grupo de empresas regional. En ese sentido, de acuerdo
a estas características, la hipótesis es que la sindicatura profesional vigile la correcta
aplicación de los convenios de accionistas, siendo independiente con respecto a los
órganos de la administración de los grupos empresariales regional. Así, el objetivo
consiste en determinar sí los órganos de la administración de los grupos de empresas
regional cuentan con capacidad técnica que permita una intervención responsable para
suscribir convenios de accionistas. Para realizar el análisis he considerado la
metodología bibliográfica y como resultado se establece lineamientos o principios para
que los grupos de empresas regional puedan implementarlas y exista una mejora de la
gestión de los órganos de la administración como práctica de buen gobierno corporativo. / Trabajo de investigación
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica No. 04901-2011-0-1817-JR-CO-16, Demanda contra compañía minera San Ignacio de Morococha S.A. por nulidad de acuerdoCruzado Urco, Jason Enrique 17 May 2022 (has links)
El informe jurídico realizado versa sobre nulidad de acuerdo de Junta General de
Accionista que interpone TALINGO y otros en contra de SIMSA. Su cuestión principal
es la indebida convocatoria e indebida toma de acuerdo de la Junta General de SIMSA
al decidir recomponer el directorio. Sobre la controversia, en realidad lo que
correspondía era la conformación de un nuevo directorio; ya que, se había gatillado el
supuesto de vacancia múltiple, el cual ocasionó la inhabilidad del directorio; es por ello
que, en el informe jurídico se reconfirmó que, al gatillarse el supuesto de vacancia
múltiple, el directorio dejó de tener tal estatus de órgano al carecer de miembros
suficientes para poder sesionar válidamente. Asimismo, en el caso materia de análisis,
también se cuestionó las labores del Notario encargado del procedimiento de
convocatoria a junta, sobre ello se confirmó también que el Notario no actuó de manera
diligente en base a las funciones que tenía a cargo, sino, todo lo contrario, actuó
desconociendo las obligaciones que se le había impuesto al ser el encargo de realizar el
procedimiento no contencioso de convocatoria a Junta. Además, en el análisis también
se resuelve la interrogante sobre si el acuerdo tomado por la junta de SIMSA deviene en
nulo o impugnable. Finalmente, en el caso materia de análisis se cuestionan aspectos
procesales, las cuales también son aclaradas y despejadas de toda duda en el Informe.
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