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Las salidas alternativas en los delitos de corrupción : rol del Ministerio Público, víctimas y querellantesMiranda Badinez, Josefina January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / El nuevo sistema de justicia penal introdujo vías alternativas de solución a los conflictos penales. En este sentido, las salidas alternativas son herramientas que tiene el Estado para suspender la función persecutora, renunciando al juicio penal respectivo.
La acogida de estas salidas por parte de los Tribunales se ha evidenciado en la aplicación de estos mecanismos en un sinnúmero de casos de diversa naturaleza, tales como aquellos que dicen relación con delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar, en el ámbito de la responsabilidad penal adolescente, en causas relacionadas con delitos económicos y de corrupción, entre otros. Así las cosas, las salidas alternativas se constituyen como una solución rápida y eficaz del conflicto penal.
En general, la aplicación de las salidas alternativas resulta pertinente e idónea en un gran número de casos, sin embargo ha sido ampliamente discutido su uso en cierto tipo de delitos en atención a la gravedad y trascendencia de los hechos y personas involucradas. Un claro ejemplo de ello es lo que sucede en el ámbito de los delitos de corrupción; este tipo de ilícitos ha adquirido gran relevancia en los últimos años por la cantidad, complejidad y exposición pública que traen aparejados los mismos, además, por sus características particulares, y a pesar de no ser un fenómeno exclusivo del sector público, estos hechos no sólo menoscaban las bases del sistema político imperante, sino que también producen un gran impacto en la sociedad y socavan las instituciones que sustentan el régimen democrático.
El objetivo por tanto de este trabajo es analizar la utilización de cada salida alternativa en los distintos tipos de delitos relacionados a la corrupción y el rol que cumplen en su aplicación ciertos intervinientes procesales, desde una perspectiva crítica
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Usurpación de aguas. Agua y justicia penalContreras Enos, Marcos 02 1900 (has links)
Memoria (magíster en derecho penal de los negocios y la empresa) / La confluencia de una serie de factores justifica la pertinencia y necesidad –en el contexto de un programa académico de Derecho penal de los negocios y la empresa– de una investigación como la que en esta memoria se despliega.
La creciente escasez del recurso hídrico, que ha llegado a catalogarse como una “guerra por el agua”, unida a la entrada en vigencia de la reforma procesal penal, ha determinado que las figuras típicas contenidas en los artículos 459 a 461 del CP, hayan dejado de ser letra muerta. Sin embargo, el tratamiento dogmático nacional sobre el particular se caracteriza fundamentalmente por su brevedad. En efecto, aparte de las escasas páginas dedicadas en los clásicos manuales de Derecho penal chileno, existen solo unos cuantos artículos que se abocan al análisis de los delitos referidos, lo que determina que los operadores jurídicos se enfrenten a las figuras típicas relativas al ejercicio de derechos de agua, con un arsenal dogmático que resulta insuficiente para hacer frente a las múltiples complejidades que éstas plantean, entre las que se puede mencionar, sin ánimo de exhaustividad: a) ¿Qué es la ausencia de título legítimo?; b) ¿Qué significa la exigencia de “invasión de derechos”?; c) ¿Cuál es el cuerpo de agua relevante para apreciar la existencia o ausencia de derechos?; d) ¿Cuál es el espectro del cuerpo de agua relevante en el que se debe apreciar dicha circunstancia?; e) ¿Qué significa el vocablo “fraudulentamente” en la figura del art. 461 del CP?, etc.
Por lo demás, hay una consideración “fenomenológica” que justifica que la materia que en esta investigación se pretende abordar, forme parte del Derecho penal de los negocios y la empresa. En efecto, los delitos que son objeto de esta tesis normalmente son cometidos en el contexto del giro de una actividad empresarial o, en otros términos, desde la empresa, toda vez que un sinfín de actividades productivas normalmente desarrolladas por empresas requieren contar con el concurso de derechos de aguas para su desarrollo, razón que justifica la inclusión del tópico como parte del Derecho penal de la empresa, tal y como ocurre con los delitos relacionados con el medio ambiente y con los casos de responsabilidad por el producto, delitos y casos que nadie duda en ubicar dentro del Derecho penal de la empresa por el hecho que se verifican normalmente desde ella. De otro lado, el análisis de los delitos objeto de la presente tesis da pie a problemas propios del Derecho penal de los negocios y la empresa, a saber: la autoría y participación en estructuras empresariales (por tratarse, como ya señaló, de delitos cometidos en un elevado número de casos, desde la empresa) el contenido del término fraudulentamente (art. 461 CP), el límite entre el derecho administrativo sancionador y el derecho penal, etc.
Pero aun hay más. Las particularidades del objeto de ataque de los delitos de usurpación de aguas hacen que la pregunta por el objeto de protección de los mismos requiera una reflexión acabada que se echa en falta en la dogmática nacional. Dicha reflexión pone a prueba la sistematización de los delitos contemplados en el título IX del libro II del CP, título que, según la doctrina nacional mayoritaria, protege la propiedad, entendida ésta en términos del concepto jurídico de patrimonio. De la mano de la doctrina nacional minoritaria sostendremos que el título señalado protege dos bienes jurídicos estructuralmente diferenciados: a saber, la propiedad y el patrimonio. En ese contexto, se inquiere si el objeto jurídico de protección de los delitos relativos al ejercicio de derechos de aprovechamiento de aguas se puede encuadrar sin más en alguno de los bienes jurídicos ya referidos. La correcta solución de esta cuestión no sólo es relevante para un adecuado tratamiento de los delitos de usurpación de aguas, sino que, más en general, para la sistematización de los delitos contra intereses instrumentales o de significación patrimonial, lo que evidentemente resulta de interés en el contexto de un programa que cobija en su seno al “Derecho penal de los negocios”.
Justamente la repuesta a la interrogante aludida en el párrafo anterior, es el punto de partida para nuestra investigación, la que tiene como objetivo la reconstrucción racional de los delitos de usurpación de aguas. Para el logro de dicho objetivo, la investigación se divide en tres partes: i) El objeto de los delitos de usurpación de aguas, ii) Análisis dogmático de los delitos de usurpación de aguas, y iii) Análisis jurisprudencial.
En el capítulo primero, se pretende identificar al objeto jurídico de protección de los delitos de usurpación de aguas, así como explicitar las características del agua en cuanto objeto de ataque de dichos delitos. Conforme a ello, en primer lugar, se dedica una sección a la discusión sobre el (los) bien(es) jurídico(s) protegido(s) en el título IX del libro II del CP, que agrupa a los delitos de significación patrimonial. Posteriormente, tomamos posición en torno al bien jurídico protegido por las figuras de usurpación de aguas, lo que, a su vez, nos conduce a efectuar una caracterización y determinación del contenido de los derechos de aprovechamiento de aguas. Ello, desde una doble perspectiva: desde su consideración como posición jurídico-formal y desde su consideración como poderío fáctico correlativo a dicha posición. En segundo término, se aborda el objeto de ataque en los delitos que son materia de esta tesis, a saber, el agua, caracterizándola, desentrañando su naturaleza jurídica y precisando qué tipo de aguas constituyen el objeto de ataque idóneo en las figuras de los arts. 459 y ss. del Código Penal. Una vez efectuadas estas definiciones quedará delimitado el marco teórico que se precisa para emprender un análisis dogmático adecuado de los delitos objeto de esta tesis.
De este modo, en el capítulo segundo, se emprende el análisis dogmático de las figuras de usurpación de aguas. Para ello, en primer término, se ensaya una sistematización de dichas figuras para luego, conforme a ella, analizar las figuras de usurpación pacífica del que no tiene derechos, la usurpación fraudulenta y la usurpación violenta, proponiendo soluciones a los problemas interpretativos que ellas plantean.
En el capítulo tercero, en fin, se analiza y pone a prueba la escasa jurisprudencia disponible en material de usurpación de aguas a la luz de los resultados obtenidos en los dos primeros capítulos de esta tesis. Por lo demás, el ejercicio que se realizará en ese capítulo servirá para demostrar el rendimiento práctico de las propuestas dogmáticas esbozadas en la tesis.
La metodología a seguir en el desarrollo de la presente investigación es la propia de la dogmática jurídico-penal de raigambre europeo-continental, es decir, aquella que en base a su producto paradigmático –la teoría del delito– se orienta por el ideal sistemático. Dicha metodología cede paso, al final de la tesis, al análisis jurisprudencial utilizando, empero, como premisas, las conclusiones a las que se arribará luego del análisis dogmático.
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El Caso de Jean Pierre Bemba ante la Corte Penal Internacional : análisis crítico de la valoración jurídica de los hechos como torturaMartinson Tejada, Dominique Isabella January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo busca evaluar la decisión de la Corte Penal Internacional de excluir los cargos de tortura en el caso contra Jean Pierre Bemba. Esta decisión fue tomada por la Corte a pesar que, desde una temprana etapa procesal, los hechos del caso indicaban la existencia de actos de violencia que causaron grave sufrimiento y daño físico y psicológico, cometidos con la intención de intimidar y castigar a las víctimas que en su mayoría eran mujeres; lo que podía constituir crímenes de tortura como crimen de guerra y lesa humanidad.
Luego de establecida la obligación de la Corte de aplicar una perspectiva de género para identificar, investigar y eventualmente castigar las conductas que enfrente conforme al principio de igualdad y a las normas particulares que regulan a la Corte, se expondrán los hechos que fueron probados en el caso, para hacer una revaloración jurídica de ellos conforme a dicha perspectiva.
Al revalorar los hechos aplicando el test creado por los tribunales ad hoc para los casos de condena múltiple, se comprobará que es posible la concurrencia conjunta de la violación y la tortura como crímenes de guerra, mas no como crímenes de lesa humanidad.
Además, se comprobará que las demás agresiones físicas y mentales infringidas, que superan a la penetración forzosa, son constitutivas de tortura como crímenes de lesa humanidad y de guerra, reconociendo en este último el motivo de discriminación basada en género.
Finalmente, se explicará que la importancia de incluir a la tortura en la sentencia condenatoria, considerando todos los actos de violencia cometidos, no se limita a los fines de la pena de prevención y retribución, sino que se extiende a la necesidad de reestablecer el derecho de las víctimas, evitando que sea normalizado cualquier acto de violencia contra la mujer por su condición de tal. / 15/01/2019
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Análisis de las modificaciones a las reglas generales para la determinación de la pena en las leyes no. 20.770, 20.813 y 20.931Ortega Krstulovic, Pablo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / 22/10/2019
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La naturaleza jurídica del derecho penitenciario chileno y sus repercusiones en la relación jurídica penitenciariaFernández Ponce, Marco Antonio January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Jurisprudencia en materia de sustitución de penas de "internación en régimen cerrado con programa de reinserción social" en el derecho penal de adolescentes : ¿cumplen las decisiones las exigencias y estándares establecidos en la convención internacional sobre los derechos del niño y de la niña y los demás instrumentos internacionales relativos a la materia?Mendoza Hernández, Juan Pablo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo, busca determinar si la jurisprudencia en materia de sustitución de penas de régimen cerrado con programa de reinserción social se acomoda a los estándares establecidos en la Convención de los Derechos del Niño y en los demás instrumentos internacionales relativos a la materia. Para lo anterior, en el primer capítulo nos centraremos en los Estándares internacionales en el derecho penal de adolescente relativos a las penas privativas de libertad, sentando los criterios bajo los cuales analizaremos posteriormente la jurisprudencia. En el segundo capítulo, nos centraremos en los fines de las penas privativas de libertad en el derecho penal de adolescentes, analizando estos tanto en los denominados modelos de responsabilidad como en nuestra legislación. En el tercer capítulo, nos centraremos en la figura de la sustitución de penas establecida en los art. 53 y 54 de la ley 20.084, con la idea de poder entender los objetivos de la misma, al mismo tiempo de analizar cómo han sido entendidos sus requisitos por la doctrina y por el legislador histórico. En el cuarto capítulo, nos centraremos en analizar la jurisprudencia en materia de sustitución de penas de régimen cerrado con programa de reinserción social, centrando el análisis en una serie de situaciones y elementos que se repiten en la jurisprudencia, determinando las diversas posturas que pueden apreciarse respecto a los mismos. Por último, para finalizar el presente trabajo, procederemos a señalar cómo, a nuestro juicio, existen manifestaciones en la jurisprudencia que van en contra de los estándares internacionales ya señalados, partiendo por un análisis de la jurisprudencia en términos generales, para después pasar a analizar los diversos elementos y situaciones individualmente señalados, determinando qué posturas respecto a los mismos contradicen los estándares internacionales.
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El fenómeno de la victimización en los centros penitenciarios de la Región de Murcia.Caravaca Sánchez, Francisco 22 July 2013 (has links)
Criminal acts such as theft, threats, verbal and physical abuse and even sex are presented as a fact of life in prison life, linked to substance use. 2. Hypothesis of the study The aim of this research is to study and evaluate the different social and correctional factors, which are linked to the development and maintenance of the phenomenon of victimization in prisons. And then determine if the drug use in prison is a risk factor to suffer victimization and the potential level of influence. 3. Materials and methods 3.1 Type of study Cross-sectional study 3.2 Scope of the study The study population was defined by the inmate population of the prisons of Murcia (Sangonera and Campos del Río), selecting the sample individuals of different nationalities in order to enrich the process. 3.3 Sample Size Due to the high number of inmates who are being held and institutional rigidity of these organisms, we opted for the use of sampling techniques Thus under the assumption of simple random sampling, supposed be valid in the results with a margin of error of ± 5% and the desired confidence level of 95%. Finally, internal 661 surveyed a total of 1369 in both centers. 3.4 Technique for data collection The data collection was conducted through a survey, since it is effectively a standardized procedure to gather information on a representative sample of the population under evaluation. We used an adaptation of the questionnaire used in research on victimization in the population English university conducted by Barberet (2003-2004). 4. Results The results obtained in the study show that more than half of the inmates surveyed had experienced some form of victimization during the two months prior to the survey. The most frequented types of victimization oral threats are followed by thefts, which creates a climate of tension in the prison context. Regarding drug use including alcohol, 61% of respondents had used some kind of narcotic substance during the last month. Cannabis and alcohol are the most consumed substances of cocaine followed thus drug use in prison a reality. 5. Conclusions 1. The victimization is identified from the prison environment. 2. Significant number of sexual assaults. 3. Drug use as an everyday occurrence. 4. Drug use in prison is a risk factor for suffer victimization. / Hechos delictivos como los robos, amenazas, agresiones físicas y verbales e incluso sexuales se presentan como un hecho cotidiano en la vida penitenciaria, ligado al consumo de sustancias estupefacientes. 2. Hipótesis del estudio El propósito general de esta investigación consiste en conocer y evaluar los diferentes factores sociales y penitenciarios, que se encuentran ligados a la aparición y mantenimiento del fenómeno de la victimización en el ámbito penitenciario. Y posteriormente determinar si el consumo de drogas en prisión es un factor de riesgo para sufrir victimización y el posible grado de influencia. 3. Material y método 3.1 Tipo de estudio Estudio transversal analítico 3.2 Ámbito de estudio La población de estudio quedó delimitado por la población reclusa de los Centros Penitenciarios de Murcia (Sangonera y Campos del Río), Seleccionando en la muestra individuos de diferentes nacionalidades con el fin de enriquecer el proceso. 3.3 Tamaño de la muestra Debido al elevado número de internos que se encuentran recluidos y la rigidez institucional de este tipo de organismos, se optó por la utilización de las técnicas del muestreo De este modo bajo la suposición de muestreo aleatorio simple, supone tener una validez en los resultados con un margen de error de ± 5% y un nivel de confianza deseado del 95%. Finalmente se encuestaron a 661 internos de sobre un total de 1369 en ambos centros. 3.4 Técnica de recogida de datos La recogida de los datos se llevó a cabo por medio de una encuesta, dado que se trata de un procedimiento estandarizado eficaz para recopilar información en una muestra representativa de la población objeto de evaluación. Se empleó una adaptación del cuestionario utilizado en la investigación sobre victimización en la población universitaria inglesa realizado por Barberet (2003-2004). 4. Resultados Los resultados obtenidos durante el estudio muestran que más la mitad de los internos encuestados han sufrido algún tipo de victimización durante los dos meses anteriores a la realización de la encuesta. Los tipos de victimización más frecuentados son las amenazas orales seguidas de hurtos, lo cual origina un clima de tensión en el contexto penitenciario. Respecto al consumo de drogas incluyendo el consumo de alcohol, un 61% de los encuestados habían consumido algún tipo de sustancia estupefaciente durante el último mes. El cannabis y el alcohol son las sustancias más consumidas seguidos del consumo de cocaína, de este modo el consumo de drogas en prisión en una realidad. 5. Conclusiones 1. La victimización es una constante en el ambiente penitenciario. 2. Significativo número de agresiones sexuales. 3. El consumo de drogas como un hecho cotidiano. 4. El consumo de drogas en prisión es un factor de riesgo para sufrir victimización
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El Delito de lesiones contra la vida humana dependiente : precisiones de dogmática penal y política criminalMichue Huacache, Juan Antonio January 2004 (has links)
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¿Voluntad legislativa y/o deficiencia ejecutiva? : un análisis de la aplicación de las leyes de protección, sanción y erradicación de violencia familiar y hacia la mujer de la ciudad de Neuquén-República ArgentinaGramajo, Sandra Angélica 05 November 2014 (has links)
Visualizar cómo se lleva a cabo en la ciudad de Neuquén la implementación de las leyes provinciales 2785 y 2786, de prevención, sanción y erradicación de la violencia familiar y hacia la mujer respetivamente. OBJETIVOS ESPECIFICOS - Analizar la incidencia las políticas públicas en la consumación de las leyes en estudio. - Visibilizar los favorecedores y obstaculizadores que se presentifican en la aplicación de la ley. ESTRATEGIA TEÓRICO-METODOLÓGICA. El presente trabajo es un estudio descriptivo de enfoque cualitativo. Descriptivo porque busca especificar propiedades, características y rasgos importantes de lo que se analiza y proporciona una respuesta a las preguntas de cómo ocurrió algo y quién estuvo involucrado. También optamos por la elección de los datos cualitativos porque los mismos se recogen a menudo con la investigación de campo. Optamos (en relación a los múltiples marcos teóricos) tomar la definición de violencia familiar y hacia la mujer establecida en las leyes provinciales 2785 y 2786. CONCLUSIONES FACILITADORES - La presencia de un importante marco jurídico (internacional, nacional y provincial) en torno a la prevención de la violencia. - La modificación de la ley 2212 por la 2785 y 2786, lo que motivó el comenzar con la articulación interinstitucional y la ampliación de las instituciones efectoras y su delimitación de funciones. - La existencia de una ley de violencia familiar y otra de violencia hacia la mujer que focaliza claramente los diversos tipos y modalidades de violencia hacia esta. - La creación de la Oficina de violencia. - La disposición para comenzar acciones de articulación interinstitucionales e interdisplicinarias. - Mayor sensibilización de la población respecto de la violencia, lo que conduce a un incremento de denuncia de la misma. - El ingreso de profesionales en el Ministerio de Salud formados y sensibilizados en torno a la violencia. OBSTACULIZADORES - Insuficiencia de presupuesto asignado por el gobierno de la provincia de Neuquén, en función de las leyes de violencia 2785 y 2786 aprobadas por la Legislatura de la Provincia. Es de señalar que la ley 2785 ya posee su reglamentación y aún no se cuenta con recursos humanos y materiales que permitan viabilizar la puesta en práctica de las acciones que se propone. - El ejecutivo no destina los fondos suficientes para capacitación de los efectores y supervisión de tareas y puesta en práctica de las leyes. - Carencia de monitoreo en las instituciones efectoras de la ley. - No se ha aplicado aún un protocolo único de actuación, común a todas las instituciones. - Existencia de subregistros y carencia de registros institucionales estadísticos que puedan brindar un informe exhaustivo. - Insuficiencia de campañas de prevención a nivel provincial y nacional. - No se promueve desde el Estado la responsabilidad social empresaria en la difusión de campañas publicitarias. - Los jueces, los abogados y la institución judicial poseen fuertes mandatos patriarcales que están impresos en su accionar. - El miedo aprendido y dichos mandatos patriarcales contribuyen a la naturalización de las situaciones de violencia y a la no denuncia. - La articulación con otras instituciones, no es aún, un mecanismo de coordinación presente en las prácticas de los agentes. - La carencia de equipos consolidados en el tiempo por parte de las distintas instituciones, difumina la claridad en el accionar de los agentes. - Dificultad de la observancia del cumplimiento de las medidas cautelares. - En las instituciones educativas de diferentes niveles aún no se incluyó en la currícula, el estudio de la violencia familia y hacia la mujer. / To visualise how the implementation of the Provincial Laws 2785 and 2786, of prevention, sanction and eradication of domestic and gender violence, respectively, is carried out in the city of Neuquén. - SPECIFIC OBJECTIVES - To analyse the impact of public politics on the consummation of the laws under study. - To visualise the supporting points and obstacles that are present in the aplication of the law. THEORETICAL AND METHODOLOGICAL STRATEGY The present work is a descriptive study of a cualitative approach. It is descriptive because it aims at looking for specific attributes, characteristics and important traits out of which one can analyse and give answers to the questions of how an event occured and who was involved. We have also selected some cualitative data as they are often gathered from the field investigation. We have chosen (in relation to the multiple theoretical frameworks) to define the terms of “domestic violence” and “gender violence” in accordance to their definitions provided by the Provincial Laws 2785 and 2786. CONCLUSIONS SUPPORTING POINTS - The existence of an important judicial framework (international, national and provincial) in relation to violence prevention. - The replacement of the law 2212 by the laws 2785 and 2786, what originated an integrated articulation among institutions and the expanding of the institutions relating to violence prevention together with the delimitation of their functions. - The existence of a law of domestic violence and of a law of gender violence which focus on the various types and ways of violence towards women. - The creation of an Office attending cases of violence. - The predisposition to begin actions of interinstitutional and interdiscipline articulation. - The increasing awareness of the population towards the issue of violence, what has led to an increasing amount of abuse reports. - The admission of new profesional staff in the Ministery of Health, staff with sufficient knowledge about violence issues. OBSTACLES - Lack of budget provided by the government of the Province of Neuquen, in relation to the laws of violence 2785 and 2786 already approved by the Parliament of Neuquen. Regarding the law 2785, it has its regulations but it has no human and material resources that may allow that the proposed actions can be put into practice. - The Executive Power does not provide the sufficient funds so as to offer training, support and supervising of tasks and actions so as to put laws into practice. - Lack of monitoring of the institutions in charge of implementing the laws. - No implementation of a unique protocol of a common actions among the institutions. - Lack of institutional record books which may give thorough statistics data. - Not enough national or local campaigns to raise awareness of the risks of violence - No estate advertising campaings to promote the social responsibility as regards violence. - Judges, lawyers and the judicial system have strong patriarcal mandates which are beyong their behaviour. - The learned fear and patriarcal mandates which contribute to the naturalization of the situations of violence and no reporting of abuse. - The articulation with other institutions does not mean a mechanism of coordination, present in the practices of the agents. - Lack of consolidated institutional teams throughout the time, and which affects the clear actions done by the different agents involved. - Non-fulfilment of precautionary measures - The study of domestic and gender violence is not considered in the curriculum of the system of Education.
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El aborto culposo y las razones que justifican su incorporación en el ordenamiento jurídico peruano, a fin de evitar la impunidad en los delitos contra la vida, el cuerpo y la saludRetamozo Eguía, Rosa Luz, Retamozo Eguía, Rosa Luz January 2015 (has links)
Determina los fundamentos de la penalización del aborto culposo, mediante encuestas a los operadores jurídicos, análisis de jurisprudencia comparada, para la incorporación de este tipo penal en nuestra legislación. / Tesis
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