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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 3444-2012/SPC-INDECOPIGallardo López, Lourdes Melisa 08 August 2022 (has links)
La discriminación es una realidad aún existente en nuestro país y que se evidencia en
diferentes aspectos de la vida de las personas, como lo son las relaciones de consumo.
En ese sentido, la comunidad de las personas transgénero es también víctima de
discriminación en el consumo, pero tiene mayor dificultad al momento de exigir la
tutela de sus derechos como consumidores. Por ello, el presente Informe Jurídico
analiza la Resolución N° 3444-2012/SPC-INDECOPI, que revocó la resolución que
emitió la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, al considerar que no se
había acreditado el trato discriminatorio en agravio de la denunciante, una persona
transgénero. Por lo antes expuesto, el presente trabajo tendrá un marco teórico que
permita definir el concepto de discriminación en el consumo, así como la importancia
del reconocimiento de la identidad de género, para determinar si la normativa en materia
de consumidor incluye dentro de su tutela a las personas transgénero. Luego, se
analizará si la denegatoria de perifonear a una persona transgénero con el nombre que se
identifica y que difiere del consignado en su Documento Nacional de Identidad se
considera un acto discriminatorio al amparo de la Ley de Protección al Consumidor
(vigente al momento de los hechos) y bajo el Código de Protección al Consumidor
vigente. Asimismo, se analiza que si de ser procedente la denuncia, cuáles hubieran sido
las medidas correctivas que corresponderían. Por último, se plantearán recomendaciones
que sirvan de guía para los futuros razonamientos de la Sala en casos similares. / Discrimination is still a reality in our country and is evident in different aspects of
people’s lives, such as consumer relations. In this way, the transgender community is
also discriminated against in consumer activities and for them, it is more difficult to
demand protection of their rights as consumers. For this reason, this Legal Report
Analyses Resolution No. 3444-2012/SPC-INDECOPI, which revoked the resolution
issued by the Indecopi Consumer Protection Commission, considering that the
discriminatory treatment of the complainant, a transgender person, had not been proven.
For the above, this paper will provide a theoretical framework to define the concept of
discrimination in consumption and the importance of the recognition of gender identity
mine whether consumer regulations include transgender people within their protection.
Next, it will be analyzed whether the refusal to call a transgender person by megaphone
advertising by using the name that they identify with and that differs from that on their
National Identity Card is considered a discriminatory act under the Consumer Protection
Act (in effect at the time of the events) and the Consumer Protection Code in force. In
addition, it is analyzed whether the complaint was admissible, and what corrective
measures would have been appropriate. Finally, recommendations will be made to guide
the Chamber's future reasoning in similar cases.
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Informe sobre Expediente 2269-2012-CCL “Inversiones Esparza Triveño S.A.C. vs. Municipalidad Distrital de Jesús María”Díaz Anderson, Raúl Ernesto 08 August 2022 (has links)
El informe aborda los aspectos legales del arbitraje entre Inversiones Esparza Triveño
S.A.C. (“Inversiones Esparza”) y la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM), donde
se discute la validez de dos adendas modificatorias del contrato de arrendamiento de un
bien público de dominio privado, acto regulado tanto a nivel sectorial como municipal.
La selección de este expediente se ha encontrado jurídicamente relevante por generar una
discusión que contrapone instituciones del Derecho Civil tales como acto jurídico, contratos,
derechos reales y obligaciones, frente a los principios que informan los procedimientos y
actos del Derecho Administrativo. También las diferencias de regulaciones vinculadas
(Contrataciones con el Estado con Derecho Municipal) y normativa elemental como es el
Derecho Constitucional, todo ello enmarcado en el Arbitraje.
En este contexto, la decisión del árbitro único como mediador de estos intereses
contrapuestos permite apreciar que el punto central y determinante para solucionar esta
disputa es definir la rama pertinente del Derecho cuyas reglas se aplican en la estimación
del caso. Para lograr este objetivo se toman en cuenta las particulares circunstancias del
arrendamiento, que, si bien es un contrato típico del Derecho Civil, tiene en esta ocasión
elementos esenciales, subjetivos y objetivos, que obligan a ver este acto con otros ojos y
percibir (como finalmente lo hizo el Árbitro Único) que corresponde un análisis más afín con
el Derecho Administrativo. Si bien compartimos la decisión adoptada, vemos por
conveniente aportar argumentos adicionales, para lo cual se revisa la particular regulación
de los bienes estatales y se exploran las bases constitucionales de la autonomía municipal,
con lo cual consideramos se refuerza la diferencia con el criterio voluntarista del Derecho
Civil, que en nuestra opinión no proporciona una línea de argumentación, y, por ende,
tampoco un fallo consistente. Como punto aparte se anotan incidencias en el proceso de
arbitraje producto de cambios normativos.
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Informe sobre la Resolución 0761-2011/SC1-INDECOPICabrera Montes, Jubitza Lisetthy 08 August 2022 (has links)
El presente informe examina la validez jurídica de los argumentos desplegados por la Sala de
la Competencia N° 1 en la Resolución 0761-2011/SC1. Este órgano administrativo analizó la
publicidad comercial “Con B de Brahma” al amparo de los artículos 17° y 18° de la Ley de
Represión de la Competencia Desleal, con la finalidad de determinar si dicha publicidad
vulneraría o no la legalidad. Es así como la pregunta que guía este informe es la siguiente: ¿Es
jurídicamente válida la interpretación que hace la Sala de Defensa de la Competencia N° 1 de
los artículos 17° y 18° de la Ley de Represión de la Competencia Desleal en la Resolución
0761-2011/SC1-INDECOPI? La hipótesis que se desarrolla a lo largo del informe es que la
interpretación que hace la Sala no es adecuada conforme al principio de legalidad, ya que se
vulnera el artículo 51° y el artículo 55° de la Constitución Política del Perú. Asimismo, se
vulnera el principio de adecuación social, en tanto el mensaje que se extrae de la publicidad
refuerza estereotipos de género que resultan discriminatorios. / This report examines the legal validity of the arguments deployed by the Competition Chamber
No. 1 in Resolution 0761-2011/SC1. This administrative body analyzed the commercial
advertising "Con B de Brahma" under articles 17 and 18 of the Law on the Repression of Unfair
Competition in order to determine whether or not said advertising is discriminatory. Thus, the
question that guides this report is the following: Is the interpretation made by the Chamber for
the Defense of Competition No. 1 of articles 17 and 18 of the Law for the Repression of Unfair
Competition in Resolution 0761-2011/SC1-INDECOPI legally valid? The hypothesis
developed throughout the report is that the Chamber’s interpretation is inadequate according
to the principle of legality since it violates articles 51 and 55 of the Political Constitution of
Peru. Likewise, the principle of social adequacy is violated insofar as the message extracted
from advertising reinforces discriminatory gender stereotypes.
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La hipoteca frente al reconocimiento progresivo del acreedor obligacional en el remate judicialOllero Cruz, Alejandrina Cecilia 20 July 2018 (has links)
El acto de cancelar la inscripción de una hipoteca derivada de la adjudicación de un
inmueble en un remate judicial para satisfacer el crédito de un acreedor embargante
desprotege la posición de rango, preferencia y persecutoriedad del que goza un
acreedor hipotecario, pues le resta oponibilidad.
Cabe señalar que el rango y preferencia de la hipoteca nacen desde su inscripción en
registros y no desde el nacimiento de la hipoteca, a razón de que tales derechos se
dan en el ámbito de los derechos inscritos. En cambio, al nacimiento de la hipoteca —
constituida en escritura pública— se tiene inherente su persecutoriedad que le otorga
un carácter real.
De ahí, que debe destacarse el carácter persecutorio de la hipoteca desde su
constitución y no necesariamente desde su inscripción como si es el caso del embargo
judicial.
Asimismo, la cancelación de la inscripción antes descrita sitúa al remate judicial en la
clasificación de los modos de adquisición de la propiedad originarios cuando la
doctrina lo reconoce en el modo derivativo, dado que la hipoteca se sustenta en el
crédito otorgado al deudor, titular del bien inmueble hipotecado.
En tal sentido, la justificación de la presente investigación se materializa en el hecho
de dotar con seguridad jurídica al acreedor hipotecario que no será desposeído de su
garantía cuando el mismo esté siendo subastado; así como, al adjudicatario para que
su adquisición sea legitima.
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Las nociones de domino en el valle del río Chillón en el siglo XVI : un caso de apropiación de Ius CommuneGonzáles Escudero, Damián Augusto 13 June 2016 (has links)
Yo no llegué a la Historia del Derecho, ella llegó a mí. Apareció una mañana mientras llevaba un
curso de latín en los Estudios Generales Letras de mi casa de estudios, la PUCP, en el año 2008. El
profesor Vélez, como colonialista que es, lanzó un comentario acerca de la falta de académicos
que estudien el Derecho colonial con seriedad. En ese momento se abrió una puerta para conjugar
mis diversas vocaciones con el Derecho. Al semestre siguiente, realicé mi primera investigación de
Historia del Derecho, aún en los Estudios Generales. Gracias a este trabajo, que trató sobre el
Código Civil de 1852, pude conocer algunos clásicos de la Historia del Derecho de nuestro país,
como: La idea de Derecho en el Perú republicano del siglo XIX de Fernando de Trazegnies, Historia
del derecho civil peruano de Carlos Ramos y la Historia del derecho peruano de Jorge Basadre.
Asimismo, conocí fuentes legales históricas como la “Recopilación de leyes de los Reinos de las
Indias” o las “Partidas del rey Alfonso el Sabio”. La lectura de cada uno de estos textos ampliaba
mi visión –aún intuitiva– del Derecho. Antes de llegar a la facultad de Derecho, ya lo había
empezado a conocer desde una perspectiva interdisciplinaria que marcó el resto de mi carrera. Los
diversos cuestionamientos que se plantearon a lo largo de mi estancia en la facultad, siempre
estuvieron marcados por la perspectiva histórica, inclusive aquellos que se mantienen
actualmente en la discusión jurídica, como los referentes a las comunidades y pueblos indígenas.
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La transferencia de aires en el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común : premisas normativas y problemática registralCalle Cabrera, Pía Stephanía January 2018 (has links)
El presente artículo recoge nociones desde el marco normativo aplicable, doctrina y
resoluciones del Tribunal Registral emitidas acerca de la transferencia de aires en el
régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. A partir de dichas fuentes,
buscamos dar una aproximación respecto al procedimiento a seguir para lograr la
inscripción en Registros Públicos de dicho acto sin mayores inconvenientes.
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Consideraciones Jurídicas del Delito de ParricidioLinares Talavera, Arturo P. 20 July 2018 (has links)
Que, deseando optar el grado de Bachiller en Derecho presentamos a consideración del Jurado la tesis que hemos titulado “Consideraciones Jurídicas del Delito de Parricidio”.
Hemos creido interesante, el enfocamiento e interpretación jurídica del estudio de esta delito,teniendo en cuenta su alcance y trascendencia que hacen que el tema en mención sea constantemente de actualidad y la falta de autores nacionales que hagan un estudio detallado y concienzudo de esta figura delictiva.
Este delito encierra en si mismo, una serie de problemáticas que es preciso deslindarlas, ya que
solamente de la lectura del dispositivo legal a que nuestro ordenamiento Penal hace referencia, es insuficiente para poder tener un conocimiento exacto de la materia.
La confección estructural del presente trabajo, hemos creido pertinente dividirlo en cinco capítulos, cada cual encierra en su contenido cuestiones diferentes, que hacen de su lectura enfocamientos diversos sobre la contingencia de este delito.
El primer capítulo, denominado Generalidades, contiene el análisis de las nociones generales del parricidio, donde realizamos un estudio del origen del término, la etimología, definición, clases y elementos que configuran el delito indispensable para tipificarlo como tal.
El segundo capítulo titulado “Reseña Histórica del Parricidio, Sanciones o Penalidades”, se examina como se aplicaban o reprimían a los infractores de este delito, y esto en razón de que antiguamente en la mayoría de las legislaciones o costumbres de los pueblos incidían principalmente en la represión, que nos lleva al conocimiento de que existía una conciencia de respeto a la vida de los padres y que después se extendió a otros parientes.
En el tercer capítulo, hacemos referencia a “Los antecedentes legislativos del Delito de parricidio en nuestra Legislación” donde se examina someramente como ha ido este delito evolucionando ne nuestra legislación, tomando como punto de partida el Código Penal de 1863 y pasando por algunos proyectos y ante-proyectos posteriores, hasta llegar a la noción que establece hoy en día, nuestro ordenamiento penal vigente.
El cuarto capítulo, constituye la pieza vital de este trabajo, y lo hemos denominado “El Parricidio en nuestra Legislación Positiva”, en el cual se analiza,examina y estudia las disposiciones legales que tienen relación con este delito, tanto en el aspecto penal como en el civil; y por último el capítulo titulado “El Parricidio en la legislación Comparada”, donde se esboza la forma como se contempla este delito en algunas legis laciones contemporáneas.
El interés que nos guía al realizar el estudio de este delicado problema, es únicamente contribuir en la medida de nuestras posibilidades al conocimiento del delito materia del presente trabajo para que sirva de ejemplo a futuras generaciones.
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Análisis de las principales prohibiciones absolutas en el registro marcario: los signos genéricos, descriptivos y usualesLajo Estrada, Silvia Herlinda 02 May 2013 (has links)
En el ordenamiento peruano rige el sistema constitutivo de derechos en materia de
propiedad industrial. Es decir, el derecho de una persona sobre un signo distintivo
(más específicamente, sobre una marca) nace con el registro de la misma.
La autoridad administrativa encargada de efectuar dicho registro tiene la obligación
de analizar que el signo presentado cumpla con los requisitos de forma y de fondo
contemplados en la normativa nacional y comunitaria. Entre los requisitos de fondo
tenemos que el signo debe cumplir, esencialmente, con poseer una aptitud
distintiva
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Estudio de los "acuerdos tácitos" : hacia el surgimiento de su método de reconocimiento en la jurisprudencia de la Corte Internacional de JusticiaManrique de Lara Seminario, Jorge Luis 14 October 2016 (has links)
Culminada la guerra del Pacífico Perú y Chile celebraron, en el año 1883, el tratado de
Ancón; y con esto Tarapacá fue cedida a Chile. Por su parte Tacna y Arica fueron cedidas
por 10 años a Chile, tiempo después del cual se realizaría un plebiscito para determinar la
nacionalidad de estas provincias. Sin embargo, este plebiscito nunca se realizó y es por esto
que tras una serie de sucesos, que incluyeron la emisión de un laudo por el presidente de
los Estados Unidos de América y la creación de una comisión plebiscitaria, es que Perú y
Chile suscribieron el Tratado de Lima en 1929, mediante el cual se estableció cual sería el
límite terrestre entre ambos Estados.
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Críticas a la juriprudencia del Tribunal Registral sobre prescripción adquisitiva de dominio notarialCasanova Rios, Ricardo January 2018 (has links)
En el presente artículo académico se critican tres resoluciones del Tribunal Registral
mediante el cual, en torno a la prescripción adquisitiva de dominio llevada a cabo en la vía
notarial, ha establecido en sus decisiones criterios contrarios a la ley, trastocando el
principio registral de legalidad. O sea, realiza una débil calificación de documentos
notariales relativos a la prescripción adquisitiva de dominio sobre predios urbanos. Se dice
que los motivos o razones por las cuales un Notario declara la adquisición de la propiedad
por usucapión, no debe ser calificado en sede registral; este criterio es correcto y no está en
discusión. Lo discutible es que se pretenda declarar la prescripción adquisitiva de dominio
notarial sobre las cuotas ideales de un copropietario con respecto al otro, y que el Tribunal
Registral acepte la inscripción de dicho acto (o para efectos del presente trabajo, la
anotación preventiva de la solicitud de usucapión notarial), abiertamente violatorios de la
ley, con el argumento de que lo que se pretende con este procedimiento notarial es
regularizar la titulación de los solicitantes, ya que muchas veces se celebran actos jurídicos
defectuosos que, por tener tal condición, nunca accedieron al Registro; por tanto, la partida
registral no refleja la realidad.
En la primera parte del trabajo se abordará, de forma general, los principales temas
relacionados con la prescripción adquisitiva, específicamente se realizará un resumen del
historial legislativo de la prescripción adquisitiva de dominio en el Derecho Notarial
Peruano; asimismo, se buscará resaltar el criterio establecido en el Precedente de
Observancia Obligatoria N° 10 del XII Pleno del Tribunal Registral.
El tema de fondo del presente trabajo se centra en la crítica con respecto a la aplicación por
parte del Tribunal Registral del artículo 5.2 de la Directiva N° 013-2013-SUNARP/SN
(Directiva que uniformiza los criterios de calificación registral en asuntos no contenciosos
de competencia notarial); es de precisar que en esta norma se prescribe que no es materia de
calificación registral la validez de los actos procedimentales que, en virtud de lo previsto en
las normas especiales que regulan la usucapión notarial, son de competencia del Notario, ni
el fondo o motivación de la declaración notarial. Sin embargo, este límite a la calificación
con relación a documentos notariales que se expiden en los procesos no contenciosos de
competencia notarial en general y, específicamente en el trámite de la declaración notarial
de prescripción adquisitiva de dominio, en muchas ocasiones ha sido sobrevalorado por el
propio Tribunal Registral al extremo de permitir la inscripción de títulos en abierta
contravención de normas prohibitivas, como la establecida en el segundo párrafo del
artículo 985° del Código Civil. La crítica también se basa en el hecho de que con las
decisiones del Tribunal Registral se quebranta el principio de legalidad, el mismo que se
manifiesta a través de la calificación registral; siendo este aspecto uno de los pilares del
sistema registral peruano, puesto que al Registro sólo deben acceder títulos perfectos y
válidos, es decir, adecuados a las normas legales pertinentes.
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