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La nulidad de sentencia por omisión de pronunciamiento en el proceso civil peruano

Castilla Cisneros, José Cornelio 30 January 2019 (has links)
El presente estudio tiene como objetivo demostrar que la omisión de pronunciamiento no es un vicio o defecto radical de nulidad, sino, todo lo contrario, es perfectamente subsanable, incluso ex officio por el juez o tribunal. Entonces, la omisión en el pronunciamiento -incongruencia omisiva- no debiera acarrear la decretación de nulidad por parte de los tribunales superiores, a diferencia de otro tipo de incongruencias (por exceso) donde sí ha llegado a quebrar el principio de congruencia. Las propuestas de este trabajo consisten en fortalecer el proceso civil, hacerlo más sencillo y ágil mediante alternativas interpretativas de nuestra legislación y la comparación con realidades externas al proceso civil peruano con la finalidad de encaminar a que el órgano judicial que dictó una resolución incompleta, pueda integrar las omisiones de pronunciamiento. Con este aporte, se evitaría la interposición de recursos de índole ordinario y extraordinario o amparos contra resoluciones de este tipo, generándose, con ello, una menor cantidad de resoluciones anulatorias. / The present study aims to demonstrate that the omission of pronouncement is not a vice or radical defect of nullity, but, on the contrary, it is perfectly rectifiable, even ex officio by the judge or court. Then, the omission in the pronouncement - omission inconsistency - should not lead to the decree of nullity by the higher courts, unlike other inconsistencies (by excess) where it has come to break the principle of congruence. The proposals of this work try to provide the civil process with simplicity and agility through interpretive alternatives of our legislation and comparison with realities external to the Peruvian civil process in order to direct the judicial body, which issued an incomplete resolution, to integrate the omissions of pronouncement. With this contribution, the filing of ordinary, extraordinary or amparo remedies against resolutions of this type would be avoided, generating, therefore, a lower number of annulment resolutions.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Expediente N° 371-2015

Bautista Barnett, Jhonatan Yuri 26 July 2023 (has links)
El presente informe analiza el concepto de duda justificada sobre la independencia e imparcialidad de un árbitro, en el marco de un caso de anulación de laudo por las causales b) y c) del artículo 63 del decreto legislativo 1071, para a partir de ello esbozar que el criterio para concretizar el concepto de duda justificada a razón de un vínculo amical requiere emplear los elementos de proximidad e intensidad del vínculo al momento de efectuar el deber de revelación para la evaluación realizada por las partes. Para estos fines hemos recurrido a la legislación nacional sobre el arbitraje, las guías de buenas prácticas en el arbitraje, así como el análisis de sentencias que desarrollan el concepto de duda justificada sobre la independencia e imparcialidad de un árbitro (como es por ejemplo la resolución N° 43 del expediente N° 155-2012 de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 02851-2010-PA/TC) y decisiones internacionales sobre recusaciones (ICSID Case ARB03/19). De igual forma, se analizó el desarrollo realizado por la doctrina de la imparcialidad e independencia y sus elementos (autores como Mario Castillo Freyre, Esteban Alva, Julio Wong, Francisco González de Cossío, Thomas Clay, Joshi Riddi, Marlen Estévez, entre otros). / The present study analyzes the concept of justified doubt as to the independence and impartiality of an arbitrator, in the context of a case of annulment of an award on the grounds b) and c) of Article 63 of Legislative Decree 1071, in order to outline that the criterion for determining the concept of justified doubt on the basis of a friendly relationship requires the use of the elements of proximity and intensity of the relationship at the time of making the duty of disclosure for the assessment made by the parties. For these purposes, we have resorted to the national legislation on arbitration, the guides to good practice in arbitration, as well as the analysis of judgments that develop the concept of justified doubt on the independence and impartiality of an arbitrator (such as, for example, Resolution No. 43 of Case No. 155-2012 of the Superior Court of Justice of Lima and the Constitutional Court's judgment in Case No. 02851-2010-PA/TC) and international decisions on challenges (ICSID Case ARB03/19). Likewise, the development of the doctrine of impartiality and independence and its elements (authors such as Mario Castillo Freyre, Esteban Alva, Julio Wong, Francisco González de Cossío, Thomas Clay, Joshi Riddi, Marlen Estévez, among others) were analyzed.
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Estándar de motivación arbitral y revisión en sede judicial: ¿Qué entender por “control externo”?

Chávez Cueva, Giuliana Magnita 19 April 2023 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objeto determinar que ha de entenderse por “control externo” en el recurso de anulación de laudo, pues si bien los jueces tienen presente la proscripción de un examen sobre el fondo del asunto, conforme lo establece el artículo 62°.1 de la Ley de Arbitraje, parece ser que no se tiene claridad sobre los contornos del control judicial de tipo externo, ya que al analizar el caso en concreto terminan realizando, en algunos casos, un reexamen de lo resuelto en la vía arbitral. Así pues, en el primer capítulo de este trabajo nos abocamos a exponer algunas cuestiones preliminares sobre el arbitraje y su revisión en sede judicial, a fin de determinar si la motivación arbitral puede ser objeto de control judicial. Luego, habiendo superado este primer “escalón”, pasamos a desarrollar, en el segundo capítulo, el contenido mínimo de la motivación arbitral, a partir del impacto de la motivación judicial en el arbitraje desde la teoría de la argumentación jurídica. En tercer lugar, teniendo en cuenta los elementos de la justificación de la teoría de la argumentación jurídica, concluimos que el control externo en el recurso de anulación de laudo permite una revisión judicial sobre la justificación interna y externa, sin que ello signifique una valoración pormenorizada de la controversia. Finalmente, presentamos una propuesta normativa como complemento al propósito de este trabajo académico. / The purpose of this academic work is to determine what must be understood by "external control" in the appeal for annulment of the award, because although the judges keep in mind the proscription of an examination on the merits of the matter, as established in article 62 of the Arbitration Law, it seems that there is no clarity about the contours of external judicial control, since when analyzing the specific case they end up carrying out, in some cases, a re examination of what was resolved in arbitration. Thus, in the first chapter of this work we focus on exposing some preliminary issues about arbitration and its review in court, in order to determine if the arbitration motivation can be subject to judicial control. Then, having overcome this first "step", we proceed to develop, in the second chapter, the minimum content of the arbitration motivation, based on the impact of judicial motivation in arbitration from the theory of legal argumentation. Thirdly, taking into account the elements of the justification of the theory of legal argumentation, we conclude that the external control in the appeal for annulment of the award allows a judicial review of the internal and external justification, without this implying a detailed assessment. of the controversy. Finally, we present a normative proposal as a complement to the purpose of this academic work. / Trabajo académico
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Anulación del laudo arbitral en el Perú por inexistencia de motivación o motivación aparente

Angeles Gomez, Veronica Esperanza 24 March 2022 (has links)
La decisión del Tribunal Arbitral se ve reflejada en el laudo arbitral que pone fin a la controversia de las partes. Este laudo arbitral debe cumplir con lo establecido en el artículo 56 del Decreto Legislativo 1071; es decir, debe ser un laudo motivado, salvo pacto en contrario. Por lo que, nos hacemos la siguiente interrogante ¿qué sucede cuando un laudo arbitral no es motivado y las partes no lo han pactado de esa manera? Nosotros consideramos que en ese caso podríamos hacer referencia al artículo 63 del mismo Decreto Legislativo para poder analizar si nos encontramos en alguno de los supuestos de anulación de laudo arbitral. De esa forma, nosotros a través de este trabajo académico vamos a analizar si efectivamente la motivación se encuentra dentro de los supuestos para interponer un recurso de anulación de laudo arbitral y si se cumple con lo establecido en el artículo 62 del mismo decreto. Asimismo, nosotros analizaremos también dos supuestos de motivación que son i) la inexistencia de motivación y ii) la motivación aparente para comprobar si efectivamente pueden ser objeto de control judicial via recurso de anulación de laudo arbitral o tal vez no por las prohibiciones establecidas en el artículo 62 numeral 2 del Decreto Legislativo 1071.
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La acción de nulidad y la impugnación de los acuerdos societarios, legitimación, procesos y caducidad en la Ley General de Sociedades

Paz Guillén, Andrés Gabriel 06 October 2014 (has links)
La presente investigación trata un tema muy controvertido en el Derecho Societario, además se considera un tema de gran importancia en el mundo actual debido a los intereses y derechos que las acciones de Nulidad y de Anulabilidad de los acuerdos societarios tutelan y representan hoy en día. El estudio de la nulidad de los actos o negocios jurídicos se constituye en uno de los principales temas a abordarse en este ámbito debido a su considerable utilidad práctica, gran parte de casos judiciales se refieren a nulidad y fraude en los negocios jurídicos. El acto o negocio jurídico puede ser entendido como un supuesto de hecho conformado por la confluencia de manifestaciones de voluntad, cuando estamos ante actos sinalagmáticos, o por lo menos por declaración de una sola voluntad. Empero tales voluntades buscan surtir efectos en la vida real y jurídica de las partes que las manifiestan. Cuando dichos actos no surten los efectos queridos y esperados por las partes nos encontramos ante la figura de la ineficacia, la misma que consiste, según lo dicho, en la ausencia total o parcial de los efectos buscados por las partes al manifestar su voluntad. La nulidad es considerada por la doctrina mayoritaria como uno de los tantos supuestos de ineficacia de los actos jurídicos.
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Efectos y alcances de la declaración de nulidad de los actos administrativos, emitidos por la administración tributaria, respecto a la suspensión del plazo prescriptorio

Simón Navarro, Yunior Jesús 08 March 2022 (has links)
La presente investigación analiza los efectos y alcances de la declaración de nulidad de los actos administrativos, emitidos por la Administración Tributaria, respecto a la suspensión del plazo prescriptorio, que opera durante la tramitación del procedimiento contencioso tributario o proceso contencioso administrativo, en los que se declara dicha nulidad. Ello con el fin de determinar si el penúltimo párrafo del artículo 46 del Código Tributario, incorporado por el Decreto Legislativo Nº 981, y la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00161-1-2008, emitida con el carácter de precedente de observancia obligatoria, esto es, norma y jurisprudencia administrativa vinculante, se condicen con el principio de seguridad jurídica que fundamenta la institución de la prescripción. Para tal efecto, la citada investigación se dividirá en tres capítulos: El primero denominado “Estado del Arte” nos detallará las instituciones jurídicas, tales como, entre otros, la prescripción, la seguridad jurídica, la suspensión del plazo prescriptorio y la nulidad; el segundo denominado “Problema de la Investigación”, nos mostrará la problemática del evento materia de estudio, tanto para los casos comprendidos antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 981, donde se advierte la diferente interpretación realizada por los operadores jurídicos a nivel administrativo y judicial, como para los hechos ocurridos dentro de la vigencia de dicho decreto, donde se analiza los fundamentos contenidos en su Exposición de Motivos, esto bajo los métodos jurisprudencial, argumentación jurídica legislativa y argumentación jurídica constitucional; y, el tercer capítulo denominado “Discusión” en que se formula la hipótesis de que no debe tener como efecto la suspensión del plazo prescriptorio, la tramitación del procedimiento contencioso tributario o proceso contencioso administrativo, que declaran la nulidad de un acto administrativo, en función de los artículos 12 y 13 de la Ley Nº 27444, y las razones por las que se considera a dicha tramitación como causal de suspensión; advirtiéndose que, en el caso que nos convoca, existe un hecho imputable a la Administración Tributaria. Por lo tanto, se concluye que la norma y la jurisprudencia vulneran el principio de seguridad jurídica, siendo que además la mencionada norma, resultaría inconstitucional.
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La nulidad procesal como causa de dilación de los procesos de divorcio por causal

Diaz Mori, Karina 19 June 2013 (has links)
El tema de investigación es la nulidad procesal como causa de dilación de los procesos judiciales, habiéndose tomado como muestra, procesos de divorcio por causal resueltos por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema en el año 2009. En la actualidad existen procesos judiciales cuyo fallo de última instancia se está emitiendo con mucha dilación, causando perjuicio a los usuarios que solicitan tutela jurisdiccional; siendo una de las causas, la nulidad procesal en que se incurre en la tramitación de los mismos; lo que origina que las sentencias u otros actos procesales emitidos en primera y segunda instancia sean declaradas nulos, incluso en más de una oportunidad, retardando innecesariamente la emisión de la sentencia definitiva. Por ello, tanto Jueces como Auxiliares Jurisdiccionales deben tener mayor cuidado al momento de tramitar los procesos; es decir, cuidando de que, cada acto procesal por más sencillo que sea, que puede ser desde una notificación, hasta calificación de demandas, proveídos de escritos, sentencias, entre otros; se realicen en forma adecuada desde el principio hasta el final. Asimismo, los Fiscales, Asistentes de Función Fiscal y Abogados litigantes, también deben coadyuvar en que los procesos se tramiten en forma adecuada; ya que también están inmersos en la administración de justicia, pudiendo comunicar a los Jueces de alguna nulidad procesal que adviertan cuando tengan contacto con el proceso, para que éste, en forma inmediata reoriente el proceso como corresponda. A fin de no incurrir en nulidades procesales, las Cortes Superiores de Justicia, deberían promover más programas de capacitación para sus integrantes; asimismo, se podría sancionar a pedido de parte, a aquellos Jueces que incurran en reiteradas nulidades procesales, para que de esa manera pongan mayor cuidado en el desempeño de sus funciones.
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Informe jurídico sobre la acción de amparo recaída en el Expediente Nº2192-2004-AA/TC

Carrera Espinoza, Carmen Estefany 29 May 2024 (has links)
El tránsito de un Estado interventor a uno de corte liberal y regulador trajo consigo la conveniencia de instalar esquemas de supervisión de las sociedades, a través de la instauración de obligaciones y reglas de comportamiento para todas las personas. Con ello se buscaba mantener la armonía y la convivencia pacífica entre todas las personas, pero sin perder de vista que se trata de un escenario ideal, el cual constantemente será infringido por el ánimo de los individuos de superar los límites permitidos o configurar conductas prohibidas. Para ello, el Estado dotó de potestad sancionadora a sus instituciones con el fin de que puedan prevenir, disuadir, pero también castigar las infracciones cometidas. La variedad de las manifestaciones de esta potestad sancionadora hizo posible su aplicación en diversos ámbitos, siendo uno de ellos el régimen disciplinario. Sin embargo, este poder sancionador no estuvo exento de límites marcados por los principios y garantías constitucionales instituidos como mecanismo de protección y tutela de las personas sometidas al efecto del poder punitivo. En el presente informe procederemos a evaluar si estos límites aplicables también al régimen disciplinario fueron respetados por un gobierno regional contra sus servidores, quienes fueron destituidos luego de finalizado un procedimiento disciplinario. El objetivo es examinar si los principios de legalidad, tipicidad, razonabilidad, presunción de inocencia y debido procedimiento fueron cumplidos o si, por el contrario, fueron afectados ocasionando la nulidad de la sanción disciplinaria.
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Brief notes on the “manifested nullity” as material presuppose of its “appreciabillity” ex officio in the peruvian legal system / Breves apuntes respecto de la “nulidad manifiesta” como presupuesto material de su “apreciabilidad” de oficio en el ordenamiento jurídico peruano

Campos García, Héctor Augusto 30 April 2018 (has links)
One of the main objectives of any legal system is legal certainty, which is understood as the provision of decisions in the work of the courts. To this end, in order to standardize the diversity of decisions of courts for the same conflict, there are meetings of supreme judges who seek to give a unique sense of resolution to the same conflict. Those meetings are called Cassation Plenaries.In this article, the author comments and develops the decision taken at the IX Civil Cassation Plenary. At that meeting a broad criterion of manifested nullity has been chosen, whenever the causal is “easy to warn”. However, throughout the text the author highlights the methodological vices of the Supreme Court to reach this conclusion and, using a legal comparison, proposes a different criterion of manifest nullity, demonstrating that for our legal system this should not be restricted to an “easy to warn” causation. / Uno de los objetivos principales de todo sistema normativo es la seguridad jurídica, la cual se entiende como la previsión de las decisiones en la labor de las cortes judiciales. Con dicho propósito, a fin de uniformizar la diversidad de decisiones de las cortes para un mismo conflicto, existen reuniones de jueces supremos las cuales buscan dar un sentido único de resolución a un mismo conflicto. Aquellas reuniones son denominadas Plenos Casatorios.En el presente artículo, el autor comenta y desarrolla la decisión tomada en el IX Pleno Casatorio Civil. En dicha reunión se ha optado por un criterio amplio de nulidad manifiesta siempre que la causal sea “fácil de advertir”. Sin embargo, a lo largo del texto el autor pone en evidencia los vicios metodológicos de la Corte Suprema para llegar a esta conclusión y, recurriendo a la comparación jurídica, propone un criterio distinto de nulidad manifiesta, demostrando que para nuestro ordenamiento jurídico esta no se debe restringir a una causal “fácil de advertir”.
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Recurso de nulidad laboral : análisis normativo, doctrinario y jurisprudencia

Lara Lara, Jorge Andrés, Peña Mardones, Camilo Manuel January 2013 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo. / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de esta investigación consiste en realizar un análisis jurídico de las aristas estructurales del recurso de nulidad laboral, enfocadas en relación a las perspectivas doctrinarias y las orientaciones jurisprudenciales estudiadas. A partir de la búsqueda de un concepto de recurso y de nulidad procesal, en tanto impugnación y perjuicio cuya interpretación conjunta permitirá arribar a una noción de recurso de nulidad, se procede al análisis de la historia de las leyes que reforman el procedimiento laboral, especialmente centradas en el modelo de impugnación de las sentencias definitivas y su actual regulación. Posteriormente, se destina un capítulo dedicado a la determinación de las principales características del recurso, otro relativo a los principios propios que estructuran la formación del procedimiento hasta destinar uno sobre las resoluciones judiciales impugnables por esta vía. El sexto capítulo es uno de elemental importancia, ya que, gracias a la estructura anteriormente alcanzada, se pasará a analizar cada una de las causales existentes para incoar el recurso de nulidad, la determinación de su ámbito de impugnación, los límites en el conocimiento de los tribunales ad quem y los principales problemas empíricos sugeridos a partir del análisis de la jurisprudencia. Finalmente, mediante la identificación de los márgenes de la interposición formal del recurso y el procedimiento desde la presentación de la impugnación hasta la resolución de recurso, se pasa a definir las conclusiones de la investigación, hacia soluciones jurídicas respecto a la valoración de los hechos y la amplitud del margen de aplicación de este mecanismo de impugnación.

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