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La prueba de oficio en el proceso penal peruano y su relación con el principio de imparcialidad judicial y el debido proceso

Castillo Añazco, Lady Diana 01 April 2024 (has links)
El Código Procesal Penal de 2004, en adelante CPP, está inspirado en el sistema procesal penal acusatorio, bajo las bases del principio constitucional de “imparcialidad judicial”, cuya característica fundamental radica en -la no contaminación del juez con la actuación de la prueba, la cual recae exclusivamente en las partes procesales. A través de este principio se limita los poderes del juez con relación a la actuación de la prueba dentro del proceso penal. Este principio de relevancia constitucional no lo encontramos establecido en la Constitución Política, lo encontramos incorporado en el derecho al debido proceso y la tutela judicial efectiva, inciso 3 del artículo 139 de la Constitución, así como también en los tratados internacionales de los cuales el Perú es parte. Pese a las características del sistema establecido, este código también prevé la “prueba de oficio”, regulada como actuación excepcional en el artículo 385 del CPP. Surge entonces aquí la inquietud académica: ¿La prueba de oficio quiebra el principio constitucional de imparcialidad judicial que consagra el CPP y como consecuencia de ello el debido proceso? El objetivo de esta investigación es pretender dar respuesta a la interrogante planteada, establecer si la actuación probatoria que realiza el juez dentro del proceso penal reformado, quiebra de alguna manera el principio constitucional de “imparcialidad judicial” regulado en el CPP vigente y como consecuencia de ello el debido proceso, así como explicar si resulta necesario establecer criterios de identificación específicos razonables para individualizar los casos excepcionales en los que resulte indispensable su aplicación. / The Criminal Procedure Code of 2004, hereinafter referred to as the CPP, is inspired by the accusatorial criminal procedural system, wherein the constitutional principle of "judicial impartiality" prevails. Its fundamental characteristic lies in the non-contamination of the judge with the presentation of evidence, which falls exclusively upon the procedural parties. Through this principle, the powers of the judge regarding the presentation of evidence in the criminal process are restricted. Although this constitutionally relevant principle is not explicitly established in the Political Constitution of Peru, it is incorporated into the right to due process and effective judicial protection, as stipulated in paragraph 3 of Article 139 of the Constitution. Additionally, it is regulated in international treaties to which Peru is a party. However, despite the characteristics of the established system, this code also provides for "ex officio evidence," regulated as an exceptional procedure in Article 385 of the Criminal Procedure Code. This raises an academic concern: Does the use of such ex officio evidence break the constitutional principle of judicial impartiality enshrined in the Criminal Procedure Code, and consequently, due process? In this context, the objective of this research is to attempt to answer the posed question, to determine whether the probative action taken by the judge within the reformed criminal process in any way violates the constitutional principle of "judicial impartiality" regulated in the current CPP and consequently due process. Furthermore, it aims to explain whether it is necessary to establish a reasonable identification criterion to pinpoint exceptional cases where its application is indispensable. / Trabajo académico
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Los aspectos personales y la posición subjetiva del testigo como elementos de valoración de credibilidad de la prueba testimonial en el nuevo proceso penal

Criado Muñoz, Carla Estefanía January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En atención a la naturaleza de los hechos que se discuten en materia penal, por regla general, no será posible para los intervinientes premunirse de pruebas de forma anticipada al proceso, como si es factible, por ejemplo, en materia civil. Es por ello que cobra vital relevancia la prueba que clásicamente se encuentra al servicio de la Justicia Penal, en la que para lograr el esclarecimiento de los hechos que revisten el carácter de delito suele recurrirse a la prueba testimonial. Como nuestro actual Código Procesal Penal no nos entrega una definición de esta prueba, y existe en la doctrina cierta tendencia a confundir los conceptos de testigo y testimonio, un primer objetivo de esta investigación será arribar a una correcta conceptualización, en el marco de un proceso penal, de esta prueba, comprendiendo su naturaleza, función y el cambio de paradigma que implicó para sí la instauración de la Reforma Procesal Penal en nuestro país. De los grandes cambios que trajo consigo esta reforma, es la inexistencia de testigos inhábiles en el proceso penal y el establecimiento de la libre convicción o sana crítica racional como el sistema de valoración de la prueba, los que constituyen el corazón de esta investigación, pues de ellos, y de los principios en que se sustentan, dependerá la valoración que Tribunal del Juicio Oral en lo Penal haga de esta prueba, que le permitirá alcanzar el grado de convicción exigido por la ley y finalmente condenar o absolver al imputado. De tal forma, se analizarán los diversos modelos o pautas de valoración de la prueba testimonial, distinguiendo entre aquellos que postulan que la valoración debe efectuarse únicamente respecto del testimonio, postura que rechazamos, y quienes defienden la tesis que la valoración debe recaer tanto en el testimonio, es decir la declaración que rinda el testigo en la audiencia del juicio oral, como en el testigo mismo, como sujeto que declara en el proceso, postura a la que adherimos. Para fundamentar esta posición se recurrirá a la legislación vigente, la revisión de diversos autores que consideran este tema desde un punto de vista teórico de la prueba y desde un punto de vista práctico o dirigido a los litigantes, legislación comparada y casos jurisprudenciales de nuestros Tribunales de Justicia. Es importante destacar y determinar que la adopción de una u otra postura posee diferentes consecuencias prácticas y jurídicas. Finalmente, se propondrán como elementos de valoración de credibilidad de la prueba testimonial determinados aspectos personales del testigo y su posición subjetiva dentro del proceso penal en que el que declara, como elementos que complementan los modelos o pautas de valoración que se centran en el testimonio.
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Estudio Experimental de la Reacción de un Suelo Arenoso Solicitado por Carga Vertical y Momento para Validar la Existencia de una Envolvente Única

Leal Zavala, Fabián Esteban January 2011 (has links)
No description available.
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Identificación de serogrupos patogenos de leptospira spp. en caninos domésticos

Siuce Moreno, Juan José January 2014 (has links)
La leptospirosis es una zoonosis bacteriana de gran impacto en la salud pública a nivel mundial. Los perros y otros animales, pueden infectarse, sufrir la enfermedad, constituyendo así, un factor importante en la diseminación de la bacteria hacia humanos. La infección es causada por cualquiera de los 250 serovares patógenos, de los 25 serogrupos de Leptospira spp. El estudio tuvo como objetivo identificar a los serogrupos de Leptospira spp. presentes en caninos domésticos. Para ello, se obtuvieron 305 muestras de suero sanguíneo, de perros con diagnóstico clínico presuntivo de Leptospirosis, mayores de 6 meses de edad, no vacunados o con un tiempo mayor a seis meses desde la última vacunación contra Leptospirosis. Las muestras fueron remitidas por Médicos Veterinarios al Laboratorio de Microbiología – Sección Bacteriología de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, provenientes de 31 distritos de Lima Metropolitana. Se realizó la Prueba de Microaglutinación (MAT), estableciéndose títulos ≥1/100 de serorreactividad como seropositivos, utilizando cepas de referencia de los 25 serogrupos, incluyendo al nuevo serogrupo Iquitos serovar varillal 10, aislado y reportado en casos humanos en Perú. Se detectaron 177 seropositivos (58.03%), de los cuales 31 (10.16%) fueron coaglutinaciones. Los serogrupos de mayor frecuencia fueron: Iquitos (46/305; 15.08%), Tarassovi (37/305; 12.13%), Canicola (37/305; 12.13%), Australis (14/305; 4.59%), Icterohaemorrhagiae (13/305; 4.26%), Pomona (12/305; 3.93%), Mini (10/305; 3.28%) y Ballum (8/305; 2.62%). No se identificó serorreactores a los serugrupos Bataviae, Celledoni, Hebdomadis, Lousiana, Panama, Ranarum, Sarmin. Palabras claves: Perros, leptospirosis, leptospira, MAT, serovar, serogrupo / Leptospirosis is an important bacterial zoonosis on worldwide. Dogs and other animals can be infected and suffered the disease, they constituting an important role in the spread of the bacteria to humans. The infection is caused by any of the 250 pathogenic serovars, grouped in 25 serogroups of Leptospira spp. The aim of this study was to identify the serogroups of Leptospira spp. circulating in domestic dogs. For this, 305 serum samples were obtained from dogs, who had a presumptive clinical diagnosis of Leptospirosis, over 6 months old, unvaccinated or more than six months since the last vaccination against Leptospirosis, The samples were submitted by veterinarians to Microbiology Lab - Bacteriology, Faculty of Veterinary Medicine of Universidad Nacional Mayor de San Marcos, from 31 districts of Lima. The microagglutination test (MAT) was performed, establishing seroreactivity titles ≥ 1/100 as seropositive using reference strains of the 25 serogroups, including the new serogroup Iquitos, serovar Varillal, Var 10 strain, isolated and reported human outbreaks in Peru. 177 seropositive samples (58.03%) were detected, 31 of them (10.16%) were co-agglutinations. Seropositive reacted against 18 serogroups, the most frequent were: Iquitos (46/305; 15.08%), Tarassovi (37/305; 12.13%), Canicola (37/305; 12.13%), Australis (14/305; 4.59%), Icterohaemorrhagiae (13/305; 4.26%), Pomona (12/305; 3.93%), Mini (10/305; 3.28%) and Ballum (8/305; 2.62%). There were no seroreactors to serogroups: Bataviae, Celledoni, Hebdomadis, Lousiana, Panama, Ranarum, and Sarmin. Keywords: Dog, leptospirosis, leptospira, MAT, serovar, serogroup.
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La prueba como garantía mínima dentro del debido proceso. Análisis jurisprudencial del Tribunal Constitucional

Conget Morral, Josefa de Jesús January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo consiste en un análisis de los fallos del Tribunal Constitucional respecto a la prueba como una garantía mínima e indispensable dentro del debido proceso. Para lograr lo anterior, nuestra memoria comienza con una investigación exhaustiva del debido proceso y sus garantías, rescatando su concepto y regulación, señalados por la doctrina, jurisprudencia y tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Además, estudiamos a fondo una garantía específica que es el derecho a la prueba, tomando en consideración el concepto de prueba, su aplicación en el derecho chileno y su carácter de derecho relativo. Finalmente, el tercer capítulo versa sobre un análisis concreto de diversos fallos del Tribunal Constitucional relativos a materias penales, administrativas, procesales, de quiebra y tributarias, cuyo fin es obtener directrices respecto a cómo esta Magistratura se ha pronunciado respecto a la prueba dentro de un debido proceso, y si procede, ver la evolución histórica de la postura del Tribunal al respecto
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Prácticas de prevención del cáncer cervicouterino en usuarias del C.S. Leonor Saavedra - San Juan de Miraflores : de enero a marzo del año 2011

Palma Flores, Jenny Elizabeth January 2011 (has links)
Objetivos: Determinar las prácticas preventivas del Cáncer Cervicouterino en las usuarias del Centro de Salud Leonor Saavedra. Lugar: Centro de Salud Leonor Saavedra-San Juan de Miraflores-Lima Diseño: Estudio descriptivo, de corte transversal. Pacientes: Mujeres en edad fértil, de 20 a 49 años que acudan al consultorio de Ginecología y Obstetricia. Intervenciones: Cuestionario estructurado llenado en entrevista, durante los meses de enero, febrero y marzo del 2011. Para el análisis estadístico se utilizó el programa SPSS versión 19.00. Resultados: El perfil de la usuaria que acude al C. S. Leonor Saavedra es mujer de 32 años, conviviente (52,4%), con nivel secundario (54,8%), ama de casa (54,8%), que vive con sus hijos y su pareja (70,2%), de religión católica (73,0%), cuyos ingresos mensuales son menores a los S/. 1000 (61,3%). Entre las prácticas de prevención primaria del Cáncer Cervicouterino relacionadas con la conducta sexual, tenemos: Sólo el 26,9% ha retrasado el inicio de relaciones sexuales hasta los 20 años, el 43,7% limita el número de compañeros sexuales a uno, el 72,1% conoce las características sexuales de su pareja, el 73,9% ha evitado el contagio de Infecciones de Transmisión Sexual, el 88,2% ha evitado el uso prolongado de pastillas anticonceptivas, sólo el 12,2% usa siempre preservativo en sus relaciones sexuales. Respecto a las relacionadas con la reproducción tenemos: El 41,9% ha retrasado su primer parto hasta lo 22 años, el 81,9% ha limitado el número de partos vaginales a uno o dos. El 91,9% ha evitado el consumo de tabaco, el 57,3% se alimenta balanceadamente, y sólo el 32% tiene algún conocimiento sobre el Papiloma Virus Humano. En cuanto a las prácticas de prevención secundaria tenemos: El 84,9% se ha realizado el Papanicolaou; de las cuales sólo el 11,1% se lo realizó después de iniciar su vida sexual, sólo el 34,6% se lo realiza cada año, el 67,8% se ha realizado su última prueba hace menos de un año, el 30,8% se la ha realizado más de seis veces, el 86,1% conoce el resultado de su último Papanicolaou, y sólo el 36,1% conoce el propósito de la prueba. Conclusiones:La mayoría conoce las características sexuales de su pareja, y limita el número de partos vaginales; además han evitado el contagio de Infecciones de Transmisión Sexual y el uso prolongado de píldoras como prevención primaria. En cuanto a la toma de Papanicolaou, la mayoría se la ha realizado como prevención secundaria. -- Palabras claves: Prácticas de prevención primaria y secundaria, conducta sexual, reproducción y Papanicolaou
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Identificación y Análisis de los mecanismos de influencia educativa en una Secuencia Didáctica de Lenguaje de un preuniversitario popular / El caso de PREUMED

Aranda Cáceres, Romina 05 1900 (has links)
Memoria para optar al título de Psicóloga / La presente investigación tiene por objetivo identificar y analizar los mecanismos de influencia educativa que se dan en el proceso de enseñanza-aprendizaje al interior del aula –desde la propuesta de César Coll, Rosa Colomina, Javier Onrtubia y M. José Rochera (1995). Constituye un estudio descriptivo exploratorio con modelo de enfoque dominante, que utiliza una muestra no probabilística intencional. Se presenta la descripción y análisis de la actividad conjunta en una Secuencia Didáctica de Plan de Redacción, en un preuniversitario popular (PREUMED) con un grupo de alumnos pertenecientes a liceos Técnico Profesionales. Este trabajo se justifica por la existencia de una preocupación e interés por parte de PREUMED, por mejorar sus prácticas educativas, y con ello el rendimiento de sus alumnos en la Prueba de Selección Universitaria. Para tal fin, se estudian dos mecanismos de influencia educativa: la cesión del control y la responsabilidad por parte del docente a los alumnos respecto de su aprendizaje, y la construcción progresiva de sistemas de significados compartidos. Se utilizó como estrategia de producción de información la grabación en audio de dos sesiones y notas de campo. Para el análisis, se definieron Segmentos de Interactividad (SI) y patrones de actuación. Asimismo, se examinaron los significados que los actores negocian y construyen en el marco de la interactividad, y la injerencia de dispositivos semióticos en el discurso durante la actividad conjunta. Entre los resultados destaca la existencia de dificultades en la transición desde lo conceptual a lo operativo, la asimetría en el proceso de construcción de significados, y la importancia de las funciones instruccionales de cada SI ABSTRACT The purpose of this research paper is to identify and analyze the educational influence mechanisms that occur in the teaching-learning process within the classroom –taken from César Coll’s proposal. It is a descriptive exploratory study with a dominant focus model, 8 which uses a non-probabilistic sample. We present the description and analysis of joint activity in a teaching sequence of a “Drafting Plan” in a popular ‘pre-university’ (PREUMED) with a group of students from technical-professional high schools. The grounds for this investigation had to do with an existing concern and interest on PREUMED’s part to improve their educational practices, and thus the performance of their students in the University Selection Test. For this purpose, two mechanisms of educational influence were studied: the transfer of control and responsibility from the teacher to the students and the progressive construction of shared meaning systems. Audio recordings of two sessions, as well as field notes, were used as a strategy to produce information. In the analysis process, Interactivity Segments (IS) and performance patterns were defined. In addition, the meanings that actors negotiate and construct in the context of interactivity were examined, as well as the presence of semiotic devices in speech during the joint activity. It was found that there are difficulties in the transition from the conceptual to the operational, the asymmetry in the process of constructing meaning, and the importance of instructional functions of each IS
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Consideraciones teóricas y prácticas sobre la relación entre proceso prueba y verdad

Fuchs Nissim, Andrés Ariel January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objeto principal de esta memoria, es poder dar respuestas a preguntas fundamentales del Derecho Procesal, cómo lo son :(i) ¿Cuál es la función del proceso civil ?; (ii) ¿Para qué sirven las pruebas en un proceso?; y (iii) Cuando hablamos de la verdad en estos contextos, ¿Qué entendemos realmente por verdad? Determinar qué es una decisión justa, es algo no menor. En efecto, encontrar el significado de la palabras “justicia” ya es algo complejo, en tanto está cargado de simbolismos y de diferentes maneras de interpretar qué es lo justo pero trataremos brevemente de desarrollar qué elementos debe tener una decisión para qué la consideremos justa, dejando en claro desde ya que no nos parece suficiente criterios de igualdad procesal para definir a una decisión como justa, por provenir de un proceso justo. Así las cosas, nuestra primera conclusión ha de ser que para que el proceso, culmine en una decisión justa, necesariamente ha de fundarse en una ideología de la justicia que reconozca a la verdad un valor positivo. Ahora bien, eso no nos responde de manera positiva, qué es una decisión justa. Sobre este tema, seguimos la tesis planteada por el profesor Taruffo, quien sostiene que este problema relativo a la escogencia de la mejor decisión, debe ser resuelto acudiendo a un conjunto de tres criterios, y solamente de su combinación podrá brotar un esquema de valoración que permita determinar si y cuándo la decisión es justa”. Dichos criterios son: (i) corrección de la escogencia y de la interpretación de la regla jurídica aplicable al caso; (ii) comprobación confiable de los hechos importantes al caso; y (iii) empleo de un procedimiento válido y justo para llegar a la decisión. Estos requisitos, son todos necesarios y para que una decisión sea justa es preciso que ninguno de los tres valores sea inferior a un nivel mínimo que se considere aceptable
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La carga dinámica de la prueba y sus límites : en especial el límite impuesto por la no autoincriminación

González Coulon, María de los Angeles January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El objetivo de este trabajo es determinar la importancia de incluir en nuestra legislación la carga dinámica de la prueba, no sólo en el ámbito civil sino que con una posible extensión y de manera más atenuada en familia y laboral, así como precisar las contribuciones y ventajas de la misma como sus límites. Para los efectos antes señalados, analizamos el principio de no autoincriminación como límite absoluto y en los casos en que existan diversos derechos en juego, cómo ponderarlos para zanjar el conflicto. La tesis se inicia con una visión general sobre lo que es la carga de la prueba, para luego analizar de manera profunda el concepto, requisitos y aplicación de la carga dinámica de la prueba. En el capítulo siguiente se hará un especial desarrollo del principio de la no autoincriminación para ver a continuación sus posibilidades de aplicación en variados ámbitos y apreciar cómo se manifiesta en los derechos a no prestar juramento, a guardar silencio y a la posibilidad de intervenciones corporales. Los tres capítulos siguientes concretizan la teoría antes dicha haciendo manifiesta la aplicación de la carga dinámica en el proceso civil, de familia y laboral. El primero sirviendo de guía para los que le siguen y en cada caso demostrando como se puede aplicar la no autoincriminación y cómo se concretiza la ponderación de derechos. A modo de excurso hacemos mención a lo que sucede en materia tributaria ya que lo que diferencia a esta rama del derecho con el resto es su vinculación con el área penal y administrativa de manera más directa, permitiéndome al mismo tiempo en un caso más extremo determinar hasta dónde llegaría una posible autoincriminación.
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Reconstruyendo la ilicitud desde los fundamentos de la epistemología : razones para la admisibilidad de la prueba ilícita en el proceso penal

Herrera Esquivel, Karolaym Stefhany January 2018 (has links)
La noción de prueba ilícita refuerza el conflicto de antaño entre el telos del proceso penal que, para la teoría tradicional, radica en la búsqueda de la verdad, y el interés superior de respeto de derechos fundamentales, principio rector básico de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho. Es pues aquí que cobra plena vigencia el adagio jurídico que respecto a la verdad recita “no podrá ser obtenida a cualquier precio, sino dentro de los causes regulares establecidos por ley”. La principal consecuencia de ésta prescripción deviene en el hecho que el órgano persecutor del delito se encuentra impedido de probar sus pretensiones dentro del proceso penal mediante el uso de medios probatorios que atenten contra derechos fundamentales, por existir criterios mínimos legales (también llamados, prohibiciones probatorias) establecidos para la postulación, admisión, actuación y valoración de la prueba; siendo uno de éstos el parámetro de la licitud. La principal consecuencia de ésta prescripción deviene en el hecho que el órgano persecutor del delito se encuentra impedido de probar sus pretensiones dentro del proceso penal mediante el uso de medios probatorios que atenten contra derechos fundamentales, por existir criterios mínimos legales (también llamados, prohibiciones probatorias) establecidos para la postulación, admisión, actuación y valoración de la prueba; siendo uno de éstos el parámetro de la licitud. El valor de la licitud dentro de la concepción principialista de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho es de transcendencia tal que tiene como efecto directo la inadmisibilidad y exclusión de medios probatorios que fueron obtenidos e introducidos al proceso con vulneración de derechos fundamentales de la persona, por considerarse desde ya que son de entera connotación ilícita. Sin perjuicio de lo anterior, es de precisar que al ser el Derecho una ciencia social epistémica, cuyo principal objetivo es la regulación de la conducta humana, sus instituciones no son producto de un conocimiento logrado y final, sino que se encuentran sujetas a constantes cambios. Siendo esto así, resulta válido cuestionar la vigencia de la tradicional regla de exclusión procesal de medios probatorios ilícitos en escenarios criminológicos de alta complejidad y dificultad probatoria y con ello la necesidad de reestructuración de viejos conceptos (categorías jurídicas), que aun cuando resultan ser conciliadores con el orden jurídico formal no logran dar efectiva solución al problema de dificultad probatoria esbozado.Frente a este escenario, cobra especial importancia las teorías forjadas desde la epistemología jurídica, las que, lejos de aplicar conceptos de forma rígida, proponen una nueva forma de alcanzar los fines legítimos del proceso. La epistemología jurídica postula la necesidad de declinación de las teorías de exclusión o inutilización del medio probatorio ilícito, y sitúan su principal objeto en la construcción de una teoría procesal de admisión y valoración del medio probatorio ilícito en el proceso. A modo de resumen, la presente investigación se propone la reestructuración de los conceptos que fundamentan la exclusión del proceso del medio probatorio ilícito, desde los fundamentos de la epistemología jurídica, a efectos de lograr arribar a la concreción de una teoría procesal que atienda a la necesidad, bajo determinados parámetros y en congruencia con los postulados del Estado Constitucional de Derecho, de admisibilidad del medio probatorio ilícito. / Trabajo académico

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