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Los obstáculos probatorios en los casos de discriminación en las relaciones de consumoCaballero Marengo-Orsini, Alessandra María January 2018 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo realizar una reflexión sobre cómo evidenciar
cuando un proveedor realizaa actos discriminatorios hacia personas con características
visibles, las cuales vuelven susceptibles a estas personas de sufrir discriminación; sobre
todo cuando estas últimas no tienen pruebas suficientes que lo evidencien.
Si bien el Código de protección y defensa del consumidor establece en el artículo 39 que
el consumidor afectado es quien debe probar el trato desigual, esto no se condice en la
práctica o en la realidad de los hechos, ya que los consumidores no acuden a los
establecimientos con la expectativa de recibir un trato desigual, por lo que no se
encuentran preparados para capturar pruebas en el preciso momento en el cual son
víctimas de este trato.
Ante este tipo de situaciones, en las cuales personas con determinadas características
visibles (discapacidad, raza, orientación sexual, entre otras) señalan haber sido víctimas
de tratos discriminatorios, sin obtener prueba suficiente que lo acredite, lo conveniente
sería que la entidad realice investigaciones e inspecciones de oficio para determinar si los
establecimientos contarían o no con políticas discriminatorias; así como también evitar
que se les sancione por trato ilícito diferenciado (multa menor que discriminación) cuando
el acto fue en sí discriminatorio. / Trabajo académico
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La admisión de la carga de la prueba dinámica en el proceso civil peruano bajo un estado constitucionalVásquez Anchaya, Marco Alexander 02 October 2017 (has links)
Como primera idea, dejar en claro, que el Juez puede admitir la carga de la prueba dinámica en el proceso civil peruano, cuando advierta que a las partes del proceso se le está vulnerado un derecho fundamental y ,como consecuencia de ello, podría inaplicar el artículo 196 respecto a la institución de la carga de la prueba estática que regula el Código Procesal Civil, pudiendo adoptar otro tipo carga como la carga de la prueba dinámica al observarse indefensión, tal como lo establece el artículo 139 inciso 14 de la Constitución Política del Perú de 1993 “ El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso (…)”.
En ese sentido, para que pueda aplicarse otros tipos de instituciones que no están reguladas o reconocidas en un determinado sistema jurídico –como la carga de la prueba dinámica–, es importante establecer que a la fecha nos encontramos ante un Estado Constitucional que protege valores y principios constitucionales: la dignidad de la persona humana, el respeto de los derechos fundamentales, la división de poderes, la primacía de la Constitución sobre la ley, la independencia de los órganos jurisdiccionales, entre otros.
Al hablar sobre el Estado Constitucional, involucra a todo el ordenamiento jurídico –sin excepción–cuya finalidad suprema es la de velar por el respeto y la dignidad de los derechos fundamentales de la persona; con relación al estudio del derecho procesal, surge varios tipos de paradigmas (pensamientos adoptadas en una determina época y que paran en constante cambio) que se dieron a raíz de la historia como consecuencia del tipo de estudio en un determinado momento, por lo que, se puede advertir cuatro tipos o etapas de estudio: etapa de practica forense, etapa del procedimentalismo, etapa del procesalismo científico y la etapa de la constitucionalización del derecho procesal.
En ese orden de ideas, la primera etapa involucraba el estudio de técnicas de defensa que se realiza ante el Juez o Tribunal, esto es, se enseñaba como preparar la demanda, formular los alegatos, preparar los recursos, entre otros; en cuanto a la segunda etapa, estaba referido al estudio del derecho procesal al estudio de la ley y su método de estudio era el exegesis; la tercera etapa, por su parte, estaba diseñado ya no al estudio de la ley sino más bien estaba referido a los conceptos del derecho procesal como en un primer momento se dio el debate en Alemania sobre la definición del derecho de acción para luego desarrollarse en Italia y otros países; y por última etapa, estaba en función al nuevo estudio de dicha disciplina, esto es, incorporación de los valores y principios constitucionales.
En esta nueva forma de estudiar el derecho procesal, se puede citar algunos autores muy importantes que influenciaron dicho movimiento como Gustavo Zagrebrelsky donde a través de su libro “El Derecho Dúctil” hace una clasificación de los tipos de Estado que se ha dado en el historia como el Estado Divino, Estado Absoluto, Estado de Derecho y Estado Constitucional, donde refiere que como nuevo paradigma o revolución científica estamos actualmente bajo la directriz de valores y principios constitucionales y, otro autor es, Peter Haberle mediante la cual expresa en su libro “El Estado Constitucional” que si en la Constitución no se incorpora los valores y principios constitucionales no estamos hablando de un Estado Constitucional a pesar que haya Constitución.
Siendo ello así, bajo los valores y principios constitucionales el Juez al advertir que se está afectando derechos fundamentales y va en contra de dichas garantías, el operador de Justicia tendría que inaplicar, para el caso en concreto, la carga de la prueba estática y optar por admitir la carga de la prueba dinámica para resolver la controversia suscitada. / Trabajo académico
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“Implicancias de la capacitación antes de la prestación efectiva de labores sobre el período de prueba”Warthon Castañeda, Martha Veronica 13 October 2017 (has links)
La presente tesis propone la exoneración del período de prueba de los trabajadores
que fueron contratados luego de superar una etapa de capacitación impartido por sus
futuros empleadores. Ello en base a la aplicación de los principios del derecho laboral,
específicamente de los principios de buena fe, razonabilidad y primacía de la realidad.
Para lo cual, partimos de la premisa que la finalidad del período de prueba ya se
habría cumplido durante la capacitación, es decir, que el empleador, a lo largo de la
capacitación y las evaluaciones al cabo de ésta, tomó conocimiento de la aptitud del
trabajador que decidió contratar para desempeñar un puesto específico, con lo cual se
ha configurado la razón de ser del período de prueba y resultaría innecesario someter
al trabajador a una nueva evaluación sobre su idoneidad para el puesto. En
consecuencia, en caso de pactar en el contrato de trabajo un período de prueba, a
pesar de que el empleador haya capacitado y evaluado al postulante antes de la
suscripción del contrato de trabajo, se produciría la desnaturalización del mismo.
En este sentido, primer capítulo describiremos y delimitaremos la naturaleza de los
períodos de capacitación como compromiso futuro de contratación; efectuaremos una
descripción general de los tipos de capacitación existentes en el mercado laboral
peruano y la regulación legal de cada uno de ellos, a fin de delimitar las circunstancias
que cuentan con una regulación legal en materia laboral y aquellas a las que serían
aplicables otras instituciones de carácter civil. Finalmente, nos ocuparemos de la
regulación legal que el período de prueba tiene en nuestro país, así como
identificaremos su finalidad.
En el segundo capítulo se analizará la razón de ser de los principios del derecho
laboral, con la finalidad de delimitar su naturaleza tuitiva así como el ámbito de su
aplicación; del mismo modo, daremos a conocer nuestra posición sobre la aplicación
de éstos últimos a los períodos de prueba en contextos de contratación de personal
por parte de empresas que efectuaron la capacitación y evaluación a sus postulantes
antes de la suscripción del contrato de trabajo.
Finalmente, en el último capítulo describiremos la tendencia en el tratamiento de las
tratativas previas a la suscripción del contrato de trabajo; así mismo, desarrollaremos
un caso práctico ocurrido en nuestro país, analizando el criterio adoptado por el
magistrado al resolver el caso; y proponiendo la forma de aplicación de los principios
del derecho del trabajo que consideramos conveniente. / Tesis
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Modelo de control constitucional para la admisión de la prueba de cargo con violación a derechos fundamentales en el sistema jurídico peruanoPareja Mujica, Brenda 31 October 2017 (has links)
En estos tiempos, una de las instituciones procesales que ha cobrado un rol
importantísimo en el Derecho es sin duda la Prueba Prohibida o Ilícita dentro del
Proceso, debido a las diferentes corrientes y teorías que asumen diversas
posturas ante su posible admisión y exclusión; no obstante, el presente trabajo
de investigación proponer abordar esta temática desde el enfoque del paradigma
de Estado Constitucional; en el cual se puede dilucidar un derecho fundamental
que casi ha ido pasando desapercibido: el derecho a la prohibición de prueba de
cargo con violación a derechos fundamentales.
En ese contexto, este derecho –con características y/o particularidades propiastiende
a correlacionarse con otros frente a posibles antinomias existentes en la
realidad; donde será necesario someterlo a un análisis que permita que los
operadores del derecho estudien las situaciones en las cuales, a través de un
Modelo de Control Constitucional, se podría determinar que existan
determinados supuestos donde podría soslayar la prohibición de prueba de
cargo con violación a derechos fundamentales, y así, establecer la validación de
medios de prueba que salven esta prohibición y hagan posible la admisión de un
medio probatorio considerado hasta ahora como “prohibido” o “ilícito”.
Por ello, en el desarrollo de esta tesis, se plantea un modelo o esquema de
control constitucional para la admisión de la prueba de cargo con violación a
derechos fundamentales en el Sistema Jurídico Peruano a la luz de las
directrices de estado constitucional y el rol del órgano jurisdiccional ante ello.
En esa línea, se ha desarrollado sucintamente, algunos criterios explícitos
ampliamente desarrollados en la Constitución (como el derecho a la defensa,
derecho a probar, etc.) e implícitos (como el interés público o el derecho a la
verdad), a modo de ejemplificar este modelo propuesto.
Asimismo, se ha propuesto –a modo de aporte a la teoría Jurídica en la
normativa peruana- la modificación de los artículos 159º y 351º del nuevo Código
Procesal Penal, a fin de poder garantizar que los operadores del Derecho tengan
la facultad de utilizar este modelo de Control Constitucional para la admisión de
la prueba de cargo con violación a derechos fundamentales, en el proceso penal
ante determinadas situaciones. / Tesis
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“Las reglas IBA para la prueba en el arbitraje y las reglas sobre la testimonial en el proceso civil peruano"Avendaño Valdez, Juan Luis 31 August 2017 (has links)
This work addresses the problem of why witness testimony is not valued as evidence on civil
procedures. This situation is different from what occurs in court procedures on criminal and
labour law matters, or even in arbitration procedures. Research aims to discover the reasons for
this difference, by comparing the rules of evidence of the Peruvian civil procedure with those of
the International Bar Association - IBA.
The comparison proved to be useful as it finds the causes on the breach of the principle of truth
and on the lack of technical knowledge for the use of testimony as a valuable means of
evidence.
The author highlights the advantages of certain features contained in the rules of evidence of the
IBA, which he proposes to incorporate into the Peruvian civil procedure.
Accordingly, the author suggests that the Peruvian civil procedure could incorporate features
such as witness written statement and cross-examination, as well as other types of
interrogatories which all together could help overcoming the problems found in Peru which
limit the use of witness testimonials. / Tesis
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Análisis de la coordinación entre los procesos de visualización y los procesos de razonamiento en la resolución de problemas en geometríaQuesada Vilella, Humberto 24 October 2014 (has links)
No description available.
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El delito de revelación indebida de identidad en el Derecho Penal PeruanoVelásquez Dávila, Lissette Mabel January 2019 (has links)
Realiza un análisis exhaustivo de la razón y el origen de la criminalización del delito de revelación indebida de identidad en el derecho penal, haciendo un análisis comparativo con otras legislaciones de los países de España, Colombia, México, Argentina y Ecuador, destacando la gran importancia que significa en la prevención y control del crimen organizado en Perú y en el análisis de los sistemas legales comparados, el propósito político perseguido ha sido el mismo, proteger la integridad física de quienes colaboran con la Administración de Justicia, facilitando la detección, Investigación, enjuiciamiento y castigo del crimen organizado, al igual que testigos y expertos protegidos, colaboradores efectivos, así como agentes encubiertos y especiales. El presente estudio de investigación científica permitirá a los operadores judiciales, asistentes legales y abogados en general conocer la importancia de la criminalización del delito y, si corresponde, aplicar el tipo penal, desde el rol que implica el desarrollo. Como conclusión y recomendación se destaca la importancia de la criminalización del delito de revelación indebida de identidad en la prevención y el control del crimen organizado, siendo necesaria la configuración de un delito, ya que esto evitaría cualquier riesgo de fuga negligente o imprudente de información confidencial sobre la identidad del oficial encubierto; de los colaboradores, testigos y expertos protegidos, ya que aumentaría la efectividad del delito de divulgación indebida de identidad. Finalmente, se elabora un proyecto de ley que modifica el artículo 409-B del Código Penal, agregando la modalidad de culpabilidad. / Tesis
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Herramientas tecnológicas en la prueba testimonial en la reforma procesal civilRetamales Muñoz, Romina Alexandra January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / A lo largo de la presente investigación presentamos un problema que se encuentra escondido prometedoramente en el proyecto de reforma del Código Procesal Civil, actualmente en trámite legislativo.
Este problema se centra en la aplicación del artículo 320 NCPC que establece la posibilidad de que testigos domiciliados en el extranjero puedan declarar en procesos judiciales chilenos. Es prometedor, porque como hemos analizado a lo largo del presente texto, el tráfico jurídico actual, cada día más internacionalizado, necesita una legislación que responda a esta internacionalidad.
De esta manera, surgió como manera interesante la propuesta del legislador, escondida en un solo artículo, el artículo 320, que permite la declaración de testigos domiciliados en el extranjero. Sin embargo, es necesario que el legislador regule de qué manera sabrá de llevarse a cabo dicha declaración testimonial, para que esta nueva forma de prestar testimonio realmente cumpla con los imperativos de eficiencia y eficacia que se espera de ella.
Esta investigación busca contribuir a este debate, entregando algunos elementos que consideramos importante para atar los cabos sueltos señalados y contribuir a la praxis legal y mantenga vigente el espíritu modernizador de la reforma NCPC.
Para resolver las preguntas que han inspirado la investigación se analizó la normativa de España, de Inglaterra, Francia y la del País de Gales entorno latinoamericano se analizó la situación de Argentina, Colombia y Costa Rica, además de la legislación vigente en Chile y el proyecto de ley de NCPC.
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La estructura de los tribunales ambientales apuntes desde la teoría racional de la pruebaOvalle de la Barra, Crescente January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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¿Cuáles son los efectos en equidad y trayectoria educativa, en los establecimientos educacionales que realizan prácticas de ordenamiento de sus estudiantes?Castillo Rodríguez, Amanda 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN POLÍTICAS PÚBLICAS / Existen distintas formas de segregación que se pueden dar en el sistema escolar, como por ejemplo las
que se dan entre establecimientos educacionales y las que se dan al interior de los establecimientos. En
esta investigación se estudia respecto a la segunda forma mencionada, en particular, cuando se dan
prácticas de ordenamiento de los estudiantes al interior de los establecimientos por desempeño
académico. Se consideró un análisis transversal de cinco pares de establecimientos municipales –
mayoritariamente vulnerables-, relativamente parecidos, donde en cada par había uno que realizaba
estrategias de ordenamiento académico entre sus cursos del mismo grado y otro que no las realizaba. Se
comparan los resultados en forma transversal de ambos grupos de establecimientos, considerando para
ello no solo el contexto y tipo de establecimiento, sino que diversos instrumentos complementarios para
determinar diferencias en relación a ciertos indicadores, tanto de desempeño académico, contexto
educativo como de aspectos socioemocionales, de manera de poder identificar si se realizan o no
prácticas de ordenamiento (para algunos casos se realizaba en el pasado y recientemente se dejó de
hacerlo). Se utilizó información de rendimiento escolar (medido por promedio final de notas, tasa de
egreso, tasa de reprobación y SIMCE, con un análisis inter-temporal), interacciones entre docente y
profesor (observaciones de aula a partir de la aplicación de las pautas CLASS y MATEO), y aspectos
socioemocionales (medido por encuestas aplicadas a estudiantes para construir índices sobre autoestima,
autoeficacia y expectativas).
Los resultados señalan que los indicadores que muestran mayores diferencias, entre los cursos de un
mismo establecimiento que realiza prácticas de ordenamiento, son los resultados en las pruebas SIMCE,
porcentaje de estudiantes que superan el estándar del nivel insuficiente y el porcentaje de estudiantes de
una misma cohorte que egresa de forma oportuna en un ciclo escolar, como también existen diferencias
significativas en los promedios generales de notas, y en el porcentaje de estudiantes que reprueban un
nivel y del porcentaje de estudiantes que tienen una trayectoria irregular (al realizar seguimiento a
cohortes de estudiantes de los diferentes cursos de un mismo establecimiento). Respecto a las prácticas
al interior de las clases, la observación de clases al inicio de la enseñanza media (1º medio), o de un par
de 4º básico, se evidencian diferencias, más bien menores, en términos de las interacciones pedagógicas
en el aula y de los indicadores de autoeficacia y de expectativas, por lo cual, los efectos podrían ser
dinámicos a través del tiempo. En el apartado final se detallan las conclusiones y recomendaciones de
política pública a partir de esta investigación
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