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Informe sobre la Resolución Nº 717-2022-SUNAFIL/TFLPrimera SalaTarazona Sánchez, Grecia Alexandra 08 August 2023 (has links)
El presente informe versa sobre el análisis efectuado por el Tribunal de Fiscalización
Laboral en la Resolución 717-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, para determinar si el
esquirolaje interno se encuentra, o no, dentro del alcance del supuesto que establece
el artículo 25.9 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, que
atribuye la comisión de una infracción muy grave cuando se configura la realización de
actos que vulneren el libre ejercicio del derecho a la huelga.
Al respecto, el Tribunal sostiene que no es posible subsumir al esquirolaje interno pues
no se encuentra enumerado de forma expresa dentro de los 3 supuestos
ejemplificativos que contiene la norma, razón por la que no puede ser sancionada sin
vulnerar, con ello, los principios de tipicidad y legalidad del derecho administrativo
sancionador. No nos encontramos de acuerdo con esta premisa, pues lo cierto es que
el Tribunal Constitucional ya ha establecido la validez de las cláusulas de interpretación
analógica, mientras que la Casación Previsional Nº 3480-2014 señala de forma expresa
que el esquirolaje interno sí se encuentra previsto en el artículo 25.9 del RLGIT.
En adición a ello, y más relevante aún, al tratarse de un derecho constitucional con
reconocimiento internacional, debió priorizarse la interpretación de la referida norma de
acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional e internacional. El mismo que nos lleva
a concluir que el derecho a la huelga únicamente encontrará efectiva protección si todas
y cada una de las conductas que pretendan vulnerarla se encuentran sancionadas por
el artículo 25.9 del RLGIT. / the present report treats about the analysis carried out by the Labor Inspection Court in
Resolution 717-2022-SUNAFIL/TFL-First Chamber, to determine whether or not internal
scabbing is within the scope of the assumption established in Article 25.9 of the
Regulations of the General Labor Inspection Law, which attributes the commission of a
very serious infraction when acts that violate the free exercise of the right to strike are
committed.
In this regard, the Court holds that it is not possible to subsume internal scabbing
because it is not expressly listed within the 3 exemplary cases contained in the
regulation, which is why it cannot be sanctioned without violating the principles of typicity
and legality of the administrative sanctioning law. We do not agree with this premise,
since the truth is that the Constitutional Court has already established the validity of the
analogical interpretation clauses, while Previsional Cassation No. 3480-2014 expressly
states that internal scabbing is indeed provided for in Article 25.9 of the RLGIT.
In addition to this, and even more relevant, since it is a constitutional right with
international recognition, the interpretation of the referred norm in accordance with the
national and international legal system should have been prioritized. This leads us to
conclude that the right to strike will only find effective protection if each and every one
of the conducts intended to violate it are sanctioned by article 25.9 of the RLGIT.
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Informe de relevancia jurídica sobre Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017, Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016 y Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de 2018 del Expediente PAS N° 160-2018Varillas Tuesta, Tania Alexandra 02 August 2023 (has links)
El presente informe tiene como objetivo exponer y analizar las cuestiones más
relevantes en torno a la Resolución N° 3 de fecha 25 de mayo de 2017 y la
Resolución N° 9 de fecha 12 de marzo de 2018 del Expediente PAS N° 486-2016
y la Resolución N° 123-2018-SUSALUD/TRI-TSE de fecha 28 de diciembre de
2018 del Expediente PAS N° 160-2018, correspondientes a un procedimiento
sancionador seguido por la Superintendencia Nacional de Salud en contra de
una compañía aseguradora, en tanto esta última no habría cumplido con
contemplar la cobertura de las preexistencias en la nueva póliza de salud
contratada por el reclamante.
A lo largo del desarrollo del presente trabajo, se podrá evidenciar un análisis
procedimental, como de fondo de las diversas problemáticas encontradas. Así
mismo, a lo largo del informe se recurren a distintas ramas del Derecho, tales
como Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho de Protección al
Consumidor y Derecho de Seguros, con la finalidad de abordar de manera
completa los debates planteados. Podremos observar que se nos presentaran
figuras jurídicas que hoy no encuentran consenso tales como la existencia de un
procedimiento sancionador trilateral o la aplicación de la caducidad
administrativa en un procedimiento de tal naturaleza. Aunado a ello,
encontramos relevante evaluar la separación de competencias entre dos
organismos técnicos especializados: Indecopi y Susalud, a fin de determinar el
nivel de claridad de estas. Finalmente, el lector hallará el examen de fondo,
respecto a si correspondía o no la cobertura de las preexistencias al reclamante. / The purpose of this report is to present and analyze the most relevant issues
regarding Resolution No. 3 dated May 25, 2017 and Resolution No. 9 dated
March 12, 2018 of File PAS No. 486-2016 and Resolution No. 123-2018-
SUSALUD/TRI-TSE dated December 28, 2018 of File PAS No. 160-2018,
corresponding to a sanctioning procedure followed by the National Health
Superintendence against an insurance company, while the latter would not have
complied with contemplating the coverage of pre-existing conditions in the new
health policy contracted by the claimant.
Throughout the development of this work, a procedural analysis can be
evidenced, as background of the various problems encountered. Likewise,
throughout the report, different branches of Law are used, such as Administrative
Law, Constitutional Law, Consumer Protection Law, and Insurance Law, in order
to fully address the debates raised. We will be able to observe that legal figures
were presented to us that today do not find consensus, such as the existence of
a trilateral sanctioning procedure or the application of administrative expiration in
a procedure of this nature. In addition to this, we find it relevant to evaluate the
separation of competences between two specialized technical organizations:
Indecopi and Susalud, to determine the level of clarity of these. Finally, the reader
will find the substantive examination, regarding whether the coverage of the preexisting conditions corresponded to the claimant.
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Los regímenes de responsabilidad administrativa de funcionarios y servidores públicos frente a posibles casos de corrupción: el rol sancionador de SERVIR y de la CGRTorres Grijalva, Carlos Torres 19 April 2023 (has links)
El presente artículo académico analiza los regímenes de responsabilidad administrativa
de los funcionarios y de los servidores públicos frente a posibles actos de corrupción, ello
analizado desde el rol que cumple la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante,
SERVIR) y la CGR (en adelante, CGR).
Al respecto, se analizarán cuatro objetivos. El primero de ellos versará respecto a las
funciones de SERVIR y de la CGR en relación al ejercicio de la función pública, en otros
términos, se realizará un análisis del sistema disciplinario y del sistema sancionador
respectivamente. Sin perjuicio de ello, el segundo objetivo versará sobre la determinación
de las infracciones, pasibles de ser cometidos por los servidores civiles, los cuales están
consideradas en el catálogo de faltas administrado por SERVIR y la CGR, relacionados
a actos de corrupción. Respecto al tercer objetivo este versará sobre la propuesta de los
mecanismos a implementar por parte de SERVIR y la CGR para mejorar el combate a la
corrupción, desde el ámbito de la responsabilidad administrativa. Finalmente,
esbozaremos las conclusiones del presente artículo de investigación, ello en concordancia
de las propuestas y mejoras en la regulación de infracciones a cargo de SERVIR y CGR,
en relación a actos de corrupción. / This academic article analyzes the regimes of administrative responsibility of civil
servants and public officials in the face of possible acts of corruption, analyzed from the
perspective of the role of the National Civil Service Authority (SERVIR) and the Office
of the CGR.
In this regard, four objectives will be analyzed. The first one will deal with the functions
of SERVIR and the Office of the CGR in relation to the exercise of the public function,
in other words, an analysis of the disciplinary system and the sanctioning system,
respectively, will be carried out. Notwithstanding, the second objective will deal with the
determination of infractions, in the exercise of the public function, which are considered
in the catalog of offenses administered by SERVIR and the CGR, related to acts of
corruption of both public officials and civil servants. Regarding the third objective, this
will deal with the proposal of mechanisms to be implemented by SERVIR and the CGR
to improve the fight against corruption, from the scope of administrative responsibility.
Finally, we will outline the conclusions of this research article, in accordance with the
proposals and improvements in the regulation of infractions by SERVIR and the CGR, in
relation to acts of corruption. / Trabajo académico
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Análisis de la Resolución N° 068-2016-OEFA/TFA-SEE emitida por el Tribunal de Fiscalización AmbientalAguirre Alván, Rossana Lisset 15 October 2021 (has links)
La Resolución N° 068-2016-OEFA/TFA-SEE emitida por el Tribunal de Fiscalización
Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental es la culminación
del procedimiento administrativo sancionador seguido contra la empresa Fénix Power
Perú S.A. por la presunta comisión de tres conductas infractoras, el cual tuvo como
resultado que se declare la existencia de responsabilidad administrativa por parte de la
empresa, confirmándose así el pronunciamiento de la Dirección de Fiscalización,
Sanción y Aplicación de Incentivos.
Al respecto, es preciso señalar que dos de las imputaciones hechas a la empresa reflejaban
incumplimientos ambientales expresamente establecidos en su estudio ambiental. La
imputación restante estaba referida a la ejecución de construcciones, así como la
implementación de dicha infraestructura asociada a la Central Térmica de la empresa
generadora de energía eléctrica y, en este caso concreto, se trataría de actividades que no
habrían sido evaluadas y aprobadas en el instrumento de gestión ambiental
correspondiente.
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El perjuicio al fisco en la aplicación del principio de proporcionalidad en materia tributaria. El caso de la Infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código TributarioCasma Rocha, Julio César 26 September 2023 (has links)
La potestad sancionadora de la Administración requiere estar sujeta a garantías
mínimas que protejan los derechos fundamentales de los administrados, dentro de ellas
encontramos al principio de proporcionalidad. Este último exige que la intensidad de la
sanción encuentre una relación razonable con la gravedad de la lesión provocada al
bien jurídico tutelado. El presente trabajo tiene como objetivo estudiar a las infracciones
tributarias desde su afectación al bien jurídico de recaudación tributaria. Luego del
análisis de legislación, jurisprudencia y doctrina nacional y extranjera se evidencia que
existen infracciones que inciden directamente en ese bien jurídico, como aquella
tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario. Así, se concluye que la
sanción vinculada a dicha infracción requiere ser modificada para resultar proporcional
al perjuicio generado al fisco. / The sanctioning power of the Administration requires to be subject to minimum
guarantees that protect the fundamental rights of the citizens, among them we find the
principle of proportionality. The latter requires that the intensity of the sanction be
reasonably related to the severity of the harm caused to the protected legal asset. The
purpose of this thesis is to study tax offenses from the perspective of their impact on the
legal asset of tax collection. After the analysis of legislation, jurisprudence and national
and foreign doctrine, it is evidenced that there are offenses that directly affect this legal
asset, such as the one typified in paragraph 1 of article 176 of the Tax Code. Thus, it is
concluded that the sanction related to that infraction needs to be modified in order to be
proportional to the damage caused to the treasury.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica n°007-2009, e-2076, procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Consorcio Vial del PerúIparraguire Cama, Claudio Augusto 08 February 2024 (has links)
El presente Informe de Relevancia Jurídica se analiza los principales problemas sobre Derecho
Administrativo, Concesiones y Arbitraje acerca de la controversia surgida a raíz del
procedimiento administrativo sancionador iniciado por OSITRAN contra el Concesionario
COVIPERU, a propósito del Contrato suscrito entre el Estado Peruano, representado por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la sociedad Concesionaria COVIPERU. Los
problemas surgen de una interpretación errada por parte de OSITRAN del Contrato de
Concesión, así como de contradicciones respecto a determinar el alcance de las obligaciones por
parte de la empresa. A partir de ello, se determinará si la interpretación efectuada por OSITRAN
es correcta teniendo en cuenta los hechos y fundamentos presentados por las partes para
imponer sanción a COVIPERU. Asimismo, se analizará si es que la Resolución que deniega la
solicitud de suspensión del procedimiento administrativo sancionador cumple con el requisito
de la motivación y si la aplicación de las normas invocadas es pertinente. De igual manera, se
analizará si es que el artículo 64 es pertinente de aplicación para dilucidar si la suspensión del
procedimiento sancionador, frente al proceso arbitral es conforme a derecho.
Para ello, se utilizará doctrinas propias del Derecho Administrativo, Constitucional y Arbitral, así
como de las Concesiones. Así, en el presente informe se concluirá que la interpretación
efectuada por OSITRAN carece de sustento normativo, dado que su actuación no se condice con
los Informes emitidos. De igual forma, la resolución que deniega la solicitud de suspensión
incurre en una motivación insuficiente, toda vez que inaplica una norma importante y no
desarrolla en lo absoluta la norma invocada.
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El incumpliminto del precedente constitucional como criterio sancionatorio de destitución judicial: Estándares constitucionales para su evaluación ponderativaRuiz Riquero, José Humberto 23 January 2024 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo determinar los estándares constitucionales que
se deben observar en el ejercicio de la potestad sancionadora manifestada en la
destitución de jueces por incumplimiento del precedente constitucional (PC) o la
doctrina constitucional vinculante (DCV). Para tal fin, fueron analizados un total
de 36 procesos disciplinarios con pedido de destitución (correspondientes al
periodo que va del año 2006 al 2018) cuyo cargo imputado a los jueces y juezas de
las diferentes instancias del Poder Judicial fue no haber tenido en cuenta lo resuelto
por el Tribunal Constitucional a la hora de emitir sus resoluciones, conforme a lo
dispuesto en los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Analizado el problema de estudio y la forma como se llevaron los procesos ante la
Oficina de Control de la Magistratura, se identificaron seis estándares
constitucionales que recomendamos que la actual Junta Nacional de Justicia debe
considerar: (i) los actos de contenido jurisdiccional como límite al control
administrativo sancionador, (ii) diferencia entre lo que es inobservancia y desacato
frontal del PC, (iii) consideración de criterios objetivos para graduar la sanción, (iv)
garantía de reserva legal de la competencia y tipicidad de las infracciones, (v)
garantía frente a intereses o conflictos de índole político-jurisdiccional, y (vi)
necesidad de que el Tribunal Constitucional implemente una justicia constitucional
dialógica. Estos estándares deben considerarse exclusivamente cuando el cargo
imputado sea el incumplimiento de la DCV o el PC. / The present study aims to determine the constitutional standards that must be
considered in the exercise of the sanctioning power expressed itself in the dismissal
of judges due to breaching constitutional precedent or constitutional doctrine of
binding precedent. For this purpose, a total of 36 disciplinary processes with request
for dismissal were analyzed (over the period from 2006 to 2018) in which, judges
from various instances of the Judicial Branch were accused of not taking into
account the resolutions of the Constitutional Court when issuing their judgments,
as provided in Articles VI and VII of the New Constitutional Procedural Code. After
analyzing the problem under study and the way how the processes were handled
before the Office of Control of the Magistracy, six constitutional standards we
recommend the current National Judicial Board should consider were identified: (i)
the acts of jurisdictional nature as a limit of the sanctioning administrative control;
(ii) distinction between non-compliance and frontal contempt of the constitutional
precedent; (iii) consideration of objective criteria for graduating the sanction; (iv)
guarantee of legal reserve of competence and typicity of infractions; (v) guarantee
against political-jurisdictional interests or conflicts; and (vi) the necessity for the
Constitutional Court to implement a dialogic constitutional justice. These standards
must be considered exclusively when the imputed charge is non-compliance with
the constitutional doctrine of binding precedent or the constitutional precedent.
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La imputación de infracciones a principios y deberes de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública en los pronunciamientos del Tribunal del Servicio CivilCalderón Gonzales, Walter Jesús 07 March 2024 (has links)
El presente artículo analiza la imputación de infracciones a principios y deberes
de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública en los
pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil, considerando que esta clase
imputaciones implica el uso de la tipificación indirecta por remisión expresa y la
utilización de conceptos jurídicos indeterminados. Cabe señalar que, el objetivo
del presente trabajo es identificar algunos criterios extraídos de los
pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil, así como sugerir algunos otros
criterios para la correcta imputación de esta clase de infracciones de carácter
indeterminado. En tal sentido, en la primera parte se desarrolla la importancia de
la ética en la función pública y cómo se ha desarrollado la aplicación de esta
clase de infracciones en nuestro ordenamiento jurídico. En la segunda parte, se
confronta la imputación de las infracciones éticas con los principios de legalidad
y tipicidad, considerando el carácter indeterminado de los principios y deberes
de la Ley Nº 27815. Finalmente, en la tercera parte se exponen algunos criterios
de aplicación desarrollados en los pronunciamientos del Tribunal del Servicio
Civil relacionados a la imputación de infracciones a los principios de probidad,
idoneidad, veracidad, así como a los deberes de neutralidad, transparencia y
responsabilidad. / This article analyzes the imputation of violations of the principles and duties of
Law No. 27815 – Law of the Code of Ethics of the Public Service in the
pronouncements of the Civil Service Court, considering that this class of
imputations implies the use of indirect classification by referral express and the
use of indeterminate legal concepts. It should be noted that the objective of this
work is to identify some criteria extracted from the pronouncements of the Civil
Service Court, as well as to suggest some other criteria for the correct imputation
of this type of infractions of an undetermined nature. In this sense, the first part
develops the importance of ethics in public office and how the application of this
type of infractions has developed in our legal system. In the second part, the
imputation of ethical violations is confronted with the principles of legality and
typicality, considering the indeterminate nature of the principles and duties of Law
No. 27815. Finally, in the third part, some application criteria developed in the
pronouncements of the Civil Service Court related to the imputation of violations
of the principles of probity, suitability, truthfulness, as well as the duties of
neutrality, transparency and responsibility. / Trabajo académico
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Acerca de la Resolución N°078-2016/CLC-INDECOPI, Caso Farmacias del Perú. Análisis sobre la posibilidad de atribuir responsabilidad administrativa respecto a los laboratorios farmacéuticosMárquez Rojas, Pedro Alejandro 16 March 2022 (has links)
El presente trabajo analiza la problemática suscitada a partir del procedimiento
administrativo sancionador contra Albis S.A., Boticas y Salud S.A.C., Botica Torres de
Limatambo S.A.C., Farmacias Peruana S.A., Eckerd Perú S.A., Mifarma S.A.C. y Nortfarma
S.A.C, por la comisión de prácticas colusorias horizontales, en la modalidad de fijación
concertada de precios de venta, a nivel nacional, en el periodo 2008-2009. Para ello, se ha
hecho uso de instituciones propias del Derecho Administrativo, así como de otras ramas del
Derecho, como el Derecho Constitucional, con la finalidad de determinar si era posible la
atribución de responsabilidad administrativa a los laboratorios farmacéuticos, como agentes
económicos intervinientes en la fijación concertada de precios. Por lo mismo, el análisis ha
tenido énfasis en la posibilidad de (i) imputar la comisión de prácticas colusorias verticales
y (ii) la concurrencia con medidas correctivas. Posteriormente, los resultados de la
investigación permiten constatar: en primer lugar, que, en efecto, era factible atribuir
responsabilidad a los laboratorios farmacéuticos como participes de una conducta
anticompetitiva. En segundo lugar, que la imputación idónea debió ser de “prácticas
colusorias verticales”, en lugar de prácticas colusorias horizontales. En tercer lugar, que era
admisible la concurrencia de una sanción y medidas correctivas, tanto para las cadenas de
farmacias como para los laboratorios, siempre que se hayan garantizado los principios de
tipicidad, razonabilidad y proporcionalidad. / This paper analyzes the problems arising from the administrative sanctioning procedure
against Albis S.A., Boticas y Salud S.A.C., Botica Torres de Limatambo S.A.C., Farmacias
Peruana S.A., Eckerd Perú S.A., Mifarma S.A.C. and Nortfarma S.A.C., for the commission
of horizontal collusive practices, in the modality of concerted fixing of sales prices, at
national level, in the period 2008-2009. For this purpose, use has been made of institutions
of Administrative Law, as well as other branches of Law, such as Constitutional Law, in
order to determine whether it was possible to attribute administrative liability to
pharmaceutical laboratories, as economic agents involved in the concerted fixing of prices.
In this way, the analysis has emphasized the possibility of (i) imputing the commission of
vertical collusive practices and (ii) the concurrence with corrective measures. Subsequently,
the results of the investigation show: firstly, that it was indeed feasible to attribute liability
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to the pharmaceutical laboratories as participants in an anticompetitive conduct. Secondly,
that the appropriate charge should have been "vertical collusive practices", instead of
horizontal collusive practices. Thirdly, that the concurrence of a sanction and corrective
measures was admissible, both for the pharmacy chains and for the laboratories, provided
that the principles of typicality, reasonableness and proportionality were guaranteed.
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Diseño de penalidades y sanciones administrativas en los contratos de concesión de infraestructura de transporte de uso público en el Perú: lineamientos para su definición y aplicaciónZúñiga Velarde, Landher Alejandro 24 May 2018 (has links)
La presente investigación contiene el estudio de dos herramientas jurídicas que
emplea el Estado Peruano en la relación contractual que mantiene con los
concesionarios que participan en el mercado de infraestructura de transporte de uso público. Estas herramientas son las penalidades y las sanciones administrativas. Las primeras tienen naturaleza civil y buscan garantizar el cumplimiento de una obligación; y las segundas, poseen naturaleza administrativa y cumplen un rol punitivo por la transgresión a las normas. Por lo tanto, si bien ambas permiten desincentivar los incumplimientos en los que pudieran incurrir los concesionarios, deben tramitarse desde sus respectivos procedimientos. Sin embargo, en el sector de infraestructura de transporte se ha presentado una confusión conceptual porque se ha creado un procedimiento especial para aplicar las penalidades, el cual dista de la naturaleza civil que tienen tales figuras y las aproxima al ámbito del derecho administrativo sancionador. Así ha ocurrido que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) ha emitido una Directiva a través de la cual crea una vía administrativa para imponer las penalidades, como si éstas fueran sanciones administrativas. La situación antes descrita incide sobre la integridad de los contratos de concesión en tanto que deja sin efecto la cláusula de solución de controversias, llevando los conflictos a sede judicial como última instancia. Esto genera tres potenciales problemas: incertidumbre y riesgo regulatorio, incremento de costos de transacción a nivel contractual e ineficacia del sistema de cumplimiento. En este contexto, la tesis aborda el análisis de las penalidades y las sanciones administrativas, considerando lo establecido en el marco normativo y el criterio expuesto por el OSITRAN, con el fin de esclarecer que son figuras que requieren un procedimiento de aplicación acorde con su naturaleza jurídica. A su vez, deja en evidencia que el problema se origina por la confluencia innecesaria de ambas, al haberse asignado para un mismo tipo de incumplimiento en los contratos de concesión. En nuestro estudio se concluye que OSITRAN carece de competencia legal para regular un procedimiento de aplicación de penalidades. Asimismo, se hace visible que la confusión conceptual involucra al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada por haber incluido, en los contratos de concesión, un régimen de penalidades que
adolece de los defectos mencionados. Por ello, en esta investigación se analiza el régimen de penalidades con el fin de identificar los incumplimientos que sólo deberían ser objeto de penalidades y no de sanciones administrativas. De este modo, se le asigna a cada herramienta el uso que le corresponde según su naturaleza, reduciendo así la posibilidad de que puedan confluir sobre un mismo tipo de incumplimiento. Finalmente, como último propósito de la tesis, se plantea la idea de mejorar el procedimiento establecido en la Directiva, armonizándolo con el mecanismo de solución de controversias pactado por las partes, haciendo uso de la regulación responsiva; y se elaboran unos Lineamientos para la formulación de una
cláusula que regule el régimen de penalidades en los contratos de concesión que a futuro se suscriban o que forme parte de las modificaciones contractuales a insertarse en los proyectos de inversión que así lo requieran. / The present investigation contains the study of two legal tools that the Peruvian
State uses in the contractual relationship that it maintains with the concessionaires that participate in the transport infrastructure market for public use. These tools are penalties and administrative sanctions. The first ones have a civil nature and seek to ensure the compliance of an obligation; and the second ones have an administrative nature and have a punitive role when exist a transgression of the normative rules. Therefore, although both of them discourage contractual breaches in which the concessionaires could incur, penalties and administrative sanctions must be processed in their respective procedures. However, in the public transport infrastructure sector, conceptual confusion has arisen because a special procedure has been created to apply the penalties, which is far from the civil legal nature of penalties and, conversely, brings them closer to the scope of sanctioning administrative law. As it has happened, the Supervisory Organism of Investment in Public Transport Infrastructure (OSITRAN) has issued a Directive that creates an administrative procedure to impose penalties, as if these were administrative fines.
The aforementioned situation affects the integrity of the concession contracts,
as it leaves the dispute resolution clause without effect, taking the disputes to
court as a last resort. This generates three potential problems: uncertainty and
regulatory risk, increase in contractual costs and inefficiency of the compliance
system. In this context, the thesis broaches the analysis of penalties and administrative sanctions, considering what is established in the regulatory framework and the criteria exposed by OSITRAN, in order to clarify that they are figures that
require an application procedure according to their legal nature. At the same time, it shows that the problem is caused by the unnecessary confluence of both of them, having been assigned for the same type of noncompliance in the concession contracts. In our study, it is concluded that OSITRAN lacks legal competence to regulate a penalty application procedure. Likewise, it is visible that the conceptual
confusion involves the Ministry of Transport and Communications, and the Agency for the Promotion of Private Investment for having included, in concession contracts, a penalty regime that suffers from the aforementioned shortcomings. Therefore, in this investigation the penalties regime is analyzed in order to identify the breaches that should only be subject to penalties and not administrative sanctions. Finally, as the final purpose of the thesis, the idea of improving the procedure established in the Directive is proposed, harmonizing it with the dispute resolution mechanism agreed by the parties, making use of the responsive regulation; and some Guidelines are prepared for the formulation of a clause that regulates the penalties regime in concession contracts that are going to be subscribed in the future or that form part of the contractual modifications to be inserted in investment projects that require it. / Tesis
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