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Anulación Parcial de Laudo Arbitral: Análisis de la Resolución Nº 7, Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01Lozano Valentín, Viviana Alexandra 01 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se estudiará una anulación parcial de Laudo
Arbitral, en el cual el Árbitro Único a cargo del caso desestimó una pretensión
reconvencional, en base a una afirmación que puede ser considerada como
errada, esto debido a la falta de hechos probados.
La situación mencionada se encuentra recogida en la Resolución Nº 7 del
Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01, en este caso la Autoridad
Nacional del Servicio Civil – SERVIR (en adelante, “SERVIR” o “Entidad”)
presentó su solicitud de anulación invocando la causal contenida en el inciso b)
del numeral 1 del artículo 63° del Decreto Legislativo Nº 1071 (en adelante, “DL
Nº 1071”), ley que norma el arbitraje, esto en contra de lo resuelto en el
proceso seguido con M4G Consulting SAC (en adelante, “M4G”).
De esa manera, el objetivo principal de este trabajo es plantear un análisis
respecto a si la invocación de esta afirmación errada puede devenir en la
anulación del laudo arbitral. Asimismo, se tendrá en consideración aspectos
relacionados al tema como la vulneración a la debida motivación y sus diversos
tipos en las decisiones tomadas por los operadores de justicia, y la afectación a
los principios de imparcialidad e independencia.
Para alcanzar el objetivo de este trabajo se ha recurrido a la revisión de la
normativa correspondiente, jurisprudencia y textos académicos que puedan
brindar mayores alcances sobre las diversas temáticas planteadas.
Siendo ello así, se ha podido concluir que el empleo de una afirmación errada
para desestimar una pretensión o sustentar una decisión genera graves
afectaciones en el desarrollo del arbitraje, puesto que vulnera el deber
motivación e interfiere en el cumplimiento de los principios de imparcialidad e
independencia. / In this legal report we will study the partial annulment of an Arbitration Award in
which the sole arbitrator dismissed a counterclaim, based on a presumed
erroneous statement, this due to the lack of proven facts.
The mentioned situation is addressed in Resolution N° 7 of the File Nº 0212-
2016-0-1817-SP-CO-01, in which the Autoridad Nacional del Servicio Civil
– SERVIR (hereinafter, SERVIR or Entity) presented its annulment request
invoking the ground contained in subparagraph b) of numeral 1 of Article 63 of
the Legislative Decree N° 1071 (hereinafter, “DL 1071”), the law that governs
arbitration, against the final decision on the process against M4G Consulting
SAC (hereinafter, “M4G”).
The main objective of this report is to set an analysis to determine if the
invocation of this erroneous statement could conclude in the annulment of the
arbitral award. Therefore, it will be considered aspects related to the main topic
such as the violation of proper motivation and its diverse types that affects the
decisions made by the judicial operators, and how it impacts the principles of
impartiality and independence.
The review of corresponding regulations, case law and academic texts were
done to achieve the report’s objective. This could provide a wider insight into
the diverse topics raised.
This being the case, it can be concluded that the usage of an erroneous
statement to dismiss a claim or to support a decision generate serious effects in
the development of the arbitration, as it violates the proper motivation and
interferes with the fulfilment of the impartiality and independence principles.
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El estándar de la motivación en los laudos arbitrales bajo la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225Flores Zorrilla, Nataly Violeta 13 March 2024 (has links)
El estándar de la motivación de los laudos arbitrales ha sido motivo de múltiples
reflexiones y críticas respecto a su alcance. En ese sentido, el presente trabajo de
investigación tiene como finalidad enmarcar el análisis de dicho estándar en aquellos
arbitrajes que se encuentran sujetos a la aplicación de la Ley de Contrataciones del
Estado, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225.
Asimismo, se cuestionará cuál es el estándar mínimo que no vulnerará el derecho a
la debida motivación, siendo que esta será una pregunta que será objeto de reflexión
a lo largo del desarrollo del presente artículo académico.
Estando a ello, se abordará un análisis de la concepción del derecho a la motivación
a partir de un examen de jurisprudencia y doctrina calificada, además de cómo dicho
derecho opera en los arbitrajes en contrataciones públicas y cómo ha sido abordado
por los Tribunales Arbitrales en sede arbitral. / The standard of motivation for arbitration awards has been the subject of multiple
reflections and criticisms regarding its scope. In that sense, the purpose of this
research work is to frame the analysis of said standard in those arbitrations that are
subject to the application of the State Procurement Law.
Likewise, it will be questioned what is the minimum standard that will not violate the
right to due motivation, and this will be a question that will be the subject of reflection
throughout the development of this academic article.
With this in mind, an analysis of the conception of the right to motivation will be
addressed based on an examination of jurisprudence and qualified doctrine, in
addition to how said right operates in arbitrations in public procurement and how it has
been addressed by the Arbitration Courts at headquarters. arbitral. / Trabajo académico
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Explorando los límites: El desafío de la ejecución de laudo en sede arbitral y las limitaciones respecto al uso de la fuerza públicaMejía Mogollón, Claudia Josefina 01 April 2024 (has links)
El presente artículo se centra en el análisis de la ejecución de laudos en sede arbitral,
explorando sus límites y posibilidades. A lo largo de sus páginas, se abordarán las
razones subyacentes a la tendencia común de las partes de no recurrir al ámbito arbitral
para llevar a cabo la ejecución de las decisiones arbitrales, prefiriendo en su lugar
recurrir a la vía judicial. La hipótesis propuesta sugiere una percepción errónea que
asocia la ejecución de una decisión exclusivamente con el uso de la fuerza, cuando, en
realidad, existen escenarios en las que ésta no es necesaria. En ese sentido, se
analizará detenidamente las posibles circunstancias en los cuales no se requiere fuerza
pública para la ejecución y, donde los árbitros pueden desempeñar un papel crucial,
siempre y cuando las partes les haya otorgado dicha facultad. Finalmente, se
reflexionará sobre la viabilidad de autorizar a los árbitros el acceso al uso de la fuerza
pública, subrayando la importancia de preservar la autonomía del arbitraje en la
ejecución de laudos. / This article focuses on a thorough exploration of the enforcement of awards in arbitration
proceedings, highlighting both its limitations and opportunities. Throughout its pages, the
underlying reasons for the common trend of parties not resorting to arbitration for the
execution of arbitral decisions, opting instead to seek enforcement through the judicial
system, will be addressed. The proposed hypothesis points to a misconception rooted in
the mistaken idea that the enforcement of decisions can only be achieved through the
use of force when, in fact, there are situations where this is not necessary. In this context,
the scenarios where the intervention of public force is not required for enforcement will
be carefully analyzed, and where arbitrators can play a crucial role, provided that the
parties have granted them such authority. As a final reflection, there will be an inquiry
into the feasibility of authorizing arbitrators to access the use of public force, emphasizing
the imperative need to safeguard the autonomy of arbitration in the enforcement of
awards. / Trabajo académico
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Intervención económica de la obra a propósito del laudo arbitral contenido en la Resolución N° 92 de fecha 2 de octubre de 2019 sobre la controversia surgida entre SERPAR y Consorcio Som Lima NorteVilcarromero Figueroa, Valeria 01 September 2023 (has links)
En el presente informe se analiza el laudo arbitral contenido en la Resolución N°
92 que resuelve la controversia surgida entre SERPAR y Consorcio Som Lima
Norte. La primera parte servirá para identificar los hechos relevantes del caso,
los problemas jurídicos y la posición preliminar del candidato. La segunda parte
desarrolla las categorías jurídicas como potestad administrativa, intervención
económica y resolución contractual con el respectivo detalle del caso en
particular. Al final se ofrecen conclusiones y recomendaciones. / This report analyzes the arbitration award contained in Resolution No. 92 that
resolves the controversy that arose between SERPAR and Consorcio Som Lima
Norte. The first part will serve to identify the relevant facts of the case, the legal
problems and the preliminary position of the candidate. The second part develops
the legal categories such as administrative power, economic intervention and
contractual resolution with the respective detail of the particular case. Finally,
conclusions and recommendations are offered.
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Naturaleza conceptual y funciones de los secretarios arbitralesRodríguez Uriol, Dario Andrés 25 February 2021 (has links)
La presente investigación tiene como objetivo delimitar el rol de los secretarios arbitrales dentro del proceso arbitral. En primer lugar, se realiza una delimitación conceptual que aborda la definición doctrinaria de los secretarios arbitrales, su importancia para el arbitraje, y la forma en cómo dichos aspectos han sido regulados por la normativa nacional y los reglamentos de las instituciones arbitrales nacionales e internacionales. En segundo lugar, se aborda la interrogante de si es necesaria una regulación o aclaración de las funciones de los secretarios arbitrales; y cuál sería el enfoque más adecuado para realizar dicha regulación. Con ese objetivo, se analiza la importancia de la trasparencia
como elemento central en la actuación de los secretarios arbitrales y las preocupaciones que han surgido en torno a su participación en el proceso arbitral. Asimismo, se realiza un análisis de algunos casos y sentencias importantes en el ámbito internacional. Finalmente, se aborda a profundidad el análisis de las diferentes tareas de las que se ocupan los secretarios arbitrales, detallando aquellas funciones sobre las que no existe controversia, y planteando una opinión acerca de otras funciones que pueden resultar más controvertidas. A lo largo de la investigación, se analizan los datos de las encuestas realizadas por instituciones arbitrales internacionales, así como la de realización propia, con el objetivo de conocer la percepción de la comunidad arbitral respecto a todos los temas
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red OrellanaMedina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y
empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc,
por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad
hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la
intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos.
Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por
redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien
actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención
de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de
terceros y la seguridad jurídica de la sociedad.
Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos
de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por
lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del
arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un
registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además
de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un
seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las
denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones.
Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover
la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el
trafico inmobiliario. / Tesis
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Análisis al Expediente No 1795-195-18-PUCP (Consorcio Santa Rosa contra el Programa Sectorial de Irrigaciones – PSI)Pérez Huamaní, Ramiro Omar 19 August 2021 (has links)
La controversia materia del presente laudo arbitral es la resolución
contractual dentro del marco de las contrataciones con el Estado. En este caso, la
resolución contractual se rige bajo el cumplimiento de causales tipificadas en la
normativa, tal es así que para que pueda proceder la misma basta que exista un
incumplimiento de obligaciones contractuales o el haber llegado al monto máximo
de penalidades.
En ese sentido, la presente trata de la resolución que efectúa el PSI al Consorcio
Santa Rosa por supuestamente haber incurrido en 2 causales normativas distintas
tales como un supuesto incumplimiento de obligaciones por el hecho de no haber
subsanado las observaciones detectadas al informe final previo a la liquidación y
por el hecho de haber llegado a tener una penalidad por encima del 10% del monto
del contrato principal. Ante ello, bajo el primer supuesto, en el laudo no se llega a
acreditar fehacientemente que las observaciones fueron correctamente subsanadas
sino más bien el árbitro en su posición de dirimente, se pronuncia sobre este tema
sin ser materia controvertida y sin tomar en consideración la afectación de
principios y derechos al consorcio. Por otro lado, no se aprecia un análisis
exhaustivo al momento de motivar, por parte del árbitro, la aplicación del monto
máximo de penalidades que efectúa la Entidad y sin tener en consideración
diversos principios que salvaguardan la seguridad jurídica y la razonabilidad del
plazo excesivo otorgado por el PSI para subsanar observaciones. / The controversy that is the subject of this arbitration award is the
contractual resolution within the framework of contracts with the State. In this
case, the contractual resolution is governed by the fulfillment of causes typified
in the regulations, so much so that for it to proceed, it is enough that there is a
breach of contractual obligations or that the maximum number of penalties has
been reached.
In that sense, this is about the resolution that the PSI makes to the Santa Rosa
Consortium for allegedly having incurred in 2 different regulatory grounds such
as an alleged breach of obligations due to the fact of not having corrected the
observations detected in the final report prior to the liquidation and the fact of
having come to have a penalty above 10% of the amount of the main contract.
Given this, under the first assumption, the award does not reliably establish that
the observations were correctly corrected, but rather the arbitrator, in his
position as settler, pronounces on this issue without being a controversial matter
and without taking into account the affectation. of principles and rights to the
consortium. On the other hand, an exhaustive analysis is not appreciated at the
time of motivating, by the arbitrator, the application of the maximum number of
penalties that the Entity carries out and without taking into consideration various
principles that safeguard legal certainty and the reasonableness of the excessive
term granted. by the PSI to correct observations.
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Informe sobre expediente E2266, N° 142-2011-PA/TC, sobre proceso de amparo seguido por Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Maria Julia contra el Arbitro Único Luis Humberto Arrece OrellanaPrieto Chávez, Julio José Miguel 24 July 2023 (has links)
El presente Informe analiza cuestiones jurídicas relevantes del Expediente 142-2011-PA/TC; un
proceso de amparo en que se pretendió la declaración de ineficacia de un Laudo Arbitral por
vulnerar derechos fundamentales. Se analizan las siguientes cuestiones. En primer lugar, si el
proceso de anulación de laudo arbitral es una vía previa o paralela al amparo. En segundo lugar,
si el proceso de anulación de laudo arbitral es una vía idónea igualmente satisfactoria al proceso
de amparo para tutelar derechos fundamentales. En tercer lugar, si la pretensión es fundada. En
cuarto lugar, si la actuación del TC consistente en emitir pronunciamiento de fondo sin correr
traslado de la demanda a la parte demandada vulnera los derechos de defensa y a la pluralidad
de instancia. En quinto lugar, si debió incluirse en el proceso a la otra parte del arbitraje. La
importancia del análisis de estas cuestiones radica en la necesidad de establecer reglas claras
para regir la relación entre el arbitraje y la jurisdicción, así como de que estas reglas sean
razonables y conformes con nuestro ordenamiento jurídico. Ahora bien, la metodología empleada
en el trabajo consiste en el contraste de las cuestiones antes mencionadas con las fuentes
jurídicas constitucionales, procesales y arbitrales pertinentes. Finalmente, las conclusiones
obtenidas son las siguientes: Con relación al primer problema, el proceso de anulación de laudo
arbitral es una vía paralela al amparo. Con relación al segundo problema, el proceso de
anulación de laudo arbitral, por regla general, es una vía idónea igualmente satisfactoria que el
amparo. Con relación al tercer problema, la pretensión es infundada. Con relación, al cuarto
problema, la actuación del TC vulnera los derechos fundamentales de defensa y a la pluralidad
de instancia. Con relación al quinto problema, sí debió incluirse en el proceso a la otra parte del
arbitraje.
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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica No. 6167- 2005-PHC/TC, E-1629, recurso de agravio constitucional promovido por Fernando Cantuarias Salaverry, a efectos que se declare fundada la demanda de hábeas corpus, contra el fiscal Silvio Máximo Crespo Holguín, Fiscal de la Trigésimo Octava Fiscalía Provincial Penal de LimaCamargo Neyra, Andreina Tais Celenia 16 April 2024 (has links)
El presente informe contiene un análisis jurídico de los alcances de la jurisdicción
arbitral y tiene como principal insumo la emisión de la sentencia en el Expediente No.
6167-2005-PHC/TC. Dicho caso se origina en la contienda arbitral entre Compañía de
Exploraciones Algamarca S.A., y Minera Sulliden Shahuindo S.A.C. La elección del
expediente obedece a su riqueza y diversidad temática ya que encontramos en él
distintas ramas del Derecho relacionadas con el proceso, como el arbitraje, el proceso
penal y el proceso constitucional. Así, en cada una de estas materias se analiza los
principales problemas que se presentan en el caso. Por consiguiente, el informe
abarca relevantes materias referidas a estas especialidades, tales como la recusación
de un árbitro, los recursos en el arbitraje, de la renuncia de un árbitro y si poseen la
calidad de vocales de la Corte Suprema, del hábeas corpus y del recurso de agravio
constitucional. Para dar respuesta a los problemas que surgen del expediente se
acude a jurisprudencia y doctrina en materia arbitral, procesal y constitucional. El
informe concluye que el arbitraje es una vía alternativa para la solución de conflictos
de orden constitucional que, como vía jurisdiccional independiente, cuenta con las
facultades que impiden la intromisión de cualquier tercero en esta jurisdicción,
reconocida como tal por la Constitución. En esa línea, el Tribunal Constitucional, en su
labor como máximo intérprete de la Constitución, distingue y reconoce la competencia
de los árbitros para tomar decisiones en el ámbito que se desarrollan.
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LAUDO ARBITRAL. Resolución N°48, Expediente N°129-2003/SNCA – CONSUCODE IMPREGILO S.PA. Sucursal del Perú - Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NacionalEspinoza Flores, Rosa Margarita 06 April 2022 (has links)
En el presente caso, la empresa IMPREGILO, en adelante el contratista, elevó a controversia las liquidaciones presentadas por ella y por PROVIAS NACIONAL, en adelante la entidad, solicitando que su liquidación sea declarada aprobada ya que la liquidación de la Entidad no fue presentada mediante Resolución conforme lo establecido en el art. 43 de la Ley N°26859, Ley de Contrataciones y Adquisiciones con el Estado - LCAE. Subordinadamente solicitó que de considerar la liquidación de la Entidad es válida se incluya conceptos ganados en Laudos de otros arbitrajes, intereses legales y mayores gastos directos (afectación en precios de partidas).
Para dilucidar cuál de las liquidaciones es válida, se realizó i) el análisis del artículo 43 de la LCAE concluyéndose que este establece la formalidad para la Entidad de pronunciarse sobre la liquidación del contratista mediante Resolución; ii) si la liquidación del contratista fue consentida por la Entidad correspondiendo se declare aprobado, lo cual consideramos que en efecto la liquidación del contratista es válido al cumplir con el procedimiento de liquidación de los artículos 43 de la LCAE y artículo 119 de su reglamento, de los datos no se advierte que hubo observaciones a la liquidación del contratista de parte de la entidad; tampoco hubo reconvención respecto del contenido del mismo iii) el tratamiento normativo de la aprobación y el consentimiento de la liquidación, respecto de lo cual consideramos que ambos términos son usados en la normativa de manera indistinta; iv) la validez de la liquidación presentada por la Entidad, que consideramos no cumple con los requisitos de validez y por lo tanto es inválido; y v) si corresponde la modificación de la liquidación de la Entidad mediante Laudo, respecto de
lo cual se advierte que el Tribunal ordena la inclusión de conceptos en la liquidación, con lo cual es la Entidad que finalmente reliquida el contrato de obra. Dentro de los montos incorporados a la liquidación comprenden montos correspondientes a una indemnización por mayores gastos directos, cuyo análisis de responsabilidad civil, consideramos no se ha sustentado sólidamente.
De acuerdo a lo expuesto, se concluye que la liquidación válida es la presentada por el Contratista, habiendo sido consentida por la Entidad que no elevó a controversia esta, y presentó una liquidación con defecto de validez, contrariamente a la valoración del Tribunal que considera que el pronunciamiento sobre la liquidación del contratista no necesariamente debió realizarse mediante Resolución, a pesar de que la propia LCAE lo establece expresamente
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