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El procedimiento sancionador tributario administrativo y la vulneración del principio de culpabilidad

Salazar Rivera, Angie Violeta January 2024 (has links)
El Código Tributario vigente, que regula el fundamento de la potestad sancionadora en materia tributaria, está a disposición de la Administración Tributaria para su utilización en el ejercicio de acciones y ejecución de sanciones tributarias; en la instancia correspondiente ante un organismo de la administración fiscal, según sea el caso, el contribuyente puede hacer valer estos principios. Sin embargo, hay un principio el de culpabilidad, que no es recogido por la autoridad sancionadora en materia tributaria. Es aquí donde surge el desacuerdo ya que habría que evaluar la eficacia de la Administración Tributaria al momento de imponer sanciones o el derecho del ciudadano ya que está prohibido evaluar dicho principio en materia tributaria. Como objetivo general del presente estudio es resolver si el procedimiento sancionador tributario administrativo, vulnera al principio de culpabilidad. Para ello se realizará una investigación cualitativa en la cual se recoge datos no cuantificables basados en observaciones del comportamiento para su posterior interpretación. Concluyéndose que la responsabilidad objetiva solo reconoce que la SUNAT ejecute una precipitada tarea para poder sancionar al contribuyente que comete una infracción, en materia tributaria no existe un procedimiento especial estipulado en el Código Tributario y el artículo 165 tiene que incluir la responsabilidad subjetiva, ya viene a ser un límite a la facultad sancionadora del Estado. / The Tax Administration, in taking measures and executing tax sanctions, has the current Tax Code who controls the foundations of the sanctioning power in tax matters; In the corresponding instance before a tax administration body, as the case may be, the taxpayer can assert these principles. However, there is a principle of guilt, which is not included by the sanctioning authority in tax matters. This is where the disagreement arises since it would be necessary to evaluate the effectiveness of the Tax Administration when imposing sanctions or the right of the citizen since it is prohibited to evaluate said principle in tax matters. The general objective of this investigation is to determine if the administrative tax sanctioning procedure violates the principle of culpability. To do this, a qualitative investigation will be carried out in which non-quantifiable data is collected based on behavioral observations for subsequent interpretation. Concluding that objective responsibility only recognizes that SUNAT executes a quick task to be able to sanction the taxpayer who commits an infraction, in tax matters there is no special procedure stipulated in the Tax Code and article 165 has to include subjective responsibility, it is already coming to be a limit to the sanctioning power of the State.
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“Subjetivicing the objectivity”. On purpose of the determination of customs infringements / “Subjetivando la objetividad”: A propósito de la determinación de las infracciones aduaneras

Guadalupe Báscones, Julio, Vargas Ginocchio, Enrique 12 April 2018 (has links)
This article addresses the issue referred to the sanctioning power of the State, which is exercised in two areas (penal and administrative) derived from a single power that allows the State to repress behaviors considered harmful to the development of society. Likewise, the authors have analyzed the Administrative General Procedure Law, where it has been clearly established that all sanctioning administrative procedure should apply the basic principles that protect the rights of the citizens. In this way, the State must apply the principle of guilt, principles of causation, presumption of innocence, among others, to judge customs infringements. / El presente artículo aborda la temática referida al poder sancionador del Estado, el cual es ejercido en dos ámbitos (penal y administrativo) derivados de una única potestad (ius puniendi) que le permite reprimir conductas consideradas nocivas para el desarrollo de la sociedad. Asimismo, se analiza la Ley del Procedimiento Administrativo General donde se ha establecido con claridad que en todo procedimiento administrativo sancionador se deben aplicar los principios básicos que tutelan los derechos de los administrados. De esta forma, se deberá aplicar el principio de culpabilidad, principios de causalidad, presunción de inocencia, entre otros, para juzgar las infracciones aduaneras.
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La costumbre indígena y responsabilidad penal

Paredes Peña, Pedro January 2015 (has links)
Tesis (magíster en derecho, mención derecho penal) / Este trabajo desarrolla los fundamentos dogmáticos que se hallan detrás de la consideración de la costumbre indígena, en nuestro derecho y en lo penal, como un antecedente para el reconocimiento de una eximente o atenuante de responsabilidad penal. Y en la aceptación de que este reconocimiento normativo, se hace en aras del respeto del principio de culpabilidad. Por lo anterior, seguimos la tesis de que el fundamento de aquel reconocimiento normativo se fundamenta, en la existencia de un error de prohibición que, probado, determinará la eventual irresponsabilidad o benignidad en el tratamiento punitivo del indígena infractor de ley. A su vez, en materia probatoria, postulamos que la exigencia del art. 54 inc. 1° de la Ley 19.253 en concordancia con el art. 8.2 del Convenio OIT 169, obligan a que la acreditación en juicio de la costumbre indígena que se invoca, implica justificar ésta y su vigencia, su compatibilidad con la Constitución Política de la República y con los derechos fundamentales que establece el sistema jurídico nacional o con los derechos humanos internacionalmente reconocidos; y probar que, el proceder del individuo, se motivó en el influjo socio-jurídico que sobre él provocó la regla de comportamiento existente en la comunidad, de que forma parte
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Principio de reprochabilidad en el derecho administrativo sancionador con especial referencia al mercado de valores, la libre competencia y medio ambiente. Análisis doctrinal y tendencias jurisprudenciales

Aravena Quiroz, Paz January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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Responsabilidad civil en actividades peligrosas

Fuentes Clavel, Sebastián Andrés, Maturana Oyanedel, Javier Andrés January 2019 (has links)
Memoria de prueba para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo tiene por objeto investigar y dilucidar los criterios que permiten entender que una determinada “actividad” sea considerada como “peligrosa”, tanto por la doctrina, jurisprudencia, como legislación nacional, y que llevarían a que ciertos quehaceres humanos tengan un tratamiento jurídico distinto. Para lograr dicho objetivo, fijamos como objeto de estudio dos fenómenos jurídicos particulares que emplean la expresión: la denominada presunción de culpa por el hecho propio, consagrada en el artículo 2329 del Código Civil, y los distintos estatutos de responsabilidad estricta consagrados en la legislación nacional. Para efectos de lograr nuestro cometido, estudiamos ambos objetos de estudio desde un punto de vista doctrinario (capítulo I), complementando dicho análisis con una mirada breve a determinadas legislaciones comparadas (capítulo II), para posteriormente, y luego de tener una base de conocimiento suficiente, analizar la historia de la ley de los distintos estatutos de responsabilidad estricta (capítulo III) y la aplicación jurisprudencial de la presunción analizada (capítulo IV) Posteriormente, presentamos unas breves conclusiones sobre cada uno de los capítulos, para finalmente presentar una propuesta de sistematización de criterios a emplear para calificar una determinada actividad como peligrosa
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Análisis de la aplicación de la presunción contenida en el Artículo 52 de la Ley No. 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en la jurisprudencia judicial

Gutiérrez Nieto, Andreína Elisa January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación, comienza con la exposición del sistema de responsabilidad civil como mecanismo de prevención y reparación del daño ambiental, comúnmente recogido en diversas legislaciones, e incluida en el Derecho chileno a partir de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esta ley, establece un régimen general de responsabilidad basado en la culpa del autor del daño ambiental, el que contempla ciertos matices, tales como las presunciones de culpabilidad que invierten la carga probatoria en favor de la víctima de un daño ambiental, entre otros. En los capítulos siguientes, se describe y analiza especialmente la presunción de culpabilidad del artículo 52 de la Ley N° 19.300, con el objeto de determinar su alcance normativo, para enseguida estudiar los fallos de la Excelentísima Corte Suprema, y de los Tribunales Ambientales de Santiago y Valdivia que aplican la presunción, examinando su incidencia práctica y su evolución, para finalmente concluir cuáles son las tendencias jurisprudenciales en la materia.
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An essential need: Banishing permanently strict liability from the customs infringement procedures / Una necesidad imprescindible: Desterrar definitivamente el régimen de responsabilidad objetiva del infraccional aduanero

Varela, Andrés 12 April 2018 (has links)
This paper analyzes the strict liability system surviving in customs infringement procedures, the grounds for its existence or survival and its consequences. Also, the arguments against such system of liability attribution are examined. Thus, from such starting point, through a precise enumeration of statutory rebuttable presumptions whose intention can be presumed whenever it is difficult for Tax Authorities to prove such presumptions, I intend to find legal solutions to determine the grounds for its replacement without affecting the rights of the relevant individuals or legal entities when the customs infringements are decided. / El presente artículo aborda el estudio del régimen de responsabilidad objetiva que subsiste en materia infraccional aduanera, los fundamentos sostenidos para su existencia o pervivencia, y sus consecuencias. Asimismo, se desarrollan los argumentos contrarios a dicho régimen de imputación de la responsabilidad. Así, y partido de ello, se tratan de encontrar soluciones jurídicas que, sin vulneren los derechos de los administrados al juzgar las infracciones aduaneras, permitan resolver el fundamento de su sustitución, y ello, mediante un correcto establecimiento de presunciones legales relativas que permitan presumir la intención, cuando ella sea de difícil comprobación para el Fisco.
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The penalty: function and requirements / La pena: función y presupuestos

Meini Méndez, Iván Fabio 10 April 2018 (has links)
Legitimacy of criminal sanction is originated on its own purposes pursued in a state governed by the Rule of Law. That legitimacy should include the penalty as well as security measures, bearing in mind that both are imposed to someone breaking a rule of conduct, and therefore, someone capable to do it. Reviewing penal capacity or criminal liability concepts is required because if penal capacity means the capacity to understand the reality and adjust the behavior to it, and if every legitimate criminal sanction have to be imposed to someone who have the capacity of break it, then security measures also have to be imposed only to people responsible, capable to understand rules and act in accordance. With regard to people not subject to criminal liability they are standing outside Criminal Law and punish them would be illegitimate. In this line, criminal liability should be seen not only as a crime assumption but also as a basic statement for any dialogue the state shall have with the citizens: at the level of crime itself, proceedings and sentence execution . / La legitimación de la sanción penal se deriva de los fines que persigue en un Estado de derecho. Dicha legitimación debe abarcar tanto a la pena como a la medida de seguridad, y tener en cuenta que tanto la pena como la medida de seguridad se imponen a quien infringe una norma de conducta y, por tanto, a quien tiene capacidad para infringirla. Esto presupone revisar el concepto de capacidad penal o imputabilidad,pues si imputabilidad es capacidad para comprender la realidad y adecuar el comportamiento a dicha comprensión, y toda sanción penal legítima ha de imponerse a quien tiene dicha capacidad, también las medidas de seguridad han de ser impuestas solo a imputables. Los verdaderos inimputables son aquellos que están al margen del derecho penal y a quienes resulta ilegítimo imponer alguna sanción. En esta línea, la imputabilidad ha de ser vista no solo como presupuesto del delito, sino como presupuesto de cualquier diálogo que tenga el Estado con el ciudadano con respecto al delito, al proceso y a la ejecución de la pena.

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