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La constitución económica peruana de 1993 como cláusula pétrea: ¿constitucionalización del desarrollo o menoscabo a la democracia?

Delgado Taboada, Bruno Adriano 08 May 2017 (has links)
El objeto del presente trabajo de investigación académica es estudiar cuáles son los alcances de la Constitución económica peruana de 1993 como cláusula pétrea para luego analizar si la petrificación de dicha parte de la Constitución es compatible con los derechos civiles y políticos de los ciudadanos, el pluralismo político y la democracia en su conjunto. Asimismo, para la realización de este estudio, se buscará desarrollar cómo es que el derecho puede jugar un rol decisivo, más no exclusivo, en el desarrollo de instituciones con vocación de permanencia en el interior de un país, de conformidad con la teoría económica institucional y cómo estos elementos se vinculan con el concepto de desarrollo en un sentido amplio. Luego, se analizaran las fuentes antes indicadas conjuntamente con doctrina y jurisprudencia, nacional e internacional, en materia de reformas constitucionales, para así, ensayar una respuesta crítica frente a la petrificación de la Constitución económica peruana de 1993. / Trabajo académico
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“Hacia la justificación constitucional de la figura de la desvinculación en el proceso penal”

Quiroz Morales, Willian Anderson January 2017 (has links)
El presente trabajo ha sido enfocado desde una perspectiva garantista-eficaz que todo proceso penal debe tener por el modelo de Estado Constitucional de Derecho (interpretación conforme a la constitución) que el ordenamiento jurídico peruano ha adoptado. El objetivo de esta investigación ha sido determinar cuál es la justificación constitucional de la figura de la desvinculación en el proceso penal. Para ello, se debe analizar dos cosas: primero, si se encuentra justificado constitucionalmente, bajo el argumento fáctico de la no impunidad del hecho ilícito, de la no satisfacción y de la reparación del daño a la víctima, que se desvincule procesalmente de la pretensión procesal punitiva a un imputado debido a que no se logró acreditar el tipo penal atribuido; y, segundo, si se encuentra justificado constitucionalmente, bajo el argumento fáctico de la no impunidad del hecho ilícito, de la no satisfacción y de la reparación del daño a la víctima, que a una persona imputada pueda atribuírsele una nueva pretensión (alternativa a la primera atribuida por el fiscal) correspondiente a una nueva figura penal del mismo bien jurídico del tipo penal establecido inicialmente. Conforme se vayan leyendo las bases teóricas pertenecientes a los sujetos procesales intervinientes, el lector irá dilucidando que, efectivamente, la figura de la desvinculación en el proceso penal es inconstitucional e incompatible con el postpositivismo. En ese sentido, no existe razón de existencia ni justificación constitucional de la figura de la desvinculación procesal dado que el juez no debe romper la imparcialidad judicial que tanto profesa para recalificar la imputación deficiente del Ministerio Público por una adecuada e idónea. Ello vulneraria tanto aquellos principios constitucionales establecidos en la norma constitucional, así como los derechos y las garantías procesales del imputado. / Trabajo académico
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El control jurisdiccional de la declaración de los regímenes de excepción en la Constitución de 1993

Pachas Serrano, Miguel Andrés January 2016 (has links)
La investigación realizada esuna propuesta de interpretación del final del último párrafo del artículo 200 de la Constitución Política del Perú de 1993. Determina el contenido del estado de derecho constitucional y el uso de algunas categorías teóricas del derecho. Para hacer esta interpretación se recurre a la historia constitucional peruana para determinar cuál ha sido el papel del gobierno de emergencia en la República. Del mismo modo, se apela al derecho internacional de los derechos humanos y derecho constitucional comparativo para encontrar una evaluación adecuada y una interpretación del estado de emergencia. De lo anterior, la interpretación sugirió que la disposición mencionada anteriormente contiene una regla de jurisdicción en una disposición implícita que otorga jurisdicción al Tribunal Constitucional para revisar las declaraciones de los estados de emergencia. También se proponen documentos legales en los que se declara que los estados de emergencia deben ser superior a la jerarquía, y por lo general, ha utilizado el rango, los decretos supremos. Finalmente, algunos criterios que podrían usarse para controlar las declaraciones del Tribunal Constitucional regímenes excepcionales. / Tesis
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La Constitución económica en el Perú y en el derecho comparado

Acosta Iparraguirre, Vicente January 2003 (has links)
El tema elegido obedece a la observancia de una posición crítica en cuanto a la admisión de un régimen económico dentro de una Constitución, argumentando que provoca problemas a los sucesivos gobiernos en tanto resulta un obstáculo a la implementación de las correspondientes políticas económicas. Sin embargo, esta posición no es la que ha sido considerada en la elaboración de las constituciones peruanas del siglo XX ni en las constituciones de los países latinoamericanos e inclusive en España. La regulación de aspectos económicos en una constitución no es una práctica que haya existido siempre en el constitucionalismo. Así, una parte económica se incluye en una constitución recién en el siglo XX, sumándose a aquellas dos partes tradicionales de la misma, como son una parte dogmática referida a los derechos y deberes de la persona o del ciudadano, y, una parte orgánica, es decir, aquella dedicada a tratar lo relacionado a los diferentes “poderes” del Estado y sus correspondientes funciones. Como se verá entonces, se explica lo discutido del tema de la inclusión de un régimen económico en una constitución porque está en discusión también una posición de un liberalismo radical extremo, anterior a la concepción de un Estado Social del Derecho. El Estado Social del Derecho acepta la incorporación de los derechos sociales(económicos, culturales y sociales propiamente dichos), a una constitución que se suman a los derechos civiles- de mirada estrictamente individual-, que ya existían desde los primeros ordenamientos. Esta inclusión lo que hace es adicionar también una mirada socializadora- y no socialista- a los derechos y a la sociedad en general, atribuyéndole una función al Estado, diferente a la que se tenía como irrebatible en el siglo XIX. Dentro de este panorama, a lo cual se suma la primera gran guerra mundial y la crisis del año 29, se presenta que el propio liberalismo, aceptó la función que le cabe al Estado en la economía y, asimismo, la posibilidad que el derecho- y en especial la regulación constitucionalpudiera tener alguna incidencia en el plano económico, lo que no era admitido hasta entonces. Tanto el constitucionalismo europeo y latinoamericano acepta que en una constitución se incluyan aspectos económicos en la actualidad, aunque siempre es necesario preguntarnos sobre la pertinencia de dicha inclusión, así como la forma en que se debe llevar adelante dicha incorporación.
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La Reforma Constitucional como garantía jurídica frente al poder político en el Perú

Quiroz Vigil, Lourdes Cristina January 2012 (has links)
La presente investigación titulada “La Reforma Constitucional como Garantía Jurídica frente al Poder Político en el Perú” aborda la problemática que se cierne en torno a los procesos de reforma constitucional llevados a cabo en el Perú en vinculación al poder político como aquel factor que aparece como la principal causa que motiva su realización, no sin antes distinguir las dos formas en que puede reformarse una constitución: total y parcialmente. Siendo de mi mayor interés el referirme con mayor detenimiento al estudio de la reforma total, por cuanto ésta ha sido recogida en la Constitución de 1993, en su artículo 32°. La pregunta de investigación planteada fue la siguiente: ¿Cuál es la relación existente entre el poder político y los procesos de reforma constitucional llevados a cabo en el Perú, distinguiendo dicha relación por el tipo de gobierno que la llevó a cabo? Luego de trabajada la hipótesis planteada obtuvimos como resultado que el principal factor que ha determinado las reformas constitucionales en el Perú, es el factor político, independientemente del tipo de gobierno que la llevó a cabo. Se ha podido arribar a la conclusión de que en el Perú los problemas de reforma constitucional, más que problemas de derecho, son problemas de poder político, pese a que dentro de un estado constitucional se reconoce hoy a las constituciones como auténticos documentos jurídicos, lo que tanto ha servido para sustentar el principio de supremacía constitucional, y permitir, a su vez, la elaboración de mecanismos de control de la constitucionalidad de las leyes.
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Acerca del retorno a la bicameralidad

Rivera Alvarado, Salvador Mario January 2004 (has links)
En el primer capítulo se inicia con las primeras civilizaciones que son: Grecia y Roma dos ciudades que han aportado mucho para la humanidad, el primero desarrollo la filosofía y el segundo desarrollo el derecho, creando un sistema que hasta hoy sirve de paradigma a muchas legislaciones de los diversos países del mundo. Asimismo, en estas dos civilizaciones se hallan los primeros elementos de las instituciones políticas. La ciudad-estado en lo que toca a su organización y la participación democrática, ambas griegas; mientras que Roma aporta los conceptos de soberanía y el de imperium. En el segundo capítulo se expone el Constitucionalismo de dos países: Inglaterra y Estado Unidos. Ambos países muy ligados históricamente porque el segundo fue una colonia del primero y logró su independencia en la revolución del 04 de julio de 1776, rompiendo lazos con la metrópoli. Estos dos países han seguido caminos distintos en cuanto a su legislación, Estados Unidos cuenta con una Constitución que es una de las más antiguas y que sólo ha tenido algunas modificaciones mediante enmiendas a su Carta. Mientras que los ingleses hicieron una Constitución no codificada, cuyas disposiciones fundamentales forman leyes independientes unas de otras, que rigen su existencia y organización. Pero si coinciden en algo, que ambos poseen una estructura legislativa donde funcionan dos cámaras, es decir, ambos países cuentan con un sistema bicameral. En el tercer capítulo se expone el constitucionalismo de Francia y España. Se hace referencia a uno de los acontecimientos más importantes en Europa que sacudió los cimientos mismos de los sistemas, que imperaban en esos momentos, las monarquías. Francia aporta mucho al derecho, porque va a desarrollar principios muy importantes que serán luego tomado en cuenta por muchos países en sus posteriores Constituciones. Mientras que, España, no supo adaptarse a los nuevos cambios que se sucedieron en Europa, de ahí deviene en una crisis social, política y económica.
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El constitucionalismo social y su desarrollo en el derecho constitucional peruano

Ccallohuanca Quito, Miguel Angel, Ccallohuanca Quito, Miguel Angel January 2017 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / El documento digital no refiere asesor / Determina la importancia del reconocimiento constitucional de los derechos sociales, así como su desarrollo y pleno cumplimiento por parte del Estado. Analiza el constitucionalismo social y su desarrollo histórico en las constituciones peruanas del siglo XIX y XX. Plantea el desarrollo y cumplimiento pleno de los derechos sociales en el Perú en su proceso de consolidación como Estado Social conforme a lo establecido en la Constitución Política de 1993. Propone que dichos derechos no sean considerados como derechos programáticos de ejecución mediata sino que sean derechos exigibles y justiciables ante la justicia ordinaria y constitucional para garantizar el desarrollo de la vida humana en condiciones de dignidad conforme corresponde a los fundamentos del constitucionalismo social. / Tesis
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Necesidad de adecuar la ley penal y procesal penal militar a la constitución política del Estado a fin de evitar innecesarias contiendas de competencia entre el fuero común y el militar

Jimenez Carranza, Flavio Enrique January 2018 (has links)
Se enfoca en un tema de actualidad en el mundo del Derecho Penal Militar como es la Justicia Militar en el Perú, conocido como Fuero Militar, se puede advertir que la Ley Penal Militar Policial vigente, regulada por el D.Leg.No.1.094, no está todavía adecuada a la Constitución Política de 1993. Esta falta de adecuación se presenta en la forma y en el fondo, en la forma, la denominación dada a la Ley Penal Militar Policial, como: "Código Penal Militar Policial", no guarda concordancia con la denominación "Código de Justicia Militar", señalada en el Art. 173 de la C.P.P. de 1993, al agregarse los términos: "Código Penal y Policial”, a la indicada denominación, sin haberse fundamentado en la exposición de motivos de dicha Ley, las razones de dichos cambios y contravenir el Art. 51 de nuestra Carta Magna, que consagra la primacía de la Constitución, sobre normas de inferior jerarquía. En el fondo, el denominado Código Penal Militar Policial, considera como figuras delictivas, tres Delitos de Función Militar Policial, en los Arts 133, 134 y 135, tipificados como: Afectación del Material Destinado a la Defensa, Apropiación Ilegítima de Material Destinado al Servicio y Hurto de Material Destinado al Servicio, respectivos, que estuvieron tipificados en el Art. 142 del anterior Código de Justicia Militar Policial, D. Leg. No. 961 como: Afectación de los Bienes Destinados a la Defensa, Seguridad Nacional y Orden Interno, expulsado de nuestro ordenamiento jurídico, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional del 2006, recaída en el Expte. No.0012-2006-PI/TC, Demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima, contra determinadas normas del D.Leg.No. 961 del Código de Justicia Militar Policial. También señala como error de fondo, que la definición del delito de función, precisado en el Art. 2 del Título Preliminar del Código Penal Militar Policial, no ha considerado todos los elementos que debe tener todo delito, donde sólo se considera la conducta, obviando considerar los demás elementos como la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y la punibilidad en la figura genérica y rectora del delito de función militar policial. Se plantea para corregir el error de forma, se presente al Congreso de la República una Ley de Reforma Constitucional, conforme al Art. 206 de la C.P.P.de 1993, a fin de que se agregue el térrnino: "Policial", al término: "Código de Justicia Militar" quedando como: "Código de Justicia Militar Policial". Para corregir el error de fondo, se plantea que el Congreso de la República apruebe un nuevo "Código de Justicia Militar Policial", que derogue los Arts. 133, 134 y 135, del C.P.M.P. precitado y considere al definir del delito de función, la tipicidad, la culpabilidad, la antijuridicidad y la punibilidad. / Tesis
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Inclusión integral de la pluriculturalidad en el derecho constitucional peruano y su implementación eficaz como política de Estado

Torres Cortez, Rubén Jaime January 2018 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / El documento digital no refiere asesor / Se llevó a cabo una revisión histórica - jurídica de la legislación nacional e internacional con el fin de proponer alternativas orientadas a la inclusión integral de la pluriculturalidad y, en definitiva instancia, del Estado plurinacional en la normatividad constitucional y en la legislación electoral, económica y social peruana y su adopción como efectiva política de Estado. Se revisó el desarrollo desde una Nación multicultural, pasando por el Estado pluricultural para llegar al anhelado Estado plurinacional. Se revisó el surgimiento del multiculturalismo, alrededor de la década de 1980, que significó en los hechos el reconocimiento a la diversidad cultural. Posteriormente, el pluriculturalismo implicó el reconocimiento –en el plano formal- de las aspiraciones de los pueblos indígenas y su reconocimiento legal al control de sus propias instituciones. Un Estado plurinacional, es la organización política y jurídica de una sociedad de varias naciones unidas en un solo Estado con gobierno de representación plurinacional y sujetas a una única constitución política. El Estado plurinacional tiene base en el Principio de la Plurinacionalidad que es el principio político que permite aspirar al pleno ejercicio de los derechos de todas las naciones que existen en un Estado. Se estableció la necesidad de impulsar el desarrollo político del Estado peruano hacia la consolidación real de la pluriculturalidad y, finalmente, hacia la plurinacionalidad, por las ventajas y beneficios que esta opción implicaría para países tan diversos y confrontacionales como el nuestro. Se corroboraron las hipótesis planteadas. / Tesis
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El Tribunal Constitucional frente a las ordenanzas regionales y locales que buscan tutelar el derecho al medio ambiente

Olivera Torres, Helmut Andrés 22 November 2017 (has links)
Con la presente Tesis se han identificado diversas críticas a la labor del Tribunal Constitucional, las cuales lo califican como un ente jurisdiccional esencialmente formalista al momento de resolver los procesos de inconstitucionalidad contra ordenanzas regionales y locales que fueron expedidas para proteger el derecho al medio ambiente, toda vez que antes de apelar al principio de protección a los derechos humanos se sirve del principio de competencia para declarar la invalidez de las mismas. Frente a ello, la presente Tesis identifica el problema implícito en lo señalado, bajo la siguiente pregunta:¿Debe el Tribunal Constitucional tutelar el derecho al medio ambiente declarando la invalidez de ordenanzas regionales y/o locales que buscan proteger el mencionado derecho pero que contravienen el principio de competencia? Ante tal pregunta, la hipótesis del presente trabajo es que el Tribunal Constitucional ejerce un rol de tutela del derecho al medio ambiente, al declarar la invalidez de las ordenanzas regionales y/o locales viciadas de incompetencia que buscan proteger el mencionado derecho cuando –adicionalmente- exhorta a las entidades competentes para actuar a favor del mismo. Para demostrar la referida hipótesis, bajo una visión jurídica y de las ciencias políticas, con la presente Tesis se desarrolla el correspondiente Objetivo General, el cual consiste en demostrar que el Tribunal Constitucional debe ejercer el rol de garante del derecho al medio ambiente al declarar la invalidez de ordenanzas regionales y/o locales que buscaban proteger el referido derecho pero que se encontraban viciadas de incompetencia, siempre y cuando exhorte a los entes competentes para que cumplan con su labor de tutela del derecho al medio ambiente en el marco de sus competencias. Para llegar a tal fin general, en el desarrollo del presente trabajo se abordan los siguiente Objetivos Específicos: Específico 1: Demostrar que los pronunciamientos del Tribunal Constitucional tienen repercusiones en la resolución de conflictos sociales al resolver controversias relacionadas al derecho al medio ambiente. Específico 2: Demostrar que el Tribunal Constitucional, al tomar conocimiento de los procesos de inconstitucionalidad iniciados entre los años 2005 al 2016 contra ordenanzas regionales y/o locales expedidas para proteger derechos humanos en general y, en específico, el derecho al medio ambiente, en algunos casos resolvió la controversia únicamente apelando al principio de competencia y en otros apelando también al principio de garantía de los derechos humanos. Específico 3: Demostrar que el hecho que el Tribunal Constitucional haya apelado al principio de competencia al analizar la validez de las ordenanzas regionales y locales que buscan proteger el derecho al medio ambiente tiene tanto una justificación jurídica como también una explicación política. Específico 4: Demostrar que resulta correcto que el Tribunal Constitucional no deje de aplicar el principio de competencia, por más que la norma viciada de incompetencia busque proteger el derecho al medio ambiente. Específico 5: Demostrar que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha desarrollado diversos criterios que permiten hacer compatible el principio de garantía de los derechos humanos con el principio de competencia tanto a nivel argumentativo como a nivel decisorio. Sobre esto último, se busca demostrar que las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de una ordenanza regional o local también podrán proteger el derecho al medio ambiente si es que se exhorta a los entes a cumplir con sus competencias sobre la materia. / Tesis

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