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El ejercicio y limitación de los derechos fundamentales de los reclusos : análisis normativo y de la jurisprudencia emitida por el Tribunal ConstitucionalRamírez Parco, Gabriela 24 September 2013 (has links)
La relación “recluso – Administración Penitenciaria” es una relación compleja en la que el recluso ve limitado el ejercicio de determinados derechos fundamentales a consecuencia de la privación de su libertad personal. Por ello, para la presente tesis ha sido importante analizar las condiciones de reclusión y el ejercicio de ciertos derechos fundamentales de los reclusos a la luz de la normativa nacional e internacional, a fin de conocer cuáles son los estándares mínimos que deben respetarse en la reclusión de una persona en un centro penitenciario, sea en calidad de procesada o condenada.
Bajo este marco, analizar si los límites impuestos por el legislador nacional al ejercicio de determinados derechos fundamentales de los reclusos se ajustan a los parámetros constitucionales e internacionales establecidos, y si estos límites impuestos no vulneran el contenido esencial de los derechos materia de restricción, nos parece fundamental.
Por ello, el presente trabajo señala entre otras cosas, que a nivel jurisprudencial, tanto nacional como internacional, ha quedado establecido que bajo ningún concepto deben limitarse o restringirse determinados derechos, como el derecho a la vida, a la salud y a la integridad personal. En este sentido, situaciones como el hacinamiento penitenciario –situación crítica en nuestro país y en otros ordenamientos- representa una clara violación a los estándares establecidos, pues la “prohibición del hacinamiento”, además de ser actualmente un principio rector de la Administración Penitenciaria, definitivamente tiene como objetivo disminuir los agudos problemas que genera el excesivo número de reclusos en un centro penitenciario, y garantizar que el recluso goce de condiciones mínimas necesarias para una vida digna.
Finalmente, del análisis realizado a la jurisprudencia nacional emitida por nuestro Tribunal Constitucional podemos señalar que existe una voluntad positiva de ajustarse a los parámetros internacionales y de establecer principios rectores en el respeto de los derechos de los reclusos.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional bajo número de expediente 1272-201-PA/TCTirado Cornejo, Mannie 25 February 2021 (has links)
En este informe, analizaremos la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional
respecto del derecho a la lactancia de una magistrada, nuestra hipótesis es que se ha
generado una vulneración manifiesta a los derechos de la magistrada y de su menor
hijo con la programación de audiencias en la hora de lactancia de la magistrada y
además de otros derechos. Centraremos la investigación en el análisis de los
problemas jurídicos, el principal vinculado a la imputabilidad de los demandados
respecto a la vulneración del derecho a la lactancia, los secundarios referidos a los
derechos fundamentales de la demandante y los derechos del menor.
El objetivo de la presente investigación es verificar que el derecho a la lactancia, a
pesar de no ser un derecho constitucional expresamente reconocido es un derecho
vinculado a la maternidad, que cuando este derecho es desconocido genera una gran
afectación en la esfera familiar y que puede tener efectos adversos al desincentivar el
ejercicio de las responsabilidades familiares.
Finalmente, concluiremos que, si bien se ha vulnerado el derecho a la lactancia y sus
derechos vinculados, ello refleja algo un problema estructural mayor en las posiciones
neurálgicas de la administración pública y el ejercicio de los derechos fundamentales.
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El derecho a la ocupación efectiva ¿forma parte del contenido constitucional del trabajo en el ordenamiento laboral peruano? Alcances y mecanismos de protecciónHuamán Estrada, Elmer Noé 15 January 2021 (has links)
La presente investigación aborda el estudio del derecho a la ocupación efectiva en el
ordenamiento jurídico laboral peruano y su encuadramiento al más alto nivel jurídico
como parte del contenido constitucional del derecho al trabajo. Por ello, en esta
investigación, empezaremos examinando como principal objetivo si, efectivamente, el
derecho a la ocupación efectiva tiene base constitucional en nuestro ordenamiento a
partir de la interpretación que los órgano de impartición de justicia y la doctrina han
perfilado sobre este derecho; luego, revisamos las limitaciones que, en la práctica,
suelen presentarse con relación a la ocupación efectiva; y, posteriormente, analizamos
las vías procedimentales (fiscalización laboral) y procesales (proceso de amparo y
proceso laboral) de protección del derecho a la ocupación efectiva.
Este estudio se justifica debido a la transcendía que reviste reconocer el rango
constitucional de un derecho, pues, de poseer dicho rango, la protección y alcances de
aquel adquiere un matiz que no ostentan otros derechos de rango legal o infralegal.
En tal sentido, hemos analizado las investigaciones propias de otros ordenamientos
jurídicos, como el español, en el que el reconocimiento constitucional del derecho a la
ocupación efectiva es una cuestión pacíficamente reconocida. Asimismo, hemos
escrutado posibles casos en los que este derecho podría verse afectado y, en ese
punto, revisamos una posible pauta metodológica para reconocer una afectación como
válida o inválida. Finalmente, el resultado de nuestra investigación es reconocer que el
derecho a la ocupación efectiva forma parte de la normativa constitucional en nuestro
país y, en tal sentido, merece el mayor nivel de protección jurídica y, a su vez,
mantiene eficacia hacia los particulares y el poder público.
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Informe sobre Expediente N°01257-2013-0-0401-JR-PE-03Verano Calero, Magda Cristina 30 March 2021 (has links)
El caso versa sobre la vulneración del derecho a la libertad personal de Juan José Guillén
en el marco de un proceso constitucional de habeas corpus. Juan José Guillén es una
persona con discapacidad intelectual interdicta, cuya curadora es su madre. Esta colocó
dos rejas cerradas y tapió la ventana de la habitación de su hijo a fin de que este
permanezca encerrado durante el tiempo en que ella no está en casa a fin de resguardar
su seguridad y la de terceros. El caso fue visto por el Tercer Juzgado Unipersonal de
Arequipa en primera instancia que declaró fundada en parte la demanda. Luego de
apelada la sentencia el caso fue visto por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte
Superior de Justicia de Arequipa, que revocó la apelada declarándola infundada. Por
último, mediante un recurso de agravio constitucional, el caso llegó al Tribunal
Constitucional que declaró fundada la demanda por la vulneración del derecho a la
libertad individual. Frente a ello se discute en el presente informe si el encierro temporal
de Juan José Guillén constituyó una privación arbitraria de libertad a la luz del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos; si existían circunstancias válidas en el marco de
la curatela que justificaban el encierro de Juan José Guillén; si fue adecuada la respuesta
de los operadores de justicia frente a la actuación de los familiares de Juan José Guillén;
y si constituye el hábeas corpus la vía idónea frente al petitorio de la demanda.
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La Fiabilidad de la Prueba Prohibida como Fundamento para su Admisión o Exclusión en el Proceso Penal, Perú – 2020Villegas Málaga, Javier 25 September 2020 (has links)
La teoría acerca de la prueba prohibida es quizás una de las más controvertidas en el campo de la dogmática procesal, dado que refuerza el conflicto entre la finalidad clásica del proceso penal, que es la búsqueda de la verdad y el interés superior de
respeto a los derechos fundamentales, principio rector básico de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho.
La consecuencia de ello es que el material probatorio obtenido con vulneración a
derechos fundamentales no puede ser utilizado como prueba dentro del proceso.
No obstante, sostenemos que esta concepción tiene un error de planteamiento desde el inicio, debido a que se da por cierta la protección de los derechos fundamentales como consecuencia de la aplicación de la regla de exclusión, cuando en la realidad no es posible “evitar” la vulneración del derecho fundamental con su utilización.
Así mismo, las personas cuyos derechos fundamentales ya han sido vulnerados
(con la obtención de pruebas prohibidas en su contra), no pueden volver al estado
anterior o resarcir el daño que les han causado a través de la aplicación de esta
regla.
Existen medios más adecuados para el manejo de material probatorio prohibido,
distintos a la exclusión de pruebas irrefutables, tales como la sanción directa a los
responsables y/o el resarcimiento económico a las víctimas, así como el establecimiento de la presunción jurídica de que las pruebas ilícitamente obtenidas
deben ser consideradas como poco fiables. No obstante, a pesar de nuestra postura, podemos afirmar que la regla de exclusión de las pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales se ha universalizado, sin embargo, su naturaleza, alcance y efectos dependerá de cuál sea la explicación que se ofrece acerca de su fundamento.
Para el análisis de dicho fundamento partiremos del estudio de los modelos teóricos
que mayor repercusión han tenido en nuestra realidad jurídica: el modelo norteamericano y el europeo- continental
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La cultura en la formación de la norma penal. Análisis de la inimputabilidad cultural propia de las comunidades indígenas que deslegitima la intervención del Derecho Penal EstatalCalvo Daza, Elsa Jessica Sofia 05 February 2021 (has links)
La cultura como derecho fundamental requiere ser revalorizada y un Estado Constitucional de Derecho como el peruano no solo debe garantizar su reconocimiento sino su respeto en las diferentes esferas de organización. La presente investigación desarrolla un punto medular del amplio problema que es la diversidad cultural en el ámbito del derecho penal.
Puntualmente, se analiza cuál es la influencia de la cultura en la formación de la norma penal y de allí su importancia para legitimar la acción del Estado a través del sistema penal. Así, en un primer momento se explica cómo la cultura es un elemento que influye en la comprensión del mensaje de determinación de la norma penal y, en esa medida, condiciona la imputabilidad de un sujeto, evidenciándose cómo ello genera que la cultura del sujeto activo de un ilícito sea, en principio, lo que legitime la intervención del derecho penal.
La investigación en un primer momento es descriptiva pues expone postulados teóricos importantes acerca de la sociedad, el Estado y la cultura, para entender su interrelación y, a partir, de ello valora la relevancia de la cultura en la norma penal, construyendo la figura de la inimputabilidad cultural con sus respectivas características. En este extremo, se desarrolla una crítica constructiva del artículo 15 del Código Penal y, al final, se evidencia los diferentes escenarios que se puede encontrar cuando un indígena comete un delito, resaltando que al demostrar su inimputabilidad cultural bajo ningún supuesto se puede alzar contra aquél el sistema penal
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La Prohibición del Discurso de Odio en el Estado Democrático ConstitucionalPortugal Pizarro, Luis Andrés 01 July 2021 (has links)
La relación entre libertad de expresión y democracia es innegable, sin embargo, como
todo derecho, la libertad de expresión está sujeta a determinados límites. Es en el tema
referido al discurso de odio donde se presenta uno de los problemas más álgidos a la hora
de decidir los límites al derecho a la libertad de expresión, no existiendo consenso sobre
su regulación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ni en los
ordenamientos jurídicos de los Estados, esto debido a que en la relación entre libertad de
expresión y democracia los alcances de la protección a la primera dependerán de la
concepción que se tenga de la segunda. Este es el marco en el que se circunscribe la
presente tesis. La hipótesis planteada es que una regulación amplia y discrecional del
discurso de odio no es constitucional frente a la finalidad legítima de garantizar el Estado
de derecho, la democracia como forma de gobierno y el respeto por las libertades civiles.
En consecuencia, a partir de una determinada concepción que se tenga sobre la
democracia y el rol que se le atribuya al derecho a la libertad de expresión, una
prohibición amplia del discurso de odio no sería razonable toda vez que se estaría
restringiendo la expresión de ideas que deben ser discutidas y eventualmente rechazadas
por los ciudadanos y con una actuación neutral por parte del Estado. La investigación
concluye que es en el modelo de la democracia liberal en donde las teorías sobre la
libertad de expresión asumen fuerza y se evidencia la necesidad de sancionar el discurso
de odio solo en determinados supuestos y con la exigencia de estándares altos para su
configuración. Asimismo, que una represión legal del discurso de odio en términos
amplios tiene una serie de consecuencias negativas y abre la posibilidad a otros peligros
inicialmente inadvertidos, además de poner en grave riesgo la legitimidad democrática.
En ese sentido, a través de un estudio desde la filosofía política, la teoría de los derechos
fundamentales, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el derecho
comparado se desarrollan los argumentos que validan las propuestas de esta
investigación.
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Hacia una protección igualitaria de las creencias o convicciones: adecuada determinación del contenido constitucionalmente protegido de la libertad de conciencia en el caso peruanoFeijóo Cambiaso, Raúl Humberto 06 July 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene por objeto central determinar el contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la libertad de conciencia en el caso peruano. Ello, en la búsqueda de desarrollar una propuesta que permita lograr una protección igualitaria de las creencias o convicciones de las personas y que permita establecer cuál es la relación entre las libertades de conciencia y religión.
La importancia de la investigación se encuentra en una evolución sociológica a nivel mundial que permite comprobar que las personas ya no solo construyen su cosmovisión en base a la fe y a la relación con una divinidad, sino que existe un aumento de aquellos ciudadanos que construyen su identidad y adoptan sus decisiones sin la necesidad de acudir a una religión.
Lamentablemente, la investigación jurídica en nuestro país no se ha detenido a responder si existe en el Perú una verdadera protección constitucional de las creencias o convicciones no religiosas y si merecen una protección constitucional igualitaria respecto a aquellas religiosas. Ello se agrava si tomamos en cuenta que la Constitución de 1993 y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú no presentan una respuesta que permita responder a dichas interrogantes.
Es por las razones expuestas que la presente tesis sostiene que la libertad de conciencia representa un derecho fundamental que contiene a la libertad de religión, siendo posible afirmar que la protección de todas las creencias o convicciones corresponde a la primera, mientras que únicamente aquellas de carácter religioso se encuentran protegidas por la segunda. Asimismo, se concluye que la libertad de conciencia presenta tanto una dimensión interna como una dimensión externa, cuyas normas iusfundamentales deberán ser reconocidas a partir de una interpretación amplia y dinámica de su contenido constitucionalmente protegido, el cual deberá caracterizarse por una protección igualitaria de las creencias o convicciones
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El derecho a conocer los cargos por los que se acusa en la etapa preparatoria del proceso penal peruanoRuiz Cervera, Paul Antonio 01 September 2021 (has links)
El trabajo propone una visión más amplia en relación con el tratamiento
constitucional del derecho a conocer los cargos dentro del proceso penal, en
específico, en la etapa de investigación preparatoria. Este derecho exige a las
autoridades estatales no solo la precisión clara y detallada de los hechos
denunciados, sino que además obliga a estos a comunicar también de forma
clara, precisa y detallada la norma penal aplicable al caso y la evidencia que
sustenta la imputación, desde el inicio de la investigación preparatoria y en
distintos niveles de exigencia. Por ello, la investigación centra sus esfuerzos en
identificar el contenido esencial y constitucional del derecho a conocer los
cargos, para luego precisar, según sus niveles de exigencia constitucional,
cuáles serían los supuestos de afectación de dicho derecho en las sub etapas
de investigación preliminar e investigación preparatoria propiamente dicha. Para
poder determinar lo antes señalado el trabajo desarrolla los alcances jurídicos y
dogmáticos del derecho a conocer los cargos, para lo cual se recurre al marco
internacional y nacional sobre la materia, así como a la doctrina especializada
(constitucional y procesal penal) que sobre el tema se ha elaborado. / The work proposes a broader vision in relation to the constitutional treatment of
the right to know the charges within the criminal process, specifically, in the
preparatory investigation stage. This right demands the state authorities not only
the clear and detailed precision of the facts denounced, but also obliges them to
communicate clearly, precisely and in detail the criminal law applicable to the
case and the evidence that supports the imputation circumstantial support on
which the charge rests, from the beginning of the preparatory research and at
different levels of demand. For this reason, the research focuses its efforts on
identifying the essential and constitutional content of the right to know the
charges, and then specifying, according to their levels of constitutional
demands, what would be the assumptions of affectation of this right in the sub
stages of preliminary investigation and preparatory investigation. In order to
determine the aforementioned, the work develops the legal and dogmatic scope
of the right to know the charges, for which the international and national
framework on the matter is used, as well as the specialized doctrine
(constitutional and criminal procedure) that has been elaborated on the subject.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 2135- 2012/ SC2-INDECOPIRodriguez Rondoy, Norma Denytza 07 August 2024 (has links)
El análisis del caso aborda varios aspectos. En primer lugar, se destaca la noción
del derecho a la libre contratación y su relación con el contexto del mercado. Si
bien este derecho es esencial en la economía de mercado, no es absoluto y
puede ser limitado en función de las circunstancias y la protección de otros
derechos fundamentales.
En el ámbito de los seguros, el modelo de negocio se basa en la gestión y
diversificación del riesgo. Mediante la transferencia de riesgos a través de
pólizas, las aseguradoras asumen la responsabilidad de pagar una suma de
dinero en caso de un evento asegurado. En el caso específico analizado, la Sala
de Indecopi limitó el derecho a la libre contratación de Rímac Seguros al
considerar que su negativa de brindar cobertura a una persona con síndrome de
Down fue discriminatoria e infundada. La decisión de la Sala contribuyó a
garantizar la inclusión de personas con discapacidad en los servicios de seguros.
Es así que se reconoce que el derecho a la libre contratación tiene límites y debe
ser equilibrado con otros derechos fundamentales. La decisión de la Sala fue
razonable y proporcional, ya que protegió a una minoría social y promovió la
igualdad de oportunidades. / The analysis of the case addresses several aspects. First and foremost, the
notion of the right to freedom of contract and its relationship with the market
context is highlighted. While this right is essential in a market economy, it is not
absolute and can be limited based on circumstances and the protection of other
fundamental rights.
In the field of insurance, the business model is based on risk management and
diversification. By transferring risks through policies, insurers assume the
responsibility to pay a sum of money in the event of an insured occurrence. In the
specific case analyzed, the Indecopi Chamber limited Rímac Seguros' right to
freedom of contract by considering their refusal to provide coverage to a person
with Down syndrome as discriminatory and unfounded. The Chamber's decision
contributed to ensuring the inclusion of people with disabilities in insurance
services.
Thus, it is recognized that the right to freedom of contract has limits and must be
balanced with other fundamental rights. The Chamber's decision was reasonable
and proportionate as it protected a social minority and promoted equal
opportunities.
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