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Libertad de pensamiento y derechos conexos, aproximaciones desde la jurisprudencia, la doctrina y el derecho comparado

Cortés Cortés, Rodrigo Humberto, Valladares Ljubetic, Javier January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En esta memoria se presenta de manera sistémica e integrada el derecho a la libertad de pensamiento. Por tanto, no sólo nos referiremos a este respecto a su fase externa, que es el derecho a la libertad de expresión, sino que se pretende, en el desarrollo de este trabajo investigativo, englobar las distintas fases que la comprenden: su fase interna, entendida como el derecho a libertad de pensamiento, de conciencia y de culto; su fase externa, que comprende el derecho a la libertad de expresión, la libertad de enseñanza y de acceso a la información, y su fase colectiva, caracterizada por los derechos a la libertad de asociación y de reunión
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Análisis normativo del régimen disciplinario penitenciario chileno

Parini Mimica, Melany Celeste January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tuvo por objeto analizar cada una de las disposiciones del régimen disciplinario penitenciario chileno a la luz de los principios y derechos fundamentales que la Constitución Política de la República y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes garantizan a todas las personas. Con miras a lo anterior, en primer lugar se da cuenta de la normativa que resulta aplicable a la ejecución de las penas privativas de libertad que cumplen efectivamente adultos de sexo masculino sometidos al subsistema cerrado, con énfasis en lo señalado en torno a la imposición de sanciones disciplinarias. En el mismo sentido, se describe el procedimiento administrativo de aplicación de sanciones, así como los sujetos que intervienen en el mismo. En seguida, se estudian cada una de las conductas calificadas como faltas leves, menos graves y graves, así como las medidas disciplinarias destinadas a ser aplicadas ante la comisión de dichas conductas, precisando como las normas referidas en los hechos vulneran los derechos y garantías de las personas privadas de libertad. Por último, se expone el régimen de recursos con que cuentan las personas ante la infracción de derechos constitucionales por medio de la imposición de sanciones disciplinarias.
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El menoscabo del trabajador en el ejercicio del Ius Variandi y otros temas relacionados.

Marín Etérovic, Valeria January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Nos dedicaremos en el presente trabajo, al estudio del menoscabo que puede afectar al trabajador ante el ejercicio que haga el empleador de la facultad contenida en el artículo 12 del Código del Trabajo, conocida doctrinariamente como ius variandi, que consiste en modificar unilateralmente algunas de las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, como la naturaleza de las funciones y el lugar donde los servicios deban prestarse, bajo ciertos requisitos que establece el mismo artículo.
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El control de constitucionalidad difiere en su origen, naturaleza y efectos del control de convencionalidad

Pérez Ceballos, Alejandra Isabel January 2016 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho público) / El presente trabajo analizará el origen, naturaleza y efectos del control de constitucionalidad y el control de convencionalidad interno, identificando las diferencias existentes entre ambos, proponiendo que en nuestro país ambos controles normativos no son asimilables y, por tanto, no pueden ser aplicados de manera simultánea por el Tribunal Constitucional.
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Estudio sobre la validez de los estados de emergencia que restringen derechos decretados en el Perú entre 2000 y 2019

Marcés Everness, Jonatan Samuel 03 August 2021 (has links)
En el Perú, los estados de emergencia que restringen derechos son una materia poco estudiada, a pesar de que su aplicación es común. En esta tesis pretendo dimensionar la situación de la validez de los estados de emergencia mediante una mirada panorámica que pasa por analizar los decretos supremos que declaran o prorrogan estados de emergencia promulgados entre 2000 y 2019. Mi hipótesis es que la aplicación de los estados de emergencia durante este periodo es deficiente frente a los parámetros establecidos en la Constitución Política de 1993, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos respecto a (i) las razones por las que se decretan estados de emergencia, (ii) el plazo por el cual se decretan, (iii) el lugar donde se decretan, (iv) los derechos que se restringen y (v) las instituciones a las que se les encarga el control del orden interno. Lamentablemente, la hipótesis resulta ser correcta y la aplicación de los estados de emergencia es deficiente en los extremos analizados. Frente a ello, también muestro cómo los llamados a controlar su aplicación (sobre todo el Congreso de la República, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional) no han sido capaces de hacerlo.
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Informe sobre Expediente E-2783, N° 00025-2021-PI/TC y N° 00028-2021-PI/TC (acumulados), proceso de inconstitucionalidad contra la Ley N°31307, Nuevo Código Procesal Constitucional

Valdivia Santillan, Maricielo 23 October 2023 (has links)
La Ley 31307, que adoptó el "Nuevo" Código Procesal Constitucional, fue una de las leyes más polémicas promulgadas en 2021. Cabe señalar que los vicios de forma y de contenido minaron sustancialmente la legitimidad de esta ley a lo largo del proceso legislativo que condujo a su incorporación al ordenamiento jurídico. Ante estas circunstancias se presentaron tres recursos de inconstitucionalidad. Estas denuncias fueron presentadas por el Colegio de Abogados de La Libertad (Exp. 00025-2021-PI/TC) y la Procuraduría Especializada en Materia Constitucional en representación del Poder Ejecutivo (Exp. 00028-2021-PI/TC), respectivamente. El tercer caso de la Corte Suprema (Exp. 030-2021- PI/TC) fue recientemente resuelto por una conformación nueva del Tribunal, cabe precisar que este no será materia de estudio en el presente trabajo. A pesar de la trascendencia de la Ley 31307, el informe emitido por la entonces jueza Marianella Ledesma (Exp. 00025-2021-PI/TC y Exp. 00028-2021-PI/TC acumulados) se limitó a analizar los vicios de procedimiento de la ley sin abordar los fundamentos de su inconstitucionalidad. En consecuencia, la sentencia que se dictó a continuación fue considerada INFUNDADA por no alcanzar los cinco votos necesarios para ser declarada inconstitucional conforme al artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Con el fin de demostrar que la Ley 31307 es inconstitucional y que su aprobación y entrada en vigencia debilita y desnaturaliza los procesos constitucionales sin mejorar la eficacia de la justicia constitucional, que debe garantizar una tutela jurisdiccional sencilla, rápida y efectiva, el presente informe jurídico analiza los aspectos formales y de fondo de la ley.
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La protesta social en democracia: una configuración constitucional de la protesta social desde el análisis de las tensiones democratizadoras y criminalizadoras en la protesta contra el régimen laboral juvenil

Palao Quiroz, Gonzalo Alonso January 2019 (has links)
Esta investigación demuestra que, en el Perú, existe una configuración constitucional, basada en los derechos fundamentales de participación, libertad de expresión y de reunión, que hace de la protesta social una herramienta de democratización jurídicamente viable. Luego de una revisión detallada de la teoría de la democracia, se propone el uso de la comprensión procesal de la democracia de Charles Tilly para destacar el potencial democratizador de la protesta social. Así, se exhibe una ciudadanía que, en plena crisis de la representatividad, goza de una herramienta para participar políticamente en la esfera pública y trasladar sus demandas al Estado. Para corroborar empíricamente este carácter democratizador se analiza el caso de la protesta social contra el Régimen Laboral Juvenil, acontecida en el Perú entre los meses de diciembre de 2014 y enero de 2015. Este caso demuestra que, en nuestro país, la protesta social se encuentra sometida a una tensión entre el uso democratizador que le dan los ciudadanos y la criminalización que despliega el Estado para reprimir esta actividad. Partiendo de esta tensión entre el fundamento democrático de la protesta social y los actos de criminalización que la lesionan y amenazan, se realiza un ejercicio de dogmática jurídica, que se nutre de doctrina, normas y jurisprudencia nacional e internacional, para formular una configuración constitucional de la protesta social que asegura su ejercicio y habilita que se activen las garantías constitucionales necesarias para salvaguardar esta manifestación de participación ciudadana.
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Reflexiones sobre la valoración probatoria y debida motivación de la prisión preventiva a propósito del Recurso de Agravio Constitucional N º 03248-2019-PHC/TC Caso Yoshiyama Tanaka

Soto Florián, Fiorella Celeste 09 August 2023 (has links)
Durante la investigación del Caso Cócteles, originada por los aportes provenientes de Odebrecht al partido Fuerza Popular en la campaña de elecciones presidenciales de 2011 y 2016, el Ministerio Público presentó un requerimiento de prisión preventiva contra Yoshiyama Tanaka. Este fue declarado fundado por el Juzgado de Investigación Preparatoria y confirmado por la Sala Penal de Apelaciones Nacional. Al encontrarse privado de libertad, Yoshiyama interpuso una demanda de hábeas corpus que fue declarada improcedente, hecho que llevó a que la defensa de Yoshiyama presente un Recurso de Agravio Constitucional por considerar que persistía la vulneración a diversos derechos. Finalmente, el Tribunal Constitucional, declaró fundado en parte dicho recurso al estimar que se vulneró el derecho a probar y la debida motivación. En el presente informe se analiza en qué medida el fallo del Tribunal Constitucional fue adecuado a la luz del razonamiento probatorio y procesal penal.
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El problema del cobro de deudas vencidas en el marco del artículo 2° de la Ley de protección de economía familiar del pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuela de posgrado públicos y privados – Ley N° 29947

Gonzales Acosta, Gabriel Jan Carlos 01 April 2024 (has links)
En las relaciones de consumo, no solo el proveedor debe cumplir con las obligaciones que se indican en el Código de Protección y Defensa del Consumidor y otras normas, sino que el consumidor debe cumplir con la contraprestación económica que se estableció. Ahora, en una relación de consumo con universidades privadas, se espera que el alumno cumpla con pagar la totalidad de sus cuotas porque esta es la fuente directa que tienen estas instituciones para generar ingreso. El problema surge cuando existen alumnos que tienen problemas de pago, algunos incluso no cumplen con la obligación de pago y, a pesar de las gestiones de cobro no es posible recuperar el monto adeudado. El problema se agrava para las universidades debido al artículo 2 de Ley de Protección de Economía Familiar del pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuela de posgrado públicos y privados – Ley N° 29947 ya que el servicio educativo debe brindarse de forma idónea, sin importar que pueda existir cuotas de pago vencidas. Las universidades privadas se encuentran en una posición de desventaja ya que, en algunos casos, el alumno se retira de la institución educativa y, por consiguiente, el pago dependerá de la responsabilidad del consumidor. El objetivo principal del presente trabajo es determinar si el proveedor también necesita de protección en los casos que el consumidor no cumpla con su obligación, ello en tanto que la falta de pago también afecta a las universidades y a todos aquellos que dependan de ella. / In consumer relations, not only must the supplier comply with the obligations indicated in the Consumer Protection and Defense Code and other regulations, but the consumer must comply with the economic consideration that was established. Now, in a consumer relationship with private universities, the student is expected to pay all of their fees because this is the direct source that these institutions have to generate income. The problem arises when there are students who have payment problems, some even do not comply with the payment obligation and, despite the collection efforts, it is not possible to recover the amount owed. The problem is aggravated for universities due to article 2 of the Family Economy Protection Law of the payment of pensions in public and private institutes, higher schools, universities and postgraduate schools - Law N°29947 since the educational service must be provided in a manner ideal, regardless of whether there may be overdue payment installments. Private universities are in a disadvantageous position since, in some cases, the student withdraws from the educational institution and, consequently, payment will depend on the responsibility of the consumer. The main objective of this work is to determine if the supplier also needs protection in cases where the consumer does not comply with his obligation, while non-payment also affects universities and all those who depend on them. / Trabajo académico
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¿Se satisfacen las garantías del derecho de impugnación en la figura de la impugnación diferida?

Verde Campos, Brian Saúl 29 January 2021 (has links)
La presente investigación tiene como propósito determinar si la impugnación diferida satisface las garantías constitucionales que rigen el ordenamiento procesal penal, para lo cual se identifican y desarrollan los supuestos en los que esta figura vulnera las garantías del proceso penal. Del mismo modo, se propone una interpretación más adecuada de la impugnación diferida que tenga una mejor capacidad de rendimiento respecto de los casos que regula y de los supuestos análogos en los que se viene aplicando. Finalmente, se expone una propuesta de lege ferenda que permite dotar de coherencia a la impugnación diferida respecto de las garantías del proceso penal. La conclusión principal evidencia que la impugnación diferida del sobreseimiento debe ser inaplicada al no ser compatible con las garantías constitucionales del proceso penal, razón por la cual los autos que estimen una solicitud de sobreseimiento o excepción, al ser impugnados por las partes acusadoras, deben concederse con efecto devolutivo y sin la calidad de diferida, todo ello sin perjuicio de otros casos de efecto diferido que se analizan en el presente trabajo.

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