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Nociones de justicia: Un estudio al caso de los Colegios de Alto Rendimiento en Perú

Vidal Vidal, Rocío Gabriela 28 March 2023 (has links)
¿Cuáles son los criterios justos que guíen la distribución de un modelo educativo? ¿A qué hace referencia el concepto de justicia? ¿Qué se puede considerar justo? ¿Es la meritocracia un criterio justo para la distribución de bienes sociales, especialmente, el de la educación que es un bien que debe ser repartido equitativamente en la sociedad? En el 2010 se llevó a cabo la creación del primer Colegio de Alto Rendimiento en Perú y para el 2015 se creó la Red de Colegios de Alto Rendimiento que permitió la creación de 25 sedes en distintas regiones del país. Este modelo está enfocado en alumnos superdotados con el objetivo de potenciar sus habilidades y convertirlos en líderes educativos que transfieran sus aprendizajes en sus respectivas zonas de influencia. Este modelo el cual se basa en el criterio de la meritocracia es cuestionado desde la filosofía política, específicamente, por los llamados comunitaristas como Michael Sandel y Michael Walzer. ¿Cómo entonces se puede considerar justo este modelo educativo si excluye a un sector vulnerable y desatendido por el Estado? Se sostiene que por un lado se apoya este modelo basado en los resultados positivos que ha mostrado en ciertos lugares; mientras que, por otro lado, desde una perspectiva más teórica sobre la definición de justicia, podría considerarse injusto a este modelo educativo. Así, entra en debate la eficiencia y los conceptos de justicia y equidad. El caso de estudio muestra impactos positivos a nivel individual, aunque no se han realizado estudios suficientes para analizar el impacto a nivel integral. / What are the fair criteria that guide the distribution of an educational model? What does the concept of justice refer to? What can be considered fair? Is meritocracy a fair criterion for the distribution of social goods, especially education, which is a good that must be distributed equitably in society? In 2010, the first school for gifted students, “Colegio de Alto Rendimiento (COAR)” in Peru was created and by 2015 the “Red de Colegios de Alto Rendimiento” was created, which allowed the creation of 25 branches in different regions of the country. This model is focused on gifted students with the aim of enhancing their abilities and turning them into educational leaders who transfer their learning to their respective areas of influence. This model, which is based on the criterion of meritocracy, is questioned from political philosophy, specifically, by so-called communitarians such as Michael Sandel and Michael Walzer. How then can this educational model be considered fair if it excludes a vulnerable sector neglected by the State? It is argued that on the one hand this model is supported based on the positive results it has shown in certain places; while, on the other hand, from a more theoretical perspective on the definition of justice, this educational model could be considered unfair. Thus, efficiency and the concepts of justice and equity come into debate. The case study shows positive impacts at the individual level, although not enough studies have been carried out to analyze the impact at a comprehensive level.
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La administración de justicia en Villa El Salvador

Iturregui Byrne, Patricia, Price Masalías, Jorge 19 October 2020 (has links)
A lo largo de los años el estudio del derecho y su conceptualización como ciencia se fué alejando paulatinamente de la realidad que lo origina: grandes corrientes de pensamiento se levantaron sobre una base falsa, haciendo de la ciencia jurídica una divagación metafísica o una lógica hueca. No obstante, el devenir de la ciencia jurídica se nos presenta cada vez más reclamante de un mayor acercamiento entre derecha y sociedad, y a ello responden las inquietudes de los seguidores de las corrientes sociológicas y antropológicas. El esfuerzo de estas últimas corrientes de pensamiento se concentran en proclamar lo concreto, lo empírico, refutando por tanto lo abstracto y apriori; a resultas de esta posición, niegan la identificación de derecho y estado, afirman do que históricamente son fenómenos independientes en sus orí genes, y que por tanto es plausible hablar de sistemas jurídicos en sociedades sin estado, e incluso, afirmar la existencia de varios sistemas legales al interior de una misma sociedad. De hecho la ciencia jurídica ha admitido la posibilidad de otorgar validez a estas afirmaciones, pero condiciona-das a que se presenten en grupos sociales alejados geográfica y culturalmente de la "civilización". Ciertamente no compartimos esta posición, ya que todo grupo humano, en tanto grupo, se define en base a un conjunto de normas de conducta y de creencias cuya trasgresión motiva una sanción. Esto ocurre no importando cuán alejada o cerca esté de algún hito arbitrario. Lo importante, en todo caso , es determinar si el derecho de una sociedad mayor se constituye sobre la base de una integración igualitaria de los diferentes grupos humanos que la conforman o no. Para el caso peruano la respuesta, ciertamente es la última.
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El deber de independencia e imparcialidad.

Quispe Salsavilca, David 11 February 2015 (has links)
El presente trabajo es un estudio de comprensión de la independencia e imparcialidad en el ejercicio de la actividad jurisdiccional y tiene el propósito de contribuir a su mayor concreción y desarrollo en la actividad jurisdiccional. Particularmente la imparcialidad en la teoría de la filosofía política contemporánea, propia de una circunstancia global, secularizada y democrática se encuentra en el fundamento de todo poder y de manera especial en los actos de poder emanados en el ejercicio de la función jurisdiccional del Poder Judicial.
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Política de extradición : innovaciones al procedimiento de extracción aplicado a altos funcionarios del Estado : el caso Fujimori.

Quinteros Marquina, Víctor Manuel 23 March 2015 (has links)
El presente trabajo, parte de un hecho histórico registrado entre los meses de junio de 2005 y agosto de 2006, época en que el ex presidente Alberto Fujimori aún permanecía prófugo de la justicia y el Estado peruano tenía legítimo interés por lograr su extradición. Más allá del significado político del hecho y de sus implicancias jurídicas, lo cierto es que el tema representaba un problema para el Perú, y el gobierno de turno debía resolverlo. En ese contexto, es que identificado el hecho político a partir de algunas circunstancias que exigieron su inmediata atención, el gobierno adoptó una política específica con la finalidad de dotar de mayor eficacia los esfuerzos por lograr la efectiva extradición del entonces prófugo. El gobierno dispuso entonces la creación de una plataforma de coordinación interinstitucional, como instrumento operativo para cumplir su objetivo. Es entonces la política de extradición aprobada en aquella época y su implementación a través del instrumento creado para tal fin, el estudio de caso que importa al presente trabajo. Para ello se plantea como objetivo principal determinar si la política aplicada en aquel entonces, independientemente de su éxito o fracaso, logró constituirse como un modelo o únicamente representó una experiencia excepcional. Asimismo, destacar las innovaciones que introdujo al procedimiento formal de extradición, a nivel institucional y operativo, a fin de determinar si tales elementos lograron aportarle mayor utilidad y eficacia. Desde la perspectiva del análisis de las políticas públicas, el presente trabajo busca describir partes del ciclo de una política pública específica, centrando su análisis en la fase implementación, rescatando de ella modos de trabajo coordinado entre distintos niveles del gobierno, siendo el común denominador de dicha dinámica, la priorización de los aspectos técnicos aplicados al caso, entendidos desde el plano político, como el principal medio para alcanzar el objetivo de gobierno trazado.
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Defensa pública y acceso a la justicia constitucional de personas en situación de vulnerabilidad económica

Zúñiga Escalante, Jorge Adrián 24 May 2016 (has links)
La presente investigación surge atendiendo a nuestra preocupación por el rol del Estado como garante de derechos fundamentales, para lo cual, cuenta con instituciones como el Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo, la Dirección General de Defensa Pública, entre otras, que viabilizan la tutela de dichos derechos. De otro lado, los derechos fundamentales, en su condición de máximas de optimización orientadas a su máximo desarrollo y ejercicio, deben estar garantizados por mecanismos idóneos y eficaces que permitan su protección en caso de vulneración o amenaza. En tal sentido, los Procesos Constitucionales, constituyen los mecanismos específicos que buscan la protección de los citados derechos. Sin embargo, estos, no garantizan per se la protección de los citados derechos, pues previamente debe existir la posibilidad real de acceder a un tribunal, supuesto que ha sido recogido dentro del derecho a la Tutela Procesal Efectiva. Uno de los componentes esenciales de la Tutela Procesal Efectiva, es el acceso a la justicia, como derecho que posibilita a toda persona poder ejercer su derecho de acción ante los tribunales de justicia, cuando considere que se ha vulnerado o restringido alguno de sus derechos fundamentales. Para la concreción de dicho derecho, es necesario asegurar la inexistencia de barreras que puedan dificultar o imposibilitar el acceso a los citados tribunales o que dentro de ellos, existan situaciones que pudieran limitar el actuar de quien requiere tutela.
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Presencia del Estado, organicidad comunal y mecanismos de administración de justicia alternativa, en el distrito de Leoncio Prado, provincia de Huaura, departamento de Lima

Bonino J.Nieves, Italo Vittorio 27 September 2017 (has links)
El Objetivo general, responde a la pregunta ¿Cuál es la relación entre la presencia del Estado y los grados de organicidad y formas de derecho alternativo vigentes en las comunidades del distrito de Leoncio Prado?. Su importancia, parte de la premisa que la actual Constitución de 1993 y los Artículos: 139, Num. 8: “Principio de no dejar de administrar justicia [...] en tal caso, debe aplicarse el [...] derecho consuetudinario”; y 149: “Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial”; fueron un tanto demagógicos, pues la Ley de Justicia de Paz, recién se promulgó el 2012. La fundamentación teórica, parte del hecho que la colonización europeoanglosajona (“colonias puras”), generó países culturalmente “cuasi homogéneos” y la español-portuguesa (absorción de poblados indígenas); países culturalmente “Heterogéneos, pluriculturales o multiétnicos”, que reprodujeron el mismo modelo de metrópolis colonizadora (centralista, discriminativa, segregacionista y modelos legislativos uniformes), en vez de descentralistas (Federaciones, Regiones, Estados asociados, etc.). El derecho “Monista” (un solo sistema jurídico válido), consideró al derecho consuetudinario: «solo para los dependientes de costumbres salvajes y tiranías incapaces de gobernarse…» y es un “imposible jurídico” (Obligar a pueblos alejados de la “modernidad” a aplicar leyes dictadas desde centros urbanos a donde no llegan). Se justifica la Tesis en la medida que los estudios de comunidades: o son de las muy tradicionales, o son demasiado generalistas (extrapolan casos de derecho alternativo o consuetudinario a todas las comunidades andinas y/o amazónicas). Se concluye con que el estudio de las comunidades campesinas diferenciadas por su altitud y distancias a las urbes, es fundamental para entender su funciones jurisdiccionales en el área andina, por lo que éste tipo de estudios, se podrían aprovechar para una mejor normatividad y aplicación de la Justicia consuetudinaria y de Paz, puesto que es notorio un mayor respeto y mayor efectividad del derecho alternativo en las comunidades más elevadas y alejadas de las ciudades, que en las zonas bajas, más amestizadas y modernizadas. / Tesis
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Comprensión y justificación de la responsabilidad extracontractual

Papayannis, Diego M. 18 October 2010 (has links)
Dos teorías dominantes en el ámbito académico se atribuyen la mejor explicación de la responsabilidad extracontractual. El análisis económico sostiene que los conceptos fundamentales de la práctica cobran su mayor sentido cuando se los inter¬preta a la luz del objetivo social de mantener el coste de los accidentes en un nivel óptimo. Para los partidarios de la justicia correctiva, en cambio, la responsabilidad extracontractual regula las interac¬ciones privadas de los indi¬viduos imponiendo al causante del daño la obligación de indemni¬zar de modo que se rectifiquen a la vez las pérdidas y las ganancias injus¬tas. Argumentaré que la responsabilidad extracontractual es una práctica mucho más compleja de lo que estas dos teorías suponen. Su estructura está con¬formada tanto por principios correctivos como distributivos. A su vez, la noción de derechos y deberes de indemnidad permite comprender de qué manera estos principios están articulados. / Two important theories claim to provide the best explanation of tort law. The Law and Economics movement holds that the fundamental concepts of the practice are best understood when they are interpreted in light of the social goal of maintaining the costs of accidents at an optimal level. According to corrective justice proponents, on the other hand, tort law regulates the private interactions of persons imposing the duty to compensate upon the causal agent of the harm, in order to rectify at the same time wrongful gains and losses. I will argue that tort law is a much complex practice that these two theories assume. Its structure is conformed both by corrective and distributive principles. In turn, the notion of indemnity rights and duties allow us to understand the way these principles are articulated.
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O acesso à justiça e o direito à educação infantil: um estudo sobre a atuação da defensoria pública do Estado de São Paulo

Cajuella, Fayola Sant'Anna 20 June 2016 (has links)
Submitted by Fayola Sant' Anna Cajuella (faycaju@gmail.com) on 2016-07-26T16:28:35Z No. of bitstreams: 1 Dissertação_Fayola_Biblioteca_2016_para publicar_OK.pdf: 888627 bytes, checksum: e89a4eebb8bcd9b6e122051cfc529529 (MD5) / Approved for entry into archive by Letícia Monteiro de Souza (leticia.dsouza@fgv.br) on 2016-07-26T17:01:30Z (GMT) No. of bitstreams: 1 Dissertação_Fayola_Biblioteca_2016_para publicar_OK.pdf: 888627 bytes, checksum: e89a4eebb8bcd9b6e122051cfc529529 (MD5) / Made available in DSpace on 2016-07-26T17:29:45Z (GMT). No. of bitstreams: 1 Dissertação_Fayola_Biblioteca_2016_para publicar_OK.pdf: 888627 bytes, checksum: e89a4eebb8bcd9b6e122051cfc529529 (MD5) Previous issue date: 2016-06-20 / El objetivo de este trabajo consiste en verificar la actuación de la Defensoría Pública de San Paulo en relación a la protección del derecheo a la educación infantil para entender como esta desempeña la defensa de los derechos a la enseñanza infantil para los necesitados. El problema de investigación consiste en examinar el papel de la Defensoría Pública en la garantía del derecho al acceso a los cupos en los jardines infantiles y preescolares para niños de cero a cinco años en el Municipio de San Paulo. El presente estudio parte del marco teórico productivo, en la década de 1970, a partir del informe al respecto del Acceso a la Justicia de Mauro Cappelletti y Bryant Garth. Con esa finalidad fueron realizados levantamientos teóricos y entrevistas semi-estructuradas. Se verificó, todavía, que la legitimidad activa de la Defensoría Pública para la proposición de la acción civil pública (Ley n.º 7.347/85 alterada por la Ley n.º 11.448/2007) se configuró como punto de intersección entre la Defensoría Pública y el Ministerio Público. Se indicó, como horizonte para enfrentar esos defectos el perfeccionamiento de mecanismos de diálogo intrainstitucional e interinstitucional con los demás integrantes del sistema de justicia. Se concluye como desafío la necesidad de rever la conducta interna por la Defensoría Pública del Estado de San Paulo de las acciones judiciales y extrajudiciales en casos de derechos difusos y colectivos a partir del contexto de litigio estratégico teniendo en vista la naturaleza plurilateral de los conflictos de justicia distributiva. / O objetivo deste trabalho consiste em verificar a atuação da Defensoria Pública do Estado de São Paulo na proteção do direito à educação infantil para entender como esta desempenha a defesa do direito ao ensino infantil para os necessitados. O problema de pesquisa consiste em examinar o papel da Defensoria Pública na garantia do direito ao acesso às vagas em creches e pré-escolas para crianças de zero a cinco anos no Município de São Paulo. O presente estudo parte do marco teórico produzido, na década de 1970, a partir do relatório a respeito do Acesso à Justiça, de Mauro Cappelletti e Bryant Garth. Com essa finalidade foram realizados levantamento teórico e entrevistas semiestruturadas. Durante a pesquisa, a base territorial para a Defensoria Pública do Estado de São Paulo configura-se um desafio perante a expansão institucional instituída pela Emenda Constitucional n.º 80/2014 quanto diante da influência da demanda pela política pública de educação infantil municipal no tocante à oferta de vagas em creches e pré-escolas na capital do Estado. Verificou-se, ainda, que a legitimidade ativa da Defensoria Pública para a proposição da ação civil pública (Lei n.º 7.347/1985 alterada pela Lei n.º 11.448/2007) configura-se como ponto de intersecção entre a Defensoria Pública e o Ministério Público. Indicou-se, como horizonte para enfrentar esses desafios, o aperfeiçoamento de mecanismos de diálogo intrainstitucional e interinstitucional com os demais integrantes do sistema de justiça. Conclui-se pela necessidade de rever a condução interna pela Defensoria Pública do Estado de São Paulo das ações judiciais e extrajudiciais em casos de direitos difusos e coletivos a partir do contexto de litígio estratégico, tendo em vista a natureza plurilateral dos conflitos de justiça distributiva.
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Communitarian Justice and the Struggle for a Law, Which Regulates the Coordination of the Judicial Systems / La justicia comunitaria y la lucha por una ley de coordinación de la justicia

Brandt, Hans-Jürgen 10 April 2018 (has links)
The Constitution of Peru claims a law, which regulates the coordination of the indigenous justice with the national judicial system. But since 1993 when the Constitution was enacted, Congress has failed to fulfill this task. The article describes the problems resulting from this legal vacuum and substantiates the need for a law of intercultural coordination of the judiciaries. However, the content of the required law is controversial. In the discussion four currents of opinion can be determined. The end points are characterized, on the one hand, by the «minimalists», who want to reduce the legal competences of the communities to a minimum, and the «maximalists», on the other hand, who advocate unlimited competences of the indigenous judiciary. The article analyzes the arguments of the different currents of opinion and identifies the challenges of the legislative work. / La Constitución Política del Perú reclama una ley de coordinación de la justicia comunitaria con las instancias del Poder Judicial. Sin embargo, el Congreso sigue, desde 1993 cuando se promulgó la Carta Magna, sin cumplir con esta tarea. El artículo describe los problemas que resultan de este vacío legal y fundamenta la necesidad de la Ley de Coordinación Intercultural de Justicia. No obstante, el contenido de la ley es controvertido. En el debate se puede determinar cuatro corrientes de opinión. Los extremos son representados, por un lado, por los «minimalistas», que quieren reducir las facultades de los fueros comunitarios a un mínimo, y los «maximalistas», por el otro lado, que reclaman competencias ilimitadas para las instancias comunales. El artículo analiza los argumentos de las diferentes corrientes e identifica los retos de la tarea legislativa.
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El Ombudsman ambiental en Chile como posible respuesta al estándar de acceso a la justicia ambiental del Acuerdo de Escazú

García-Huidobro Fernández, Patricia January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo realizar un análisis de carácter descriptivo en relación a la legitimación activa en materia de justicia ambiental, especialmente vinculado a las nuevas exigencias del Acuerdo de Escazú y a la figura del ombudsman o Defensor del Pueblo Ambiental como posible respuesta en Chile. Para llevar a cabo lo anterior, se comenzará por la descripción del Acuerdo de Escazú y de aquellos planteamientos en relación al acceso a la justicia ambiental que constituyen un nuevo estándar de exigencia a nivel regional. A continuación, se realizará un estudio de la normativa y doctrina nacional más importante en materia de acceso a la justicia ambiental y las diversas acciones que consagra el ordenamiento jurídico chileno, para lo cual se realizará una descripción de dichas acciones con sus características más relevantes mencionando brevemente sus elementos y finalidades. En tercer lugar, se llevará a cabo una lectura detallada de la institución del ombudsman, revisando aquellos estándares propuestos por las organizaciones internacionales para la institución y de manera más concreta para el estudio de sus funciones y características principales en la implementación a través de la revisión de la normativa legal de algunos países como Argentina, Costa Rica, Perú o Venezuela para este órgano. Así, luego del estudio del Acuerdo de Escazú, de nuestro ordenamiento jurídico en materia de legitimación en el acceso a la justicia ambiental y el análisis de la institución del ombudsman, se pudo concluir en relación al aporte que tendría la figura del ombudsman ambiental de acuerdo al proyecto de ley actualmente en tramitación en nuestro país.

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