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Informe sobre la Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPITrefogli Wong, Franchesca Nicolle 15 February 2022 (has links)
La Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor en su artículo 1d reconoce el
derecho de todo consumidor a “un trato justo y equitativo en toda transacción comercial y a
no ser discriminados por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquier otra índole”, por lo tanto, prohíbe expresamente que los proveedores
discriminen a los consumidores, precisando que todo trato diferenciado debe responder a
causas objetivas y razonables; en ese sentido, no todo trato diferenciado es discriminación sino
precisamente el que no se fundamente en causas objetivas y razonables.
En ese contexto, el presente informe se desarrollará la figura de discriminación en el consumo
a partir del análisis a la Resolución Final N° 2758-2019/SPC-INDECOPI (Asociación de
Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica S.A.) en la cual la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi declaró fundada la denuncia
interpuesta en contra del restaurante la Rosa Náutica, pues este último habría incurrido en
discriminación por haber entregado cartas diferenciadas a las mujeres, en las cuales se omitía
la información de los precios, siendo que este actuar no estaría fundamentado en motivos
objetivos y racionales.
En ese sentido, en el presente informe se analizará la argumentación desarrollada por el
Indecopi para resolver la denuncia por discriminación en el consumo, así como las políticas
internas alegadas por el restaurante la Rosa Náutica para entregar cartas diferenciadas a sus
comensales. Finalmente, se cuestionará la sanción impuesta por la Autoridad. / Law 29571: Consumer Protection and Defense Code, in article 1d, recognizes the right of every
consumer to “fair and equitable treatment in all commercial transactions and not to be
discriminated against on the basis of origin, race, sex, language, religion, opinion. , economic
condition or of any other nature ”, and, consequently, it expressly prohibits suppliers from
discriminating against consumers, specifying that all treatment must obey objective and
reasonable causes; In this sense, not all differential treatment is discrimination, but precisely
that which is not based on objective and reasonable causes.
In this context, this report will develop the figure of discrimination in consumption based on
the analysis of Final Resolution No. 2758-2019 / SPC-INDECOPI (Association of Indignant
Consumers Peru against the restaurant La Rosa Nautica SA) in the which the Indecopi
Specialized Room for Consumer Protection founded the complaint filed against the Rosa
Nautica restaurant, since the latter would have incurred discrimination for having delivered
differentiated letters to women, in which the price information was omitted, being that this act
would not be based on objective and rational motives.
In this sense, this report will analyze the arguments developed by Indecopi to resolve the
complaint of discrimination in consumption, as well as the internal policies alleged by the La
Rosa Nautica restaurant to deliver differentiated menus to its guests. Finally, the sanction
imposed by the Authority will be questioned.
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"La discriminación en el consumo a través de los ojos de la Srta. Arbulú” Informe Jurídico sobre la Resolución 1197-2014/SPC/INDECOPIBedoya Bahamonde, Maria Micaela 12 August 2021 (has links)
El presente caso versa sobre un acto de discriminación denunciado por la señorita Godfrey
Arbulú lo cual constituye una infracción a la Ley N° 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor.
El objetivo del presente informe es determinar si efectivamente la discoteca, Gótica,
cometió un acto de discriminación en perjuicio de la señorita Arbulú. Para ello, se
analizará la pertinencia de los medios probatorios aportados durante el procedimiento a
efectos de determinar la existencia de la misma, teniendo en consideración que muchas
veces resulta de difícil probanza para los consumidores acreditar un trato diferenciado.
Asimismo, se analizará si las medidas correctivas y la sanción impuesta resultan idóneas
para evitar que en el futuro se cometan actos de discriminación.
Las conclusiones están detalladas en el acápite 7 del presente informe. / This case deals with an act of discrimination denounced by Ms. Godfrey Arbulú, which
constitutes a violation of Law No. 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor.
The purpose of this report is to determine if indeed the discotheque, Gótica, committed
an act of discrimination to the detriment of Ms. Arbulú. To this end, the relevance of the
evidence provided during the proceeding will be analyzed in order to determine the
existence of such discrimination, taking into consideration that it is often difficult for
consumers to prove that they have been treated differently.
Likewise, it will be analyzed whether the corrective measures and the sanction imposed
are suitable to prevent future acts of discrimination.
The conclusions are detailed in section 7 of this report
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Mitigación del riesgo de responsabilidad administrativa en consorcios que participan en contrataciones públicasGutiérrez Quispe, Malú Pierina 24 January 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación surge ante el análisis de resoluciones emitidas por
el Tribunal de Contrataciones del Estado que sancionan de manera solidaria a los
miembros de consorcios por la presentación de documentación falsa ante las
entidades públicas. El problema se origina en que las empresas, a pesar de contar con
herramientas destinadas a individualizar responsabilidades, no definen las
obligaciones de aporte documental que corresponden a cada integrante de un
consorcio, en los documentos presentados ante las entidades públicas o; haciéndolo lo
realizan de manera deficiente, a través de la suscripción de pactos que se contradicen
entre sí. Los objetivos de la investigación son determinar la importancia de los
consorcios y la necesidad de complementación de prestaciones cuyo desarrollo de
forma individual no resulta eficiente, analizar la responsabilidad administrativa solidaria
en materia de contrataciones con el Estado y su implicancia en la conformación de
consorcios para; finalmente, identificar casuística en la cual el Tribunal de
Contrataciones del Estado sancionó de manera solidaria a todos los integrantes de un
consorcio por la presentación de documentación falsa, al no haberse definido la
obligación de aporte documental en los documentos presentados ante las entidades
públicas. La principal conclusión a la que se arriba en el trabajo de investigación es
que las empresas no delimitan las obligaciones de aporte documental en la promesa
formal de consorcio, en el contrato de consorcio ni en otro documento de fecha y
origen cierto; motivo por el cual se exponen al riesgo de ser sancionadas en forma
solidaria ante la presentación de documentación falsa, siendo inhabilitadas para
contratar con el Estado. / Trabajo de investigación
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Las trampas de la razón (sexual) punitiva. El endurecimiento del delito de violación sexual -contenido en el artículo 170 del Código Penal peruano- y su vínculo con la (re)producción de subjetividades e imaginarios que agravan la situación de vulnerabilidad de las mujeresSánchez Hinojosa, Mayra Alejandra 16 December 2020 (has links)
La presente tesis, desde el enfoque de la «criminología crítica feminista», identifica y analiza los
imaginarios y las subjetividades que son (re)producidos, justificados y legitimados por el tipo
penal de violación sexual regulado en el artículo 170 del Código Penal de 1991. La apuesta de
este estudio es feminista, interseccional y decolonial. Así, tiene por finalidad visibilizar las
limitaciones de la ley penal; cuestionar su efectividad para garantizar una «justicia de género –
feminista-» y; evidenciar que, contrario a lo que se pretende, su utilización recrudece la situación
de vulnerabilidad de las mujeres –especialmente, y de manera diferenciada, sobre aquellas cuyas
vivencias se encuentran atravesadas por una serie de estructuras de opresión-. Por ello, la
pregunta que guía este estudio es: ¿cómo la apuesta punitiva en torno al delito de violación sexual
reproduce, legitima y refuerza estructuras, subjetividades e imaginarios que agravan la situación
de vulnerabilidad de las mujeres en Perú? La hipótesis que se desarrolla en esta investigación es
que es no es posible alcanzar una «justicia feminista» por medio de herramientas del poder
punitivo que son per se excluyentes, racistas, coloniales, clasistas y patriarcales. Por el contrario,
la utilización de estrategias punitivas refuerza las estructuras de opresión –cimentadas en el
orden de género y el orden de raza- que (re)producen la violencia en primer lugar.
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La responsabilidad del empleador frente a un esquirolaje interno “impropio”Pacheco Chile, Gabriela Milagros 29 November 2023 (has links)
La presente tesis plantea analizar un supuesto de esquirolaje interno, al cual
denominaremos esquirolaje interno “impropio”, ello porque la acción de sustitución la
asumen, por voluntad propia, los trabajadores que no se encuentran dentro del ámbito de
la huelga – trabajadores no huelguistas, con ese fin, desarrollaremos como esta figura se
materializa en el escenario de una huelga legal y concretamente, estableceremos si la
responsabilidad de este acto contrario al derecho de huelga, le puede ser atribuible al
empleador.
Para ello, como parte de un marco teórico previo, identificaremos conceptos importantes
respecto al derecho de huelga, así como algunas reflexiones vinculadas entre este derecho
y la libertad de empresa, advirtiendo algunos hechos adoptados por el empleador frente
al desarrollo de una huelga que naturalmente, le genera un daño. Asimismo, analizando
el alcance de los efectos de la huelga, definiremos que derechos les corresponden a los
trabajadores no huelguistas, en ese escenario de conflicto.
Luego, a partir del poder de dirección propio del empleador, identificaremos conceptos
esenciales relacionados a las facultades del empleador como titular de la organización
productiva, para así, plantear que el empleador es responsable de todo acto contrario al
derecho de huelga, más aún si proviene de sus trabajadores, en tanto, al tener la
conducción y dirección de sus actividades, debe adoptar una conducta diligente y activa,
evitando que se realice cualquier actividad que pueda ser contraria al derecho de huelga
y a los efectos que de ella deriven.
Como complemento, examinaremos el esquirolaje interno “impropio” como una
infracción administrativa a la luz del principio de culpabilidad, específicamente en
relación a los principios de la personalidad de las sanciones y la exigencia de dolo o culpa. / This thesis aims to analyze a case of internal scab, referred to here as "improper" internal
scab. This term is used because it involves the substitution action taken voluntarily by
workers who are not part of the strike, referred to as non-striking workers. The primary
objective is to investigate whether the responsibility for this action, which contradicts the
right to strike, can be attributed to the employer.
To achieve this goal, we will first establish a theoretical framework by identifying key
concepts related to the right to strike. We will also explore the interconnectedness of this
right with the freedom of business, taking into consideration actions taken by the
employer during a strike that may naturally result in harm. Additionally, we will analyze
the rights afforded to non-striking workers within this conflict scenario.
Subsequently, we will delve into the employer's managerial authority, highlighting
essential concepts related to their role as the head of the productive organization. Our
objective is to argue that the employer should be held accountable for any actions that go
against the right to strike, particularly if these actions are undertaken by their employees.
Given their responsibility for guiding and overseeing the activities of their workforce,
employers should exercise due diligence and actively prevent any activities that
contravene the right to strike and its potential consequences.
To supplement this examination, we will scrutinize "improper" internal scabbing as an
administrative offence in light of the principle of culpability, with a specific focus on
principles of sanctions and the requirement of intent or guilt related to this phenomenon.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 01789-2010-0-1081-JR-CA-08, E2531 sobre proceso contencioso administrativo contra la Resolución General N° 140-2009-GDU-MSS emitida por la Municipalidad de Santiago de Surco en el marco de la regularización de una infraestructura de telecomunicaciones instalada por América Móvil Perú S.A.C. antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 29022Cuba Montesinos, Ronny André 12 December 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la controversia suscitada entre la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco y América Móvil Perú S.A.C. a raíz de la solicitud formulada por esta
empresa que tenía como finalidad la regularización de una infraestructura de
telecomunicaciones instalada antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 29022, Ley para la
Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones. Dicha solicitud fue denegada
fácticamente por la municipalidad puesto que no se habrían cumplido con ciertos requisitos.
Al respecto, América Móvil Perú S.A.C. consideró que dicha denegatoria fue ilegal debido a
que la municipalidad no habría hecho efectiva la aplicación del Silencio Administrativo Positivo
por lo que, tras presentar el recurso correspondiente, la controversia llegó a instancias
judiciales.
En ese sentido, postulamos como principal hipótesis que no correspondía aplicar el Silencio
Administrativo Positivo toda vez que sí ha existido una actividad material por parte de la
municipalidad, la cual a su vez desembocó en un acto administrativo. Dicho acto, pese a su
ilegalidad manifiesta, produjo efectos jurídicos debido a la presunción de validez del acto
administrativo. Dicho ello, al haber existido un pronunciamiento denegatorio por parte de la
municipalidad correspondía la interposición de recursos impugnatorios.
Para llegar a dicha conclusión, recurrimos, en primer lugar, a revisar el marco normativo del
sector telecomunicaciones vigente durante el acaecimiento de los hechos, así como el
ordenamiento jurídico relativo a las funciones y competencias de los gobiernos locales.
Posteriormente, se analizó la naturaleza jurídica del acto administrativo con la finalidad de
verificar la validez jurídica de los actos y declaraciones emitidas por la Municipalidad.
Finalmente, analizamos la naturaleza jurídica del Silencio Administrativo Positivo para poder
conocer sus principales características y formular nuestra toma de posición respecto a la
principal controversia tramitada en este expediente.
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Análisis del régimen de responsabilidad objetiva en el procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones del Estado: ¿Es viable plantear la responsabilidad subjetiva en todos los tipos infractores?Villavicencio Benites, Luis Fernando 10 November 2023 (has links)
En el presente trabajo de investigación se pretende demostrar la necesidad de
adoptar el criterio de responsabilidad subjetiva en el régimen sancionador de las
contrataciones del Estado. Como se verá en el desarrollo del referido análisis, el
criterio de responsabilidad subjetiva es mucho más garantista de los derechos
de los administrados, en comparación con su contrapartida, la responsabilidad
objetiva. Sin perjuicio de ello, es importante señalar que no aspiramos a sugerir
que la responsabilidad subjetiva prime en todos los tipos infractores establecidos
en la normativa en materia de contrataciones del Estado; sino, a través del
estudio de las tendencias adoptadas por el Tribunal de Contrataciones del
Estado en sus resoluciones emitidas durante el primer trimestre del año 2020,
establecer, qué tipo de régimen es el más conveniente para cada infracción,
desde una perspectiva de eficiencia. Ello debido a que, si bien el criterio de
responsabilidad subjetiva es el más garantista de derechos, importa también
tener claro si conviene o no aplicarlo a ciertos tipos infractores o si es que su
empleo es irrelevante para la determinación de responsabilidad de los
administrados. / In the following research aims to demonstrate the need to adopt the criterion of
subjective liability in the sanctioning regime of State Contracting. As will be seen
in the development of the aforementioned analysis, the criterion of subjective
liability is much more guaranteeing of the rights of the administered, in
comparison with its counterpart, objective liability. Notwithstanding this, it is
important to point out that we do not aspire to suggest that subjective liability
prevails in all types of infringement established in the regulations on State
Contracting; but, through the study of the trends adopted by the State Contracting
Court in its resolutions issued during the first quarter of 2020, establish what type
of regime is the most convenient for each infraction, from an efficiency
perspective. This is due to the fact that, although the criterion of subjective liability
is the most guarantor of rights, it is also important to be clear about whether or
not it should be applied to certain types of offenders or whether its use is irrelevant
for determining the liability of the administered.
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Hacía una adecuada regulación del trabajo a través de plataformas digitales en el Perú: A propósito de los proyectos legislativos presentados a la fechaBriones Zegarra, Joaquín Santiago 11 March 2024 (has links)
La prestación personal de servicios a través de plataformas digitales es un tema
vigente y controvertido en el Derecho Laboral. Si bien mucho se ha debatido sobre
la naturaleza subordinada o autónoma de estos servicios, la precariedad
manifestada en esta clase de labores exige una respuesta urgente del ordenamiento
jurídico. Partiendo de la base de que tales formas de empleo son, en efecto,
auténticas relaciones laborales, el presente ensayo tiene como propósito analizar la
viabilidad y justificación de la creación de un régimen laboral especial; así como los
principales puntos que el legislador eventualmente deberá considerar. Con ese
objetivo, se analizan también, desde una perspectiva crítica, los proyectos de ley
presentados a la fecha en el Perú, y se esbozan algunas oportunidades de mejora.
PALABRAS / The personal provision of services through digital platforms is a current and
controversial issue in Labor Law. Although much has been debated about the
subordinate or autonomous nature of these services, the precariousness manifested
in this kind of services requires an urgent response from the legal system. Based on
the fact that such forms of employment are, indeed, authentic labor relations, the
purpose of this essay is to analyze the feasibility and justification of the creation of a
special labor regime; as well as the main points that the legislator should eventually
consider. With this objective, the bills presented to date in Peru are also analyzed
from a critical perspective, and some opportunities for improvement are outlined.
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Tratamiento de las pérdidas no técnicas de energía a la luz de la Ley del Impuesto a la RentaJimenez Aylas, Ana Gabriela 04 July 2023 (has links)
En el presente trabajo se analizan los problemas derivados del tratamiento
tributario desarrollado por la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal respecto
a las pérdidas no técnicas de energía, producidas en el marco de las actividades
de transmisión de las empresas pertenecientes al sector eléctrico. A pesar de
mediar diversos pronunciamientos, no se ha establecido de forma clara los criterios
bajo los cuales este gasto puede o no ser deducible, producto de la existencia de
criterios contradictorios, bajo los cuales se exige o exime diversos requisitos para
su deducción. Este trabajo tiene como finalidad analizar los mencionados criterios
antes indicados y, a la luz de la regulación sectorial y, específicamente, a la
naturaleza de las pérdidas no técnicas de energía, examinar las diferentes
opciones mediante las cuales se podría deducir este concepto. Como resultado del
presente análisis, se llega a la conclusión que las pérdidas no técnicas de energía
califican como “pérdidas ordinarias” que se producen en el desarrollo de las
actividades de transmisión de las empresas de energía, las cuales, a pesar de no
encontrarse reguladas de forma específica en la normativa del impuesto a la renta,
deben ser deducibles conforme la aplicación del principio de causalidad establecido
en la Ley del Impuesto a la Renta. / The current article analyzes the problems derived from the tax treatment
developed by the Tax Administration and the Tax Court regarding non-technical
energy losses, produced within the framework of the transport activities of
companies belonging to the electricity sector. Despite mediating various
pronouncements, the criteria under which this expense may or may not be
deductible has not been clearly established as a consequence of the existence
of contradictory criteria, under which various requirements for its deduction are
required or exempted. The purpose of this paper is to analyze the aforementioned
criteria and, in light of the sectoral regulation and, specifically, the nature of nontechnical
energy losses, examine the different options through which this concept
could be deduced. As a result of this analysis, it is concluded that the nontechnical
energy losses that occur in the development of the transmission
activities of energy companies qualify as "ordinary losses", which, despite not
being specifically regulated in the regulations of the income tax, must be
deductible in accordance with the application of the causality principle
established in the Income Tax Law. / Trabajo académico
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Informe sobre Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPIVillegas Angeldonis, Marisol 02 August 2023 (has links)
Este trabajo versa sobre una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores
Indignados Perú (ACIP) contra La Rosa Náutica S.A. por presuntamente atentar lo
estipulado en el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En
tanto, se habría detectado que la denunciada entregaba dos cartas distintas a los
comensales, cartas con precios a los varones y sin precios a las mujeres.
Mediante Resolución N° 0271-2019/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor
declaró infundada la denuncia, puesto que no se acreditó actos discriminatorios. La
Asociación, apela la decisión y mediante Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPI la
Sala Especializada en Protección al Consumidor revoca la resolución mediante la que
declaraba infundada la denuncia y reformula declarándose fundada.
En este trabajo, se analizará si con la decisión final del órgano resolutivo el Indecopi
como organismo de protección de los derechos del consumidor cumplió con la función
que se le ha impuesto. Asimismo, con todo lo trabajado en el presente informe se podrá
determinar si la resolución final de la Sala afectó o no la libertad empresarial.
Finalmente, se estudiará el tratamiento de la discriminación al consumidor en el
ordenamiento jurídico peruano. Para con ello determinar si la acción de la Rosa Náutica
reúne los componentes jurídicos que convierten una acción en discriminación.
Después del análisis completo, se podrá advertir que el Indecopi cumplió con su función
protectora hacia el consumidor y, asimismo, sus órganos resolutivos actuaron alineados
con su propia política pública. En esa línea, en el trabajo se anexará esta decisión como
una forma de concretización de las políticas públicas dictadas por el Estado. / This work deals with a complaint filed by the Asociación de Consumidores Indignados
Perú (ACIP) against La Rosa Náutica S.A. for allegedly violating the provisions of Article
38 of the Code of Consumer Protection and Defense. Meanwhile, it would have been
detected that the denounced company delivered two different menus to the diners, men's
price cards and women's price cards without prices.
By Resolution No. 0271-2019/CC2, the Consumer Protection Commission declared the
complaint unfounded, since discriminatory acts were not proven. The Association
appealed the decision and through Resolution N°2758-2019/SPC-INDECOPI, the
Specialized Chamber on Consumer Protection revoked the resolution declaring the
complaint unfounded and reformulated it, declaring it to be founded.
In this paper, we will analyze whether with the final decision of the resolution body,
Indecopi as a consumer rights protection agency complied with the function imposed on
it. Likewise, with all the work done in this report, it will be possible to determine whether
or not the final decision of the Chamber affected entrepreneurial freedom.
Finally, the treatment of consumer discrimination in the Peruvian legal system will be
studied. In order to determine if the action of the Rosa Nautica meets the legal
components that convert an action into discrimination.
After the complete analysis, it will be seen that Indecopi fulfilled its protective function
towards the consumer.
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