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“Alternativas a la problemática del acuerdo común como elemento constitutivo de la coautoría. Alcances dogmáticos y jurisprudenciales.”

Centeno Buendia, Hector Manuel January 2016 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Analiza el artículo 23 del Código penal de 1991, que recoge de forma expresa, la figura de los que realizan el hecho conjuntamente que se identifica tanto por la doctrina como por la jurisprudencia con la tradicional "coautoría". El derecho penal al reconocer la coautoría está extrayendo la consecuencia lógica de que sea posible la división de trabajo. La coautoría concurre cuando, según el plan de los intervinientes, se distribuyen las aportaciones necesarias para la ejecución, sean en todos los estadios del delito, sean entre los distintos estadios, de manera que también personas no participantes en la ejecución codeterminan la configuración de esta, o el que se lleve a cabo o no a cabo. El dominio material del hecho, e incluso el formal, están distribuidos, el resultado es un hecho de varios intervinientes, que son plenamente responsables de la obra total en concepto de autores, siempre y cuando ostenten las cualificaciones de autor específicas del delito. Como el legislador ha preferido evitar una delimitación un poco más precisa de esta figura, caracterizándola únicamente por la concurrencia de una pluralidad de sujetos que realizan el hecho de forma conjunta, sin especificar en qué debe consistir formal o materialmente la intervención de cada uno de ellos, permite realizar una labor de interpretación por parte del operador jurídico. Existen diferentes interpretaciones sobre el concepto de autor entre las defendidas por la doctrina. Se demuestra en la investigación que el criterio delimitador entre la coautoría y otros supuestos distintos de intervención plurisubjetiva en el delito, como serían la autoría accesoria o supuestos de autoría y participación, no puede hacerse depender en ningún caso de elementos exclusivamente de carácter subjetivo, a riesgo de volver a conceptos subjetivos de autoría ya abandonados y el menoscabo a la seguridad jurídica que conllevan. Y, sin embargo, el elemento que en mayor medida parece otorgar entidad propia a la coautoría, el que parece caracterizarla más claramente, es la existencia de un acuerdo de voluntades entre los coautores. Por ello creemos que la problemática del acuerdo como elemento subjetivo de la coautoría no puede explicarse sino dentro de la "teoría de la imputación objetiva del comportamiento", conectada a través del principio de "prohibición de regreso", ya que la teoría del dominio del hecho, no es de gran utilidad en la jurisprudencia para resolver problemas en el orden de autoría y participación y tiende a complicar las decisiones judiciales con apoyo de esta teoría. El problema de delimitación de la tipicidad en los casos de coautoría debe realizarse a través de una labor de interpretación, por parte del operador jurídico, a efectos de no excederse en subsumir las conductas con criterios subjetivos en el ámbito de la participación delictiva. Se tiene que en la coautoría y debido a su peculiar estructura, el coautor debe, en principio, realizar menos de lo que realiza el autor individual en relación con la responsabilidad que finalmente le va a corresponder; en otro caso, la regulación expresa de la coautoría carecería de sentido, pues en todos los supuestos de coautoría podría ser directamente aplicable la autoría inmediata individual. Luego de haber demostrado lo importante que resulta regular en la coautoría la exclusión de conductas neutrales o estereotipadas, recomiendo su incorporación de estas en un segundo párrafo del art. 23° de nuestro CP, con la finalidad de salvaguardar la seguridad jurídica frente a pronunciamientos judiciales incorrectos, sustentados en apreciaciones subjetivas y erróneas y en interpretaciones teórico-dogmáticas en las formas de intervención en el delito. En tal sentido, la regulación total de la coautoría debería ser la siguiente: CAPITULO IV-(código penal-1991)-AUTORÍA Y PARTICIPACIÓNAutoría, autoría mediata y coautoría. Artículo 23°.- El que realiza por sí o por medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente serán reprimidos con la pena establecida para esta infracción. / Agregar al art-23 del CP-un segundo párrafo: “Se excluye la imputación objetiva del hecho cuando la participación se limite a una conducta neutral o estereotipada carente de sentido delictivo”. / Tesis
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La vigencia de los principios registrales en la calificación de las resoluciones judiciales

Bellido Alvarado, Angel Bernabe January 2018 (has links)
El documento digital no refiere un asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Aborda una problemática aun no resuelta en nuestro ordenamiento jurídico vigente; esto es la vulneración de los principios registrales en la calificación de las resoluciones judiciales, cuando el asiento de inscripción o anotación preventiva se extiende bajo apercibimiento del Juez. Para ello, se tiene que recurrir a la misma fuente de los hechos, es decir mediante el estudio de los títulos archivados sobre un universo de 122 títulos dentro del periodo 2012 al 2014 y que fueran inscritos bajo apercibimiento del juez en el Registro de Propiedad Inmueble, Registro de Personas Jurídicas y Registro Personal. El problema se ha convertido en uno de tipo normativo, que va más allá de la interpretación del segundo párrafo del artículo 2011 del Código Civil y que trae como consecuencia las múltiples inscripciones efectuadas por mandato reiterativo del juez vulnerando los principios registrales. Es por ello que la finalidad de la presente tesis es propiciar que las calificaciones de las resoluciones judiciales, se efectúen dentro de un marco normativo, meridianamente claro, sin forzar la inscripción o anotación de las mismas; para lo cual se concluye, tomando como referencia la legislación comparada que enriquece la tesis; que es necesario el cambio normativo propuesto, con lo cual se evitara que la excepcionalidad del artículo 2011 del Código Civil, se convierta en una puerta abierta a la arbitrariedad del Juez en la aplicación del derecho. / Tesis
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El régimen económico de la Constitución Política del Perú y su evolución en el siglo XX

Rodríguez Cairo, Vladimir January 2016 (has links)
El documento digital no refiere un asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Explica los aspectos económicos establecidos en nuestras Constituciones Políticas a lo largo de la historia constitucional así como la implicancia de las reglas de juego de carácter económico en el desempeño económico del país en los siglos XX y XXI. Dentro de este contexto, se formula la siguiente interrogante: ¿Por qué el régimen económico de la Constitución Política de 1993 ha contribuido a fortalecer el marco institucional económico y al buen desempeño económico de nuestro país? Lo que deriva en el planteamiento de la hipótesis general: “El régimen económico de la Constitución Política de 1993, a diferencia de las anteriores, es la que más ha contribuido a fortalecer el marco institucional económico y consiguientemente, al buen desempeño económico del país, debido a que se establecieron normas constitucionales principio y normas constitucionales regla, en respuesta al contexto de crisis económica que atravesaba nuestro país a finales de los años ochenta y al contexto político internacional de la prevalencia de reglas de juego claras en materia económica implementadas en Inglaterra (1979) y Estados Unidos (1982), la caída del Muro de Berlín (1989), el consenso de Washington (1989), la desintegración de la ex Unión Soviética (1991), que fueron determinantes para consolidar principalmente la disciplina fiscal (disminuyendo el tamaño del Estado a través de las privatizaciones), la disciplina monetaria (priorización del control de la inflación mediante la preservación de la estabilidad monetaria) y la liberalización de los mercados (libre competencia y libre iniciativa privada)”. En ese sentido, cabe precisar que el régimen económico se caracteriza por consagrar reglas de juego claras en materia económica dentro la Constitución Política de un país para un determinado tiempo de su devenir histórico. Sin embargo, un aspecto relevante que complementa ese conjunto de normas constitucionales de carácter económico es que existan mecanismos de control para el cumplimiento de las mismas. Definitivamente, la regulación de los aspectos económicos en una Constitución no es una práctica que haya existido siempre en los diversos países del mundo. La Constitución alemana de la República de Weimar de 1919 es considerada por muchos como la pionera y constituye la base del constitucionalismo económico, ya que estableció el ordenamiento jurídico fundamental de la actividad económica. Para otros, es la Carta Magna de 1215 la primera en fijar aspectos económicos, porque en ella se dispusieron limitaciones a la potestad tributaria del Monarca. No obstante lo anterior, actualmente existe un mayor consenso sobre la importancia del régimen económico como marco institucional que contribuye positivamente en el desempeño económico de un país. Es así que, en todas nuestras constituciones podemos encontrar referencias económicas algunas en las que predominan la intervención del Estado en la economía y otras de tendencia liberal. Sin embargo, las Constituciones de 1979 y 1993 son la que dedican un título específico a los temas económicos. / Tesis
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Ladrillos sin arcilla: la utilidad del derecho y economía como herramienta explicativa de las particularidades del diseño y funcionamiento del sistema tributario municipal peruano actualmente vigente, con énfasis en los tributos municipales vinculados a la propiedad predial

Sam Chec, Félix Fernando 07 July 2015 (has links)
Tesis
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La necesidad de una política pública en favor de la sindicación, como derecho fundamental y humano

Núñez Therese, Pamela del Rocío 04 March 2014 (has links)
Tesis
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¿Es un rol mediador el que efectivamente cumple la Defensoría del Pueblo de Perú en los conflictos sociales?

Huaroc Portocarrero, Jean Carlo 26 June 2017 (has links)
Al concluir mis estudios universitarios de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú consideré, como modalidad para optar el grado de abogado, realizar una investigación que signifique un valor agregado al pensamiento jurídico y cuya repercusión sea de utilidad al leitmotiv de mi formación profesional: la persona humana. De esta manera, el desarrollo de la presente investigación, que asume la modalidad de Memoria Profesional porque involucra el desarrollo de mi experiencia profesional en la Defensoría del Pueblo de Perú en la mediación de los conflictos sociales, tiene un pie en la perspectiva de la reflexión y el otro en la acción. Históricamente, el conflicto, la disputa o controversia han sido lo que más han impulsado al ser humano hacia la evolución. En igual sentido se encuentran los conflictos sociales que constituyen espacios de incertidumbre tanto para las personas como para el Estado. Desde que empezó el siglo XXI, el Derecho no es ajeno al impacto del conflicto social que por su complejidad y novedad en la realidad social, constituye un desafío al pensamiento jurídico y a su efectividad. / Memoria
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Las microfinanzas y la inclusión financiera en las zonas rurales del departamento de Lima

Nolazco Barraza, Manuel Orlando January 2015 (has links)
El documento digital no refiere asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Analiza los factores determinantes de la exclusión financiera de los productores de las zonas rurales del departamento de Lima, a partir del comportamiento de los indicadores de rentabilidad y calidad de los activos de las instituciones formales de microfinanzas y de la demanda de crédito formal. En esta perspectiva, desde el punto de vista de la oferta de los servicios financieros, el estudio evidencia que el deterioro sostenido de la rentabilidad de los activos (ROE), de la rentabilidad patrimonial (ROE) y de la calidad de los activos de las instituciones formales de microfinanzas, en el período 2009 al 2013, han incidido de manera desfavorable en la exclusión financiera de los productores rurales. Por otra parte, desde el lado de la demanda de crédito formal, los elevados gastos financieros de los usuarios del crédito, las dificultades para disponer de las garantías requeridas y el título de propiedad de las tierras, así como el tamaño de propiedad de las unidades de producción y la reducida cobertura de los servicios de capacitación, asistencia técnica y asesoría empresarial, constituyen los principales factores determinantes de la exclusión financiera de los productores. En este contexto, se propone un conjunto de lineamientos de inclusión financiera con la finalidad de contribuir a la solución del problema de la exclusión financiera en los ámbitos rurales del departamento de Lima. / Tesis
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El paso del tiempo en el derecho penal : ¿por qué prescriben los delitos?

Morales Nakandakari, Pamela Midori 06 July 2018 (has links)
La prescripción de la acción penal es una institución que limita el Ius puniendi del Estado. Cuando opera esta figura, se extingue la posibilidad de que la autoridad competente se pronuncie respecto a un hecho de relevancia penal. Esta es una regla que ha estado presente en todos los códigos penales peruanos; sin embargo, ni la doctrina especializada ni la jurisprudencia ofrecen una explicación satisfactoria acerca de cuáles son los fundamentos que justifican su aplicación. En atención a ello, el objetivo de la presente investigación consiste en determinar si, en la actualidad, la regulación de la prescripción de la acción penal en el ordenamiento jurídico peruano se encuentra justificada. La tesis inicia con un breve recorrido histórico sobre el origen de la prescripción de la acción penal. Se describe cómo se dio su incorporación en la legislación peruana y se analiza su regulación en cada Código Penal, incluido un repaso de cómo funciona en Derecho comparado. De manera posterior se realiza un análisis crítico de cada una de las razones que, de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia, fundamentan la prescripción. Se determina que ninguna de las razones brindadas logra justificar que la referida institución se encuentre regulada en el ordenamiento jurídico peruano. Los argumentos señalados pudieron funcionar siglos atrás; no obstante, resultan insuficientes en la actualidad. Al ser descartadas las referidas razones, se apuesta por una nueva justificación. Se considera que la prescripción de la acción penal sí tiene una razón de ser; sin embargo, lejos de cumplir una función tuitiva, como señalaban la mayoría de las razones alegadas históricamente, se trata de una regla que se fundamenta en razones de política criminal. La prescripción responde a la necesidad de aligerar la carga procesal con el fin de permitir que el sistema de persecución penal funcione de la manera más eficiente posible y con ello, evitar que el sistema de administración de justicia colapse. / Tesis
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Análisis de las condiciones copulativas establecidas en el test de protección de la jornada máxima de trabajo para los trabajadores mineros, según el Tribunal Constitucional

Lopez Reyes, Mirlod Nincol 16 February 2018 (has links)
En el presente trabajo académico se analiza y desarrolla cada una de las condiciones copulativas establecidas en el denominado “test de protección de la jornada máxima de trabajo para los trabajadores mineros”, con el objetivo de comprender a mayor profundidad, la importancia de las condiciones establecida por el Tribunal Constitucional para su correcto cumplimiento y verificación. Además, se aborda los cambios de criterios que ha venido tomando el Tribunal Constitucional a lo largo del tiempo, en relación a qué entidad pública y/o privada le corresponde la verificación del test mencionado, para lo cual, se hizo una investigación recurriendo a las entidades públicas para conocer de cerca la situación actual de las verificaciones que han efectuado las entidades correspondientes, producto de ello, se observó que existe desconocimiento, falta de presupuesto y escazas verificaciones respecto al test de protección indicado / Trabajo académico
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Enrique Iturriaga Romero: obra e influencia en la música contemporánea del Perú 1947 - 1974

Maggiolo Dibos, Ana Teresa Guillermina January 2018 (has links)
Busca acerca al lector a la obra musical peruana compositor Enrique Iturriaga Romero (1918), así como a la historia social e histórica papel que su trabajo ha ejercido sobre el pueblo peruano. Iturriaga vive en un siglo caracterizado por numerosos avances sociales y tecnológicos en el mundo. Su formación artística recibió los impactos e influencia de la cultura tradicional del Perú y la cultura de Europa occidental, creando así un mestizaje cultural sin precedentes. Se realiza un análisis de algunas de sus composiciones más representativas, descubriendo en ellos elementos de las culturas que él representa, lo que dará como resultado en la contribución a una nueva estética nacional peruana. De la misma manera, Iturriaga realiza un importante trabajo pedagógico que trasciende todos los niveles. Comprender el trabajo del compositor Iturriaga nos ayuda a entender mejor nuestra historia, nuestro origen y permanece como evidencia de nuestro sincretismo cultural. / Tesis

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