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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°1735- 2008-AA/TC, recurso de agravio constitucional de Shougang Hierro Perú contra la sentencia expedida por la Corte Superior de Justicia de Lima por improcedencia de amparo

Devoto Ykeho, Andres Yvan 14 January 2022 (has links)
El caso trata de la interposición de un Recurso de Agravio Constitucional contra la Resolución N° 2 de fecha 28 de enero del 2008 de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima interpuesto por Shougang Hierro Perú. Dicha resolución se declaró la improcedencia liminar de la demanda de amparo contra la Ordenanza Municipal N° 006-2007-A/MPN que vulneraba según el demandante sus derechos a la libertad de empresa e industria, así como el derecho a la propiedad, al trabajo, al debido proceso y a la defensa. En un primer momento el 45° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda. Consecuencia de la apelación presentada por Shougang es que en segunda instancia se vuelve a declarar improcedente. Este recurso de agravio constitucional presentado ante el Tribunal Constitucional fue resuelto en la Sentencia del 20 de mayo de 2008 recaída en el Expediente N° 1735-PA/TC. El Tribunal declaró procedente y fundada la demanda por haberse vulnerado el derecho a la libertad contractual de la demandante. El informe se justifica por la necesidad de analizar la procedencia de un amparo frente a la vigencia de normas urbanísticas. Asimismo, se requirió un análisis del proceso para la aprobación de planes urbanos mediante ordenanza de gobiernos locales. El informe tiene como objetivo determinar si la postura del Tribunal Constitucional es correcta a la luz del derecho constitucional y urbanístico peruano. Concluimos que la sentencia fallo de manera correcta respecto a la libertad contractual. No obstante, dada las graves deficiencias encontradas en el proceso de formulación y aprobación del plan urbano, falto un análisis respecto al debido proceso en su variante subjetiva.
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¿Resulta constitucional la censura?: Caso Paisana Jacinta

Velez Montoya, Valeria Victoria 02 August 2023 (has links)
La pregunta principal que aborda este informe jurídico es acerca de la necesidad de la censura del programa “Paisana Jacinta” frente a los estereotipos que perpetúa, que finalmente hace que se vulneren los derechos a la Dignidad humana, Igualdad y No Discriminación, al Honor y a la Identidad Étnica y Cultural de las mujeres andinas. Ello, considerando que hay otro derecho en coalición, el derecho a la libertad de expresión, en este caso artística, del creador del programa Jorge Benavides. Es relevante mencionar que, pese a que se evidencia la vulneración de derechos, hay otros factores que tienen un rol importante en la decisión de apoyar la no censura. Hay que considerar, pues, que existen otros mecanismos menos gravosos que podrían ser más beneficiosos que una mera prohibición. Además, es necesaria la intervención del Estado a través de políticas públicas, de cara a concientizar a los ciudadanos, para que estos, desde su libertad, elijan contenidos que se alineen con el respeto y valoración de la diversidad existente en nuestro país. Hay que recordar, en ese sentido, que si un programa no tiene el apoyo de los televidentes no podrá seguir en la plataforma, por lo que resulta importante la educación a este mismo para una elección más consciente / The main question that this legal report addresses is about the need for censorship of the "Paisana Jacinta" program because of the stereotypes that it perpetuates, which ultimately causes the violation of rights like Human Dignity, Equality and Non-Discrimination, Honor and the Ethnic and Cultural Identity of Andean women. This, considering that there is another right in coalition, the freedom of expression, in this case the artistic freedom of expression of the creator of the program Jorge Benavides. It is relevant to mention that despite the fact that the violation of rights is evident, there are other factors that play an important role in the decision to support noncensorship. It must therefore be considered that there are other less burdensome mechanisms that could be more beneficial than a mere prohibition. In addition, the intervention of the State is necessary through public policies, in order to raise awareness among citizens, so that they, from their freedom, will choose content that is aligned with the respect and appreciation of the existing diversity in our country. It must be remembered, in this sense, that if a program does not have the support of the viewers, it will not be able to continue on the platform, so it is important to educate them for a more conscious choice
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Informe jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el expediente N° 03066-2019-PA/TC

Landeo Barrantes, Bárbara Yveth 09 August 2023 (has links)
El presente Informe tiene por objeto analizar la sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el expediente N° 03066-2019-PA/TC, en el proceso seguido por las Comunidades Chila Chambilla y Chila Pucará, a través de la cual dicho órgano colegiado afirma que el derecho a la consulta previa no es un derecho fundamental en el ordenamiento jurídico peruano, y, en consecuencia, declara la improcedencia de la demanda. Para tal efecto, a fin de determinar si la decisión adoptada por dicho Tribunal vulnera el derecho a la consulta previa alegado, se analizará, por un lado, las causales de improcedencia de la demanda de amparo reguladas en el Código Procesal Constitucional, y, por otro lado, la correspondencia de la aplicación del derecho a la consulta previa para las Comunidades demandantes, ello, teniendo en cuenta tanto la norma constitucional, como los tratados, jurisprudencia y opiniones vinculantes de organismos internacionales, que son de observancia obligatoria para el Perú. Así pues, del análisis de las herramientas jurídicas antes señaladas, se demostrará que el caso abordado por el Tribunal Constitucional no se encontraba en ningún supuesto de improcedencia procesal, así como que el mismo debió ser declarado fundado, ya que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico peruano, en concordancia con los estándares internacionales aplicables, el derecho a la consulta previa de las Comunidades demandantes debió ser garantizado / The purpose of this Report is to analyze the judgment of the Constitutional Court handed down on file N° 03066-2019-PA/TC, in the process followed by the Chila Chambilla and Chila Pucará Communities, through which said collegiate body affirms that the right to prior consultation is not a fundamental right in the Peruvian legal system, and, consequently, declares the claim inadmissible. For this purpose, in order to determine if the decision adopted by the Constitutional Court violates the alleged right to prior consultation, it will analyze, on the one hand, the grounds for inadmissibility of the amparo claim regulated in the Constitutional Procedure Code, and, on the other hand, the correspondence of the application of the right to prior consultation for the claimant Communities, taking into account both the constitutional norm, as well as the treaties, jurisprudence and binding opinions of international organizations, which are mandatory for Peru. Thus, from the analysis of the aforementioned legal tools, it will be demonstrated that the case addressed by the Constitutional Court was not in any case of procedural inadmissibility, as well as that it should have been declared wellfounded, since, according to the law In Peruvian law, in accordance with applicable international standards, the right to prior consultation of the claimant Communities should have been guaranteed
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Informe Jurídico de la Sentencia Casatoria N° 1888-2012- CUSCO (Exp. N° 97-2006-0)

Bedriñana Livia, Max Anderson 26 July 2023 (has links)
El presente trabajo busca cuestionar los argumentos utilizados por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema en la Sentencia Casatoria N° 1888-2012- CUSCO para impedir que una hipoteca sea transferida vía cesión de derechos junto con la no caducidad adquirida en su constitución. La postura que adopta la Sala Suprema se basa esencialmente en que el cesionario no es una empresa del Sistema Financiero y en que la no caducidad es una facultad de las empresas del Sistema Financiero y no un privilegio de la hipoteca. Sobre los argumentos planteados por la Sala Suprema, en el trabajo se desarrollan contraargumentos sólidos, en los que se sustenta la relevancia de la situación jurídica de crédito por sobre la persona posicionada y la nula razón jurídica para denominar facultad a algo que técnicamente no lo es. Asimismo, se explora la posibilidad de actualizar el concepto de privilegio dentro del ordenamiento peruano a fin de que esta institución no se limite al orden de prelación de cobro. En suma, la conclusión principal es que los argumentos dados por la Sala Suprema carecen de justificación externa en las premisas normativas correspondientes a la cesión de derechos, por lo que la Sentencia Casatoria N° 1888-2012-CUSCO vulnera el derecho fundamental a la debida motivación judicial
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Mecanismos para efectivizar el proceso de alimentos en menores y la subsidiariedad de la omisión a la asistencia familiar

Montero Zuniga, Fanny Fiorella January 2019 (has links)
El proceso de alimentos en nuestro país son materia de todos los días llegando a abordar demasiado tiempo, dinero y sobre gastos innecesarios que perjudican el bien jurídico protegido que es el interés superior del niño. La omisión a la asistencia familiar, es un delito que exige dolo. Por otro lado recurrir a un proceso penal requiere de los principios de última ratio y subsidiariedad, por ello para facilitar y coadyuvar al juez dentro del proceso de alimentos a probar el dolo del obligado, es necesario establecer mecanismos que ayuden a efectivizar los proceso de alimentos en menor y también la subsidiariedad de los procesos de omisión a la asistencia familiar, afirmando que el objetivo de todo esto es comprobar no solo por única omisión del obligado, sino determinar completamente y de forma continua el dolo del padre alimentista, de no querer prestar alimentos a su menor hijo, además de ello se busca la protección al menor.
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La prueba científica en el proceso judicial desde la perspectiva de la búsqueda de la verdad procesal

Jáuregui Flores, Gustavo Rafael 05 April 2022 (has links)
El objetivo del trabajo es analizar si existe o no una sobrevaloración de la prueba científica por parte de los jueces y con ello establecer si se ha creado un mito de cientificidad procesal en la búsqueda de la verdad. Desde un enfoque cualitativo, el estudio aplica el método de análisis de fuente documental, principalmente de la doctrina y de la jurisprudencia nacional y comparada, la misma que permite contrastar los hallazgos y resultados. En ese sentido, se concluye que el juez peruano con una limitada formación científica, integral, holística y argumentativa, depende y confía casi exclusivamente de los resultados de los peritajes que se le ofrecen en los casos, sin realizar una valoración o motivación al respecto, lo que podría significar una renuncia al concepto de que el juez es perito de peritos, y dejando que los peritos o expertos sean quienes, en la práctica, decidan y resuelvan el caso, poniendo en riesgo el derecho fundamental al debido proceso y la búsqueda de la verdad objetiva y material. / The objective of this work is to address whether an overvaluation of scientific evidence by judges exists or does not. Thereby, this would address the creation of the myth of scientific based procedures in the search of truth. From a qualitative approach, this study uses an analysis method. Specifically, the doctrine and national and comparative jurisprudence, which allows to contrast the findings and results. This research shows that Peruvian judges with low scientific, holistic and argumentative education rely on the result of the expert reports given to them in cases excluding a further evaluation which results in the resignation of the role that the judges play as peritus peritorum (expert of experts) and, even more severe, leaving the experts to be the ones who, in practice, decide and resolve the process, which compromise the process and the search for objective and material truth.
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La valoración de la prueba ilícita en el proceso laboral

Hilario García, Jacklyn Cynthia 05 April 2022 (has links)
El artículo aborda la prueba ilícita en el proceso laboral, “La prueba” es una figura que se aplica todo tipo de procesos, civiles, penales, constitucionales, administrativos públicos o privados, pasando al contencioso administrativo, hasta el proceso laboral, incluso arbitral. En todo tipo de proceso se aplica la Prueba. Es conveniente indicar, que se desarrolla como núcleo central criterios conformantes a la calificación de la prueba ilícita dentro los procesos laborales. En el procesal laboral, si bien existe una regulación de la prueba contenida en el subcapítulo VI denominada “Actividad probatoria”, articulo 21 hasta 29 de la nueva ley procesal del trabajo; donde no existe norma propia que desarrolle la prueba ilícita dentro la legislación laboral. De modo que, identificaremos criterios predominantes que los jueces laborales deben tener al referirse de la admisión de validez y eficacia de la “prueba ilícita”, en el proceso laboral. Por tanto, se expone como problema principal, criterios para determinar una prueba ilícita en el proceso laboral; asimismo como problema específico formas que repercute los criterios de la prueba ilícita en el proceso laboral; de la misma manera se justifica de forma práctica, adecuando criterios sobre la prueba ilícita, agregando una nueva forma de evaluar los medios probatorios. Finalmente, se deberá tener presente criterios de la prueba ilícita en aplicación del proceso laboral, posturas que pueden aplicar al proceso, teniendo cuenta nuestro sistema; el juez deberá ponderar cada caso específico en base a medios probatorios y al principio de inmediación tomado de la audiencia de juzgamiento. / This article addresses the illegal evidence in the labor process, where "The evidence" is a figure that applies to all types of processes, be they civil, criminal, constitutional (with their limitations) in public administrative processes or in private administrative, going through the contentious-administrative process, up to the labor process, including the arbitration procedure. In all types of process or procedure the Test is applied. It is convenient to indicate that the criteria conforming to the qualification of the illicit evidence within the labor processes are developed as a central nucleus. Where it is observed that, in labor procedural law, although there is a regulation of the evidence contained in subchapter VI called "Evidence activity", articles 21 to 29 of the new labor procedural law; being that, there is no own norm that develops the mentioned illicit test within the labor legislation, being demonstrated in the present article. Thus, we will identify the predominant criteria that labor judges must take into account when referring to the admission of the validity and effectiveness of the so-called "illegal evidence", within the framework of the labor process. Therefore, that is why the main problem has been exposed, the criteria to determine an illegal test in the Peruvian labor process; Likewise, as a specific problem, the forms that the criteria of illegal evidence affect in the labor process; in the same way, it is justified in a practical way, because it seeks to adapt criteria on illegal evidence by adding a new way of evaluating the evidentiary means of the labor process. Finally, we will propose that the criteria of illegal evidence should be taken into account in the application of the labor process, such as its application or its legal nature, positions that can be applied to the process, taking into account our system. Existing positions of its application in comparative law, the judge must weigh each specific case based on the evidence and the principle of immediacy taken from the trial hearing.
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Hacia una regulación de la tutela colectiva en el Perú

Alva Alvarado, Hans Kohler 07 May 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por objeto hacer un desarrollo sobre la situación del desarrollo de la Tutela Colectiva en el Perú. El problema central para enfrentar este tipo de controversias es la capacidad de identificar el interés detrás del grupo, pues, al ser un número bastante amplio de sujetos, no es posible atribuir a uno de ellos la titularidad exclusiva de derechos colectivos. Los intereses difusos y colectivos pertenecen a todos en general, pero a nadie en particular. Es por ello que surge la necesidad de que se realice un proceso eficaz para la tutela de los derechos supraindividuales. Pues bien, este contexto nos permite reflexionar sobre la regulación de tutela colectiva y las pocas normas sobre la materia se encuentran dispersas en el Código Procesal Civil y en otras leyes, así como de las instituciones procesales básicas que, al pretender aplicarse a este tipo de controversias presentan problemas en los justiciables, en los órganos jurisdiccionales y en general en todo el sistema judicial. Este problema, entonces, interesa a todos los sujetos que participan en un litigio, por lo que debe buscarse un tratamiento especial para este tipo de situaciones con la finalidad de superar los problemas tradicionales del proceso. Así descrito el problema, debemos revisar cuáles serían los beneficios de contar con una regulación colectiva en nuestro país, la cual permitiría satisfacer los derechos de incidencia colectiva. Una regulación sobre esta materia implica desafíos para las instituciones procesales tradicionales como lo son legitimidad para obrar y la cosa juzgada, las cuales deben ser replanteadas en beneficio de una regulación colectiva.
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El problemático estándar de motivación exigido en la revisión de laudos arbitrales

Morote Tipe, Leyla Kerly 04 May 2021 (has links)
El presente trabajo académico realiza un análisis del derecho fundamental a la debida motivación y los distintos estándares establecidos para su evaluación en sede judicial. Por ello, a fin de analizar el contenido de dicho derecho fundamental, se detalla, en primer lugar, la importancia de la teoría de la argumentación jurídica en la labor del juez, y dentro de ello, la justificación interna y externa, como herramientas para determinar un estándar mínimo de justificación de argumentos. De manera seguida, se desarrolla también el contenido del derecho a la debida motivación desde la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Todo ello, permite sostener la tesis de acuerdo con la cual es posible la revisión de la justificación interna y externa del laudo, logrando así no sólo armonizar el contenido del Decreto Legislativo Nº 1071, sino que, además y, sobre todo, permite una efectiva tutela de derechos fundamentales en toda jurisdicción
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Garantías reforzadas en el proceso de enjuiciamiento a menores infractores de la ley penal

Portugal Sánchez, Juan Carlos 02 February 2021 (has links)
Una regulación especial referida a la investigación y enjuiciamiento penal en casos de adolescentes menores infractores de la ley penal es legítima en tanto existan razones objetivas y razonables para su adopción. Esta investigación plantea que, entre otras razones, los principios del interés superior del niño y de especialidad cobran especial importancia para redefinir este tratamiento legislativo especializado. Bajo este planteamiento, el presente trabajo pone en evidencia la necesidad de construir y reforzar un marco normativo de procesamiento del menor infractor, especialmente reforzado por garantías específicas y generales, que oriente al órgano judicial en su conducción del proceso y en la toma de sus decisiones, siempre en el marco de un debido proceso. Se plantea diversas garantías reforzadas para el operador judicial frente a una solicitud fiscal de intervención del derecho a la libertad personal del menor infractor: el derecho a una defensa técnica indispensable, el juicio a puertas cerradas como excepción a la regla de publicidad, la aplicación diferenciada del internamiento preventivo, la garantía del plazo razonable en sentido inverso, el reforzamiento al derecho a no autoincriminarse, entre otros más, constituyen tópicos de especial aporte por esta investigación, así como también la incorporación de dos audiencias específicamente definidas que sirvan como el canal legítimo de concentración para la aplicación de esta tutela reforzada de garantías.

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