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La carga de la prueba en la contradicción a la revocación de donación

Neyra Chumpitaz, Jean Pool 03 August 2023 (has links)
En este caso legal, la demandante argumenta que su tía, la demandada, revocó la donación de un inmueble debido a intereses personales de sus hermanos, quienes consideraban que la propiedad era un patrimonio familiar. La demandada afirma que tomó esta acción debido al cambio de conducta de la demandante después de recibir la donación, alegando agresiones psicológicas y riesgo para su salud. Sin embargo, la demandante sostiene que la carga de la prueba no debería recaer exclusivamente en ella, ya que la demandada fue quien afirmó inicialmente un hecho en vía administrativa al solicitar la revocatoria de la donación. El problema principal se centra en determinar si la carga de la prueba recae únicamente en la demandante para demostrar los hechos en disputa. El argumento es que la carga de la prueba debería haber sido atribuida a la demandada, ya que fue ella quien afirmó originalmente el hecho en vía administrativa. Los problemas secundarios abordan la validez de utilizar la historia clínica y el informe médico como pruebas suficientes para demostrar que la donataria estuvo expuesta a un estado de peligro inminente. Se argumenta que estos medios probatorios son insuficientes para generar un razonamiento probatorio adecuado. Además, se cuestiona la aplicación del numeral 2 del artículo 744 del Código Civil, ya que la relación entre las partes es de tía y sobrina, no de ascendiente. También se discute si la donataria tenía la obligación legal de velar por la integridad y salud de la donante, concluyendo que no existía tal obligación en este caso. En resumen, se plantea que la carga de la prueba no debió atribuirse exclusivamente a la demandante, que los medios probatorios presentados son insuficientes y que la donataria no tenía la obligación legal de cuidar de la donante. / In this legal case, the plaintiff argues that his aunt, the defendant, revoked the donation of a property due to the personal interests of his siblings, who wanted the property for being a family patrimony. The defendant affirms that she took this action due to the change in the plaintiff's behavior after receiving the donation, alleging psychological aggression and risk to her health. However, the plaintiff maintains that the burden of proof should not fall exclusively on her, since the defendant was the one who initially asserted a fact in administrative proceedings when requesting the revocation of the donation. The main problem centers on determining whether the burden of proof falls solely on the plaintiff to prove the facts in dispute. The argument is that the burden of proof should have been attributed to the defendant, since it was she who originally asserted the fact in administrative proceedings. Secondary issues address the validity of using the medical history and medical report as necessary evidence to demonstrate that the donee was exposed to a state of imminent danger. It is argued that these means of proof are insufficient to generate an adequate evidentiary reasoning. In addition, the application of numeral 2 of article 744 of the Civil Code is questioned, since the relationship between the parties is aunt and niece, not ascendant. It is also discussed whether the donee had a legal obligation to ensure the integrity and health of the donor, concluding that there was no such obligation in this case. In summary, it is argued that the burden of proof should not be attributed exclusively to the plaintiff, that the evidence presented is insufficient and that the donee did not have a legal obligation to take care of the donor.
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La inobservancia del derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva por defensa técnica ineficaz en el nuevo proceso penal peruano

Mercado Cahuana, Juan Vidal 18 October 2019 (has links)
En nuestro medio el Nuevo Código Procesal Penal tiene un carácter acusatorio y en base a los principios de publicidad, inmediación, contradicción e igualdad de armas; hacen que los sujetos procesales (parte acusada y acusadora) deben encontrarse preparados, a fin de conseguir la justicia y equidad en el proceso penal; en consecuencia, bajo el nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho pasa a ser trascendental el papel desempeñado por la defensa quien está representada por el abogado defensor, quien es el llamado a ejercer una defensa técnica eficaz a fin de garantizar al procesado el cumplimiento y la efectividad del derecho al Debido Proceso y a la Tutela Jurisdiccional Efectiva. En tal sentido, en el desarrollo del presente trabajo nos hemos planteado determinar los estándares de una defensa técnica eficaz; y si la actividad desempeñada por el abogado que no cumple con estos parámetros conlleva a la vulneración de las garantías constitucionales del procesado, situación que podría acarrear nulidad absoluta de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 150 del Código Procesal Penal. Sin embargo, consideramos que para alegar nulidad por defensa técnica ineficaz no es suficiente que se configure esta; toda vez que, además, debe concurrir simultáneamente lo siguiente: a) Que el justiciable se encuentre en estado de indefensión; b) Que como consecuencia de la indefensión se le haya obstaculizado el acceso efectivo a la justicia; y, c) Se le haya vulnerado otros derechos constitucionales.
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Procedencia excepcional del recurso de casación : puerta abierta a la arbitrariedad judicial

Quilcate Ramirez, Maria Gabriela 09 May 2021 (has links)
En este artículo la autora identifica un problema de la práctica judicial a nivel de Cortes Supremas -que actúan bajo el Código Procesal Civil como ley procesal aplicable- pues se estarían declarando procedentes infracciones normativas no invocadas por la parte impugnante, amparando esta decisión en el artículo 392-A del Código Procesal Civil e intentando justificar la misma en el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso. En tal sentido, el presente artículo tiene como objetivos evaluar cuáles son los límites de los jueces supremos en el marco de su actuación como jueces de casación, identificar cuáles son los derechos y principios vulnerados con las decisiones que siguen la tendencia antes mencionada y, a su vez, evaluar la necesidad de mantener o no el artículo 392-A del Código Procesal Civil en nuestro ordenamiento jurídico. La autora afirma que al ser el recurso de casación un medio impugnatorio de fuente legal, la actuación de los jueces supremos deberá delimitarse dentro del marco de sus competencias y dentro de lo regulado por la ley aplicable sobre el recuro de casación. Finalmente, se concluye que el artículo 392-A del Código Procesal Civil debe ser derogado de nuestro ordenamiento jurídico, pues dicho artículo no cumple con una finalidad específica que justifique mantener la “procedencia excepcional” en los términos expuestos, que lejos de ser utilizada, es distorsionada para entenderla como un permiso para la arbitrariedad judicial.
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Informe Jurídico sobre el V Pleno Casatorio Civil

Riveros Flores, Caleb 18 August 2021 (has links)
La Corte Suprema en el Quinto Pleno Casatorio Civil determinó que el artículo 92 del Código Civil es una norma especial, por consiguiente, un acuerdo asociativo solo puede ser cuestionado conforme lo establece dicha disposición normativa. En el presente informe jurídico critico la posición de la Corte Suprema y analizo los problemas jurídicos identificados en el caso concreto materia del Quinto Pleno Casatorio Civil. Asimismo, planteo mi posición con respecto a dichos problemas jurídicos a fin de determinar tanto los alcances del artículo 92 del Código Civil, así como determinar el remedio jurídico que la Corte Suprema debió aplicar en el caso concreto. Mi posición es que la impugnación de acuerdos asociativos regulado en el artículo 92 del Código Civil no es un remedio especial, y, en ese sentido, las causales de nulidad u anulabilidad reguladas en los artículos 219 y 221 del Código Civil no se rigen por dicha disposición normativa. Asimismo, sostengo que la impugnación de acuerdos asociativos es un remedio jurídico de anulabilidad con causales y plazos fijados por el citado artículo, que cuenta el asociado legitimado frente a contravenciones a la ley o a las disposiciones estatutarias. Además, indico el impacto en sede registral sobre las cuestiones planteadas en el Quinto Pleno Casatorio Civil
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La vulneración de derechos constitucionales del actor civil en el proceso de terminación anticipada

Caceres Moscoso, Verónica Aimé 04 November 2021 (has links)
La presente producción académica se cimienta en la dinámica establecida dentro del proceso especial de terminación anticipada (en adelante T.A.), como manifestación del derecho premial, establecida en el Art. 468° del nuevo modelo procesal penal (en adelante nCPP), el mismo que muestra como principal objetivo el resultado rápido y eficaz de la tan anhelada “justicia”, mostrándose como una manera de simplificación del tortuoso y dilatado proceso penal. Este proceso es la manifestación de la justicia negociada, con mayor preponderancia entre el fiscal y el imputado, con la finalidad de poner fin al conflicto durante la etapa de investigación. Sin embargo, cuando analizamos la actuación del actor civil, quien también forma parte de la relación jurídica procesal por haber sufrido materialmente la comisión del delito, detectamos que aquel tiene una participación limitada durante las negociaciones. Lo que solamente existe, es una aparente garantía en su favor, que es el derecho de impugnación establecido en el núm. 7 del acotado articulo procesal, cuando aquel no está conforme con la fijación de la indemnización económica postulatoria -reparación civil. Por ello, sostenemos que el proceso de T.A. afecta los derechos en sus hebras más fundamentales como lo son: la dignidad humana, tutela judicial y el debido proceso que corre a favor del actor civil ya que, durante el desarrollo de este proceso especial, el actor civil no tiene una participación trascendental y los jueces no garantizan sus derechos, a pesar de que lo que se negocia constituye el objeto civil del proceso, es decir su pretensión principal. / This academic production is based on the dynamics established within the special process of early termination (hereinafter TA), as a manifestation of the award law, established in Art. 468 of the new criminal procedural model (hereinafter nCPP), the same as shows as its main objective the quick and effective result of the much desired "justice", showing itself as a way of simplifying the tortuous and lengthy criminal process. This process is the manifestation of negotiated justice, with greater preponderance between the prosecutor and the accused, in order to put an end to the conflict during the investigation stage. However, when we analyze the performance of the civil actor, who is also part of the procedural legal relationship for having materially suffered the commission of the crime, we detect that he has a limited participation during the negotiations. What only exists is an apparent guarantee in their favor, which is the right to challenge established in no. 7 of the limited procedural article, when he is not satisfied with the fixation of the postulatory economic compensation - civil reparation. Therefore, we maintain that the T.A. affects rights in their most fundamental strands such as: human dignity, judicial protection and due process that runs in favor of the civil actor since, during the development of this special process, the civil actor does not have a transcendental participation and the Judges do not guarantee their rights, despite the fact that what is negotiated constitutes the civil object of the process, that is, its main claim.
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La Calidad de Cosa Juzgada en el Laudo Arbitral del Expediente N° 289- 59-12, y su importancia en las controversias en el Régimen de Contrataciones del Estado establecido en la Ley N° 28650, El Texto Único Ordenado y el Reglamento

Echandia Moreno, Tania Miluska 18 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad estudiar uno de los aspectos más importantes en temas arbitrales, que es la calidad de cosa juzgada, en ese sentido desarrollaré y analizaré los hechos, los puntos controvertidos y los argumentos vertidos en el laudo arbitral. El Tribunal Arbitral anterior, cuyo Expediente N° 099-2009, declaró infundada la sexta pretensión del Consorcio; por tanto, declaró como válida Resolución Directoral N° 1202-2009-MTC/20, en la que PROVIAS NACIONAL resuelve el Contrato de Consultoría de Servicio N° 035-2009-MTC/20, por exceso en el plazo de la entrega del Informe N° 2. Además, de lo expuesto en la parte considerativa del laudo anterior se pronuncia afirmando que sí correspondía que la Entidad impusiera la penalidad establecida en el contrato y que dicha penalidad superó los máximos establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado (10% del monto del contrato). Por consiguiente, el nuevo Tribunal Arbitral, con Expediente N° 289-59-12, al amparar el punto 3.2 de la tercera pretensión en el presente laudo arbitral materia de análisis, se estaría dejando sin efecto la causal, el artículo 41° de la Ley2, y los artículos 224° a 226° del Reglamento3, que ha servido como fundamento para la resolución del contrato declarado por el primer Tribunal
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¿Resulta constitucional la limitación al derecho a la libertad de expresión? : análisis del caso La Paisana Jacinta

Guerra Mamani, Carmen Elizabeth Trilce 16 August 2021 (has links)
En este trabajo, la autora hace un análisis del caso la Paisana Jacinta, analizando los argumentos de las partes y el razonamiento seguido por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cuzco. En tal sentido, se estudian los aspectos procesales y sustantivos teóricos que involucran a este caso, entre ellos si este proceso cumple con los requisitos pertinentes establecidos en el artículo 5° del Código Procesal Constitucional, así como los derechos que se encuentran comprometidos y los límites que estos presentarían en el caso en concreto, a propósito de la categoría del discurso de odio. De esta manera, se desarrolla, de forma teórica y aplicada al caso en concreto, los derechos y principios invocados, como el derecho al honor y buena reputación, no discriminación, dignidad y libertad de expresión. Asimismo, se brinda una crítica al razonamiento del órgano judicial que resolvió esta causa, teniendo en cuenta la distinción entre normas regla y normas principios para analizar la eventual afectación al mandato de no discriminación, así como presentar ciertos reparos en torno al análisis de proporcionalidad empleado por la Sala para resolver este caso. / In this work, the author analyses the case of the “Paisana Jacinta”, with focus in the arguments of the parties and the reasoning followed by the Civil Chamber of the Superior Court of Justice of Cuzco. In this sense, the procedural and substantive aspects that are involved this case are assessed, including if this constitutional process satisfies the relevant requirements contained in the article 5° of the Procedural Constitutional Code, as well as the rights that are compromised and the limits that these would present in the specific case. In this way, the invoked rights and principles are developed, theoretically and applied to the specific case, such as the right to honor and good reputation, non-discrimination, dignity and freedom of expression. Likewise, a critical view is offered concerning the reasoning of the judicial body that resolved this case, taking into account the distinction between norms, which could be classified as rules and principles in order to analyze the possible impact on the nondiscrimination rule. Furthermore, it is presented certain objections regarding the proportionality test used by the Chamber to resolve this case.
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La corroboración de la declaración del colaborador eficaz para tener por cierto un determinado hecho en una decisión de prisión preventiva

Pese Ruiz, Yurianne Chabelly 10 May 2023 (has links)
La presente investigación tiene como propósito brindar algunos criterios dogmáticos de orden procesal para identificar el estándar de corroboración de las declaraciones de los colaboradores eficaces, a fin de adoptar una decisión de prisión preventiva en el marco de un proceso penal -democrático. Bajo esa línea de pensamiento, se pretende explicar la evolución histórica legislativa de la colaboración eficaz, además, se definen los conceptos y reglas de tratamiento de este proceso penal especial; así como también se plantea los alcances del deber de motivación de las resoluciones judiciales por parte de los órganos jurisdiccionales en el marco del dictado de la medida cautelar como es la prisión preventiva. En seguida, se explica algunos alcances de la prisión preventiva, sus métodos y sistemas de valoración de la prueba, para luego aterrizar en el análisis de la valoración de la declaración del aspirante a colaborador eficaz, con el propósito de verificar su fundabilidad o no de la prisión preventiva como medida más intensa, sin perder de vista su aplicación excepcional. Finalmente, se afirma que para emplear la declaración del aspirante a colaborador eficaz como un elemento que justifique la adopción de la prisión preventiva se plantea un estándar de corroboración conforme a los parámetros razonables, objetivos, mínimos y periféricos, sobre la base de los criterios de persistencia, coherencia, homogeneidad y verosimilitud, analizados dentro del mismo proceso de colaboración eficaz en el interior de un Estado Derecho Democrático. / The purpose of this investigation is to provide some dogmatic criteria of a procedural order to identify the standard of corroboration of the statements of effective collaborators, in order to adopt a decision of preventive detention in the framework of a criminal-democratic process. Under this line of thought, it is intended to explain the historical legislative evolution of effective collaboration, in addition, the concepts and rules of treatment of this special criminal process are defined; as well as the scope of the duty of motivation of judicial decisions by the jurisdictional bodies within the framework of the issuance of the precautionary measure such as preventive detention. Next, some scope of pretrial detention, its methods and systems for evaluating the evidence are explained, to then land on the analysis of the evaluation of the declaration of the applicant for effective collaborator, with the purpose of verifying its foundability or not of preventive detention as the most intense measure, without losing sight of its exceptional application. Finally, it is affirmed that in order to use the statement of the aspiring effective collaborator as an element that justifies the preventive detention measure, it must have a standard of corroboration according to reasonable, minimum and peripheral parameters, and based on the criteria of persistence, coherence, homogeneity and plausibility, analyzed within the same process of effective collaboration.
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El proceso penal peruano, características y sus posibles obstáculos en la persecución de la gran corrupción

Curasi Cornejo, Lizardo Christian 20 April 2023 (has links)
De acuerdo a las convenciones internacionales contra la corrupción y el principio Constitucional de proscripción de la corrupción el proceso penal peruano tiene los fines de perseguir y sancionar los delitos y con mayor razón si se trata de gran corrupción, juzgando a los responsables en los plazos establecidos y sancionarlos dando un mensaje a la sociedad de confiabilidad en el sistema democrático. Es probable que en el Perú el procesal penal contra la gran corrupción presente obstáculos que conlleve a que la población tenga desconfianza en la administración de justicia y se cree un clima de impunidad no evitando que la gran corrupción llegue a vulnerar derechos humanos si no es sancionada en su oportunidad. Para identificar ello este trabajo desarrolla que debemos entender por gran corrupción y porque su naturaleza procesal es compleja describiendo sus características y su tratamiento procesal penal como una organización criminal de acuerdo a la ley No 30077, siendo que los obstáculos que se han presentado de acuerdo al modelo acusatorio- adversarial, es el Ministerio Público y sus fiscales quienes deben afrontarlos para obtener elementos de convicción y asegurar la prueba para construir un caso que sea llevado a juicio con éxito y cumplir con los fines del proceso penal. / According to the international conventions against corruption and the Constitutional principle of proscription of corruption, the Peruvian criminal process has the purpose of prosecuting and punishing crimes and even more so in the case of grand corruption, judging those responsible within the established deadlines. and punish them by giving a message to society of reliability in the democratic system. It is probable that in Peru the criminal procedure against grand corruption presents obstacles that lead the population to have distrust in the administration of justice and a climate of impunity is created, not preventing grand corruption from violating human rights if it is not sanctioned. at your opportunity. To identify this, this work develops that we must understand grand corruption and because its procedural nature is complex, describing its characteristics and its criminal procedural treatment as a criminal organization according to Law No. 30077, being that the obstacles that have arisen according to the accusatory-adversarial model, it is the Public Ministry and its prosecutors who must face them to obtain elements of conviction and secure the evidence to build a case that is successfully brought to trial and fulfill the purposes of the criminal process. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la Sentencia Interlocutoria emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC

Smith Arias, Paola Fernanda 19 August 2022 (has links)
El objetivo principal del presente informe jurídico consiste en delimitar el alcance y contenido de los criterios que emplean los jueces al momento de declarar improcedentes las demandas de amparo, sustentando su decisión en la causal referida a la existencia de procesos ordinarios específicos e igualmente satisfactorios, para la tutela del derecho constitucional cuya vulneración o amenaza de vulneración se alega. El análisis del alcance de dichos criterios tendrá como punto de partida la Sentencia Interlocutoria recaída en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC. En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal Constitucional o TC”) desestimó el recurso de agravio constitucional (en adelante “RAC”) interpuesto por la demandante, en tanto la cuestión de derecho invocada habría contravenido las reglas establecidas como precedente vinculante en el caso “Elgo Ríos Núñez”. Así pues, en el presente estudio se empleará un método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que analizaremos lo que ya se ha dicho en doctrina y en la jurisprudencia nacional respecto del tema que nos ocupa. A partir de ello, concluiremos que en tanto los criterios empleados por la judicatura constitucional para declarar la improcedencia de una demanda de amparo sobre la base de la causal referida a la existencia de procesos específicos e igualmente satisfactorios al proceso de amparo, establecidos en el caso “Elgo Ríos Núñez”, contienen conceptos generales, indeterminados y abstractos, existe la necesidad de que dichos criterios sean dotados de contenido, cuanto menos, suficiente, a fin de que sean empleados por la judicatura de manera razonable, adecuada y justificada, evitando de esa manera la vulneración del derecho fundamental de acceso a la justicia. / The main objective of this legal report is to delimit the scope and content of the criteria used by judges when declaring amparo suits inadmissible, basing their decision on the cause referred to the existence of specific and equally satisfactory ordinary proceedings for the protection of the constitutional right whose violation or threat of violation is alleged. The analysis of the scope of such criteria will have as a starting point the Interlocutory Judgment issued in Case No. 4565-2019-PA/TC. In said Judgment, the Constitutional Court (hereinafter "Constitutional Court or TC") dismissed the constitutional grievance appeal (hereinafter "RAC") filed by the plaintiff, inasmuch as the question of law invoked would have contravened the rules established as binding precedent in the "Elgo Rios Nuñez" case. Thus, in this study we will employ a dogmatic legal (or documentary) research method, since we will analyze what has already been said in doctrine and national jurisprudence regarding the issue at hand. From this, we will conclude that the criteria used by the constitutional judiciary to declare the inadmissibility of an amparo claim on the basis of the cause referring to the existence of specific and equally satisfactory processes to the amparo process, established in the "Elgo Rios Nuñez" case, contain general, indeterminate and abstract concepts, there is a need for such criteria to be endowed with at least sufficient content, so that they may be used by the judiciary in a reasonable, adequate and justified manner, thus avoiding the violation of the right of access to justice.

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