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Estudio de la policía como testigo de oídas respecto de la declaración autoincriminatoria del imputado prestada bajo su custodia : declaración obtenida en cuarteles policiales. Análisis desde la óptica de las garantías del imputado y la prueba de testigosAlvear Ramos, Valeria Matilde, Orellana Ramírez, Francisca January 2015 (has links)
Memoria (Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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La constitucionalización del Derecho Procesal Penal: el Nuevo Código Procesal Penal peruano en perspectivaLanda, César 25 September 2017 (has links)
En julio de 2004, fue promulgado y publicado el actual Código Procesal Penal peruano. En el presente artículo, el autor analiza la relación entre lo establecido en esta norma y los principios constitucionales.Para ello, explora cuál es el fundamento constitucional de lo estipulado en el nuevo Código Procesal Penal.Asimismo, analiza de forma detallada los artículos del Título Preliminar de la norma y señala en qué principios constitucionales, tales como la presunción de inocencia, la tutela procesal efectiva, la legitimidad de la prueba, el derecho de defensa,entre otros, encuentran su concordancia con la Constitución.
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La declaración de ilegalidad de la detención y su efecto contaminante en el proceso penal chilenoOrtiz Roldán, Marcela Carolina, Soto López, Daniela Andrea January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde finales del año 2000, Chile comenzó a experimentar un cambio radical en el sistema judicial penal. La Reforma Procesal Penal remeció las bases fundamentales que inspiraban todo el sistema judicial en lo criminal, lo que se expresa esencialmente en los principios formadores del nuevo sistema, que buscan una mayor protección a las garantías y derechos de cada uno de los intervinientes, reforzando la protección del imputado contra el ejercicio de la persecución penal ejercida por el Estado, ya que se reconoce, en su mayoría, la situación de desigualdad y vulnerabilidad que sufría, en el antiguo procedimiento penal, el sujeto pasivo de la persecución penal frente al Estado. Uno de los primordiales principios que busca proteger el nuevo Código Procesal Penal es el respeto a la garantía del Debido Proceso, dentro del cual se enmarcan diversos derechos básicos del imputado durante todo el transcurso del proceso penal, lo que se manifiesta, por ejemplo, en la aplicación restrictiva de las medidas cautelares personales, o en el resguardo de los derechos esenciales de la persona en la recopilación de pruebas por parte del órgano persecutor del Estado. El fiscal, como exclusivo director de la investigación dentro del proceso, debe velar por el respeto de las diversas garantías o derechos del imputado y de la ciudadanía en general, susceptibles de ser vulneradas en la etapa de instrucción, tales como la dignidad, la integridad física y psíquica, la inviolabilidad de la intimidad y del hogar, etc.
Dentro del marco de protección de las garantías del imputado, encontramos el artículo 122 del Código Procesal Penal que establece expresamente el carácter restrictivo de la aplicación de las medidas cautelares personales, dentro de las cuales encontramos la medida cautelar de la detención. Esta nueva regulación está directamente relacionada con el espíritu de la Reforma, dado que busca disminuir la discrecionalidad de los órganos involucrados en la realización del Derecho Penal, con la finalidad de velar por el cumplimiento de los principios establecidos expresamente por nuestra legislación para la protección de los derechos y garantías del detenido, principalmente la libertad personal y la seguridad individual. De esta manera, es posible apreciar, a la luz de las disposiciones legales establecidas en el Código
Procesal Penal, los requisitos y presupuestos legales que deben concurrir para que la detención pueda ser aplicada y se ajuste a derecho, sin menoscabar uno de los presupuestos esenciales que subyacen al nuevo sistema procesal penal y que se encuentra recogido expresamente en el Título I del nuevo código: el principio de inocencia del imputado
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Estudio jurídico, dogmático y jurisprudencial de la cooperación eficaz y el arrepentimiento eficaz en la legislación chilena.Lillo Traverso, Valeria January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Estado es la Sociedad jurídicamente organizada. Es la máxima institución social y, entre otros atributos, goza de una completa potestad jurisdiccional para realizar el Bien Común de las personas y entes que integran la sociedad. En gran parte, este objetivo se cumple con el Derecho, que es un conjunto de reglas de conducta que el hombre debe acatar, so pena de una sanción. En el Derecho hay que distinguir la forma del contenido: este es lo garantizado, lo que protege, como bienes, personas, intereses de la vida; la forma es la garantía misma, el precepto que ordena y sanciona. Según el contenido, la materia, los bienes protegidos, es privado o público, dando origen al Derecho Privado y al Derecho Publico. El fenómeno que caracteriza al primer sector es el contrato, así como el delito es lo que singulariza al segundo.
El Estado, dentro de una multiplicidad de materias, reglamenta las relaciones contractuales del ordenamiento privado, que corresponden al Derecho Civil y al Mercantil, preferentemente, y las delictuales que se incluyen en la órbita del Derecho Penal.
Contrato y delito son los dos fenómenos fundamentales de la sociedad que el Estado ha debido regular para una mejor convivencia: el primero, aunque expresión de la autonomía de la voluntad, es "dirigido" por el Estado para evitar abusos del derecho e injusticiasNote1. ;el otro, es expresión antijurídica que el Estado debe prevenir y reprimir para asegurar el orden público y la paz social
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Medios de impugnación y recursos procesales en el nuevo código procesal penalRamírez Guerra, Simón A. January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo, fundamentalmente apoyado en las esclarecedoras ideas de Mirjan Damaska, no sólo pretende analizar el sistema de impugnaciones en el nuevo proceso penal, en especial la apelación, sino también, explicar como el diseño del proceso legal se encuentra determinado o prefigurado por condicionantes más generales cuyas raíces se encuentran en la estructura, organización y fines del Estado. Como se explicará a propósito del recurso de apelación, su existencia o no dentro del ordenamiento jurídico no depende de la "afición", "gusto" o "conveniencia" de quienes la defienden como tampoco de una simple decisión de política legislativa restringida al ámbito del proceso legal. Por tal motivo, si bien celebramos el avance sin precedentes que introduce la reforma procesal penal y los principios de garantía que pretende introducir o reforzar, entre otros objetivos, ello no debe descuidar un análisis sobre el verdadero "pedigrí" u origen de los mismos ni de su posibilidad practica de aplicación en un medio legal distinto o incluso hostil.
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Aplicación de las máximas de la experiencia en un modelo de valoración racional de la pruebaOyarzún Riquelme, Felipe Andrés January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de la presente investigación consiste en distinguir los conceptos del artículo 297 del Código Procesal Penal, como son los principios de la lógica, conocimientos científicamente y las máximas de la experiencia; analizar las diversas funciones que cumplen las máximas de la experiencia en un sistema de valoración racional de la prueba como la sana crítica; y estudiar su aplicación en el proceso penal chileno. A través del análisis de jurisprudencia, se intentará conocer el uso que los tribunales superiores de justicia han hecho del concepto, y como éstos han contribuido a precisar los alcances de “las máximas de la experiencia” mediante el conocimiento de recursos de nulidad en materia procesal penal. / 07/11/2017
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Análisis de constitucionalidad de los artículos 149 inciso segundo y 248 letra c) e inciso final del Código Procesal PenalMorales Vidal, Rodrigo Ignacio January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene la pretensión, quizás un tanto ambiciosa, de analizar el inciso segundo del artículo 149, como así mismo la letra c) y el inciso final del artículo 248, ambos del Código Procesal Penal (en adelante CPP), a la luz de nuestra Constitución Política de la República (en adelante CPR), llegando finalmente a aceptar o rechazar en nuestra conclusión su constitucionalidad.
Cada día las poblaciones del mundo occidental van evolucionando hacia una construcción de la sociedad regida por el denominado Estado Social y Democrático de Derecho, en virtud del cual, como máxima suprema, se deben respetar los principios que informan dicho estado, cuales son el de supremacía constitucional, imperio de la ley, distribución del poder estatal en titulares que desarrollen funciones diferenciadas, responsabilidad de las diferentes magistraturas y nulidad de los actos que emanen de órganos no competentes, todos los cuales tienen su fundamento principal en la dignidad de la persona humana y sus derechos, los que deben ser promovidos y respetados por los órganos del Estado, cuales se ven amparados también por la vigencia y reconocimiento que tienen los tratados internacionales en nuestra propia Carta Magna1
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Desvinculación procesal, camino de regreso al modelo inquisitivo o institución justificada excepcionalmenteSerrano Alvarez, José Augusto 01 January 2020 (has links)
La función persecutora del delito desde la constitución del 1979 ha sufrido una
modificación sustancial, que empodero el rol del Ministerio Público como director
de la investigación, al conducirla desde su inicio, asume su titularidad y la función
de si fonnuJa o no acusación, lo que traduce y resalta la independencia de funciones
dentro del proceso penal (distintas al rol jurisdiccional), adentrándonos al
planteamiento del problema, es palmario saber que la desvinculacíón procesal es la
injerencia modificatoria del órgano judicial en la tesis acusatoria fiscal, intromisión
que toma sustento en posiciones jurisprudenciales que justifican positivamente su
aplicación siempre que se respete al derecho de defensa del imputado, la igualdad de
armas ínter partes, además que sea sometida a un contradictorio. En el presente
trabajo explicamos que la aplicación excepcional de la tesis de desvinculación es
planteada en búsqueda de la tan ansiada igualdad, pero desde una perspectiva
diferente y poco tratada, como es referente a los derechos de la parte material
representada por el Ministerio Público (parte procesal). La existencia de
justificaciones para la aplicación de la desvinculación, evidencian posturas
antagónicas, pues la muestran como la irrupción a las funciones fiscales en clara
afrenta de los principios procesales del modelo actual.
En el presente trabajo mostramos que esta institución procesal, tiene un anclaje
justificatorio, cuando órgano jurisdiccional ejerza esta facultad que rompe el
principio acusatorio, el de independencia y demás principios que erigen el nuevo
modelo procesal, cuando advierta que la relación simétrica inter partes (a. razón de la
falla, error, negligencia planteada en la tesis de imputación fiscal-acusación) se
convierta en asimétrica, trascendiendo con ello sus efectos al directamente ofendido
por el delito-víctima; viraje justificado a fin de restablecer la simetría del proceso
penal, pues no olvidemos que el principio de acceso a la justicia-constitucionalmente
amparado por cierto- no es de pertenencia del Ministerio Público sino es exclusividad
de la víctima.
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Los acuerdos reparatorios. — Análisis dogmático y legal comparado y su aplicación prácticaLagos Zamora, Karem Ximena, Videla Bustillos, Lino Gustavo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde sus inicios nuestro sistema procesal penal fue concebido de corte inquisitivo, caracterizado por la investigación secreta, juicios eternos, poca transparencia, delegación habitual por parte de los jueces de sus funciones en empleados de los tribunales, la obligación del juez de investigar todo hecho que revistiera caracteres de delito sin importar el monto ni los antecedentes que al respecto se manejaran, y con esto en muchos casos se ponía en movimiento todo el aparato judicial sin llegar a ningún resultado, ocasionando un gran costo en recursos humanos y económicos
En este contexto cabe preguntarse si existen otros mecanismos de reacción frente al delito y aquí aparece la noción de reparación. En palabras de Roxin es tratada como la “tercera vía”. Este tema ha sido ampliamente desarrollado en Alemania, especialmente el cómo crear un concepto jurídico penal de reparación, cómo introducirlo en el sistema penal y cómo justificarlo desde los fines y funciones de la pena.
Así, la reparación aparece como una forma de reaccionar frente al delito mas justa, humanitaria y eficiente, que respeta los derechos e intereses de las partes. La víctima se beneficia, ya que juega un rol principal en el cual serán tomados en cuenta sus verdaderos intereses, el imputado va a tener que responder ante la víctima por el ilícito que cometió, lo que le hace tomar conciencia del daño que ha provocado y puede ser un efectivo mecanismo de resocialización, ya que no tendrá que ir a la cárcel. La sociedad también se beneficia, porque los problemas se resuelven sin la necesidad de enfrentar un juicio, sino que por un método más pacífico, creando ilimitadas posibilidades de solución político-criminalmente eficientes, dejando la represión penal sólo para aquellos delitos que atendiendo a su gravedad y bienes jurídicos comprometidos la justifiquen
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La reformalización de la investigación: un problema jurídico no resueltoEscobar Salas, Juan Manuel 01 1900 (has links)
Tesis (magíster en derecho penal) / El objeto del presente estudio es efectuar un análisis de la figura que en la práctica judicial se denominada reformalización de la investigación que, en ausencia de reglamentación legal, merece ser considerada desde el punto de vista doctrinal y jurisprudencial para decidir categóricamente acerca de su procedencia en el sistema procesal penal y de los efectos que produce, principalmente, considerando el marco legal de actuación fiscal y los derechos del imputado.
En la discusión del tema entran el juego varios asuntos: garantía del derecho de defensa del imputado, congruencia procesal, estructura orgánica del Código Procesal Penal, objeto de la reformalización, libertad y eficacia de la investigación por el Ministerio Público, entre otros. Lo que se busca es, junto con conocer el estado actual de la cuestión, aportar fundamentos para una mejor claridad y comprensión del tema
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