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Derecho de Superficie, su aplicación conjunta y relación con otras figuras en el Derecho InmobiliarioYrigoyen Sánchez, Gustavo Fernando 25 May 2020 (has links)
El presente trabajo pretende en principio identificar los vacíos y limitaciones en la
aplicación del derecho de superficie dentro de una concepción y doctrina clásica, sobre
todo en lo referente a la posibilidad de su constitución sobre un bien que no sea el “suelo”
propiamente dicho, con la finalidad de que esta figura sea aplicable en el sobresuelo
extendiendo su campo de utilización.
En segundo lugar buscamos analizar la posibilidad de ampliar este concepto en base al
desarrollo de doctrina moderna y al derecho comparado en especial referencia a lo
establecido en Código Civil Argentino del 2014 y Derecho de Laje de Brasil.
Como último punto, nuestra hipótesis inicial es que debido a la escasa regulación y
desarrollo de una institución como es el derecho de superficie su utilización con otras
figuras del derecho inmobiliario, en especial con el régimen de propiedad horizontal se
ve limitado, más aun con algunos pronunciamientos del Tribunal Registral, que restringen
su constitución. Es por ello que en el presente artículo se trata de analizar la viabilidad
práctica del derecho de superficie en uso conjunto con el régimen de propiedad horizontal
a su vez que se explora la posibilidad de que el derecho de sobrevuelo o sub construcción
sea una opción para conseguir los mismos efectos del derecho de superficie, dado que no
tiene un desarrollo profundo en nuestra legislación.
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¿Aires sobre aires creados por el Tribunal Registral?Clemente Inga, Brenda Camila 13 March 2023 (has links)
El presente trabajo es una continuación del trabajo académico anterior de la autora
llamado “Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, Pleno Registral
CCXLIII en abril del 2021, en donde el Tribunal Registral determina que es procedente
la independización de aires sobre aires siempre que se haya cumplido con asignar
porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras, así como que se
presente un plano de las áreas resultantes especificando su altura.
En ese sentido, se inicia analizando si es que el Tribunal Registral cuenta con las
competencias necesarias para poder crear una nueva institución jurídica, para
posteriormente realizar un análisis respecto a la naturaleza de esta nueva institución
jurídica de aires sobre aires y así poder determinar finalmente si nuestro sistema jurídico
se encuentra preparado para introducir la referida figura jurídica teniendo en cuenta que
su sola creación no solo implica la vulneración a normas que se encuentran vigentes en
la actualidad en el ámbito urbanístico sino que también involucra una vulneración a
principios registrales teniendo como consecuencia generar un debilitamiento en el sistema
registral peruano que ha venido avanzando con los años. / The present paper is a continuation of the author’s previous academic paper called
“Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, being that the current paper
focuses on analyzing both the legal and practical implications of the agreement adopted
in the reached by the Pleno Registral CCXLIII in April 2021, where the Tribunal has been
said that the independence of air above air is possible as long as the participation
percentage has been assigned for future exclusive sections, as well as the plan of the areas
and their height has been presented.
In this line, it begins by analyzing whether the Tribunal has the powers to create a new
legal figure, to subsequently regarding the nature of this legal institution and thus finally
be able to determine if our legal system is prepared to introduce new legal figures taking
into account that its mere creation implies the violation of current regulations in the urban
area and a violation of principles that regulate our registration system, resulting in a
weakening of our system that has advanced during all these years.
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Informe Jurídico sobre Resolución 3270-2022-SUNARP-TRSaldaña Aguilar, Danilo Andres 31 July 2023 (has links)
En el presente informe se realizará un análisis sobre la resolución del Tribunal
Registral el cual nos trae un supuesto de formalización de compraventa en el
registro mediante el uso de la ratificación. Se van a desarrollar tanto elementos
de los contratos de compraventa como algunos principios registrales con el fin
de determinar si la no presentación del contrato primigenio de una compraventa
puede se aceptada o simplemente como es que deberíamos tomar o calificar
este contrato primigenio inserto en la escritura pública donde se ratifica la
compraventa. Se complementará la postura del Tribunal siempre que su decisión
fue correcta, pero existen supuestos que no han sido tomados en cuenta como
los mencionados en líneas anteriores. / The current report analyzes the resolution N° 3270-2022-SUNARP-TR, in relation
to the effects of the ratification of a private property sales contract and how this
will let the parts not to present the original contract only if all the essential
elements of a sales contract in Peru that are contained in the ratification. The
Registry court made a decision that I personally agree with, but it’s been added
some analyses about how the registry will qualify the original contract if presented
and how this will affect the registration.
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Fortalezas y debilidades del procedimiento de saneamiento de los bienes estatales (predio-inmueble)Sanchez Sanchez, Karina Massiel 10 May 2022 (has links)
En el presente artículo jurídico se analizan las fortalezas y debilidades que presenta el nuevo
procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes estatales: predio e inmueble,
regulados en el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
aprobado por D.S. N° 008-2021-VIVIENDA y su vinculación con lo dispuesto en el D. Leg.
N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento, los
cuales resultan relevantes para la calificación registral, como etapa final del saneamiento
estatal.
Entre las conclusiones adoptadas se pueden citar:
Con la dación del D. Leg. N° 1439 y su reglamento, ha variado la concepción de bien
inmueble, ya que para el ámbito estatal existe una distinción entre “predio”, entendido
como el terreno e “inmueble”, que es el predio edificado, lo cual trajo consigo la creación
de un nuevo sistema, Sistema Nacional de Abastecimiento, que a través de su ente rector
(Dirección General de Abastecimiento-DGA), tiene por finalidad proveer de inmuebles
a las entidades estatales de inmuebles para el mejor desarrollo de sus funciones, fiscalizar
los actos de adquisición y velar por su buen uso, excluyendo esas funciones de la
competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN.
El Sistema Nacional de Abastecimiento no cuenta con regulación propia respecto del
saneamiento de los inmuebles estatales; sin embargo, ello no le impide ejercer las
competencias que de acuerdo a ley le corresponde, además siendo el inmueble parte
integrante del predio, para el saneamiento solo del bien edificado las entidades estatales
tendrían que tener inmatriculados sus predios.
La vinculación del certificado de búsqueda catastral con el título con el cual se solicita la
calificación del acto de saneamiento físico legal contiene una eficacia relativa, ya que la
base grafica registral no refleja el total de predios inscritos. / This legal article analyzes the strengths and weaknesses of the new special procedure for the
physical and legal sanitation of state assets: property and real estate, regulated in the Regulation
of the General Law of the National System of State Assets, approved by D.S. N° 008-2021-
VIVIENDA and its relationship with the provisions of D. Leg. N ° 1439, Legislative Decree
of the National Supply System and its regulations, which are relevant for the registry
qualification, as the final stage of legal state property remediation.
Among the conclusions adopted, the following can be mentioned:
• With the entry into force of D. Leg. N ° 1439 and its normative regulations, the concept of
real estate has changed, since for the state scope there is a distinction between "property",
understood as the ground and "real estate", which is the built property, which led to the
creation of a new system, the National Supply System, which, through its governing body
(General Supply Directorate-DGA), aims to provide real estates to state real estate’s entities
for the better development of their functions, to oversee the acts of acquisition and ensure
its proper use, excluding those functions from the competence of the National
Superintendency of State Assets-SBN.
• The National Supply System does not have its own regulation regarding the legal
remediation of state buildings; However, this does not prevent it from exercising the
competences that according to law correspond to it, in addition to being the real estate an
integral part of the property, for the legal sanitation only of the built property the state
entities would have to have their properties unregistered.
• The link of the cadastral search certificate with the title with which the qualification of the
act of Physical and legal remediation of real estate is requested contains a relative
effectiveness, since the registry graphic base does not reflect the total of registered
properties.
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El supuesto remedio de la Ley 30313 y otras supuestas herramientas en el registroCocchella Diez, Raffaella 09 May 2017 (has links)
Como es de conocimiento público, con fecha 25 de marzo del 2015 se publicó en el diario oficial el peruano la ley No 30313 - Ley de Oposición al Procedimiento de inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículo 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, dicha norma, como su nombre bien lo indica.
Dicha ley ha abierto un debate de orden académico y práctico entre diversos expertos en materia registral así como diversos cultores del derecho civil. Existiendo posturas bastante críticas que tildan de incoherente a la precitada ley. Mientras que otros consideran que se ha efectuado un correcto desarrollo de la técnica legislativa. En el presente escrito no se desarrollarán todos los ámbitos regulados en esta ley sino que nos concentraremos exclusivamente en el impacto que la misma ha tenido en el Código Civil. Por otro lado se analizarán brevemente otras herramientas que han surgido como la alerta registral, la inmovilización temporal de partidas, asi como la base centralizada de datos notariales.
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Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectosVilchez Solórzano, Judith Maricruz 10 May 2017 (has links)
En el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros.
No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registro
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Modelo para la creación de valor en terrenos estatales mediante proyectos inmobiliarios de inversión privadaBocangel Marín, Guillermo Augusto, Salazar Tavera, José Alberto 03 April 2017 (has links)
La Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Unheval) mantiene en
posesión dentro de sus activos varios terrenos en desuso en distintas zonas de
la región Huánuco. Uno de ellos pertenece a la facultad de Medicina Veterinaria
y Zootecnia ubicado en el distrito de Pillco Marca.
Se tiene conocimiento de la intención del Concejo Universitario en
promover el desarrollo del terreno en mención; decisión que consta de manera
formal en un Acta de Reunión del Concejo Universitario realizada en el 2015.
Además, se tiene conocimiento de una demanda insatisfecha por parte
de familias jóvenes en la localidad que desean alquilar viviendas. Parte de ellas
pertenecen a la plana docente y administrativa de la universidad.
Asimismo, se visualiza una demanda mal atendida respecto a estudiantes
foráneos que alquilan vivienda cercana a la universidad.
En consecuencia y con la finalidad que la Unheval haga mejor uso del
terreno, en concordancia con sus objetivos y estatutos universitarios, y
generando un impacto social para sus alumnos y trabajadores; se propone el
desarrollo y viabilidad de una Villa Universitaria mediante una concesión del
terreno. Para ello se ofrece un mix de productos que satisfaga correctamente las
fuerzas demandantes mediante viviendas familiares, residencia para estudiantes,
locales comerciales, áreas de esparcimiento común y emplazamientos de
servicios públicos.
Se concluye que la ejecución del presente modelo de negocio trae
consigo un impacto económico para el inversionista privado y un impacto social
para la Unheval; los cuales se reflejan en dos resultados: primero, la generación
de valor (VAN) positiva desde el punto de vista económico, así como una tasa interna de retorno atractiva pero con retornos a la inversión de largo plazo; y
segundo, referido a una subvención del 20% sobre el precio de alquiler de
vivienda familiar a los docentes y administrativos de la Unheval.
Respecto al impacto económico para el inversionista privado, en el caso
base analizado, el proyecto logra satisfacer financieramente lo requerido; puesto
que logra una potencia (TIR) de 18.69% y una generación de valor (VAN) de
US$ 969,232.58. Asimismo, en el escenario pesimista, el proyecto logra una TIR
de 16.90% y un VAN de US$ 549,511.04; mientras que en el escenario optimista
se logra una TIR de 20.07% y un VAN de US$ 1’232,915.12.
En relación al impacto social para la Unheval, cabe resaltar la importancia
del presente modelo –y ejecución del mismo-, dado que genera un beneficio en
calidad de vivienda y vida de los estudiantes foráneos acorde a sus necesidades
en etapa de estudios; así como una subvención sobre el precio de alquiler a los
docentes y administrativos generando un impacto y beneficio real en relación a
lo ofrecido en el mercado.
Finalmente, se recomienda mejorar las trabas burocráticas desde los
organismos estatales. Es por ello que desarrollos públicos – privados símiles al
propuesto no son ejecutados en el Perú, siendo una oportunidad desatendida
desde el aspecto social y económico (este último al rentabilizar terrenos públicos
en desuso). / Tesis
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº 2013-00406156 - E-2724, sobre la inscripción vía regularización del reglamento interno relativo al régimen de independización y copropiedad de una quinta, solicitado por La Venturosa S.A.Tomanguillo Vasquez, Joanna Cristina 18 June 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza el procedimiento registral iniciado por La Venturosa S.A.,
en el cual se solicitó inscribir mediante regularización el reglamento interno de una quinta
construida previa a la entrada en vigencia del Decreto Ley Nº 22112, sobre cuyo Pasaje de
Acceso Común se había constituido servidumbres y este continuaba inscrito a favor del
titular originario (El Milagro S.A.), motivo por el cual fue observado en primera instancia. La
relevancia del presente caso radica en que previo a que el Decreto Ley Nº 22112 se
encontrara vigente, no existía régimen alguno aplicable a las quintas ni norma que definiese
que el pasaje de acceso era un bien de dominio común, además la única herramienta
regulada para que las unidades inmobiliarias internas tengan acceso a la vía pública era la
servidumbre. Ello ocasionó que los pasajes continuasen inscritos a favor del titular
originario. Para efectos de analizar las controversias materializadas en el Expediente,
buscaremos resolver lo siguiente: (i) si la edificación cumplía con los requisitos de quinta;
(ii) los regímenes aplicables a las edificaciones tipo quinta; (iii) si el hecho de que se
constituyese servidumbres sobre el Pasaje 1260 representa un impedimento para inscribir
el reglamento interno de la quinta vía regularización; (iv) si era necesaria la participación de
El Milagro S.A. en marco del procedimiento registral; y, (v) si se vieron vulnerados el
principio registral de legitimación y el de tracto sucesivo. La metodología utilizada aborda
los problemas desde un enfoque dogmático, a partir de la revisión de la normativa aplicable,
la jurisprudencia y la bibliografía jurídica relevante. Lo anterior desde la aplicación y el
análisis de las instituciones de los derechos reales – relacionadas con el derecho de
propiedad y sus modalidades -, así como del derecho registral y el derecho urbanístico – con
atención en los principios registrales de legitimación y tracto sucesivo, y en los requisitos de
las edificaciones tipo quinta.
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Implicancias jurídicas de la propiedad y expropiación del patrimonio cultural inmueble: análisis a partir del caso MachupicchuPereira Galindo, John César 27 June 2024 (has links)
La presente investigación, “Implicancias jurídicas de la propiedad y expropiación del
Patrimonio Cultural Inmueble: análisis a partir del caso Machupicchu”, tuvo como
objetivo analizar las repercusiones jurídicas de la problemática vinculada a la propiedad
y expropiación del patrimonio cultural inmueble a partir del Caso Machupicchu,
desarrollado bajo el enfoque cualitativo, de tipo básica y teórica, diseño hermenéutico.
Se utilizó como técnicas el análisis documental, así como la entrevista y la encuesta, en
las cuales participaron 9 expertos que respondieron una guía de entrevista y 119
ciudadanos que respondieron el cuestionario.
Resultados: A partir del análisis realizado se infiere que, del tracto sucesivo de la
propiedad, se cumple el reconocimiento del derecho a la propiedad para las familias
Abrill y Zavaleta en relación a la propiedad de las tierras que albergan el Parque
Arqueológico de Machupicchu y la ciudadela Inca de Machupicchu. Según el análisis
realizado a la Ley N° 6634, en sus artículos 1 y 5, los monumentos existentes en el
territorio nacional eran de propiedad del Estado, pero no lo era de los terrenos que los
albergaba, pudiendo ser este de un particular, para lo cual la propiedad en favor del
Estado tuvo que tener una previa expropiación del bien, la cual nunca se concretizó por
no haber cumplido con la indemnización justipreciada, en consecuencia, se infiere que
siguen siendo de propiedad privada.
En ese orden de ideas, según lo manifestado por los entrevistados, 3 expertos
manifiestan que los terrenos que albergan el Parque Arqueológico de Machupicchu y la
ciudadela Inca de Machupicchu fueron de propiedad privada; 1 experto manifiesta que
es de propiedad pública y 5 expertos no precisan. En cuanto a la indemnización
justipreciada, los entrevistados manifiestan que la expropiación debe realizarse según
el procedimiento que exige la Ley, pagando al propietario por el bien expropiado. Por
otro lado, se determina que la Ley N° 28296 y el D.L. N° 1192 muestran deficiencias en
la regulación de los bienes culturales inmuebles, existiendo un retroceso por la falta de
fomento en la preservación de estos. La Ley N° 31770 que modifica a la Ley N° 28296,
se presenta como una oportunidad para tratar casos similares de expropiación de
patrimonio cultural inmueble y su posterior disposición en favor del bien común de la
sociedad.
Finalmente, el cuestionario realizado a los 119 ciudadanos, refleja un problema real en
la sociedad, por un lado la conservación del patrimonio cultural inmueble, pues el 65,5%
considera que el Estado peruano tiene más derecho sobre la propiedad que el mismo
propietario, lo que refleja una deconstrucción del concepto de ‘conservación’, pues el
derecho a la propiedad es un derecho fundamental el cual el Estado no debería lesionar,
limitando el uso y disposición de forma desmedida sobre los bienes donde se halla
patrimonio cultural inmueble. / The present research, "Legal Implications of Ownership and Expropriation of Immovable
Cultural Heritage: Analysis Based on the Machupicchu Case," aimed to analyze the legal
repercussions of the issues related to the ownership and expropriation of immovable
cultural heritage, starting with the Machupicchu Case, developed under a qualitative
approach, basic and theoretical type, hermeneutical design. Documentary analysis was
used as techniques, as well as interviews and surveys, in which 9 experts participated
by responding to an interview guide and 119 citizens responded to the questionnaire.
Results: From the analysis carried out, it is inferred that, from the successive tract of
ownership, the recognition of the right to property for the Abrill and Zavaleta families
regarding the land that houses the Machupicchu Archaeological Park and the Inca citadel
of Machupicchu is fulfilled. According to the analysis of Law No. 6634, in its articles 1
and 5, the monuments existing in the national territory were property of the State, but not
the lands that housed them, which could belong to a private individual. For this, the
property in favor of the State had to have a prior expropriation of the asset, which was
never realized for not having complied with the fair compensation, consequently, it is
inferred that they continue being private property.
In that order of ideas, according to what was expressed by the interviewees, 3 experts
state that the lands that house the Machupicchu Archaeological Park and the Inca citadel
of Machupicchu were private property; 1 expert states that it is public property and 5
experts do not specify. Regarding fair compensation, interviewees state that
expropriation should be carried out according to the procedure required by Law, paying
the owner for the expropriated property. On the other hand, it is determined that Law No.
28296 and D.L. No. 1192 show deficiencies in the regulation of immovable cultural
goods, existing a setback due to the lack of promotion in their preservation. Law No.
31770, which amends Law No. 28296, presents an opportunity to address similar cases
of expropriation of immovable cultural heritage and its subsequent disposition in favor of
the common good of society.
Finally, the questionnaire carried out to the 119 citizens reflects a real problem in society,
on one hand the conservation of immovable cultural heritage, since 65.5% consider that
the Peruvian state has more right over the property than the owner itself, which reflects
a deconstruction of the concept of ‘conservation’, since the right to property is a
fundamental right which the State should not injure by limiting the use and disposition
excessively on the goods where immovable cultural heritage is located.
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Informe jurídico de Resolución Nº 103-2019-SUNARP-TR-A, reinscripción de hipoteca levantada por caducidadFourment Sifuentes, Maria Pia 09 July 2024 (has links)
El objetivo del presente informe es analizar y cuestionar la Resolución Nº 103-
2019-SUNARP-TR-A, la cual evalúa la excepcional reinscripción de una hipoteca
extinguida por caducidad. Al respecto, se exponen las normas relacionadas, los
fundamentos de esta procedencia, los plenos sobre el tema y los requisitos de
procedencia establecidos por los mismos. De forma adicional, se cuestiona la
posición del Tribunal Registral sobre la titularidad del suelo en el cual una
sociedad conyugal edifica. / This legal report aims to analyze and question Resolution No. 103-2019-
SUNARP-TR-A, which evaluates the exceptional applicability of a mortgage
reinscription lifted due to expiration. In this regard, the related rules, the grounds
for this applicability, the plenary sessions on the subject, and their applicability
requirements are exposed. Additionally, the position of the Registry Court on the
title of the own land on which a marital partnership builds a construction is
debated.
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