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Mejor derecho de propiedad en los casos de duplicidad de partidasGutierrez Gozzer, Ana Lucía 15 February 2022 (has links)
En el presente trabajo de investigación, se tiene como objetivo determinar el rol del mejor
derecho de propiedad en los casos de duplicidad de partidas.
Para esto, en primer lugar, se analizará Sentencia de Casación N°9706-2017-Lima-Sur,
en dónde la Corte Suprema se analizó un caso de duplicidad de partidas, en el que ambas
partes afirmaban tener la titularidad de la propiedad del inmueble y era necesario
determinar cuál de los dos títulos se debía preferir sobre el otro.
De esta manera, para realizar dicho análisis, primero se revisará los antecedentes del caso,
así como el análisis que realizó originalmente la Corte Suprema. A partir de dicha
revisión, se procederá a analizar la duplicidad de partidas, el por qué se considera una
patología del registro, y por qué no son aplicables los derechos registrales en estos casos.
Por último, se analizará el mejor derecho de propiedad y el criterio que se debe emplear
ante los casos en que se haya generado un conflicto de derechos debido a la existencia de
la duplicidad de partidas. / In this research work, the objective is to determine the role of the best property rights in
cases of duplication of items.
For this, in the first place, the judgment of Cassation N ° 9706-2017-Lima-Sur will be
analyzed, where the Supreme Court analyzed a case of duplication of items, in which both
parties claimed to have ownership of the property of the property and it was necessary to
determine which of the two titles should be preferred over the other.
In this way, to carry out said analysis, the background of the case will first be reviewed,
as well as the analysis originally carried out by the Supreme Court. From this review, we
will proceed to analyze the duplication of items, why it is considered a registration
pathology, and why registration rights are not applicable in these cases.
Finally, the best property rights and the criteria to be used in cases where a conflict of
rights has been generated due to the existence of duplication of items will be analyzed.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 377-2021-SUNARP-TR-L : "el procedimiento de saneamiento registral de bienes estatales que registralmente se encuentran inscritos a favor de particulares"Delgado Boza, Brando Félix 16 August 2021 (has links)
El presente trabajo se encuentra enfocado en cuestionar una resolución emitida por
el Tribunal Registral, la cual tiene como objeto de análisis una solicitud de anotación
preventiva de inmatriculación y/o independización de un inmueble de dominio
público a favor de la Municipalidad Distrital de Barranco1 (en adelante, “El
Municipio”), en mérito al procedimiento especial de saneamiento físico legal de
predios estatales, regulado por el Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, que
aprueba el T.U.O. de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales y modificatorias (en adelante, “Ley SBN”), así como en sus normas
complementarias; respecto al inmueble de dominio público denominado Mercado,
ubicado en el cruce de Jr. Carlos Arrieta y Jirón Jaén, distrito de Barranco, provincia
y departamento de Lima, inscrito parcialmente en el Tomo 157, Fojas 141, que
continúa en la Partida Electrónica N° 07019680 del Registro de Propiedad Inmueble
de Lima (en adelante, “El Inmueble”). La solicitud de El Municipio respecto a El
Inmueble dio mérito al Título N° 1964277, de fecha 02 de noviembre de 2020 (en
adelante, “La Solicitud”), la cual fue observada por el Registrador en los siguientes
términos principales: La Solicitud indica que El Inmueble se encuentra inscrito parcialmente en el
Tomo 157, Fojas 141, que continúa en la Partida Electrónica N° 07019680 del
Registro de Propiedad Inmueble de Lima (en adelante, “Partida 1”), lo cual ha
sido rectificado por la Oficina de Catastro, considerando que La Solicitud no
describe áreas, medidas perimétricas, predios colindantes u otros medios para
graficar el ámbito inscrito.
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Incumplimiento contractual versus Deber de idoneidad en Contratos de Compraventa de bien futuroYataco Carbajal, Cristhian Hugo 20 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como finalidad desarrollar y analizar los hechos, los
puntos controversiales y los argumentos resolutivos del Expediente N°2573-2012/CPC,
el cual trata sobre la denuncia interpuesta por el señor Luis Alberto López de Castilla
Bado, quién aduce que existe una falta al deber de idoneidad por la afectación a su
expectativa de recibir el departamento N°701 del proyecto de edificación de la
Residencial “San Antonio”, cuyo metraje sufrió una presunta reducción de forma
unilateral y sin su consentimiento; asimismo, esta afectación se encuentra relacionada a
su expectativa de recibir el bien inmueble en la fecha pactada en el “Contrato de
Compraventa de bien futuro” suscrito entre las partes el 29 de abril de 2010. Bajo estos
argumentos, el denunciante considera que siempre que existe un incumplimiento de todas
o algunas de las obligaciones contractuales, se debe sancionar al proveer por la
transgresión, vulneración e infracción al deber de idoneidad de los productos y servicio
inmobiliario, estipulado en los artículos 18° y 19° en la Ley N°29751, Código de
Protección y Defensa del Consumidor.
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La inmatriculación de predios en mérito a la declaración notarial de prescripción adquisitiva de dominioManrique Chávez, Renoir Katia 22 May 2020 (has links)
Los predios existentes en territorio peruano no necesariamente se encuentran inscritos en
los Registros Públicos, a pesar de que existan propietarios que se puedan identificar
plenamente. El motivo por el que no se han inmatriculado son diversos. Parten desde el
desconocimiento hasta la rigurosidad de la norma registral. En esta línea, la
inmatriculación configura el inicio de la vida registral de un predio en los Registros
Públicos, específicamente, en el Registro de Predios. Como consecuencia de ello, se abre
una partida registral y los actos que se inscriban en esta gozan de la publicidad registral.
Uno de los medios para inmatricular es a través de la presentación del acta de prescripción
adquisitiva notarial, la cual debe ser calificada por el registrador, quien determinará si se
inmatricula o no el predio. Al tener gran relevancia la calificación registral del acta
notarial en el marco del proceso no contencioso notarial de prescripción adquisitiva de un
predio no inscrito es necesario conocer el alcance y límites de la calificación registral. En
este sentido, en primer lugar, es necesario desarrollar el concepto de la prescripción
adquisitiva de dominio e identificar a los predios susceptibles de ser prescritos; en
segundo lugar, definir a la inmatriculación y el presupuesto que antecede a esta, así como
los requisitos para la inscripción de un predio en los Registros Públicos; en tercer lugar,
desarrollar el alcance de la calificación registral ante la solicitud de inmatriculación en
mérito a la declaración de prescripción adquisitiva notarial, basado en normativa y
jurisprudencia registral.
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Derecho de Superficie, su aplicación conjunta y relación con otras figuras en el Derecho InmobiliarioYrigoyen Sánchez, Gustavo Fernando 25 May 2020 (has links)
El presente trabajo pretende en principio identificar los vacíos y limitaciones en la
aplicación del derecho de superficie dentro de una concepción y doctrina clásica, sobre
todo en lo referente a la posibilidad de su constitución sobre un bien que no sea el “suelo”
propiamente dicho, con la finalidad de que esta figura sea aplicable en el sobresuelo
extendiendo su campo de utilización.
En segundo lugar buscamos analizar la posibilidad de ampliar este concepto en base al
desarrollo de doctrina moderna y al derecho comparado en especial referencia a lo
establecido en Código Civil Argentino del 2014 y Derecho de Laje de Brasil.
Como último punto, nuestra hipótesis inicial es que debido a la escasa regulación y
desarrollo de una institución como es el derecho de superficie su utilización con otras
figuras del derecho inmobiliario, en especial con el régimen de propiedad horizontal se
ve limitado, más aun con algunos pronunciamientos del Tribunal Registral, que restringen
su constitución. Es por ello que en el presente artículo se trata de analizar la viabilidad
práctica del derecho de superficie en uso conjunto con el régimen de propiedad horizontal
a su vez que se explora la posibilidad de que el derecho de sobrevuelo o sub construcción
sea una opción para conseguir los mismos efectos del derecho de superficie, dado que no
tiene un desarrollo profundo en nuestra legislación.
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¿Aires sobre aires creados por el Tribunal Registral?Clemente Inga, Brenda Camila 13 March 2023 (has links)
El presente trabajo es una continuación del trabajo académico anterior de la autora
llamado “Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, Pleno Registral
CCXLIII en abril del 2021, en donde el Tribunal Registral determina que es procedente
la independización de aires sobre aires siempre que se haya cumplido con asignar
porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras, así como que se
presente un plano de las áreas resultantes especificando su altura.
En ese sentido, se inicia analizando si es que el Tribunal Registral cuenta con las
competencias necesarias para poder crear una nueva institución jurídica, para
posteriormente realizar un análisis respecto a la naturaleza de esta nueva institución
jurídica de aires sobre aires y así poder determinar finalmente si nuestro sistema jurídico
se encuentra preparado para introducir la referida figura jurídica teniendo en cuenta que
su sola creación no solo implica la vulneración a normas que se encuentran vigentes en
la actualidad en el ámbito urbanístico sino que también involucra una vulneración a
principios registrales teniendo como consecuencia generar un debilitamiento en el sistema
registral peruano que ha venido avanzando con los años. / The present paper is a continuation of the author’s previous academic paper called
“Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, being that the current paper
focuses on analyzing both the legal and practical implications of the agreement adopted
in the reached by the Pleno Registral CCXLIII in April 2021, where the Tribunal has been
said that the independence of air above air is possible as long as the participation
percentage has been assigned for future exclusive sections, as well as the plan of the areas
and their height has been presented.
In this line, it begins by analyzing whether the Tribunal has the powers to create a new
legal figure, to subsequently regarding the nature of this legal institution and thus finally
be able to determine if our legal system is prepared to introduce new legal figures taking
into account that its mere creation implies the violation of current regulations in the urban
area and a violation of principles that regulate our registration system, resulting in a
weakening of our system that has advanced during all these years.
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Informe Jurídico sobre Resolución 3270-2022-SUNARP-TRSaldaña Aguilar, Danilo Andres 31 July 2023 (has links)
En el presente informe se realizará un análisis sobre la resolución del Tribunal
Registral el cual nos trae un supuesto de formalización de compraventa en el
registro mediante el uso de la ratificación. Se van a desarrollar tanto elementos
de los contratos de compraventa como algunos principios registrales con el fin
de determinar si la no presentación del contrato primigenio de una compraventa
puede se aceptada o simplemente como es que deberíamos tomar o calificar
este contrato primigenio inserto en la escritura pública donde se ratifica la
compraventa. Se complementará la postura del Tribunal siempre que su decisión
fue correcta, pero existen supuestos que no han sido tomados en cuenta como
los mencionados en líneas anteriores. / The current report analyzes the resolution N° 3270-2022-SUNARP-TR, in relation
to the effects of the ratification of a private property sales contract and how this
will let the parts not to present the original contract only if all the essential
elements of a sales contract in Peru that are contained in the ratification. The
Registry court made a decision that I personally agree with, but it’s been added
some analyses about how the registry will qualify the original contract if presented
and how this will affect the registration.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1111-2020-TR-L del Tribunal Registral Saneamiento físico legal de bienes estatales antes y después de la vigencia del Decreto Supremo 130-2001-EF y sus modificatorias. Análisis de las competencias y atribuciones de PRONABIPerez Reategui, Claudia Mercedes 19 August 2021 (has links)
En el presente caso, se solicitó a la anotación preventiva de ampliación de declaratoria de
fábrica y de afectación en uso de un inmueble estatal en el Registro de Predios de Lima,
al amparo del ahora derogado Decreto Supremo 130–2001–EF, a favor de la Comisaría
de Cieneguilla B, administrada por el Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú.
Sin embargo, en la partida del referido inmueble se encontraba inscrito el decomiso
definitivo, en virtud de una resolución judicial, a favor del Estado; asimismo, el siguiente
asiento de dominio aclara que es el Estado peruano, representado por el Programa
Nacional de Bienes Incautados – PRONABI (antes Comisión Nacional de Bienes
Incautados - CONABI) el titular del inmueble en cuestión.
La Registradora observa el título, al advertir la discrepancia ente la entidad que inicia el
saneamiento (Comisaría de Cieneguilla B – Ministerio del Interior – Policía Nacional del
Perú) y la entidad titular del inmueble (PRONABI). La esquela de observación detalla
que son aplicables el Decreto Legislativo 1104, el Decreto Supremo 011-2017-JUS
modificado por el Decreto Legislativo 1373 y la Directiva 01-2014-SUNARP/SN, pues
son las que regulan las actuaciones de PRONABI en cuanto a bienes incautados; además,
argumenta que estaríamos vulnerando el principio de prioridad excluyente en tanto el
presente título -así sea de fecha anterior- sería incompatible con el dominio ya inscrito.
Ante la negativa de anotación, el Tribunal Registral califica el título en vía de apelación,
en donde revoca las observaciones de la Registradora, por cuanto los actos rogados
encuentran sustento en el Decreto Supremo 130-2001-EF, dispositivo legal que permite
a cualquier entidad pública realizar las acciones de saneamiento para lograr que en el
Registro Público figure inscrita la realidad jurídica actual de los inmuebles de las
entidades públicas; además, se argumenta que las normas invocadas en primera instancia
con respecto a PRONABI no son aplicables porque el Decreto Supremo 130-2001-EF es
una norma especial y la que regula específicamente el procedimiento de saneamiento
físico legal del inmobiliario estatal.
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Modelo para la creación de valor en terrenos estatales mediante proyectos inmobiliarios de inversión privadaBocangel Marín, Guillermo Augusto, Salazar Tavera, José Alberto 03 April 2017 (has links)
La Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Unheval) mantiene en
posesión dentro de sus activos varios terrenos en desuso en distintas zonas de
la región Huánuco. Uno de ellos pertenece a la facultad de Medicina Veterinaria
y Zootecnia ubicado en el distrito de Pillco Marca.
Se tiene conocimiento de la intención del Concejo Universitario en
promover el desarrollo del terreno en mención; decisión que consta de manera
formal en un Acta de Reunión del Concejo Universitario realizada en el 2015.
Además, se tiene conocimiento de una demanda insatisfecha por parte
de familias jóvenes en la localidad que desean alquilar viviendas. Parte de ellas
pertenecen a la plana docente y administrativa de la universidad.
Asimismo, se visualiza una demanda mal atendida respecto a estudiantes
foráneos que alquilan vivienda cercana a la universidad.
En consecuencia y con la finalidad que la Unheval haga mejor uso del
terreno, en concordancia con sus objetivos y estatutos universitarios, y
generando un impacto social para sus alumnos y trabajadores; se propone el
desarrollo y viabilidad de una Villa Universitaria mediante una concesión del
terreno. Para ello se ofrece un mix de productos que satisfaga correctamente las
fuerzas demandantes mediante viviendas familiares, residencia para estudiantes,
locales comerciales, áreas de esparcimiento común y emplazamientos de
servicios públicos.
Se concluye que la ejecución del presente modelo de negocio trae
consigo un impacto económico para el inversionista privado y un impacto social
para la Unheval; los cuales se reflejan en dos resultados: primero, la generación
de valor (VAN) positiva desde el punto de vista económico, así como una tasa interna de retorno atractiva pero con retornos a la inversión de largo plazo; y
segundo, referido a una subvención del 20% sobre el precio de alquiler de
vivienda familiar a los docentes y administrativos de la Unheval.
Respecto al impacto económico para el inversionista privado, en el caso
base analizado, el proyecto logra satisfacer financieramente lo requerido; puesto
que logra una potencia (TIR) de 18.69% y una generación de valor (VAN) de
US$ 969,232.58. Asimismo, en el escenario pesimista, el proyecto logra una TIR
de 16.90% y un VAN de US$ 549,511.04; mientras que en el escenario optimista
se logra una TIR de 20.07% y un VAN de US$ 1’232,915.12.
En relación al impacto social para la Unheval, cabe resaltar la importancia
del presente modelo –y ejecución del mismo-, dado que genera un beneficio en
calidad de vivienda y vida de los estudiantes foráneos acorde a sus necesidades
en etapa de estudios; así como una subvención sobre el precio de alquiler a los
docentes y administrativos generando un impacto y beneficio real en relación a
lo ofrecido en el mercado.
Finalmente, se recomienda mejorar las trabas burocráticas desde los
organismos estatales. Es por ello que desarrollos públicos – privados símiles al
propuesto no son ejecutados en el Perú, siendo una oportunidad desatendida
desde el aspecto social y económico (este último al rentabilizar terrenos públicos
en desuso). / Tesis
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Fortalezas y debilidades del procedimiento de saneamiento de los bienes estatales (predio-inmueble)Sanchez Sanchez, Karina Massiel 10 May 2022 (has links)
En el presente artículo jurídico se analizan las fortalezas y debilidades que presenta el nuevo
procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes estatales: predio e inmueble,
regulados en el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales,
aprobado por D.S. N° 008-2021-VIVIENDA y su vinculación con lo dispuesto en el D. Leg.
N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento, los
cuales resultan relevantes para la calificación registral, como etapa final del saneamiento
estatal.
Entre las conclusiones adoptadas se pueden citar:
Con la dación del D. Leg. N° 1439 y su reglamento, ha variado la concepción de bien
inmueble, ya que para el ámbito estatal existe una distinción entre “predio”, entendido
como el terreno e “inmueble”, que es el predio edificado, lo cual trajo consigo la creación
de un nuevo sistema, Sistema Nacional de Abastecimiento, que a través de su ente rector
(Dirección General de Abastecimiento-DGA), tiene por finalidad proveer de inmuebles
a las entidades estatales de inmuebles para el mejor desarrollo de sus funciones, fiscalizar
los actos de adquisición y velar por su buen uso, excluyendo esas funciones de la
competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN.
El Sistema Nacional de Abastecimiento no cuenta con regulación propia respecto del
saneamiento de los inmuebles estatales; sin embargo, ello no le impide ejercer las
competencias que de acuerdo a ley le corresponde, además siendo el inmueble parte
integrante del predio, para el saneamiento solo del bien edificado las entidades estatales
tendrían que tener inmatriculados sus predios.
La vinculación del certificado de búsqueda catastral con el título con el cual se solicita la
calificación del acto de saneamiento físico legal contiene una eficacia relativa, ya que la
base grafica registral no refleja el total de predios inscritos. / This legal article analyzes the strengths and weaknesses of the new special procedure for the
physical and legal sanitation of state assets: property and real estate, regulated in the Regulation
of the General Law of the National System of State Assets, approved by D.S. N° 008-2021-
VIVIENDA and its relationship with the provisions of D. Leg. N ° 1439, Legislative Decree
of the National Supply System and its regulations, which are relevant for the registry
qualification, as the final stage of legal state property remediation.
Among the conclusions adopted, the following can be mentioned:
• With the entry into force of D. Leg. N ° 1439 and its normative regulations, the concept of
real estate has changed, since for the state scope there is a distinction between "property",
understood as the ground and "real estate", which is the built property, which led to the
creation of a new system, the National Supply System, which, through its governing body
(General Supply Directorate-DGA), aims to provide real estates to state real estate’s entities
for the better development of their functions, to oversee the acts of acquisition and ensure
its proper use, excluding those functions from the competence of the National
Superintendency of State Assets-SBN.
• The National Supply System does not have its own regulation regarding the legal
remediation of state buildings; However, this does not prevent it from exercising the
competences that according to law correspond to it, in addition to being the real estate an
integral part of the property, for the legal sanitation only of the built property the state
entities would have to have their properties unregistered.
• The link of the cadastral search certificate with the title with which the qualification of the
act of Physical and legal remediation of real estate is requested contains a relative
effectiveness, since the registry graphic base does not reflect the total of registered
properties.
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