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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 46 Laudo Arbitral - Arbitraje Ad Hoc seguido entre OBRASCÓN HUARTE LAIN S.A. y PROVÍAS NACIONALErausquin Herrada, María José 12 August 2024 (has links)
En este informe jurídico se aborda un problema principal y tres problemas
secundarios relacionados con la Resolución Nº 46 Laudo Arbitral - Arbitraje Ad Hoc
seguido entre OBRASCÓN HUARTE LAIN S.A. y PROVÍAS. NACIONAL. El
problema principal radica en la posible alteración de la ruta crítica de la obra. Se
concluye que sí existe un impacto en la ruta crítica, contrario a lo que señala el
Tribunal Arbitral.
El primer problema secundario sobre el impacto de la ruta crítica por el
comportamiento de un tercero ajeno al contrato de obra, se determina que sí es
posible, toda vez que el retraso en la aprobación del Presupuesto Adicional Nº 10
incurrido por la Contraloría General de la República constituye una causa que no
es atribuible al contratista.
El segundo problema secundario se refiere a partir de qué momento se puede
ejecutar un presupuesto adicional que excede el 15% del monto contractual. Se
establece que la aprobación se da a partir de la emisión de la resolución por parte
de la Contraloría General de la República, que dispone la aprobación del
presupuesto adicional solicitado por la entidad contratante.
El tercer problema secundario analiza si el contratista debe solicitar la ampliación
de plazo por un adicional de obra sin la autorización de la Contraloría General de
la República. Se concluye que no es posible, ya que, sin dicha aprobación, no se
puede ejecutar el adicional ni obligar al contratista a solicitar la ampliación de plazo. / This legal report addresses one main problem and three secondary problems
related to Resolution No. 46 Arbitration Award - Ad Hoc Arbitration followed between
OBRASCÓN HUARTE LAIN S.A. and PROVIAS NACIONAL. The main problem lies
in the possible alteration of the critical path of the project. It is concluded that there
is an impact on the critical path, contrary to what the Arbitration Court indicates.
The first secondary problem regarding the impact of the critical path due to the
behavior of a third party unrelated to the work contract, is determined to be possible,
since the delay in the approval of Additional Budget Nº 10 by the Comptroller
General's Office the Republic constitutes a cause not attributable to the contractor.
The second secondary problem refers to when an additional budget that exceeds
15% of the contractual amount is considered approved. It is established that the
approval is given from the issuance of the resolution by the Comptroller General of
the Republic, which provides for the approval of the additional budget requested by
the contracting entity.
The third secondary problem analyzes whether the contractor should request an
extension of the deadline for additional work without the approval of the Comptroller
General of the Republic. It is concluded that it is not possible, since, without said
approval, the additional cannot be executed or the contractor be forced to request
the extension of the deadline.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 5, de fecha 28 de setiembre de 2022 del Expediente N° 00195-2022-0-1817-SP-CO-01, emitida por la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima.Mayhuire Vivero, Moises Samuel 08 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se evalúa la motivación del laudo arbitral emitido
como consecuencia de la controversia entre el señor Juan Giancarlo Castañeda
Cabanillas y Provias Nacional, en el marco de la adquisición del predio
denominado “El Tamarindo”, ubicado en el distrito de San Pedro de Lloc,
provincia de Pacasmayo, departamento de la Libertad.
El proceso arbitral tuvo como objeto revisar la tasación comercial realizada por
Provias Nacional al referido inmueble, pues a consideración del señor
Castañeda, aquella era incorrecta al no haber considerado la existencia de
plantaciones de espárragos. Para ello, el Árbitro Único ordenó la realización de
una pericia de oficio, cuyos resultados fueron prácticamente transcritos en el
referido laudo, para, de esa manera, declarar fundada la pretensión referida a la
revisión de la tasación.
En ese sentido, explicaremos los defectos de motivación en el referido laudo, en
el cual, debido a una incorrecta valoración de la pericia de oficio, el árbitro no
brindó ningún tipo de justificación de las razones por las cuales el referido medio
probatorio le generó tal convicción.
A partir de ello, se analizará la Resolución N° 5 del Expediente N° 00195-2022-
0-1817-SP-CO-01, en la cual la Primera Sala Civil con Subespecialidad
Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundado el recurso
de anulación de laudo interpuesto por Provias Nacional, cumpliendo con los
límites legales establecidos en el artículo 62° de la Ley de Arbitraje. / This legal report evaluates the motivation of the arbitration award issued as a
result of the controversy between Mr. Juan Giancarlo Castañeda Cabanillas and
Provias Nacional within the framework of the acquisition of the property called “El
Tamarindo”, located in the district of San Pedro de Lloc, province of Pacasmayo,
department of La Libertad.
The purpose of the arbitration process was to review the commercial appraisal
carried out by Provias Nacional for the aforementioned property, since in the
opinion of Mr. Castañeda, it was incorrect as it did not consider the existence of
asparagus plantations. To this end, the Sole Arbitrator ordered the carrying out
of an ex officio examination, the results of which were practically transcribed in
the aforementioned arbitration award, in order to, in this way, declare the claim
referring to the review of the appraisal founded.
In that sense, we will explain the motivational defects in the aforementioned
award, in which, due to an incorrect assessment of the ex officio expertise, the
arbitrator did not provide any type of justification of the reasons why the
aforementioned means of evidence generated such a situation conviction.
From it, we will analyze Resolution No. 5 of File No. 00195-2022-0-1817-SP-CO01, in which the First Civil Chamber with Commercial Subspecialty of the Superior
Court of Justice of Lima declared Once the appeal for annulment of the award
filed by Provias Nacional was founded, it complied with the legal limits established
in article 62 of the Arbitration Law.
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red OrellanaMedina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y
empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc,
por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad
hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la
intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos.
Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por
redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien
actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención
de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de
terceros y la seguridad jurídica de la sociedad.
Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos
de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por
lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del
arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un
registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además
de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un
seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las
denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones.
Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover
la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el
trafico inmobiliario. / Tesis
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Análisis al Expediente No 1795-195-18-PUCP (Consorcio Santa Rosa contra el Programa Sectorial de Irrigaciones – PSI)Pérez Huamaní, Ramiro Omar 19 August 2021 (has links)
La controversia materia del presente laudo arbitral es la resolución
contractual dentro del marco de las contrataciones con el Estado. En este caso, la
resolución contractual se rige bajo el cumplimiento de causales tipificadas en la
normativa, tal es así que para que pueda proceder la misma basta que exista un
incumplimiento de obligaciones contractuales o el haber llegado al monto máximo
de penalidades.
En ese sentido, la presente trata de la resolución que efectúa el PSI al Consorcio
Santa Rosa por supuestamente haber incurrido en 2 causales normativas distintas
tales como un supuesto incumplimiento de obligaciones por el hecho de no haber
subsanado las observaciones detectadas al informe final previo a la liquidación y
por el hecho de haber llegado a tener una penalidad por encima del 10% del monto
del contrato principal. Ante ello, bajo el primer supuesto, en el laudo no se llega a
acreditar fehacientemente que las observaciones fueron correctamente subsanadas
sino más bien el árbitro en su posición de dirimente, se pronuncia sobre este tema
sin ser materia controvertida y sin tomar en consideración la afectación de
principios y derechos al consorcio. Por otro lado, no se aprecia un análisis
exhaustivo al momento de motivar, por parte del árbitro, la aplicación del monto
máximo de penalidades que efectúa la Entidad y sin tener en consideración
diversos principios que salvaguardan la seguridad jurídica y la razonabilidad del
plazo excesivo otorgado por el PSI para subsanar observaciones. / The controversy that is the subject of this arbitration award is the
contractual resolution within the framework of contracts with the State. In this
case, the contractual resolution is governed by the fulfillment of causes typified
in the regulations, so much so that for it to proceed, it is enough that there is a
breach of contractual obligations or that the maximum number of penalties has
been reached.
In that sense, this is about the resolution that the PSI makes to the Santa Rosa
Consortium for allegedly having incurred in 2 different regulatory grounds such
as an alleged breach of obligations due to the fact of not having corrected the
observations detected in the final report prior to the liquidation and the fact of
having come to have a penalty above 10% of the amount of the main contract.
Given this, under the first assumption, the award does not reliably establish that
the observations were correctly corrected, but rather the arbitrator, in his
position as settler, pronounces on this issue without being a controversial matter
and without taking into account the affectation. of principles and rights to the
consortium. On the other hand, an exhaustive analysis is not appreciated at the
time of motivating, by the arbitrator, the application of the maximum number of
penalties that the Entity carries out and without taking into consideration various
principles that safeguard legal certainty and the reasonableness of the excessive
term granted. by the PSI to correct observations.
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Informe sobre expediente E2266, N° 142-2011-PA/TC, sobre proceso de amparo seguido por Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Maria Julia contra el Arbitro Único Luis Humberto Arrece OrellanaPrieto Chávez, Julio José Miguel 24 July 2023 (has links)
El presente Informe analiza cuestiones jurídicas relevantes del Expediente 142-2011-PA/TC; un
proceso de amparo en que se pretendió la declaración de ineficacia de un Laudo Arbitral por
vulnerar derechos fundamentales. Se analizan las siguientes cuestiones. En primer lugar, si el
proceso de anulación de laudo arbitral es una vía previa o paralela al amparo. En segundo lugar,
si el proceso de anulación de laudo arbitral es una vía idónea igualmente satisfactoria al proceso
de amparo para tutelar derechos fundamentales. En tercer lugar, si la pretensión es fundada. En
cuarto lugar, si la actuación del TC consistente en emitir pronunciamiento de fondo sin correr
traslado de la demanda a la parte demandada vulnera los derechos de defensa y a la pluralidad
de instancia. En quinto lugar, si debió incluirse en el proceso a la otra parte del arbitraje. La
importancia del análisis de estas cuestiones radica en la necesidad de establecer reglas claras
para regir la relación entre el arbitraje y la jurisdicción, así como de que estas reglas sean
razonables y conformes con nuestro ordenamiento jurídico. Ahora bien, la metodología empleada
en el trabajo consiste en el contraste de las cuestiones antes mencionadas con las fuentes
jurídicas constitucionales, procesales y arbitrales pertinentes. Finalmente, las conclusiones
obtenidas son las siguientes: Con relación al primer problema, el proceso de anulación de laudo
arbitral es una vía paralela al amparo. Con relación al segundo problema, el proceso de
anulación de laudo arbitral, por regla general, es una vía idónea igualmente satisfactoria que el
amparo. Con relación al tercer problema, la pretensión es infundada. Con relación, al cuarto
problema, la actuación del TC vulnera los derechos fundamentales de defensa y a la pluralidad
de instancia. Con relación al quinto problema, sí debió incluirse en el proceso a la otra parte del
arbitraje.
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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica No. 6167- 2005-PHC/TC, E-1629, recurso de agravio constitucional promovido por Fernando Cantuarias Salaverry, a efectos que se declare fundada la demanda de hábeas corpus, contra el fiscal Silvio Máximo Crespo Holguín, Fiscal de la Trigésimo Octava Fiscalía Provincial Penal de LimaCamargo Neyra, Andreina Tais Celenia 16 April 2024 (has links)
El presente informe contiene un análisis jurídico de los alcances de la jurisdicción
arbitral y tiene como principal insumo la emisión de la sentencia en el Expediente No.
6167-2005-PHC/TC. Dicho caso se origina en la contienda arbitral entre Compañía de
Exploraciones Algamarca S.A., y Minera Sulliden Shahuindo S.A.C. La elección del
expediente obedece a su riqueza y diversidad temática ya que encontramos en él
distintas ramas del Derecho relacionadas con el proceso, como el arbitraje, el proceso
penal y el proceso constitucional. Así, en cada una de estas materias se analiza los
principales problemas que se presentan en el caso. Por consiguiente, el informe
abarca relevantes materias referidas a estas especialidades, tales como la recusación
de un árbitro, los recursos en el arbitraje, de la renuncia de un árbitro y si poseen la
calidad de vocales de la Corte Suprema, del hábeas corpus y del recurso de agravio
constitucional. Para dar respuesta a los problemas que surgen del expediente se
acude a jurisprudencia y doctrina en materia arbitral, procesal y constitucional. El
informe concluye que el arbitraje es una vía alternativa para la solución de conflictos
de orden constitucional que, como vía jurisdiccional independiente, cuenta con las
facultades que impiden la intromisión de cualquier tercero en esta jurisdicción,
reconocida como tal por la Constitución. En esa línea, el Tribunal Constitucional, en su
labor como máximo intérprete de la Constitución, distingue y reconoce la competencia
de los árbitros para tomar decisiones en el ámbito que se desarrollan.
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LAUDO ARBITRAL. Resolución N°48, Expediente N°129-2003/SNCA – CONSUCODE IMPREGILO S.PA. Sucursal del Perú - Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NacionalEspinoza Flores, Rosa Margarita 06 April 2022 (has links)
En el presente caso, la empresa IMPREGILO, en adelante el contratista, elevó a controversia las liquidaciones presentadas por ella y por PROVIAS NACIONAL, en adelante la entidad, solicitando que su liquidación sea declarada aprobada ya que la liquidación de la Entidad no fue presentada mediante Resolución conforme lo establecido en el art. 43 de la Ley N°26859, Ley de Contrataciones y Adquisiciones con el Estado - LCAE. Subordinadamente solicitó que de considerar la liquidación de la Entidad es válida se incluya conceptos ganados en Laudos de otros arbitrajes, intereses legales y mayores gastos directos (afectación en precios de partidas).
Para dilucidar cuál de las liquidaciones es válida, se realizó i) el análisis del artículo 43 de la LCAE concluyéndose que este establece la formalidad para la Entidad de pronunciarse sobre la liquidación del contratista mediante Resolución; ii) si la liquidación del contratista fue consentida por la Entidad correspondiendo se declare aprobado, lo cual consideramos que en efecto la liquidación del contratista es válido al cumplir con el procedimiento de liquidación de los artículos 43 de la LCAE y artículo 119 de su reglamento, de los datos no se advierte que hubo observaciones a la liquidación del contratista de parte de la entidad; tampoco hubo reconvención respecto del contenido del mismo iii) el tratamiento normativo de la aprobación y el consentimiento de la liquidación, respecto de lo cual consideramos que ambos términos son usados en la normativa de manera indistinta; iv) la validez de la liquidación presentada por la Entidad, que consideramos no cumple con los requisitos de validez y por lo tanto es inválido; y v) si corresponde la modificación de la liquidación de la Entidad mediante Laudo, respecto de
lo cual se advierte que el Tribunal ordena la inclusión de conceptos en la liquidación, con lo cual es la Entidad que finalmente reliquida el contrato de obra. Dentro de los montos incorporados a la liquidación comprenden montos correspondientes a una indemnización por mayores gastos directos, cuyo análisis de responsabilidad civil, consideramos no se ha sustentado sólidamente.
De acuerdo a lo expuesto, se concluye que la liquidación válida es la presentada por el Contratista, habiendo sido consentida por la Entidad que no elevó a controversia esta, y presentó una liquidación con defecto de validez, contrariamente a la valoración del Tribunal que considera que el pronunciamiento sobre la liquidación del contratista no necesariamente debió realizarse mediante Resolución, a pesar de que la propia LCAE lo establece expresamente
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Laudo Parcial de fecha 20 de enero de 2021, recaído en el Caso Arbitral N° 011-2020-ARBHidalgo Díaz, Maria-Fernanda 01 February 2022 (has links)
El laudo parcial analizado aborda problemáticas jurídicas referidas a dos excepciones
planteadas en el marco de un arbitraje de salud. La primera excepción es de oscuridad y/o
ambigüedad en el modo de proponer la demanda, respecto de la cual se analiza su vinculación
con la fijación de puntos controvertidos. La segunda excepción es una mediante la cual se
cuestiona la competencia del Tribunal Unipersonal por no haberse acreditado la existencia
de un convenio arbitral ni una norma con rango legal que obligue a las partes a resolver sus
controversias en el marco de un arbitraje. Vinculado a la resolución de este problema se
analiza el principio competence – competence y la garantía constitucional del control difuso
en sede arbitral. Finalmente se hace un análisis referido a la naturaleza y aplicación al caso
concreto del artículo 14 de la Ley de Arbitraje, que regula la extensión del convenio arbitral
a partes no signatarias.
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La aplicación supletoria de las normas de derecho privado en la resolución de laudos durante los arbitrajes en los que el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria actúo como Entidad durante el periodo del 2003 al 2019Paucar Carbajo, Diana Alexandra 02 May 2023 (has links)
El presente artículo aborda la aplicación supletoria de las normas de derecho
privado en la resolución de laudos durante los arbitrajes en los que el Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria actúo como Entidad durante el periodo del
2003 al 2019. Para ello, la autora realizó una investigación de los mencionados
laudos que se obtuvieron de la plataforma del Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado – SEACE. Como resultado, se identificaron cuatro
casos en los que la autora considera que la decisión del laudo estuvo
fundamentada en argumentos basados en las normas de derecho privado, lo
cual no resultaba pertinente legalmente, debido a que pudo haber sido aplicada
la normativa de contrataciones del Estado. / This article approachs the supplementary application of private law rules in the
resolution of awards during arbitrations in which the Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria acted as an Entity during the period from 2003 to 2019.
For this, the author carried out an investigation of the aforementioned awards that
were obtained from the platform of the Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado – SEACE. As a result, four cases were identified in which the author
considers that the decision of the award was based on arguments based on
private law, which was not legally relevant, since the State contracting regulations
could have been applied. / Trabajo académico
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Informe sobre el Laudo Arbitral Final referido al Arbitraje N°CCI N°20513/ASMAtencio Cuadros, Camila Alejandra 09 August 2022 (has links)
El presente trabajo abarca la aplicación de la normativa general de Derecho Administrativo,
el Texto Único y Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General y de la
normativa especial, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley 26850. Esto en
el Arbitraje CCI N°20513/ASM, en referencia al Laudo Arbitral Final que puso fin a la
controversia entre el Consorcio Nippon Koei -OIST y el Programa Nacional de Saneamiento
Urbano. Esta controversia se inicia con la liquidación del Contrato de Servicio de Consultoría
para la Supervisión de Obras del Proyecto de Mejoramiento y Expansión de los Sistemas de
Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de las Ciudades de Piura – Castilla y
Chimbote. / This work covers the application not only of the general rules of Administrative Law, the
Sole and Orderly Text of the General Administrative Procedure Law, but the special rules, the
State Contracting and Procurement Law, Law 26850. This in ICC Arbitration N°20513/ASM,
in reference to the Final Arbitral Award that put an end to the dispute between the Nippon
Koei -OIST Consortium and the National Urban Sanitation Program. This dispute began with
the liquidation of the Consulting Services Contract for the Supervision of Works for the
Improvement and Expansion of the Drinking Water Supply and Sewerage Systems of the
Cities of Piura - Castilla and Chimbote.
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