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Derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura, El

Buganza González, María del Carmen 12 May 2006 (has links)
El objetivo de esta tesis es analizar la relación entre el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura. El punto de partida es la constatación de la existencia de límites al derecho de autor, que se encuentran en el fundamento mismo de la protección por ser necesarios para garantizar la eficacia de los derechos fundamentales y evitar la colisión entre estos y el derecho de propiedad del autor. El trabajo se divide en cuatro partes:Primera.- el análisis de los conceptos de base: ¿Qué se entiende por derecho de acceso a la cultura? ¿Qué es el derecho de autor? Y la relación de ambos con los derechos fundamentales. La definición de los derechos se logra a través del estudio de los instrumentos internacionales relativos a los derechos fundamentales y de los principales tratados y convenios que establecen las bases de la regulación del derecho de autor. La definición o concepto del derecho de acceso a la cultura es uno de los aspectos más relevantes ya que a diferencia del derecho de autor, el desarrollo y evolución del derecho de acceso a la cultura es muy reciente. Es en el siglo XX cuando aparecen los instrumentos internacionales que lo definen y desarrollan. La conclusión de esta primera parte es la constatación de la diferente naturaleza de los derechos analizados y de la existencia de una relación de interdependencia entre el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura, que nos lleva a construir la hipótesis de base:El derecho de autor, reconocido en nuestro ordenamiento jurídico como un derecho de propiedad admite límites impuestos para garantizar la realización de los derechos fundamentales. El derecho de acceso a la cultura, en tanto que derecho fundamental ha de ser considerado como un límite al derecho de autor. Segunda.- esta parte aborda el análisis de los límites al derecho de autor cuya finalidad es salvaguardar del derecho de acceso a la cultura, el objetivo es rechazar o confirmar la hipótesis planteada. El estudio analiza los límites contemplados en la Ley de Propiedad Intelectual en contraste con los contemplados en la normativa comunitaria y las propuestas de modificación de la ley, la finalidad es constatar si las propuestas son acordes o contrarias al derecho de acceso a la cultura.Tercera.- esta parte se ocupa del estudio del derecho de acceso a la cultura. ¿En qué consiste el derecho? ¿Cómo se accede a la cultura? El análisis de nuestro ordenamiento jurídico demuestra que la Constitución española reconoce y garantiza el derecho de acceso a la cultura, sin embargo, su eficacia y garantía quedan supeditadas a leyes de desarrollo. El análisis nos desvela un aspecto de vital importancia: la existencia de las entidades de difusión cultural y su función en relación con el derecho de acceso a la cultura. No obstante, también comprobamos que estas entidades no cuentan con un marco legal adecuado para el desarrollo de su actividad. Cuarta.- para terminar, se analiza la gestión del derecho de autor a fin de determinar la existencia de mecanismos que permitan la realización de las actividades de las entidades de difusión cultural y si existe alguna fórmula que propicie la compatibilidad o equilibrio ente el derecho de autor y el derecho de acceso a la cultura. NOTA: Esta memoria está sujeta a la licencia de Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual2.5 España de Creative Commons disponible en:http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/es / "Copyright and Cultural Rights"TEXT:The aim of this work is to demonstrate the relationship between Copyright and Cultural Rights and to get to know more about them. Are these rights compatibles or complementaries? Or, are they in conflict? We try to find the answer to the following question: Can Copyright to be restriced by Cultural Rights?The starting point is the Copyright's limits or "fair use". This means that it is possible to allow use of works without the Author's autorization, but only in specific cases defined by the Law. The limits were established because they were necessary to avoid confrontation between Copyright and human rights.The analysis focuses on the Spanish proposal of modifying the Copyriht Law due to the new International Copyright regulations and the incorporation European Directive of Copyright and Information Society. The new Treaties and the Directive mean to introduce changes in Copyright regulations to adapt the analog age to the digital era, and the changeover affected the limits of Copyright. However, only the limits related to Cultural Rights were analysed.This work is divided into four parts:1º.- In the first part Intellectual Property Rights and Cultural Rights were analysed to build the following hypothesis:Intellectual Property Rights are accepted in Spanish Law as property Rights, as long as it does not conflict with human rights. Cultural Rights are human rights, and for that reason Intellectual Property Rights can be limited by them.2º.- Subsequently, Copyright limits in the current Law and the new Law project were analysed to verity if the limits are appropiate in regards to Cultural Rights or if they are impinge on them.3º.- Finaly, the contents of Cultural Rights in relation to cultural institution activities and Copyright management were also studied.Conclusion: there are no specific regulations for Cultural Rights nor is there a legal exception (or limits) for cultural activities.
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Análisis jurídico de la auditoría de cuentas

Jané Bonet, Juan 08 February 1994 (has links)
Las cuestiones que nacen de las relaciones entre el Derecho Mercantil, la Contabilidad y la Auditoría resultan necesariamente atractivas para quien desarrolla su actividad en temas donde ambas disciplinas están estrechamente unidas, y tienen influencias recíprocas y se prestan mutuamente un auxilio para la solución de determinados problemas. Por un lado, al ser la Contabilidad materia esencial de la Diplomatura de Ciencias Empresariales, es natural que quien desempeña una titularidad de una materia jurídica se vea fuertemente influenciado por las repercusiones que la contabilidad produce en la disciplina que él profesa. Si además le unimos el ejercicio profesional donde ambas materias conviven en amigable armonía, aunque presentando siempre cuestiones prácticas de innegable interés, es lógico que quien les escribe esté fascinado por seguir adelante en el análisis jurídico de las vinculaciones entre las citadas tres materias.Tras lo dicho, resulta oportuno reflexionar aquí acerca del objeto inmediato de este trabajo, que no es más que la exposición del nuevo régimen jurídico de la auditoría de cuentas en el Derecho Español vigente, desde una perspectiva netamente jurídico-mercantil, relacionado la misma con otros campos jurídicos y contables, y estudiando asimismo las instituciones de la armonización contable y de auditoría, y sus antecedentes históricos. Problema más complicado es determinar el método jurídico utilizado. JIMENEZ DE PARGA, señala que el método es el camino que se sigue en la tematización de la realidad que se analiza. Así el método debe ser diferente y el apropiado para cada trabajo y, es más, en un estudio debe ser un producto científico nuevo, o al menos diferente. En el campo jurídico podemos trabajar en dos grandes vertientes metodológicas (dogmática-formalista y empírico-sociológica). Ambas opciones, sin ser antagónicas, pueden hacerse compatibles en la formulación de las hipótesis jurídicas. A mi entender el estudio que tienen en sus manos desarrolla ambas, es decir, en la primera y la segunda parte se ha utilizado la metodología empírica-sociológica y en la tercera parte la dogmática-formalista. Respecto al método operacional me he planteado inicialmente los temas más generales hasta llegar a los aspectos concretos y específicos del problema realizándose por el camino deductivo.A mayor abundamiento, se ha utilizado un método de análisis y se ha intentado descomponer la auditoría de cuentas en sus diversos aspectos, por lo que debe ser considero un estudio jurídico-descriptivo.El estudio se divide en tres partes que se vertebran en sus correlativos capítulos, apartados, epígrafes, subepígrafes y letras.Por último, sólo me queda por añadir que las notas a pie de página están numeradas de forma independiente en cada parte, y recogen tanto razonamientos marginales del texto principal corno las citas que se expresan el estado de la doctrina. / Questions originated in the relatlons between Commercial Law and Accounting turn out necessary atractive for who developes his activity on subjects where both disciplines are tightly together and have reciprocal influences aod rend one to each other a mutual assistance for the solution of especifics problems. On the one hand, as Accounting is an essential subject in the "Diplomatura de Ciencias Empresariales", it is natural that who is helding a post in a jurídical matter becomes influenced far the repercusions that Accounting brings in the discipline that he profess.Moreover if we put together the proffesional practising where both subjects live together in friendly harmony, although always showing practical questions of indeniable interested it is logical that who writes about them was fascinated by continuing in the juridical analysis Commercial Law-Accounting-Auditory. Nowdays, the complexity, intensity, and the massification of modern economical trade requires that the auditor was in a continuous training process, as asking for the colaboration of assistants who help him in his professional life, circunstances that generated him considerable costs. Furthermore, the auditor rnust be independent in the development of his professional life. Nevertheless what grade of independence can have an accounting auditor with an important pride at the moment that his best customer insinuates him the possibility that another auditor has offered him his work and he is less rigorous or even that the offers him a better price because he doesn't need so much hours in the development of the auditing because if we think well his straff is more prepared. Although, in a firm with an important auditing it would be difficult, perhaps impossible, to obtain by the customer a report what doesn't real image of the audited society and the motive are the intern controls that has the big firm, and that the smallest firm doesn't have. The auditing made by a big firm is more valuous than another made by in a small firm because the security that I had made allusion for instance the budget of the University of Barcelona, and it is liquidation is audited by one of the main multinational enterprises, despite of the big part of the auditors that operated in Catalonia have received their training in this University.And evermore, although the costs are important, it is more important the good name of who is auditing for the prestige of who is auditing for the prestige of who is being auditing. So you can understand that in 1991 among the 220 main private enterprises in Spain, 205 (90,7%) were audited by six multinationals whose names were in the mind of everybody and only 21 (the 9,3%) were audited by 21 Spanish enterprises. In accounting to the pushe auditing the viewis even more desolated. In 1991, The Industry Ministery asked for auditing because it contracted five consulting firms for doing the diagnostics of the problems of the competivity that 49 industrial sectors and subsectors suffers. None of them was Spanish.
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Delitos especiales, Los

Gómez Martín, Víctor 16 January 2003 (has links)
La presente investigación se divide en tres Partes. La Primera Parte se ocupa del concepto de delito especial. En ella se defiende un concepto de delito especial simple y dependiente de la autoría y la tentativa. Lo primero obedece a la pluralidad de fundamentos de los delitos especiales. Lo segundo, por una parte, a que no cualquier concepto de autor, sino sólo un concepto restrictivo es compatible con el concepto de delito especial; y, por otra, a que, aunque ello no es lógicamente necesario, resulta conceptualmente conveniente definir los delitos especiales teniendo en cuenta la solución de los supuestos de tentativa de sujeto inidóneo.La Segunda Parte tiene por objeto el análisis del fundamento de los delitos especiales. En este trabajo se considera preferible distinguir entre tres clases de delitos especiales en atención a su fundamento: los que se basan en el incumplimiento de una función social institucionalizada (por ejemplo, los delitos de funcionario); los que se fundamentan en el incumplimiento de una función social no institucionalizada (por ejemplo, el delito de vulneración de secreto profesional); y, por último, los delitos especiales en que la limitación del círculo de posibles autores no se debe a ninguna de aquellas dos razones (por ejemplo, el delito de alzamiento de bienes). En las dos primeras clases de delitos especiales, la intervención de un "extraneus" deberá ser castigada con una pena inferior a la del "intraneus" por su menor accesibilidad al bien jurídico. En cambio, ello no ocurre en la tercera clase de delitos especiales, pues no puede afirmarse que en estos supuestos el contenido de antijuricidad de su conducta sea inferior. En la Tercera Parte de la investigación se ha profundizado en la conveniencia de un concepto de delito especial dependiente de la tentativa a partir del análisis de la cuestión relativa a la punibilidad de los supuestos de tentativa de sujeto inidóneo. Dicho análisis revela que estos casos no deben quedar impunes. La principal consecuencia de esta circunstancia consiste en una definición de los delitos especiales que lo presente como aquellos delitos que sólo pueden ser cometidos a título de autoría, en grado de consumación o de tentativa idónea, por los "intranei".
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Derechos fundamentales a la vida, integridad física, intimidad y a la tutela judicial efectiva en la relación jurídica penitenciaria, Los

Corbella i Duch, Josep 21 July 1997 (has links)
DE LA TESIS:La promulgación de la Ley Orgánica General Penitenciaria, en 26 de septiembre de 1979, significó el reconocimiento normativo de la existencia de una relación jurídica entre la Administración pública y el ciudadano recluido en prisión, que, por dicha circunstancia, no pierde su condición de tal. Sin embargo, el cumplimiento de una medida de prisión, comporta la supresión o limitación temporal del ejercicio de alguno de los derechos fundamentales reconocidos, además de la privación de libertad.Con este punto de partida, me he planteado el presente trabajo, donde he comenzando por realizar una prospección con el fin de señalar las disposiciones de la normativa penitenciaria que regulan el ejercicio de los derechos fundamentales reconocidos en la C.E., señalando, al mismo tiempo, las resoluciones del Tribunal Constitucional que interpretan su contenido y alcance conforme a la norma fundamental.Tanto la jurisprudencia constitucional como la de los tribunales ordinarios reitera una y otra vez que la relación jurídica penitenciaria es una relación en la que la Administración se halla en una situación especial de supremacía frente al ciudadano, a quien, por tal motivo, se le imponen unas condiciones especiales de sujeción. Por ello, en primer lugar, y antes de entrar a examinar el desarrollo del ejercicio de los derechos fundamentales dentro de la normativa penitenciaria, se me ha impuesto como necesario tratar sobre la configuración y contenido de la relación jurídico-penitenciaria.El método de trabajo empleado es analítico, y la sistemática seguida consiste en estudiar, separadamente, el concepto del derecho fundamental considerado en cada uno de los capítulos, las normas legales que lo configuran, su regulación en el ámbito penitenciario, y la doctrina establecida por la jurisprudencia. El esquema se altera levemente en el estudio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva debido a losdiversos aspectos que abarca.Intento un estudio de la configuración de los derechos fundamentales primarios, vida, integridad física e intimidad, dando por sentado que la privación del goce del derecho fundamental a la libertad constituye el contenido aflictivo de la pena de prisión, y, que ese ejercicio está más o menos limitado según el grado de cumplimiento de la pena. Analizo también la efectividad del goce del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, de manera especial en lo que se refiere al ejercicio del derecho de defensa y a la asistencia letrada, tanto dentro de la propia relación jurídico-penitenciaria como en las relaciones jurídicas que nacen y se desarrollan al margen y con independencia de la misma. En este punto, siempre me han causado preocupación las dificultades que se derivan de la normativa penitenciaria y del mismo sistema de ejecución penal para que el condenado pueda tener acceso a la asistencia jurídica por un profesional de su confianza. El aislamiento que necesariamente produce el ingreso en prisión, el traslado a un centro de cumplimiento alejado del domicilio habitual y de la residencia familiar, constituyen graves obstáculos para obtener la asistencia y el consejo en materia legal en el momento deseado. El problema se agudiza cuando se trata de formular alegaciones o presentar recursos dentro del procedimiento penitenciario sancionador, ante la brevedad de los plazos concedidos.Centro el estudio de la vigencia del derecho a la vida dentro de la situación de huelga de hambre, por tratarse de una situación límite en la que inciden el ejercicio de lo poco que queda del derecho a la libertad (libertad ideológica o de pensamiento) del interno y la obligación de la Administración de velar por su salud e integridad. Por lo que respecta al goce del derecho a la intimidad, que está regulado en diferentes disposiciones de la normativa penitenciaria, resulta limitado en gran manera por la propia estructura de la institución carcelaria. En una primera lectura de la normativa penitenciaria, se puede llegar a la conclusión de que el legislador sólo ha querido limitar temporalmente el ejercicio del derecho a la libertad del condenado a pena de prisión, pero la sociedad tiene una imagen del castigo más profunda e intensa. La misma comunidad que aprueba la Constitución de 1978 y promulga la LOGP de 1979, quiere las cárceles con unos muros muy altos y muy gruesos que sirvan tanto para aislar a los que no respetan las normas de conducta establecidas como para dejar constancia de la seguridad de tal aislamiento. De esta forma, se puede olvidar farisaicamente de que tales muros encierran a personas y de que la prisión tiene por finalidad reeducar, por esto, a veces, poco importa que la prisión impida el ejercicio de otros derechos fundamentales además del de la libertad.Después de elaborado y revisado este trabajo, cuando ya, físicamente, había iniciado el camino para su presentación ante el Tribunal correspondiente, el B.O.E. de 24 de noviembre de 1995 publicaba el tan esperado nuevo Código Penal, con la previsión de su entrada en vigor transcurridos seis meses, y el B.O.E. de 15 de febrero de 1996 publicó el R.D. 190/96, de 9 de febrero, por el que se aprueba un nuevo Reglamento Penitenciario, derogando expresamente el anterior de 8-5-81 (salvo los arts. 108, 109, 110, 111 y primer párrafo del 124, relativos a las faltas o infracciones de los internos, a las sanciones disciplinarias y a los actos de indisciplina grave cuya sanción puede ser inmediatamente ejecutada) que entró en vigor el 25 de Mayo de 1996, el siguiente día de la del nuevo Código Penal de 23-11-95. La modificación del texto penal y de la norma reglamentaria que, como indica en su preámbulo, ha pretendido incorporar la importante doctrina jurisdiccional sobre la LOGP, especialmente la determinada por el T.C., estableciendo, entre otras novedades, una nueva regulación del Estatuto jurídico de los reclusos, concretando con mayor detalle, respecto de la normativa anterior, sus derechos y deberes, así como las vías de acceso a las prestaciones de las Administraciones públicas, ha exigido una revisión total del trabajo, realizada con la urgencia que imponen las circunstancias, pero intentando dar una visión panorámica de la nueva legalidad. En el texto, las referencias hechas al Código Penal y al Reglamento Penitenciario, se entienden a las de 1995 y de 1996, respectivamente, y, cuando se refieran a los de 1973 y de 1981, se indicará expresamente.
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Manipulación genética «sensu lato» y Derecho penal: Reflexiones sobre algunos presupuestos dogmáticos

Peña Guillén, Sandra Catalina 12 May 2009 (has links)
Esta tesis parte de los avances científicos y tecnológicos que proceden del desarrollo de ciencias como la Genética y la Biotecnología, y de las consideraciones que realiza la Bioética, con el fin de analizar la intervención del Derecho penal en estos temas. El estudio se sustenta en los delitos relativos a la manipulación genética tipificados en el Código penal de España de 1995, (la legislación de la autora -ecuatoriana- no tipifica estos delitos). Dentro de este trabajo se considera el concepto de sociedad de riesgo y su vertiginoso adelanto científico y tecnológico, lo cual origina nuevas formas de ataque a bienes jurídico-penales protegidos por el Derecho o que se introduzcan nuevos bienes jurídicos. En este sentido, luego de analizar algunos elementos como la doctrina sobre el bien jurídico-penal, los antecedentes legislativos a estos delitos y la jurisprudencia relacionada, se efectúa una construcción dogmática que concluye con exponer los criterios sobre la existencia de un bien jurídico-penal único protegido en estos delitos.Posterior al establecimiento del bien jurídico-penal único, se profundiza en el consentimiento dentro de la Teoría política y de otras instituciones, con el propósito de elaborar una propuesta dogmática sobre la ubicación del consentimiento dentro del Derecho penal. En este sentido, se sostiene que el consentimiento es un principio limitador del Ius Puniendi del Estado. A partir de ello, se estudia la relevancia del consentimiento informado dentro de los delitos relativos a la manipulación genética. Dentro de las reflexiones que se realizan, se relaciona al consentimiento con otros principios como es el de autodeterminación y el de autorresponsabilidad, y se sostiene que los principios limitadores del Ius Puniendi del Estado son de dos clases: 1. Principios de naturaleza individual (autonomía de la voluntad, consentimiento y autorresponsabilidad), por la protección que otorgan a los derechos y a las garantías individuales; y 2. Los principios de naturaleza colectiva (los otros principios conocidos), que se aplican más a las garantías generales del Derecho penal. El efecto jurídico que produce el consentimiento y sus principios afines, es la exclusión de la tipicidad.En esta tesis se aborda la imputación a la víctima relacionada a los delitos relativos a la manipulación genética. Por un lado, este hecho se justifica por la estrecha relación entre temas como la disposición del titular sobre el bien jurídico y el consentimiento. Por otra parte, dentro de los principios de naturaleza individual, se incluye el de autoresponsabilidad, razón por la cual, se analizar la imputación a la víctima. En este sentido, la atribución de la conducta y del resultado a un individuo, bien puede contener algunos parámetros provenientes de la Teoría cuántica. Conjuntamente con ello, dentro de los tipos penales relativos a la manipulación genética se presenta un inevitable retomo a la figura del consentimiento, en este caso al consentimiento informado. Esto demuestra que las soluciones dogmáticas a los problemas de imputación a la víctima pueden ser varios, y dependen del alcance de cada tipo y de la normativa sectorial de cada caso. También se efectúan algunas reflexiones de lege ferenda sobre la imputación a la víctima en estos delitos.Los principios de naturaleza individual cumplen una doble función: 1). Como principios limitantes de las facultades punitivas del Estado; 2). Dentro de la Teoría del delito, garantizan la autonomía de la voluntad del individuo al momento de elegir determinadas posibilidades o riesgos. Precisamente, a través de los principios de naturaleza individual, la persona manifiesta su libertad en donde se le es permitido, dentro de dos ámbitos tan distintos como son los límites al Ius puniendi del Estado y la Teoría del delito. / The present Thesis begins with the technical advances in Genetics, Biotechnology and the Bioethics considerations, with the main proposal to study the Criminal Law intervention on this matter. This Thesis analyzes on the typified crimes involving genetic manipulation the Spanish Criminal Code of 1995. After, the author studies on the existing doctrine on the criminal-legal rights and crimes of danger, the main conclusion is that the genetic manipulation crimes are protecting an unique criminal-legal right.The consent constitutes a limiting principle of the "Ius puniendi" of the State. In this sense, we have two kinds of principles: 1. The principles of individual nature represent the supremacy of individual behaviour; and 2. The other principles limiting the "Ius puniendi" of the State in general (principles of collective nature) that come from collective rights and general guarantees of Criminal Law.In this Thesis, we considered necessary to include the imputation of the victim involved in crimes of genetic manipulation, thus, among the Principles of Individual Nature, we include self-responsibility. In relation to the validity of consent, as a dogmatic option for solving the issue of imputation of the victim, we conclude that depending on particular legislation, informed consent is not only admissible but necessary to demarcate the victim's or patient's self-responsibility.Thus, the doctrinal premise on the importance of particular legal rules and the Principle of Self-responsibility is proven. The Principles of Individual Nature addressed In this study have a double role: 1). As Limiting Principles of the Punitive Power of the State; 2). In Theory of Crime, they guarantee the free will in choosing certain possibilities or risks. Through the Principles of Individual Nature, the individual manifests his liberty when allowed, in two areas as different as the limits to the "Ius puniendi" of the State and Theory of Crime.
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Análisis comparativo del tipo básico del delito de lesiones en España y en Chile. Bases para una reforma

Rettig Espinoza, Mauricio Alfredo 17 December 2010 (has links)
El objeto de esta investigación es un estudio sistemático y comparativo del delito de lesiones, fundamentalmente en lo que a su tipo básico se refiere y a su relación con el sistema del delito de lesiones concebido principalmente en España y en Chile. Sin perjuicio de que existen en España monografías sobre el tema, éstas fueron escritas hace ya algunos años, al cabo de los cuales no solo se han producido reformas legislativas, sino que además la dogmática penal ha avanzado mucho. Si bien es cierto que las partes especiales abordan con mayor o menor detenimiento el delito de lesiones, lo haremos con mayor profundidad en coherencia con el método que proponemos.PALABRAS CLAVE: Salud individual, Consentimiento, Imputación objetiva
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Cuantificación de las expectativas de precios a partir de la encuesta industrial de la UE

Clavería González, Óscar 29 April 2003 (has links)
El presente trabajo se enmarca dentro de una corriente de la literatura centrada en la utilización de los datos cualitativos de las encuestas de opinión para la predicción a corto plazo. El objetivo es extraer el máximo provecho de la información disponible contenida en las encuestas de opinión con fines predictivos. Para ello se desarrolla un nuevo método de cuantificación que permite obtener predicciones de la tasa de crecimiento esperada a partir de la información cualitativa contenida en las encuestas de opinión.En este tipo de encuestas se pregunta periódicamente a empresarios y consumidores sobre la evolución percibida y esperada de las principales variables económicas que afectan a su actividad. Esta característica hace que los resultados obtenidos a partir de estas encuestas tengan un gran valor anticipatorio y sean menos susceptibles ante errores de muestreo y de medición que los provenientes de encuestas que requieren predicciones puntuales. Por este motivo, las encuestas de opinión son la principal fuente de obtención de expectativas directamente observadas.Esta última ventaja entraña a su vez una de las limitaciones fundamentales de este tipo de encuestas. El hecho de que la información sea cualitativa hace necesaria la implementación de algún tipo de transformación con el objetivo de hacerla más fácilmente interpretable y de poderla analizar con el instrumental estadístico convencional.La necesidad de transformar las respuestas policotómicas sobre la dirección del cambio en medidas cuantitativas está en el origen de la literatura relacionada con el diseño de métodos de cuantificación. No obstante, la escasa capacidad predictiva mostrada por los métodos de cuantificación propuestos hasta el momento los hace difícilmente aplicables en el ámbito de la coyuntura.Además, la aplicación de estos métodos requiere de ciertos supuestos difícilmente contrastables: igual distribución de las respuestas sobre la percepción pasada y la expectativa futura de una variable, simetría y constancia en el tiempo de la tasa de crecimiento por debajo de la cual los encuestados no perciben cambio alguno en la variable, etc.La metodología presentada en este trabajo permite relajar y contrastar algunos de estos supuestos. A partir del modelo probabilístico con intervalo de indiferencia asimétrico y dinámico se desarrolla un método general del cual se derivan otros dos métodos que pueden entenderse como casos particulares del primero. Mediante una representación "state-space" más flexible y la utilización del filtro de Kalman, los tres métodos propuestos permiten estimar parámetros de indiferencia asimétricos y cambiantes en el tiempo sin necesidad de utilizar las percepciones sobre la evolución pasada de la variable.Se realiza también una aplicación para las expectativas sobre los precios de venta de las manufacturas en los países miembros de la Unión Europea y en el conjunto de la Zona Euro. Este análisis empírico permite comparar los resultados obtenidos mediante la nueva metodología con los que se desprenden de los principales métodos existentes. A partir de una evaluación comparativa de la capacidad predictiva de las diferentes series de expectativas de crecimiento de los precios industriales estimadas se escoge el método más adecuado.Dado el objetivo predictivo del presente trabajo, la fuente de error que se pretende minimizar es la introducida al cuantificar los datos sobre la dirección de cambio. Por este motivo, el análisis empírico se complementa con un experimento de simulación que permite diferenciar entre las diferentes fuentes de error, y así, seleccionar el método con un menor error de medida o de conversión.A pesar de que el análisis se centra en los precios industriales, la metodología es extensible a cualquier otra variable contenida en las encuestas de opinión para la que se disponga de una serie cuantitativa de referencia.
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Sobre convergencia económica. Aspectos teóricos y análisis empírico para las regiones europeas y españolas

Mora Corral, Antoni J. 13 June 2002 (has links)
La presente tesis realiza un análisis regional teórico y empírico de la convergencia económica. En primer lugar, se evidencia que ha existido un comportamiento diferenciado en el crecimiento económico regional en la Unión Europea, apuntando de forma general a una serie de factores como posibles causas.A continuación, se especifica la relación de la convergencia con los diferentes modelos de crecimiento y, por otra parte, se muestra la posibilidad de utilizar análisis alternativos de la convergencia al tenerse en cuenta acepciones diversas del término convergencia. En este sentido, la presente tesis recoge como posibles definiciones de convergencia a: las derivaciones del modelo neoclásico: (beta) convergencia absoluta y condicional, convergencia en sentido estocástico, convergencia en sentido de catching-up tecnológico, convergencia en sentido de reducción de disparidades y convergencia mediante un análisis de la dinámica distribucional. A partir de esta relación se obtiene evidencia empírica de cada uno de los análisis alternativos planteados para las regiones europeas así como para las españolas, habiéndose aplicado tanto técnicas habitualmente utilizadas por la literatura como aportaciones propias. En general, la convergencia ha sido mayor en términos de productividad que en el caso del producto per cápita, para ambos ámbitos geográficos analizados, constatándose mayor intensidad en los movimientos también para la variable productividad. El caso español presenta una mayor concentración en torno al nivel medio tanto del VAB per cápita como del VAB por ocupado.Por otra parte, se ha definido de forma teórica el concepto de club de convergencia y, en concreto, el de trampa de crecimiento, proponiéndose una clasificación en cuanto a las causas que provocan su aparición, tanto a partir del modelo neoclásico (diferenciación en sus tasas de ahorro) como a partir de una visión endógena (niveles bajos en capital humano, ahorro, crecimiento de la población, inversión en I+D y diferenciación en los parámetros de la función de producción). Posteriormente, se utiliza un criterio de agrupación óptimo para la detección de clubes de crecimiento regionales, contrastando su estabilidad en el tiempo. Se obtienen tres grupos para el conjunto de regiones europeas y españolas, detectándose estratificación superior para el grupo de regiones con menor nivel de producto o VAB per cápita. Adicionalmente, para el caso español se ha constatado una diversificación en los rendimientos a escala mediante un análisis tipo umbral en la estimación de la ley de Verdoorn. Finalmente, se analiza mediante la estimación de kernels estocásticos condicionados cuáles han sido las variables que presentan significación al considerar ciertos grupos homogéneos de economías. Los resultados muestran para la UE la significación del estado de pertenencia, la vecindad espacial y, la de los grupos definidos de forma óptima. Con respecto al análisis regional español tan sólo resulta significativa la utilización de los grupos definidos de forma óptima, si bien únicamente para el año inicial.
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Modelo econométrico regional para Cataluña, Un

Suriñach Caralt, Jordi 22 June 1987 (has links)
El trabajo presentado como tesis doctoral está subdividido en tres grandes apartados. En el primero de ellos se realiza un análisis de los antecedentes, terminología y características básicas de la modelización regional y en especial de la econométrica. En la segunda se estudian las distintas etapas de las que consta el trabajo econométrico (especificación, estimación, validación y utilización) para los modelos econométricos más importantes existentes (principalmente estadounidenses) destacando aquellos aspectos que puedan incidir en lo que ha sido el gran objetivo del trabajo: la construcción de un modelo econométrico regional para Cataluña. En la tercera parte se elabora el citado modelo estudiándose variables referidas a la producción y mercado de trabajo: índice de producción industrial catalán: empleo de los sectores industrial-construcción y terciario; empleo no agricola; población activa, desempleo, tasa de paro, empleo total y tasa de actividad. / The principal aim of this thesis was to construct the first version of a uniregional econometric model for Catalonia. This work must be considered within the Hispalink Project for regional modelling for the different Autonomic Communities in Spain. Previous to the construction of this model, it was necessary to know the real state of the regional econometric modelling. That's the reason why the exposition was divided into three parts.In the first part, we studied the most important characteristics of regional modelling, setting a comparative analysis among the three types of models: Economic Base, Input-Output and econometrics. Afterwards, the antecedents and general characteristics of the latest, were analyzed because it's the type used on this piece of work. In the last chapter of this first part, we studied the terminology of macroeconometric models used all through the thesis and the opposing concepts like regional-multiregional, the regional size and the type of the analysis (predictive, descriptive,...). The different approach to multiregional modelling has a special importance: Top-Down, Bottom-Up, interregional and Regional-National.The second part is devoted to the comparative study of the uni- or multiregional econometric models published, mainly localized in the USA. The analysis was completed from both the temporal point of view and the analysis of the different phases of the econometric work: model specification, estimation, validation and utilisation. The variables were grouped into blocks, the most usual being production, labor market-employment, personal income, investment and public sector.From all this information, in the third part we constructed a first version for a regional econometric model for Catalonia. It consists of 18 variables (9 endogenous and 9 predeterministic), and 5 equations and 4 identities. To all these expressions, the equations and variables necessary to make an Industrial Production Index (IPICAT) must be added. Other basic characteristics of the model are the unidirectional causality and the periodicity adopted (quarterly). Endogenous variables. IPICAT, employment sectors (Industrial-construction and services), unemployment, labor force, rates of unemployment and activity, non-agricultural employment, total employment.
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Estructura de la propietat agrària. Aplicació a la Regió Catalana de l'Ebre

Franquet i Bernis, Josep Maria 07 July 1995 (has links)
L'estructura de la propietat agrària, sobre la qual es basen i desenvolupen les activitats pròpies del sector primari de l'Economia, és una qüestió fonamental per entendre la realitat social i econòmica del món rural i, fins i tot, per tal de programar eficientment la política agrària que es porti a terme a qualsevol territori.El treball que ara presentem, com indica el seu mateix títol, està referit, en general, a l'estudi de l'estructura de la propietat agrària, particularitzant i exemplificant a la regió més meridional de Catalunya o vegueria de les Terres de l'Ebre (constituïda per quatre comarques del sud de Catalunya, de forta tradició agrària: Baix Ebre, Montsià, Terra Alta i Ribera d'Ebre). Un conjunt d'annexos completen la informació estadística i metodològica sobre els diferents temes tractats al cos central del procés.Les dades que es presenten a l'avanç són el resultat de la tabulació de l'arxiu censal, després dels primers processos de depuració i validació de la informació recollida. Aquestes dades ofereixen una visió bàsica sobre l'estructura del sector agrari, útil com a instrument de treball per analitzar la situació actual de l'agricultura, la ramaderia i els boscos, i la seva evolució recent en una àrea geogràfica o territori determinat pel nostre estudi: les quatre comarques catalanes de l'Ebre.D'aquesta manera, intentem omplir la llacuna existent en una matèria d'interès transcendental, a l'ensems que aprofundir en l'estudi d'aquestes qüestions mitjançant l'ús de modernes tècniques estadístiques i operacionals. Així, també, la metodologia emprada resulta fàcilment aplicable a qualsevol territori susceptible d'anàlisi en aquest sentit, havent-la referit a la Regió catalana de l'Ebre per motius obvis de proximitat, afecte i paisanatge de l'autor. El treball es completa amb diversos quadres, taules i gràfics sobre la temàtica en estudi, els quals desitgem que aportin a la nostra tesi un caràcter molt més il·lustratiu i exacte.Una vegada hem arribat a aquest punt, es creu interessant d'exposar alguna idea justificativa sobre l'instrumental matemàtic emprat en certes parts del treball. Efectivament, també el pensament abstracte demostra ésser útil en el tractament de problemes concrets, com ho són els propis de la anàlisi de l'estructura de la propietat agrària, i cercar-hi els esquemes "legals" essencials, puix que llavors sorgeixen inesperades analogies que suggereixen elegants solucions als mateixos per la via de l'isomorfisme, és a dir, per reducció, simulació o trasplantament d'un àmbit conceptual a un altre d'idèntica estructura "legal" però d'intuïció més fàcil o de recursos tècnics més coneguts i amanosos. Les Matemàtiques són útils per traduir els conceptes verbals en formes concises i consistents, però també fan quelcom més que això: subministren a l'estudiós dels temes territorials unes eines intel·lectuals freqüentment més poderoses que el llenguatge ordinari, perquè incorporen conceptes i permeten la realització d'operacions per a les quals no existeixen equivalents verbals manejables. Creiem, per la nostra part, que es tracta d'un tema de gran interès i actualitat, car tant les precedents consideracions com l'esperit del nostre estudi pretenen atreure l'atenció vers aquesta fonamental i tradicional faceta de la realitat agrària del país. I tota la problemàtica que pot derivar-se'n caldrà atendre-la com a origen de profundes modificacions socials, culturals i polítiques.Tots aquells treballs i alguns altres la descripció detallada dels quals obviarem aquí per raons d'espai, constitueixen la base de la present treball. Al llarg del desenvolupament de la mateixa, i en tractar cada tema en concret, s'exposen i discuteixen les conclusions que es van obtenint, agrupant-les totes elles, al final del treball, en un capítol de conclusions finals, que es complementa amb les dades estadístiques corresponents, les possibles projeccions d'aquest treball en el plantejament de noves directrius d'investigació, així com les pertinents referències bibliogràfiques i documentals. / /ABSTRACT:The structure of agrarian property, upon which the activities characteristic of the prime sector of the Economy are based and developed, constitutes a fundamental question for the understanding of the rural world and, also, in order to program efficiently agrarian policy to be carried out in any territory. This doctoral dissertation refers to the study of the structure of the agrarian property, in particular the southern region of Catalonia: The Ebro region (made up by four regions of strong agrarian tradition: Baix Ebre, Montsià, Terra Alta and Ribera d'Ebre). Among other topics investigated, the following are emphasized: the analysis of climatic conditions, the distribution of agrarian property, the statistical analysis and the problem of measuring lands; a methodological proposition is made in order to estimate the value of production in the primary sector and another for a program of structural improvements, finalizing with an economic analysis of the agrarian enterprise. Several annexes complete the statistical and methodological information of the different topics treated in the central body of the thesis. Throughout the development and treatment of each topic in particular, the conclusions arrived at are exposed and discussed, grouping all of them (at the end of the work) in a chapter with the final conclusions complemented with the corresponding statistical data, the possible projections of this work in the implementation of new lines of investigation, as well as the pertinent bibliographic and documentary references. The methodology used, definitively, result easily applicable in the study of any territory susceptible to this type of analysis.

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