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Análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Vacancia Presidencial por Permanente Incapacidad Moral y una propuesta para su adecuada interpretaciónMuñoz Mendoza, Claudia Maria 06 March 2024 (has links)
El presente artículo abordará el tema del análisis a la Sentencia expedida por el
Tribunal Constitucional sobre la Vacancia Presidencial por Permanente Incapacidad
Moral, N° 778/2020 (Expediente 00002-2020-CC/TC). El problema principal que se
plantea en este trabajo académico es si los magistrados del Tribunal Constitucional
resolvieron bien la sentencia correspondiente ante la posibilidad de que se
pronunciaran acerca de la controversia de fondo, analizando sobre todo los votos
singulares que cada uno de los magistrados emitió y a través de los cuales dejaron
ver sus posiciones ante la problemática. Luego de analizada la Sentencia y los
fundamentos de votos de cada uno de los magistrados, se entra a proponer una
alternativa de lineamientos a tomar en cuenta para una correcta interpretación
constitucional, amparándose en márgenes de razonabilidad y objetividad.
Finalmente, se concluye con una reflexión ante la crisis política que nos aqueja
desde hace más de seis años. / This article will address the topic of the analysis of the Ruling issued by the
Constitutional Court on the Presidential Vacancy due to Permanent Moral Incapacity,
No. 778/2020 (File 00002-2020-CC/TC). The main problem that arises in this
academic work is whether the magistrates of the Constitutional Court resolved the
corresponding sentence correctly given the possibility of them ruling on the
underlying controversy, analyzing above all the singular votes that each of the
magistrates issued and through which they revealed their positions on the problem.
After analyzing the Sentence and the reasons for the votes of each of the judges, an
alternative of guidelines to be taken into account for a correct constitutional
interpretation is proposed, based on margins of reasonableness and objectivity.
Finally, it concludes with a reflection on the political crisis that has plagued us for
more than six years. / Trabajo académico
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N° 0491-2011-0-1817-JR-CO-16, E-2594, demanda sobre nulidad de acuerdos societarios interpuesta contra Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A.Burgos Juárez, Diana Stephanía 21 November 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analizará la demanda interpuesta por TALINGO
CORPORATION, Ricardo Eleazar Revoredo Luna y Edgar Eduardo Muñoz Huertas contra
Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A. mediante la cual se solicitó que se declare
la nulidad de los acuerdos adoptados en la junta general de accionistas de Compañía Minera
San Ignacio de Morococha S.A. de fecha 21 de enero de 2011. A efectos de que se declare
la nulidad de dichos acuerdos, en la demanda se invocó la vulneración de normas imperativas
y, específicamente, la vulneración de los artículos 6 y 57 de Ley de Competencia Notarial en
Asuntos No Contenciosos. Según estas disposiciones, en caso de tramitarse una
convocatoria notarial a junta general de accionistas y formularse alguna oposición, el notario
debe suspender su actuación y remitir todo lo actuado al juez correspondiente.
Respecto a la controversia, corresponde mencionar que CLARION HOLDING LTD., en su
calidad de accionista mayoritario de Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A.,
solicitó la convocatoria notarial a junta general de accionistas para tratar la elección de
reemplazantes de los directores que habían renunciado hasta ese momento. Sin embargo, al
día siguiente de presentada dicha solicitud se produjo un supuesto de vacancias múltiples.
Tras la publicación de los avisos de convocatoria, TALINGO CORPORATION, Ricardo
Eleazar Revoredo Luna, Edgar Eduardo Muñoz Huertas y otros accionistas de Compañía
Minera San Ignacio de Morococha S.A., se opusieron a la misma, argumentando que no
correspondía la designación de directores reemplazantes de los que habían renunciado, sino
que debía elegirse un nuevo directorio por haberse configurado un supuesto de vacancias
múltiples conforme al artículo 158 de la Ley General de Sociedades. A pesar de la formulación
de dichas oposiciones, se llevó a cabo la junta convocada, en la cual se designó por mayoría
a los directores reemplazantes de los directores renunciantes.
En consecuencia, en el presente informe jurídico se analizarán los siguientes aspectos: (i) si
los demandantes tenían derecho a oponerse a la convocatoria notarial, (ii) si los fundamentos
planteados por los demandantes sustentaron la causal de nulidad de acuerdos societarios
invocada en la demanda, (iii) si los acuerdos adoptados en la junta general de accionistas
contravinieron el artículo 158 de la Ley General de Sociedades y (iv) si al haberse acumulado
las pretensiones derivadas de los acuerdos adoptados por el directorio recompuesto por dicha
junta, la sentencia de primera instancia incurrió en una causal de nulidad por pronunciarse
sobre pretensiones indebidamente acumuladas.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del caso Olivera Fuentes vs. Perú de la Corte Interamericana de Derechos HumanosJiménez Sánchez, Sussana Antuanet 16 May 2024 (has links)
El presente informe de suficiencia profesional se basa en la sentencia de la Corte
IDH sobre el caso Olivera Fuentes vs Perú. En dicha decisión, se declaró la
responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la
vida privada, garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial en
perjuicio del señor Olivera Fuentes. Esta vulneración se produjo debido a las
respuestas administrativas y judiciales brindadas por las autoridades frente a la
denuncia interpuesta por el peticionario, alegando que fue discriminado en la
cafetería de un supermercado debido a su orientación sexual.
El problema principal analizado en el trabajo consiste en determinar la
responsabilidad internacional del Estado por la vulneración de derechos del
peticionario. A partir de ello, se examina si es que el Estado es responsable por
la comisión de actos de discriminación cometidos por particulares,
específicamente por la empresa de supermercado que llevó a cabo el acto de
discriminación. Asimismo, se analizan los alcances de la vulneración de los
derechos a la vida privada, igualdad ante la ley y libre desarrollo de la
personalidad en relación a la orientación sexual del peticionario y la prohibición
de discriminación.
Finalmente, se evalúan los alcances de la inversión de la carga de la prueba en
la relación de consumo que existía entre la empresa y el cliente para determinar
el acto de discriminación en la cafetería. Ello se realiza como parte del análisis
planteado para los derechos a la protección judicial y garantías judiciales del
demandante. / The present professional sufficiency report is based on the judgment issued by
the Inter-American Court of Human Rights in the case of Olivera Fuentes vs.
Peru. In said ruling, the international responsibility of the State was declared for
the violation of Mr. Olivera Fuentes' rights to privacy, judicial guarantees, equality
before the law, and judicial protection. This violation occurred as a result of the
administrative and judicial responses provided by the authorities in response to
the petitioner's complaint, alleging discrimination in a supermarket cafeteria due
to his sexual orientation.
The main issue addressed in this report is to determine the State's international
responsibility for the petitioner's rights violation. As such, an examination is
conducted to ascertain whether the State bears responsibility for acts of
discrimination committed by private individuals, specifically by the supermarket
company that engaged in the discriminatory act. Furthermore, an analysis is
conducted on the extent of the violation of rights to privacy, equality before the
law, and the free development of personality with regard to the petitioner's sexual
orientation and the prohibition of discrimination.
Finally, an evaluation is made of the implications of the burden of proof reversal
in the consumer relationship between the company and the client, aimed at
determining the act of discrimination in the cafeteria. This assessment is
undertaken as part of the analysis proposed for the petitioner's rights to judicial
protection and judicial guarantees.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N°109-2023-OEFA/TFA-SE emitida en el marco del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Nexa Resources Atacocha S.A.A.Cabrejos Caballero, María Teresa 31 July 2024 (has links)
El informe detalla un procedimiento administrativo sancionador iniciado por el
OEFA contra Minera Nexa Resources Atacocha S.A.A por no cumplir con los
plazos de cierre según el Plan de Cierre de Minas vigente durante la supervisión,
a pesar de que posteriormente se extendieron esos plazos mediante una
modificación del plan antes del inicio del procedimiento. Las normas pertinentes
incluyen regulaciones sobre el cierre de minas y el derecho administrativo.
Según el análisis jurídico realizado, a pesar de ampliar la vida útil de la unidad
minera mediante la modificación del Estudio de Impacto Ambiental, la referencia
explícita en este sobre la aplicación del Plan de Cierre de Minas vigente durante
la supervisión generó la exigibilidad de cumplir con este durante dicha etapa.
Sin embargo, al inicio del procedimiento sancionador, el OEFA disponía de un
Plan de Cierre de Minas modificado que hacía inexigible la ejecución de las
actividades de cierre en el plazo establecido por el plan vigente durante la
supervisión.
En este contexto, en base a la cooperación entre las entidades competentes en
materia ambiental, la modificación del Plan de Cierre de Minas antes del inicio
del procedimiento administrativo sancionador no debió aprobarse respecto de
los componentes cuestionados por el OEFA durante la supervisión.
Pese a ello, dado que la modificación del Plan de Cierre de Minas fue aprobada
antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el OEFA debió
aplicar el Principio de Retroactividad Benigna, considerando que este actúa
como una norma complementaria de tipo administrativo en blanco. / This Report outlines an administrative sanctioning procedure initiated by OEFA
against Minera Nexa Resources Atacocha S.A.A for failing to meet closure
deadlines as stipulated in the Mine Closure Plan during the supervision period,
despite subsequently extending these deadlines through a plan amendment prior
to the procedure's commencement. Relevant regulations encompass mine
closure guidelines and administrative law.
According to the legal analysis conducted, despite extending the operational
lifespan of the mining unit via an amendment to the Environmental Impact
Assessment, explicit mention therein of adhering to the Mine Closure Plan during
the supervision period rendered compliance mandatory at that stage.
However, at the commencement of the sanctioning procedure, OEFA possessed
an amended Mine Closure Plan that rendered the execution of closure activities
within the timeframe stipulated by the plan during supervision unnecessary.
In this context, based on cooperation among competent environmental entities,
the amendment to the Mine Closure Plan prior to the commencement of the
administrative sanctioning procedure should not have been approved concerning
components contested by OEFA during supervision.
Nevertheless, given that the amendment to the Mine Closure Plan was approved
prior to the initiation of the administrative sanctioning procedure, OEFA should
have applied the Principle of Benign Retroactivity, considering it acts as a
supplementary norm of administrative nature in blank.
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Informe Jurídico sobre la Casación Laboral No. 3636- 2010 CuscoAragón Samanez, Sol Ivanna 02 August 2024 (has links)
En el marco de un proceso laboral por cese de actos de hostilidad, la Corte
Suprema de Justicia concluyó que si bien el retiro de confianza legitima al
empleador a reasignar al trabajador a su categoría originaria, quedaría proscrita
la posibilidad de reajustar su remuneración al cargo originario al que habría sido
reasignado.
A criterio de la Corte, dado que la remuneración se constituye como un derecho
fundamental, bajo ningún escenario, sería posible reajustar y,
consecuentemente, rebajar la remuneración de los trabajadores. Este reajuste
solo procedería en caso de acuerdo entre las partes; caso contrario, se
configuraría el acto de hostilidad por rebaja inmotivada de remuneración,
previsto en el inciso b) del artículo 30º del TUO de la LPCL.
Desde nuestra posición, sostenemos que, si bien el derecho a la remuneración
merece una especial tutela, su otorgamiento obedece a criterios objetivos, tales
como la categoría a la que pertenece el trabajador, así como el tipo de encargos
y funciones que realiza. Asimismo, en tanto nuestro ordenamiento legitima la
posibilidad de reasignar al trabajador al cargo ordinario y categoría previos que
ocupaba (en razón a la especial naturaleza que tiene este cargo), no vemos
razón que impida realizar un reajuste a su remuneración.
Consideramos que este supuesto no se configura como una privación arbitraria
de la remuneración, sino que se trata de un escenario en el que existen razones
objetivas que, en el caso particular, permiten concluir que es posible reajustar la
remuneración de los trabajadores. / In a lawsuit filed for unlawful work harassement, the Supreme Court of Justice
concluded that while the “withdrawal of trust” legitimizes the employer to reassign
the worker to their original category, the possibility of readjusting their salary
according to this position would be prohibited.
In Court's opinion, since salary is a fundamental right, under no circumstances
would be possible to readjust and, consequently, reduce the workers' salary. This
readjustment would only be possible in case of an agreement between the
parties; otherwise, it would be considered as an act of work harassement, as
provided in subsection (b) of Article 30 of the Texto Único Ordenado de la Ley de
Productividad y Competitividad Laboral.
However, we argue that, while the salary deserves special protection, its
perception should be based on objective criteria, such as the category to which
the worker belongs, as well as the type of tasks and functions they perform.
Likewise, since our legal system legitimizes the possibility of reassigning the
worker to the ordinary position and previous category they occupied (due to the
special nature of this trust position), we see no reason that would prevent the
readjustment of their remuneration.
We consider that this position does not constitute an arbitrary deprivation of
salary, but rather a situation where exist objective reasons that allow us to
conclude that it is possible to readjust the workers salary.
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Informe jurídico sobre la Casación Laboral N.º 13016-2022-LIMAGorbeña Peña, Andrea Ruth 02 August 2024 (has links)
Este trabajo analiza el caso de Casación Laboral N.º 13016-2022-LIMA,
enfocado en el despido del señor Juan Miguel Mendoza Gómez por parte de
INDECO S.A., tras un incidente grabado en video en el que se observa una
broma laboral. Se examinan los fundamentos jurídicos del despido, la
interpretación de la falta grave según el artículo 25 en los incisos a) y f) de la Ley
de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), y la resolución de la Corte
Suprema. El análisis aborda la interacción entre la normativa de seguridad y
salud en el trabajo y las políticas de despido, así como la protección de los
derechos laborales.
El caso se centra en determinar si los gestos realizados por el señor Mendoza
constituyen un faltamiento de palabra en el contexto laboral, y si las acciones de
la empresa fueron proporcionales y justas. A través de este estudio, se enfatiza
la importancia de la seguridad y salud en el trabajo, especialmente en situaciones
que pueden parecer triviales, como las bromas laborales. Se destaca cómo estas
pueden derivar en conflictos serios y en la interpretación de faltas graves. Esta
investigación proporciona una visión integral sobre cómo los tribunales
interpretan y aplican la legislación laboral en situaciones concretas, y subraya la
relevancia de un entorno de trabajo seguro y respetuoso. / This paper analyzes the Labor Cassation No. 13016-2022-LIMA case, focused
on the dismissal of Mr. Juan Miguel Mendoza Gómez by INDECO S.A., following
a recorded workplace prank incident. It examines the legal grounds for the
dismissal, the interpretation of gross misconduct under Article 25, subsections a)
and f), of the Labor Productivity and Competitiveness Law (LPCL), and the
Supreme Court's decision. The analysis explores the interaction between
occupational safety and health regulations and dismissal policies, as well as the
protection of labor rights.
The case centers on determining whether Mr. Mendoza's gestures constituted a
verbal offense in the workplace context and whether the company's actions were
proportionate and fair. This study emphasizes the importance of workplace safety
and health, especially in seemingly trivial situations like workplace pranks. It
highlights how these can lead to serious conflicts and the interpretation of serious
offenses. This research provides a comprehensive view of how courts interpret
and apply labor legislation in specific situations and underscores the significance
of a safe and respectful work environment.
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Informe jurídico sobre la resolución del Recurso de Casación N°1379-2017/NacionalJeri Contreras, Rosana Ximena 05 August 2024 (has links)
El caso gira entorno a las diversas irregularidades que se produjeron en la
ejecución de una obra en su etapa de liquidación y resolución contractual. En
donde se presume que habría existido una concertación entre los funcionarios
del Gobierno Regional de Tumbes y los representantes de la persona jurídica
A&J Inversiones S.A.C con la finalidad de perjudicar el patrimonio del Estado.
Tal concertación, se habría materializado en virtud de una conciliación arbitral en
la que intervino un tribunal arbitral integrado por tres árbitros, quienes emitieron
finalmente un laudo arbitral favoreciendo a la empresa contratista con pagos
injustificados.
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Informe Jurídico respecto a la Sentencia de la Casación Nro. 123-2023/CallaoSalvatierra Amaya, Alexandra Lucia 09 August 2024 (has links)
El presente informe aborda un análisis del delito de negociación incompatible,
así como sobre sus elementos típicos y de valoración.
En este orden de ideas, se pretende analizar un presunto caso de corrupción
pública, en donde funcionarios de Esvisac, empresa público privada, se habrían
interesado indebidamente de sus cargos para ocasionar perjuicios a la
Administración Pública. Así, desarrollan problemáticas en torno a la distinción de
los elementos requeridos en campo administrativo y penal, la valoración del
interés indebido, así como los diferentes elementos del delito de negociación
incompatible.
El principal objetivo de este trabajo es delimitar de forma clara las irregularidades
administrativas de los ilícitos penales, para así, en el marco de los principios
rectores del Derecho Penal, respetar siempre la ultimo ratio del mismo, pretender
que este se utilice como un recurso final cuando las otras ramas del derecho no
puedan resolver la situación de manera adecuada.
Así, el informe pretende proporcionar una base sólida para el entendimiento y la
aplicación correcta de la ley en casos de negociación incompatible,
contribuyendo al fortalecimiento del sistema legal y la justicia en situaciones de
corrupción pública.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 443-2018- OEFA/TFA-SMEPIMFlores Capcha, Noelia Katherin 31 July 2024 (has links)
La Resolución Nº 443-2018-OEFA/TFA-SMEPIM representa un acto
administrativo emitido por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Este documento establece un criterio
definitorio para la evaluación de las infracciones instantáneas. Además, se
analiza y desarrolla un argumento sólido para determinar la responsabilidad
administrativa de la Cervecería San Juan S.A. basándose en el tipo de
incumplimiento detectado.
Es así que se pueden revisar las etapas del proceso administrativo sancionador,
logrando identificar una posición determinante por parte de las instancias del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, sobre determinar la
responsabilidad administrativa de Cervecería San Juan S.A. debido al
incumplimiento legal detectado en la etapa supervisora.
En línea a lo anterior, el informe examina los bienes jurídicos afectados, los
cuales son la salud y el ambiente, comenzando con el análisis del entorno donde
se sitúa la planta cervecera y el flujo de sus efluentes, los cuales desembocan
en un cuerpo receptor con características específicas y que frente al cual existe
una responsabilidad mayor por la sensibilidad de los cuerpos receptores.
En consecuencia, este informe legal ha identificado la importancia de diversos
elementos que son cruciales para distinguir los tipos de infracciones y evaluar si
la subsanación podría considerarse como eximente de responsabilidad
administrativa. / Resolution No. 443-2018-OEFA/TFA-SMEPIM represents an administrative act
issued by the Environmental Prosecution Court of the Environmental Evaluation
and Prosecution Agency. This document establishes a defining criterion for the
evaluation of instant infractions. In addition, it analyzes and develops a solid
argument to determine the administrative liability of Cervecería San Juan S.A.
based on the type of noncompliance detected.
Thus, it is possible to review the stages of the administrative sanctioning process,
identifying a decisive position on the part of the instances of the Environmental
Evaluation and Oversight Agency on determining the administrative liability of
Cervecería San Juan S.A. due to the legal noncompliance detected in the
supervisory stage.
In line with the above, the report examines the legal assets affected, which are
health and the environment, starting with the analysis of the environment where
the brewery is located and the flow of its effluents, which flow into a receiving
body with specific characteristics and for which there is a greater responsibility
due to the sensitivity of the receiving bodies.
Consequently, this legal report has identified the importance of several elements
that are crucial to distinguish the types of infractions and to evaluate whether the
correction could be considered as an exoneration of administrative liability
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Informe Jurídico sobre la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto al Caso Habitantes de La Oroya vs. PerúMeza Lazo, Anjana Shanta 05 August 2024 (has links)
A partir de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos referida al
Caso Habitantes de La Oroya vs. Perú, examino si el Estado peruano es responsable
por la vulneración de los derechos al medio ambiente sano, salud, circulación y
residencia, acceso a la información y participación política en detrimento de 80
habitantes oroyinos; así como por la afectación de los derechos de la niñez en perjuicio
de 57 habitantes oroyinos que, cuando eran niños, vieron vulnerados sus derechos.
Para ello, resalto que las violaciones ocurridas se encuentran aunadas a las actividades
contaminantes derivadas del Complejo Metalúrgico de La Oroya.
Ahora bien, con el fin de realizar mi análisis sobre el caso, he recurrido a fuentes
normativas, jurisprudenciales y doctrinales pertinentes y conexas, las cuales me
permitieron arribar a la conclusión de que el Estado peruano sí es responsable. Primero,
el Perú no tomó en consideración el principio de desarrollo sostenible al ejecutar, regular
y supervisar la actividad metalúrgica en La Oroya, tampoco brindó la atención medica
necesaria a la población afectada por la contaminación; y la degradación ambiental
menoscabó la libre circulación por la ciudad y motivó desplazamientos forzados.
Segundo, los oroyinos no pudieron acceder eficientemente a la información
medioambiental sobre el estado de su ciudad ni tampoco participar activamente para
transmitir sus intereses y preocupaciones socioambientales a las autoridades. Tercero,
las y los niños oroyinos vieron afectados sus derechos a la salud, integridad y vida digna
de una manera alarmante considerando su vulnerabilidad intrínseca. / Based on the judgment of the Inter-American Court of Human Rights referring to the
Case of Inhabitants of La Oroya v. Peru, examined whether the Peruvian State is
responsible for the violation of the rights to a healthy environment, health, movement
and residence, access to information and participating in public affairs to the detriment
of 80 inhabitants of La Oroya; as well as the impact on children's rights to the detriment
of 57 inhabitants of La Oroya who, when they were children, saw their rights violated.
For this, it is considered that the violations that occurred are linked to the polluting
activities derived from the La Oroya Metallurgical Complex.
To carry out my analysis of the case, I have resorted to relevant and related normative,
jurisprudential, and doctrinal sources, which allowed me to reach the conclusion that the
Peruvian State is indeed responsible. First, Peru did not take into consideration the
principle of sustainable development when executing, regulating, and supervising the
metallurgical activity in La Oroya, nor did it provide the necessary medical care to the
population affected by the pollution; and environmental degradation undermined free
movement around the city and led to forced displacement. Second, the people of La
Oroya were unable to efficiently access environmental information about their city, nor
did they actively participate in transmitting their socio-environmental interests and
concerns to the authorities. Third, La Oroya's children saw their rights to health, integrity
and a dignified life affected in an alarming way considering their intrinsic vulnerability.
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