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Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional 01126-2011-HC/TC “Caso Tres Islas”Bustamante López, Luis Adrián 01 December 2022 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad analizar la sentencia recaída en el expediente
01126-2011-HC/TC “Caso Tres Islas”, la cual analiza la afectación a la propiedad del
territorio comunal, y la vulneración de la autonomía comunal. Se estudian los
problemas surgidos, tanto en la parte procesal, como en la parte sustancial, y así se
propone una visión con un enfoque pluricultural que tienda a brindar una mayor
protección a las comunidades. En ese sentido, se critica la falta de argumentación que
pueden incurrir en graves vicios que nos pueden llevar a entender un razonamiento
arbitrario del Tribunal Constitucional. Se cuestiona el avance “retórico” que hace este
respecto a la protección de la propiedad del territorio indígena. Asimismo, se analiza
por qué existe una afectación a la jurisdicción indígena y a la autonomía comunal.
Finalmente, se brinda el alcance de un análisis que incluya el contexto concreto del
caso, la importancia del mismo para generar una igualdad sustancial, dejando de la
lado la igualdad formal, y por lo tanto brindar mejores respuestas que eviten
vulneraciones futuras sobre los mismos derechos. / The purpose of this paper is to analyze the sentence issued in file 01126-2011-HC/TC
"Caso Tres Islas", which analyzes the affectation of the property of the communal
territory, and the violation of communal autonomy. The problems that have arisen
will be studied, both in the procedural part and in the substantive part, and thus a
vision will be proposed with a multicultural approach that tends to provide greater
protection to the communities. In this sense, the lack of argumentation that can incur
in serious vices that can lead us to understand an arbitrary reasoning of the
Constitutional Court will be criticized, likewise, the "rhetorical" advance made by the
Constitutional Court regarding the protection of property will be questioned. of the
indigenous territory. In the last place, it will be analyzed why there is an affectation to the indigenous jurisdiction and in this way the affectation to the communal autonomy.
And finally, a scope of an analysis will be provided that includes the specific context
of the case, the importance of it to generate substantial equality, leaving formal
equality aside, and therefore provide better responses that avoid future violations of
the same rights.
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Informe Jurídico de la Resolución N°4035-2014/SPC-INDECOPIHuerta Valer, Keshia Katarina 01 December 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo analizar, a través de la redacción de un
informe jurídico, la Resolución N°4035-2014/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, aplicando el método de análisis
síntesis, aplicación de la norma en el tiempo y derecho comparado. La resolución en cuestión
versa sobre una denuncia de parte formulada por la madre de un menor de edad cuya
dignidad y tranquilidad se habría visto afectada por un proveedor, infringiendo de ese modo
el deber de idoneidad contenido en el Art.19° del Código de Protección y Defensa del
Consumidor. El producto académico concluye que, en efecto, se habría infringido el deber de
idoneidad que, en el caso analizado, abarca no solo las características intrínsecas de los
bienes y servicios ofrecidos, sino también a los servicios conexos y condiciones vinculadas a
la prestación principal, como lo son la tranquilidad, seguridad y buen trato que los
consumidores esperan al encontrarse dentro de las instalaciones de un proveedor. Adicional a
ello, se precisa algunas acciones que no fueron tomadas en cuenta por la autoridad
administrativa de protección al consumidor al momento de resolver el caso y que, de haberlo
hecho, habrían dado pase a la aplicación de una sanción más representativa de la que se
terminó imponiendo a la denunciada, todo ello en atención a que el presente es un caso donde
se contravinieron los derechos fundamentales de un niño. / This academy work aims to analyze, through a legal report, the Resolution
N°4035-2014/SPC-INDECOPI, issued by the Specialized Court in Consumer Protection of
INDECOPI, applying the synthesize analysis method, application of the law through the time
and comparative law. This abovementioned resolution is about a complaint issued by the
mother of an under-age child which dignity and peace would have been affected by a
supplier, breaking that way the duty of suitability included within Article 19th of the
Consumer Protection and Defense Code. This academy work concludes that, actually, there
was a breach of the suitability principle that, in this case, covers not only the intrinsic
characteristics of goods and services offered, but rather also related services and conditions
linked to the enforcement to the core service, such as the peace, security and friendly
treatment that customers should receive and they wait for when attending to a supplier store.
Likewise, it is specified some actions that were not taken into account for the administrative
authority in terms of customer protection when dealing with this case and that, if it had been
another way, it could allow a more severe and representative sanction than the one that was
imposed to the defendant. All this in attention that this case was about a breach of an
under-age child fundamental rights.
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Informe sobre la Sentencia recaída en el Expediente Nº 023-2009-PI/TCFuertes Flores, Karla Ana Paula 31 December 2022 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 0023-2009-PI/TC que corresponde a la Acción de Inconstitucionalidad planteada por el Señor Gonzalo Tuanamá Tuanamá, en representación de 5000 ciudadanos contra el Decreto Legislativo Nº 1079, que establecemedidas que garanticen el patrimonio de las Áreas Naturales Protegidas.
Es por ello que se analizará la importancia, creación, zonificación y procedimiento de aprobación de las Áreas Naturales Protegidas en el Perú, las competencias del Ministerio del Ambiente, específicamente el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas - SERNANP, para lograr el Estado cumpla con el mandato constitucional de preservación y uso sostenible de los recursos naturales.
A pesar de que, al momento de los hechos del presente caso, el ordenamiento peruano no contaba con la Ley de Consulta Previa, el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo ya había entrado en vigor, por lo cual implicaba una serie de obligaciones para el Estado en la gestión de políticas públicas que involucren a los pueblos indígenas. En ese contexto, se evaluará como la obligación del Estado en materia ambiental se puede llevar a cabo sin afectar los derechos de los pueblos indígenas que se encuentren en dichas áreas protegidas. / This legal report analyzes the Constitutional Tribunal's Decision Nº 0023-2009-PI/TC which corresponds to the Unconstitutionality Action filed by Mr. Gonzalo Tuanamá Tuanamá, on behalf of 5000 citizens against Legislative Decree Nº 1079, which establishes measures to guarantee the patrimony of Natural Protected Areas. Therefore, we will analyze the importance, creation, zoning and approval procedure of the Natural Protected Areas in Peru, the competencies of the Ministry of the Environment, specifically the National Service of Natural Protected Areas - SERNANP, and the disposition of natural resources to achieve the State's compliance with the constitutional mandate of preservation and sustainable use of natural resources. Despite the fact that, at the time of the facts of this case, the Peruvian legal system did not have the Prior Consultation Law, Convention No. 169 of the International Labor Organization had already entered into force, which implied a series of obligations for the State in the management of public policies involving indigenous peoples. In this context, we will evaluate how the State's obligation in environmental matters can be carried out without affecting the rights of the indigenous peoples located in these protected areas.
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Informe Jurídico de la Sentencia Casatoria N° 1888-2012- CUSCO (Exp. N° 97-2006-0)Bedriñana Livia, Max Anderson 26 July 2023 (has links)
El presente trabajo busca cuestionar los argumentos utilizados por la Sala Civil
Permanente de la Corte Suprema en la Sentencia Casatoria N° 1888-2012-
CUSCO para impedir que una hipoteca sea transferida vía cesión de derechos
junto con la no caducidad adquirida en su constitución. La postura que adopta la
Sala Suprema se basa esencialmente en que el cesionario no es una empresa
del Sistema Financiero y en que la no caducidad es una facultad de las empresas
del Sistema Financiero y no un privilegio de la hipoteca.
Sobre los argumentos planteados por la Sala Suprema, en el trabajo se
desarrollan contraargumentos sólidos, en los que se sustenta la relevancia de la
situación jurídica de crédito por sobre la persona posicionada y la nula razón
jurídica para denominar facultad a algo que técnicamente no lo es. Asimismo, se
explora la posibilidad de actualizar el concepto de privilegio dentro del
ordenamiento peruano a fin de que esta institución no se limite al orden de
prelación de cobro.
En suma, la conclusión principal es que los argumentos dados por la Sala
Suprema carecen de justificación externa en las premisas normativas
correspondientes a la cesión de derechos, por lo que la Sentencia Casatoria N°
1888-2012-CUSCO vulnera el derecho fundamental a la debida motivación
judicial
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Discriminación en el consumo de seguros: una mirada a la resolución 2135-2012/SC2-INDECOPIVasquez Lara, Franco Ricardo 26 July 2023 (has links)
El informe sobre la Resolución N.º 2135-2012/SC2-INDECOPI recopila y analiza
diferentes fuentes del derecho a la luz del caso Céliz contra la empresa de
seguros Rímac, donde se le sanciona por incurrir en actos de discriminación en
contra de la señorita Sandra Paloma Céliz Rossi debido a su condición de tener
el síndrome de Down. La presente investigación se consigna bajo el criterio del
modelo económico vigente y los derechos fundamentales de los consumidores
reconocido en la Constitución Política. Se considera que Rímac incurrió en actos
de discriminación de acuerdo al primero criterio adoptado por el Indecopi sobre
la figura de la discriminación. Asimismo, se analiza las distintas posturas que se
argumentó en la resolución en mención, siendo que se considera que el Indecopi
hizo correcto en optar por la figura de la discriminación y no por la figura del tipo
base de selección injustificada de cliente o trato diferenciado ilícito. El objetivo
principal se determina en que si la empresa Rímac incurrió en un acto
discriminatorio. Por medio de identificar si es que su accionar se encontró dentro
de los límites del modelo económico y determinar si se encuentra en la figura
agravada de la discriminación o el trato diferenciado ilícito, se conseguirá
responder a la interrogante. Se concluye que Rímac incurrió en un acto de
discriminación en su figura agravada
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Informe Académico sobre la Resolución N.º 2758-2019/SPC-INDECOPIRamirez Camana, Valeria Liz 31 July 2023 (has links)
El presente informe persigue el análisis de la Resolución N.º 2758-2019/SPCINDECOPI, respecto al desarrollo realizado por la autoridad en torno a la
determinación de la figura jurídica de la “discriminación en el consumo” respecto
del empleo de cartas diferenciadas como estrategia comercial de fidelización. Al
respecto, la evaluación a realizarse se enfoca en torno a los derechos
presuntamente afectados de las comensales del restaurante como el derecho a
la igualdad, vinculado a la dignidad y prohibición de discriminación, y el derecho
a la información relevante, por lo cual, se cuestiona si el acceso al conocimiento
de los precios realmente se encontró imposibilitado para las comensales, toda
vez que, dentro del escenario de un consumo responsable, se demuestra la
existencia de otras formas o medios para su acceso e, inclusive, dicha situación
podía ser corregida bajo una actuación diligente; asimismo, se destaca la
particularidad de la experiencia de consumo brindada por el restaurante así como
su notoriedad en el sector, motivo por el que, en atención a las actuales
dinámicas comerciales, se plantea la existencia de una presunción razonable
sobre un conocimiento previo en torno a un estándar de precios acerca de los
servicios y productos brindados por el restaurante. Asimismo, se evalúa la
idoneidad y razonabilidad de la multa impuesta, así como de las medidas
correctivas ordenadas. Por lo que, en virtud de lo expuesto, se podrá verificar si
la conducta se encuentra en infracción de la normativa señalada y, con ello, si el
desarrollo de la Sala estuvo debidamente fundamentado. / This report seeks to analyze Resolution N.º 2758-2019/SPC-INDECOPI,
regarding the development made by the authority on the determination of the
legal figure of "discrimination in consumption" with respect to the use of
differentiated menus as a commercial strategy of loyalty. In this regard, the
evaluation to be carried out focuses on the allegedly affected rights of the
restaurant's diners, such as the right to equality, linked to dignity and prohibition
of discrimination, and the right to relevant information, therefore, it is questioned
whether the access to knowledge of prices was really impossible for the diners,
since within the scenario of responsible consumption, the existence of other ways
or means for their access is demonstrated and, even, such situation could be
corrected under a diligent action; likewise, the particularity of the consumption
experience provided by the restaurant as well as its notoriety in the sector is
highlighted, which is why, in view of the current commercial dynamics, the
existence of a reasonable presumption of prior knowledge about a price standard
regarding the services and products provided by the restaurant is raised.
Likewise, the appropriateness and reasonableness of the fine imposed, as well
as the corrective measures ordered, are evaluated. Therefore, by virtue of the
foregoing, it will be possible to verify whether the conduct is in violation of the
aforementioned regulations and, therefore, whether the development of the
Tribunal was duly grounded.
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Consideraciones respecto al despido por causal de rendimiento deficienteObregón Rivera, Alexia Vanessa 07 March 2019 (has links)
Actualmente el despido justificado amparado en la causal de rendimiento deficiente se encuentra regulado mediante el literal b) del artículo 23° del Decreto Supremo No. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo No. 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral (en adelante, LPCL) y el artículo 34° del Decreto Supremo No. 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo (en adelante, El Reglamento). Como se evidencia de la redacción de la LPCL y El Reglamento, tenemos que si bien se recoge al “rendimiento deficiente” como causal justa de despido fundamentada en la capacidad del trabajador, la normativa laboral vigente no desarrolla a detalle el procedimiento de despido mediante el cual el empleador – en legítimo ejercicio de su facultad disciplinaria – pueda invocarla. En efecto, la norma no nos da luces sobre estándares que deban seguirse para evaluar el rendimiento promedio del trabajador, ni la capacidad del trabajador, ni define qué es lo que se entiende por “condiciones similares”, haciendo difícil que un empleador pueda ejercer su facultad disciplinaria sin exponerse a un procedimiento judicial de impugnación de despido basado en la poca claridad de la norma. Tomando ello en consideración el presente trabajo académico abordará la regulación del despido por rendimiento deficiente, evaluando resoluciones judiciales, legislación comparada e internacional, con el fin de proponer un procedimiento ajustado a derecho.
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Las circunstancias relevantes en la jurisprudencia sobre delimitación marítimaZapata Vargas, Silvia María Victoria 02 May 2019 (has links)
El objetivo del presente artículo es desarrollar el concepto y el rol de las “circunstancias
relevantes”, como parte del método de delimitación marítima, en base a lo establecido en la
jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Derecho
del Mar que han resuelto controversias sobre delimitación marítima. Ello, en virtud a que
dicho concepto es producto, principalmente, del desarrollo jurisprudencial de los tribunales
internacionales anteriormente mencionados, siendo la Corte Internacional de Justicia aquel
tribunal que ha enriquecido y aplicado las “circunstancias relevantes” por un tiempo más
prolongado. Cabe señalar que, esta situación, no niega ni desmerece la contribución que la
jurisprudencia del Tribunal Internacional para el Derecho del Mar haya podido aportar. El
estudio de las “circunstancias relevantes” es importante debido a que, como parte del método
de delimitación marítima, permiten el establecimiento de límites marítimos acorde a los
“principios equitativos” establecidos en la jurisprudencia sobre delimitación marítima.
Jurisprudencia que varios estados de la región han contribuido a su desarrollo. Tras dicho
análisis, se podrá observar como aquello que se considera “relevante” dependerá,
principalmente, de las circunstancias específicas de cada caso y del desarrollo específico que
cada tribunal internacional haya realizado sobre el concepto.
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El recurso de anulación como mecanismo de revisión de la aplicación del control difuso en la jurisdicción arbitralEncalada Ortiz de Orue, Eduardo Amilcar 28 September 2021 (has links)
En este artículo académico se analiza la problemática de si es factible se aplique el recurso de
anulación como mecanismo de revisión de la aplicación del control difuso en la jurisdicción arbitral,
a más de 10 años de haberse regulado la figura del control difuso arbitral, vía precedente vinculante,
en el Expediente N° 00142-2011-PA/TC., Caso Minera María Julia, con el objetivo de que se instituya
dicha causal como supuesto de procedencia del recurso de anulación de laudo, antes que como
supuesto del amparo arbitral, a fin de determinar si el recurso de anulación se constituye en la vía
procedimental específica, igualmente satisfactoria, más idónea para ejercitar un adecuado control
difuso arbitral o si se trata de una vía previa. Así mismo si es legítimo se recurra al amparo cuando
un árbitro ha ejercitado control difuso, consciente de que el ejercicio de este por los árbitros aún tiene
serios cuestionamientos cuando del control de su constitucionalidad se trata. Con la atingencia de que
no existe la posibilidad de recurrir al mecanismo de la consulta, en los extremos de lo prescrito en la
Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil, por remisión, como bien lo hacen los
magistrados en la jurisdicción ordinaria cuando se ha ejercitado control difuso, ante el vacío en su
regulación en la Ley de Arbitraje – Decreto Legislativo N° 1071.
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La posibilidad de integrar el derecho al vuelo como derecho real en el PerúCervantes Velasquez, Luis Adrian 26 March 2022 (has links)
El presente trabajo versa sobre la integración del derecho al vuelo como derecho real,
teniendo en cuenta las normativas actuales, acuerdos plenarios y doctrina extranjera. La
finalidad del presente trabajo es incentivar a la búsqueda de posibles soluciones respecto
a tres puntos claves, el primer punto sobre el artículo 881 del código civil peruano y el
principio “numerus clausus” como primera barrera para la integración como derecho real
del derecho al vuelo, en segundo lugar establecer una posición legalista de cómo debería
integrarse en nuestro ordenamiento y en tercer lugar visualizar el panorama práctico de
los alcances que está teniendo la facultad de construcción en nuestro ordenamiento en
base a la normativas que se vienen dictando como el último acuerdo plenario sobre la
independización de aires sobre aires. / The purpose of the present paper deals with the integration of the right to flight as real
right, taking into consideration the current regulations, plenary agreements and foreign
doctrine. The purpose of this work is to encourage the investigation for possible solutions
regarding three key points, the first point based on article 881 of the Peruvian civil code
and the principle "numerus clausus" as the first barrier to integration as a real right of the
right to flight , secondly, to establish a legalistic position of how it should be integrated
into our ordinance and thirdly to visualize the practical panorama of the scope that the
construction faculty is having in our ordinance based on the regulations that have been
dictated as the last plenary agreement based on the independence of airs on airs.
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