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El régimen fiscal aplicable en el impuesto a la renta a los contratos de asociación en participaciónMarín Rodríguez, Esmeralda Lizbeth 03 September 2021 (has links)
Nuestro trabajo de investigación se motiva en el hecho de que en más de 20 años no se ha
establecido un marco normativo específico que regule el tratamiento tributario de las
asociaciones en participación en la Ley del Impuesto a la Renta. Desde la modificación
efectuada mediante la Ley N° 27034, vigente desde el año 1999, en donde se excluyó a las
asociaciones en participación del régimen de transparencia fiscal y como contribuyentes del
impuesto, el tratamiento tributario de estos contratos se dejó a la jurisprudencia, que lejos de
aclarar cuál debería ser el tratamiento tributario, ha establecido dos interpretaciones
contradictorias entre sí, generando incertidumbre jurídica respecto al tratamiento tributario de
dichos contratos, que desincentiva el uso de esta figura contractual. En ese sentido, el objetivo
de nuestra investigación es determinar cuál debe ser el régimen fiscal aplicable en el Impuesto
a la Renta a los contratos de Asociación en Participación, para ello utilizamos como enfoque
metodológico el método jurisprudencial donde analizamos los argumentos emitidos en los
distintos fallos o sentencias dados por la jurisprudencia, lo que nos ha llevado a concluir que
ninguna de las interpretaciones establecidas jurisprudencialmente cumplen con la finalidad que
el legislador tuvo al introducir las modificaciones efectuadas a través de la Ley N° 27034, que
fue la de adaptar el tratamiento tributario de las asociaciones en participación a su verdadera
naturaleza jurídica, por lo que es necesario que se establezca una adecuada regulación en la Ley
del Impuesto a la Renta.
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Fernández-Viajes Falabella (Resolución N° 435-2016/SPC-INDECOPI)Languasco Huillcahuamán, María del Pilar 12 August 2021 (has links)
El derecho a la información es aquella obligación que tiene el proveedor para
brindar información relevante sobre los productos o servicios que ofrece al mercado para
que el consumidor pueda tener una mejor decisión de consumo. Bajo esa misma línea, las
agencias de viajes minoristas tienen la función de la elaboración, comercialización,
orientación, brindar asesoría e información de los servicios turísticos nacionales e
internacionales que tiene a su disposición. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando estas empresas
omiten información a los consumidores?
En el presente informe se analizará lo resuelto en la Resolución N° 435-2016/SCPINDECOPI
por la Sala Especializada en Protección al Consumidor que revocó la
resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 al considerar que
la agencia de viajes no tenía la obligación de brindar información respecto de las
penalidades por la reprogramación de los paquetes turísticos y de los pasajes aéreos. Por
ello, se realizará un marco teórico en la cual se explicará los alcances del deber de
información, la responsabilidad que tiene el proveedor y si la reprogramación y
penalidades debería ser considerado información relevante / The right to information is the obligation of the supplier to provide relevant
information on the products or services offered to the market so that the consumer can
make a better consumer decision. Along the same lines, retail travel agencies have the
function of preparing, marketing, guiding, providing advice and information on the
national and international tourist services available to them. Now, what happens when
these companies omit information to consumers?
This report will analyze what was resolved in Resolution No. 435-2016/SCP-INDECOPI
by the Specialized Chamber on Consumer Protection that revoked the resolution issued
by the Consumer Protection Commission No. 2 by considering that the travel agency did
not have the obligation to provide information regarding the penalties for the rescheduling
of tour packages and airline tickets. Therefore, a theoretical framework will be made in
which the scope of the duty of information, the responsibility of the supplier and whether
the rescheduling and penalties should be considered relevant information will be
explained.
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Resolución Registral N° 473-2020-TR-TZorrilla Garay, Grecia Jimena 17 August 2021 (has links)
Por medio del presente trabajo, se llevará a cabo un análisis integral sobre una
Resolución Registral de carácter compleja de índole comercial, el cual se encuentra
vinculado con temas de derechos reales, derecho civil y su injerencia en sede registral.
Las cuestiones controvertidas objeto del análisis serán tres: i) si, a efectos registrales, es
necesario el consentimiento del propietario del suelo para los actos jurídicos que realice
el superficiario; ii) si, en virtud del principio de tracto sucesivo, es necesario que se
inscriba previamente el contrato de arrendamiento financiero aún cuando en el Decreto
Legislativo N° 299 “Ley de Arrendamiento Financiero” se contempla que es un acto
facultativo de inscripción; y, iii) si debe cumplirse la condición suspensiva de un
contrato de cesión de posición contractual para que pueda inscribirse (anotarse) en los
Registros Públicos.
Dada la naturaleza de la operación que se pretende inscribir a Registros Públicos, es
necesario profundizar en figuras jurídicas de derecho civil, derechos reales, y derecho
registral. Para tales efectos, se ha utilizado la metodología de investigación analítica,
dogmática, histórica y sistemática, para cada una de las cuestiones controvertidas, con la
finalidad de lograr una investigación integral.
Finalmente, se concluirá si ha sido o no correcta la decisión y el fundamento del
Tribunal Registral, así como también se brindará una visión crítica a lo sostenido por las
partes.
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Incidencia de la falta de infraestructura en obras de abastecimiento de agua potable en las multas impuestas a empresas inmobiliarias en el Distrito de CarabaylloSanabria Vera, Cristian Jesús 27 May 2020 (has links)
Durante los últimos años, Lima ha vivido una verdadera –y caótica- revolución urbana. Áreas
agrícolas han dado paso a macroproyectos de viviendas. En donde antes se requería agua no
potable para riego, hoy viven miles de familias que necesitan dicho elemento para poder
vivir. Siendo así, surge la pregunta ¿estaba preparada la empresa prestadora de servicio de
abastecimiento de agua potable para esta vorágine urbanizadora por parte del sector
inmobiliario? ¿Cuántas multas han sido impuestas a las empresas inmobiliarias como
consecuencia de las carencias de las empresas prestadoras de servicios (en adelante EPS) de
abastecimiento de agua potable en Lima Metropolitana? En el presente trabajo de
investigación, el autor busca establecer la relación entre las carencias de las EPS y las multas
impuestas a las empresas inmobiliarias por la Autoridad Administrativa en materia de
Protección al Consumidor. Asimismo, el autor establece que el derecho al abastecimiento de
agua potable no sólo es un derecho constitucional y servicio público, sino también una
garantía implícita y por ende su inobservancia implica una falta al deber de idoneidad de los
desarrolladores inmobiliarios.
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El cese colectivo por disolución y liquidación de la empresa acordado por los sociosDíaz Cañote, Miguel Ángel 25 February 2020 (has links)
La presente investigación parte del análisis de la causa objetiva de terminación
colectiva de contrato de trabajo, contemplada en el literal c) del artículo 46 del
Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto
Legislativo n.º 728, aprobado por Decreto Supremo n.º 003-97-TR (LPCL).
A partir de dicho estudio se pretende identificar, a la luz de lo desarrollado en la doctrina
y en la jurisprudencia, cuál es la finalidad de la comunicación notarial que se exige en la
normativa citada para formalizar el cese de la relación laboral por la referida causa; dicho
de otro modo, cuán relevante es cumplir con esta formalidad.
Además de lo anterior, se estudiarán los efectos que genera materializar esta decisión
empresarial con el propósito de determinar si, ante este escenario, es viable exigir en sede
judicial la adopción de mecanismos restitutorios o resarcitorios que compensen el
perjuicio que -eventualmente- se les ocasiona a los trabajadores.
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Informe sobre Expediente N°2002-2008Reyes Rosas, Brando Antonio 14 December 2020 (has links)
El informe jurídico versa sobre la aplicación del Impuesto a la Renta e Impuesto
General a las Ventas a las operaciones internacionales de compraventa de
metales en las que media la emisión de certificados de entrega futura de parte
del vendedor al comprador produciéndose posteriormente la entrega real de los
metales en el exterior. Asimismo, el informe jurídico justifica su investigación
debido a la vigencia del debate sobre diversos temas de naturaleza
constitucional, civil y tributaria que contiene el expediente. De tal modo, en el
informe jurídico se investiga las instituciones jurídicas aplicadas en el expediente
a fin de determinar su correcta aplicación. El objetivo del informe jurídico es
demostrar en función a argumentos jurídicos y el análisis de elementos fácticos
la correcta aplicación de las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto General
a las Ventas, respectivamente. Asimismo, en virtud de una interpretación de las
normas, revisión de la doctrina y jurisprudencia; así como, de la naturaleza
jurídica de los impuestos se ha logrado advertir la correcta aplicación de las
normas jurídicas. En función a lo anterior, se ha concluido que las operaciones
materia de reparo no se encuentran gravadas con el Impuesto a la Renta ni con
el Impuesto General a las Ventas.
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Procesos de Estructura Monitoria en el ordenamiento procesal peruano: enfoque y nuevas perspectivas a partir de una experiencia: Ley Nº 28457, Ley que regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonialFernández Buitrón, Antonio Jesús 02 June 2020 (has links)
El presente trabajo realiza un análisis del proceso monitorio en el Perú
a partir de su incorporación la Ley Nº 28457 y plantea su
conveniencia en aplicarlo a otras materias a partir de dicha
experiencia, como las propuestas en la reforma del proceso civil (2018),
considerando que en tales procedimientos se presentarán cuando
menos dos momentos de valoración probatoria por parte del juez, el
primero al momento de admitir la demanda y el segundo, de haber
mediado una debida notificación, al momento de resolver la oposición,
oportunidad en que el juez deberá establecer la fundabilidad o, caso
contrario, imponer la condena que contempla la figura,
garantizándose así la adecuada tutela del justiciable y su contraparte,
a quienes les asiste en todo momento el derecho a un debido proceso,
escenario ideal sobre el cual podría representarse una justicia eficaz
para casos de tutela individual. / This present work analyzes the process for small claims in Peru from
the incorporation of Law No. 28457 and proposes its convenience in
applying it to other matters based on that experience, such as those
proposed in the reform of the civil process (2018), considering that in
such procedures there will be at least two moments of evidentiary
evaluation by the judge, the first when the application is admitted and
the second, if due notification has been mediated, when the opposition
is resolved, when the judge It must establish the foundability or, on the
contrary, impose the sentence contemplated in the figure, thus
guaranteeing the adequate protection of the defendant and his
counterpart, who are assisted at all times by the right to due process,
an ideal scenario on which an effective justice for other cases.
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La bancarización enfocada a las transacciones realizadas con tarjetas de crédito, implicancias, responsabilidades y mejoras a futuroLozano Castillo, Catherine Alexandra 27 May 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación se enfoca en analizar los cambios surgidos a partir de la
Ley de Bancarización en el sector de Tarjetas de Crédito, tomando como protagonistas a la
Superintendencia de Banca, Seguros & AFP (en adelante, SBS) y al Consumidor Financiero.
En ese sentido, tiene como objetivo identificar los logros obtenidos a partir de la
promulgación de la mencionada Ley y cuáles son las deficiencias que todavía se pueden
percibir tanto por parte de la SBS como del propio Consumidor Financiero, vale decir cuánto
han podido evolucionar en éstos años.
En primer lugar, el presente trabajo desarrolla tres (3) pilares básicos y esenciales. A saber:
la Inclusión, Cultura y Educación Financiera. Se realiza una explicación general de cada uno
de ellos para posteriormente realizar un enfoque de estos tres pilares en el sector de tarjetas
de crédito.
Posterior a ello, se realiza un análisis del rol de la SBS tanto como ente supervisor como ente
educador en el sector de tarjetas de crédito, puntualizando en este último las acciones
mediante el portal SBS y el Plan Nacional de Educación Financiera.
Después, se desarrolla al Consumidor Financiero de Tarjetas de Crédito, y en específico
frente a las transacciones no reconocidas por éste.
Finalmente, se concluye indicando que La Ley de Bancarización ha sido una norma de
impulso fundamental para que los peruanos puedan acercarse al sistema financiero. No
obstante, a pesar de este impulso, todavía es escaso este acercamiento, por lo que se deben
de profundizar en tres pilares fundamentales: la Inclusión, Cultura, y Educación Financiera.
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Sobreviviendo en el mundo globalizado del derecho de marcas: Los criterios de registrabilidad del INDECOPI ante los signos constituidos por denominaciones en idioma extranjeroPalacios Arzapalo, Gladys Giovana 06 September 2020 (has links)
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha señalado en diversos pronunciamientos
que los signos constituidos por una denominación en idioma extranjero no pueden acceder
a registro en los siguientes casos: a) cuando la denominación sea de uso común en los
países miembros de la Comunidad Andina; b) cuando sea comprensible para el público
consumidor debido a su raíz común y por su similitud fonética; y, c) cuando la denominación
haya sido adoptada por un órgano oficial o reconocido de la lengua en cualquiera de los
países miembros de la Comunidad Andina, como por ejemplo, la Academia Peruana de la
Lengua.
No obstante, el INDECOPI no obedece los criterios de análisis mencionados, por lo que, a
través de la presente investigación, buscamos determinar qué se entiende por distintividad
marcaria y su predictibilidad en los procedimientos de registro de marca, identificando los
criterios de registrabilidad que son utilizados actualmente, tomando en cuenta los fallos
emitidos sobre signos constituidos por denominaciones en idioma extranjero de los últimos
años.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica n.º 585-2013 e-2586, sobre incumplimiento de obligaciones contractuales derivadas de una contratación públicaPalomino Gomez, Denis Fernando 11 December 2023 (has links)
El Estado se constituye como el mayor cliente de bienes y servicios, tanto por sus
volúmenes como por su periodicidad, motivo por el cual, para regular las condiciones de
dichas operaciones comerciales, se gestióno un sistema administrativo especializado:
contratación pública
Ahora bien, dicho sistema ha sufrido distintos cambios en el tiempo, por lo tanto, hemos
producido cambios positivos que han generado eficiencia, como otros cambios que resultan
discutibles; sin embargo, es innegable señalar que esta especialidad se encuentra en
constante desarrollo, siendo que los casos individuales como el presente nos permiten
enriquecernos de manera práctica.
En el presente informe analizaremos la ejecución del contrato N°010-2012-MIDIS-PRONAA
(en adelante, el Contrato) que fuese suscrito entre el Consorcio de Alimentos S.A.C (en
adelante, el Consorcio) y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS (en adelante, el PRONAA).
La controversia se suscita en un accidente automovilístico ocurrido al transporte de los
bienes del Consorcio, en el que posteriormente los bienes son entregados a la Entidad,
aceptados y posteriormente rechazados, lo cual permite analizar distintas figuras jurídicas
como la ampliación de plazo, penalidades, resolución parcial y, finalmente un arbitraje.
La perspectiva que buscamos presentar mediante el presente informe se da tanto por el
lado del empresario, como por parte de la Entidad, pues en el ejercicio de sus obligaciones
contractual ambos cometen errores, situación individual que puede mostrar un panorama
general de las conductas de los actores de las contrataciones públicas.
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