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La administración de justicia en temas medio ambientales mineros y su relación con la prevención de conflictos sociales : estudio de casos en Cuzco, Ancash y Cajamarca

López Jerí, Elinor Heidi 23 July 2013 (has links)
El presente trabajo procura mostrar como se han desarrollado diversos conflictos medioambientales en tres regiones del país y cuál ha sido la labor de los operadores jurisdiccionales (Ministerio Público y Poder Judicial) en la protección de los derechos ambientales (y la persecución de los delitos ecológicos) en estas mismas regiones. Los conflictos ambientales son todos aquellos que están relacionados con la protección y defensa del medio ambiente. Este es definido por el TC como el mundo exterior que rodea a todos los seres vivientes y determina y condiciona su existencia. Es el ámbito en que se desarrolla la vida y en cuya creación no ha intervenido la acción humana (Sentencia del proceso de Inconstitucionalidad N° 0048-2004-PI/TC). La mayoría de conflictos ambientales en nuestro país han sido encauzados contra las empresas que están dedicadas a explotar recursos naturales (llamadas actividades extractivas). Estos conflictos revisten de complejidad y comprenden intereses muy diversos. La mayoría de las veces una de las partes suele ser una empresa privada y la otra una localidad, comunidad o un sector importante de la sociedad civil.
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La administración de justicia en Lima durante la ocupación chilena (1881-1883)

Aguilar Rojas, Gonzalo 21 August 2012 (has links)
La primera aproximación para entender a cabalidad la forma en que el Poder Judicial ejercía su función durante el periodo histórico materia del presente trabajo nos exige necesariamente un conocimiento de las normas que regulaban el funcionamiento de este poder del Estado, así como el de las cortes y juzgados que se encontraban dentro de su organización. Ello nos obliga a entender no sólo las normas legales vigentes al momento de la invasión chilena sino también los antecedentes de dichas normas tanto a nivel legal como constitucional. Este entendimiento resulta necesario para poder comprender la noción que se tenía en aquellos años respecto de lo que constituía el papel del Poder Judicial y su función. En ese sentido, debemos hacer un pequeño repaso a los textos constitucionales bajo cuyas vigencias se dictaron las principales normas que regulaban la actuación judicial durante la Guerra del Pacífico en general y la ocupación de Lima en particular. Ello nos remite a revisar los textos constitucionales que tuvieron vigencia en nuestro país desde la Constitución de 1839, bajo cuya vigencia se promulgaron las principales normas de jerarquía legal que regulaban la actuación judicial, hasta la Constitución Política de 1860, carta política vigente al inicio de la guerra, y el Estatuto Provisorio dictado por Nicolás de Piérola que fue el documento principal del ordenamiento peruano al momento de la ocupación. Entre los textos constitucionales destaca sobre todo el de 1860. No sólo por haber sido el que estuvo vigente en los momentos inmediatamente anteriores al periodo que nos ocupa sino también porque el marco político que creó fue el que tuvo una mayor duración a través de nuestra historia republicana. En efecto, este texto rigió hasta 1920 y durante esos sesenta años sólo conoció dos periodos en los cuales su vigencia fue “suspendida”.
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Rondas urbanas cajamarquinas : estrategia comunitaria de acceso a la seguridad y la justicia.

Calderón Figueroa, Fernando Alberto 30 June 2016 (has links)
La ciudad de Cajamarca, capital de la región del mismo nombre, ha experimentado distintos cambios vinculados a la dinámica económica generada por la minería de gran escala desde 1993. Uno de ellos fue el incremento en las tasas de delitos denunciados ante las autoridades. Así, la experiencia urbana de los cajamarquinos se vio atravesada por un sentimiento de inseguridad en las calles. Ante esto, el Estado implementó en 2003 una estrategia de seguridad ciudadana que enfatizó la coordinación con la población a través de la conformación de juntas vecinales. Sin embargo, alrededor de distintos barrios y mercados de la ciudad habían surgido previamente organizaciones autogeneradas de vigilancia y sanción contra la delincuencia: las rondas urbanas. El nombre proviene del movimiento social campesino que emergió en la misma región durante los ochenta y ganó legitimidad por su efectividad para controlar el abigeato y contener a Sendero Luminoso. Esta investigación se pregunta por los principales motivos que llevaron a los cajamarquinos a formar rondas desde 2001, y por la relación que han adoptado éstas con el Estado. Se propone que la continuidad entre la ciudad de Cajamarca y su entorno rural, que trasciende las fronteras jurisdiccionales oficiales, contribuye a comprender la emergencia de una forma de organización social que prioriza la defensa de intereses colectivos sobre un ordenamiento legal anclado en el individuo. Se comprende, además, que las rondas urbanas, aunque critican la poca efectividad del Estado, reconocen su legitimidad, lo que puede sentar las bases para el diseño de políticas de seguridad mejor vinculadas al tejido social preexistente.
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La Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial: dinámicas y dificultades para su creación

Santisteban Ormeño, Gloria 29 March 2021 (has links)
El principal problema que afecta a las mujeres es la persistencia de violencia hacia ellas. Debido a dicha situación es que el Estado a través de sus órganos u organismos toman las medidas necesarias para resolver dicho problema social. Y al ser el Poder Judicial un organismo estatal encargado de administrar justicia es que se hace necesario la implementación del enfoque de género a fin de que se garantice la igualdad de condiciones entre mujeres y hombres en los procesos judiciales. Para ello, se creó con fecha 21 de julio de 2016 la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial con la finalidad de institucionalizar el enfoque de género en dicho Poder. A pesar de que existían otros órganos del Estado tales como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio de Educación que ya contaban con dicha instancia al igual que algunos países latinoamericanos, en el Poder Judicial no existía una instancia que se encargue de institucionalizar el enfoque de género. Por ello, con posterioridad se creó la Comisión de Justicia de Género de manera acelerada. ¿Cuál ha sido la dinámica del Poder Judicial para implementar como una nueva práctica de política pública la Comisión de Justicia de Género? Para realizar la investigación se usará el método cualitativo. Para ello se realizaron entrevistas a funcionarios del Poder Judicial, a expertos en el tema y a trabajadores de un órgano del Estado (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), también se revisaron textos, documentos internos, normativa internacional y normas que atañen al Poder Judicial los cuales han sido analizados. Los criterios que se han tenido en cuenta para elegir a las personas entrevistadas son: a) Que hayan ejercido el cargo del Presidente del Poder Judicial durante los periodos del 2015 al 2018, b) Que sean integrantes y personal de trabajo de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; c) Que tengan conocimiento sobre la creación de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial y experiencia en el tema de institucionalización del enfoque de género; d) Que hayan formado parte de los programas del eje estratégico “Acceso a la Justicia” antes de la creación de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; e) Que hayan formado parte de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima; y f) Que sean abogados defensores públicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. También se ha utilizado el Protocolo de Consentimiento Informado en las entrevistas. Los principales hallazgos de la investigación ha sido que la creación de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial fue una decisión acelerada durante la convocatoria de la marcha “Ni Una Menos” en respuesta a la violencia contra las mujeres por no encontrar respuesta inmediata y justa en el Poder Judicial, y que su creación no fue parte de la estrategia institucional del Poder Judicial. Las conclusiones que tenemos es que la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial a pesar de haber sido su creación una decisión abrupta y crearse sin las herramientas necesarias como un espacio para trabajar, presupuesto e integrantes y personal necesario con el tiempo esas carencias fueron mejorando, por lo que incluso su permanencia ha generado reformas; sin embargo, también ha tenido dificultades lo cual ha limitado el objetivo de transversalizar el enfoque de género en las diferentes áreas de la administración de justicia.
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Informe sobre Expediente N° 277-2003-P

Puchuri Torres, Flavio Cesar 24 June 2021 (has links)
El presente informe parte de una motivación personal del autor y de la falta de desarrollo de los alcances de la jurisdicción comunal en el Perú, por ejemplo, sobre su contenido, sus límites y las tensiones frente a los derechos fundamentales. La premisa inicial del trabajo consiste en que las rondas campesinas pueden ejercer facultades jurisdiccionales; sin embargo, dicha competencia está acotada a determinados hechos punibles, por ejemplo, no comprende conocer casos sobre homicidios o que requieran técnicas especiales de investigación. Además, el tratamiento que se le debe brindar al rondero o rondera en sede penal debe orientarse en función a la diversidad cultural y étnica de éste. El delito de secuestro, así como el de lesiones y tortura, y su vinculación a la actuación de las rondas campesinas han sido constantes en los últimos años. Por ello se requiere de un análisis que establezca límites precisos y claros de la actuación de integrantes de rondas campesinas al momento de sus intervenciones. En el desarrollo del presente informe se han abordado principalmente temas de Derecho Penal, Derecho Constitucional, Teoría General del Derecho y Sociología del Derecho. Asimismo, se ha buscado y trabajado fundamentalmente con base a pronunciamientos judiciales nacionales e internacionales sobre la materia, por ejemplo, la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y la Corte IDH. Además, se ha tenido como referente la normativa local e internacional vinculada a los temas abordados en el informe, que han sido objeto de análisis. En el presente trabajo también se analizó el sentido de la sentencia, el pronunciamiento sobre los delitos imputados, las pruebas de cargo y de descargo, así como los aspectos procesales más relevantes
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Implementación de un órgano de control de gestión del tribunal de disciplina policial

Hernani Alvarez, Daniel Wenceslao, Mautino Ortiz, Oscar Armando 21 July 2021 (has links)
Con el presente proyecto proponemos una alternativa de mejoramiento en el sistema de justicia en materia administrativa disciplinaria, teniendo en cuenta que, existe una brecha preocupante, que se materializada en la inacción de la última instancia administrativa disciplinaria, el Tribunal de Disciplina Policial con la tardía resolución de expedientes sometidos a su competencia, lo que conlleva a la declaratoria desmedida de caducidad y prescripción. Cuando este debería ser el más idóneo y eficaz por ser la máxima instancia como hemos referido. En el trascurso del estudio, hemos advertido que existe un evidente descontrol por parte del Tribunal de Disciplina Policial respecto a los plazos, así como de la eficiencia y eficacia en la resolución de los casos, muchas veces evidenciado por un aparente exceso y extralimitación de su autonomía tanto funcional como administrativa, que conlleva a que no se ejerza control ni cuestionamiento a la gestión, por ende a sus resultados, lo que menoscaba no sólo el esfuerzo de los entes inferiores, como la Inspectoría General y todos sus órganos, sino también, de todos los efectivos policiales, que perciben negativamente la justicia administrativa disciplinaria; además los resultados podrían ser perjudiciales para la propia ciudadanía ya que esta ineficacia, puede reflejarse, por una parte, al mantener dentro del seno institucional, a efectivos policiales trasgresores de nuestras normas, y por otra parte, afectando los derechos fundamentales de aquellos que esperan justicia, al no haberse determinado plenamente su responsabilidad. Frente a esto se propone un modelo innovador de control, mediante la ampliación de funciones de la Oficina General de Integridad Institucional, a efectos que ejerza control sobre la gestión administrativa del Tribunal de Disciplina Policial, específicamente, sobre el avance y resolución de los expedientes administrativos disciplinarios sometidos a competencia. Precisándose que ambos órganos dependen orgánicamente del Ministro del Interior, y que las funciones de control y supervisión sobre los diversos órganos que conforman ese sector, está ya precisada y normada legalmente a favor de la Oficina General de Integridad Institucional, no existiendo al respecto, disposiciones legales que colisionen o se trasgredan. Además, no se requiere la dación o emisión de normas complejas, siendo únicamente, la vía que consolide una Resolución Ministerial que amplíe las funciones que el caso amerita. Concluimos en que de ejecutarse nuestra propuesta, se reducirá considerablemente la carga procesal administrativa, y se resolverán el mayor número de expedientes dentro de los plazos de ley. Estas acciones de control mejorarán la gestión del Tribunal de Disciplina Policial, así como de su propio personal, a quienes se les comprometerá a ejercen su función a cabalidad, transparencia y sobre todo en el control de resultados, lo que tendrá un impacto positivo en el personal de la PNP y la sociedad en general.
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El Sistema Digital de Pericias Criminalísticas como alternativa de solución a la deficiente distribución de los informes periciales en la DIRCRI PNP

Ludeña Condori, José Arturo 01 February 2019 (has links)
En la Dirección de Criminalística de la PNP actualmente existe un ineficiente sistema de distribución de los informes periciales hacia las Unidades Policiales y Autoridades competentes, un análisis estadístico entre enero del 2016 y junio del 2017 dan cuenta de un significativo número de informes periciales retrasados en su distribución; la pericia - documento de importancia en el sistema procesal penal - una vez formulado por el perito o especialista no llega de manera oportuna al Usuario, y este problema repercute en la correcta administración de justicia, por un lado retrasa indebidamente una investigación policial o fiscal y por el otro afecta al ciudadano, pues este – usuario de los servicios de justicia del Estado – muchas resulta siendo doblemente víctima, del ilícito y de la impunidad. Hoy en día el avance de la tecnología permite a las organizaciones mejorar y optimizar procesos, una de ellas es el uso del internet y los medios digitales, por ello el proyecto Sistema Digital de Pericias Criminalísticas, busca que los informes periciales sean “subidos” a una plataforma digital virtual que se diseñara por el instituto, de modo que el Usuario debidamente autorizado, accediendo al sistema “baje” inmediatamente el informe pericial para su uso. El diseño y la implementación del SISDIPEC de acuerdo al estudio realizado no demandará mayor gasto a la PNP, la adquisición de equipos podrán ser asumidos con los recursos propios y el empleo de personal especializado que labora en la PNP. El sistema puesto a funcionamiento, solucionará un problema álgido y le dará valor público al trabajo pericial de la institución / Trabajo de investigación
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La sentencia interlocutoria denegatoria como barrera al acceso a la jurisdicción constitucional

Herrera Bustinza, Luis Benjamín 13 February 2020 (has links)
Los altos tribunales como parte de su política jurisdiccional, emplean mecanismos normativos, jurisprudenciales y administrativos a fin de gestionar de manera adecuada su carga procesal y elevar su productividad. Sin embargo, dichas medidas no pueden establecerse en menoscabo del cumplimiento de sus funciones, más aun cuando dicha función es la de tutelar en última instancia derechos fundamentales. Por lo que cobra especial relevancia el análisis del impacto del precedente Vásquez Romero en la producción jurisdiccional y la fundabilidad de sus resoluciones al ser un aspecto no explorado por las investigaciones precedentes, las cuales se han remitido a un análisis dogmático y normativo del mismo. En el trascurso de la presente investigación hemos llegado a la conclusión que el precedente Vásquez Romero, es formal y materialmente inconstitucional al violar los parámetros propios del principio de autonomía procesal, y jerarquía normativa; mientras que como mecanismo de descarga procesal, se ha determinado que no ha cumplido con incrementar significativamente el índice neto de productividad del Tribunal Constitucional, reduciéndose hasta en un tercio el porcentaje promedio de sentencias fundadas emitidas antes de su vigencia. / The high courts, as part of their jurisdictional policy, use normative, jurisprudential and administrative mechanisms in order to adequately manage their procedural burden and raise their productivity. However, these measures can not be established to the detriment of the fulfillment of their functions, especially when this function is to ultimately protect fundamental rights. Therefore, the analysis of the impact of the previous Vásquez Romero on jurisdictional production and the foundability of its resolutions is relevant because it is an aspect not explored by previous investigations, which have been referred to a dogmatic and normative analysis of it. In the course of this investigation we have come to the conclusion that the precedent Vásquez Romero, is formally and materially unconstitutional by violating the parameters of the principle of procedural autonomy, and normative hierarchy; while as a procedural unloading mechanism, it has been determined that it has not complied with significantly increasing the net productivity rate of the Constitutional Court, reducing the average percentage of well-founded judgments issued before its validity by up to one third.
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Corte Suprema y Constitución : la desconfiguración de nuestro más alto tribunal de justicia por obra de sus propios vocales supremos

Jiménez Mayor, Juan Federico 21 March 2022 (has links)
La presente tesis expone la dimensión de la función constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) configurada con el fin de preservar el orden jurídico, así como producir y ordenar la jurisprudencia, debiendo ejercer liderazgo en el sistema de justicia fijado precedentes vinculantes y doctrina jurisprudencial. La tesis, en ese sentido, recuerda los debates de la Constitución de 1979, en donde se refirió con énfasis el papel de la jurisprudencia y estableció la incorporación de la casación no como una norma procesal, sino como una potestad que le confiere una función constitucional. A partir de ello, la investigación exhibe algunos hallazgos que expresan disfuncionalidades institucionales de la CSJ que vienen contribuyendo a desconfigurar el modelo constitucional, como la alta provisionalidad de magistrados —la más alta del Poder Judicial— y que funciona con nueve Salas especializadas cuando la LOPJ contempla solo tres; la designación de magistrados provisionales sin seguirse el estricto orden de méritos contrariando la LOPJ y la LCJ, lo que se documenta con precisión identificando hechos que acontecen; la alta rotación y cambios constantes de conformaciones de las Salas Supremas, sin consultas a los afectados. De igual forma, la tesis analiza la situación de muchos vocales supremos que adicionan a sus tareas jurisdiccionales labores administrativas, pese a la distinción que hacen los artículos 143° y 146° de la Constitución. Finalmente, la tesis aborda el problema de la jurisprudencia y cómo las diversas Salas de la Corte Suprema tomaron mucho tiempo para iniciar a establecer doctrina jurisprudencial y precedentes, existiendo en la actualidad un desarrollo dispar en las Salas Especializadas, destacándose la contribución en la materia por parte de las Salas Penales, analizándose algunos aspectos que para evitar que sigan llegando cada vez más casos a nuestro alto tribunal de justicia. La investigación apunta a que, si se busca una Corte Suprema orientadora del Derecho a partir de jurisprudencia de calidad, que otorgue seguridad jurídica, predictibilidad y falle en igualdad, debe considerarse un número razonable de casos que pueda gestionarse a su interior. La tesis considera que para abordar estos problemas se debe partir por reconocer que existe un problema, superando el actual escenario negacionista de los vocales supremos, así como la indiferencia la Academia y el foro; considerar así que hemos normalizado una situación anómala que se expresa en la alta sobrecarga de casos que recibe la CSJ que superar los 48 mil expedientes al año, una provisionalidad que llega al 80%, constantes cambios en la conformación de las Salas Supremas al iniciar el año judicial y cuando lo considere la presidencia — 13 veces en este año 2021—entre otros aspectos que contribuyen a debilitar o afectar garantías institucionales contempladas en la Constitución, como el principios de independencia, inamovilidad y juez predeterminado por ley. / This thesis presents the dimension of the constitutional function of the Supreme Court configured to preserve the legal order, as well as to produce and order jurisprudence, having to exercise leadership in the justice system set binding precedents and jurisprudential doctrine. The thesis, in this sense, recalls the debates of the 1979 Constitution, where the role of jurisprudence and the Supreme Court was emphasized and where the incorporation of cassation was established not as a procedural norm, but as a power that confers on it a constitutional function. Based on this, the investigation shows some findings that express institutional dysfunctionalities of the Supreme Court of Justice that have been contributing to misconfigure the constitutional model, such as the high provisionality of magistrates - the highest in the Judiciary - and that it operates with nine specialized Chambers when the LOPJ contemplates only three; the appointment of provisional magistrates without following the strict order of merits contrary to the LOPJ and the LCJ, which is documented with precision by identifying events that occur; the high turnover and constant changes in the conformations of the Supreme Chambers, without consulting those affected. Similarly, the thesis analyzes the situation of many supreme members who add administrative tasks to their jurisdictional tasks, despite the distinction made by articles 143 and 146 of the Constitution. Finally, the thesis addresses the problem of jurisprudence and how the various Chambers of the Supreme Court took a long time to begin to establish jurisprudential doctrine and precedents, currently existing a disparate development in the Specialized Chambers, highlighting the development of the Criminal Chambers , highlighting that regulatory adjustments are required in the matter and that there is a better application of the appeal to prevent the Supreme Court from becoming one more instance that encourages the arrival of more cases that continues to congest our high court and especially the Chambers of Constitutional and Social Law. In this sense, the thesis points out that, if a Supreme Court orienting Law is sought based on quality jurisprudence, which provides predictability, legal certainty and preserves the principle of equality, the importance of a reasonable number of cases must be taken into account. that can be managed, and efforts must be made in this way. The thesis considers that in order to address these problems, it is necessary to start by recognizing that there is a problem, overcoming the current situation of comfort of the supreme magistrates, the forum and the academy, which have normalized an anomalous situation such as the one that affects the Supreme Court with an overload of cases that exceeds 48 thousand a year, with a provisional status of 80%, with constant changes in the composition at the beginning of the judicial year and when the presidency considers it —13 times in this year 2021—, among other aspects that contribute to weaken or affect institutional
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Inadecuada gestión en la distribución de los expedientes administrativo disciplinarios en las Oficinas de Disciplina de Lima de la Inspectoría General PNP. Período 2019-2023

Siancas Cabrera, Ricardo Nicolás, Vera García, Carlos Enrique 12 November 2024 (has links)
El presente estudio analiza la problemática de la Inspectoría General de la Policía Nacional sobre el rol que debe cumplir en su función de investigación y decisión, que por una inadecuada gestión en los procesos administrativos no se viene cumpliendo los fines de la administración disciplinaria. Lo que se evidencia en el estudio del 2019 al 2023, con las crudas cifras estadísticas del máximo órgano de control disciplinario de la PNP que establecen una carga administrativa que supera los 28,172 expedientes administrativos por infracciones graves y muy graves, cuyo gran número de los casos han caducado y prescrito, dando lugar al archivamiento en las diversas instancias administrativas. Siendo Lima Metropolitana una de las ciudades en el país con un total de 15,307 expedientes administrativos que representa el 54.33% de la carga administrativa nacional. Finalmente, considerando que el lugar de estudio es la ciudad de Lima, específicamente en la Región Policial de Lima, la presente innovación busca un cambio estructural en la organización policial, mediante la creación en las Oficinas de Administración de las Oficinas de Disciplina en las Comisarías y de las Inspectorías Descentralizadas en las Divisiones Policiales. Lo que permitirá desconcentrar la función de la investigación y decisión de los procesos administrativos disciplinarios por infracciones graves, con la dependencia funcional de sus efectivos, de la Dirección de Investigaciones de la Inspectoría General de la PNP. / This study analyzes the problems of the Office of the Inspector General of the National Police regarding the role it should play in its investigation and decisionmaking function, which due to inadequate management in administrative processes has not been fulfilling the purposes of the disciplinary administration. This is evidenced in the study from 2019 to 2023, with the crude statistical figures of the highest disciplinary control body of the PNP that establish an administrative burden that exceeds 28,172 administrative files for serious and very serious infractions, whose large number of cases have expired and prescribed, leading to the archiving in the various administrative instances. Metropolitan Lima is one of the cities in the country with a total of 15,307 administrative files, which represents 54.33% of the national administrative burden. Finally, considering that the place of study is the city of Lima, specifically in the Lima Police Region, the present innovation seeks a structural change in the police organization, through the creation in the Administration Offices of the Disciplinary Offices in the Police Stations and of the Decentralized Inspectorates in the Police Divisions. This will make it possible to decentralize the function of the investigation and decision of administrative disciplinary processes for serious infractions, with the functional dependence of its personnel, on the Investigations Directorate of the Inspector General of the PNP.

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