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Informe jurídico sobre la Resolución N° 09 recaída en el Expediente N° 00517-2021-0-1817-SP-CO-01

Burga Moreno, Alice Josefina 09 August 2024 (has links)
El problema principal consiste en establecer si se vulneró el derecho del demandante a una debida motivación que justifique que la Sala Comercial declare fundado el recurso de anulación interpuesto contra el cuarto punto resolutivo del laudo. El mencionado punto resolutivo condenó a la Entidad al pago del íntegro de los costos del arbitraje1 tras determinar que no existió pacto entre las partes sobre la distribución de dichos costos y que no hubo una “parte vencida” en el proceso. Por tal motivo, el árbitro evaluó la distribución de los costos aplicando de manera supletoria el artículo 73.1° de la Ley de Arbitraje (en adelante, LDA). Para analizar el problema central, se empleará la LDA en lo referente a la motivación del laudo y los límites de la revisión judicial (artículos 56.1° y 62.2° respectivamente), a la luz de la jurisprudencia constitucional sobre la motivación en sede arbitral, en tanto nuestro ordenamiento permite el control de la motivación del laudo cuando se vulnera el debido proceso. En consecuencia, las Salas Comerciales deben interpretar las causales de anulación del artículo 63.1° sistemáticamente con la duodécima disposición complementaria de la LDA, pues el recurso de anulación es una vía igualmente satisfactoria para controlar la debida motivación arbitral. Finalmente, conforme al artículo 73.1°, se sostiene que el pago de los costos arbitrales le correspondía a la demandada, dado que fue la parte vencida del arbitraje, al haberse declarado la caducidad de oficio de sus pretensiones. / The main problem is to establish whether the plaintiff's right to due motivation was violated and if its alleged violation justifies the Commercial Court’s decision to declare the annulment appeal filed against the fourth operative paragraph of the award well founded. The aforementioned operative paragraph condemned the Entity to pay the full costs of the arbitration after determining that there was no agreement between the parties on the distribution of said costs and that there was no “losing party” in the process. For this reason, the arbitrator evaluated the distribution of costs by additionally applying article 73.1 of the Arbitration Law (hereinafter, AL). To analyze the central problem, the AL will be used in relation to the motivation of the award and the limits of judicial review (articles 56.1° and 62.2° respectively), in light of the constitutional jurisprudence on the motivation in arbitration, in Both our legal system allows control of the motivation of the award when due process is violated. Consequently, the Commercial Court must interpret the grounds for annulment of article 63.1° systematically with the twelfth complementary provision of the AL, since the annulment appeal is an equally satisfactory way to control the due arbitration motivation. Finally, in accordance with article 73.1°, it is maintained that the payment of the arbitration costs corresponded to the defendant, given that it was the losing party in the arbitration, as the expiration of its claims had been declared ex officio.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 10 del Exp. N° 449- 2019 tramitado ante la Segunda Sala Comercial

Toribio Ossio, Christian Jhoel 09 August 2024 (has links)
El problema principal planteado tiene como finalidad evidenciar la importancia del reclamo expreso previo como requisito de procedencia de las demandas de anulación de laudo arbitral, salvo excepciones. El Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje, ha establecido que cuando existan irregularidades en el marco del arbitraje ya sea en el incumplimiento de las reglas pactadas por las partes o en aquellas garantías del debido proceso que resulten aplicables, el interesado tendrá que advertir la existencia de estas afectaciones buscando que los árbitros reviertan esta situación cuando sea posible. Caso contrario, la norma señala expresamente que cuando no se haya formulado este reclamo de manera expresa y oportuna, el laudo arbitral que sea emitido no podrá ser cuestionado por aquellas afectaciones que no hayan sido advertidas durante el trámite del arbitraje. En el presente caso observamos como el demandante solicita la anulación del laudo arbitral alegando que los árbitros incumplieron las reglas que las partes habían pactado en el arbitraje. No obstante, hemos demostrado cómo este reclamo no fue formulado de forma oportuna y, por ende, el demandante toleró las afectaciones sufridas en el arbitraje. De esta forma, ante la ausencia de un reclamo expreso previo, la demanda de anulación de laudo arbitral debió ser desestimada en tanto no se cumplió con un requisito de procedencia establecida en la normativa nacional que regula el arbitraje. / The main problem raised has as objective to put in evidence the importance of the prior and express claim as a requirement of precedence of the Lawsuits for annulment of arbitral award. The Legislative Decree No. 1071, Legislative Decree that regulates arbitration, has established that when irregularities exist in the context of the arbitration, either in the breach of the rules agreed by the parties or in those guarantees of due process that are applicable, the interested party will have to warn of the existence of these affectations and ask the arbitrators to revert that the arbitrators revert this situation whenever possible. Otherwise, the norm dictates that when there is no reclaim formulated in an express and timely manner, the arbitration decision that is issued may not be challenged by those defects that have not been noticed during the arbitration proceedings. In the present case, we observe how the claimant requests the annulment of the arbitration award alleging that the arbitrators failed to comply with the rules that the parties had agreed upon in the arbitration. However, we have shown how this claim was not formulated on time and, therefore, the claimant tolerated the damages suffered in the arbitration. Thus, in the absence of a prior and express claim, the claim for annulment of the arbitration award should have been dismissed since it did not comply with a procedural requirement established in the national legislation governing arbitration.
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El juez legislador en el IX Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral

García Núñez, Enrique Iván 27 August 2024 (has links)
El presente trabajo intenta revisar el contenido del IX Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral desde una visión crítica. Así revisaremos cómo los jueces que participaron en esta reunión se extralimitaron de sus funciones creando reglas o normas para los trabajadores restringiendo su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. / This work attempts to review the content of the IX Supreme Labor Jurisdictional Plenary from a critical perspective. Thus we will review how the judges who participated in this meeting exceeded their functions by creating rules or norms for workers, restricting their right to effective jurisdictional protection. / Trabajo académico
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Artículo 277 del CPP y estándares en derechos humanos. Una mirada desde el derecho internacional

Aguiló Bascuñán, Pedro Antonio, Lezama Orellana, Álvaro José January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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El derecho constitucional de acceso a la justicia en el procedimiento de liquidación de sociedad conyugal

Valenzuela Coronado, Rodrigo Andrés January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La depuración de la supuesta ilicitud del documento electrónico a través del testimonio y/o confesión en el proceso civil

Figueroa Rivera, Diego January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El documento electrónico se enfrenta a un aura de supuesta ilicitud en el proceso civil basada en la desconfianza técnica por parte de los operadores jurídicos al mismo, así como por la eventual vulneración de derechos fundamentales producto de la divulgación no autorizada de su contenido. Ahora bien, ¿por qué hemos de limitarnos a aceptar dichos prejuicios, obviando el impacto probatorio que pueda llegar a tener un documento de tales características? Resignarse a mantener esa preconcepción es insostenible porque se le quita al proceso la oportunidad de lograr ser un mecanismo eficaz y eficiente para la solución de los conflictos jurídicos suscitados, sobre todo cuando el documento electrónico puede marcar la diferencia entre tener o no por acreditado un hecho y, con ello, ganar o perder un juicio. Sin duda se requiere poner fin al reproche injustificado hacia el documento electrónico, para que así los litigantes y jueces puedan realizar su labor en forma adecuada, apreciando el documento electrónico de acuerdo con su verdadera naturaleza, despojada de tabúes y falsas interpretaciones que llevan a la restricción de su uso. Para ello, será necesario hallar, dentro de las herramientas procesales disponibles en nuestro ordenamiento jurídico, un mecanismo que, sin afectar el debido proceso, permita lograr dicho cometido, para lo cual será clave poder recurrir al uso combinado de ciertos medios probatorios, en conjunto con el documento electrónico, consagrados en nuestra legislación adjetiva.
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El valor probatorio de la confesión y el debido proceso : revisión de casos de confesión bajo coacción sometidos al Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Rivera Sepúlveda, Cristóbal Antonio January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Terrorismo y debido proceso : análisis del Caso "Norín Catrimán y otros vs. Chile"

Gómez Soto, Juan Esteban January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El fenómeno del terrorismo constituye uno de los mayores desafíos para el Estado en la actualidad, debiendo reaccionar con severidad ante un delito de especial gravedad, contrario esencialmente a los derechos humanos y que pretende intimidar enviando un mensaje de violencia con una finalidad política, pero que a la vez debe ser tipificado con especial rigurosidad en la ley penal, de manera que se cumpla con el principio de legalidad y no se confunda con delitos comunes y que a su vez debe ser juzgado respetando las garantías de un debido proceso. A través de un estudio del debido proceso y el terrorismo, el presente trabajo tiene por finalidad realizar un análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana en “Norín Catrimán y otros vs. Chile”, para detectar las deficiencias de la ley antiterrorista y las garantías vulneradas con su aplicación, elaborar propuestas y recomendaciones para su modificación y establecer criterios jurisprudenciales para el juzgamiento de delitos de terrorismo.
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El derecho al debido proceso a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño

Valladares Mellado, Rocío Valentina January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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General concerns on the judicial supervision limits of the due process in the procedures before the inquiry commissions in the Congress / Consideraciones generales sobre los límites del control judicial del debido proceso en los procedimientos desarrollados ante las comisiones investigadoras del Congreso de la República

Landa Arroyo, César 10 April 2018 (has links)
In the last years, there is a gradually participation of the Judicial Branch in the Congress competences and functions to supervise and inquire into issues of public interest. As a result, it has questioned the separation of powers principle. In that context, this article focuses on analyzing what the judicial supervision limits of the due process in the procedures before the inquiry commissions in the Congress are. / Durante los últimos años se observa una paulatina intervención del Poder Judicial en las competencias y atribuciones del Parlamento para fiscalizar o investigar asuntos de interés público, llegando a cuestionarse el propio principio de separación de poderes. En dicho contexto, el presente artículo busca analizar cuáles son los límites del control judicial del debido proceso sobre los procedimientos que se desarrollan a través de las comisiones de investigación del Congreso de la República.

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