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Evolución de la noción de los contratos asociativos en nuestra Ley General de Sociedades: la regulación de los Joint Venture

Ladrón De Guevara Vera, Renzo Daniel 07 July 2020 (has links)
Los Joint Venture son contratos asociativos utilizados a nivel mundial, con la finalidad que las partes (ya sean personas naturales o jurídicas) que lo conforman cooperen entre ellas. No obstante al uso casi global de estos contratos, en la actualidad aún existen algunas diferencias de trato jurídico y practico que podemos advertir, tal como se encuentra establecido en normativas norteamericanas, españolas, alemanas, peruanas, entre otros; sin embargo, este problema, no parte únicamente con la regulación de este tipo de contratos, sino que parte por el reconocimiento general de los contratos asociativos, o llamados también “partnership”, ya que en algunos países como es el caso de España, Estados Unidos, y Alemania, permiten constituir personas jurídicas con estos instrumentos societarios, a diferencias de nuestra regulación que, de acuerdo a nuestra ley societaria, se encuentra prohibida esta posibilidad. Justamente esta situación jurídica asimétrica que tenemos frente a lo que en mercado se acepta, es la justificación de este trabajo, toda vez que de aquí parte problemas de índole económico, internacional y sobre todo nacional, ya que la participación de estas agrupaciones de empresas es sumamente importante tenerla en cuenta para nuestra económica y evolución como país, al igual como en otros países se encuentra reconocido, con lo cual, mi principal objetivo determinar si con la inclusión de los Joint Venture en nuestra Ley General de Sociedades, se podría cambiar la perspectiva de los contratos asociativos, facilitando la funcionalidad empresarial de las agrupaciones conformadas por estos contratos. En el desarrollo de la presente investigación se demuestra cómo es que la practica comercial y jurídica de otras materias, han tratado a estas agrupaciones como personas jurídicas, razón por la cual, se llegó a la conclusión que, lo ideal sería incluir la posibilidad que, a través de estos contratos asociativos podamos constituir personas jurídicas nuevas. / Trabajo de investigación
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El rol de la Superintendencia de Mercado de Valores en la evaluación de los programas de Cumplimiento

Eche Guerra, Christel Mirtha 08 February 2024 (has links)
Con la publicación de la Ley 30424 - (Ley que regula la Responsabilidad Administrativa de la Persona Jurídica) – se establece la eximente de responsabilidad, en la medida que la persona jurídica (previo a la comisión del delito) hubiese implementado un modelo de prevención que haya contenido controles adecuados para prevenir o reducir el riesgo de comisión de actos ilícitos, el cual será analizado y validado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), emitiendo un informe técnico que constituirá un requisito de procedibilidad para formalizar la investigación preparatoria que dirige el fiscal. Así, se revisa si este informe con efecto vinculante vulnera algún precepto constitucional, y si la SMV es el órgano competente para emitir dicho informe. Para ello, se estudian los modelos de España, Chile e Italia, para finalmente proponer una figura donde pueda reorganizarse los equipos especializados dentro del Ministerio Público tomando como presupuesto además que el catálogo de delitos podría ser ampliada1 y sea delegada a un ente adscrito al mismo (sustrayendo de esa tarea a la SMV).
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Los intereses presuntos en los préstamos a título gratuito entre partes vinculadas y el principio de igualdad tributaria

Escobar Honorio, Blanca Elena 19 January 2024 (has links)
La importancia de la aplicación de las normas de precios de transferencias se presenta por la búsqueda de una justicia tributaria para todos. Esto implica que, algunos contribuyentes que tienen partes vinculadas, para huir de la tributación, podrían fijar como precio de sus operaciones y/o transacciones uno diferente al valor de mercado, de tal forma que logran pagar como tributo un importe menor al que le correspondería pagar. En cambio, las empresas independientes (no vinculadas), se rigen por la ley de la oferta y demanda del mercado, para cuando fijan sus precios. Sin embargo, una legislación no puede generalizar y considerar que todas las empresas vinculadas realizan las operaciones con precios por debajo del valor de mercado. Nadie niega que algunas empresas con partes relacionadas suelen realizar la tan conocida planificación fiscal agresiva, aprovechándose de los vacíos normativos que existen en las legislaciones tributarias de algunos países para eludir los impuestos que realmente les corresponde pagar o adrede trasladan parte de sus operaciones a países con baja o nula imposición con la finalidad de disminuir la base imponible gravable; y, por ende, obtener mayores utilidades y/o beneficios. Es ante este escenario, que se analizó el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sustituido por el Decreto Legislativo N° 945, en la cual se establece la presunción de intereses, específicamente su último párrafo, donde se dispone que se aplicará presunción relativa, es decir que se admitirá prueba en contrario, para demostrar con los libros de contabilidad del deudor que el préstamo es a título gratuito, siempre que se realice entre partes independientes, pero si dicha operación se realiza entre partes vinculadas, no podrá demostrar que la misma fue a título gratuito, debiendo aplicarse las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de la operación y pagar el correspondiente impuesto a la renta. Es debido a ello, que el objeto de estudio del presente trabajo de investigación es determinar si aquella imposibilidad que tienen las partes vinculadas de demostrar que realizaron un préstamo a título gratuito y la consecuente aplicación de las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de dicha operación, vulnera el principio de igualdad tributaria; toda vez, que cuando las misma operación lo realizan partes independientes tienen la posibilidad de desvirtuar aquella presunción de intereses prevista en el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta. Para ello, se analizó la doctrina, la jurisprudencia y la normatividad sobre precios de transferencia. En efecto, en nuestra investigación se concluye que se vulnera el principio de igualdad después de haber realizado el test de proporcionalidad y que la posición de la SUNAT considera que, a los préstamos otorgados a título gratuito entre partes vinculadas, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 32°-A de la LIR, no admitiendo por ninguna circunstancia demostrar lo contrario, ello evidencia un trato discriminatorio con respecto a los préstamos realizado a título gratuito entre partes independientes. Por último, a efecto de buscar una solución al problema se propuso que se derogue el párrafo final del artículo 26° de la LIR para los préstamos entre partes vinculadas, estableciendo la posibilidad de admitirse pacto en contrario, esto es, en la medida que se pueda demostrar con documentos fehacientes que efectivamente no se cobró intereses por el préstamo, por lo debería modificarse dicho artículo, eliminándose su último párrafo.
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Programas de cumplimiento en el sector pesquero industrial y su relación con el administrativo sancionador

Corzo Quinteros, Yasmin Vanessa 30 June 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, plantear la necesidad de establecer un programa de cumplimiento en el sector pesquero extractivo industrial, que dote a los administrados de las herramientas para fortalecer el cumplimiento normativo al interior de sus compañías y provea al ente rector en materia sancionadora pesquera de las herramientas legales para evaluar adecuadamente el procedimiento administrativo sancionador. Para ello, se analiza doctrina y pronunciamientos de los órganos administrativos sancionadores en materia pesquera y los argumentos de defensa de los administrados, pasando además por un riguroso análisis de la aplicación del principio de culpabilidad, considerando los factores exógenos que aplican a esta actividad, como son el clima, salinidad del mar, corrientes marinas, otros. Estudiaremos así, el actuar preventivo de los administrados en esta actividad económica atípica y si éste, además de otras actuaciones diligentes, podrían conformar un programa de cumplimiento pesquero que conlleve a un tratamiento especial de la responsabilidad, ya sea la exoneración o la atenuación, conforme lo prevé la Ley de Procedimiento Administrativo General, arriesgándonos a afirmar entonces que un programa de cumplimiento en el sector extractivo pesquero industrial debidamente implementado podría variar el resultado del procedimiento administrativo sancionador, concluyéndose así que sería retador pero beneficioso para todos los actores de este rubro, regular programas de cumplimiento voluntarios.
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La incidencia del Compliance penal en la teoría jurídica del delito aplicable a la persona jurídica: ¿Es el Compliance penal una causa de atipicidad del injusto penal de la persona jurídica?

Valenza Trujillo, Luz Celeste 24 November 2021 (has links)
La Ley Nro. 30424 – Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en la legislación peruana, incorpora al Compliance penal como una circunstancia determinante de exención o atenuación de la responsabilidad aplicable a la persona jurídica, contexto que suscita la asunción de diversas posturas teórico-- prácticas respecto a la categorización dogmática del delito idónea para su análisis, ya que, dependiendo de la categoría donde se le sitúe (injusto penal o culpabilidad colectiva), las consecuencias materiales y procesales son diversas, tanto a nivel de estándar de imputación necesaria, carga de la prueba, etc. Por ende, dicho análisis se asume como de especial relevancia en este trabajo, porque clarifica el sistema de imputación de responsabilidad de la persona jurídica y brinda criterios interpretativos a nivel doctrinal y práctico. A través de la presente investigación, se pretende demostrar que el defecto de organización o no Compliance penal derivada del incumplimiento del deber de garante del empresario favorece o incentiva, por encima del riesgo permitido la comisión de un delito individual en su seno. Sobre esa base, si el Compliance penal define el riesgo permitido, la categoría del delito que mejor encaja para su comprensión, es la teoría de la imputación objetiva, en concreto, la tipicidad (injusto penal) del delito corporativo, siendo la debida diligencia del empresario premiada con la ausencia de imputación a la empresa. Dicho acogimiento, tiene, entre otras, la consecuencia procesal de que el Ministerio Público describa en etapa de investigación preparatoria el contenido del defecto de organización y asuma la carga de la prueba del delito corporativo atribuido a la persona jurídica.
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Los desafíos de las empresas de casinos frente a las entidades bancarias

Gonzáles Salva, Yirley Miriam 12 February 2019 (has links)
Las empresas de Casinos han presentado problemas con el Sector Bancario desde hace varios años, ello se debe al alto grado de incidencia de prácticas de lavado de activos dentro de estos establecimientos, motivo por el cual han sido catalogados como blancos fáciles. Por otro lado, las entidades bancarias con el animus de preservar sus intereses dentro ellos su reputación, han optado por establecer políticas de índole interna, donde han señalado taxativamente las actividades económicas consideradas riesgosas en sí mismas, dentro de las cuales encontramos a los Casinos. Esta clasificación ha traído como consecuencia directa que no sean sujetos de crédito, inclusive algunas entidades bancarias han restringido la prestación de servicios bancarios, impidiendo cualquier tipo de vinculación comercial. Esta situación ha generado graves perjuicios a las empresas de Casinos; ya que han sido apartados del Sistema Financiero, constriñéndoles a buscar mecanismos alternativos que les permitiera seguir desempeñando su actividad comercial de manera normal. Frente a las adversidades reportadas por la Industria de Casinos, consideramos necesario incorporar mecanismos legales, que permitan demostrarle a los Bancos que los Casinos cumplen con las medidas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En este sentido, proponemos que las empresas de Casinos refuercen su Sistema de Prevención de lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo, así como también la incorporación de prácticas de Buen Gobierno Corporativo; toda vez que esto permite la generación de un valor añadido para las empresas de Casinos, a través de la transparencia en la información, implementación de sistemas de gestión de riesgos entre otros.
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Mejora regulatoria como estrategia de competitividad: el caso de la certificación ambiental en la gran y mediana minería para la fase de explotación

Vexelman Tendler, José 26 November 2019 (has links)
La actividad minera es muy importante para la economía del Perú, por lo que es de interés nacional aumentar la competitividad a nivel del país. En el presente estudio identificamos como uno de los problemas principales para lograr una mayor competitividad en el sector minero, la sobre abundancia de normas y procedimientos, muchos de ellos ineficientes para sus objetivos. A fin de delimitar el estudio nos hemos referido al procedimiento de certificación ambiental para la gran y mediana minería, en la que vemos que el problema antes mencionado está presente al identificar al menos 15 procedimientos administrativos involucrados en su obtención, lo que da como resultado que éste sea un procedimiento largo y oneroso. Con el fin de aportar propuestas para la mejora de la competitividad, presentamos la necesidad de un análisis de la calidad regulatoria a todo nivel y de forma constante, el perfeccionamiento de los entes reguladores que deben tener a la mano medios alternativos para cumplir con las funciones estatales y no solo trasladar obligaciones a los particulares, así como de impulsar a fin de hacer atractiva la certificación ambiental global.
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La regulación del compliance laboral empresarial en el derecho peruano como un mecanismo de prevención de accidentes y/o enfermedades profesionales

Otiniano López, Tiana Marina 28 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación explica la necesidad de establecer el cumplimiento normativo en las empresas -Compliance laboral-, con el objeto de evitar riesgos de diversa índole que pueden traer consigo los accidentes y enfermedades profesionales, los cuales pueden afectar la vida y salud de los trabajadores. Se precisa que en la normativa nacional vigente se tiene a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783 en la cual se establece la responsabilidad del empleador en torno a los accidentes y enfermedades profesionales, priorizando los deberes de prevención y responsabilidad, entre otros, que la aludida ley señala para los empleadores/empresarios, el cual lo concordamos con el acuerdo jurisdiccional adoptado en la ciudad de Lima, los días 18 de septiembre y 2 de octubre del 2017, cuando se ha realizado el VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional, el cual se acordó que “El empleador siempre será responsable por cualquier evento dañoso del trabajador”, aunado a que en la actualidad se tiene la figura agravada en el Código Penal, Artículo 168-A, como es el delito de Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, que en su figura dolosa (muerte del trabajador o terceros) sanciona con una pena privativa de libertad de hasta de ocho años. Es por ello que se plantea la posibilidad de que para aquellas empresas que voluntariamente cumplan con sus obligaciones legales y contractuales e implementen mecanismos para preservar la seguridad y salud de sus trabajadores, se debe tener en cuenta dicho cumplimiento normativo al momento de imponer sanciones de toda índole, pero siempre y cuando se verifique real cumplimiento, por lo que se recomienda la implementación de un programa de cumplimiento normativo empresarial en los empleadores/empresarios, para no afectar la vida y salud de sus trabajadores y asimismo para no afectar su reputación empresarial.

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