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¿Resulta constitucional la limitación al derecho a la libertad de expresión? : análisis del caso La Paisana JacintaGuerra Mamani, Carmen Elizabeth Trilce 16 August 2021 (has links)
En este trabajo, la autora hace un análisis del caso la Paisana Jacinta, analizando los
argumentos de las partes y el razonamiento seguido por la Sala Civil de la Corte Superior de
Justicia de Cuzco. En tal sentido, se estudian los aspectos procesales y sustantivos teóricos
que involucran a este caso, entre ellos si este proceso cumple con los requisitos pertinentes
establecidos en el artículo 5° del Código Procesal Constitucional, así como los derechos que
se encuentran comprometidos y los límites que estos presentarían en el caso en concreto, a
propósito de la categoría del discurso de odio. De esta manera, se desarrolla, de forma teórica
y aplicada al caso en concreto, los derechos y principios invocados, como el derecho al honor
y buena reputación, no discriminación, dignidad y libertad de expresión.
Asimismo, se brinda una crítica al razonamiento del órgano judicial que resolvió esta causa,
teniendo en cuenta la distinción entre normas regla y normas principios para analizar la
eventual afectación al mandato de no discriminación, así como presentar ciertos reparos en
torno al análisis de proporcionalidad empleado por la Sala para resolver este caso. / In this work, the author analyses the case of the “Paisana Jacinta”, with focus in the
arguments of the parties and the reasoning followed by the Civil Chamber of the Superior
Court of Justice of Cuzco. In this sense, the procedural and substantive aspects that are
involved this case are assessed, including if this constitutional process satisfies the relevant
requirements contained in the article 5° of the Procedural Constitutional Code, as well as the
rights that are compromised and the limits that these would present in the specific case. In
this way, the invoked rights and principles are developed, theoretically and applied to the
specific case, such as the right to honor and good reputation, non-discrimination, dignity and
freedom of expression.
Likewise, a critical view is offered concerning the reasoning of the judicial body that
resolved this case, taking into account the distinction between norms, which could be
classified as rules and principles in order to analyze the possible impact on the nondiscrimination
rule. Furthermore, it is presented certain objections regarding the
proportionality test used by the Chamber to resolve this case.
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Informe jurídico sobre la Sentencia Interlocutoria emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 4565-2019-PA/TCSmith Arias, Paola Fernanda 19 August 2022 (has links)
El objetivo principal del presente informe jurídico consiste en delimitar el alcance y contenido de los criterios que emplean los jueces al momento de declarar improcedentes las demandas de amparo, sustentando su decisión en la causal referida a la existencia de procesos ordinarios específicos e igualmente satisfactorios, para la tutela del derecho constitucional cuya vulneración o amenaza de vulneración se alega.
El análisis del alcance de dichos criterios tendrá como punto de partida la Sentencia Interlocutoria recaída en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC. En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal Constitucional o TC”) desestimó el recurso de agravio constitucional (en adelante “RAC”) interpuesto por la demandante, en tanto la cuestión de derecho invocada habría contravenido las reglas establecidas como precedente vinculante en el caso “Elgo Ríos Núñez”. Así pues, en el presente estudio se empleará un método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que analizaremos lo que ya se ha dicho en doctrina y en la jurisprudencia nacional respecto del tema que nos ocupa.
A partir de ello, concluiremos que en tanto los criterios empleados por la judicatura constitucional para declarar la improcedencia de una demanda de amparo sobre la base de la causal referida a la existencia de procesos específicos e igualmente satisfactorios al proceso de amparo, establecidos en el caso “Elgo Ríos Núñez”, contienen conceptos generales, indeterminados y abstractos, existe la necesidad de que dichos criterios sean dotados de contenido, cuanto menos, suficiente, a fin de que sean empleados por la judicatura de manera razonable, adecuada y justificada, evitando de esa manera la vulneración del derecho fundamental de acceso a la justicia. / The main objective of this legal report is to delimit the scope and content of the criteria used by judges when declaring amparo suits inadmissible, basing their decision on the cause referred to the existence of specific and equally satisfactory ordinary proceedings for the protection of the constitutional right whose violation or threat of violation is alleged.
The analysis of the scope of such criteria will have as a starting point the Interlocutory Judgment issued in Case No. 4565-2019-PA/TC. In said Judgment, the Constitutional Court (hereinafter "Constitutional Court or TC") dismissed the constitutional grievance appeal (hereinafter "RAC") filed by the plaintiff, inasmuch as the question of law invoked would have contravened the rules established as binding precedent in the "Elgo Rios Nuñez" case. Thus, in this study we will employ a dogmatic legal (or documentary) research method, since we will analyze what has already been said in doctrine and national jurisprudence regarding the issue at hand.
From this, we will conclude that the criteria used by the constitutional judiciary to declare the inadmissibility of an amparo claim on the basis of the cause referring to the existence of specific and equally satisfactory processes to the amparo process, established in the "Elgo Rios Nuñez" case, contain general, indeterminate and abstract concepts, there is a need for such criteria to be endowed with at least sufficient content, so that they may be used by the judiciary in a reasonable, adequate and justified manner, thus avoiding the violation of the right of access to justice.
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Informe jurídico de la sentencia recaída en el expediente N°02744-2015-PA/TC (Caso Migrantes)Orellana Gutiérrez, Mabel Andrea 19 August 2022 (has links)
A lo largo de la historia, los migrantes se han encontrado carentes de un trato respetuoso y libre de sesgos, siendo en innumerables oportunidades blanco de injusticias y persecuciones. En materia jurídica, actualmente existen distintas leyes y mecanismos que le brindan protección al migrante. Sin embargo, casos como el de Jesús de Mesquita Oliviera demuestran que, en el Perú, aún se producen vulneraciones a los derechos de los migrantes. Lo cierto es que en este particular caso, el fallo inicial que la Superintendencia Nacional de Migraciones emitió sienta un precedente en el cual no solo los derechos de los migrantes son transgredidos, sino también los derechos humanos, derechos de protección a la familia, derecho al debido proceso y de defensa. El objetivo del presente informe jurídico es dilucidar si se debe declarar fundado el recurso de agravio constitucional, en favor de Jesús de Mesquita Oliviera y su menor hija. Posterior al estudio de la situación vivida por los migrantes en el país y el análisis del caso "Migrantes", la conclusión es que la resolución inicial representa una amenaza para el derecho de protección a la familia del agraviado y discrepan con el principio de interés superior del niño en perjuicio de su menor hija. Asimismo, es vulnerado su derecho al debido proceso, y se pone en evidencia el estado inconstitucional de las cosas de la Ley de Extranjería cuando tal sentencia es emitida, así como también del Decreto Legislativo N°1236, pues seguía sin establecer un proceso en el cual el migrante obtenga garantías al recibir una sanción administrativa en su contra.
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Análisis jurisprudencial del Proceso de Acción Popular en el Perú: propuestas para mejorar el control jurisdiccional sobre las normas reglamentariasMorón Urbina, Juan Carlos 24 April 2013 (has links)
Pese a que el proceso de acción popular ha sido históricamente el primer
instrumento constitucional de control normativo incorporado por nuestro
constitucionalismo, han sido escasas las posibilidades de analizar cabalmente
su funcionamiento en el sistema de control constitucional. Con razón, autores
nacionales la han calificado como “la cenicienta de los procesos
constitucionales” o como el proceso constitucional más “impopular”por su
grado de conocimiento por la colectividad y la carencia de difusión de sus
resoluciones. No les falta razón. Los trabajos de investigación respecto a este
proceso son más bien escasos y fundamentalmente exegéticos normativos, sin
haber podido examinar las tendencias jurisprudenciales seguidas por el Poder
Judicial en su aplicación. En esta investigación nos proponemos tener como
eje de análisis la jurisprudencia producida por el Poder Judicial desde el año
2000 a la fecha para poder a partir de ella identificar los principales elementos
que la caracterizan y mostrar los principales factores para su definido perfil
bajo en nuestro constitucionalismo.
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Los hechos en el precedente : fundamentos para una reconstrucción racional del precedente constitucional en el PerúRamírez Figueroa, Jim Leofel 28 August 2018 (has links)
Con la puesta en vigencia del Código Procesal Constitucional se introdujo al sistema jurídico
peruano la figura del precedente constitucional vinculante. A la luz de dicha regulación, el
Tribunal Constitucional ha emitido un sin número de precedentes vinculantes, los cuales
demuestran ausencia de racionalidad en la formación de estos, principalmente por los siguientes
aspectos: formación abstracta del precedente constitucional, esto es, un precedente creado al
margen de los hechos del caso concreto; y a partir de la ausencia de conexión entre el
precedente y los hechos, se fijan como extremos vinculantes aquellos razonamientos que no son
la ratio decidendi. Bajo este contexto, cabe preguntarse: ¿Es racional el modus operandi del
Tribunal Constitucional en la formación e identificación del precedente constitucional? ¿Se
pueden interpretar los artículos VI y VII del Título Preliminar del Código Procesal
Constitucional de manera distinta a la interpretación efectuada por el Tribunal Constitucional?
Pues bien, con la expresión «precedente vinculante» se alude a la obligación que tienen los
jueces y tribunales de seguir decisiones anteriores al tomar una decisión posterior. La doctrina
del precedente, surgida en la tradición del common law, gira entorno a los hechos del caso
particular. Así, las categorías que influyen en la comprensión de su significado y alcances -ratio
decidendi, obiter dicta, distinguishing u overruling- solo pueden ser comprendidas a la luz de
los hechos que configuran el caso en el que es creado, así como los hechos del caso en el que
debe ser aplicado. A partir de ello, el precedente no es otra cosa más que la ratio decidendi
construida para decidir un caso particular. Por eso, sin hechos no hay precedente. / With the enactment of the Constitutional Procedural Code, the figure of the binding
constitutional precedent was introduced to the Peruvian legal system. In light of this regulation,
the Constitutional Court has issued a number of binding precedents, which demonstrate absence
of rationality in the formation of these, mainly by the following aspects: abstract formation of
the constitutional precedent, that is, a precedent created regardless of the facts of the specific
case; and from the absence of connection between the precedent and the facts, those arguments
that are not the ratio decidendi are fixed as binding ends. In this context, it is worth asking: Is
the modus operandi of the Constitutional Court rational in the formation and identification of
the constitutional precedent? Can articles VI and VII of the Preliminary Title of the
Constitutional Procedural Code be interpreted differently from the interpretation made by the
Constitutional Court? Well, the term "binding precedent" refers to the obligation of judges and
courts to follow previous decisions when making a subsequent decision. The doctrine of
precedent, arising in the common law tradition, revolves around the facts of the particular case.
Thus, the categories that influence the understanding of their meaning and scope -ratio
decidendi, obiter dicta, distinguishing or overruling- can only be understood in the light of the
facts that make up the case in which it is created, as well as the facts of the case in which it must
be applied. From this, the precedent is nothing more than the ratio decidendi built to decide a
particular case. Therefore, without facts there is no precedent.
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Informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 06040-2015-PA/TCParra Estela, Andrea 23 February 2021 (has links)
El presente informe jurídico analiza la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente STC Nº 06040-2015-PA/TC, referida al caso de Ana Romero Saldarriaga, una mujer transgénero que solicita a través de una demanda de amparo que Reniec modifique su nombre y sexo en sus documentos nacionales de identificación.
Este fallo es emblemático puesto que deja sin efecto la doctrina jurisprudencial que concebía al sexo como una categoría biológica o cromosómica. En este trabajo se desarrolla el contenido del derecho a la identidad de género, a partir de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional peruano y los estándares internacionales desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, se procede a analizar si el proceso sumarísimo es una vía específica e igualmente satisfactoria para
tutelar el derecho a la identidad de género. Finalmente, el informe concluye que el Tribunal Constitucional omitió tutelar adecuadamente el derecho a la identidad de género de Ana Romero, al rechazar su demanda argumentando que debió tramitar su solicitud a través del proceso sumarísimo. Esta sentencia revela cómo el Supremo intérprete de la Constitución deja de lado su rol de garante último de los derechos fundamentales en nuestro ordenamiento jurídico
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Informe sobre Expediente N° 980-2005Fasanando Van Oordt, Diego Andrés 16 October 2020 (has links)
El presente trabajo de investigación pretende analizar los problemas jurídicos más importantes
que se desprenden del expediente materia de revisión, con la finalidad de emitir una opinión
sobre la resolución del caso desde nuestro punto de vista. El análisis está respaldado con la base
normativa constitucional, legal e internacional, junto con la interpretación realizada por doctrinaria
y jurisprudencialmente aplicable al caso. Para tales efectos, se realiza una revisión de los hechos
principales que componen la controversia, así como las actuaciones procesales más relevantes.
En ese sentido, determinamos que, en el caso concreto, la vía constitucional es la vía idónea
para resolver controversias de tutela urgente. De acuerdo a lo expuesto en el precedente
constitucional Elgo Ríos, frente a la existencia de casos ameriten tutela urgente deben en materia
laboral, la vía ordinaria no podrá ser considerada igualmente satisfactoria.
Asimismo, postulamos que existe un conflicto normativo entre el despido por capacidad regulado
en el literal a) del artículo 23° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y el
artículo18.2.4. de las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
Finalmente, concluimos que en la actualidad la reubicación es un efecto de la declaratoria del
despido nulo, pero que dicho efecto no se encontraba regulado antes de la modificatoria del literal
a) del artículo 23° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral realizada en el 2012.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional bajo número de expediente 01739-2018- PA/TCAime Proaño, Gladys Mabel 21 March 2022 (has links)
En el presente informe se analizará la sentencia del Tribunal Constitucional del caso Ugarteche,
emitido respecto de la pretensión principal del proceso de amparo: la nulidad de la Resolución
Registral N°1258-2012-GOR/JR10LIM/ORLIMA/RENIEC. En dicha resolución la RENIEC niega
inscripción del matrimonio Ugarteche-Aroche, celebrado en México.
Del análisis del caso, nuestra conclusión principal es que la improcedencia de lo solicitado por el
demandante, por parte del Tribunal Constitucional, al pedido de revertir la negativa de
inscripción por parte de RENIEC del matrimonio del Sr. Ugarteche, implica una vulneración a sus
derechos fundamentales. Con este propósito, centraremos nuestro informe en el análisis de los
problemas jurídicos encontrados en la sentencia.
Como problemas jurídicos principales encontramos la vulneración de derechos fundamentales
del demandante: en primer lugar, el derecho a la igualdad y no discriminación, y, vinculado a
ello, el libre desarrollo de la personalidad. Asimismo, señalamos que el objetivo de la presente
investigación es sustentar que el matrimonio, su naturaleza y propósito, no excluye a las parejas
del mismo sexo, pues sostenemos que existe una protección a las diversas formas de familia, las
cuales deben de ser protegidas por el derecho. En ese sentido, señalamos, como argumento que
respalda nuestra postura, que la discriminación por orientación sexual se encuentra prohibida,
tanto en la legislación nacional como en el marco internacional.
Finalmente, concluiremos que, si bien en la sentencia del Tribunal Constitucional contiene
aportes acertados, encontramos posiciones que no compartimos, pues no reflejan a la
institución jurídica del matrimonio como una libre de discriminación. Con ello se refleja un
problema estructural dentro de la sociedad peruana, lo cual se manifiesta desde la negativa del
funcionario público que resolvió negar la solicitud de inscripción del Sr. Ugarteche hasta en el
razonamiento de los fundamentos de improcedencia de los vocales del Tribunal Constitucional.
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Efectividad de las resoluciones judiciales constitucionales contra el Estado que contienen una obligación de hacer. Estudio y propuestas para fortalecer el deber estatal a partir de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos HumanosNovoa Campos, Bruno Alberto 03 August 2021 (has links)
A pesar de existir resoluciones judiciales, en calidad de cosa juzgada, que se emitieron
en el marco de un proceso constitucional y que disponen una obligación de hacer de pago
de una suma líquida por parte del Estado, se debe esperar la culminación de un
procedimiento administrativo adicional al que ingresan todos aquellos beneficiarios de las
deudas del Estado generadas por sentencias judiciales, de diferentes procesos, en calidad
de cosa juzgada.
Al respecto, se busca comprobar la hipótesis siguiente:
Se requiere asegurar, de manera previa a la aprobación del presupuesto del sector
público para el año fiscal siguiente, una partida presupuestal permanente, en todas las
entidades públicas, destinada a efectivizar las resoluciones judiciales, en calidad de
cosa juzgada, que se emitieron en el marco de un proceso constitucional y que
disponen una obligación de hacer de pago de una suma líquida por parte del Estado.
Para sustentar nuestra hipótesis, la Tesis desarrolla:
En el capítulo primero, el marco constitucional de la Efectividad de las Resoluciones
Judiciales (en adelante, la ERJ);
En el capítulo segundo, la vulneración de la ERJ en procesos constitucionales que
contienen una obligación de hacer de pago de una suma líquida por parte del Estado;
y,
• En el capítulo tercero, nuestras propuestas de solución.
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Informe sobre Expediente N° 00319-2013-AA/TC Código de Registro: E-2494Buendía Mori, Armando Joaquín 17 December 2020 (has links)
El presente trabajo busca analizar, desde la perspectiva del Derecho Tributario,
Constitucional y Procesal Constitucional, un caso cuyo origen se remonta a la
expropiación de un bien inmueble de propiedad de Sociedad Agrícola San Agustín S.A.
(SASA) para la ejecución de una obra de gran envergadura. Una vez determinado el
monto de la indemnización justipreciada por la vía arbitral y con el fin de salvaguardar
su derecho de propiedad, SASA interpone una demanda de amparo contra la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT),
pretendiendo la inaplicación del artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, que califica
a la expropiación como una forma de enajenación gravable con el referido impuesto.
Demanda que fue finalmente declarada fundada por el Tribunal Constitucional mediante
sentencia recaída en el Expediente No. 00319-2013-AA/TC. Sin duda, el caso tiene
relevancia jurídica, pues supone una investigación jurídica integral desde múltiples
ramas del Derecho, que permite evaluar los principales problemas jurídicos sopesados
en la resolución que al respecto emitió el alto tribunal. Así, a lo largo de este trabajo
demostraremos que, a pesar de que técnicamente la expropiación califica como un
hecho imponible susceptible de generar una ganancia de capital, ello no es sino el reflejo
de un uso excesivo de la potestad tributaria que ostenta el legislador; y que demuestra
una clara vulneración de los principios constitucionales tributarios que fungen de límites
para su adecuado ejercicio.
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