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El bien jurídico específico en el delito de enriquecimiento ilícitoPezo Roncal, Cecilia Alexandra 19 February 2015 (has links)
El delito de Enriquecimiento Ilícito se encuentra tipificado en nuestra legislación desde hace
más de tres décadas y, desde su tipificación, poco se analizado en doctrina sobre su naturaleza y
sobre el bien jurídico protegido con el mismo. Si bien un sector importante de la escaza doctrina
nacional que ha escrito sobre el tema lo ha considerado desde siempre un delito residual y/
subsidiario; es también cierto que un porcentaje de dicho sector, solo se remite a repetir una
vieja posición que sienta sus bases en la ratio legis del legislador de 1981 –año en que se
incorporó este delito en nuestro Código Penal-. Asimismo, es casi unánime la posición nacional
en torno a reconocer en el Enriquecimiento Ilícito un bien jurídico protegido que adolece de
especificación –e, incluso, que abunda en lo subjetivo cuando se mencionan la ética o la moral de
los funcionarios públicos-. Esto último coadyuva a la interpretación errónea del tipo y fortalece –
por un claro desinterés en desarrollar más profundamente el tema- la posición del delito como
subsidiario. Si bien no comparto la tesis de la subsidiariedad, solo pocos autores han
argumentado seriamente dicha posición, mientras que la gran mayoría de ellos se han remitido
–sin análisis detenido- a la doctrina extranjera –sobre todo la argentina y la colombiana-.
Si bien en torno a este delito se han planteado algunas problemáticas en el marco de su
aplicación a un caso concreto, considero preciso e ineludible, de cara a una correcta
interpretación y posterior análisis de los problemas derivados de su aplicación, la determinación
del bien jurídico específico protegido. Es a partir de dicha concretización que la tarea de
interpretación se dificulta menos y, como también argumentaré, se llega a conclusiones distintas
a las que hemos dado por sentadas desde siempre.
Para tales efectos, he dividido este trabajo en tres capítulos. El primero tiene como finalidad
fortalecer al bien jurídico como fin de protección del Derecho Penal. He considerado preciso
sentar posición al respecto al tratarse de un delito contra la Administración Pública, que, por su
naturaleza supraindividual, ha sido objeto de críticas en razón –sostienen- de su intensa
abstracción; además, porque, al ser el funcionario público el único protagonista en el mismo, se
trata también de un delito de infracción de deber –en donde aquél ocupa una posición especial
jurídico institucional-, aspecto que, luego de afirmado, podría llevar a la confusión de la base
dogmática de la que se parte –así, no se asume en este trabajo un punto de partida funcionalista
por su excesivo formalismo, pero tampoco se descartan los aportes que, alienados con las
propias consideraciones, efectivamente coadyuvan a un mejor entendimiento sobre el tema-.
Posterior a ello, se desarrollan los argumentos relacionados con la protección de los bienes
jurídicos supraindividuales –en donde se ubican los delitos de corrupción de funcionarios-; así,
como se podrá apreciar, parto de una protección autónoma y no personalista en esta clase de
delitos. Ello facilita expresar posición en torno a la alegada contraposición entre la estructura de
los tipos en clave de peligro abstracto y el principio de lesividad en el grupo de delitos bajo la
rúbrica de “delitos contra la Administración Pública”.
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Legal Aspects of Electronic Money: Financial Inclusion Instrument. The Peruvian Model / Aspectos Jurídicos del Dinero Electrónico: Instrumento de Inclusión Financiera. El Modelo PerúCipriano Pirgo, Manuel 10 April 2018 (has links)
In the first part, the background of electronic money is explained, then it provides a detailed account of how it has evolved in Africa, where there has been a huge success, given the advantages and applications it has, and how it has been working. Elsewhere, other models of electronic money that are emerging in the world, such as Google Wallet, Apple Pay, and experiences in Peru as Wanda and Your Mobile Money.In the third part, some aspects of the recent regulation of electronic money in Peru are required by Act No. 29985, which regulates the basic characteristics of electronic money. Finally, it details the recent proposal that ASBANC has been working on through the Model Peru, as well as technological and regulatory risks that still must be faced. / En una primera parte se explica los antecedentes del dinero electrónico, luego se pasa a exponer detalladamente de cómo éste se ha desarrollado en África, donde ha tenido un enorme éxito dadas las ventajas y aplicaciones que tiene, y la manera como viene funcionando. En otra parte se señalan otros modelos de dinero electrónico que vienen surgiendo en el mundo, tales como Google Wallet, Apple Pay, y experiencias en Perú como el de Wanda y Tu Dinero Móvil.En la tercera parte se precisan algunos aspectos de la reciente regulación del dinero electrónico en el Perú, mediante la Ley Nº 29985, que regula las características básicas del Dinero Electrónico. Finalmente se detalla la reciente propuesta que viene trabajando ASBANC, a través del Modelo Perú, así como los riesgos tecnológicos y regulatorios que aún se debe afrontar.
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Problemas del bien jurídico protegido en el delito de cohecho a funcionario público extranjeroMéndez Muñoz, Loreto Andrea, Torres Bustamante, Pamela Karelyn January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Vivimos en un mundo globalizado. Las relaciones comerciales traspasan las fronteras e incrementan su número día a día. Por esta razón, los organismos públicos de todas las naciones han debido intervenir, en mayor o menor medida, en los procesos comerciales, con el objeto de disminuir los riesgos propios derivados estas relaciones –entre tales riesgos encontramos conductas que pueden ser sancionadas según el Derecho Penal-.
A través de las nuevas tecnologías y el avance de la comunicación, los particulares realizan transacciones internacionales casi instantáneamente, y en virtud de ello, la participación de organismos públicos en las mismas ya sea como partes o bien en ejercicio de sus facultades de fiscalización, aparece masivamente como parte de un fenómeno de modernización del desarrollo económico mundial.
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El abandono del procedimiento en la etapa administrativa del cobro ejecutivo de obligaciones tributarias en dinero : su procedencia o improcedenciaBustamante Rojas, Ariel Esteban January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Título V del Libro Tercero del Código Tributario, l lamado,
Del Cobro Ejecut ivo de las Obl igaciones Tr ibutar ias en Dinero,
regula la cobranza administ rat iva y judicial de las obligaciones
tributarias, estableciendo las normas de procedimiento del juicio
ejecut ivo dest inado al cumpl imiento coact ivo de dichas
obligaciones.
Caracter íst ica relevante de este cobro ejecut ivo, tal como
señala don Pedro Massone P. , consiste en que “e s u n
procedimiento que se desarrolla en dos etapas, a saber: La
primera, ante el respect ivo Tesorero y ante el Abogado Provincial
del Servicio de Tesorerías. La segunda, ante el Juez de Letras en
lo Civ il ” 1.
En cuanto al incidente especial del abandono del
procedimiento y a su procedencia en el cobro ejecut ivo tr ibutar io,
ha sido aceptado, especialmente cuando se ha producido en la
segunda fase de este procedimiento2, es deci r, en aquella que se
lleva a cabo ante el Tribunal Ordinario; sin embargo, es en la
primera etapa, aquel la l levada a cabo ante funcionarios del
1 MASSONE PARODI , Pedro. Tr ibunales y Procedimientos Tr ibutar ios . 3ª ed. ,
Legal Publ ishing, Sant iago, Chi le, 2010, p. 282.
2 Ibíd. , p. 291.
2
Servicio de Tesorer ías, en la cual existe la discusión –doctr inal y
jur isprudencial - respecto de si es o no procedente su aplicación.
Para un sector de la doctr ina y jurisprudencia, la etapa
llevada a cabo ante funcionarios del Servicio de Tesorer ías tendr ía
el carácter de administ rat iva y no jurisdiccional , por lo tanto, no
ser ía cor recta la aplicación o procedencia del abandono del
procedimiento, que como veremos, es una inst itución cuyo
presupuesto básico es la existencia de un juicio, el que en una
etapa de carácter administ rat ivo no existe; para otros , en cambio,
ser ía totalmente procedente, en atención a que esta etapa -por
diversos mot ivos que serán estudiados- no tendr ía realmente el
carácter de administrat iva, sino que su naturaleza ser ía más bien
de jur isdiccional .
Di remos desde ya, que el Código Tributar io, cont iene una
serie de normas que, de acuerdo al sent ido y alcance que les
otorguemos al momento de su interpretación, permit irán a algunos
arr ibar a la conclusión que es totalmente procedente el abandono
del procedimiento en la etapa administrat iva, instalándose de este
modo una discusión que, hasta el día de hoy, no se encuentra
zanjada.
Es la cont roversia planteada, la que pretende ser anal izada
en este t rabajo, con el objet ivo de alcanzar una conclusión lógica y
coherente respecto de si es o no procedente el abandono del
procedimiento en la primera etapa del cobro ejecut ivo de las
obligaciones t ributarias en dinero.
3
Para el efecto anterior, será necesario, con el f in de
contextual izar el tema específ ico que será estudiado, desar rol lar un
primer capí tulo que esté dest inado a abordar el procedimiento de
cobro ejecut ivo de las obl igaciones t ributarias en dinero.
Un Capítulo Segundo estará dest inado al incidente del
abandono del procedimiento como inst itución de aplicación general,
estableciendo su def inición, caracter íst icas, requisitos, efectos,
entre otros.
El Capítulo Tercero tratará del incidente del abandono del
procedimiento en la etapa administrat iva del cobro ejecut ivo
tributario. Se abordará la discusión existente, dando a conocer la
controversia, para poster iormente, establecer cuáles son los
fundamentos y postulados que permiten sostener como procedente
o improcedente el incidente en cuest ión.
Finalmente, el Capítulo Cuarto, estará dest inado a las
conclusiones logradas en el desarrol lo de este trabajo.
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Blockchain y monedas virtuales : aproximacion jurídicaPuvogel Rojas, Max January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objeto realizar una aproximación jurídica a las tecnologías blockchain y monedas virtuales. Específicamente, el autor busca demostrar que dichas tecnologías no encajan con la taxonomía jurídica actual, encontrándose en un vacío legal.
Para desarrollar dicha hipótesis, el autor agrupa dichas tecnologías en una misma entidad, realizando una introducción técnica y económica de la materia para luego abordar el análisis jurídico desde diversas materias.
Con ello, el autor logra identificar una serie de casos en nuestro ordenamiento jurídico que evidencian que estas tecnologías, aunque sean lícitas, no se ajustan bien a las actuales categorías legales, dando pie a la incertidumbre jurídica.
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Análisis de un modelo lineal multisectorial de economía monetariaVillar Notario, Antonio 17 December 1983 (has links)
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La coordinación entre la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público para la implementación del proceso de pérdida de dominio por el delito de tráfico ilícito de drogas durante el período 2010-2014Rojas Liendo, Herly William 09 March 2017 (has links)
El tráfico ilícito de drogas es uno de los delitos que materializa sus
ganancias haciendo uso del circuito financiero y comercial formal. Las entidades
gubernamentales vienen tomando medidas para neutralizar las actividades que
realiza el crimen organizado, entre las cuales se encuentra el despojo de bienes
de los presuntos implicados en el narcotráfico. Sin embargo, para realizar lo
aludido, la coordinación entre los operadores de justicia ha sido insuficiente y en la
práctica viene dificultando la ejecución de manera efectiva los objetivos previstos
en el diseño de la normativa. Desde el año 2007 se vio la necesidad de incorporar
a nuestro ordenamiento jurídico una nueva figura jurídica para la lucha contra la
criminalidad para lo cual se promulgó el dispositivo legal denominado “pérdida de
dominio” que, para el año 2014, no ha conseguido resultados esperados. Además,
los operadores responsables de este mecanismo legal tienen reservas para
compartir información y dificultades para el trabajo equipo, aun cuando la pérdida
de dominio es una figura que requiere la interdependencia de dichos actores
En ese sentido, en la presente investigación se plantea: Cómo se desarrolló
la coordinación entre la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público para la implementación del proceso de pérdida de dominio por delito de tráfico ilícito de
drogas durante los años 2010 y el 2014? / Tesis
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Demanda de dinero y estacionalidad en el mercado monetario.Rodríguez, Gabriel 10 April 2018 (has links)
El presente documento analiza las propiedades de integración y cointegración a la frecuencia cero o de largo plazo y a diferentes frecuencias estacionales, de dos agregados monetarios (M1 y M2) y un conjunto de series económicas consideradas como determinantes de la demanda de dinero. La metodología empleada hace uso de los conceptos de integración y cointegración estacional desarrollados por HHGY (1990) y EGHL (1993). Los resultados apoyan la existencia de raíces unitarias a la frecuencia cero o de largo plazo para todas las variables analizadas. La integración a otras frecuencias no es encontrada para los dos agregados monetarios considerados (Ml y M2). La prueba de cointegración a la frecuencia cero apoya la estacionariedad de los residuos de manera más concluyente para el agregado M2. Una similar conclusión se obtiene tomando en consideración las pruebas de estabilidad del MCE así como la estabilidad del parámetro de corrección de error.
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La aplicación de la atenuación facultativa de pena del Art. 13.2 del Código Penal a la responsabilidad penal por lavado de activos del compliance officerSánchez Sánchez, Christian Antonio January 2018 (has links)
Al final de la presente investigación, ha quedado demostrada la existencia de criterios razonables para la aplicación de la atenuación facultativa de la pena del art. 13.2 del código penal al oficial de cumplimiento por lavado de activos, al ser el reproche de su conducta omisiva de menor desvalor respecto a quien ostenta el dominio del hecho delictivo de forma activa, así como también por ser la posición de garantía que ostenta delegada de quien originariamente se encuentra obligado a preservarla. Lo anteriormente señalado en razón de la proliferación masiva del delito de lavado de activos, por lo cual la delimitación de dicho problema y la intención de erradicarlo mediante mecanismos de prevención de dicho delito es trascendental; estos mecanismos de prevención son los denominados Criminal Compliance, que son instrumentos de prevención que radica que al ser de obligatoria implementación a empresas propensas a tener relaciones comerciales derivadas de dicho delito, se busca identificar, desvirtuar y sancionar a las personas naturales y jurídicas que intervengan en dicho actividad, siendo esta obligación de prevención y fiscalización originariamente de los Directores y Titulares de las Empresas, teniendo la condición de Sujetos Obligados, pero para hacer eficiente su labor es que delegan dichas funciones a los Compliance Officer. La conducta desplegada por el Oficial de Cumplimiento, es un actuar especializado y en el ejercicio de una función principal derivada de una obligación legal por contrato y ley, que constituye una posición de garante, y esta es necesaria para la imputación de una modalidad especial de comisión por omisión del oficial de cumplimiento, a título de autor y de determinar la pena concreta a imponérsele por lavado de activos, realizando un test de proporcionalidad de la atenuación facultativa del art. 13.2 del Código Penal, esta si corresponde aplicarla al oficial de cumplimiento.
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El rol del dinero electrónico en el marco de la estrategia nacional de inclusión financiera en el PerúAbarca Paucar, Edgar Enrique 23 January 2020 (has links)
La inclusión financiera en el Perú, en la actualidad, posee una de las tasas más bajas
en Sudamérica debido a que su índice de bancarización solo alcanza al 30% del total
de la población, quienes acceden a los servicios financieros por medio de créditos o la
apertura de cuentas de ahorro, ya que estos son los canales más comunes de acceso
al sistema financiero. En ese sentido, con el fin de promover políticas inclusivas, el
Estado emitió diversas normas destinadas a promover el desarrollo de la inclusión
financiera. Es así que, mediante la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera,
creada el año 2014 mediante Decreto Supremo N° 029-2014-EF, se elaboró los
parámetros para la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera, cuyo objetivo es
producir marcos de acceso y uso de los servicios financieros de calidad para toda la
población; para ello será necesario incentivar la mejora de herramientas innovadoras
que permitan elevar los porcentajes de inclusión financiera. Asimismo, en agosto del
2019 se publicó el Decreto Supremo N° 255-2019- EF, normativa a través de la cual se
aprueba la Política Nacional de Inclusión Financiera con el fin de establecer una serie
de objetivos prioritarios que contribuyan a remediar el problema de la inclusión
financiera. Dentro de los canales innovadores propuestos por las entidades del sistema
financiero se encuentran los medios electrónicos de pago, entre estos el que más resalta
es el Dinero Electrónico; este medio electrónico innovador puede llegar a aquellos
sectores de la población donde la banca tradicional no tiene alcance, reduciendo los
costos operativos de establecer oficinas o sucursales bancarias en diversas localidades.
Esta plataforma operativa se vale de los recursos que ofrece la telefonía móvil, debido
a que se pueden realizar diversas operaciones financieras mediante teléfonos celulares
a través mensajes de texto, por lo que se debe considerar la facilidad de uso y potencial
de acceso a través de las líneas de telefonía celular. El dinero electrónico se perfila
como una posible herramienta de gran potencial para la inclusión financiera
considerando el notable despliegue de la telefonía móvil en nuestro país que según el
Organismo Supervisor de la Inversión Privada al 2018 superan los 40 millones de líneas
activas, y la penetración de la telefonía alcanza las 130 líneas por cada cien habitantes
en Perú en el primer trimestre. / Trabajo de investigación
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