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Sobre la posibilidad de que la acción para solicitar la devolución y/o compensación del SFMB prescriba

Guerra Ríos, Juan Eduardo 09 August 2021 (has links)
A partir de la identificación de las posiciones contradictorias, de la Administración Tributaria y de una resolución de la Sala 9 del Tribunal Fiscal, sobre la posibilidad de que la acción para solicitar la devolución y/o compensación del Saldo a Favor Materia del Beneficio (“SFMB”) prescriba, el presente trabajo de investigación pretende realizar un análisis académico del tema, iniciando con una revisión normativa y doctrinaria de la regulación del SFMB y la prescripción en el Perú. Luego, la investigación recurre al Método Jurisprudencial para identificar si la posición de la Sala 9 del Tribunal Fiscal se puede considerar una tendencia jurisprudencial o no, así como por la relevancia que ha tenido la jurisprudencia previa del Tribunal Fiscal en el sustento de la posición de la resolución de la Sala 9 del Tribunal Fiscal; asimismo, se utiliza el Método Comparado ya que el SFMB, como devolución del Impuesto General a las Ventas (“IGV”) que ha sido económicamente soportado por el exportador en sus adquisiciones, es una figura contemplada en diversos países y en obligaciones comunitarias de la Comunidad Andina de Naciones, seleccionando a Colombia, Chile y México como parte de la muestra. De esta forma, a partir de los métodos de investigación aplicados, se realiza un análisis crítico de las posiciones tanto de la Sala 9 del Tribunal Fiscal como de la Administración Tributaria sobre la posibilidad de que la acción para solicitar la devolución y/o compensación del SFMB prescriba o no, para intentar aportar ciertas conclusiones y/o recomendaciones a un debate que consideramos relevante y no agotado.
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Análisis crítico del tratamiento tributario del partícipe no domiciliado que forma parte de un consorcio que no lleva contabilidad independiente en el Perú

Paredes Velásquez, Claudia Patricia 21 January 2021 (has links)
La economía peruana está creciendo a un ritmo lento, a pesar de los esfuerzos realizados por el Estado y los agentes económicos, es preciso continuar con políticas que logren el objetivo de disminuir la pobreza y brindar bienestar a la nación. Para ello el Estado desarrolla políticas económicas, entre ellas las tributarias que buscan coadyuvar al logro del objetivo mencionado, estas involucran no solamente a los agentes internos como los organismos estatales, las empresas y ciudadanos, sino también agentes extranjeros. Una de las formas de ejecutar políticas de mejoramiento de servicios públicos en beneficio de la nación, es la construcción de vías de comunicación, infraestructura para servicios de salud, infraestructura deportiva como en el caso de los Juegos Panamericanos Lima 2019, o asesoría especializada, entre otros. Es así que, a través de la construcción de importantes proyectos, se logra estimular el crecimiento de la economía y se genera bienestar, dada la envergadura de estas actividades, este tipo de proyectos pueden ejecutarse a través de Consorcios, en donde por lo general, participan empresas nacionales y extranjeras que cuentan con la experiencia requerida para este tipo de proyectos. El objetivo de este trabajo es dilucidar el tratamiento tributario que debe aplicarse a los partícipes no domiciliados de Consorcios sin contabilidad independiente en el Perú, a la luz de las normas peruanas vigentes a la fecha, teniendo en cuenta la entrada en vigencia de las últimas modificaciones tributarias de octubre del 2018, puesto que inclusive con la última modificación no se da por solucionados los problemas que pueden originarse en la falta de claridad en la aplicación de las normas en cuanto al impuesto a la renta, y por otro lado esta falta de claridad también alcanza al tratamiento del Impuesto General a las Ventas en lo que se refiere al principio de neutralidad del IGV. Al parecer, la legislación tributaria no permitiría la participación de sujetos no domiciliados en consorcios, si bien la norma no lo indica tácitamente, la aplicación de las normas actuales nos llevaría a esa conclusión de que existe un vacío legal en la normativa actual, la que ha sido diseñada por el legislador con un alcance limitado, es decir que las normas están diseñadas únicamente para sujetos domiciliados. Inclusive tomando en cuenta los últimos cambios en la definición del Establecimiento Permanente en la ley del Impuesto a la Renta, en cuya aplicación práctica tenemos que los todos los consorcios deberían configurar un establecimiento permanente y por lo tanto domiciliarse, sin embargo, este caso no sería general, con lo cual, nos encontramos frente al mismo vacío legal existente hasta el momento. Como veremos en el presente trabajo esta situación podría tener efectos negativos para el sujeto no domiciliado, y dependiente de la planificación tributaria que este pudiera aplicar, el efecto podría ser el aplazar el pago del impuesto a la renta a discreción del propio sujeto. En general, la fata de seguridad jurídica al respecto podría tener efectos negativos extrafiscales, tal como desincentivar la inversión extranjera tan necesaria para nuestro país. / Trabajo de investigación
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Luces y sombras en la fiscalización de operaciones no reales: ¿sobre quién recae la carga de la prueba? : Análisis de la jurisprudencia del tribunal fiscal

Bustinza Carpio, Raúl 24 September 2019 (has links)
Una de las formas de evasión del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú son las denominadas “operaciones no reales”, referida -en las relaciones comerciales- a la inexistencia de alguna de las partes (comprador o vendedor), así como a la inexistencia en las adquisciones de bienes o servicios, que se encuentra regulada en el artículo 44° del T.U.O. de la Ley del IGV. Para hacer frente a esta problemática, la Superintencia Nacional de Adminsitración de Aduanas y de Adminsitración Tributaria – SUNAT ejerciendo su potestad fiscalizadora combate esta modalidad de evasión mediante el procedimiento de fiscalización realizada a los contribuyentes. En ese sentido, la presente invesigación se ocupa principalmente “sobre quien recae la carga de la prueba en la fiscalización de las operaciones no reales en el IGV”, para este propósito recurrimos a la jurisprudencia del Tribunal Fiscal con el objetivo de identificar los principales criterios que se establecen respecto a la carga de la prueba en la fiscalización de operaciones no reales en el IGV y así tener herramientas que aporten a la predictibilidad de la controversia tributaria y la generación de seguridad jurídica en el procedimiento de fiscalización de estas operaciones. / Trabajo de investigación
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El mercado de valores como fuente de financiamiento para las MIPYMES en el Perú: discusión y propuesta de inafectación del IGV a esta fuente de financiamiento

Vega Farro, Denisse Adriana Inés 11 November 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación estudia el problema sobre la inequidad tributaria que existe, respecto de la aplicación de IVA o IGV a los intereses procedentes de instrumentos y operaciones financieras realizadas por las entidades reguladas por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), y la inafectación de dicho impuesto en el ámbito de regulación y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) por operaciones e instrumentos financieros similares, situación que ha trascendido en el desarrollo y mejora en el acceso a financiamientos de aquellos sectores económicos que no consiguen financiamientos en el Sistema Financiero Tradicional, como el caso de la MIPYME, lo cual finalmente repercute en la competitividad de la economía peruana en su conjunto, debido a los efectos distorsionantes que ha generado la inafectación del IVA o IGV en determinados instrumentos y operaciones financieras
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Análisis del tratamiento tributario - IGV en las empresas de servicio de streaming no domiciliadas en territorio peruano

Apaza Cuba, Paola Yahaira, Arias Contreras, Francisco Antonio 23 March 2021 (has links)
Uno de los principales tópicos a tratar de la economía digital es la legislación tributaria, puesto que, con la llegada de la revolución digital, el comercio electrónico ha tenido un crecimiento acelerado, generando diferencias en la normativa por falta de actualización. La materia de análisis a desarrollar son los servicios de streaming, debido a que su consumo es mayor en personas naturales que en empresas jurídicas, es así que, la legislación tributaria no contempla las personas naturales para la aplicación del IGV por estos servicios. En consecuencia, no se grava el servicio y, por ende, no se recauda el IGV en el territorio peruano. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo determinar el impacto del tratamiento tributario del IGV de las empresas de servicio de streaming no domiciliadas en los ingresos tributarios del Estado peruano. Además, los objetivos específicos buscan verificar si el tratamiento tributario del IGV permite gravar el impuesto por estos servicios en el Perú, el impacto del crecimiento del consumo del servicio en la recaudación del IGV y el cumplimiento del principio de neutralidad en estas empresas. Para ello, el trabajo se da mediante un diseño descriptivo, explicativo y correlacional que permita el análisis de los objetivos. Cabe resaltar que el trabajo tiene como finalidad servir como materia de estudio para futuras investigaciones académicas. / One of the main topics to be discussed in the digital economy is the tax legislation, due to the fact that, with the arrival of the digital revolution, the electronic commerce has had an accelerated growth, generating differences in the regulations as a result of the lack of updating. The subject of analysis to be developed are the streaming services, due to the fact that their consumption is higher in natural people than in legal companies, so, the tax legislation does not contemplate natural people for the application of the IGV for these services. Consequently, the service is not taxed and, therefore, the IGV is not collected in the Peruvian territory. The purpose of this research is to determine the impact of the tax treatment of the IGV of non-domiciled streaming service companies on the tax revenues of the Peruvian State. In addition, the specific objectives aim to verify whether the tax treatment of the IGV allows the tax on these services in Peru, the impact of the growth in consumption of the service on the collection of IGV and the compliance with the principle of neutrality in these companies. To this end, the work is done through a descriptive, explanatory and correlational design that allows the analysis of the objectives. It should be emphasized that the work is intended to serve as a subject of study for future academic investigations.
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Informe jurídico sobre la Sentencia de Casación No. 8663- 2021-LIMA

Razzo Gamboa, Luis Angel 30 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Sentencia de Casación No. 8663-2021- LIMA, en la cual se aborda la contradicción existente entre la Ley del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento en torno a la habitualidad de personas naturales que no realizan actividad empresarial para efectos de que califiquen como contribuyentes del Impuesto General a las Ventas. En particular, se aborda la problemática jurídica de la Sentencia de Casación No. 8663-2021-LIMA, consistente en si basta con que los servicios sean onerosos y similares a unos de carácter comercial para efectos de determinar si una persona natural que no realiza actividad empresarial califica como habitual para efectos de la utilización de servicios del IGV. Para desarrollar dicha problemática, resulta importante analizar los conceptos del principio de reserva de ley relativa y remisión; así como, realizar una interpretación bajo los métodos de interpretación generales del Derecho y conforme a la Constitución para efectos de comprender el significado jurídico las disposiciones tributarias aplicables. En ese sentido, en el presente informe jurídico, se aborda si la habitualidad es un concepto protegido por el principio de reserva de ley, cuál es el alcance de la habilitación realizada por la Ley del Impuesto General a las Ventas a su Reglamento y si es que este último excede la remisión que le fue efectuada. / This legal report analyzes the Cassation Ruling No. 8663-2021-LIMA, which addresses the contradiction between the Value Added Tax Law and its Regulation, regarding the habitual condition of individual who do not carry out business activities in order to qualify as taxpayers of the Value Added Tax. In particular, it addresses the legal problem of the Cassation Rule No. 8663-2021- LIMA, consisting of whether it is sufficient that the services are onerous and similar to those of a commercial nature in order to determine the habitual condition of an individual who does not carry out business activities for purposes of the use of services of the Value Added Tax. In order to answer this problem, it is important to analyze the concepts of the Principle of Reserve Law and remission, as well as to interpret under the general methods of Law and in accordance with the Constitution in order to understand the legal meaning of the applicable tax rules. In this sense, in this legal report, it will be addressed whether the habitual condition is a concept protected by the Principle of Reserve Law, what is the scope of the authorization made by the Value Added Tax Law to its Regulation and whether the latter exceeds the remission made to it.
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Problemática actual y propuesta del tratamiento tributario del IGV en la utilización de servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados a consumidores finales, la necesidad de su regulación en la política tributaria del Perú moderno

Cardeña Sucasaca, Flor Lisbeth 28 February 2020 (has links)
La presente investigación analiza el tratamiento del Impuesto General a las Ventas o Impuesto al Valor Agregado (IVA como se conoce a nivel mundial o IGV en el Perú) de los servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados a consumidores finales en el Perú, servicios tales como: UBER, NETFLIX, SPOTIFY, AIRBNB, OPEN ENGLISH, entre otros. Actualmente, dichos servicios se brindan a través de plataformas virtuales desde el extranjero y son utilizados en el país por consumidores finales que no realizan actividad empresarial y por los cuales se realiza una contraprestación dineraria a través del pago del servicio mediante tarjetas de crédito o débito, teniendo como intermediario alguna entidad bancaria vinculada a la tarjeta de crédito, participando así dicha entidad bancaria como un intermediario entre el usuario y el prestador del servicio, ya que los importes cargados a la tarjeta de crédito se trasladan a favor del prestador del servicio digital pudiendo ser una cuenta nacional o extranjera. En cuanto, a la utilización de servicios1 la Ley del Impuesto General a las Ventas2, lo considera como un hecho gravado con el impuesto. Asimismo, se considera sujeto del impuesto tanto a la persona natural o jurídica que realiza actividad empresarial como a la persona natural que no realiza actividad empresarial pero utiliza el servicio de forma habitual3. Entendiéndose, de acuerdo al Reglamento de la Ley del IGV, por operaciones habituales las que son onerosas y de carácter comercial4. En consecuencia, aquel usuario o consumidor final que no realiza actividad empresarial pero utiliza el servicio digital, prestado por un sujeto no domiciliado, de forma habitual es decir realiza un pago en retribución del servicio brindado, es sujeto del pago del IGV al igual que cuando se utiliza un servicio digital prestado por un sujeto domiciliado por ejemplo en el uso de canales de cable o streaming brindados por MOVISTAR, CLARO,DIREC TV entre otros. No obstante lo señalado, actualmente en el Perú no se realiza el pago y recaudación del IGV cuando los servicios digitales de UBER, NETFLIX, SPOTIFY, AIRBNB, OPEN ENGLISH, entre otros, prestados por sujetos no domiciliados a través de plataformas virtuales son utilizados en el país por consumidores finales que no realizan actividad empresarial. En consecuencia, el consumidor final que no realiza actividad empresarial y utiliza un servicio digital prestado por un sujeto domiciliado sí paga el IGV correspondiente, a diferencia de cuando utiliza un servicio digital prestado algún sujeto no domiciliado. Por 1 El servicio es utilizado en el país cuando siendo prestado por un sujeto no domiciliado, es consumido o empleado en el territorio nacional, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación y del lugar donde se celebre el contrato. 2 Artículo 3º, literal c) numeral 1 del Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificatorias. 3 Artículo 9º, numeral 9.2 del Decreto Supremo 055-99-EF y modificatorias. 4 Artículo 4º, numeral 1 tercer párrafo del Decreto Sumpremo Nº 029-94-EF y modificatorias 2 lo que se estaría vulnerando el principio de neutralidad e igualdad del IGV al colocar en desventaja comercial al proveedor del servicio digital domiciliado. La presente investigación tiene por objeto analizar el tratamiento del IGV en los servicios digitales prestados, mediante plataformas virtuales, por sujetos no domiciliados a consumidores finales en el país que no realizan actividad empresarial, para lo cual se propone trasladar a la Ley del IGV las condiciones de carácter oneroso y comercial de la habitualidad en la utilización de servicios previstos actualmente en el Reglamento de la LIGV, con la finalidad de preservar el principio de Reserva de Ley y hacer exigible el pago del impuesto a los consumidores finales. Asimismo, se propone un mecanismo de recaudación del IGV cuando se trate de servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados a consumidores finales en el país de acuerdo con el plan de Acción 1 BEPS5 referido a los desafíos fiscales que plantea la Economía Digital y que en los últimos años ha cobrado importancia reconocida por la OCDE6.(Plan de acción BEPS, OCDE, 2013)
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The Right to Tax Credit of Insurers: On the subject of the Replenishment of Damaged Goods / El Derecho al Crédito Fiscal de las Aseguradoras: A Propósito de la Reposición de Bienes Siniestrados

Hernández Patiño, Cecilia, Rosado Jurado, Guillermo 10 April 2018 (has links)
The main purpose of this article is to give a tax approach about the tax credit insurers which is generated as product replenishment of goods in case of accidents, and thus determine whether or not to use the tax credit referred.From the analysis made in respect of the different doctrinal positions which are presented about the controversy to be develop in this article, we can conclude by saying that when insurance companies deliver goods to the insured as a result of claims do nothing that operations that are part of its line of business, and in that sense, being goods that are required to achieve their economic ends is that in any way, our tax authorities should fix the tax credit that would have been generated concept the acquisition of the property that was the subject of insurance, even more if, as we have indicated the economic purpose of VAT is to tax the final consumer of goods and services, and achieve tax neutrality (application of the tax credit). / El presente artículo tiene como principal objetivo otorgar un enfoque tributario del crédito fiscal de las empresas aseguradoras que se genera producto de la reposición de bienes en caso de siniestros, y de esta manera determinar si corresponde o no utilizar el referido crédito fiscal.A partir del análisis efectuado respecto de las diferentes posturas que se presentan a nivel doctrinario con ocasión de la controversia que desarrollaremos en el presente artículo, podemos concluir señalando que las empresas de seguros, cuando entregan bienes a los asegurados como consecuencia de los siniestros, no hacen más que efectuar operaciones que son parte de su giro de negocio y, en tal sentido, al tratarse de bienes que son requeridos para lograr sus fines económicos es que, en ningún sentido, nuestra Administración Tributaria debería reparar el crédito fiscal que se hubiera generado por concepto de la adquisición del bien que fue objeto de seguro; más aún si, conforme hemos indicado la finalidad económica del IGV es gravar al consumidor final de los bienes y servicios, y lograr la neutralidad del impuesto (aplicación del crédito fiscal).
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Some Relevant Aspects of Mining Taxes in Peru. Interview with Dr. Fernando Zuzunaga del Pino / Algunos Aspectos Relevantes de la Tributación Minera en el Perú. Entrevista al Dr. Fernando Zuzunaga del Pino

Alva Cruz, Josselyn Estefanía, Becerra Mejía, Janibeth Amelia 10 April 2018 (has links)
This interview aims to expose some relevant aspects of the mining taxes in our country. First, the discussion goes around the typical contracts of mining concessions and their relation with mining royalty and income tax, to then analyze the regulation of and anticipated recovery that looks to be an incentive for mining activity.Finally, the role of the right of effectiveness fee and mining royalty of mining concessions are analyzed, so are the consequences of this two in the mining sector. / La presente entrevista busca exponer algunos aspectos relevantes de la tributación minera en el país. Así, se parte del caso de los contratos típicos de las concesiones mineras y su relación con la Regalía Minera y el Impuesto a la Renta, para luego analizar los regímenes de devolución definitiva y recuperación anticipada, con miras al incentivo de la actividad minera.Finalmente, se analizará el rol del derecho de vigencia y la regalía minera de las concesiones mineras, así como las implicancias de las mismas en el sector.
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Regimen tributario aplicable a los insumos químicos y bienes incautados al amparo del Decreto Legislativo N° 1126

Bellido-Luglio, Marcia-Gisele January 2016 (has links)
El autor de la tesis busca esclarecer qué es lo que implica la deposesión de los bienes incautados y cuáles son los efectos tributarios, respecto del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas de este retiro de los bienes del patrimonio del usuario. / Trabajo de investigación

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