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Informe Final sobre la Resolución del Tribunal Fiscal Nro. 226-Q-2016Espinoza Unda, Marcelo Daniel 11 November 2022 (has links)
El presente trabajo aborda un análisis de diversas figuras del derecho tributario, a partir
de lo resuelto por el Tribunal Fiscal en la Resolución Nro. 226-Q-2016 donde se emitió
un precedente de observancia obligatoria vinculado a los casos en los que este órgano
resolutivo puede pronunciarse sobre la prescripción en la vía de la queja, cuando se
traten de deudas tributarias en cobranza coactiva.
De acuerdo con eso, se ha identificado que lo resuelto por el Tribunal Fiscal ha tenido
un impacto dentro del ordenamiento jurídico peruano, pero que ha dejado temas que no
han sido resueltos en su totalidad, por lo que resulta importante darle mayor desarrollo
a su alcance y definir si este pronunciamiento resuelve la problemática existente antes
de su publicación.
Al respecto, se han desarrollado las figuras de la prescripción, el procedimiento de
cobranza coactiva y la queja, con la finalidad de realizar el análisis antes mencionado.
Cabe precisar que luego de la publicación del precedente de observancia obligatoria
que motivó el presente trabajo, se publicó el Decreto Legislativo Nro. 1528 que recogió,
entre otros temas, lo abordado por el Tribunal Fiscal en su pronunciamiento, el cual
también es un eje importante de lo planteado en el presente trabajo.
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Informe Jurídico sobre la Resolución del Tribunal Fiscal N°04711-4-2020: ¿Resulta aplicable la regla de subcapitalización a la deducción de intereses devengados en etapa preoperativa?Bullón Pacheco, Nicolás Efraín 10 August 2022 (has links)
En este informe se aborda la controversia respecto a si resulta aplicable la regla de
subcapitalización a la deducción de intereses devengados en etapa preoperativa, para lo cual
se analiza la Resolución N°04711-4-2020, en la cual el Tribunal Fiscal aborda la referida
controversia. El objetivo de este trabajo es proporcionar una respuesta respecto a si la regla
de subcapitalización resulta o no aplicable a la deducción de intereses devengados en etapa
preoperativa y en caso resultar aplicable, en qué momento debe efectuarse el cálculo para
determinar el monto máximo de intereses deducible, si al momento de incurrir en el
endeudamiento (etapa preoperativa) o al momento de deducir el gasto (etapa operativa). Para
ello, se analiza las disposiciones normativas aplicables recurriendo, adicionalmente, a
doctrina y jurisprudencia sobre la materia.
Se concluye que sí es correcto aplicar la regla de subcapitalización a la deducción de
intereses devengados en etapa preoperativa, para lo cual, el cálculo del monto máximo de
intereses deducible se debe efectuar al momento de generar ingresos (etapa operativa)
teniendo en consideración los fines antielusivos de la regla de subcapitalización, esto es,
evitar que se erosione la base imponible del impuesto mediante la deducción excesiva de
intereses producto de un financiamiento que podría estar encubriendo un aporte de capital. / This report addresses the controversy regarding whether the thin capitalization rule is
applicable to the deduction of accrued interest in the pre-operational stage, for which
Resolution N°04711-4-2020 is analyzed, in which the Tax Court addresses the
aforementioned controversy. The objective of this paper is to provide an answer as to whether
or not the thin capitalization rule is applicable to the deduction of accrued interest in the
preoperative stage and, if applicable, at what time the calculation should be made to
determine the maximum amount of deductible interest, if at the time of incurring the debt
(preoperative stage) or at the time of deducting the expense (operative stage). For this, the
applicable normative provisions are analyzed, resorting, additionally, to doctrine and
jurisprudence on the matter.
It is concluded that it is correct to apply the thin capitalization rule to the deduction of
accrued interest in the pre-operational stage, for which the calculation of the maximum
amount of deductible interest must be made at the time of generating income (operational
stage) taking into account the anti-avoidance purposes of the thin capitalization rule, that is,
to prevent the tax base from being eroded by excessive deduction of interest resulting from
financing that could be concealing a capital contribution.
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Análisis de la constitucionalidad del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) a partir de la reserva de leyFernández Suárez, Marco Antonio 25 January 2021 (has links)
En el presente trabajo se analizará el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) conforme a la regla de reserva de ley prevista en el artículo 74º de nuestra Constitución Política. Veremos que dicho mandato, contrariamente a lo que tradicionalmente señalan las normas, doctrina y jurisprudencia, resulta ser una regla y no un principio, conforme a la Teoría General del Derecho contemporánea. Asimismo, revisaremos su contenido y plantearemos una sub división sobre este.
Además, revisaremos la naturaleza del SPOT y los pronunciamientos del Tribunal Constitucional acerca de su constitucionalidad. Conoceremos también el funcionamiento de dicho mecanismo administrativo en nuestro ordenamiento jurídico tributario y el impacto que tiene en las relaciones entre el Estado y los contribuyentes.
Finalmente, analizaremos al SPOT conforme al contenido de la reserva de ley, determinando si este es compatible con dicha regla o si por el contrario es imperativa una adecuación de este mecanismo al sub conjunto de reglas que se desprenden de la reserva de ley. / Trabajo de investigación
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A propósito de la reciente adhesión del Perú al Convenio Multilateral: ¿qué nos espera?Matos Vicuña, Dante Jimmy 07 September 2020 (has links)
El presente trabajo busca abordar y determinar cuál es el procedimiento que la “Convención multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios” suscrita por el Perú debería cumplir para incorporarse al derecho nacional y la manera en que incidirá tal incorporación en los convenios para evitar la doble imposición suscritos por el Perú con Brasil, México, Chile, Canadá, Suiza, Corea y Portugal.
En ese sentido, sobre la base de la legislación peruana vigente y de las diversas fuentes jurídicas, se pretende demostrar que el referido Convenio Multilateral tiene la naturaleza de tratado y, como tal, requiere que sea previamente aprobado por el Poder Legislativo (Congreso) para efectos de que entre en vigor.
Asimismo, respecto de las características del citado convenio y la incidencia de su
incorporación al derecho nacional, en el presente trabajo se busca mostrar que no todos los convenios bilaterales suscritos por el Perú se encuentran en la lista de convenios bilaterales comprendidos en la aplicación del Convenio Multilateral suscrito por Chile, México, Canadá, Corea, Portugal y Suiza, pues únicamente Chile, México y Portugal incluyeron al convenio bilateral suscrito con Perú en su lista de convenios bilaterales comprendidos y, en base a ello, se pretende demostrar que las posiciones de Perú, Chile, México y Portugal sobre determinados artículos del Convenio Multilateral no tienen coincidencia o paridad, por lo que en la práctica algunos artículos del Convenio Multilateral suscrito por el Perú no podrán ser aplicables / Trabajo de investigación
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Análisis crítico de la actuación del comité revisor en la aplicación de la norma anti elusiva general establecida en la Norma XVI del Texto Único Ordenado del Código Tributario en el marco de un procedimiento de fiscalización definitiva de la Superintendencia Nacional de la Administración Tributaria : ¿Se encuentra enmarcada dentro de las facultades de fiscalización de la administración tributaria establecidas en el Código Tributario? y ¿En qué medida está actuación vulnera el derecho al debido procedimiento?Tejada Zapata, Elmer Fernando 27 November 2020 (has links)
Con fecha trece de setiembre del 2018 se publicó el Decreto Legislativo 1422
incorporando el artículo 62-C referido a la aplicación de la Norma Antielusiva General
( en adelante NAG) contenida en los párrafos segundo al quinto la Norma XVI del Título
Preliminar del Código Tributario ( en adelante CT), el cual posibilita combatir la elusión
fiscal a través del fraude a la ley. Se destaca en la referida norma la incorporación del
comité revisor (en adelante CR), al respecto debemos precisar que como parte del
procedimiento de fiscalización definitiva en donde se presuma la aplicación de los
párrafos segundo al quinto de la Norma XIV del CT el agente fiscalizador debe contar
previamente con la opinión favorable de un CR. En la exposición de motivos del decreto
legislativo antes citado se señala que dicha propuesta considera que medidas similares
han sido tomadas por diversos países como: Canadá , Australia , Francia , India y Reino
Unido con la finalidad de supervisar o dar asesoramiento respecto a la aplicación de la
NAG en un procedimiento de fiscalización como un elemento que mejora y hace más
segura la aplicación de las NAG en los referidos paises y que en efecto los comités
consultivos no solo brindan asesoría sino también monitorean los casos de tal manera
que la NAG se aplique sobre bases objetivas y justificadas, para garantizar que las
decisiones emitidas por las autoridades en este tipo de casos sean uniformes y
consistentes. La norma XVI es una potestad de la administración tributaria ( en adelante
AT) y vinculada a su facultad de fiscalización y determinación la misma que se encuentra
establecida en el artículo 62° del CT. En consecuencia resulta necesario analizar si se
encuentra enmarcada dentro de la facultad de fiscalización y determinación de la AT
establecida en el artículo 62° del CT las funciones del CR, cuando se aplique la NAG
establecida en la Norma XVI del CT en un proceso de fiscalización definitiva llevada a
cabo por SUNAT y en que medida está actuación podría vulnerar el derecho al debido
procedimiento de los contribuyentes / Trabajo de investigación
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Mitos y leyendas de un monstruo escéptico: La aplicación del principio de verdad material en el procedimiento de fiscalización del Impuesto a la Renta Empresarial y aspectos cuestionables de la exigencia probatoria de la SUNAT para admitir la deducibilidad de un gastoGentille Fitzcarrald, Claudio Vicienzo 27 May 2020 (has links)
En el presente trabajo se desarrolla, en primer lugar, cuáles son las características que
diferencian a un procedimiento administrativo de un proceso civil, en lo que concierne a la
actuación y valoración de la prueba. Ello permite reconocer qué aspectos se presentan en el
procedimiento administrativo de manera especial, y la relevancia del interés público que se
busca tutelar con él. Asimismo, el trabajo se enfoca en el procedimiento de fiscalización del
Impuesto a la Renta Empresarial, considerando ciertos pronunciamientos jurisprudenciales
que nos permiten apreciar cómo se desarrolla la dinámica probatoria en el marco de la
verificación de la fehaciencia y la acreditación de la causalidad de gastos, para admitir su
deducción. En dicho desarrollo, no se pierde de vista el papel trascendental que cumple la
discrecionalidad que le confiere el Código Tributario a la Administración Tributaria, para
que conduzca el ejercicio de su facultad de fiscalización. A partir de ello, llegamos a ciertas
conclusiones respecto de las vulneraciones que se generan, en el marco del procedimiento
de fiscalización, de los principios y lineamientos del derecho administrativo general, así
como la falta de seguridad jurídica que genera en los contribuyentes que los auditores
tributarios puedan aplicar meramente su criterio para comprobar la fehaciencia de los
gastos declarados, en razón del vacío normativo existente. Con lo cual, se propone la
incorporación de parámetros básicos que orienten la actuación de la Administración
Tributaria a una valoración de los medios probatorios racional y acorde con los principios
de impulso de oficio y verdad material, sin que ello implique vaciar de contenido la
discrecionalidad que la norma le confiere.
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Compliance de obligaciones sustanciales y formales de precios de transferencia entre Perú y ChileCarrillo Inchaustegui, Cindy Layrha Gubeith 22 January 2020 (has links)
La presente investigación recoge un tema de relevancia económica para las empresas
multinacionales, en especial para inversores chilenos que cuentan con filiales en Perú,
y realizan transacciones intragrupo, pues revela aspectos de Tax Compliance que se
deben poner en práctica para evitar contingencias tributarias, que conllevan a grandes
pérdidas económicas.
Exponemos la legislación vigente relacionada a servicios empresariales, Impuesto a la
Renta para ambos países y, el convenio para evitar la doble tributación, suscrito entre
Perú y Chile.
Hacemos énfasis en el tema de precios de transferencia, porque es un elemento
relevante de la investigación, y cumplen un rol fundamental en la construcción del
orden tributario internacional, regulando las transacciones comerciales entre partes
vinculadas basándose en el principio de libre competencia. Es así como analizamos,
las obligaciones formales y sustanciales, alineadas con las directrices de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) aplicables en
materia de precios de transferencia.
Respecto a los aspectos formales, abordamos los Reportes Local, País por País y
Maestro, como también el soporte documentario de las transacciones.
Desde el aspecto sustancial, la justificación económica de la transacción (valor que
agrega al grupo). Distinguimos las transacciones denominadas de bajo valor añadido.
Plasmamos, mediante ejemplos, transacciones frecuentes entre partes vinculadas, la
forma de analizarlas con el fin de asignar la retribución cumpliendo con el principio de
libre competencia.
Evidenciamos los puntos relevantes de cuidado y diligencia al analizar las
transacciones, así como la estrategia fiscal, compromiso general y aplicación de
buenas prácticas tributarias en el desarrollo de la actividad empresarial, al poner en
práctica el Tax Compliance.
El Tax Compliance, nos permite alinear la tributación con la realidad del negocio y
cadena de generación de valor. En ese sentido, proponemos un programa de Tax
Compliance.
Por último, desarrollamos un caso de negocio el cual sigue paso a paso el programa
propuesto. / Trabajo de investigación
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Análisis de la deducibilidad de gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social, gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de actividades de empresas dedicadas a actividades mineras: Resolución del Tribunal Fiscal No. 11326-1-2021Cordero Jesus, Christian Andres 08 August 2023 (has links)
Este informe jurídico tiene como objetivo principal realizar un análisis de la
deducibilidad de los gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social,
gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de
actividades de empresas dedicadas a actividades mineras. Según se verá en el
desarrollo de este informe jurídico, la calificación de estos desembolsos adquiere
una gran relevancia por, entre otras cosas, la diferencia del tratamiento tributario
en la oportunidad de deducción entre los gastos preoperativos y los gastos de
exploración y/o desarrollo.
Así pues, se evaluarán los gastos realizados por las empresas mineras antes del
inicio de su actividad productiva, esto es, en su etapa preoperativa; y, también,
desarrollaré el análisis de los gastos de responsabilidad social, los cuales
pueden ser realizados durante la etapa preoperativa, operativa y/o al cierre de
las operaciones de las empresas mineras.
Se ha elegido la Resolución del Tribunal Fiscal No. 11326-1-2021 pues contiene
algunos casos referentes a los conceptos establecidos en el párrafo anterior. En
esta Resolución, se verá que se confundieron algunos conceptos, con lo cual, la
calificación de los desembolsos efectuados por el contribuyente se vio afectada.
En consecuencia, el propósito de este informe jurídico será verificar: (i) el marco
conceptual de los gastos preoperativos iniciales, de responsabilidad social,
gastos de exploración y/o desarrollo y gastos preoperativos por expansión de
actividades; y (ii) si los criterios de calificación efectuados por el contribuyente,
la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal, son adecuados. / The main purpose of this legal report is to analyze the deductibility of initial
preoperative expenses, social responsibility expenses, exploration and/or
development expenses and preoperative expenses for expansion of activities of
companies engaged in mining activities. As will be seen in this legal report, the
qualification of these disbursements acquires great relevance due to, among
other things, the difference in tax treatment in the opportunity of deduction
between pre-operative expenses and exploration and/or development expenses.
Thus, the expenses incurred by mining companies before the beginning of their
productive activity, that is, in their pre-operational stage, will be evaluated; and,
also, I will develop the analysis of social responsibility expenses, which may be
incurred during the pre-operational, operational stage and/or at the closing of the
mining companies' operations.
Tax Court Resolution No. 11326-1-2021 has been chosen because it contains
some cases related to the concepts established in the previous paragraph. In this
Resolution, it will be seen that some concepts were confused, with which, the
qualification of the disbursements expended by the taxpayer was affected.
Consequently, the purpose of this legal report will be to verify: (i) the conceptual
framework of the initial pre-operating expenses, social responsibility, exploration
and/or development expenses and pre-operating expenses for expansion of
activities; and (ii) if the qualification criteria made by the taxpayer, the Tax
Administration and the Tax Court, are adequate.
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Análisis del tratamiento tributario del arrendamiento financiero a la luz de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 10577-8-2010Romero Rodriguez, Carol 13 August 2021 (has links)
En la Resolución del Tribunal Fiscal N° 10577-8-2010, publicada el 14 de diciembre de
2010, se tienen distintas posturas para determinar el tratamiento tributario de dos
operaciones que el contribuyente realiza con una empresa no autorizada para realizar
arrendamientos financieros. En primer lugar, el contribuyente ha considerado las
operaciones como arrendamientos operativos con opción de compra. Por su parte, la
Administración Tributaria las considera como compraventas a plazos. El Tribunal Fiscal,
concluye que son arrendamientos financieros debiéndose considerar en la tributación las
consecuencias que la contabilidad les da.
En el presente trabajo se analiza cuál es el tratamiento tributario de la compraventa a
plazos, del arrendamiento operativo con opción de compra y del arrendamiento
financiero, tanto dentro como fuera del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo N°
299. Para ello, se observará brevemente cuál es la relación de la contabilidad con la
tributación. Así también, se recurre a la analogía como un método de integración jurídica,
a fin de dar respuesta ante la ausencia de normas tributarias en el arrendamiento financiero
fuera del Decreto Legislativo N° 299. De esa manera, se expone cuales han debido ser las
consecuencias tributarias para las operaciones del caso, las cuales son arrendamiento y
retroarrendamiento financiero, debiéndose poner en el activo a los equipos y maquinarias. / In Tax Court Resolution No. 10577-8-2010, published on December 14, 2010, there are
different positions to determine the tax treatment of two operations that the taxpayer
carries out with a company that is not authorized to carry out financial leases. On the one
hand, the taxpayer has considered the operations as operating leases with purchase option.
For its part, the Tax Administration considers them as an installment sale. The Tax Court
concludes that they are financial leases, and the consequences that accounting gives them
should be considered in taxation.
This paper analyzes what is the tax treatment of installment sales, operating leasing with
purchase option and financial leasing, both within and outside the scope of Legislative
Decree Nº 299. To do that, it will be briefly observed what is the relationship of
accounting with taxation. Likewise, the legal analogy is used as a method of legal
integration, in order to respond to the absence of tax regulations in financial leasing
outside of Legislative Decree Nº 299. In this way, it is exposed what the tax consequences
should have been for the operations of the case, which are financial leasing and leaseback,
and the equipment and machinery must be put into assets.
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Tratamiento de precios de transferencia para servicios intragrupo en el marco de la normativa del test de beneficio. Experiencia en fiscalizaciones y análisis para el caso peruanoAlbornoz Salazar, Herbert Enrique 12 January 2023 (has links)
El presente documento plasma mi experiencia profesional en el área de Precios de
Transferencia y analiza el tratamiento de servicios intragrupo en dicho ámbito en el marco
de la normativa local del Test de Beneficio, enfocándose en mi experiencia de asesoría
a clientes en procesos de fiscalizaciones por parte de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
El ámbito de precios de transferencia abarca el análisis de las operaciones entre partes
vinculadas a fin de determinar si las mismas se realizaron a valor de mercado y no
generaron un perjuicio a la base tributaria. En este sentido, los precios de transferencia
han cobrado relevancia en la planificación y documentación tributaria global de las
entidades que pertenecen a grupos tanto nacionales como multinacionales en la medida
que determinan en gran medida la distribución de los ingresos y los gastos y, por tanto,
los beneficios gravables de empresas vinculadas.
Para efectos de la elaboración del presente informe se hizo uso de la normativa local de
precios de transferencia, estipulada en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) y su
Reglamento, así como de los lineamientos emitidos por la Organización para la
Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
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