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La responsabilidad del empleador frente a un esquirolaje interno “impropio”Pacheco Chile, Gabriela Milagros 29 November 2023 (has links)
La presente tesis plantea analizar un supuesto de esquirolaje interno, al cual
denominaremos esquirolaje interno “impropio”, ello porque la acción de sustitución la
asumen, por voluntad propia, los trabajadores que no se encuentran dentro del ámbito de
la huelga – trabajadores no huelguistas, con ese fin, desarrollaremos como esta figura se
materializa en el escenario de una huelga legal y concretamente, estableceremos si la
responsabilidad de este acto contrario al derecho de huelga, le puede ser atribuible al
empleador.
Para ello, como parte de un marco teórico previo, identificaremos conceptos importantes
respecto al derecho de huelga, así como algunas reflexiones vinculadas entre este derecho
y la libertad de empresa, advirtiendo algunos hechos adoptados por el empleador frente
al desarrollo de una huelga que naturalmente, le genera un daño. Asimismo, analizando
el alcance de los efectos de la huelga, definiremos que derechos les corresponden a los
trabajadores no huelguistas, en ese escenario de conflicto.
Luego, a partir del poder de dirección propio del empleador, identificaremos conceptos
esenciales relacionados a las facultades del empleador como titular de la organización
productiva, para así, plantear que el empleador es responsable de todo acto contrario al
derecho de huelga, más aún si proviene de sus trabajadores, en tanto, al tener la
conducción y dirección de sus actividades, debe adoptar una conducta diligente y activa,
evitando que se realice cualquier actividad que pueda ser contraria al derecho de huelga
y a los efectos que de ella deriven.
Como complemento, examinaremos el esquirolaje interno “impropio” como una
infracción administrativa a la luz del principio de culpabilidad, específicamente en
relación a los principios de la personalidad de las sanciones y la exigencia de dolo o culpa. / This thesis aims to analyze a case of internal scab, referred to here as "improper" internal
scab. This term is used because it involves the substitution action taken voluntarily by
workers who are not part of the strike, referred to as non-striking workers. The primary
objective is to investigate whether the responsibility for this action, which contradicts the
right to strike, can be attributed to the employer.
To achieve this goal, we will first establish a theoretical framework by identifying key
concepts related to the right to strike. We will also explore the interconnectedness of this
right with the freedom of business, taking into consideration actions taken by the
employer during a strike that may naturally result in harm. Additionally, we will analyze
the rights afforded to non-striking workers within this conflict scenario.
Subsequently, we will delve into the employer's managerial authority, highlighting
essential concepts related to their role as the head of the productive organization. Our
objective is to argue that the employer should be held accountable for any actions that go
against the right to strike, particularly if these actions are undertaken by their employees.
Given their responsibility for guiding and overseeing the activities of their workforce,
employers should exercise due diligence and actively prevent any activities that
contravene the right to strike and its potential consequences.
To supplement this examination, we will scrutinize "improper" internal scabbing as an
administrative offence in light of the principle of culpability, with a specific focus on
principles of sanctions and the requirement of intent or guilt related to this phenomenon.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 01789-2010-0-1081-JR-CA-08, E2531 sobre proceso contencioso administrativo contra la Resolución General N° 140-2009-GDU-MSS emitida por la Municipalidad de Santiago de Surco en el marco de la regularización de una infraestructura de telecomunicaciones instalada por América Móvil Perú S.A.C. antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 29022Cuba Montesinos, Ronny André 12 December 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la controversia suscitada entre la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco y América Móvil Perú S.A.C. a raíz de la solicitud formulada por esta
empresa que tenía como finalidad la regularización de una infraestructura de
telecomunicaciones instalada antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 29022, Ley para la
Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones. Dicha solicitud fue denegada
fácticamente por la municipalidad puesto que no se habrían cumplido con ciertos requisitos.
Al respecto, América Móvil Perú S.A.C. consideró que dicha denegatoria fue ilegal debido a
que la municipalidad no habría hecho efectiva la aplicación del Silencio Administrativo Positivo
por lo que, tras presentar el recurso correspondiente, la controversia llegó a instancias
judiciales.
En ese sentido, postulamos como principal hipótesis que no correspondía aplicar el Silencio
Administrativo Positivo toda vez que sí ha existido una actividad material por parte de la
municipalidad, la cual a su vez desembocó en un acto administrativo. Dicho acto, pese a su
ilegalidad manifiesta, produjo efectos jurídicos debido a la presunción de validez del acto
administrativo. Dicho ello, al haber existido un pronunciamiento denegatorio por parte de la
municipalidad correspondía la interposición de recursos impugnatorios.
Para llegar a dicha conclusión, recurrimos, en primer lugar, a revisar el marco normativo del
sector telecomunicaciones vigente durante el acaecimiento de los hechos, así como el
ordenamiento jurídico relativo a las funciones y competencias de los gobiernos locales.
Posteriormente, se analizó la naturaleza jurídica del acto administrativo con la finalidad de
verificar la validez jurídica de los actos y declaraciones emitidas por la Municipalidad.
Finalmente, analizamos la naturaleza jurídica del Silencio Administrativo Positivo para poder
conocer sus principales características y formular nuestra toma de posición respecto a la
principal controversia tramitada en este expediente.
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Análisis de la categoría “discriminación” como una causal de irregistrabilidad a tomar en cuenta por el examinador peruano de marcasCaballero Marengo-Orsini, Alessandra María 29 November 2023 (has links)
La presente investigación se realizó con el fin de evidenciar que el examinador peruano de
marcas no considera a la categoría discriminación como una causal de irregistrabilidad, por
más de que esta podría incluirse dentro del inciso p) del artículo 135 de la Decisión 486, el
cual señala como causal de irregistrabilidad aquellos signos que, entre otras cosas, vayan
contra el orden público. Debido a la falta de análisis del examinador peruano, diversas
marcas discriminatorias accedieron a registro, muchas de ellas se encuentran actualmente
vigentes, motivo por el cual resulta pertinente e importante que, al momento de evaluar la
registrabilidad de las mismas, se pueda analizar de manera específica su potencial carácter
discriminatorio.
Vivimos en un país donde los actos discriminatorios son normalizados e incluso
romantizados a tal punto de promover los mismos de manera abierta ya sea a través de
programas de televisión, bromas por parte de conductores de radio, etc. En ese sentido, no
se puede permitir que suceda lo mismo en el aspecto marcario, ya que el mismo estado es
quien concede el registro de marcas discriminatorias.
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Hacía una adecuada regulación del trabajo a través de plataformas digitales en el Perú: A propósito de los proyectos legislativos presentados a la fechaBriones Zegarra, Joaquín Santiago 11 March 2024 (has links)
La prestación personal de servicios a través de plataformas digitales es un tema
vigente y controvertido en el Derecho Laboral. Si bien mucho se ha debatido sobre
la naturaleza subordinada o autónoma de estos servicios, la precariedad
manifestada en esta clase de labores exige una respuesta urgente del ordenamiento
jurídico. Partiendo de la base de que tales formas de empleo son, en efecto,
auténticas relaciones laborales, el presente ensayo tiene como propósito analizar la
viabilidad y justificación de la creación de un régimen laboral especial; así como los
principales puntos que el legislador eventualmente deberá considerar. Con ese
objetivo, se analizan también, desde una perspectiva crítica, los proyectos de ley
presentados a la fecha en el Perú, y se esbozan algunas oportunidades de mejora.
PALABRAS / The personal provision of services through digital platforms is a current and
controversial issue in Labor Law. Although much has been debated about the
subordinate or autonomous nature of these services, the precariousness manifested
in this kind of services requires an urgent response from the legal system. Based on
the fact that such forms of employment are, indeed, authentic labor relations, the
purpose of this essay is to analyze the feasibility and justification of the creation of a
special labor regime; as well as the main points that the legislator should eventually
consider. With this objective, the bills presented to date in Peru are also analyzed
from a critical perspective, and some opportunities for improvement are outlined.
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Tratamiento de las pérdidas no técnicas de energía a la luz de la Ley del Impuesto a la RentaJimenez Aylas, Ana Gabriela 04 July 2023 (has links)
En el presente trabajo se analizan los problemas derivados del tratamiento
tributario desarrollado por la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal respecto
a las pérdidas no técnicas de energía, producidas en el marco de las actividades
de transmisión de las empresas pertenecientes al sector eléctrico. A pesar de
mediar diversos pronunciamientos, no se ha establecido de forma clara los criterios
bajo los cuales este gasto puede o no ser deducible, producto de la existencia de
criterios contradictorios, bajo los cuales se exige o exime diversos requisitos para
su deducción. Este trabajo tiene como finalidad analizar los mencionados criterios
antes indicados y, a la luz de la regulación sectorial y, específicamente, a la
naturaleza de las pérdidas no técnicas de energía, examinar las diferentes
opciones mediante las cuales se podría deducir este concepto. Como resultado del
presente análisis, se llega a la conclusión que las pérdidas no técnicas de energía
califican como “pérdidas ordinarias” que se producen en el desarrollo de las
actividades de transmisión de las empresas de energía, las cuales, a pesar de no
encontrarse reguladas de forma específica en la normativa del impuesto a la renta,
deben ser deducibles conforme la aplicación del principio de causalidad establecido
en la Ley del Impuesto a la Renta. / The current article analyzes the problems derived from the tax treatment
developed by the Tax Administration and the Tax Court regarding non-technical
energy losses, produced within the framework of the transport activities of
companies belonging to the electricity sector. Despite mediating various
pronouncements, the criteria under which this expense may or may not be
deductible has not been clearly established as a consequence of the existence
of contradictory criteria, under which various requirements for its deduction are
required or exempted. The purpose of this paper is to analyze the aforementioned
criteria and, in light of the sectoral regulation and, specifically, the nature of nontechnical
energy losses, examine the different options through which this concept
could be deduced. As a result of this analysis, it is concluded that the nontechnical
energy losses that occur in the development of the transmission
activities of energy companies qualify as "ordinary losses", which, despite not
being specifically regulated in the regulations of the income tax, must be
deductible in accordance with the application of the causality principle
established in the Income Tax Law. / Trabajo académico
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Informe sobre Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPIVillegas Angeldonis, Marisol 02 August 2023 (has links)
Este trabajo versa sobre una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores
Indignados Perú (ACIP) contra La Rosa Náutica S.A. por presuntamente atentar lo
estipulado en el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En
tanto, se habría detectado que la denunciada entregaba dos cartas distintas a los
comensales, cartas con precios a los varones y sin precios a las mujeres.
Mediante Resolución N° 0271-2019/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor
declaró infundada la denuncia, puesto que no se acreditó actos discriminatorios. La
Asociación, apela la decisión y mediante Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPI la
Sala Especializada en Protección al Consumidor revoca la resolución mediante la que
declaraba infundada la denuncia y reformula declarándose fundada.
En este trabajo, se analizará si con la decisión final del órgano resolutivo el Indecopi
como organismo de protección de los derechos del consumidor cumplió con la función
que se le ha impuesto. Asimismo, con todo lo trabajado en el presente informe se podrá
determinar si la resolución final de la Sala afectó o no la libertad empresarial.
Finalmente, se estudiará el tratamiento de la discriminación al consumidor en el
ordenamiento jurídico peruano. Para con ello determinar si la acción de la Rosa Náutica
reúne los componentes jurídicos que convierten una acción en discriminación.
Después del análisis completo, se podrá advertir que el Indecopi cumplió con su función
protectora hacia el consumidor y, asimismo, sus órganos resolutivos actuaron alineados
con su propia política pública. En esa línea, en el trabajo se anexará esta decisión como
una forma de concretización de las políticas públicas dictadas por el Estado. / This work deals with a complaint filed by the Asociación de Consumidores Indignados
Perú (ACIP) against La Rosa Náutica S.A. for allegedly violating the provisions of Article
38 of the Code of Consumer Protection and Defense. Meanwhile, it would have been
detected that the denounced company delivered two different menus to the diners, men's
price cards and women's price cards without prices.
By Resolution No. 0271-2019/CC2, the Consumer Protection Commission declared the
complaint unfounded, since discriminatory acts were not proven. The Association
appealed the decision and through Resolution N°2758-2019/SPC-INDECOPI, the
Specialized Chamber on Consumer Protection revoked the resolution declaring the
complaint unfounded and reformulated it, declaring it to be founded.
In this paper, we will analyze whether with the final decision of the resolution body,
Indecopi as a consumer rights protection agency complied with the function imposed on
it. Likewise, with all the work done in this report, it will be possible to determine whether
or not the final decision of the Chamber affected entrepreneurial freedom.
Finally, the treatment of consumer discrimination in the Peruvian legal system will be
studied. In order to determine if the action of the Rosa Nautica meets the legal
components that convert an action into discrimination.
After the complete analysis, it will be seen that Indecopi fulfilled its protective function
towards the consumer.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPIEspinoza Flores, Winy Marilin 03 August 2023 (has links)
El principal problema del caso gira en torno a analizar si los remedios adoptados
por el proveedor ante el defecto en el producto se encuentran dentro de los
alcances del deber de idoneidad y, en consecuencia, determinar que Claro es
responsable administrativamente. En base al criterio establecido en la
Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPI establece que, independientemente de
que el proveedor haya corregido el defecto, basta que se acredite que hubo un
defecto y que dicho defecto sea atribuible al proveedor, el proveedor debe de
responder por dicho defecto. Por lo que, en el presente caso, el proveedor no
logró acreditar que el golpe fue la causa de que el celular presentara defectos.
Por lo que, Claro es responsable administrativamente por incurrir a una infracción
al deber de idoneidad.
Asimismo, analizar que no existió vulneración al debido procedimiento por parte
de la Comisión al declarar nulidad parcial de la resolución de la primera instancia.
Además, se analizará el recurso de revisión y si ante su interposición era posible
ejecutar o exigir el cumplimiento de la medida correctiva y de la sanción emitida
mediante Resolución Final Nº 3015-2012/PS3. Finalmente, cuestionar la
aplicación del recurso de revisión en el presente caso. / The main problem of the case revolves around analyzing the remedies adopted
by the supplier in the face of the defect in the product are within the scope of the
duty of suitability and, consequently, determining that Claro is administratively
responsible. Based on the criteria established in Resolution 1008-2013/SPC INDECOPI, it establishes that, regardless of whether the supplier has corrected
the defect, it is enough to prove that there was a defect and that said defect is
attributable to the supplier, the supplier must respond for said defect. Therefore,
in the present case, the provider was unable to prove that the blow was the cause
of the defects in the cell phone. Therefore, Claro is administratively responsible
for incurring a breach of the duty of suitability.
Likewise, to analyze that there was no violation of due process by the
Commission by declaring partial nullity of the resolution of the first instance. In
addition, the appeal for review will be analyzed and if before its filing it was
possible to execute or demand compliance with the corrective measure and the
sanction issued by Final Resolution No. 3015-2012/PS3. Finally, to question the
application of the review resource in the present case.
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La Compra Pública de Innovación (CPI) como herramienta para promover la compra de productos y servicios innovadores en el PerúHerrera Chirinos, Evelyn Luciana 05 June 2023 (has links)
En la última década se ha puesto de manifiesto los grandes retos que los Estados enfrentan para
satisfacer sus necesidades y la forma y oportunidad en que atienden a sus ciudadanos, estos últimos
años con más pujanza por la Pandemia Sanitaria ocasionada por la COVID, ha quedado en
evidencia la ineficiencia en la que algunos sistemas públicos se encuentran; es por ello, que resulta
imperioso que la administración pública adopte herramientas que le permitan mejorar su sistema
de contrataciones y abastecimiento, de tal manera que estos puedan evolucionar para ser más
eficientes de manera transversal a todas las Entidades Públicas.
Una de las herramientas de alto potencial utilizada en EE. UU. y Europa, es la Compra Pública
de Innovación, la que pretende ocasionar un cambio en la cultura administrativa de la contratación
pública, además de crear una sinergia entre el sector público y el sector privado (una verdadera
cooperación), buscando las mejores soluciones a las necesidades públicas, para promover la
compra de productos y servicios innovadores.
Resulta lógico, que el Estado Peruano no quede fuera de la jugada, más bien por la capacidad
de gasto que tiene, debe ser el primer consumidor de estas tecnologías innovadoras, pues la
innovación es un factor clave para la competitividad y el desarrollo sostenible de un país.
Para ello, es indispensable que el Estado Peruano incorpore dentro su normativa de
contrataciones, mecanismos legales para promover la contratación de servicios y productos
innovadores en la contratación pública, mediante directrices claras, políticas, guías, además de la
adopción de procedimientos de selección, que permitan incluir al factor de la innovación con la
finalidad de realizar una compra pública estratégica.
Sabemos que la implementación de esta forma de contratación trae consigo varios retos y
requiere de un esfuerzo político enérgico, así como de todos los partícipes dentro del proceso de
selección; sin embargo, con pasos pequeños pero constantes, podemos llegar a contar con un
sistema de contrataciones transparente, integro, eficiente, oportuno y que maximice los recursos
públicos.
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Informe Jurídico sobre Resolución 3270-2022-SUNARP-TRSaldaña Aguilar, Danilo Andres 31 July 2023 (has links)
En el presente informe se realizará un análisis sobre la resolución del Tribunal
Registral el cual nos trae un supuesto de formalización de compraventa en el
registro mediante el uso de la ratificación. Se van a desarrollar tanto elementos
de los contratos de compraventa como algunos principios registrales con el fin
de determinar si la no presentación del contrato primigenio de una compraventa
puede se aceptada o simplemente como es que deberíamos tomar o calificar
este contrato primigenio inserto en la escritura pública donde se ratifica la
compraventa. Se complementará la postura del Tribunal siempre que su decisión
fue correcta, pero existen supuestos que no han sido tomados en cuenta como
los mencionados en líneas anteriores. / The current report analyzes the resolution N° 3270-2022-SUNARP-TR, in relation
to the effects of the ratification of a private property sales contract and how this
will let the parts not to present the original contract only if all the essential
elements of a sales contract in Peru that are contained in the ratification. The
Registry court made a decision that I personally agree with, but it’s been added
some analyses about how the registry will qualify the original contract if presented
and how this will affect the registration.
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Análisis de la Resolución N°11 de fecha 27 de agosto de 2020 recaída en el Exp. N° 00677-2018-0-1817-SP-CO-01. Nulidad de Laudo Arbitral conforme al literal c) del artículo 63° del DL N° 1071Cassalli Valdez, Alonso 19 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar el recurso de anulación de laudo,
respecto a la causal c) del Decreto Legislativo N°1071, es decir que, por algún motivo,
las actuaciones arbitrales no se han llevado a cabo conforme a lo acordado por las partes
o al reglamento arbitral aplicable.
Para ello, se parte del contenido de la Resolución N° 11, de fecha 27 de agosto de 2020,
recaída en el Exp. N° 00677-2018-0-1817-SP-CO-01, emitida por la Primera Sala Civil
con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima. En dicha
resolución se declara fundado el recurso de anulación de Laudo, dado que, conforme al
criterio de la Sala, dicho laudo carece de motivación o incurre en motivación aparente lo
que genera una vulneración al debido proceso, derecho constitucional continente de la
debida motivación.
Se ha realizado una investigación multimodal: se han abordado todos los temas
fundamentales desde un enfoque cualitativo y cuantitativo, con la finalidad de establecer
la adecuada relación de aquellas instituciones procesales, cuyo origen radica del
ordenamiento constitucional y/o procesal civil y que pueden trasladarse, con los
adecuados matices, al arbitraje.
En ese sentido, se ha revisado tanto, textos académicos elaborados por la doctrina más
cercana a las materias analizadas, jurisprudencia y normas pertinentes a fin de responder
los principales problemas jurídicos identificados.
Finalmente, se ha llegado a la conclusión de la importancia de la motivación, deber
transversal por su carácter constitucional, el cual no puede eludir ningún órgano decisor
de carácter jurisdiccional. / The objective of this report is to analyze the appeal for annulment of the award, regarding
cause c) of Legislative Decree No. 1071, that is to say that, for some reason, the arbitration
proceedings have not been carried out in accordance with what was agreed by the parties
or the applicable arbitration rules.
For this, the content of Resolution No. 11, dated August 27, 2020, falls on Exp. No.
00677-2018-0-1817-SP-CO-01, issued by the First Civil Chamber with Subspecialty
Commercial of the Superior Court of Justice of Lima. In said resolution the appeal for
annulment of the Award is declared founded, since, according to the criteria of the
Chamber, said award lacks motivation or incurs apparent motivation, which generates a
violation of due process, a constitutional right containing due motivation.
A multimodal investigation has been carried out: all the fundamental issues have been
addressed from a qualitative and quantitative approach, in order to establish the
appropriate relationship of those procedural institutions, whose origin lies in the
constitutional and / or civil procedural order and that can be transferred, with the
appropriate nuances, to arbitration.
In this sense, academic texts prepared by the doctrine closest to the analyzed subjects,
jurisprudence and pertinent norms have been reviewed in order to answer the main legal
problems identified.
Finally, it has come to the conclusion of the importance of motivation, a transversal duty
due to its constitutional nature, which cannot be avoided by any decision-making body of
a jurisdictional nature.
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