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La incorporación de los pactos convivenciales en la unión de hecho: su tratamiento para los bienes de los concubinosRamos Gutti, Daniel Francisco 06 October 2022 (has links)
La investigación se avoca a una de las instituciones que por situaciones reales sus conceptos
se han variado durante el paso del tiempo. La evolución de las creencias y costumbres del ser
humano han reflejado diversas figuras que se han suscitado en ampliar el concepto actual de
familia que se viene manejando dentro de nuestro marco normativo.
Como primer objetivo es investigar las modificaciones que no se han visto reflejadas dentro
de nuestra legislación; sin embargo, han sido empleadas por legislaciones comparadas que
han reflejado criterios positivos en la aceptación de las distintas sociedades.
Asimismo, también indagamos la manera en que nuestro ordenamiento está reaccionando a
las nuevas tendencias de la unión convivencial desde su concepto hasta las propuestas de
cambio que se deben realizar.
Como finalidad buscamos la reflexión por parte de nuestros legisladores para una adecuada
aplicación de los resultados de la presente investigación en la que se necesita una
comprensión sobre los nuevos retos que vienen generando efecto dentro del marco
normativo.
El método empleado como parte del estudio de las normas jurídicas nacionales y comparadas
es el exegético que con el análisis de cada legislación conllevará a homologar criterios con
países tanto europeos como americanos.
También se utiliza el método dogmático que nos permitirá estudiar las posturas investigativas
y la propia apreciación para generar nuevos criterios
Por último, se propone desarrollar una figura autónoma al concepto, así como un tratamiento
autónomo que permita utilizar los diferentes criterios generando independencia, armonía e
interés de la población nacional.
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Análisis de la nulidad de cláusulas de no competencia post-contractual en materia laboralBanda Valdivia, Marco Gianfranco 20 February 2017 (has links)
Consuetudinariamente y amparados en el principio de primacía de la voluntad de
las partes, se vienen aplicando en nuestro país Cláusulas de No Competencia Post-
Contractual en materia laboral, las cuales limitan de forma convenida el derecho a
la libertad de trabajo por el pago de una contraprestación económica. No obstante,
la falta de regulación puede generar abuso del derecho, entre otros motivos por el
mayor poder de decisión del empleador en determinar los términos contractuales.
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El aborto en el Perú: Cómo su regulación se construye como un castigo hacia las mujeresAyala Franco, Jimena Yasuko 10 November 2021 (has links)
El aborto en el Perú está prohibido de manera parcial pues legalmente solo se
permite su práctica en determinados supuestos, como son el aborto terapéutico,
sentimental y eugenésico, regulados en los artículos 119 y 120 del Código Penal.
De dicho panorama se colige que la vida de las mujeres debe estar en riesgo para
que se les permita interrumpir sus embarazos, lo cual nos lleva a preguntarnos por
qué está penalizado el aborto libre, voluntario y legal en el Perú en el cual sean las
mujeres las que decidan cuándo solicitar un aborto. Así, este trabajo recoge aquella
interrogante y se plantea una pregunta específica: ¿por qué la regulación penal
menoscaba los derechos de las mujeres que desean interrumpir sus embarazos?
Como hipótesis, este trabajo sustenta que la regulación peruana del aborto se
construye como un castigo hacia las mujeres al dotar de validez absoluta al derecho
a la vida del embrión, desatendiendo que las mujeres son titulares del derecho al
libre desarrollo de la personalidad, a la salud, la integridad física y la integridad
psicológica, y a ser tratadas como fines y no medios e ignorando las
recomendaciones de organismos internacionales, los cuales se muestran a favor de
la despenalización del aborto. De esta manera, este artículo postula que la
regulación del aborto carece de fundamentos jurídicos, lesiona derechos de las
mujeres, simpatiza con las posturas provida y no es una medida idónea para el fin
legítimo de protección de los bienes jurídicos propios de un estado constitucional. / Abortion is partially legal in Peru due to the fact that it can only be done in some
cases, such as a therapeutic, sentimental or eugenic abortion procedure, which can
be found in articles 119 and 120 from the Penal Code. Such scenario suggests that
the life of women must be in danger in order to ask for an abortion, which leads us
to question why is it illegal to have a free, voluntary and legal abortion procedure in
Peru, in which it would be women who choose whether to have it or not. So, this work
picks up that question and constructs another one: why does the criminal law violate
the rights of women who wish to have an abortion done? As a hypothesis, this
narrative suggests that the peruvian regulation of abortion is actually a punishment
for women as it gives absolute worth to the embryo and its right to live, while lacking
to protect some of the following rights that women have: the right to the free
development of personality, the right to health, the right to a physical and mental
integrity, the right to not be treated as means to an end, meanwhile choosing to
ignore the recommendations from international organisms which defend the
decriminalization of abortion. So, this work explains that the regulation of abortion in
Peru lacks of lawful arguments, violates the rights of women, sympathizes with prolife
affirmations and is not suitable to achieve the aim of protection of legal assets
common in a constitutional state of law.
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Sumarización de los procesos de impugnación de acuerdos societarios en la Ley General de SociedadesHuamán Rojas, Jesús Jorge 28 June 2019 (has links)
La investigación parte de la observación de diversos conflictos jurídicos que surgen a raíz del normal desenvolvimiento de una empresa (sociedad), premisa por la que nos enfocamos en aquellos relacionados a la manifestación de voluntad societaria emitida por los órganos sociales, toda vez que, éstos, muchas veces no son acertadas y ocasionan perjuicio (económico, patrimonial, entre otros) a los socios, a la sociedad en sí, e incluso a terceros; razón por la que, la Ley Nº 26887, dispone que los acuerdos adoptados por la junta general de accionistas pueden ser impugnados ante el órgano jurisdiccional, a través de un proceso abreviado, o un proceso sumarísimo, conforme a las estipulaciones del artículo 143° de la referida Ley. En mérito a ello, el Objetivo de la presente investigación es determinar la forma en la que se puede solucionar la existencia de diferentes vías procedimentales en los procesos de impugnación de acuerdos societario; apoyándonos, por ende, en las diversas opiniones de juristas, doctrinarios, en la ley societaria vigente, y otras leyes sustantivas y procesales de aplicación supletoria. Utilizando consecuentemente, el Método universal científico, y, el método general Inductivo y Descriptivo, los cuales permitieron descubrir y desentrañar los elementos que ocasionan la demora procesal innecesaria en los procesos de impugnación señalados. Llegando a observar que, la regulación vigente, relacionado a la existencia de diferentes vías procedimentales (abreviado y sumarísimo), afecta a la tramitación judicial de los procesos de impugnación, pues los convierte en procesos deficientes, latos, y con una demora procesal excesiva; concluyendo por ende, en la posibilidad de que el proceso de impugnación de acuerdo societario debe ser célere, por lo que, debe tramitarse, únicamente, en la vía del proceso sumarísimo, razón por la que se propone la modificación el artículo 143° de la Ley General de Sociedades.
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La eficacia del sistema de arbitraje de consumo en el PerúValencia Jaén, Karol Andrea 17 November 2017 (has links)
El trabajo de investigación se divide en cinco partes. La primera parte así como
la segunda estarán destinadas a describir el marco conceptual general del
arbitraje, en cada uno de sus alcances y caracteres más relevantes para así
poder conocer mejor esa institución como mecanismo de resolución de
conflictos y situar al lector en el marco del arbitraje y su aplicación en el Perú a
fin que el lector tenga una idea clara de cómo opera el arbitraje en nuestro país.
Además, para poder entender el mecanismo del arbitraje de consumo es
necesario que explicar primero que es el arbitraje y cómo opera el mismo para
poder guiar el posterior análisis del autor y la comprensión de la tesis por parte
del lector.
La tercera parte buscará dar una visión de la aplicación del sistema del
arbitraje de consumo en general así como de sus principales caracteres y la
normativa que lo regula en nuestro país. Asimismo se plantean a lo largo de
ambas secciones las principales ventajas pero también las principales falencias
y defectos del sistema de arbitraje de consumo, las cuales se proceden a
analizar de manera minuciosa, con el fin de que el lector conozca las mismas,
se empape del tema y se forme un criterio propio acerca de la verdadera
viabilidad, funcionalidad y eficacia que podría tener la implantación de dicho
sistema en nuestro país. Dicho análisis va acompañado de la más completa
denotación de casos y supuestos varios del derecho extranjero que demuestran
porque en algunos casos resulta eficaz éste sistema de arbitraje de consumo y
en otros no. El objetivo es identificar las ventajas, pero también las debilidades
de éste sistema.
Finalmente la cuarta parte de la tesis está dedicada al análisis de cada uno
de los problemas y debilidades citados en el sector cuarto con su
contraparte de resultado y propuesta de mejora. Ya que la idea de la
presente tesis es identificar cómo operaría éste sistema en nuestro país en
comparación con otras legislaciones y determinar a raíz de ello y del análisis de
su naturaleza y caracteres particulares si el mismo sería viable y funcional en
nuestro país a la luz de nuestra legislación vigente en materia de protección al
consumidor. En la medida de lo posible se tratará de contar con información
cuantitativa en cuanto a jurisprudencia y resoluciones de casos para
que la comparación no se haga solamente a nivel de texto legal. Esto
serviría para completar el análisis con una comparación de las experiencias
internacionales con la peruana. El objetivo es dar recomendaciones a las
falencias y errores identificados, teniendo como sustento otros sistemas que
tienen mayor eficacia.
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Informe sobre el Expediente de Relevancia Jurídica No. 003- 2005/CLC, E-1505: procedimiento administrativo sancionador contra CONSETTUR Machupicchu S.A. iniciado de oficio en mérito de la denuncia presentada por la Asociación de Agencias de Turismo de Cusco por la presunta conducta de abuso de posición de dominio.Martinez Rosado, Natalia 29 September 2024 (has links)
En el presente informe de relevancia jurídica se analiza el procedimiento administrativo
sancionador iniciado en 2005 por la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre
Competencia del INDECOPI contra el Consorcio de Servicio de Transporte Turístico
Machu Picchu S.A.C. en mérito de la denuncia presentada por la Asociación de
Agencias de Turismo del Cusco por presuntamente haber incurrido en una conducta de
abuso de posición de dominio en la modalidad de precio excesivo y discriminación
explotativa.
La denuncia de la AATC estuvo motivada por el incremento en la tarifa de transporte
que había comunicado CONSETTUR para el 2005 en su calidad de único operador en
la ruta Aguas Calientes – Puente Ruinas – Ciudadela de Machu Picchu en la que
prestaba el servicio de transporte terrestre. Específicamente, la AATC denunció el alza
en la tarifa de “turista extranjero” que incrementó de $ 9.00 a $ 12.00 y señaló que dicho
aumento constituía un precio excesivo impuesto por el concesionario.
En el procedimiento sancionador se analiza, principalmente, si la conducta de
CONSETTUR se encontraba prohibida bajo el Decreto Legislativo 701 y, por lo tanto, si
podía ser sancionada por la autoridad de competencia. Asimismo, en el marco de su
competencia, el INDECOPI propuso una abogacía de la competencia con la finalidad de
promover la competencia en una futura licitación para la concesión de la ruta Aguas
Calientes – Puente Ruinas – Ciudadela de Machu Picchu.
En esa línea, la primera parte del presente informe tiene como finalidad determinar el
objeto y alcance de la política de competencia en el país y, sobre ello, si la conducta que
se le imputa al concesionario se encuentra tipificada como una modalidad de abuso de
posición de dominio y debe ser sancionada por el INDECOPI. Para ello, se analizará el
modelo constitucional con especial énfasis en su manifestación económica, así como la
legislación en la materia y su compatibilidad con la conducta imputada a CONSETTUR
en el presente caso.
En la segunda parte, se determinará si el diseño de la licitación pública convocada por
la Municipalidad Distrital de Machu Picchu para la concesión de la ruta de Aguas
Calientes – Puente Ruinas – Ciudadela de MP promovió la competencia entre la
inversión privada por operar la ruta con la finalidad de que se elija al mejor postor posible
para prestar el servicio de transporte terrestre a favor de los usuarios. Para ello, se
analizará los requisitos sobre los que se convocó en concurso público, así como
particularidades del mismo que determinaron la elección del postor ganador.
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Presupuestos para la debida inscripción registral de aportes reglamentarios en terreno a favor de las entidades municipales que derivan de las habilitaciones urbanas reguladas en el TUO de la Ley N° 29090 y su ReglamentoGarcía Bendezú, Mercedes Elizabeth 26 May 2020 (has links)
El plan de investigación académica venido en desarrollo, propone opciones que tiene el gobierno local para inscribir aportes reglamentarios en terreno provenientes de Habilitaciones Urbanas a su favor ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, el cual se esboza con el fin de sanear registralmente la titularidad (dominio) de la Administración, o también, para que el administrado conozca de estas soluciones legales, las que plasmo a través de dos mecanismos, ya sea dentro del marco legal de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, la cual comprende la presentación de instrumento público notarial acompañado del acuerdo de concejo municipal y las credenciales del funcionario municipal interviniente; o, según el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF (Dictan medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública pueda realizar acciones de saneamiento técnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal), con la presentación de documento privado suscrito por el funcionario municipal con fecha cierta, donde se solicita la anotación preventiva de inscripción de dominio (30 días calendario y posterior inscripción definitiva. En consecuencia, ha de conocerse que el segundo cuerpo normativo señalado, tiene un carácter de salvavidas frente a la dificultad sobreviniente respecto a la formalidad requerida por el primer cuerpo normativo, siendo estas dificultades como, por ejemplo, la demora con la emisión del acuerdo de concejo debido a temas de logística por parte de los entes ediles u otros temas relacionados.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia de Vista del Exp. N° 13550-2016-0- 1801-JR-LA-03Infante Oré, Miryana Lenita 18 August 2021 (has links)
A través de una sentencia de vista que demuestra múltiples tipos de contrataciones a una obrera municipal que realiza la misma labor desde 1994 y que fue cesada a menos de dos semanas de haber presentado una queja por hostigamiento sexual ante su empleador, este informe explica un fenómeno que ha sido normalizado a través del tiempo tanto en el ámbito laboral privado como en el público y que acarrea graves consecuencias para el trabajador víctima de este, una de ellas, y la más grave para el sistema laboral, es la obstaculización a la tan anhelada la indeterminación laboral, yendo en contra de la
estabilidad laboral. Pues la trabajadora sufrió de una desnaturalización de contratos desde iniciar la relación laboral, pues el servicio que realizaba para la municipalidad era perenne. Ello se demuestra a través de la ley de la materia y diversa doctrina que nos lleva a concluir que la trabajadora debió estar bajo la indeterminación desde su primer día de labores. Asimismo, se observan las distintas excepciones presentadas que se declararon fundadas, pese a que no tenían un análisis profundo detrás, por lo que se
concluye de manera opuesta al juzgado. Finalmente, este informe busca que se comprenda la importancia de realizar correctamente un proceso de queja de hostigamiento sexual, así como la necesidad de generar un nexo causal sólido para poder respaldar el despido nulo solicitado, con un mayor sustento, se concluye que el juzgado acertó al conceder el despido nulo a la trabajadora
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¿Estamos ante el nacimiento de un nuevo soporte publicitario? Implicancias prácticas a partir de las normas de protección al consumidorVásquez Ramos, David Francisco 17 August 2021 (has links)
El Sr. Rojas Leo denunció por derecho propio y en representación de la ciudadanía a América
Móvil por infracción al deber de idoneidad, en tanto al momento de iniciar una llamada, antes
de dar paso al timbrado regular, se escuchaba la locución "prueba la velocidad de la Gigared
Claro". En Primera Instancia, se declaró improcedente la denuncia defensa de los derechos de
los consumidores; y se admitió a trámite la denuncia por métodos comerciales agresivos y
engañosos. En Segunda Instancia, se declaró la nulidad de la Resolución de Primera Instancia,
se declaró improcedente la denuncia, pues es un tema que le compete al regulador OSIPTEL,
y se señaló que el Sr. Rojas Leo no contaba con legitimidad para accionar en defensa de los
intereses de los consumidores.
En el presente trabajo se analizará la naturaleza publicitaria de la locución telefónica “prueba
la velocidad de la Gigared Claro”, así como se evaluará si esta puede ser considerada como un
método comercial agresivo o engañoso; o en su defecto, si puede significar una vulneración al
deber de idoneidad en la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones. Finalmente,
se dilucidará si el Sr. Rojas Leo, como persona natural, contaba o no con legitimidad para
iniciar una acción procesal defendiendo los intereses difusos y colectivos de los consumidores
y/o usuarios.
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La inconstitucionalidad de las intervenciones de reasignación sexual en infantes intersex no consentidasAlvarez Alvarez, Brenda Ibette 30 April 2021 (has links)
La diversidad es un elemento que atraviesa a la humanidad desde nuestros inicios. Sin embargo,
a lo largo de los años, se viene sosteniendo como verdad absoluta la existencia de solo dos
manifestaciones corporales posibles respecto de sus características sexuales: hombres y mujeres.
Toda persona que no encaja en ese estándar es catalogada como “enferma”, “monstruosa”,
“anormal”, por lo que sus cuerpos deben ser intervenidos y adecuados a los modelos esperados y
deseados.
Este trabajo aborda como tópico de discusión la validez constitucional del sometimiento a
intervenciones quirúrgicas irreversibles, tratamientos hormonales y psicológicos de reasignación
sexual a infantes intersex no consentidas o a través de autorización parental. Para este fin, en el
primer capítulo se profundiza en la diversidad de las características sexuales del cuerpo: la
intersexualidad. Se analiza la categoría sexo como un constructo social y cultural, se describe el
modelo patologizador y las intervenciones médicas de reasignación de sexo en infantes intersex.
Del mismo modo, se aprecia el estado de la cuestión y el abordaje de la intersexualidad en niñes
en el Perú.
En el segundo capítulo, se analiza la jurisprudencia constitucional sobre el reconocimiento y
violación de los derechos fundamentales de niñes1 intersex sometides a intervenciones médicas y
la regulación normativa del abordaje de la intersexualidad en infantes. En el tercer capítulo se
realiza el balance sobre la validez constitucional de las intervenciones quirúrgicas de reasignación
practicadas en infantes intersex no consentidas a partir del análisis del principio-derecho a la
dignidad, autonomía, igualdad, interés superior de les niñes e integridad.
Esta investigación se desarrolló a partir de la revisión de bibliografía especializada desde las
ciencias sociales, médicas y jurídicas; además de jurisprudencia de distintas instancias de justicia
que abordaron las controversias constitucionales materia de estudio.
Finalmente, la conclusión principal de este trabajo es que las intervenciones médicas realizadas
sin el consentimiento de les niñes intersex constituyen injerencias arbitrarías y discriminatorias
en sus derechos fundamentales y por tanto son inconstitucionales.
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