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El orden público sustantivo como límite al arbitraje nacional en la contratación privada conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano 1999-2015

Ferrand Noriega, Alberto Eduardo 25 July 2019 (has links)
De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano (1999-2015) puede constatarse y/o inferirse que el sometimiento de las partes del convenio arbitral al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente límites explícitos e intrínsecos en la finalidad (causa final) ilícita de dicho convenio o de los contratos y demás actos jurídicos conexos y en la contravención del orden público. Estos límites constitucionalmente explícitos confluyen en uno solo: todo acto jurídico o contrato válido es de por sí lícito, para fines lícitos, conforme al orden público, que en sentido lato incluye a la moral social. Asimismo, de dicha jurisprudencia se desprende que el sometimiento al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente un límite implícito y extrínseco en el alcance de otros derechos fundamentales y constitucionales. Así como el Estado es el último garante de la autodeterminación de las partes para la solución contractual de los conflictos, es también el último garante del orden público en el ordenamiento jurídico sistémico y jerárquico. La Duodécima Disposición Complementaria de la Ley de Arbitraje vigente indica que “…el recurso de anulación del laudo es una vía específica e idónea para proteger cualquier derecho constitucional amenazado o vulnerado en el curso del arbitraje o en el laudo”. Esta disposición complementa el artículo 63° de la Ley de Arbitraje, sobre causales de anulación, terminando por admitir la anulación del laudo en casos de amenaza o vulneración de derechos sustentados en el orden público constitucional, indisponible incluso para el legislador, el cual incluye a los derechos fundamentales y constitucionales de carácter sustantivo y a los inherentes al debido proceso, como límites constitucionales a la libertad contractual. No existe en el artículo 63° de la Ley de Arbitraje ni en ninguna otra disposición de dicha ley una causal de anulación de un laudo de arbitraje nacional que proteja de la contravención del orden público de génesis legal. La causal existe en el inciso 1.f de dicho artículo de la Ley de Arbitraje sólo para el arbitraje internacional cuando el laudo es contrario al “orden público internacional del Perú”. Si bien las causales taxativas de la Ley de Arbitraje se explican por la naturaleza excepcional de la anulación, no puede soslayarse que dicha anulación debe proceder fundamentalmente por ausencia en el laudo de elementos esenciales del mismo. Si bien hay certidumbre de la omisión en la Ley de Arbitraje de tal causal para el arbitraje nacional, también la hay respecto a que conforme a la Constitución el derecho constitucional a contratar es en su esencia para fines lícitos, sin contravención de leyes de orden público. Tratándose de un elemento esencial, no hay racionalidad constitucional en que su ausencia no acarree invalidez. La omisión no se condice con el alcance limitado de la protección de la libertad contractual en el texto constitucional del inciso 14 del artículo 2° de la constitución, ya se trate de una relación contractual nacional o de una internacional. Los límites de la libertad en el arbitraje definen la esencia de dicha libertad, el campo de lo constitucionalmente disponible para los árbitros y lo constitucionalmente indisponible para ellos. Resulta, entonces, constitucionalmente procedente la anulación del laudo nacional contrario al orden público del Perú. Será control de la constitucionalidad si se trata del orden público constitucional. Será control de la legalidad si se trata del orden público de origen legal.
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Garantía constitucional de la no discriminación arbitraria en materia económica en la jurisprudencia de las Cortes de Apelaciones, Corte Suprema y Tribunal Constitucional : período junio de 2005 a agosto de 2012

Cerón Seguel, Gustavo David, Vera Hott, Francisco Javier January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo es un análisis jurisprudencial sobre el derecho constitucional a la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el estado y sus organismos en materia económica, consagrado en el artículo 19 Nº 22 de la Carta Fundamental. Esta garantía es un principio que implica una concepción valorativa susceptible de múltiples argumentaciones racionales, por lo que su cabal comprensión trasciende el mero enunciado normativo, exigiendo también revisar la jurisprudencia de los tribunales de justicia recaída sobre esta disposición. Junto con revisar el desarrollo del concepto en la doctrina, se examinan las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia chilenos sobre acciones de protección respecto de arbitrariedad económica de parte del Estado y los fallos del Tribunal Constitucional en ejercicio del control preventivo y represivo que realiza del precepto estudiado. Los hallazgos y conclusiones obtenidos cierran el desarrollo de este trabajo
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Las estructuras de poder durante la década moderada: Alicante, 1844-1854

Díaz Marín, Pedro 14 February 1997 (has links)
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Implementación de una estrategia para la prevención de la violencia en los espectáculos deportivos en el marco de la ley n°30037

Tenorio Gamonal, Percy Alberto 13 February 2019 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto evidenciar de manera técnica el fenómeno social que se ha generado en las últimas décadas en Perú producto de la violencia en el interior de los equipos grandes; existen varias aristas, pero un solo resultado; la percepción de inseguridad en las calles y los escenarios deportivos. Por el impacto que genera en la ciudadanía, es necesario que se realice un estudio sistemático, riguroso, contextualizado, holístico, comparativo y desde una perspectiva multidisciplinaria y crítica para poder tener un conocimiento más claro de lo que ocurre en el mundo social de la actualidad. Por lo tanto, el presente trabajo es de tipo cualitativo, donde se consultaron y analizaron fuentes secundarias para posteriormente realizar entrevistas semi-estructuradas. Se han elaborado una serie de guías para las entrevistas, éstas se colocaron en una matriz de acuerdo al tipo de actor que fue entrevistado. Es necesaria la implementación de un proyecto para afianzar la posición de la Policía Nacional del Perú frente a estos problemas sociales que vienen incrementándose en el día a día y causando un gran trastorno al desarrollarse las actividades normales de todos los ciudadanos sin distinción alguna en todo el territorio nacional / The present work has an objective to demonstrate in a technical way the social phenomenon that has been generated in the last decades in Peru producto of the violence inside the big teams; there are several edges, pero only one result; the perception of insecurity in the streets and sports venues. Because of the impact it generates on citizens, it es necessary to carry out a systematic, rigorous, contextualized, holistic, comparative study from a multidisciplinary and critical perspective in order to have a clearer knowledge of what is happening in today’s social world. Therefore, the present work is of a qualitative nature, where secondary sources were consulted and analyzed for later semi-structured interviews. A series of guides have been prepared for the interviews, these were placed in a matrix according to the type of actor that was interviewed. It is necessary to implement a project to strengthen the position of the National Police of Peru in the face of these social problems that are increasing day by day and causing a great upheaval when developing the normal activities of all citizens without any distinction in the entire national territory / Trabajo de investigación
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La unidad del derecho como defensa de las expectativas del empleador en la aplicación del orden público laboral

Hormazábal Valdés, Mauricio Andrés 08 1900 (has links)
Memoria (para optar al grado de magíster) / La actividad formativa que se presenta busca primeramente mostrar la falta de seguridad jurídica que se observa en los tribunales en la determinación de los supuestos contractuales que admiten la aplicación del orden público laboral. En segundo lugar, plantear un argumento jurídico laboral estable para fijar los supuestos de aplicación del orden público laboral que otorguen previsibilidad a las partes y, principalmente, al empleador, teniendo para ello presente elementos interpretativos propios del Derecho general y común. En tercer lugar, se analizará críticamente la aplicación del orden público laboral por parte de la Inspección del Trabajo, donde desde la óptica de Derecho Administrativo Sancionador se constata que existen graves violaciones a la base de juridicidad de los actos públicos y concretamente a las garantías que se tienen frente al ius puniendi estatal, tales cómo reserva legal, tipicidad y garantías de debido proceso. Por último, realizaremos una crítica a otro fenómeno que ha venido a desvanecer las posibilidades de certeza que demanda todo empleador, nos referimos al contenido del eslogan “ciudadanía en la empresa,” donde se ha tergiversado la teoría liberal de la Constitución, contradiciendo y aplacando nuestro Estado de Derecho con categorías dogmáticas mal concebidas, que han llevado a un debilitamiento del legislador democrático y a una posición privilegiada de una superada justicia de equidad, emanada de un juez que bajo los modelos neoconstitucionalistas se le permite crear obligaciones sin fuente formal, como también desconocer la licitud de fuentes autónomas so pretexto de una eventual inconstitucionalidad o aparente ilicitud. Así, buscamos en el presente trabajo una aproximación práctica, en el sentido de desnudar las diversas aristas reales que día a día llenan de incertidumbre al empleador y donde éste se ve expuesto a intervenciones concretas contrarias a nuestro ordenamiento jurídico. En este orden de ideas, en la presente actividad formativa el caso práctico es “problemas actuales de certeza en la aplicación del orden público laboral para el empleador”, compuesto de tres cuestiones menores acaecidas en tres instancias diversas explicadas desde diferentes realidades dogmáticas que convergen y demuestran la interdisciplinariedad olvidada del Derecho del Trabajo.
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The concept of migratory family unit in the proccess of family call in Peru (about same-sex marriages) / Corrección del concepto de unidad migratoria familiar en el procedimiento de llamado de familia en el Perú (a propósito del matrimonio entre personas del mismo sexo)

Casas, Orlando de las 25 September 2017 (has links)
The concept of family call embraces a migratory alternative that allows a foreigner to stay in another country with  his or her spouse. Taking into account Peru’s legal framework, it is possible to ask if a foreigneris able to appeal to the family call if he or she is married to a person of the same sex? Wouldit be legitimate to recognize a foreign law thatallows same sex marriages?In the following paper, the author answers these and other questions, analyzing concepts such as family, public order, collective morality and familiar migratory unit that are acknowledged in our legal system by appealing, furthermore, to the weighting testof principles in collision. / El concepto de llamado de familia comprende la alternativa migratoria que permite a unextranjero permanecer en otro país con su cónyuge. Dado el marco normativo peruano, podríamos preguntarnos: ¿Es posible que unextranjero, casado con una persona de su mismo sexo, pueda recurrir al llamado de familia? ¿Podría ser válido reconocer una normaextranjera que permita el matrimonio entre personas de un mismo sexo?En el presente artículo, el autor da respuesta a estas y otras preguntas, analizando los conceptos de familia, orden público, moral colectiva y unidad migratoria familiar recogidos en nuestro ordenamiento, aplicando la ponderación entre estos principios.
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Regulación de la actividad futbolística en Chile y el orden público económico

Costa Cordella, Ezio January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En Chile, recién hoy empezamos a ver cierta especialización del derecho hacia realidades deportivas, mediante la publicación de leyes especiales en los últimos años como el “Estatuto del Futbolista” (Ley N° 20.178), que reconoce los contratos de los deportistas profesionales como un tipo de contrato especial, que debe ser tratado de manera separada y la ley de sociedades anónimas deportivas (Ley 20.019) , una ley creada especialmente para permitir la profesionalización de los dirigentes del fútbol nacional y el ingreso de capitalistas a estas entidades, todo bajo el supuesto de que con un escenario manejado bajo reglas de mercado y con intervención de los organismos reguladores correspondientes se lograría mejorar las estructuras del fútbol nacional. Las dos leyes anteriormente citadas, son las únicas en Chile que tienen como denominadores comunes estar referidas al deporte y regular relaciones entre privados. Las demás leyes relativas al deporte tienen como principales objetivos regular las relaciones del Estado con el deporte, como entidad promotora de las prácticas deportivas en nuestro país. Pero además, hay un denominador común aún más interesante para estas dos leyes, que es el fútbol. A pesar de que ambas leyes no se refieran específicamente a él, fueron creadas a partir de las necesidades que este deporte, como industria, mostraba. Ambas incluso fueron negociadas y conversadas en su momento con los dirigentes de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional. Lo anterior encuentra una justificación que es evidente; hoy por hoy el fútbol es el único deporte realmente profesional que se practica en Chile. El fútbol además, es el deporte más popular, en Chile y en el mundo, lo que ha llevado a que en países más avanzados en la materia, haya hoy doctrina que habla del “derecho futbolístico”, mientras que en nuestro país aún ni siquiera se valida al derecho deportivo como rama del derecho.
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Estatuto del personal de Carabineros de Chile interpretado : Decreto con Fuerza de Ley No. 2, de 1968

Espinoza Ortiz, Jacqueline Verónica January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta memoria de prueba tiene por objeto realizar el análisis interpretativo del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile. Para ello utiliza un método sistemático , que se traduce, en este caso en particular, en la interpretación de cada artículo del Estatuto mencionado, en forma correlativa, interpretación que se realiza principalmente mediante la fuente jurisprudencial administrativa y legal, desarrollando las ideas prevalentes contenidas en cada uno de esos artículos. En este trabajo, el lector podrá dirigirse al artículo de este texto normativo que sea de su interés y a través de la interpretación que la Contraloría General de la República de Chile ha dado al precepto, junto con las concordancias legales que sean pertinentes, adquirir un cabal conocimiento de su sentido, alcance y aplicación.
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“Reformulando la prohibición de orden público : el orden público constitucional y la necesidad de una lista de supuestos que limite la interpretación de esta prohibición”

Kuyeng Ruiz, Christian Alfredo 31 August 2017 (has links)
La Decisión 486 de la Comunidad Andina contiene una lista de prohibiciones para el registro de marcas, dicha lista es dividida por los doctrinarios como prohibiciones absolutas y prohibiciones relativas. El artículo 135 p) de la Decisión 486 prohíbe el registro de signos, como marcas, que sean contrarios a la ley, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres. Desde la perspectiva doctrinaria, los cuatro conceptos mencionados son perfectamente claros y distinguibles unos de otros, el problema surge en la práctica, donde tales conceptos se entremezclan y se alejan de esa claridad aparente, afirmación que se encuentra demostrada mediante la jurisprudencia de los países que tienen un artículo similar al objeto de esta investigación. Ante esta problemática, el Dr. Lobato sugiere la modificación de la prohibición a un concepto unificado, el concepto de orden público constitucional, aterrizando dicho concepto a supuestos particulares. Nuestra propuesta parte de la premisa de orden público constitucional, pero se diferencia en que añade los supuestos de engaño al consumidor, afectación a derechos de la personalidad, prohibición del registro de obras en dominio público y el uso de nombres de comunidades indígenas, afroamericanas o locales. La mencionada propuesta sistematiza el esquema de prohibiciones y elimina el plazo prescriptorio de las prohibiciones relativas incluidas en la misma, permitiendo, de esta manera, dotar de un contenido más práctico a la prohibición.
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La gestión del personal policial de la USE y la DIROES para las intervenciones en control de multitudes en los conflictos sociales del 2014

Lazarte Gómez, Juan Enrique 19 June 2018 (has links)
Los conflictos sociales han representado últimamente un problema muy significativo para el mantenimiento del orden público en la sociedad peruana. El país últimamente ha presentado un desarrollo económico, principalmente por la industria extractiva siendo la minería la actividad principal. Esta situación ha generado en algunos lugares del país graves problemas sociales, que han ocasionado pérdidas económicas y en algunas oportunidades la vida de personas tanto civiles como policías. Ante la necesidad de restablecer el orden público, la Policía Nacional del Perú realiza diferentes actividades, entre ellas la gestión del personal policial para el control de multitudes frente a los conflictos sociales a nivel nacional. En esta situación podemos apreciar, cuáles son las características de gestión del personal de la USE y la DIROES, destacado a las intervenciones ante los problemas antes indicados. Se pudo determinar cuáles son los problemas y las causas en la gestión del personal policial para intervenir en conflictos sociales. Ante esta situación la Policía Nacional del Perú, por intermedio de sus unidades especializadas en control de multitudes como la DIROES y USE, hacen frente a los conflictos sociales que se desarrollan a nivel nacional, en el ejercicio de esta función estas instancias presentan diferentes falencias en la parte administrativa y operativa, lo cual conlleva a una inadecuada respuesta ante los conflictos sociales y se pone de manifiesto en comentarios negativos de parte de la comunidad, perdidas económicas e incluso de vidas humanas

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