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Análisis de constitucionalidad de los artículos 149 inciso segundo y 248 letra c) e inciso final del Código Procesal Penal

Morales Vidal, Rodrigo Ignacio January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene la pretensión, quizás un tanto ambiciosa, de analizar el inciso segundo del artículo 149, como así mismo la letra c) y el inciso final del artículo 248, ambos del Código Procesal Penal (en adelante CPP), a la luz de nuestra Constitución Política de la República (en adelante CPR), llegando finalmente a aceptar o rechazar en nuestra conclusión su constitucionalidad. Cada día las poblaciones del mundo occidental van evolucionando hacia una construcción de la sociedad regida por el denominado Estado Social y Democrático de Derecho, en virtud del cual, como máxima suprema, se deben respetar los principios que informan dicho estado, cuales son el de supremacía constitucional, imperio de la ley, distribución del poder estatal en titulares que desarrollen funciones diferenciadas, responsabilidad de las diferentes magistraturas y nulidad de los actos que emanen de órganos no competentes, todos los cuales tienen su fundamento principal en la dignidad de la persona humana y sus derechos, los que deben ser promovidos y respetados por los órganos del Estado, cuales se ven amparados también por la vigencia y reconocimiento que tienen los tratados internacionales en nuestra propia Carta Magna1
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El perito, el informe pericial y la prueba científica : admisibilidad, criterios cualitativos e igualdad de armas

Sandoval Silva, Felipe Ignacio January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo de investigación pretende dar cuenta de la institución del informe pericial y de la persona del perito en el ámbito juridico procesal y especialmente en sede penal. Se advierte que la legislación nacional no ofrece regulación exhaustiva respecto de ciertos rasgos subjetivos que invisten la figura del perito en tanto experto en una determinada disciplina, sea esta una ciencia, un arte u oficio, especialmente en cuanto a la evaluación que respecto a su incorporación recae en fase de admisibilidad probatoria, relevando dichas calificaciones a las garantías de seriedad y profesionalismo que su ofrecimiento a juicio aspire a representar. Se examina a su vez la asimetría cognoscitiva existente entre juez y perito reconociendo a este como intermediario epistemológico de conceptos ajenos al acervo cultural común del juez, vinculando dicho desequilibrio a la desigual distribución de expertiz que nuestro ordenamiento procesal contemporáneo exhibe en un contexto de apropiación de medios probatorios, globalización y dinámico avance científico-tecnológico / 31 julio de 2020
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Informe sobre Expediente N° 48004-2007

Bobadilla Vásquez, Fernanda Isabel 13 July 2021 (has links)
El presente informe contiene un análisis jurídico del proceso penal ordinario que tiene como imputado a Rider García Inga. Dicho proceso se desarrolla entre los años 2007 y 2009 en el departamento de Lima, bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Código Procesal Penal de 1991. La elección del expediente radica en la vigencia que mantienen ambos códigos a la fecha en Lima Centro y Lima Sur, vigencia que continúa siendo interpretada como un obstáculo frente a la necesidad de constitucionalizar el sistema procesal penal. En esa línea, se tiene como objeto determinar si las interpretaciones realizadas por muchos fiscales, jueces penales y Colegiados se condicen con los principios y derechos reconocidos por la Constitución vigente. Al respecto, el expediente contiene materias jurídicas de especial relevancia, entre ellas el rol que le otorga la Constitución de 1993 al Ministerio Público dentro de la investigación preliminar, la detención policial, la medida cautelar de mandato de detención, los estándares de sospecha a lo largo del proceso, el razonamiento probatorio y la necesidad de motivar las resoluciones judiciales. A efectos de realizar el análisis, se hace una revisión de las normas, doctrina y jurisprudencia relativas al Derecho Penal y Derecho Procesal Penal, así como de los derechos y garantías procesales reconocidos por la Constitución de 1993 y por el Tribunal Constitucional peruano. Finalmente, se concluye que Rider García Inga fue víctima de medidas arbitrarias y actuaciones inconstitucionales llevadas a cabo por las autoridades policiales, fiscales y judiciales en su contra, denotándose así una carencia de capacitación de las mismas en materia de Derecho Penal Constitucional, debido a que la vigencia del Código de Procedimientos Penales de 1940 y del Código Procesal Penal de 1991 no debe representar una limitación al respeto del principio de interdicción de la arbitrariedad, a la garantía al debido proceso, al derecho de defensa, al derecho de igualdad procesal, entre otros
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Universalización de la notificación electrónica como mecanismo esencial, seguro y eficaz para la realización Y vigencia del debido proceso

Mamani Coaquira, Oswaldo 26 January 2022 (has links)
Esta investigación aborda la universalización de la notificación electrónica como un mecanismo seguro y eficaz que permita garantizar la vigencia y realización del debido proceso. Ello a raíz de que la notificación por cédula o física como medio obligatorio genera retardo y lentitud en el trámite de los procesos (las notificaciones no llegan oportunamente), dando pie a la vulneración de derechos, en especial, el debido proceso. Frente a ello, la notificación electrónica ofrece celeridad, seguridad y eficacia en el desarrollo de los procesos, a su vez, asegura la protección del debido proceso porque el interesado recibe la notificación en tiempo oportuno para poder ejercer el contradictorio y el derecho de defensa. En ese orden, el enfoque de la investigación fue cualitativa y los métodos utilizados fueron: (i) funcional–propositiva, (ii) analítico, (iii) inductivo y (iv) comparativo, que permitieron describir, identificar y establecer los beneficios y desventajas en términos de celeridad, seguridad y eficacia tanto de la notificación por cédula en soporte papel y en casilla electrónica. Finalmente, los resultados a los que se arribaron –a grandes rasgos– fueron: (i) la notificación electrónica garantiza celeridad procesal, eficacia y efectividad en la tutela de los derechos del justiciable porque puede ejercer el contradictorio y el derecho de defensa adecuadamente porque la notificación o comunicación se efectúa de manera oportuna, (ii) la notificación por cédula ha supuesto la vulneración del debido proceso porque el acto de comunicar o notificar afronta diversos problemas que impiden establecer una relación jurídico-procesal válida y (iii) la universalización de la notificación electrónica que abarque desde la constitución de la relación jurídico-procesal garantiza la protección del debido proceso. / This research addresses the universalization of electronic notification as a safe and effective mechanism that guarantees the validity and performance of due process. This is due to the fact that the notification by identity card or physical as a mandatory means generates delay and slowness in the processing of the processes (the notifications do not arrive in a timely manner), giving rise to the violation of rights, especially due process. Against this, electronic notification offers speed, security and efficiency in the development of processes, in turn, ensures the protection of due process because the interested party receives the notification in a timely manner to be able to exercise the contradictory and the right of defense. In that order, the focus of the research was qualitative and the methods used were: (i) functional – propositional, (ii) analytical, (iii) inductive and (iv) comparative, which allowed us to describe, identify and establish the benefits and disadvantages in terms of speed, safety and effectiveness of both the notification by identification card on paper and in electronic box. Finally, the results that were reached -broadly speaking- were: (i) the electronic notification guarantees procedural speed, efficiency and effectiveness in the protection of the rights of the defendant because it can exercise the contradictory and the right of defense adequately because the Notification or communication is carried out in a timely manner, (ii) the notification by ID has implied the violation of due process because the act of communicating or notifying faces various problems that prevent establishing a valid legal-procedural relationship and (iii) the universalization of the Electronic notification that ranges from the constitution of the legal-procedural relationship guarantees the protection of due process.
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La aplicación de las reglas de control de solidez en inferencias probatorias epistemológicas en sentencias condenatorias y el estándar de prueba más allá de toda duda razonable

Alvarez Rodriguez, Anghela Leidy 28 May 2020 (has links)
El estándar de prueba más allá de toda duda razonable, ha sido estudiado desde diversos aspectos problemáticos, siendo uno de ellas su imprecisión y subjetividad. En este trabajo pretendo abordar este último punto, que, si bien ha sido ampliamente analizado por diferentes autores, tales como Larry Laudan, Marina Gascón, Jordi Ferrer Beltran, Daniel González Lagier, entre otros; me centraré en la propuesta de este último, quién plantea la aplicación de criterios de solidez en inferencias probatorias epistemológicas- fiabilidad, suficiencia, variedad, pertinencia de la pruebas, eliminación de hipótesis alternativas, confirmación de hipótesis derivadas- a fin de alcanzar una mayor objetividad a nuestro estándar de prueba. El objetivo del presente trabajo es dotar al juez de mejores herramientas de análisis al momento de sustentar la suficiencia de prueba en una sentencia condenatoria, para ello pretendo a partir del planteamiento de un caso penal en específico, abordar las principales dificultades que ofrece el análisis de la suficiencia de prueba, representando mediante un examen inductivo las inferencias fácticas en el ámbito penal, logrando aplicar las reglas de control de solidez y verificar como influyen en la motivación, pues si bien no anula el problema de subjetividad, coadyuvan a una mejor confirmación, y también a una mayor dotación de credibilidad al dar un hecho por probado
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El hábeas corpus contra actos de investigación preliminar

Placencia Rubiños, Liliana 13 November 2012 (has links)
La procedencia de la acción de garantía constitucional, hoy calificada de proceso constitucional de hábeas corpus, constituye un tema clave del Derecho contemporáneo. Sin embargo, el hábeas corpus durante la fase de la investigación preliminar del proceso penal peruano es uno de los problemas más acuciantes en la práctica constitucional penal de nuestros días. La procedencia o improcedencia del hábeas corpus contra actos de investigación preliminar es una cuestión no sólo importante para los derechos subjetivos de las personas sino también para el propio sistema jurídico. Esto por cuanto que, al afirmar derechos objetivos y valores, se apuesta por la consolidación del Estado Constitucional de Derecho. Actualmente asistimos a la vigencia de dos sistemas procesales penales. El nuevo sistema procesal penal, de corte acusatorio, se sustenta en la clara diferenciación de los roles de las partes y del juzgador. El Fiscal acusará, la defensa rechazará dicha acusación, y el Juez actuará en calidad de tercero o árbitro del conflicto penal. El antiguo sistema procesal penal, sobre la base del Código de Procedimientos Penales de 1940 –de clara inspiración inquisitiva–, y normas modificatorias de corte acusatorio, han generado un sistema procesal penal mixto. La etapa de la investigación preliminar en este sistema mixto está a cargo del Fiscal, según el diseño constitucional de la Carta Política de 1993. El Juez carece de control jurisdiccional de los actos de investigación directos, mas interviene cuando se trata de actos de investigación indirectos, a petición del fiscal. En buena cuenta, en la investigación preliminar del antiguo sistema procesal penal, no se configura control jurisdiccional de todos los actos de investigación preliminar, sino de actuaciones en estricto excepcionales.
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El recurso de casación penal: control de los hechos

Sánchez Torres, Alexander Germán 20 July 2021 (has links)
El control de los hechos en casación con toda seguridad es uno de los temas más polémicos y actuales en la doctrina procesalista. Los constantes debates y materiales académicos en la legislación comparada así lo demuestran. Un sector de la doctrina cuestiona las teorías que avalan la fiscalización de la quaestio facti, con el argumento de que se desnaturalizaría la casación convirtiéndola en una tercera instancia; además, no se cumplirían los fines y funciones de la casación. Sin embargo, a pesar de las críticas existentes, con el presente trabajo se pretende justificar el control de los hechos a partir de infracciones normativas constitucionales y brindar la técnica adecuada para denunciar problemas relacionados con las cuestiones de hecho, de esta forma se contribuye a que el Tribunal de casación no exceda de su poder. De esta forma, a partir del análisis dogmático realizado, se puede afirmar que la fiscalización de los hechos en casación no se aleja de los fines y funciones de la casación, ni se desnaturalizaría su esencia.
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Un nuevo enfoque del derecho al plazo razonable en casos de violación de género: una mirada crítica en ocasión de las esterilizaciones forzadas en el Perú durante el gobierno dictatorial de Alberto Fujimori

Moreno Mena, Pamela Náthaly 16 September 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo proponer un nuevo enfoque para analizar el derecho al plazo razonable dentro de las investigaciones fiscales o, en general, durante el proceso penal en los casos de violencia basada en el género. Esta propuesta se enmarca en el análisis del caso de esterilizaciones forzadas durante el régimen de Alberto Fujimori en el marco del desarrollo del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar mediante el cual se incorporó la intervención quirúrgica de emergencia en los años 1996 a 2000. Al ser las víctimas mujeres, de una situación económica pobre y quechuahablantes se requiere incluir el enfoque de género y de interculturalidad, pues la situación de vulnerabilidad se acentuó por las diversas formas de exclusión social. Asimismo, cabe señalar que, los criterios utilizados por el Tribunal Constitucional resultan insuficientes para abordar este tipo de casos carácter complejo tanto a nivel de probanza como de revictimización a las denunciantes. Casos que requieren que el derecho al plazo razonable sea analizado en función al efecto que genera el proceso en las denunciantes. En esa línea, se tendrá en cuenta la demanda de amparo presentada por Marino Costa Bauer, ex Ministro de Salud de Alberto Fujimori, quien alegó la vulneración del derecho al plazo razonable y, en consecuencia, solicitó el archivo del proceso penal en curso. / The objetc of this article is present a new perspective about the right of a reasonable period of time investigations or, in general, during the criminal process in cases of gender-based violence. This proposal is part of the analysis of the case of forced sterilizations during the Alberto Fujimori regime within the framework of the development of the National Program for Reproductive Health and Family Planning through which emergency surgical intervention was incorporated in the years 1996 to 2000. All Being the female victims, of a poor economic situation and Quechua speakers, it is necessary to include the gender and intercultural approach, since the situation of vulnerability was accentuated by the various forms of social exclusion. Also, it should be noted that the criteria used by the Constitutional Court are insufficient to deal with this type of complex cases, both at the level of evidence and revictimization of the womans. Cases that require that the right to a reasonable time be analyzed based on the effect generated by the process on the complainants. Along these lines, the “demanda de amparo” filed by Marino Costa Bauer, Alberto Fujimori's former Minister of Health, will be taken into account, who alleged the violation of the right to a reasonable period of time and, consequently, requested the filing of the ongoing criminal proceedings.
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Medidas de coerción personal alternativas a la prisión ¿existen mecanismos eficientes para el monitoreo y supervisión del cumplimiento de estas medidas?

Bances Farro, Liliana Analinda 27 June 2024 (has links)
La ejecución de las medidas de coerción personal menos gravosa para la libertad de los procesados que reconoce nuestro ordenamiento procesal peruano como la comparecencia simple, comparecencia con restricciones, detención domiciliaria, impedimento de salida del país o suspensión preventiva de derechos, presenta una serie de desafíos y dificultades que están limitando su viabilidad y consolidación, motivados por la falta de mecanismos eficaces de monitoreo y supervisión. No existe un sistema integral de control que asegure el cumplimiento de estas medidas, por lo que son consideras alternativas insuficientes que favorecen la impunidad y contribuyen a los altos niveles de inseguridad ciudadana, de modo que la prisión preventiva representa el principal instrumento viable de respuesta para enfrentar la problemática de la delincuencia común. En ese contexto, el presente trabajo consiste en el análisis de las medidas de coerción personal y la necesidad de implementar un “Centro de monitoreo y supervisión de riesgos procesales de las medidas de coerción personal no privativas de la libertad”, con la finalidad de abordar de forma sistémica e integral las estrategias de control y vigilancia para la ejecución de las restricciones o normas impuestas por las autoridades del sistema de justicia penal, coadyuvando a que el procesado en libertad pueda comparecer al juicio, no obstaculice la investigación o represente un peligro para la seguridad de la víctima, testigo o sociedad en general, previniendo oportunamente actos de reiteración delictiva o revictimización.

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