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La "valoración negativa" y la exclusión de la prueba en el proceso penal : una crítica desde la concepción racionalista de la prueba

Cortés-Monroy Fernández, Jorge January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo de esta memoria es examinar la práctica de la “valoración negativa” de la prueba en el proceso penal, desde la perspectiva de la concepción racionalista. Veremos que ella no es más que una forma rebuscada de exclusión de la prueba ilícita por parte del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, en circunstancias que carece de dicha facultad. Pero ella no es la única objeción que se formula. La “valoración negativa” incrementa la tasa global de errores que el sistema produce en la determinación de los hechos. Examinaremos, entonces, el fundamento de la regla de exclusión y su coherencia con una concepción que entiende que una acertada determinación de los hechos es (junto a una correcta aplicación del derecho) la finalidad principal del proceso. Para ello, en el primer capítulo se sostendrá a la averiguación de la verdad como la finalidad principal de la prueba. Así, el primer objetivo del diseño de las reglas procesales y probatorias será la reducción de la probabilidad de errar. En el segundo capítulo se desarrollará la valoración racional como método para alcanzar dicho objetivo. En el tercer capítulo se abordará la distribución del error que el sistema inevitablemente producirá (dadas las condiciones de incertidumbre de la función adjudicativa) y su materialización a través de los estándares de prueba y otras reglas del proceso. La idea fundamental será que, una vez alcanzada una forma adecuada de distribución, ninguna regla o práctica que la altere estará justificada. En el cuarto capítulo se examinará la naturaleza de la práctica de la “valoración negativa”. Finalmente, en el capítulo quinto se tratará el fundamento de la exclusión de la prueba ilícita, con el objeto de determinar si ella se justifica en valores superiores a la disminución del error y a la forma en que adecuadamente se distribuye.
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El procedimiento de exhumación en Chile : regulación y práctica en casos judiciales

Bell Santos, Mariana January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El procedimiento de exhumación es usado en el proceso penal para la identificación, reconocimiento y descripción de la causa de muerte posterior a una inhumación regular. El presente texto tiene como objetivo analizar el procedimiento de exhumación aplicable en Chile desde su regulación normativa hacia su uso práctico en casos judiciales. Así, se pretende entender el procedimiento como excepción a la práctica funeraria chilena sobre el uso de cementerios y el entierro del cuerpo. Pretende, además, vincular su desarrollo al uso de procedimientos científicos en el proceso penal. En este sentido, realizaremos un análisis transversal del procedimiento, integrando una perspectiva jurídica, social y científica forense, que finalizará en la revisión del caso de exhumación del Ex Presidente Salvador Allende, en relación con su objeto, contexto y uso.
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La infracción del debido proceso en procesos por terrorismo durante 1992 a 2002

Felices Mendoza, Maria Esther January 2011 (has links)
Busca la verdad por el cual los procesos de terrorismo transgredieron el principio del debido proceso, a fin de determinar la importancia de este principio procesal en el tiempo, así como de incorporar un correctivo en la legislación peruana, acorde a los tratados y convenios internacionales de Derechos Humanos suscritos y aprobados por el Perú. Este tema es considerado de mucha importancia porque es a partir de los casos por delito de terrorismo que los operadores jurídicos le dan una real dimensión a la aplicación de las reglas del debido proceso en un procedimiento penal, ya que antes de ello por ejemplo la motivación de resoluciones judiciales era nula o escasa, como en el caso, de las Ejecutorias de la Corte Suprema en la que la fundamentación se reducía a mostrarse conforme con lo opinado por el fiscal supremo en un no haber nulidad, sin explicar las razones de su decisión, así ocurrió también al momento de fundamentar un mandato de detención, no se explicaba las presencia de los tres presupuestos concurrentes para dictar detención, no se tomaba en cuenta que la detención era la excepción y la libertad la regla, tampoco se aplicaba el principio procesal del Non Bis In Idem el mismo que solo se aplicaba o conocía en su vertiente material y no procesal, desconociendo que con su aplicación se podía evitar la doble persecución múltiple o sucesiva de un proceso penal en trámite, tampoco se respetaba el derecho de defensa en sus diversas manifestaciones, de esta manera considero que conocer los principios procesales del debido proceso, permite administrar una justicia constitucionalizada, aún cuando se contenga con normas inconstitucionales, como en el caso de los procesos sumarios. / Tesis
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Informe de la Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. N°00655-2010-PHC/TC

Mamani Quispe, Rosmery Janeth 10 February 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad realizar un análisis de los problemas jurídicos encontrados en la Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. N° 00655- 2010PHC/TC, la cual establece que las interceptaciones telefónicas realizadas a Alberto Quimper constituían prueba prohibida y que los medios de comunicación se encontraban prohibidos de divulgar o difundir interceptaciones y grabaciones de conversaciones telefónicas, sin autorización previa. En ese sentido, para comprender los problemas planteados y resolver los mismos, el informe jurídico desarrolla dos apartados. En el primero, se analiza la admisión de la prueba prohibida frente al derecho al secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones y al principio de buena administración y la lucha contra la corrupción para concluir que las intercepciones telefónicas obtenidas con vulneración del derecho fundamental al secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones debieron ser admitidas, basándonos en la excepción de ponderación de intereses. En el segundo, se analiza el rol de los medios de comunicación y la lucha contra la corrupción, para concluir que el Tribunal no podía establecer una suerte de censura previa ni sanción penal por la divulgación o difusión de las conversaciones interceptadas y grabadas. Por último, la metodología empleada para realizar el análisis de la resolución fue la revisión de los principios constitucionales, la normativa nacional e internacional y los conceptos dogmáticos y jurisprudenciales sobre prueba prohibida. / The purpose of this legal report is to carry out an analysis of the legal problems found in the Judgment of the Constitutional Court Exp. No. 00655-2010-PHC / TC, which establishes that the telephone interceptions carried out on Alberto Quimper constituted prohibited evidence and that the The media were prohibited from disclosing or broadcasting wiretaps and recordings of telephone conversations, without prior authorization. In this sense, to understand the problems raised and solve them, the legal report is divided into two chapters. In the first chapter, the admission of the prohibited test against the right to secrecy and the inviolability of communications and the principle of the fight against corruption is analyzed to conclude that the telephone interceptions obtained in violation of the fundamental right to secrecy and the inviolability of the communications had to be admitted, based on the exception of weighting of interests. In the second chapter, the role of the media and the fight against corruption is analyzed, to conclude that the Court could not establish a kind of prior censorship or criminal sanction for the disclosure or dissemination of the intercepted and recorded conversations. Finally, the methodology used to carry out the analysis of the resolution was the review of constitutional principles, national and international regulations, and dogmatic and jurisprudential concepts on prohibited evidence.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°2760 acción de amparo contra Silvia Gastulo Chavez y compañía de Minas Buenaventura S.A.

Ruiz Ledesma, Nelly Victoria 14 February 2023 (has links)
El caso Víctor Taype Zúñiga contra Silvia Gastulo Chávez, Jueza del Quinto Juzgado Transitorio Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, y contra la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A., es un expediente de acción de amparo cuya pretensión es la reposición del trabajador despedido y la suspensión del proceso laboral ordinario donde se dilucidaba su reposición por nulidad de despido, contenido en el Expediente 11889-98 por vulneración al derecho a tener un proceso laboral en un plazo razonable. Luego de ser desestimada por los jueces constitucionales ad quo, el Tribunal Constitucional en última instancia declara fundada la acción de amparo concediendo la reposición del trabajador Víctor Taype por vulneración a la libertad sindical y al fuero sindical, además de determinar la violación al derecho fundamental de toda persona a tener un proceso judicial resuelto en un plazo razonable, reprochando la demora del juzgado laboral. Este informe pretende analizar el contenido esencial del derecho a tener un proceso en un plazo razonable, y su interconexión con otros derechos sustantivos en materia laboral, como es el derecho al trabajo, el derecho de libertad sindical y el derecho de fuero sindical. Para ello, se realiza un análisis dogmático basado en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú, la doctrina sobre fuero sindical, libertad sindical y la teoría de los derechos laborales inespecíficos, como también, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo y los Tratados de Derechos Humanos que desarrollan los derechos humanos laborales. Se concluye que el derecho a tener un proceso en un plazo razonable en materia laboral debe ceñirse a un control de convencionalidad, y de igual forma, debe atender al carácter tuitivo del derecho laboral.
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La prueba científica en el proceso judicial desde la perspectiva de la búsqueda de la verdad procesal

Jáuregui Flores, Gustavo Rafael 05 April 2022 (has links)
El objetivo del trabajo es analizar si existe o no una sobrevaloración de la prueba científica por parte de los jueces y con ello establecer si se ha creado un mito de cientificidad procesal en la búsqueda de la verdad. Desde un enfoque cualitativo, el estudio aplica el método de análisis de fuente documental, principalmente de la doctrina y de la jurisprudencia nacional y comparada, la misma que permite contrastar los hallazgos y resultados. En ese sentido, se concluye que el juez peruano con una limitada formación científica, integral, holística y argumentativa, depende y confía casi exclusivamente de los resultados de los peritajes que se le ofrecen en los casos, sin realizar una valoración o motivación al respecto, lo que podría significar una renuncia al concepto de que el juez es perito de peritos, y dejando que los peritos o expertos sean quienes, en la práctica, decidan y resuelvan el caso, poniendo en riesgo el derecho fundamental al debido proceso y la búsqueda de la verdad objetiva y material. / The objective of this work is to address whether an overvaluation of scientific evidence by judges exists or does not. Thereby, this would address the creation of the myth of scientific based procedures in the search of truth. From a qualitative approach, this study uses an analysis method. Specifically, the doctrine and national and comparative jurisprudence, which allows to contrast the findings and results. This research shows that Peruvian judges with low scientific, holistic and argumentative education rely on the result of the expert reports given to them in cases excluding a further evaluation which results in the resignation of the role that the judges play as peritus peritorum (expert of experts) and, even more severe, leaving the experts to be the ones who, in practice, decide and resolve the process, which compromise the process and the search for objective and material truth.
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El control del juez de los acuerdos arribados en el marco de la conclusión anticipada

Lopez Lopez, Renzo Saul 05 April 2022 (has links)
Este artículo tiene como objetivo analizar los límites del control judicial sobre los acuerdos arribados por las partes dentro de la conclusión anticipada, específicamente, en el supuesto en que el juez rechaza la pena consensuada para establecer una superior, para ello, en base a una metodología dogmática, se ha hecho una revisión de la doctrina, legislación y jurisprudencia vinculada con dicha institución procesal. En esa línea, este trabajo académico se divide en tres partes. En primer lugar, se analizará la figura de la conclusión anticipada para entender sus principales características dentro de nuestro ordenamiento jurídico, por lo que ahondaremos en su naturaleza jurídica, tipología, regulación y diferencias y similitudes que tengan con otras figuras procesales. En segundo lugar, se hace una revisión del control judicial que se ejercer sobre los acuerdos generados en este contexto, centrándonos en el control del quatum de la pena consensuada. Finalmente, a partir de la facultad que tiene el juez de imponer una pena superior a la acordada por las partes, se analiza los límites de dicha potestad que se vinculan con los principios de legalidad, de proporcionalidad, acusatorio y de congruencia. Esto con el fin de que el juez no emplea dicha facultad de forma arbitraria. / The purpose of this article is to analyze the limits of judicial control over the agreements reached by the parties within the plea barganing, specifically, in the case in which the judge rejects the agreed penalty in order to establish a higher one. To this end, based on a dogmatic method law, a review of the doctrine, legislation and jurisprudence related to this procedural institution. In this line, this academic work is divided into three parts. First, the figure of the plea barganing will be analyzed in order to understand its main characteristics within our legal system, so we will delve into its legal nature, typology, regulation and differences and similarities with other procedural figures. Secondly, we analyze the judicial control that is exercised over the agreements generated in this context, focusing on the control of the quatum of the consensual sentence. Finally, based on the power of the judge to impose a sentence higher than that agreed by the parties, the limits of this power are analyzed, which are linked to the principles of legality, proportionality, accusatory and congruence. The object is to ensure that the judge does not use this power in an arbitrary manner.
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El delito de colusión: La prueba por indicios de la concertación y el estándar probatorio

Maldonado Mallqui, Lesly Mattof 09 January 2023 (has links)
El presente artículo busca analizar la concertación, uno de los elementos estructurales del delito de colusión, desde sus aspectos teóricos, probatorios y valorativos, lo cual nos permitirá conocer y abordar la problemática y dificultad de persecución de este delito; considerando además que, es un delito contra la administración pública, los cuales se caracterizan por su clandestinidad y gran complejidad probatoria. En esa línea de ideas, la prueba indiciaria se presenta como un recurso idóneo para enfrentar tal complejidad. No obstante, su uso requiere de estricta observancia; puesto que, de lo contrario no podrá consolidarse la fuerza probatoria necesaria para acreditar la concertación. En ese sentido, este artículo busca brindar una somera orientación a las partes procesales sobre cómo entender, recopilar y ofrecer la prueba indiciaria suficiente para consolidar un argumento probatorio respecto de la concertación. Comenzaremos sentando las bases y requerimientos de probanza con respecto a la concertación para luego proceder conociendo el estándar probatorio establecido en Perú, con respecto a este elemento estructural. Asimismo, procuraremos presentar al lector un estándar probatorio basado en requisitos metodológicos que puedan brindar a la judicatura herramientas para considerar que han alcanzado un estándar probatorio que permita enervar la presunción de inocencia o; por el contrario, concluir que el acervo probatorio no ha sido suficiente para acreditar la concertación en el delito de colusión. / This article seeks to analyze agreement as one of the structural elements of the crime of collusion; For this, we will focus on its theoretical, evidentiary, and evaluative aspects, which will allow us to address the problem and difficulty of persecution considering, in addition, that it is a crime against the public administration, which is characterized by its secrecy and great probative complexity. In this line of ideas, the indicative evidence is presented as an adequate resource to face it. However, its use requires strict observance; since, otherwise, the evidentiary force necessary to prove the concertation cannot be consolidated. In that sense, this article seeks to provide brief guidance to the procedural parties on how to understand, collect and offer sufficient indicative evidence to consolidate an evidentiary argument regarding the agreement. We will begin by laying the foundations and proof requirements on the agreement in the crime of collusion and then proceed knowing the evidentiary standard established in Peru, with respect to this structural element. Likewise, we will try to present the reader with an evidentiary standard based on methodological requirements that can provide the judiciary with tools to consider that they have reached an evidentiary standard that allows the presumption of innocence to be weakened or; on the contrary, to conclude that the body of evidence has not been sufficient to prove the agreement in the crime of collusion.
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Probando el contexto: reflexión sobre el análisis sustancial para la admisibilidad de una acusación respecto al delito de feminicidio y su grado de tentativa

Ato del Avellanal Carrera, Patricio 25 May 2020 (has links)
El artículo 108-B del Código Penal tipifica el delito de feminicidio indicando que la persona “que mata a una mujer por su condición de tal” será reprimida con pena privativa de la libertad. La redacción de aquel artículo ha suscitado controversia respecto a cómo entender la configuración del tipo penal. Luego de que el Fiscal cierra la etapa preparatoria con la formulación de la acusación, emite un requerimiento al juez, el cual corre traslado a las partes para que cuestionen la acusación y después de diez días el juez cita a una audiencia en donde se efectuará, en primer lugar, un control formal de la acusación. De no necesitarse subsanación formal de la acusación, el juez realizará un control sustancial de la acusación. Es en el marco del control sustancial de la acusación en donde el juez evaluará los elementos fácticos (debate sobre los hechos), jurídicos (tipificación) y probatorios (admisibilidad) para determinar si dictará un auto de sobreseimiento o de enjuiciamiento. De la presente evaluación es que se desprenden las interrogantes frente a lo que debe probar el fiscal en su acusación para crear convicción en el juez y así emita un auto de enjuiciamiento en los casos referentes a la comisión del delito de feminicidio o en su grado de tentativa.
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Argumentación de los acuerdos expedidos en el proceso penal de colaboración eficaz

Taboada Guardián, Alexander Daniel 02 June 2020 (has links)
La figura del delator encierra tanto cuestionamiento, más aún cuando su actuación busca algún tipo de compensación por asentar la verdad sobre la mesa. No obstante, esto no ha mermado su utilidad en el sistema de justicia penal. En nuestro país, para hacer frente a los fenómenos criminosos más abyectos de su historia, se han utilizado estos mecanismos con diversos matices para su promoción. La regulación actual, bajo la configuración de un proceso especial circunscrito al principio del Consenso, ha dado lugar a diversas críticas orientadas a la proporcionalidad del beneficio que pueda alcanzar un colaborador eficaz, cuyo alcance conceptual es diferente al de un simple delator. Estas exigencias de proporcionalidad, nos sitúa necesariamente en el plano de la justicia penal negociada, lo que importa una tarea de justificación que relacione los resultados obtenidos, vía colaboración, con el beneficio materia de consenso. Así, se reabre el debate sobre la posibilidad de que se pueda argumentar en ámbitos de negociación, postura negada por autores como Elster y Comanducci. Al respecto, se asume esta posibilidad tras reconocer que, llegar al punto de consenso implica muchas veces una tarea dialéctica previa, sobre todo en el establecimiento de pre acuerdos o acuerdos preliminares, reconociéndose que el colaborador actúa siguiendo sus intereses y que éstos pueden llevarlo a postular condenas, obviamente con renuncia a un juicio previo. Lo sostenido, permite emprender una labor argumentativa a través de la perspectiva pragmática que conlleven a sugerir lineamientos, en búsqueda de la comunicación de razones que justifiquen la razonabilidad del acuerdo finalmente adoptado.

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