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L’avaluació de programes socials en polítiques de regeneració urbana: el cas del Servei Socioeducatiu L’Albada (Lleida), en el marc de la Llei de barris

Simó Solsona, Montserrat 26 September 2012 (has links)
La tesi doctoral es focalitza en l'avaluació de polítiques públiques, concretament, en plantejar el disseny i l’execució d’un projecte socioeducatiu que forma part d'una política integral de regeneració urbana. El projecte objecte d’avaluació, el projecte Albada, forma part del pla de barris del Centre Històric de Lleida. El projecte integral i transversal, que pretén afavorir la regeneració urbana d’aquesta zona, queda inclòs en un marc polític més ampli com és la Llei de barris (2004). L’Albada intervé sobre la situació de risc social lleu o moderat que pateixen els joves (d'entre 12 i 18 anys) a través del reforç de les seves habilitats socials, educatives, emocionals, entre altres actuacions. Es tracta d’una actuació intensiva en el temps (aproximadament d’un any), realitzada en un equipament de nova creació adquirit per l’Ajuntament i amb el suport d’educadores i una treballadora familiar. Els joves parteixen d’un Projecte Educatiu Individualitzat (PEI) on s’hi estableixen els principals objectius i actuacions particulars de cada un. Les activitats que es realitzen a l’Albada van en la línia de reforçar aquestes mancances i contemplen des del reforç educatiu, el suport emocional, el treball dels hàbits socials com també la cura de l’alimentació i la higiene personal. La premissa de partida és un no aïllament dels joves dels seus punts de referència com és la família i el barri on viuen, és per això que a l’equipament no es pernocta i que aquest està ubicat dins del mateix Centre Històric. La tesi parteix d’un doble objectiu precisament de caire metodològic. En primer lloc, dissenyar un pla d'avaluació, en segon, executar aquest disseny avaluatiu en el cas de l’Albada per contrastar la seva validesa. Partint d'aquests, la tesi té un doble marc teòric, d'una banda la regeneració urbana i de l'altra, l'avaluació com a concepte teòric i com a disseny avaluatiu de recerca. El disseny avaluatiu recull la influència de la perspectiva teòrica de l'Avaluació basada en la teoria (TBE). L’aproximació basada en la teoria posa l’èmfasi no només en els resultats sinó també en el procés de com aquests han estat generats. Informa de la “caixa negra” de les polítiques públiques a través de contrastar la teoria del programa. El disseny s’estructura en tres grans fases, la identificació del marc de referència, el disseny i l’execució d’aquest. Pel que fa al disseny aquest es compon de tres etapes que permeten fer emergir la teoria del programa, contrastar-la i redefinir-la. L'execució de cada fase es porta a terme a través d'entrevistes en profunditat a actors clau: gestors del projecte, educadores, joves i famílies. Amb tota la informació, a la primera etapa s’ha dibuixat una teoria del programa que explica l'estructura dels resultats com també els mecanismes que els enllacen. En aquest moment, és una assumpció de com es preveu que funciona el projecte segons la visió dels gestors del mateix. També s’informa de la jerarquia d’objectius i dels efectes no previstos (tan positius com negatius). A la segona etapa, aquesta teoria del programa esbossada pels gestors, és corroborada, ampliada i matisada per part del grup de professionals implicats en el projecte (educadores i treballadores socials del Centre Històric) com també per part dels beneficiaris del projecte (joves i llurs respectius familiars, en aquest cas, les mares). En aquesta segona etapa també s’aporten nombrosos exemples dels resultats aconseguits, del com són aconseguits i en alguns casos, de com no són aconseguits. En la darrera etapa, la teoria del programa es refinada amb tota la informació recollida en les etapes precedents i s’ofereix una visió global, posant també especial atenció a les ruptures de la teoria del programa i a quin són els mecanismes que expliquen aquests trencaments. Aquesta tesi doctoral pretén assajar aquest disseny avaluatiu exhaustiu i testar fins a quin punt els resultats esperats s’acaben generant, i per tant, els joves que participen d’aquest recurs, tenen més habilitats per trencar el relleu generacional del risc que pateixen. / The thesis focuses on evaluation of public policies, in particular to design and execute evaluation process of socio-educational project included in an urban regeneration project. The project evaluated, called Albada is part of the Neighborhood Plan of the historic center of Lleida. This comprehensive and transversal project aims to promote the regeneration of this area. All the neighborhood plans are included in a broader political context as the Neighborhood Law (Llei de Barris, 2004). The Albada project treats young people (aged 12 to 18 years) who are in low or moderate social risk situation. The project tries to strength their social skills, educational, emotional, among other actions. It is an intensive time action (about one year), located in a newly purchased equipment by the City Council, with the support of educators and social worker. Young people are guided by an Individualized Education Project (IEP) where it establishes the main objectives and activities for each one. The initial premise isn't insulating young persons from their references: family and neighborhood where they are living. For this reason, youth aren’t overnight in the center and it is located within the Historic Center. The thesis has two methodological objectives: first, design an evaluation plan, secondly, execute this evaluation design to test its validity. Based on these two objectives, the thesis has a dual theoretical framework, on one hand, urban regeneration and on the other hand, evaluation concept and evaluation research. The design is based on theory-based evaluation approach (TBE). This perspective emphasizes not only the results but also the process of how they were generated. This lets inform about the "black box" of public policy using program theory. Evaluation design is divided into three phases, identifying the reference framework, design and implementation of evaluation plan. Related to evaluation design, this consists of three stages that allow emerge theory of the program, contrast and redefine it. The execution of each phase is carried out through indepth interviews of key stakeholders: project managers, educators, youth and families . With all collected information, it allows draw a program theory that explains the structure of results as well as the mechanisms that link them. Also results report unintended effects (positive and negative), and tell break ups in theory program.
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Governança, innovació econòmica i social en dos territoris subnacionals europeus El Black Country (West Midlands) i el Vallès Occidental (Catalunya)

Pradel Miguel, Marc 02 March 2012 (has links)
Aquesta tesi analitza de forma comparada la creació de mecanismes de coordinació subregionals per al desenvolupament econòmic en dos contextos nacionals diferents: Espanya i el Regne Unit. Des dels anys noranta assistim a una descentralització creixent de les polítiques vinculades al desenvolupament econòmic que ha comportat que el nivell local i regional siguin partícips d'iniciatives per a generar ocupació i creixement econòmic dins el seu àmbit d'actuació. Aquesta descentralització s'emmarca en una perspectiva econòmica que els Estats nacionals occidentals assumeixen i que assumeix que les relacions socials i la proximitat juguen un paper en el desenvolupament econòmic, de forma que són els actors econòmics i polítics locals i regionals els qui poden generar ocupació i creixement econòmic a través d'un entorn adequat i unes relacions de confiança entre els actors. Seguint aquesta aproximació, la UE ha estat clau en el desenvolupament de polítiques locals i regionals per al creixement econòmic. El procés d'integració europea ha comportat un nou marc d'oportunitats per als actors que operen a l'escala local, ja que a través dels diferents programes europeus finançats amb el Fons Social Europeu i amb els Fons Estructurals han pogut implicar-se en la provisió de polítiques d'ocupació i de desenvolupament econòmic. En aquesta tesi s'analitza com, dins d'aquest marc europeu, en alguns territoris subnacionals profundament industrialitzats els actors locals estan desenvolupant polítiques i formes d'organització per tal de transformar l'economia l0cal, lluitar contra l'atur, i fer el territori competitiu. Entenem territori no com una simple unitat geogràfica sinó com una construcció social que es configura a través de relacions econòmiques, socials i polítiques més o menys fortes entre diferents actors en un espai geogràfic determinat (keating 1998). Aquesta tesi es centra en l'anàlisi de territoris que s'han conformat a través de les relacions de producció industrial sorgides a partir dels segles XVIII i XIX. Els dos territoris analitzats són la comarca del Vallès Occidental, dins la regió metropolitana de Barcelona, i el Black Country, situat a la conurbació de West Midlands, liderada per Birmingham, al Regne Unit. L'elecció dels dos territoris respon al seu caràcter d'antics districtes industrials i al fet que ambdós han participat en programes europeus per al foment de la descentralització de polítiques i la regeneració econòmica, com els Pactes Territorials per l'Ocupació. Aquest tipus de territoris són d'especial interès perquè durant el segle XIX van conformar sistemes de producció locals similars als que els diferents governs i la UE promouen a través de la descentralització, i mantenen certs elements en termes de normes, valors, organitzacions i sentiment d'identitat comú. A través del seu estudi volem veure en quina mesura aquests elements històrics influeixen positivament o negativa en la creació d'estratègies per al desenvolupament econòmic, i en quina mesura aquestes estratègies són innovadores, parant així atenció a la tensió entre dependència històrica i innovació. Ens referim aquí a una innovació de caràcter social que permet noves formes de satisfacció de necessitats humanes i la transformació de les relacions entre els individus i entre els grups dins d'una comunitat (Moulaert i Nussbaumer, 2005). Dins d'un territori existeixen un conjunt de relacions socials que el defineixen i que estan condicionades pel seu desenvolupament històric: relacions de mercat, de treball, professionals, i de governança. No obstant, els actors locals poden generar processos d'innovació que transformen aquestes relacions socials i permeten noves formes de cobrir necessitats no cobertes fins aleshores, contribuint a fer front a l'exclusió social. Per tant, no es vol analitzar només el desenvolupament econòmic del territori a través de formes de noves formes d'organització col·lectiva sinó veure l'impacte en termes d'innovació social. / This research analyses, in a comparative way, the creation of subregional coordination mechanisms for economic development in two different national contexts: Spain and the United Kingdom. Since the nineties we are witnessing a growing decentralisation of economic development policies, which has brought increasing involvement of local and regional levels in these policies. This decentralisation is framed in an economic perspective assumed by national-states that departs from having into consideration that social relations and proximity are key in economic development. Following this approach, the EU has played a central role in the development of local and regional policies. The European integration process has meant a new frame of opportunities for local actors, given that they can be involved in employment and economic development policies through European funds. This thesis analyses how in this European framework in some industrial subnational territories local actors promote policies and forms of organisation to transform local economy, fight against unemployment and making territories more competitive. Territory is understood here as a social construction configured through economic, social and political relations more or less strong between different actors in a given geographical space (Keating, 1998). Following this definition, this research is focused on the analysis of territories that emerged through industrial social relations in the XVIII and XIX centuries. The first territory analysed is the county of Vallès Occidental in the Barcelona Metropolitan Region, which in the past formed an important industrial district based on clothing production. The second territory is the Black Country, in the West Midlands conurbation, which was one of the first industrial districts in history, leaded by Birmingham and oriented towards metal production. Both territories have a strong industrial past and have received European funds for economic development, developing Territorial Employment Pacts. Through the comparison we want to analyse to what extent the historical elements influence the creation of local strategies for economic development and to what extent the strategies are innovative, analysing the tensions between path dependency and innovation. Thus, we want to analyse not only the economic development in the territory through new forms of organisation but also its impact in terms of social innovation.
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Essays on universities and economic development

García Estévez, Javier 11 January 2013 (has links)
This dissertation seeks to contribute to a better understanding of the roles that universities currently play in economic development. This topic is particularly relevant in the current situation, in the aftermath of the world financial crisis, when the leading industrial nations are increasing their support for universities and for scientific research in particular (Hughes and Mina, 2012). The main questions that this dissertation will deal with are therefore the following: How do universities affect economic development? To what extent do universities generate impacts on economic development that would otherwise not occur? These are big questions. We can start by answering smaller questions: What happens in a region in terms of firm creation when a university is created? What is the role of the universities in terms of creating of human capital? What are the effects of the universities on industrial innovation? After the general introduction of the dissertation, the second chapter evaluates the effects of the establishment of new universities by measuring its impact on the formation of new firms. I study this effect making use of the differences-in-differences methodology. I create a quasi-experimental design based on the enacting of the Spain’s 1983 University Reform Act (LRU), which opened the door to the foundation of new universities and faculties. The results indicate that the establishment of a new university has a positive and significant effect on new firm start-ups. When the analysis is carried out at faculty level, the findings indicate that the foundation of science and social science faculties has had a marked impact on the creation of firms. The third chapter aims to analyse university characteristics that affect the graduation rate, and to determine whether regional characteristics influence university performance in terms of graduation. The results show that university expenditure has been a key determinant of the graduation rate in Spain over the last decade. Moreover, results obtained through quantile regression analysis show that a policy of increasing university expenditure only makes sense for universities with low graduation rates. However, universities whose graduation rates do not belong to the 20th percentile can improve their ranking by raising financial-aid to students. The universities’ roles in industrial innovation are tested in chapter fourth. Four different roles of universities are analysed: 1) as source of information, 2) as a partner of cooperation, 3) as an agent helping to enhance absorptive capacity and, 4) as a supplier of R&D services. The main findings can be summarised as follows. Firstly, the role of universities as a source of information and knowledge is found to be a very important channel in enhancing firms’ innovative performance. Secondly, carrying out formal collaboration with universities in order to perform research is a very effective mechanism for improving firms’ innovation outcomes. Moreover, the effect of collaborating with universities over four years is found to have a strong and positive impact on firm innovative performance. Thirdly, universities as a creator of highly skilled workers are found to be one of the natural and most important mechanisms through which they boost innovation. Finally, universities play another role in the innovation process as suppliers of R&D services. It is confirmed that firms that undertake the development of complex innovations buy R&D services from universities. In a nutshell, the dissertation’s chapters are concerned with questions of universities and economic development. The first two of them with a regional perspective - firm location and creation of human capital - and the other deals with the links between universities and industry. Overall, this dissertation provides strong evidence for the importance of universities and demonstrates the wide range of mechanisms by which universities influence economic development.
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Comptabilitat i els reptes de l'actual "management" empresarial, La. Des de la rendició clàssica de comptes fins a la comptabilitat i auditoria social.

Morrós Ribera, Jordi 31 January 2002 (has links)
La tesi està estructurada en quatre parts i les conclusions finals. A la primera part realitzem una introducció a l'evolució de la comptabilitat i del management. L'objectiu de partida a l'hora d'elaborar aquesta breu panoràmica evolutiva era la de trobar-nos preparats per afrontar un terreny d'investigació que intuíem estretament interrelacionat entre el camp de la comptabilitat i el del management. En aquesta part introductòria realitzem a continuació una presentació de les línies d'investigació principals, i quina o quines poden ser, segons el nostre parer, més aplicables a la Comptabilitat i Auditoria Social (CAS). Finalment fem una presentació de l'evolució de la CAS sota diferents perspectives. En primer lloc ho fem des d'un punt de vista conceptual i històric. A continuació ho presentem respecte d'aquells camps que s'hi troben interrelacionats i, finalment, presentem alguns dels àmbits temàtics principals i una síntesi de l'evolució a diferents països, fins a arribar a una de les primeres normes com és la Social Accountability 8000 (SA8000), la qual encara no és una norma genèrica sinó una especialització per a un camp concret tal com tindrem ocasió d'exposar.La segona part té l'objectiu de presentar les eines pròpies de la CAS des d'una perspectiva instrumental. Fem una presentació de l'enfocament dels stakeholders propi de la planificació estratègica de les organitzacions, junt amb una perspectiva que considerem prèvia a la CAS que és la del corporate citizenship, i dues possibles línies metodològiques per a la CAS. La del centre Info Suisse de Friburg, que considerem alternativa a l'enfocament adoptat en aquesta tesi, i finalment l'enfocament que creiem més prometedor que és el de la New Economics Foundation (NEF).La tercera part entra de ple en l'anàlisi de la primera norma genèrica existent sobre CAS la norma AA1000 de l'Institute of Social and Ethical AccountAbility, molt estretament vinculat a la NEF, i una presentació d'un document d'una associació professional de comptables, que l'hem trobat interessant d'analitzar pel que suposa d'aproximació des del món de la comptabilitat financera a la CAS.La quarta part té com a objectiu la presentació d'experiències aplicades de CAS. Més endavant justificarem la selecció de les entitats incloses en aquesta part. En aquest moment subratllarem que la primera entitat triada és la multinacional The Body Shop, que hem presentat en primer lloc per trencar la idea preconcebuda que la CAS és una realitat més pròpia del món no lucratiu. La segona entitat inclosa és Traidcraft, que pertany clarament al sector d'entitats no lucratives. L'objectiu d'aquesta part és il·lustrar la diversitat d'aproximacions a la CAS, exemplificades en aquestes dues entitats.
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Silencio administrativo e inactividad. Contribución al estudio de los efectos del transcurso del tiempo en el ejercicio de funciones administrativas

Aguado i Cudolà, Vicenç 31 January 1997 (has links)
El silencio administrativo es una institución cuyo sentido y finalidad depende estrechamente del contexto político y constitucional vigente en cada momento histórico. La evolución del concepto de Estado de Derecho pone de relieve cómo no nace con carácter garantizador sino que responde a criterios organizativos de un Estado que lucha a lo largo de todo el siglo XIX para afirmarse, y evitar que la inactividad administrativa deje abiertos indefinidamente pleitos contra la Administración. Tal carácter garantizador se adquirirá, posteriormente, por la particular evolución constitucional, en la que el poder judicial sustituye al parlamentario en el control de la Administración. La necesidad de fortalecer este acceso al juez favorecerá una visión eminentemente procesal de la institución. En todo este proceso histórico y a diferencia de lo que viene sosteniendo un importante sector de la doctrina española, debe relativizarse el papel que jugó la reclamación previa en los orígenes del silencio administrativo y del carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa. Tal afirmación queda demostrada por diversas razones. En primer lugar por la existencia durante el período entre 1845-1851, esto es desde que se dicta la legislación de lo contencioso-administrativo hasta la aparición de la regulación del silencio administrativo en la reclamación previa, de diversos supuestos legales de silencio administrativo, circunstancia que basta este momento no había sido destacada. La aplicación jurisprudencial de tales preceptos pone de relieve corno se pretende cerrar los plazos de interposición de recursos contencioso-administrativos. El gran quebranto patrimonial y económico que provoca a la hacienda pública determinados asuntos lleva a que se implante el silencio administrativo como la técnica computar plazos perentorios, a través de la doctrina del acto consentido. En segundo lugar, también lo demuestra el largo periodo existente entre la implantación del silencio administrativo en el ámbito de la reclamación previa (1851) y la primera regulación general del silencio administrativo, acontecida para la esfera local con los estatutos municipal y provincial de Calvo-Sotelo. Si tan decisiva fue la influencia de tal reclamación, ¿por qué debió esperarse hasta los años '20 de nuestro siglo para generalizar la técnica del silencio? En tercer lugar, la escasa influencia que tuvo en si mismo el precedente de la reclamación previa en la redacción de los Estatutos de Calvo-Sotelo que toman como referente la legislación francesa de 1900 y la jurisprudencia emanada del Consiglio di Stato italiano.La distinción entre el silencio positivo y negativo es fruto de las construcciones realizadas por la doctrina italiana en los años '30 y retornada posteriormente por la doctrina española hacia los años '50. En ambos períodos existe un contexto político e institucional muy similar en ambos países, en el cual la doctrina trata de potenciar al máximo el control de los jueces sobre la Administración, objetivo que deviene la pieza central del sistema jurídico.La denuncia de la mora es fruto de la incorporación a nuestro ordenamiento del ona di diffida del Derecho italiano, creado jurisprudencialmente por la decisión de 1902 del Consiglio di Stato "Caso Longo' y positivizada por la Ley italiana sobre municipios y provincias. Esta incorporación la realiza el Sr. SERRANO SÚÑER, entonces diputado de la CEDA, en la Ley municipal de 1935, aprobada por las Cortes republicanas del denominado "bienio negro". La denuncia de la mora se introduce, como demuestran los debates parlamentarios de 1935, para evitar a los particulares los perjuicios de la doctrina del acto consentido. Se concibe, pues, como un correctivo o forma de suavizar la concepción más rígida y clásica del silencio. Las anteriores consideraciones podrían tenerse en cuenta, a mi juicio, en una futura reforma legislativa. Así mientras puede ser conveniente la supresión de la certificación de acto presunto en el ámbito del silencio negativo, ello para facilitar a! máximo la tutela jurisdiccional de los ciudadanos, cuestión distinta es que deba hacerse lo mismo en el ámbito del silencio positivo. Los posibles perjuicios que puede producir la aplicación automática de plazos al interés público pueden ser mitigados por un requerimiento o intimación previa a la Administración pública.La inactividad administrativa puede y debe ser estudiada desde el comportamiento opuesto la actividad. Al atribuir efectos jurídicos a la inactividad, el ordenamiento pretende en muchas ocasiones venir a asimilar esta situación a una actividad administrativa expresa. Tal punto de análisis debe ser efectuado a través del concepto técnico de función y del análisis de sus elementos. Así puede realizarse una clasificación de la inactividad desde el elemento subjetivo (inactividad de efectos unilateral y multilaterales e inactividad en relaciones unilaterales y contractuales o negociadas), desde los elementos atributivo y final (inactividad en la Administración de dirección y control e inactividad en la Administración prestacional y de incentivación) y desde el elemento objetivo o de resultado (inactividad jurídica, ya sea de carácter sustancial ya sea de carácter formal, e inactividad material).A través de una panorámica general de diversos tipos de potestades administrativas puede constatarse como el factor tiempo produce efectos de muy diverso alcance. En unos casos la concurrencia de un interés pública muy intensa justifica una relativización de las exigencias de seguridad jurídica y, por tanto, implica que el tiempo no tenga ninguna o muy escasa relevancia en el ejercicio de la potestad. En cambio, en otros supuestos, la presencia de unos determinados derechos y la menor lesión que éstos pueden causar al interés público, justifica que se marquen unos plazos precisos, transcurridos los cuales el ejercicio de la potestad decae. El examen de los diversos ámbitos analizados plantea, asimismo, la constante dialéctica entre prescripción y caducidad. Debe señalarse que, en principio, la caducidad es en principio la más adecuada en el ámbito de las Administraciones públicas, pues evita que la Administración pueda refugiarse cómodamente en sus plazos, interrumpiendo sucesivamente el cómputo de los mismos. No obstante, esta regla no puede generalizarse ya que se constata que determinados ámbitos responden más adecuadamente a la prescripción, por cuanto no existen necesidades imperiosas de seguridad en el tráfico jurídico que deban suponer la imposibilidad del ejercicio de la potestad transcurrido un determinado período. Por otra parte, debe advertirse como de esta panorámica general se desprende que la caducidad administrativa no tiene un régimen absolutamente homogéneo, distinto de la caducidad civil, como algún autor ha señalado, sino que difiere sensiblemente según se contemple: bien como un límite a! ejercicio de potestades administrativas o bien como un limite a los derechos de los particulares.La técnica del silencio positivo supone esencialmente un límite al ejercicio de una potestad administrativa que se somete a un plazo de caducidad, transcurrido el cual al particular se le reconoce un status, una situación que la Administración debe respetar. La aproximación del silencio positivo a la caducidad dependerá con el grado de automatismo con el ordenamiento articule aquella técnica. Si se quiere potenciar el principio de seguridad jurídica frente al de legalidad, ambas instituciones se aproximarán en gran medida. Por el contrario, si se busca asegurar ante todo el respeto a la legalidad existirá un mayor distanciamiento y el tiempo será un elemento más, pero no el decisivo para resolver la inactividad de la Administración.El silencio positivo no supone, como mantiene un importante sector doctrinal, la modificación de la potestad autorizatoria, sustituyéndola por un veto. Tal afirmación nos llevaría a concluir que la Administración puede o no resolver discrecionalmente las solicitudes de los ciudadanos, cuando en definitiva existe una obligación de resolver. En realidad no se modifica la potestad sino que se establece un límite a su ejercicio. Por otra parle si se produjera tal modificación, una vez producido el silencio positivo no estaríamos ante un poder de revisión de una actuación administrativa, sino ante mera actividad de limitación. En cambio, la técnica de la comunicación previa se asemeja en mayor medida a la existencia de una potestad de veto, por cuanto el órgano competente, por lo general, sólo intervendrá a través de su actividad de limitación cuando lo que se comunica fuera contrario a la legalidad y a! interés público. De lege ferenda podría plantearse el silencio positivo como mecanismo alternativo al ejercicio de potestades administrativas y configurarlo, de esta forma, como un instrumento de simplificación administrativa. La notable ampliación de los supuestos de silencio positivo producida por la legislación vigente viene a cuestionar gran parte de la existencia de autorizaciones administrativas previas. Sin duda la gran dimensión que adquiere en nuestro país el problema de la inactividad jurídica viene propiciada por el gran número de autorizaciones administrativas previas existentes, muchas veces sin una justificación adecuada. En gran parle ello es consecuencia de una tradición intervencionista propia de nuestra historia reciente, donde la regla general era la prohibición que había de excepcionarse, caso por caso, a través de un pronunciamiento administrativo expreso. El ordenamiento vigente ha mantenido y a veces incluso ha incrementado el número de autorizaciones previas pese a haber cambiado sustancialmente el marco constitucional. Por ello planteo como propuesta, desde una perspectiva de lege ferenda, la necesidad de invertir la regla existente, estableciéndose la autorización previa como una exigencia excepcional a través de la correspondiente Ley y con la finalidad de proteger o tutelar un bien o interés jurídico relevante. Ello no supone privar de poderes a la Administración, sino trasladarlos a un momento posterior, esto es, durante la realización de la actividad sujeta a control.El silencio positivo tiene su ámbito natural de operatividad en el ejercicio de potestades regladas, por cuanto si se establece con relación a potestades discrecionales deja de ser un mero límite del poder y estaría conformando el propio ejercicio del poder que corresponde a la Administración pública. Con todo, no debe descartarse a priori la aplicación del silencio positivo en el caso de potestades discrecionales, tal como lo confirma la existencia de supuestos significativos (v.gr. la aprobación por silencio de planes de urbanismo). En realidad, debe atenderse a un análisis casuística en el que se valoren los intereses públicos y privados en presencia, de forma similar a como acontece en la suspensión del acto administrativa.Limites materiales respecto al silencio positivo son los supuestos en que se transfieran a los particulares facultades relativas a! servicio público o a! dominio público. La noción de servicio público que utiliza la legislación al regular el silencio no puede ceñirse en los casos de gestión indirecta a la concesión, arrendamiento o concierto, pues estos límites se establecen precisamente respecto a autorizaciones regladas. Por ello cabe incluir dentro de la noción de servicio público a aquellos casos que han sido calificados doctrinalmente como servicios públicos impropios o servicios de interés público. Por su parte, el dominio público como límite a! silencio positivo tiene su fundamento constitucional en la nota de imprescriptibilidad que caracteriza el régimen de este tipo de bienes, según establece el art. 132 de nuestro Texto fundamental.En el ámbito de las relaciones interadministrativas rigen otros principios que constituyen un límite no respecto al silencio positivo, sino en relación al silencio negativo, como es la garantía institucional que constituye la autonomía de los entes sometidos a control. Por tanta estamos en un campo adecuado para la operatividad del silencio positivo por cuanto tales relaciones implican una armonización de diversos intereses públicos. Además, pierden en este ámbito su razón de ser la exclusión del silencio positivo en relación a! dominio o al servicio públicos, por cuando aquí no se produce una transferencia de facultades públicas a particulares. De esta forma, no rige en este ámbito esquema típico del derecho preexistente, propio de la posición jurídica del ciudadano respecto a la Administración pública.La exigencia de resolver las peticiones de los ciudadanos se instrumenta tendencialmente en nuestro ordenamiento como una obligación y no como un mero deber, constituyendo una regla fundamental que vincula la actuación de las Administraciones públicas. No obstante, la plena efectividad de esta obligación dista de estar garantizada, siendo satisfecha en la mayoría de las ocasiones a través de remedios sustitutivos que no son plenamente satisfactorios. Será necesario no concentrar las soluciones en el momento del incumplimiento, sino actuar de forma preventiva, buscando mecanismos de simplificación administrativa, y potenciando la figura del procedimiento como instrumento a través del cual concurren diversos intereses, públicos y privados, que pueden coadyuvar a la impulsión de la actividad administrativa y a! cumplimiento de la obligación de resolver.La inactividad en la producción de informes y dictámenes, que no tengan la calificación de determinantes, no produce efectos substantivos, sino meramente procedimentales, en cuanto se considera evacuada o cumplido el trámite. Los efectos favorables que se atribuyen al informe o dictamen levantan el carácter preceptivo que pudiera tener el mismo, pero no dispensan al órgano administrativo competente para resolver de su obligación de motivar, por lo cual deberá recabar los elementos de juicio necesarios para fundamentar su decisión final, so pena de nulidad.La inclusión del silencio administrativo en la teoría del acto administrativo ha venido favorecida por la asunción de un concepto amplio, cuanto no meramente descriptiva de éste último. Tal concepción amplia ha venido facilitada por la necesidad de extender el ámbito de control de la jurisdicción contencioso-administrativa. La articulación de esta jurisdicción como tuteladora de derechos e intereses legítimos y no como meramente revisora de un acta, debe llevar a buscar un concepto preciso de acto administrativo. Dentro del mismo no cabe incluir a! silencio, por cuanto ambos constituyen realidades diversas, si bien tienen algunos efectos comunes. Tal diversidad puede constatarse en su propio origen por cuanto que en un caso se llega a la terminación normal del procedimiento, mientras que en el otro la administración esta incumpliendo precisamente su obligación de resolver, y por tanta se sitúa claramente fuera de la legalidad. En cambio, no es un argumento absolutamente concluyente afirmar que el silencio administrativo no es un acto en base a la inexistencia de una voluntad de la Administración. Hay que advertir que en los casos de silencio administrativo puede existir una voluntad de la Administración que no ha podido ser exteriorizada e impedir el transcurso del plazo para resolver. Cuestión distinta es que el ordenamiento la tenga o no en consideración para atribuir los efectos del silencio. Del estudio del silencio a través de los elementos del acto administrativo debe distinguirse entre perfección, eficacia y validez, categorías que si bien están estrechamente interrelacionadas entre sí, operan en planos distintos. La perfección del acto presunto es aquella situación jurídica en virtud de la cual, concluido su proceso formativa, se produce el nacimiento del acto presunto, mediante la constatación de la ausencia de actividad administrativa, con efectos suspensivos sobre el plazo legalmente establecido, durante el transcurso del mismo, ante la presentación de una solicitud por un interesado. Decimos ausencia de actividad administrativa con efectos suspensivos sobre el plazo y no inactividad, por cuanto es posible que haya habido actividad administrativa, si bien la misma no ha podido ser exteriorizada de forma efectiva en el plazo marcada legalmente. La no perfección del denominada acta presunto supone la inaplicación del régimen jurídico prevista para el mismo por la legislación vigente. En cambio, la contradicción del acto con el ordenamiento jurídico puede implicar la invalidez del acto presunto, que deberá ser declarada a través de los procedimientos establecidos, pero no su inaplicación. / This dissertation provides a scientific analysis of the concept of lack of official response from an authority ("administrative silence") not only from the perspective of the administrative act -which is the traditional approach-, but also and more importantly from that of the theory of power and administrative procedure. The dynamics of "administrative silence" goes beyond the mere production of the so-called "presumed act". It emerges from an administrative procedure, and in certain cases, its effects have an impact on the exercise of "administrative power" itself, thereby falling within the scope of "legal inactivity", in both its material and formal aspects. From this perspective, one may argue for the existence of several legal systems which-although differing in their view of the concept of 'administrative silence'-share certain guidelines and criteria, established from the perspective of administrative power and procedure. The system proposed is not restricted to the limited, albeit useful, concept of administrative act. For the moment, both positive and negative "administrative silence" should be included within the framework of an administrative procedure. This approach shows that it is not a mechanism of administrative simplification -as it has sometimes been suggested-, but a pathology that prevents the completion at which the procedure. Nevertheless, as said before, positive "administrative silence" can not only be examined from a procedural perspective, but should also be included in the theory of power. Thus, two important aims are achieved: the effects of 'administrative silence' on authority can be studied, which in turn enables the identification of those fields in which "administrative silence" can be more suitable. A strict application of the concept of positive "administrative silence" means that the administration, in specific cases, will not be able to exercise the authority it has been granted to defend general interests. This implies that the concept of "administrative silence" must be examined carefully, although in some cases it can also have certain applicability. This, however, would require that each case be evaluated in terms of the importance of time factors in both public and private interests, reconciling them as much as possible.
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Procés de convergència de les polítiques turístiques de la Unió Europea, El.

Arcarons Simon, Ramon 09 March 2001 (has links)
Que es el turisme?, Que entenem per política turística?, Que son les polítiques turístiques?, ... Es necessària una organització turística?, Com cal organitzar el turisme?, La Unió Europea ha de jugar algun paper en el sector turístic?, ... Totes aquestes qüestions es plantegen sovint entre els mateixos professionals del sector turístic, existint diferències substancial entre els mateixos professionals, ja que no hi ha una sola resposta en cap dels casos, depenent del lloc on es trobi el professional i dels diferents interessos turístics que cadascun defensi.Justament, l'objecte d'aquesta Tesi Doctoral és el d'analitzar les diferents interrelacionsexistents entre les actuacions que la Comunitat ha portat a terme dins dels diferents àmbits d'actuació, davant de les nombroses afectacions que pot generar el sector turístic, des de la creació de les Comunitats Europees fins a l'aprovació,entrada en vigor i posterior desenvolupament del Tractat de la Unió Europea(apartat t de l'article 3), i les possibilitats que planteja per al sector turístic i el seu futur l'aplicació i desenvolupament del principi de subsidiarietat, com a part d'un procés que possibiliti una convergència turística real de les diferents "polítiques turístiques" de la Unió Europea.
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Tipo penal en Beling y los neokantianos, El.

Cardenal Montraveta, Sergi 10 December 2001 (has links)
La teoría general del delito pretende reunir y articular en un sistema los presupuestos necesarios para la imposición de una pena. Esta pretensión y su justificación es generalmente compartida. No obstante, como puede fácilmente advertirse de las definiciones del concepto de delito propuestas por los diversos autores, históricamente la articulación de los presupuestos de la pena ha tenido lugar de manera muy diversa. El debate sobre esta cuestión se mantiene en la actualidad. El objeto de este trabajo es la exposición y el estudio crítico de la introducción de la tipicidad como elemento de la definición y la teoría general del delito, así como del significado y la trascendencia que Beling y los autores neokantianos otorgaron al tipo penal.Este estudio se inicia con la exposición del pensamiento de Ernst Beling porque -como se reconoce por la doctrina- es este autor el que introdujo la tipicidad como categoría autónoma en la definición de delito e inició, de este modo, la moderna teoría del tipo penal. La primera parte de este trabajo está dedicada al análisis de la concepción del tipo penal que Beling propuso a partir de sus "Die Lehre vom Verbrechen" y la tercera edición del "Grundzüge des Strafrechts", que se publicaron en 1906 y 1905 respectivamente. Asimismo, hacemos referencia a los objetivos que este autor se propuso, a su concepción sobre el método de la ciencia del Derecho, y al significado que anteriormente la doctrina había dado al concepto de tipo.En gran medida, la diversidad en el modo de articular los presupuestos de la pena, así como las diferencias en el contenido, el significado y la función de las categorías en las que aquéllos se han agrupado históricamente, responde a la diversidad de las perspectivas metodológicas desde las cuales se ha abordado aquella pretensión. Por esta razón, después de analizar la obra de Beling, hemos dedicado la segunda parte de este trabajo al análisis del concepto y la trascendencia que otorgaron a la teoría del tipo los autores neokantianos, centrando aquí la atención en su concepción acerca del método de la ciencia del Derecho y la plasmación que hicieron de él en la teoría del tipo los penalistas más destacados: M.E. Mayer, Mezger y Sauer.
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Análisis de los efectos económicos de la Unión Económica y Monetaria: el papel de los "shocks" asimétricos.

Ramos Lobo, Raúl 15 April 1999 (has links)
Uno de los temas que ha suscitado un mayor debate económico durante los últimos años ha sido el proceso de integración económica y de unificación monetaria llevado a cabo por los países europeos. En este contexto, la Tesis Doctoral se centra en el análisis de la eficiencia económica del área monetaria formada por dichos países. La mayor parte de los estudios realizados hasta el momento sobre esta cuestión toman como punto de partida la teoría sobre la determinación de las áreas monetarias óptimas (optimum currency areas). Dicha teoría intenta responder a la pregunta: ¿cuál es el dominio más apropiado para una área monetaria?, es decir, ¿cuándo es preferible para un conjunto de países establecer un sistema de tipos de cambio fijos de manera irrevocable frente a dejar flotar libremente sus monedas? De este modo, el punto central de dicha teoría, y de la Tesis Doctoral, consiste en evaluar si las ganancias que se esperan conseguir como consecuencia de la adopción de una nueva moneda superan los costes asociados a la misma. En la primera parte de la Tesis Doctoral se lleva a cabo un breve resumen cronológico sobre el proceso de integración en Europa dado que el análisis de los efectos económicos de la UEM también debe considerar el marco político e institucional en que tiene lugar la unificación monetaria. En la segunda parte de la Tesis Doctoral, se muestra que la reducción en los costes de transacción asociados a los distintos tipos de cambio existentes entre los países europeos y la eliminación de la incertidumbre sobre la evolución de los mismos son los principales beneficios de la moneda única, beneficios a los que hay que añadir los posibles efectos sobre el crecimiento y los derivados del papel que pueda desempeñar el Euro a nivel internacional. En cuanto a los costes derivados de la UEM, el principal es la renuncia de la soberanía nacional sobre la utilización de los instrumentos de política monetaria como mecanismos estabilizadores ante posibles shocks asimétricos (perturbaciones macroeconómicas que sólo afectan a uno de los países participantes o a cada país de manera diferente) que no puedan ser afrontados mediante una política monetaria estabilizadora a nivel europeo. En consecuencia, las ganancias netas del proceso de unificación monetaria dependerán en gran medida de la probabilidad de que se produzcan shocks asimétricos y de la existencia de mecanismos de ajuste macroeconómico alternativos al tipo de cambio en presencia de shocks de estas características. En este sentido, el análisis realizado en torno a los mecanismos alternativos muestra que la existencia de barreras lingüísticas y culturales, las diferencias institucionales existentes entre los mercados de trabajo de los países europeos así como las limitaciones impuestas sobre las políticas fiscales nacionales (que, por otro lado, son necesarias) por el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, restringen considerablemente la capacidad de los países europeos para afrontar con éxito shocks de carácter asimétrico. En consecuencia, el aspecto clave a la hora de evaluar los posibles efectos económicos de la UEM consiste en analizar la probabilidad de que los países europeos experimenten shocks de carácter asimétrico. Desde un punto de vista teórico, la revisión de la literatura existente sobre este aspecto ha llevado a considerar dos posibles escenarios sobre el papel de los shocks asimétricos en la UEM. Por un lado, la visión más optimista es la ofrecida por la Comisión Europea (1990) quien argumenta que los shocks asimétricos en la UEM tenderán a reducirse como consecuencia de dos factores: una mayor coordinación de las políticas económicas nacionales y el incremento en el comercio intraindustrial que estaría relacionado con una mayor similitud entre las estructuras productivas de los países. Por otro lado, la visión alternativa, más pesimista, defendida, entre otros, por Krugman a raíz del trabajo de Kenen (1969) en el que se sugiere que la especialización productiva de un territorio puede llevar a que los shocks sean mucho más asimétricos si se producen a nivel sectorial A partir de ambos escenarios, y dado que la evidencia empírica existente sobre el predominio de los determinantes de uno u otro no es concluyente, en la tercera parte de la Tesis Doctoral se ha abordado de manera directa el análisis del grado de asimetría de los shocks experimentados por los países europeos. En concreto, en los capítulos 4, 5 y 6 se han aplicado diferentes metodologías con la finalidad de abordar dicho objetivo. En el capítulo 4 se ha realizado una primera evaluación de la importancia de los shocks asimétricos en los países europeos a partir del análisis de la producción. Los resultados obtenidos ponen de manifiesto una clara diferenciación entre los países del centro y de la periferia así como un empeoramiento del grado de asimetría de los shocks en los años más recientes. Sin embargo, si se tiene en cuenta que la evolución económica de los países viene determinada tanto por los shocks que han experimentado como por su respuesta a los mismos (a través de diferentes políticas), es posible que una elevada correlación en la evolución de la producción entre dos países pueda deberse tanto a que experimentan shocks de carácter simétrico o a que disponen de instrumentos capaces de absorber el impacto de los shocks asimétricos de manera muy rápida. En este sentido, las implicaciones de una u otra situación en términos del éxito o el fracaso de la UEM serían muy distintas por lo que resulta necesario diferenciar entre ambas posibilidades. Por este motivo en el capítulo 5 se han aplicado dos metodologías distintas con el objetivo de separar las perturbaciones de los otros componentes que pueden originar los movimientos observados de la producción. Se trata, por tanto, de diferenciar entre shocks y respuestas para evaluar si las asimetrías existentes entre los países analizados están relacionadas con el ámbito en que se producen los shocks (nacional o sectorial) y si es posible identificar el principal determinante de estas diferencias (actuaciones del sector público relacionadas con las distintas políticas macroeconómicas o con factores no controlables por los gobiernos). La primera de las metodologías aplicadas, propuesta por Stockman (1988), presenta la ventaja de no imponer ningún tipo de restricción en el comportamiento dinámico considerando tanto la dimensión nacional como la sectorial. Los resultados obtenidos al aplicar el modelo muestran que ambas dimensiones son importantes y que la reducción en la importancia del componente nacional sería el causante de la disminución del grado de asimetría de los shocks . Sin embargo, presenta un inconveniente derivado de la dificultad de distinguir los shocks relacionados con perturbaciones de oferta (no controlables por los gobiernos) de los relacionados con perturbaciones de demanda (que sí lo serían) dado que no utiliza ningún modelo teórico que permita distinguir entre ambos. En cambio, la segunda metodología aplicada toma como punto de partida un modelo teórico de demanda y oferta agregada adaptado al objetivo de la Tesis Doctoral, para posteriormente aplicar un modelo VAR estructural (Bayoumi y Eichengreen, 1992). De esta manera se han obtenido las series de shocks de demanda y de oferta para un conjunto representativo de los países europeos. Los resultados obtenidos apuntan hacia el predominio del escenario más optimista. Sin embargo, como consecuencia de la consideración de diferentes aspectos tanto teóricos como metodológicos que podrían estar llevando a conclusiones engañosas, se constata la necesidad de introducir una medida dinámica de la evolución del grado de simetría entre los shocks. Para ello, en el capítulo 6 se ha adaptado el modelo de coeficientes variables a lo largo del tiempo propuesto por Haldane y Hall (1991) y posteriormente por Boone (1997) para incorporar en el proceso de estimación la existencia de inestabilidad temporal en el grado de asimetría de los shocks experimentados por los países europeos. La especificación de dicho modelo en forma de un modelo state-space y su posterior estimación a través del algoritmo del filtro de Kalman ha permitido obtener una medida dinámica para la asimetría de los shocks de demanda y de oferta obtenidos a partir del modelo VAR estructural presentado en el capítulo 5 que matiza los resultados anteriores y permite identificar más claramente los factores que han impulsado el predominio del escenario más optimista (aunque hay que recordar que no es posible descartar el escenario predicho por la "Nueva Geografía Económica"). De este modo, el análisis realizado en la Tesis Doctoral no sólo aporta conclusiones relevantes sobre la experiencia histórica reciente en términos de la simetría de los shocks sino que también ha mostrado la validez de técnicas econométricas, poco utilizadas hasta el momento en este ámbito, planteando a su vez interrogantes que pueden ayudar a tener un mayor entendimiento sobre los riesgos potenciales y "reales" de la UEM en un futuro próximo.
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Solución metodológica para la estimación del valor patrimonial de la red de carreteras de la Generalitat de Catalunya en el período 1982-1997, Una.

Murillo Viu, Joaquín 24 November 2000 (has links)
Teniendo en cuenta que actualmente el debate sobre el papel de las infraestructuras no se encuentra cerrado, y atendiendo a la especial relevancia que ha cobrado el conocimiento de los "stocks" de capital público de los países y regiones, en este trabajo se explora la posibilidad de identificar una solución metodológica que haga factible la provisión de estimaciones con un grado de detalle inédito hasta ahora en los datos referidos a Cataluña. Así pues, en esta Tesis se plantea tratar a las carreteras como una función específica, cuando el agente es la Comunidad Autónoma de Cataluña y el nivel de territorialización de los datos es comarcal.
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Crisis bancarias y regulación financiera. El seguro de depósitos: apariencia y realidad

Garrido Torres, Antonio 03 July 1990 (has links)
La historia de las crisis bancarias es también la de los intentos por evitar tanto su repetición como sus efectos más negativos. La ampliación y mejora de los niveles de información suministrados a la población, la suspensión temporal de la convertibilidad de los depósitos, el establecimiento de reservas obligatorias del cien por cien, la transformación de los pasivos bancarios en participaciones sobre el activo del precio variable, la regulación y supervisión de las actividades bancarias y la intervención de las autoridades como prestamistas de última instancia, son algunas de las propuestas formuladas y utilizadas en este sentido.El seguro de depósitos ha sido considerado un instrumento que presenta considerables ventajas sobre los anteriores. Frente a la ambigüedad inherente a la figura del prestamista de última instancia, el seguro entraría automáticamente en funcionamiento, eliminaría las ventajas competitivas derivadas del tamaño y, en la medida que evitaría la propagación de movimientos de pánico, sería compatible con el mantenimiento del mecanismo de quiebra. De otro lado, permitiría tanto la relajación de otras formas de regulación como que los costos de las crisis fueran soportados por el propio sector.El objetivo último de este trabajo es realizar un análisis del mecanismo asegurador que, además de mostrar sus bases teóricas e ilustrar la experiencia internacional, proporcione elementos de juicio para valorar su grado de utilidad en un futuro próximo.La exposición se ordena en cinco capítulos. En el primero, una vez recordadas las funciones tradicionalmente asignadas a las entidades bancarias, se comentan los rasgos diferenciadores de la actividad bancaria, concretamente la existencia de asimetrías en la información que impiden a los depositantes distinguir entre riesgos específicos y sistemáticos. Se revisas asimismo las diversas formas de regulación, los posibles modelos de Banco Central así como el debate sobre la forma óptima de regulación.Tras examinar la teoría clásica del prestamista de última instancia y exponer los factores de cuestionan su vigencia en la actualidad, el capítulo segundo se centra en el estudio de los fundamentos teóricos del seguro de depósitos. Para ello se analiza, en primer lugar, el debate sobre sus objetivos, mostrando la existencia de dos opiniones contrapuestas: quienes postulan y asignan a éste únicamente la protección de los ahorradores de medios modestos y aquellos que entienden que su función es el mantenimiento de la estabilidad del sistema. Proseguimos con el exposición de las ventajas y distorsiones imputados al mecanismo asegurador, destacando entre estas últimas los problemas de incentivos del tipo de azar moral y selección adversa. También se aborda la discutida y polémica cuestión de la influencia del seguro sobre los niveles de capital mantenidos por las instituciones bancarias. El capítulo finaliza con un análisis de las medidas adoptadas para paliar estos problemas, así como los efectos de las mismas.El capitulo tercero presenta la experiencia occidental en el campo del seguro de depósitos. Hemos descartado realizar una exposición pormenorizada de las características del sistema de vigente en cada país, optando en su lugar por plantear aquellas cuestiones vinculadas al mecanismo asegurador que parecen más relevantes: la delimitación de su capacidad de actuación y el sistema de financiación. Se comentan, asimismo, las sensibles diferencias existentes en aspectos tales como la extensión de la cobertura, forma de adscripción y administración.La segunda parte del capítulo tercero estudia el esquema asegurador que, sin duda alguna, ha sido el modelo de referencia para el resto de países: la "Federal Deposit Insurance Corporation" estadounidense. Así, tras recordar las condiciones y polémicas que rodearon su creación, se analizan en profundidad los dos tipos de intervenciones mayoritariamente seguidos en la resolución de los episodios de crisis: el pago de depósitos hasta el límite asegurado y la organización de operaciones de compra de la entidad en crisis. Hemos intentado, además, delimitar los factores que inducen a las autoridades a optar por una u otra alternativa. Se exponen, por último, los nuevos procedimientos que las agencias federales norteamericanas se han visto obligadas a adoptar ante el progresivo incremento tanto en el número como en el tamaño de las entidades en crisis.El capítulo cuarto está dedicado al análisis del caso español. En sintonía con la orientación del resto del trabajo se muestran las características del fondo de garantía de depósitos en establecimientos bancarios, comparándolo con los sistemas vigentes en otros países y se realiza una valoración de su funcionamiento y perspectivas de futuro. No obstante, ante la magnitud e intensidad alcanzada por la crisis bancaria en nuestro país, hemos considerado necesario dedicar previamente cierta atención al análisis de sus causas. En ese sentido, y sin descartar lo que hemos convenido en denominar diagnóstico oficial, planteamos algunas hipótesis que creemos pueden contribuir a un mejor conocimiento de las mismas.El siguiente capítulo se inicia con la exposición de las principales críticas que ha recibido los sistemas en vigor, concretamente la eliminación de la vigilancia de los depositantes, el incremento en las pérdidas de las agencias aseguradoras y su incompatibilidad con el proceso de desregulación. Se comentan a continuación las distintas propuestas de reforma del seguro, realizadas en los últimos años y agrupadas en dos grandes bloques: las formuladas por autores cuya preocupación básica es el funcionamiento eficiente de los mercados financieros y las de los que intentan compatibilizar el mantenimiento de la estabilidad del sistema con el funcionamiento de los mecanismos de disciplina del mercado. / The last aim of this work is to analyze the deposit insurance in order to value its utility in a near future.The exposition is arranged into five chapters. In the first one, once reminded the functions traditionally assigned to the banks, the differentiators features of the banking activity are discussed as well as the possible models of Central Bank and the debate about the best method of regulation.After examining the classical theory of the lender of last resort and exposing the factors that question whether this theory is still valid, the second chapter studies the theoretic grounds of the deposit insurance and analyzes its aims, advantages and disadvantages. The third chapter presents the international experience in the insurance field and there is a special mention to the United States model. The fourth chapter is devoted to display the characteristics of the deposit guarantee found of Spanish banks and the value its performance as well as its future prospects. Finally, the fifth chapter begins with an exposition of the main criticisms made to the current deposit insurance. This is followed by an exposition of the different proposals of reform made in the last few years.

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