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Medidas de protección durante el procedimiento penal para menores de edad víctimas de delitos sexuales : derecho chileno y comparadoKlapp Godoy, Isabella Margarita, Levy Book, Tamar January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo analizar las “medidas de protección” aplicadas durante el proceso penal chileno para menores de edad víctimas de delitos sexuales.
El primer capítulo contextualizará al lector sobre la realidad social de los menores, víctimas de delitos sexuales en Chile, mediante estadísticas, definición de conceptos y detallando las consecuencias derivadas de los delitos. En el segundo capítulo, se describen las etapas del proceso penal, a efectos de mostrar los criterios de actuación y la ruta que se debe enfrentar. El capítulo tercero identificará las instituciones intervinientes del proceso penal, cuya obligación principal para este documento, es brindar protección. El cuarto capítulo, analiza las consecuencias de la intervención de la víctima en el proceso, prosiguiendo en el capítulo siguiente, analizando las medidas de protección actuales tendientes a aminorar la victimización secundaria. Finalmente se detalla y compara con nuestro marco legislativo, a modo de referencia, la situación europea de la víctima menor de edad de delitos sexuales
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Adolescentes en la ley de control de armasGonzález Guzmán, Benjamín Eduardo, Gutiérrez Teuber, Javier Ignacio January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo pretende ofrecer un análisis respecto del funcionamiento del sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes en causas seguidas por delitos contemplados en la Ley de Control de Armas, más precisamente respecto a cómo es y cómo debería ser el régimen de concurso de delitos aplicables a adolescentes, habida consideración de la incorporación de una regla especial a la ley 17.798 sobre Control de Armas -artículo 17B inciso primero- que regula dicho tratamiento concursal sin referir consideraciones respecto de su aplicabilidad en causas seguidas contra adolescentes.
Para tal objetivo realizamos un trabajo de sistematización de los estándares, derechos y garantías con que son protegidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. A partir de ahí, se pretende realizar una comparación crítica entre las obligaciones internacionales contraídas por el Estado chileno y el funcionamiento fáctico de la respuesta penal en caso de delitos contemplados en la Ley de Control de Armas cometidos por adolescentes.
Asimismo, se incorpora a lo largo de todo el trabajo un estudio de las discusiones legislativas más relevantes que se suscitaron durante la tramitación de las leyes 17.798 sobre Control de Armas, 20.084, que establece un sistema de Responsabilidad Penal Adolescentes, y 20.813 que incorporó el artículo 17B a la ley de Control de Armas junto con sus reformas más importantes. También se incorpora, en el capítulo IV, datos cuantitativos y cualitativos del tratamiento efectuado por los tribunales de la república a adolescentes en conflicto con la ley de Control de Armas.
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El delito de incendio forestal y su rol en la protección del medio ambienteHip Vigorena, Francisco Andrés January 2019 (has links)
Memoria de Pregrado para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y
Sociales / El legislador ha incluido en nuestra legislación jurídico-penal la tipificación
de un delito que busca castigar a quien incurra en la conducta de “incendiar
bosques, mieses, pastos, montes, cierros, plantíos o formaciones xerofíticas de
aquellas definidas en la ley Nº 20.283”, lo que, para propósitos de este trabajo, se
considerará como un delito de “incendio forestal”.
En cuanto a este delito, su análisis parte por determinar cuál es el bien
jurídico que busca proteger. En su conformación primigenia se ha entendido que,
al igual que el delito de incendio “común”, buscaba proteger el patrimonio,
entendido en términos civilistas, pero aquella concepción ha cambiado,
adaptándose a la necesidad de proteger sistemas ecológicos. Se ha cambiado el
enfoque, por tanto, para pasar a una protección de la seguridad de bienes colectivos
(por el amplio margen de afectación que puede tener un incendio forestal, en
cuanto a su magnitud), pasando últimamente a la protección de bienes jurídicos
con una raíz más bien moderna, como lo es, el medio ambiente.
Para comprender de una mejor manera el delito del que hablaremos, será
necesario descomponerlo en todos sus elementos. Luego de haber determinado el
o los bienes jurídicos que busca proteger, el análisis se centra en aquello que la
doctrina generalmente denomina como “elementos del tipo”. Se determina, por
tanto, quienes pueden ser establecidos como autores del delito, cuál es el objeto
del delito, y cuál es la conducta típica en que se incurre para ser sujeto de la sanción
penal. En este apartado se da cuenta de la dificultad en determinar, por ejemplo,
el sujeto pasivo del delito (lo cual está directamente relacionado con el bien
jurídico protegido), de la relevancia para la existencia de este delito que tiene el
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objeto en que recae (determinando su existencia como una variable particular y
distinguible del delito de incendio), o lo complejo que es definir correctamente de
qué hablamos cuando el legislador utiliza el vocablo “incendiar”, como verbo
rector de la acción típica que nos ocupa.
Luego, será fundamental entender el aspecto subjetivo de este delito, por
cuanto de aquel se colige finalmente la responsabilidad que habrá de determinar
un juez frente a una situación calificable típicamente como un “incendio forestal”.
Es de particular interés el análisis de las formas “culpables” de este delito, por
cuanto la culpa es excepcional en el derecho Penal, y está efectivamente presente
en este caso, en legislaciones anexas a la del Código Penal.
Finalmente, el análisis dará cuenta de las formas especiales de comisión del
delito de Incendio Forestal. Se analiza el Iter Criminis de este delito, determinando
desde qué momento podemos hablar concretamente de un incendio forestal, y si
existe sanción en etapas previas a su consumación. También se hará referencia a
la problemática sobre la existencia de un delito de peligro abstracto dentro de la
legislación, y finalmente, cómo interactúa este delito frente a otros que se puedan
cometer en el mismo contexto, es decir, se hará referencia a los posibles concursos
de delitos que puedan existir.
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El delito de daños a los monumentos nacionales del Artículo 38 de la Ley No. 17.288Donoso Ravera, Carla Andrea January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objetivo la realización de un análisis jurídico sobre la
aplicación del delito contemplado en el artículo 38 de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos
Nacionales. Esta memoria pretende aportar a la discusión y escaso tratamiento dogmático con
el que cuentan, hasta el día de hoy, los delitos relativos a la protección del medio ambiente y al
patrimonio cultural.
En concreto, se ahondará en los orígenes de la necesidad de legislar sobre la protección
a los Monumentos Nacionales, la tramitación del proyecto de Ley N° 17.288, la tramitación del
proyecto de Ley N° 20.021, los elementos de la tipicidad que contempla el delito del artículo 38
de la Ley N° 17.288, a saber, sujeto, objeto material y bien jurídico protegido, la conducta, las
circunstancias típicas y el elemento subjetivo del tipo; problemas de antijuricidad, en relación
con la legitima defensa, el estado de necesidad justificante y el ejercicio legítimo de un derecho;
así mismo se analizará la culpabilidad y las formas especiales de comisión del delito, iter
criminis, autoría y participación, concursos y la penalidad. Por último, se hará una breve
mención a los proyectos de ley más relevantes que se encuentran actualmente en tramitación en
el congreso y que pretenden influir, de distintas maneras, en el delito del artículo 38 de la Ley
N° 17.288.
La metodología utilizada en el presente trabajo será el método dogmático, propio de las
ciencias jurídicas.
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Mecanismos de financiamiento al terrorismo : consagración normativa y análisisGajardo Gajardo, Juan Esteban, Paiva Espinoza, María Belén 01 1900 (has links)
Memoria para optar al Grado Académico de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La necesidad de estudios relacionados con los mecanismos de financiamiento al terrorismo está relacionada con la relevancia que ha adquirido el fenómeno en los últimos años. En ese sentido, es el atentado contra las torres gemelas, el hito que visibilizó internacionalmente los alcances y el poder con el cual cuentan las células terroristas para llevar a cabo sus acciones. La posterior respuesta de la comunidad internacional se enfocó en la creación y adopción de un sinnúmero de legislaciones y políticas destinadas a prevenir y combatir el fenómeno, lo que se plasmó en diversos instrumentos internacionales como el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, la resolución 1373 –que hace exigibles a los Estados parte el cumplimiento de las disposiciones del Convenio-, y las recomendaciones del GAFI. El presente trabajo se estructuró de forma tal que comenzamos mencionando algunos de los distintos mecanismos de financiamiento, continuando con el estudio de las fuentes de nuestra legislación nacional -ya referidas-, además del análisis de la Historia de la Ley 18.314 y de la Ley 20.393. Finalmente, en el último capítulo, se analizó la legislación chilena pertinente (artículo 8 principalmente), contrastada con los mecanismos ya expuestos para determinar si efectivamente los mismos quedan contemplados dentro de la figura analizada, para de esta forma concluir que se requiere de una postura escéptica y crítica respecto de la regulación del fenómeno en cuestión, y que esto en definitiva, nos lleva a confirmar la hipótesis postulada que señala que la normativa nacional actual, no da cuenta de la naturaleza del delito de financiamiento al terrorismo, ni de la complejidad de los métodos en los que puede configurarse la financiación de organizaciones terroristas, y por tanto, no es posible asegurar que la misma sea eficaz al momento de regular, y mucho menos prevenir el fenómeno.
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Informe Jurídico sobre el R. N. N° 341-2015Castro Aliaga, Claudia Bertha 16 August 2021 (has links)
El delito de colusión ha tomado mayor importancia en los recientes años debido a la
cantidad de procedimientos de contratación pública que el Estado es capaz de suscribir.
No obstante, aun existe cierta discusión o confusión en referencia a sus elementos y el
bien jurídico que busca proteger, logrando que exista diversos tipos de pronunciamientos
jurisprudenciales al respecto, algunos más polémicos que otros. Un ejemplo de ello, es el
Recurso de Nulidad N° 341-2015, el cual plantea una concepción del delito de colusión
restrictiva respecto a sus elementos.
En el presente trabajo, realizamos un análisis de la resolución en mención. De esta
manera, hemos identificado tres problemas jurídicos: i) el concepto de funcionario
público para el cargo de Consejero de OSIPTEL; ii) la connotación del elemento
“defrauda”; y, iii) el significado del contexto contractual requerido para el delito de
colusión.
Así, pues, mediante una revisión de la doctrina y jurisprudencia nacional, así como del
análisis de tratados suscritos por el Estado en materia de lucha contra la corrupción,
hemos logrado responder los problemas anteriormente señalados, obteniendo un resultado
diferente a lo expresado en la resolución. Esto toda vez que, partimos del entendimiento
que el bien jurídico de este delito es la imparcialidad del funcionario público, con lo cual
no se requiere un perjuicio patrimonial al Estado, que el contexto contractual debe aplicar
a todas las fases del procedimiento de contratación y, también, que el cargo de consejero
cumple con los requisitos para ser considerado un funcionario público. / The crime of collusion has become more important in recent years due to the number of
public procurement procedures that the State is capable of underwriting. However, there
is still some discussion or confusion regarding its elements and the legal asset that it seeks
to protect, resulting in various types of jurisprudential pronouncements in this regard,
some more controversial than others. An example of this is the Appeal for Annulment
No. 341-2015, which raises a restrictive conception of the crime of collusion with respect
to its elements.
In the present work, we carry out an analysis of the resolution in question. Thus, we have
identified three legal problems: i) the concept of a public official for the position of
Director of OSIPTEL; ii) the connotation of the element “defraud”; and, iii) the meaning
of the contractual context required for the crime of collusion.
Thus, through a review of the national doctrine and jurisprudence, as well as the analysis
of treaties signed by the State in the fight against corruption, we have managed to answer
the aforementioned problems, obtaining a different result than that expressed in the
resolution. This since, we start from the understanding that the legal right of this crime is
the impartiality of the public official, which does not require a patrimonial damage to the
State, that the contractual context must apply to all phases of the contracting procedure and, also, that the position of director meets the requirements to be considered a public
official.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°423-2005, proceso penal seguido contra funcionarios de General Electric S.A.Sztrancman Torres, Mitchel 01 July 2021 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis sobre las controversias legales suscitadas entre
las empresas General Electric y LATAM durante al final de los años 90, aquellos tienen su origen
en 3 contratos de distribución celebrados sucesivamente entre ambas empresas en los años
1992, 1994 y 1996. En dichos conflictos legales, cobran relevancia las figuras de derecho penal
y constitucional como el delito de estafa, la idoneidad del engaño, el deber de auto protección de
la víctima, las medidas de coerción personal, el derecho a la motivación de las resoluciones
judiciales, la procedencia del Habeas Corpus y los límites materiales del Tribunal Constitucional
para pronunciarse en controversias penales. El objetivo del informe es determinar si la conducta
desplegada por los funcionarios de General Electric se configura bajo el delito de estafa y
determinar la competencia del Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre el auto apertorio
de instrucción emitido por el 25° Juzgado Penal de Lima. Finalizado el mismo, arribamos a la
conclusión que no se ha configurado el delito de estafa al no existir un engaño desplegado por
parte de los funcionarios de General Electric. Por otro lado, sostenemos que el Tribunal
Constitucional ostenta competencia para determinar la constitucionalidad del auto apertorio de
instrucción a efectos garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución,
quedando prohibido que este órgano determine la responsabilidad penal de los investigados
pues ello le corresponde al juez penal.
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Con un gran poder, llega una gran responsabilidad: la aplicación del proceso de Extinción de Dominio a grandes casos de corrupción y crimen organizado. A propósito de la Casación N° 1408-2017-PUNOZare Velásquez, Daniela Isabel Jose 17 August 2021 (has links)
El Derecho va cambiando según las necesidades que deba afrontar la sociedad, y
con ello, van surgiendo nuevos tipos penales, otros van actualizándose, e incluso
se crean nuevas formas de combatir el delito a través de procesos especiales.
Siendo esto así, debemos ir a la par de estas actualizaciones, analizando y
cuestionando lo nuevo que nos trae el Derecho. Es por eso que, el objetivo de este
trabajo es, sobretodo, despejar las dudas más recurrentes que existen sobre un
proceso creado para combatir “bienes” que contribuyen a la corrupción, que el
Derecho Penal y Procesal Penal recién están conociendo, y que cobra
protagonismo en la Casación N° 1408-2017-PUNO: el proceso de extinción de
dominio aplicado a procesos de naturaleza compleja como de lavado de activos
cuyo delito previo -en el caso- reside en la minería ilegal. Después de todo, sin el
conocimiento pleno de sus alcances y propósitos, existirá la posibilidad de que se
emitan sentencias que contravengan derechos fundamentales o que supongan una
situación de impunidad. Es por este motivo que se realizará un análisis con
respecto al proceso de extinción de dominio, para entender cuál es su objeto de
aplicación (sobre todo en los casos de minería ilegal y lavado de activos), sus
limitaciones, y cómo es su tratamiento respecto de los terceros de buena fe, para
después compararlo con los modelos instaurados en Colombia y México,
determinando cuáles son sus aciertos y desaciertos, y, en ese sentido, presentar
recomendaciones para un proceso que considero no se le ha otorgado la
importancia debida en la lucha contra la corrupción. / We know that Law is changing according to the needs that society must face, and
with this, new criminal types are emerging, others are being updated, and new
ways of combating crime are even created through special processes. Clarity, we
must go hand in hand with these updates, analyzing and questioning what is new
that Law brings us. This is why the objective of this work is, above all, to clear up
the most recurrent doubts that exist about a process created to combat “assets” that
contribute to corruption, that Criminal Law and Criminal Procedure are just
learning about, and that charges prominence in Cassation 1408-2017-PUNO: the
domain extinction action applied to processes of complex nature such as money
laundering whose previous crime -in the case- lies in illegal mining. After all,
without full knowledge of its scope and purposes, there will be possibility that
sentences will be issued that violate fundamental rights or imply a situation of
impunity. It is for this reason that an analysis will be carried out with respect to
the domain extinction action, to understand what is its object of application
(especially in cases of illegal mining and money laundering), its limitations, and
how is its treatment regarding of third parties in good faith, to later compare it
with the models established in Colombia and Mexico, determining what their
successes and failures are, and, in that sense, present recommendations for a
process that, I believe, has not been given due importance in the fight against
corruption.
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Informe sobre Expediente N° 48004-2007Bobadilla Vásquez, Fernanda Isabel 13 July 2021 (has links)
El presente informe contiene un análisis jurídico del proceso penal ordinario que tiene como imputado a Rider García Inga. Dicho proceso se desarrolla entre los años 2007 y 2009 en el departamento de Lima, bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Código Procesal Penal de 1991. La elección del expediente radica en la vigencia que mantienen ambos códigos a la fecha en Lima Centro y Lima Sur, vigencia que continúa siendo interpretada como un obstáculo frente a la necesidad de constitucionalizar el sistema procesal penal. En esa línea, se tiene como objeto determinar si las interpretaciones realizadas por muchos fiscales, jueces penales y Colegiados se condicen con los principios y derechos
reconocidos por la Constitución vigente. Al respecto, el expediente contiene materias jurídicas de especial relevancia, entre ellas el rol que le otorga la Constitución de 1993 al Ministerio Público dentro de la investigación preliminar, la detención policial, la medida cautelar de mandato de detención, los estándares de sospecha a lo largo del proceso, el razonamiento probatorio y la necesidad de motivar las resoluciones judiciales. A efectos de realizar el análisis, se hace una revisión de las normas, doctrina y jurisprudencia relativas al Derecho Penal y Derecho Procesal Penal, así como de los derechos y garantías procesales reconocidos por la Constitución de 1993 y por el Tribunal Constitucional peruano.
Finalmente, se concluye que Rider García Inga fue víctima de medidas arbitrarias y actuaciones inconstitucionales llevadas a cabo por las autoridades policiales, fiscales y judiciales en su contra, denotándose así una carencia de capacitación de las mismas en materia de Derecho Penal Constitucional, debido a que la vigencia del Código de Procedimientos Penales de 1940 y del Código Procesal Penal de 1991 no debe representar una limitación al respeto del principio de interdicción de la arbitrariedad, a la garantía al debido proceso, al derecho de defensa, al derecho de igualdad procesal, entre otros
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Informe Jurídico sobre el Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima. La atribución de la responsabilidad penal a los extranei por la comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito, en concordancia con el momento de su actuar a lo largo del iter criminal y la existencia de un pactum scelerisYaringaño Campos, Dora Lucia 13 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se busca determinar el tipo de consumación que se produce en el delito de Enriquecimiento ilícito, así como la posible atribución de responsabilidad penal a los terceros (extranei) que intervengan y colaboren con la realización del ilícito. Sumado a ello, se analizará la figura jurídica del acuerdo previo o pactum sceleris y las implicancias que el mismo pueda tener en la atribución de la responsabilidad penal a los acordantes. Es así que se hará uso del método de investigación en base a la doctrina existente y los pronunciamientos jurisprudenciales que resulten relevantes. En ese sentido, se demostrará que, según los hechos narrados en el recurso sub examine (Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima), la Corte Suprema debió optar por atribuir responsabilidad penal a la esposa e hijas de un ex General del Ejército Peruano (funcionario público). Ello en cuanto se está ante un delito residual, comisivo de consumación permanente y, las extranei, mediante el despliegue de diversas acciones y
transacciones financieras (complicidad material y psíquica), colaboraron en la realización del delito de Enriquecimiento ilícito, aunado a que también se habría incurrido en la realización, en conjunto con el funcionario público, de un acuerdo previo o pactum sceleris
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