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Regulación de la legitimidad en los procesos colectivos en el Perú. Propuesta para su análisis en función de la “representatividad adecuada”Eto Bardales, Gerardo 26 May 2020 (has links)
El presente trabajo analiza la regulación existente en nuestro país respecto a la
legitimación para plantear procesos que tutelan derechos supraindividuales, haciendo
énfasis en el artículo 82 del Código Procesal Civil y el artículo 843 del Proyecto de
Reforma de dicho Código.
Ante la legitimación limitada a un número específico de instituciones que plantean las
normas mencionadas, el objetivo de esta investigación radica en plantear una propuesta distinta, donde se busque otorgar una legitimidad amplia para este tipo de procesos en los que el juez en cada caso en concreto deberá analizar la “representatividad adecuada” de la persona o institución que plantee la demanda colectiva.
Para lograr este objetivo, además de realizar un breve marco conceptual respecto a la
legitimidad para obrar, los derechos difusos, derechos colectivos, los derechos
individuales homogéneos y la representatividad adecuada, analizaremos nuestra
propuesta planteada a partir de un caso real: la indemnización solicitad por INDECOPI a distintas farmacias por vulnerar derechos de consumidores al concertar precios de sus productos.
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La impugnación de los actos de administración relacionados a las acciones de personalLem Lauri, Stefany Madelein 08 April 2019 (has links)
Las organizaciones públicas, para poder cumplir con sus funciones, cuenta con
distintitas potestades, entre ellas la discrecionalidad, que lo facultad a emitir actos sin la
necesidad de previamente exista un procedimiento como son los actos de administración
que están relacionados con las acciones del personal, pueden acarrear la vulneración de
los derechos de su personal, como pueden ser: Derecho a la unión familiar, Derecho a
los estudios, Derecho de residencia habitual, entre otros. En ese sentido, el presente
trabajo tiene como finalidad demostrar la importancia de motivar los actos de
administración, relacionado a las acciones de personal. Para lo cual se realiza un análisis
teórico y dogmático sobre la importancia de las acciones de personal, los actos emitidos
por las organizaciones administrativas, su debida motivación y los derechos vulnerados
al no configurarse dicha circunstancia. Asimismo, se efectuó un análisis exegético de la
normativa que regula los actos de la administración. Llegando a las conclusiones: a)
Que los actos de administración, relacionados a la asignación de personal deben estar
debidamente motivados; b) Deberían ser impugnables los actos de administración,
relacionados a la asignación de personal; c) Una regulación idónea debería buscar un
equilibro entre la protección de los derechos individuales y los intereses públicos.
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Informe Jurídico: Pleno Sentencia N°676/2020, “Caso Ugarteche”Villanueva Pérez, Claudia Sofía 08 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la decisión del Tribunal Constitucional
recaída en el Pleno Sentencia N° 676/2020 (EXP. N° 01739-2018-PA/TC) que
declara la improcedencia de la demanda de amparo presentada por Óscar
Ugarteche Galarza. En este caso, el ciudadano alegó la vulneración a sus
derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo
de la personalidad frente a las resoluciones denegatorias del RENIEC para
inscribir su matrimonio igualitario celebrado en el extranjero. En ese sentido,
cuestionamos la decisión del Tribunal Constitucional al no pronunciarse sobre
el fondo de la controversia en un caso de especial relevancia constitucional y
sobre el que poseía plenas facultades. Asimismo, sostenemos que la
inscripción del matrimonio del recurrente no supone una violación al orden
público internacional. También defendemos la posición de que existe protección
de rango constitucional en el Perú para el matrimonio entre personas del
mismo sexo, al aplicar el estándar de protección internacional de derechos
humanos para la comunidad LGBTIQ+, así como los métodos de interpretación
sistemática y evolutiva. Por último, concluimos que, en efecto, los derechos
fundamentales del recurrente fueron vulnerados. Cabe decir que la presente
investigación fue realizada en base a la investigación de las más recientes
fuentes doctrinales sobre la materia, así como de la legislación y jurisprudencia
internacional para el estándar de protección de derechos humanos. / This legal report analyzes the decision of the Constitutional Court handed down
in the Plenary Sentence No. 676/2020 (EXP. No. 01739-2018-PA/TC) which
declares the inadmissibility of the amparo claim filed by Oscar Ugarteche
Galarza. In this case, the citizen alleged the violation of his fundamental rights
to equality and non-discrimination and to the free development of personality in
the face of the refusal resolutions of the RENIEC to register his equal marriage
celebrated abroad. In this sense, we question the decision of the Constitutional
Court by not ruling on the merits of the controversy in a case of special
constitutional relevance and over which it had full powers. Likewise, we
maintain that the registration of the appellant's marriage does not constitute a
violation of international public order. We also defend the position that there is
constitutional protection in Peru for marriage between people of the same sex,
by applying the standard of international protection of human rights for the
LGBTIQ+ community, as well as the methods of systematic and evolutionary
interpretation. Finally, we conclude that, indeed, the fundamental rights of the
appellant were violated. It should be said that the present investigation was
carried out based on the investigation of the most recent doctrinal sources on
the matter, as well as international legislation and jurisprudence for the standard
of protection of human rights.
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Reseña del proceso de reconocimiento de los derechos territoriales de la Comunidad Nativa Shawi San José, distrito de Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San MartínSalazar Cieza, Jhuliza Eizet 16 June 2021 (has links)
El presente estudio reseña y analiza el proceso de reconocimiento de los derechos
territoriales de la Comunidad Nativa Shawi San José, ubicada en el departamento de
San Martín. La metodología consistió en una revisión bibliográfica sobre el pueblo
Shawi y los procesos de demandas territoriales en la región San Martín, además de un
análisis espacio temporal de la comunidad nativa a partir de la revisión de su
expediente técnico y del análisis de su información espacial. Se concluye que, aunque
el reconocimiento de los derechos territoriales no asegura el bienestar de la
comunidad y del territorio, ha traído beneficios para esta, como el acceso a servicios
educativos y la participación en proyectos de desarrollo. Aún con los desafíos que
presentan este tipo de procesos, es necesario seguir en la lucha por el reconocimiento
de los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Se recomienda considerar una
visión integral del territorio y otras dimensiones como la espiritual y la cultural.
Además, es necesario que el Estado, en el marco de un trabajo articulado con las
entidades interesadas en apoyar estos procesos, planifique el reconocimiento y la
titulación para atender la totalidad de demandas territoriales.
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Informe sobre Expediente N° 2009-01890-0-1001-JR-CI-3Castillo Claudett, Eduardo César 12 October 2021 (has links)
El presente trabajo hace un análisis jurídico de la sentencia de vista emitida por la Primera
Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sobre la demanda de amparo
presentada por Edwin Romel Béjar Rojas contra el Consejo Nacional de la Magistratura
ante su exclusión del concurso público de méritos en el que postulaba para el cargo de
Fiscal Provincial Adjunto, debido a su discapacidad visual permanente, vulnerando sus
derechos a la igualdad y no discriminación y al acceso en igualdad de condiciones a un
cargo público, entre otros.
La sentencia elegida es relevante en tanto permite visibilizar las barreras que existían –y
aún persisten- en nuestro sistema de justicia para el acceso a la magistratura de personas
con discapacidad, así como los prejuicios y representaciones erradas que se mantienen
sobre las personas con discapacidad en el ámbito del derecho. Asimismo, a través del
análisis de las argumentaciones de las partes y de los jueces, se aprecia la necesidad de
definir criterios que permitan una mejor identificación de las situaciones de
discriminación y los ajustes razonables requeridos para permitir una mayor igualdad de
las personas con discapacidad en el acceso y ejercicio de la magistratura. Finalmente, el
trabajo apunta a promover la aplicación debida de la Convención de los Derechos de las
Personas con Discapacidad en el sistema de justicia, así como de otras normas
supranacionales y nacionales que promueven los derechos de las personas con
discapacidad en el país.
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La ilegítima funcionalidad del derecho penal de cara a la responsabilidad de la persona jurídicaLeiva Calderón, Alexander Alikair 29 January 2021 (has links)
Someter a un proceso penal a personas jurídicas en el estado en que se encuentra el
derecho penal hoy en día es ilegítimo pues, ante una actuación desmedida por parte de
quienes ejercen la facultad punitiva del Estado, estos entes fictos no pueden accionar
jurídicamente como sí lo puede hacer un individuo (persona natural) procesado y ello en
razón de que el reconocimiento de los derechos fundamentales, entendidos como
derechos humanos, se encuentra condicionado a que les puedan ser aplicables
determinados derechos subjetivos concebidos específicamente para el ser humano,
siempre que les puedan ser aplicables según su naturaleza, conforme lo establece el
propio Tribunal Constitucional. En el presente trabajo se ofrece una reinterpretación de lo
que debe ser entendido por derechos fundamentales, a fin de que dicho concepto pueda
calzarle a todo sujeto de derechos que participa en la sociedad y, a partir de ahí, se analiza
si es posible inferir la responsabilidad penal de personas jurídicas dentro del marco de un
derecho penal legítimamente funcionalizado, no solo al individuo, como responsable de
un determinado hecho punible, sino a todo sujeto de derechos.
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¿Instrumentalización de la “justicia” en las calles?: el lawfare en Perú como medio de criminalización de las protestasAlejos Mata, Marita del Pilar 27 March 2024 (has links)
En este trabajo se analizará el concepto denominado lawfare, perteneciente a las ciencias políticas, a partir de enfoque de derechos humanos. En la primera sección, se abordará su naturaleza y matices a partir del desarrollo de casos emblemáticos en el sistema interamericano. En la segunda sección, se abordará otra forma de manifestación de estte fenómeno: la criminalización de la protesta. En esta parte, se desarrollarán los límites sobre la criminalización de la protesta como derecho absoluto, continuando la criminalización de la protesta en Latinoamérica. Para culminar, se abordará de qué manera el lawfare es empleado en el país como medio de criminalización en las protestas, centrándonos específicamente en el análisis de la represión empleada frente a las manifestaciones de diciembre de 2022. / This paper will analyze the concept of lawfare, which belongs to political science, from a human rights perspective. In the first section, its nature and nuances will be discussed based on the development of emblematic cases in the Inter-American system. The second section will deal with another form of manifestation of this phenomenon: the criminalization of protest. In this part, the limits on the criminalization of protest as an absolute right will be developed, continuing with historical data and regulations at the national and international level. Finally, we will address how lawfare is used in the country as a means of criminalization of protests, focusing specifically on the analysis of the repression used against the demonstrations of December 2022. / Trabajo académico
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Estrategia del programa de reparaciones en salud mental: una aproximación a la acción del Estado peruano para garantizar derechos de víctimas de la violencia políticaAlvarez Blas, Claudia Mariela, Landeo Chein, César Antonio 20 November 2020 (has links)
El conflicto armado interno acontecido en el Perú entre los años 1980 y 2000, generó graves
secuelas, tanto físicas, psicológicas y sociales, en las víctimas del mismo. Ante ello y
atendiendo las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, el Estado
peruano puso en marcha, desde el 2005, el Plan Integral de Reparaciones, mediante la Ley
N° 28592, con el objetivo de generar las condiciones para garantizar el derecho a la
reparación de las víctimas del conflicto.
Más de una década después, persiste un Estado que no ha sido capaz de responder a las
necesidades específicas de las víctimas y que ha invisibilizado la salud mental como
problema. Por ello, el presente proyecto de innovación busca mejorar el acceso de las
víctimas en Ayacucho a los servicios de salud mental, reconociendo que su derecho a la
reparación no ha sido plenamente garantizado.
La propuesta está orientada a la incorporación del enfoque intercultural en la intervención,
hecho fundamental para poder acercarnos al discurso de las víctimas del conflicto armado
interno y poder comprender sus pesares y su manera particular de entender el mundo, con
la finalidad de construir una sociedad donde todas las personas nos reconozcamos como
ciudadanos/as y podamos ejercer plenamente nuestros derechos. / Trabajo de investigación
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“La consulta previa y la actividad minera en el Perú”Cuba Benites, Alfredo Alejandro de la 12 February 2018 (has links)
Si bien actualmente se encuentran vigentes la Ley y el Reglamento del derecho a la
consulta previa a los pueblos indígenas u originarios (abril – 2012), normas que tienen
como sustento el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales
ratificado por el Perú (febrero - 1995), éstas no fueron promulgadas oportunamente ni
establecieron cómo deberá proceder el Estado – a través de la entidad competente -
con relación a las actividades mineras autorizadas durante el período comprendido
entre la ratificación del referido Convenio y la aprobación de ambas normas (1995 –
2012). En ese sentido, este documento analiza el marco normativo aplicable y propone
un procedimiento para permitir a la entidad competente verificar que se cumplió con
proteger los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios a pesar de no
haberse realizado el procedimiento de consulta previa.
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Implementación del proceso de consulta previa para los contratos de licencia de hidrocarburos firmados después de la entrada en vigencia del convenio 169 de la OIT en el ordenamiento jurídico peruano y antes de la promulgación de la legislación nacional sobre consulta previa en el PerúSáenz Delgado, Alfredo David 10 May 2021 (has links)
El presente trabajo aborda la problemática existente en el Perú que surgió a partir de febrero de
1995, en que el Convenio N° 169 se incorporó a su legislación. Ello, por cuanto numerosos
proyectos hidrocarburíferos fueron adjudicados desde dicha fecha hasta mediados de 2011, en que
el Estado peruano promulgó la primera norma relacionada con la implementación del derecho a la
consulta previa, habiendo transcurrido un extenso periodo de dieciséis (16) años, al que hemos
denominado “gris”, dentro del cual, la aplicación de la consulta previa en dichos proyectos
permaneció en un estado de incertidumbre. Así, para resolver dicha incertidumbre, armonizando
el derecho a la consulta con la seguridad jurídica de la que gozan los proyectos adjudicados en el
“periodo gris”, hemos partido del estudio de los fundamentos conceptuales y antecedentes
históricos relevantes del Derecho a la Consulta Previa y de la manera en que éste se insertó en el
ordenamiento peruano, en el marco de una economía de mercado, sustentada en los enormes
réditos de la industria extractiva. Asimismo, elaboramos los criterios para evaluar el cumplimiento
del Convenio 169 en el “periodo gris” y de qué forma se debe entender el principio de flexibilidad.
Para ello, hemos efectuado un estudio exhaustivo de la jurisprudencia nacional, doctrina
doméstica, la legislación peruana y la jurisprudencia internacional, que nos permitió entender la
insuficiencia de desarrollo a nivel local y, por tanto, la necesidad de acudir a los criterios de
jurisprudencia internacional para desarrollar la propuesta de adecuación que presentamos, respecto
de las actividades efectuadas en el “periodo gris”. En ese sentido, formulamos un procedimiento
riguroso, en virtud del cual se podrá identificar qué proyectos se encuentran afectados por la
incertidumbre del “periodo gris”, y así proceder con la validación y adecuación de los mismos bajo
el Convenio 169.
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