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Informe Jurídico del Expediente N° 010-2009/CLC-INDECOPIJuscamaita Tito, Elizabeth Rosalí 15 August 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el expediente N° 010-2009/CLC-INDECOPI,
mediante el cual se inició un procedimiento administrativo sancionador a Enel S.P.A. por
realizar un acto de concentración antes de que la Comisión de Libre Competencia del
INDECOPI emitiera una resolución final sobre la misma.
La operación de concentración realizada por Enel S.P.A. fue adquirir el 100% de las acciones
que Acciona S.A. poseía sobre Endesa S.A. obteniendo con esto el control exclusivo de esta
última empresa. Así, se analizará la normativa aplicable al momento de ocurridos los hechos
y los conceptos relevantes tratados en el caso. Dentro de estos conceptos están el acto de
concentración, control, el procedimiento administrativo sancionador, el principio de tipicidad
y principio de razonabilidad, y la teoría de los efectos. A partir de ello se podrá concluir que
la Comisión, aplicando la teoría de los efectos, si tiene facultades para pronunciarse sobre
este acto de concentración; que durante el procedimiento administrativo sancionador no se
respetaron algunas características de este procedimiento y, finalmente, que la resolución de
segunda instancia vulnera el principio de razonabilidad. / The purpose of this paper is to analyze Resolution No. 010-2009/CLC-INDECOPI, through
which an administrative sanctioning procedure was initiated against Enel S.P.A. for carrying
out an act of concentration before the Free Competition Commission of INDECOPI issued a
final resolution on the concentration.
The concentration operation carried out by Enel S.P.A. was to acquire 100% of the shares
that Acciona S.A. owned in Endesa, thus obtaining the exclusive control of the company.
Thus, the regulations applicable at the time of the occurrence of the facts and the relevant
concepts dealt with in the case will be analyzed. Among these concepts are the act of
concentration, control, the administrative sanctioning procedure, the principle of typicality,
principle of reasonableness, and the theory of effects. From this it can be concluded that the
Commission, based on the theory of effects, does have the authority to pronounce on this act
of concentration; that during the administrative sanctioning procedure some characteristics
of this procedure were not respected and, finally, that the second instance resolution violates
the principle of reasonableness.
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Evaluación de razonabilidad de despido como sanción en el análisis de despidos fraudulentosChávez Mendoza, Lucia Elizabeth 18 August 2021 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar el despido fraudulento considerándose como un tipo de despido desarrollado por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se evalúa si nos encontrábamos frente a un despido fraudulento hechos que sustentan la imputación, son inexistentes, falsos o incluso fabricados por el propio empleador y si en este tipo de despido evaluar el cuestionamiento del demandante referido a la (i) la falta de gravedad de los hechos; y, (ii) la falta de razonabilidad y proporcionalidad de la sanción, en relación a las causales objetivas de incumplimiento de reglamento interno de trabajo y el faltamiento de palabra verbal en agravio de otros trabajadores. Se concluye que no se trató de un despido
fraudulento; sin embargo, se es posible identificar la existencia un despido arbitrario en el subtipo de injustificado.
Asimismo, se evaluará la actuación de la Corte Suprema en procesos abreviados, donde la reposición se debe presentar como pretensión principal única, y la posibilidad de un pronunciamiento de fondo sobre el despido distinto injustificado, en priorización del principio de oralidad cuando las demandas adolecen de claridad en la motivación. Se concluye que la Corte Suprema pudo advertir una vulneración al debido proceso toda vez que el juez de primera instancia debió priorizar el esclarecimiento de las pretensiones de la demanda en la audiencia única, y que, al no poder efectuarse una valoración de fondo sobre
pretensiones subordinadas en el proceso abreviado, correspondía a la Corte realizar la reconducción del caso a la vía ordinaria para evitar la vulneración al debido proceso
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 006-2013- OEFA/TFACalle Pacheco, Clarisa María 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre la Resolución Nº 006-2013-OEFA/TFA, emitido
dentro de un procedimiento administrativo sancionador tramitado por el OEFA contra
Pluspetrol Norte S.A. por no haber ejecutado de acuerdo al plazo previsto las actividades
de remediación de los sitios afectados con residuos de petróleo dentro del Yacimiento
Yanayacu del Lote 8.
De este modo, este informe se efectúa a partir de un análisis interpretativo a la luz de
los principios que rigen el Procedimiento Administrativo General, normativa ambiental
de hidrocarburos; en jurisprudencia pertinente del Tribunal Constitucional y doctrina que
permita esclarecer un marco jurídico conceptual.
En ese sentido, se concluye en primer lugar que, tanto la Dirección de Fiscalización,
Supervisión y Aplicación de Incentivos, como el Tribunal de Fiscalización Ambiental del
OEFA han vulnerado el Artículo 64º de la Ley del Procedimiento General, Ley Nº 27444
al no suspender el procedimiento cuando tomaron conocimiento de que
jurisdiccionalmente se venía discutiendo la legitimidad de la actuación de PLUSPETROL
referida a la inejecución de medidas de remediación de suelos en el yacimiento
Yanayacu del Lote 8. Y, en segundo lugar, las actuaciones administrativas del OEFA
han vulnerado el Principio de Interdicción a la Arbitrariedad al establecer una multa
ascendente a 8047.41 UIT. / This legal report deals with Resolution No. 006-2013-OEFA/TFA, issued within an
administrative sanctioning procedure processed by the OEFA against Pluspetrol Norte
S.A. for not having complied with the remediation of the sites affected with oil residues
within the Yanayacu Oil Field of Lot 8 according to the established term.
Thus, this report is based on an interpretative analysis in light of the principles governing
the General Administrative Procedure, environmental hydrocarbon regulations, relevant
jurisprudence of the Constitutional Court and doctrine to clarify a conceptual legal
framework.
In this sense, it is concluded in the first place that both the Directorate of Inspection,
Supervision and Enforcement of Incentives and the Environmental Inspection Court of
the OEFA have violated Article 64 of the General Procedure Law, Law No. 27444, by not
suspending the procedure for what was being discussed jurisdictionally regarding the
legitimacy of PLUSPETROL's actions related to the non-implementation of soil
remediation measures in the Yanayacu oilfield of Lot 8. And, secondly, the administrative
actions of the OEFA have violated the Principle of Prohibition to Arbitrariness by
establishing a fine amounting to 8047.41 UIT.
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Informe jurídico sobre Casación Laboral N° 19856-2016-Lima EsteTabraj Valdez, Andreé Luciano 15 August 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como propósito analizar de qué modo se puede
determinar la proporcionalidad del despido como límite a la libertad de expresión en el caso de
los trabajadores sindicalizados, a propósito de la aplicación de la causal de despido justificado
por falta grave contenida en el artículo 25 literal f) de la Ley de Productividad y Competitividad
Laboral (en adelante, “LPCL”) por comentarios o publicaciones realizadas en redes sociales.
Como resultado de tal estudio, se llegará a la conclusión de que, en el caso antes expuesto, será
necesario la aplicación de un test de ponderación que permita valorar la idoneidad, necesidad
y proporcionalidad del despido para restringir la libertad de expresión de trabajadores
sindicalizados y garantizar la protección del derecho al honor del empleador, sus
representantes, personal jerárquico o de otros trabajadores.
No obstante, antes de llegar a dicho análisis, y dado que el caso estudiado presenta como
contexto la realización de comentarios presuntamente injuriantes en redes sociales, se tendrá
que determinar, previamente, si existe o no afectación al derecho a la intimidad de los
trabajadores al utilizar el contenido subido a redes sociales como sustento de un despido. Ello
nos llevará a analizar los límites de la facultad fiscalizadora del empleador en el ámbito de las
redes sociales. Posteriormente realizaremos un análisis del derecho a la libertad de expresión,
como se desarrolla en el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo y qué limites presenta.
Finalmente, realizaremos un test de ponderación considerando los hechos de la Laboral N°
19856-2016-Lima Este, analizando la idoneidad, la necesidad y proporcionalidad del despido
como límite al derecho a la libertad de expresión de los trabajadores sindicalizados. En dicho
análisis tomaremos en cuenta también el ámbito de protección del derecho al honor a efectos
de determinar si existió o no, en el caso, un uso ilegítimo del derecho a la libertad de expresión. / The purpose of this research work is to analyze how the proportionality of dismissal can be
determined as a limit to freedom of expression in the case of unionized workers, regarding the
application of the grounds for dismissal justified by serious misconduct contained in article 25
literal f) of the Labor Productivity and Competitiveness Law (hereinafter, “LPCL”) for
comments or publications made on social networks.
As a result of such a study, it will be concluded that, in the aforementioned case, it will be
necessary to apply a weighting test that allows assessing the suitability, necessity and
proportionality of the dismissal to restrict the freedom of expression of unionized workers and
guarantee the protection of the right to honor of the employer, its representatives, hierarchical
personnel or other workers.
However, before reaching said analysis, and given that the case studied presents as a context
the making of presumably insulting comments on social networks, it will have to be
determined, previously, whether or not there is an infringement of the right to privacy of
workers at the use the content uploaded to social networks as support for a dismissal. This will
lead us to analyze the limits of the supervisory power of the employer in the field of social
networks. Later we will carry out an analysis of the right to freedom of expression, how it is
developed in the field of collective labor relations and what limits it presents.
Finally, we will carry out a weighting test considering the facts of Labor N° 19856-2016-Lima
Este, analyzing the suitability, necessity and proportionality of dismissal as a limit to the right
to freedom of expression of unionized workers. In said analysis we will also take into account
the scope of protection of the right to honor in order to determine whether or not there was, in
the case, an illegitimate use of the right to freedom of expression.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 3827-2022- SUNARP-TRVillalón Orellana, Rosa Mariela 09 August 2023 (has links)
El presente informe centra su análisis en los argumentos jurídicos que adoptó el Tribunal
Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR a efectos de admitir la procedencia de
una prescripción adquisitiva de dominio tramitada en sede notarial respecto de un bien de
dominio público hidráulico, específicamente, respecto de una faja marginal colindante con una
torrentera ubicada en la provincia de Arequipa.
El Tribunal Registral resolvió revocar la observación formulada en primera instancia registral,
argumentando que, sin perjuicio de que la faja marginal constituye un bien de dominio público
hidráulico, mediante el plano del inmueble objeto de prescripción –visado por la Municipalidad
Provincial de Arequipa– se ha acreditado la inexistencia de afectación al recurso hídrico.
En ese sentido, en el presente informe se realiza un análisis de los fundamentos adoptados por
el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR con relación a la acreditación
de la inexistencia de afectación a los recursos hídricos en virtud de planos visados por los
gobiernos locales. De igual modo, se realiza un análisis de la condición del bien objeto de
prescripción, a efectos de determinar si el Tribunal Registral tenía la obligación de formular una
nueva observación al título. / The present report focuses its analysis on the legal arguments adopted by the Registry Court in
Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR for the admission of an acquisitive prescription of
ownership executed before a notary regarding a public water property, specifically, regarding a
marginal strip adjoining a torrent located in the province of Arequipa.
The Registry Court decided to revoke the observation formulated in the first registry instance,
alleging that, notwithstanding the fact that the marginal strip constitutes a public water property,
through the plan of the property subject to prescription -signed and sealed by the Provincial
Municipality of Arequipa- the non-existence of affectation of the water resource has been
accredited.
Consequently, the present report performs an analysis of the arguments issued by the Registry
Court in Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR regarding the accreditation of the
non-existence of affectation to water resources by virtue of plans signed by the local
governments. In addition, it is analyzed the condition of the property subject to prescription, in
order to determine whether the Registry Court had the obligation to formulate a new observation
to the title.
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Informe sobre la Resolución N° Veintinueve emitida por el Vigésimo Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima en el expediente N° 22319-2017Suero Tipacti, Karina Janet 31 July 2023 (has links)
El presente informe tuvo como propósito identificar problemas netamente jurídicos en
los que incurrió el juzgador del Vigésimo Juzgado Especializado de Familia de la Corte
Superior de Justicia de Lima al momento de emitir la Sentencia (Resolución N°
Veintinueve); teniendo en cuenta que esta no fue la primera sentencia que había emitido
el juzgador en el presente proceso. Para lo que se utilizó una metodología de
investigación de enfoque cualitativo, de tipo básica, bajo la teoría fundamentada y un
método deductivo, que respalda la doctrina y postura de la autora en lo largo del informe.
Llegando a las conclusiones que existieron errores materiales y vicios en la sentencia
de primera instancia y que se mantuvieron en la resolución que es menester de
investigación en el presente informe. Asimismo, se establecieron los remedios
necesarios para subsanar dichos errores, cuidando los requisitos estipulados por la ley,
por la jurisprudencia vinculante y los datos doctrinarios recopilados en transcurso de la
investigación. Finalmente se emiten recomendaciones propias del autor, dirigidas a la
facultad y las posibilidades que tiene el colegiado de instancia superior para identificar,
subsanar y pronunciarse sobre los errores materiales o agravios, como en el presente
caso, a los principios de congruencia, preclusión o eventualidad en los procesos de
familia. / The purpose of this report was to identify purely legal problems incurred by the judge of
the Twentieth Specialized Family Court of the Superior Court of Justice of Lima when
issuing the Judgment (Resolution No. Twenty-Nine). It is worth noting that this was not
the first judgment issued by the judge in the ongoing case. To achieve this, a qualitative
research methodology was employed, using a basic approach, grounded theory, and a
deductive method that supports the author's doctrine and position throughout the report.
The conclusions drawn from the investigation revealed the existence of material errors
and flaws in the initial judgment, which persisted in the resolution and necessitated
further investigation. In order to rectify these errors, the necessary remedies will need to
be implemented, while adhering to the requirements stipulated by law, binding
precedent, and the doctrinal data collected during the course of the research. Finally, the
author provides recommendations aimed at the authority and the possibilities available
to the higher court to identify, rectify, and pronounce upon material errors or grievances,
as in the present case, with regard to the principles of congruence, preclusion, or
eventuality in family proceedings. It is essential to thoroughly examine the legal issues
raised in this report, as they have significant implications for the fairness and
effectiveness of the judicial process. By addressing these concerns and implementing
the recommended remedies, the court can ensure that its decisions align with legal
principles and uphold the rights of the parties involved.
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El incumpliminto del precedente constitucional como criterio sancionatorio de destitución judicial: Estándares constitucionales para su evaluación ponderativaRuiz Riquero, José Humberto 23 January 2024 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo determinar los estándares constitucionales que
se deben observar en el ejercicio de la potestad sancionadora manifestada en la
destitución de jueces por incumplimiento del precedente constitucional (PC) o la
doctrina constitucional vinculante (DCV). Para tal fin, fueron analizados un total
de 36 procesos disciplinarios con pedido de destitución (correspondientes al
periodo que va del año 2006 al 2018) cuyo cargo imputado a los jueces y juezas de
las diferentes instancias del Poder Judicial fue no haber tenido en cuenta lo resuelto
por el Tribunal Constitucional a la hora de emitir sus resoluciones, conforme a lo
dispuesto en los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Analizado el problema de estudio y la forma como se llevaron los procesos ante la
Oficina de Control de la Magistratura, se identificaron seis estándares
constitucionales que recomendamos que la actual Junta Nacional de Justicia debe
considerar: (i) los actos de contenido jurisdiccional como límite al control
administrativo sancionador, (ii) diferencia entre lo que es inobservancia y desacato
frontal del PC, (iii) consideración de criterios objetivos para graduar la sanción, (iv)
garantía de reserva legal de la competencia y tipicidad de las infracciones, (v)
garantía frente a intereses o conflictos de índole político-jurisdiccional, y (vi)
necesidad de que el Tribunal Constitucional implemente una justicia constitucional
dialógica. Estos estándares deben considerarse exclusivamente cuando el cargo
imputado sea el incumplimiento de la DCV o el PC. / The present study aims to determine the constitutional standards that must be
considered in the exercise of the sanctioning power expressed itself in the dismissal
of judges due to breaching constitutional precedent or constitutional doctrine of
binding precedent. For this purpose, a total of 36 disciplinary processes with request
for dismissal were analyzed (over the period from 2006 to 2018) in which, judges
from various instances of the Judicial Branch were accused of not taking into
account the resolutions of the Constitutional Court when issuing their judgments,
as provided in Articles VI and VII of the New Constitutional Procedural Code. After
analyzing the problem under study and the way how the processes were handled
before the Office of Control of the Magistracy, six constitutional standards we
recommend the current National Judicial Board should consider were identified: (i)
the acts of jurisdictional nature as a limit of the sanctioning administrative control;
(ii) distinction between non-compliance and frontal contempt of the constitutional
precedent; (iii) consideration of objective criteria for graduating the sanction; (iv)
guarantee of legal reserve of competence and typicity of infractions; (v) guarantee
against political-jurisdictional interests or conflicts; and (vi) the necessity for the
Constitutional Court to implement a dialogic constitutional justice. These standards
must be considered exclusively when the imputed charge is non-compliance with
the constitutional doctrine of binding precedent or the constitutional precedent.
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Gradualidad de sanciones en los procedimientos disciplinarios seguidos contra jueces supremos por la Junta Nacional de JusticiaPacheco Rodríguez, Julia Andrea 01 April 2024 (has links)
En el presente trabajo se reflexionará sobre la gradualidad de las sanciones en
los procedimientos disciplinarios seguidos contra los jueces supremos por la
Junta Nacional de Justicia.
El análisis se centrará en la potestad disciplinaria de la Junta Nacional de Justicia
y el ejercicio discrecional de la misma en la gradualidad de sanciones. De esa
forma, se verificará la importancia de la potestad discrecional de la Junta
Nacional de Justicia y su aplicación en las resoluciones de la Junta Nacional de
Justicia.
Finalmente, se determinará si la aplicación de la gradualidad de sanciones por
la Junta Nacional de Justicia se realiza de forma adecuada, para lo cual se
efectuará un balance de las resoluciones emitidas por el entonces Consejo
Nacional de la Magistratura mediante las cuales determinó que, si bien no
correspondía la imposición de la sanción de destitución, si era pertinente una
sanción menor, así como las perspectivas de mejora que afronta la Junta
Nacional de Justicia. / Trabajo académico
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Informe Jurídico sobre la Sentencia Casación N.º 4419-2009-LimaIngunza Reátegui, María Isabel 17 May 2024 (has links)
El presente caso se inicia a raíz de la demanda presentada por la
Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) contra todos los titulares
registrales del Lote 18-B sito en la Urbanización Los Arces de Monterrico, del
distrito de Surco, por la que solicitó se declare la nulidad de los contratos de
compraventa del referido predio, por ser su objeto jurídicamente imposible, al
ser tal terreno un bien de dominio público. La empresa inmobiliaria, PdT,
contestó la demanda indicando que adquirió el bien a título oneroso, por
escritura pública, de quien figuraba como su propietario en los Registros
Públicos.
Tanto en primera como en segunda instancia se declaró la nulidad de los
contratos celebrados entre las personas físicas demandadas, por tener un fin
ilícito, al ser el objetivo común de los contratantes el introducir en el tráfico
mercantil, de forma ilícita (a través de la falsificación de documentos
administrativos), un bien de dominio público. En relación a la mercantil, PdT,
tanto en primera como en segunda instancia se desestimó la demanda por
considerar que no se había desvirtuado su buena fe registral.
La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República revocó dicho fallo y reformandoló declaró fundada la demanda de
nulidad de acto jurídico contra PdT, pues consideró que de los documentos
archivados en los Registros Públicos, PdT podía saber que el bien objeto de
compraventa se trataba de un bien estatal de dominio público que había sido
introducido de manera ilícita en el tráfico mercantil; por lo que declaró que su
contrato de compraventa era nulo por tener un fin ilícito. / This case begins as a result of the presentation by the Superintendence of
National Assets (SBN) of a lawsuit against all the registered owners of Lote 18-
B located in District of Surco, for which requested the annulment of the sales
contracts for the aforementioned property, because its object was legally
impossible, as such land was a public domain asset. The real estate company,
PdT, answered the lawsuit indicating that it acquired the property for
consideration, by public deed, from the person who appeared as its owner in
the Property Registry.
Both in the first and second instance, the nullity of the contracts entered into
between the natural persons sued is declared for having an illicit purpose, as
the common objective of the contracting parties is to enter into commercial
traffic in an illicit manner (through the falsification of administrative documents)
a public domain asset. In relation to the company, PdT, both in the first and
second instance, dismissed the claim on the grounds that its good faith
registration had not been distorted.
However, the Supreme Court revoked said ruling, considering that from the
documents filed in the Public Registries, PdT could know that the property
object of sale was a state property in the public domain that had been illegally
introduced into traffic. commercial, for which he declared that his purchase and
sale contract was void for having an illicit purpose.
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Informe jurídico sobre la resolución del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre Nº00005-2023-OSINFOR/02.1Paucar Peñaherrera, Alexandra 08 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en los aspectos jurídicos clave de la Resolución del
Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre No 00005-2023-OSINFOR/02.1. El proceso se
inició con un PAU en 2010, donde OSINFOR determino la comisión de infracciones por
parte de la empresa Maderera Barrios S.R.L. en su concesión forestal, resultando en la
declaración de caducidad de dicha concesión. Tras ello, la empresa solicito una
apelación en sede administrativa, y a su vez inicio un proceso en sede judicial contra
OSINFOR. la Corte Superior de Justicia de Loreto revisó el caso y emitió un
pronunciamiento de fondo. TFFS-OSINFOR, que había suspendido su respuesta a la
apelación hasta la conclusión del proceso judicial, finalmente emitió un pronunciamiento
reconociendo el análisis de fondo realizado por la Corte.
El análisis crítico del caso revela tres problemas sustanciales en la Resolución. En
primer lugar, se cuestiona el inicio del cómputo de la prescripción de una infracción
continuada, destacando la necesidad de definirlo desde la última acción constitutiva para
asegurar un control efectivo sobre las actividades extractivas. En segundo lugar, se
examina si el colegiado respetó el principio non bis in ídem al no llevar a cabo una
prueba de triple identidad. Finalmente, se aborda la naturaleza de la caducidad como
una consecuencia del incumplimiento contractual o como una medida sancionadora,
debatiendo si debe fundamentarse principalmente en el daño ambiental o ser evaluada
desde una perspectiva contractual. / The present report focuses on the key legal aspects of Resolution No 00005-2023-
OSINFOR/02.1 from the Forest and Wildlife Tribunal. The process began with an
Administrative Sanctioning Procedure (PAU) in 2010, where OSINFOR determined that
Maderera Barrios S.R.L. had committed infractions within its forest concession, resulting
in the declaration of the concession's expiration. Subsequently, the company appealed
administratively and initiated a judicial process against OSINFOR. The Superior Court of
Justice of Loreto reviewed the case and issued a substantive ruling. TFFS-OSINFOR,
having suspended its response to the appeal pending the conclusion of the judicial
process, eventually issued a statement recognizing the substantive analysis conducted
by the Court.
The critical analysis of the case reveals three significant issues in the Resolution. Firstly,
there is a question regarding the start of the prescription period for a continuous
infraction, emphasizing the need to define it from the last constitutive action to ensure
effective control over extractive activities. Secondly, it examines whether the collegiate
body respected the non bis in idem principle by not conducting a triple identity test.
Finally, it addresses the nature of expiration as either a consequence of contractual noncompliance or a punitive measure, debating whether it should primarily be based on
environmental damage or evaluated from a contractual perspective.
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