• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 1177
  • 37
  • 30
  • 1
  • Tagged with
  • 1246
  • 733
  • 732
  • 731
  • 731
  • 731
  • 731
  • 723
  • 692
  • 614
  • 357
  • 213
  • 212
  • 191
  • 167
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
261

Informe Jurídico del Expediente N° 010-2009/CLC-INDECOPI

Juscamaita Tito, Elizabeth Rosalí 15 August 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el expediente N° 010-2009/CLC-INDECOPI, mediante el cual se inició un procedimiento administrativo sancionador a Enel S.P.A. por realizar un acto de concentración antes de que la Comisión de Libre Competencia del INDECOPI emitiera una resolución final sobre la misma. La operación de concentración realizada por Enel S.P.A. fue adquirir el 100% de las acciones que Acciona S.A. poseía sobre Endesa S.A. obteniendo con esto el control exclusivo de esta última empresa. Así, se analizará la normativa aplicable al momento de ocurridos los hechos y los conceptos relevantes tratados en el caso. Dentro de estos conceptos están el acto de concentración, control, el procedimiento administrativo sancionador, el principio de tipicidad y principio de razonabilidad, y la teoría de los efectos. A partir de ello se podrá concluir que la Comisión, aplicando la teoría de los efectos, si tiene facultades para pronunciarse sobre este acto de concentración; que durante el procedimiento administrativo sancionador no se respetaron algunas características de este procedimiento y, finalmente, que la resolución de segunda instancia vulnera el principio de razonabilidad. / The purpose of this paper is to analyze Resolution No. 010-2009/CLC-INDECOPI, through which an administrative sanctioning procedure was initiated against Enel S.P.A. for carrying out an act of concentration before the Free Competition Commission of INDECOPI issued a final resolution on the concentration. The concentration operation carried out by Enel S.P.A. was to acquire 100% of the shares that Acciona S.A. owned in Endesa, thus obtaining the exclusive control of the company. Thus, the regulations applicable at the time of the occurrence of the facts and the relevant concepts dealt with in the case will be analyzed. Among these concepts are the act of concentration, control, the administrative sanctioning procedure, the principle of typicality, principle of reasonableness, and the theory of effects. From this it can be concluded that the Commission, based on the theory of effects, does have the authority to pronounce on this act of concentration; that during the administrative sanctioning procedure some characteristics of this procedure were not respected and, finally, that the second instance resolution violates the principle of reasonableness.
262

Evaluación de razonabilidad de despido como sanción en el análisis de despidos fraudulentos

Chávez Mendoza, Lucia Elizabeth 18 August 2021 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar el despido fraudulento considerándose como un tipo de despido desarrollado por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se evalúa si nos encontrábamos frente a un despido fraudulento hechos que sustentan la imputación, son inexistentes, falsos o incluso fabricados por el propio empleador y si en este tipo de despido evaluar el cuestionamiento del demandante referido a la (i) la falta de gravedad de los hechos; y, (ii) la falta de razonabilidad y proporcionalidad de la sanción, en relación a las causales objetivas de incumplimiento de reglamento interno de trabajo y el faltamiento de palabra verbal en agravio de otros trabajadores. Se concluye que no se trató de un despido fraudulento; sin embargo, se es posible identificar la existencia un despido arbitrario en el subtipo de injustificado. Asimismo, se evaluará la actuación de la Corte Suprema en procesos abreviados, donde la reposición se debe presentar como pretensión principal única, y la posibilidad de un pronunciamiento de fondo sobre el despido distinto injustificado, en priorización del principio de oralidad cuando las demandas adolecen de claridad en la motivación. Se concluye que la Corte Suprema pudo advertir una vulneración al debido proceso toda vez que el juez de primera instancia debió priorizar el esclarecimiento de las pretensiones de la demanda en la audiencia única, y que, al no poder efectuarse una valoración de fondo sobre pretensiones subordinadas en el proceso abreviado, correspondía a la Corte realizar la reconducción del caso a la vía ordinaria para evitar la vulneración al debido proceso
263

Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 006-2013- OEFA/TFA

Calle Pacheco, Clarisa María 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre la Resolución Nº 006-2013-OEFA/TFA, emitido dentro de un procedimiento administrativo sancionador tramitado por el OEFA contra Pluspetrol Norte S.A. por no haber ejecutado de acuerdo al plazo previsto las actividades de remediación de los sitios afectados con residuos de petróleo dentro del Yacimiento Yanayacu del Lote 8. De este modo, este informe se efectúa a partir de un análisis interpretativo a la luz de los principios que rigen el Procedimiento Administrativo General, normativa ambiental de hidrocarburos; en jurisprudencia pertinente del Tribunal Constitucional y doctrina que permita esclarecer un marco jurídico conceptual. En ese sentido, se concluye en primer lugar que, tanto la Dirección de Fiscalización, Supervisión y Aplicación de Incentivos, como el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA han vulnerado el Artículo 64º de la Ley del Procedimiento General, Ley Nº 27444 al no suspender el procedimiento cuando tomaron conocimiento de que jurisdiccionalmente se venía discutiendo la legitimidad de la actuación de PLUSPETROL referida a la inejecución de medidas de remediación de suelos en el yacimiento Yanayacu del Lote 8. Y, en segundo lugar, las actuaciones administrativas del OEFA han vulnerado el Principio de Interdicción a la Arbitrariedad al establecer una multa ascendente a 8047.41 UIT. / This legal report deals with Resolution No. 006-2013-OEFA/TFA, issued within an administrative sanctioning procedure processed by the OEFA against Pluspetrol Norte S.A. for not having complied with the remediation of the sites affected with oil residues within the Yanayacu Oil Field of Lot 8 according to the established term. Thus, this report is based on an interpretative analysis in light of the principles governing the General Administrative Procedure, environmental hydrocarbon regulations, relevant jurisprudence of the Constitutional Court and doctrine to clarify a conceptual legal framework. In this sense, it is concluded in the first place that both the Directorate of Inspection, Supervision and Enforcement of Incentives and the Environmental Inspection Court of the OEFA have violated Article 64 of the General Procedure Law, Law No. 27444, by not suspending the procedure for what was being discussed jurisdictionally regarding the legitimacy of PLUSPETROL's actions related to the non-implementation of soil remediation measures in the Yanayacu oilfield of Lot 8. And, secondly, the administrative actions of the OEFA have violated the Principle of Prohibition to Arbitrariness by establishing a fine amounting to 8047.41 UIT.
264

Informe jurídico sobre Casación Laboral N° 19856-2016-Lima Este

Tabraj Valdez, Andreé Luciano 15 August 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como propósito analizar de qué modo se puede determinar la proporcionalidad del despido como límite a la libertad de expresión en el caso de los trabajadores sindicalizados, a propósito de la aplicación de la causal de despido justificado por falta grave contenida en el artículo 25 literal f) de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (en adelante, “LPCL”) por comentarios o publicaciones realizadas en redes sociales. Como resultado de tal estudio, se llegará a la conclusión de que, en el caso antes expuesto, será necesario la aplicación de un test de ponderación que permita valorar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad del despido para restringir la libertad de expresión de trabajadores sindicalizados y garantizar la protección del derecho al honor del empleador, sus representantes, personal jerárquico o de otros trabajadores. No obstante, antes de llegar a dicho análisis, y dado que el caso estudiado presenta como contexto la realización de comentarios presuntamente injuriantes en redes sociales, se tendrá que determinar, previamente, si existe o no afectación al derecho a la intimidad de los trabajadores al utilizar el contenido subido a redes sociales como sustento de un despido. Ello nos llevará a analizar los límites de la facultad fiscalizadora del empleador en el ámbito de las redes sociales. Posteriormente realizaremos un análisis del derecho a la libertad de expresión, como se desarrolla en el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo y qué limites presenta. Finalmente, realizaremos un test de ponderación considerando los hechos de la Laboral N° 19856-2016-Lima Este, analizando la idoneidad, la necesidad y proporcionalidad del despido como límite al derecho a la libertad de expresión de los trabajadores sindicalizados. En dicho análisis tomaremos en cuenta también el ámbito de protección del derecho al honor a efectos de determinar si existió o no, en el caso, un uso ilegítimo del derecho a la libertad de expresión. / The purpose of this research work is to analyze how the proportionality of dismissal can be determined as a limit to freedom of expression in the case of unionized workers, regarding the application of the grounds for dismissal justified by serious misconduct contained in article 25 literal f) of the Labor Productivity and Competitiveness Law (hereinafter, “LPCL”) for comments or publications made on social networks. As a result of such a study, it will be concluded that, in the aforementioned case, it will be necessary to apply a weighting test that allows assessing the suitability, necessity and proportionality of the dismissal to restrict the freedom of expression of unionized workers and guarantee the protection of the right to honor of the employer, its representatives, hierarchical personnel or other workers. However, before reaching said analysis, and given that the case studied presents as a context the making of presumably insulting comments on social networks, it will have to be determined, previously, whether or not there is an infringement of the right to privacy of workers at the use the content uploaded to social networks as support for a dismissal. This will lead us to analyze the limits of the supervisory power of the employer in the field of social networks. Later we will carry out an analysis of the right to freedom of expression, how it is developed in the field of collective labor relations and what limits it presents. Finally, we will carry out a weighting test considering the facts of Labor N° 19856-2016-Lima Este, analyzing the suitability, necessity and proportionality of dismissal as a limit to the right to freedom of expression of unionized workers. In said analysis we will also take into account the scope of protection of the right to honor in order to determine whether or not there was, in the case, an illegitimate use of the right to freedom of expression.
265

Informe jurídico sobre la Resolución N° 3827-2022- SUNARP-TR

Villalón Orellana, Rosa Mariela 09 August 2023 (has links)
El presente informe centra su análisis en los argumentos jurídicos que adoptó el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR a efectos de admitir la procedencia de una prescripción adquisitiva de dominio tramitada en sede notarial respecto de un bien de dominio público hidráulico, específicamente, respecto de una faja marginal colindante con una torrentera ubicada en la provincia de Arequipa. El Tribunal Registral resolvió revocar la observación formulada en primera instancia registral, argumentando que, sin perjuicio de que la faja marginal constituye un bien de dominio público hidráulico, mediante el plano del inmueble objeto de prescripción –visado por la Municipalidad Provincial de Arequipa– se ha acreditado la inexistencia de afectación al recurso hídrico. En ese sentido, en el presente informe se realiza un análisis de los fundamentos adoptados por el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR con relación a la acreditación de la inexistencia de afectación a los recursos hídricos en virtud de planos visados por los gobiernos locales. De igual modo, se realiza un análisis de la condición del bien objeto de prescripción, a efectos de determinar si el Tribunal Registral tenía la obligación de formular una nueva observación al título. / The present report focuses its analysis on the legal arguments adopted by the Registry Court in Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR for the admission of an acquisitive prescription of ownership executed before a notary regarding a public water property, specifically, regarding a marginal strip adjoining a torrent located in the province of Arequipa. The Registry Court decided to revoke the observation formulated in the first registry instance, alleging that, notwithstanding the fact that the marginal strip constitutes a public water property, through the plan of the property subject to prescription -signed and sealed by the Provincial Municipality of Arequipa- the non-existence of affectation of the water resource has been accredited. Consequently, the present report performs an analysis of the arguments issued by the Registry Court in Resolution No. 3827-2022-SUNARP-TR regarding the accreditation of the non-existence of affectation to water resources by virtue of plans signed by the local governments. In addition, it is analyzed the condition of the property subject to prescription, in order to determine whether the Registry Court had the obligation to formulate a new observation to the title.
266

Informe sobre la Resolución N° Veintinueve emitida por el Vigésimo Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima en el expediente N° 22319-2017

Suero Tipacti, Karina Janet 31 July 2023 (has links)
El presente informe tuvo como propósito identificar problemas netamente jurídicos en los que incurrió el juzgador del Vigésimo Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima al momento de emitir la Sentencia (Resolución N° Veintinueve); teniendo en cuenta que esta no fue la primera sentencia que había emitido el juzgador en el presente proceso. Para lo que se utilizó una metodología de investigación de enfoque cualitativo, de tipo básica, bajo la teoría fundamentada y un método deductivo, que respalda la doctrina y postura de la autora en lo largo del informe. Llegando a las conclusiones que existieron errores materiales y vicios en la sentencia de primera instancia y que se mantuvieron en la resolución que es menester de investigación en el presente informe. Asimismo, se establecieron los remedios necesarios para subsanar dichos errores, cuidando los requisitos estipulados por la ley, por la jurisprudencia vinculante y los datos doctrinarios recopilados en transcurso de la investigación. Finalmente se emiten recomendaciones propias del autor, dirigidas a la facultad y las posibilidades que tiene el colegiado de instancia superior para identificar, subsanar y pronunciarse sobre los errores materiales o agravios, como en el presente caso, a los principios de congruencia, preclusión o eventualidad en los procesos de familia. / The purpose of this report was to identify purely legal problems incurred by the judge of the Twentieth Specialized Family Court of the Superior Court of Justice of Lima when issuing the Judgment (Resolution No. Twenty-Nine). It is worth noting that this was not the first judgment issued by the judge in the ongoing case. To achieve this, a qualitative research methodology was employed, using a basic approach, grounded theory, and a deductive method that supports the author's doctrine and position throughout the report. The conclusions drawn from the investigation revealed the existence of material errors and flaws in the initial judgment, which persisted in the resolution and necessitated further investigation. In order to rectify these errors, the necessary remedies will need to be implemented, while adhering to the requirements stipulated by law, binding precedent, and the doctrinal data collected during the course of the research. Finally, the author provides recommendations aimed at the authority and the possibilities available to the higher court to identify, rectify, and pronounce upon material errors or grievances, as in the present case, with regard to the principles of congruence, preclusion, or eventuality in family proceedings. It is essential to thoroughly examine the legal issues raised in this report, as they have significant implications for the fairness and effectiveness of the judicial process. By addressing these concerns and implementing the recommended remedies, the court can ensure that its decisions align with legal principles and uphold the rights of the parties involved.
267

El incumpliminto del precedente constitucional como criterio sancionatorio de destitución judicial: Estándares constitucionales para su evaluación ponderativa

Ruiz Riquero, José Humberto 23 January 2024 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo determinar los estándares constitucionales que se deben observar en el ejercicio de la potestad sancionadora manifestada en la destitución de jueces por incumplimiento del precedente constitucional (PC) o la doctrina constitucional vinculante (DCV). Para tal fin, fueron analizados un total de 36 procesos disciplinarios con pedido de destitución (correspondientes al periodo que va del año 2006 al 2018) cuyo cargo imputado a los jueces y juezas de las diferentes instancias del Poder Judicial fue no haber tenido en cuenta lo resuelto por el Tribunal Constitucional a la hora de emitir sus resoluciones, conforme a lo dispuesto en los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional. Analizado el problema de estudio y la forma como se llevaron los procesos ante la Oficina de Control de la Magistratura, se identificaron seis estándares constitucionales que recomendamos que la actual Junta Nacional de Justicia debe considerar: (i) los actos de contenido jurisdiccional como límite al control administrativo sancionador, (ii) diferencia entre lo que es inobservancia y desacato frontal del PC, (iii) consideración de criterios objetivos para graduar la sanción, (iv) garantía de reserva legal de la competencia y tipicidad de las infracciones, (v) garantía frente a intereses o conflictos de índole político-jurisdiccional, y (vi) necesidad de que el Tribunal Constitucional implemente una justicia constitucional dialógica. Estos estándares deben considerarse exclusivamente cuando el cargo imputado sea el incumplimiento de la DCV o el PC. / The present study aims to determine the constitutional standards that must be considered in the exercise of the sanctioning power expressed itself in the dismissal of judges due to breaching constitutional precedent or constitutional doctrine of binding precedent. For this purpose, a total of 36 disciplinary processes with request for dismissal were analyzed (over the period from 2006 to 2018) in which, judges from various instances of the Judicial Branch were accused of not taking into account the resolutions of the Constitutional Court when issuing their judgments, as provided in Articles VI and VII of the New Constitutional Procedural Code. After analyzing the problem under study and the way how the processes were handled before the Office of Control of the Magistracy, six constitutional standards we recommend the current National Judicial Board should consider were identified: (i) the acts of jurisdictional nature as a limit of the sanctioning administrative control; (ii) distinction between non-compliance and frontal contempt of the constitutional precedent; (iii) consideration of objective criteria for graduating the sanction; (iv) guarantee of legal reserve of competence and typicity of infractions; (v) guarantee against political-jurisdictional interests or conflicts; and (vi) the necessity for the Constitutional Court to implement a dialogic constitutional justice. These standards must be considered exclusively when the imputed charge is non-compliance with the constitutional doctrine of binding precedent or the constitutional precedent.
268

Gradualidad de sanciones en los procedimientos disciplinarios seguidos contra jueces supremos por la Junta Nacional de Justicia

Pacheco Rodríguez, Julia Andrea 01 April 2024 (has links)
En el presente trabajo se reflexionará sobre la gradualidad de las sanciones en los procedimientos disciplinarios seguidos contra los jueces supremos por la Junta Nacional de Justicia. El análisis se centrará en la potestad disciplinaria de la Junta Nacional de Justicia y el ejercicio discrecional de la misma en la gradualidad de sanciones. De esa forma, se verificará la importancia de la potestad discrecional de la Junta Nacional de Justicia y su aplicación en las resoluciones de la Junta Nacional de Justicia. Finalmente, se determinará si la aplicación de la gradualidad de sanciones por la Junta Nacional de Justicia se realiza de forma adecuada, para lo cual se efectuará un balance de las resoluciones emitidas por el entonces Consejo Nacional de la Magistratura mediante las cuales determinó que, si bien no correspondía la imposición de la sanción de destitución, si era pertinente una sanción menor, así como las perspectivas de mejora que afronta la Junta Nacional de Justicia. / Trabajo académico
269

Informe Jurídico sobre la Sentencia Casación N.º 4419-2009-Lima

Ingunza Reátegui, María Isabel 17 May 2024 (has links)
El presente caso se inicia a raíz de la demanda presentada por la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) contra todos los titulares registrales del Lote 18-B sito en la Urbanización Los Arces de Monterrico, del distrito de Surco, por la que solicitó se declare la nulidad de los contratos de compraventa del referido predio, por ser su objeto jurídicamente imposible, al ser tal terreno un bien de dominio público. La empresa inmobiliaria, PdT, contestó la demanda indicando que adquirió el bien a título oneroso, por escritura pública, de quien figuraba como su propietario en los Registros Públicos. Tanto en primera como en segunda instancia se declaró la nulidad de los contratos celebrados entre las personas físicas demandadas, por tener un fin ilícito, al ser el objetivo común de los contratantes el introducir en el tráfico mercantil, de forma ilícita (a través de la falsificación de documentos administrativos), un bien de dominio público. En relación a la mercantil, PdT, tanto en primera como en segunda instancia se desestimó la demanda por considerar que no se había desvirtuado su buena fe registral. La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República revocó dicho fallo y reformandoló declaró fundada la demanda de nulidad de acto jurídico contra PdT, pues consideró que de los documentos archivados en los Registros Públicos, PdT podía saber que el bien objeto de compraventa se trataba de un bien estatal de dominio público que había sido introducido de manera ilícita en el tráfico mercantil; por lo que declaró que su contrato de compraventa era nulo por tener un fin ilícito. / This case begins as a result of the presentation by the Superintendence of National Assets (SBN) of a lawsuit against all the registered owners of Lote 18- B located in District of Surco, for which requested the annulment of the sales contracts for the aforementioned property, because its object was legally impossible, as such land was a public domain asset. The real estate company, PdT, answered the lawsuit indicating that it acquired the property for consideration, by public deed, from the person who appeared as its owner in the Property Registry. Both in the first and second instance, the nullity of the contracts entered into between the natural persons sued is declared for having an illicit purpose, as the common objective of the contracting parties is to enter into commercial traffic in an illicit manner (through the falsification of administrative documents) a public domain asset. In relation to the company, PdT, both in the first and second instance, dismissed the claim on the grounds that its good faith registration had not been distorted. However, the Supreme Court revoked said ruling, considering that from the documents filed in the Public Registries, PdT could know that the property object of sale was a state property in the public domain that had been illegally introduced into traffic. commercial, for which he declared that his purchase and sale contract was void for having an illicit purpose.
270

Informe jurídico sobre la resolución del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre Nº00005-2023-OSINFOR/02.1

Paucar Peñaherrera, Alexandra 08 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en los aspectos jurídicos clave de la Resolución del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre No 00005-2023-OSINFOR/02.1. El proceso se inició con un PAU en 2010, donde OSINFOR determino la comisión de infracciones por parte de la empresa Maderera Barrios S.R.L. en su concesión forestal, resultando en la declaración de caducidad de dicha concesión. Tras ello, la empresa solicito una apelación en sede administrativa, y a su vez inicio un proceso en sede judicial contra OSINFOR. la Corte Superior de Justicia de Loreto revisó el caso y emitió un pronunciamiento de fondo. TFFS-OSINFOR, que había suspendido su respuesta a la apelación hasta la conclusión del proceso judicial, finalmente emitió un pronunciamiento reconociendo el análisis de fondo realizado por la Corte. El análisis crítico del caso revela tres problemas sustanciales en la Resolución. En primer lugar, se cuestiona el inicio del cómputo de la prescripción de una infracción continuada, destacando la necesidad de definirlo desde la última acción constitutiva para asegurar un control efectivo sobre las actividades extractivas. En segundo lugar, se examina si el colegiado respetó el principio non bis in ídem al no llevar a cabo una prueba de triple identidad. Finalmente, se aborda la naturaleza de la caducidad como una consecuencia del incumplimiento contractual o como una medida sancionadora, debatiendo si debe fundamentarse principalmente en el daño ambiental o ser evaluada desde una perspectiva contractual. / The present report focuses on the key legal aspects of Resolution No 00005-2023- OSINFOR/02.1 from the Forest and Wildlife Tribunal. The process began with an Administrative Sanctioning Procedure (PAU) in 2010, where OSINFOR determined that Maderera Barrios S.R.L. had committed infractions within its forest concession, resulting in the declaration of the concession's expiration. Subsequently, the company appealed administratively and initiated a judicial process against OSINFOR. The Superior Court of Justice of Loreto reviewed the case and issued a substantive ruling. TFFS-OSINFOR, having suspended its response to the appeal pending the conclusion of the judicial process, eventually issued a statement recognizing the substantive analysis conducted by the Court. The critical analysis of the case reveals three significant issues in the Resolution. Firstly, there is a question regarding the start of the prescription period for a continuous infraction, emphasizing the need to define it from the last constitutive action to ensure effective control over extractive activities. Secondly, it examines whether the collegiate body respected the non bis in idem principle by not conducting a triple identity test. Finally, it addresses the nature of expiration as either a consequence of contractual noncompliance or a punitive measure, debating whether it should primarily be based on environmental damage or evaluated from a contractual perspective.

Page generated in 0.0735 seconds