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El Derecho Ambiental Peruano y su adecuación al Acuerdo de Escazú y los principios del Buen Gobierno

Gamboa Balbin, Cesar Leonidas 25 April 2022 (has links)
La presente investigación se centra en distinguir y aclarar los argumentos jurídicos que se ciernen sobre una futura adecuación normativa de la legislación nacional ambiental peruana al Acuerdo de Escazú. La justificación de la presente investigación es la de aclarar el sustento de los argumentos jurídicos debatidos en la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República referidos a la conveniencia de la ratificación del Acuerdo de Escazú con respecto a su impacto en la legislación ambiental peruana. Nuestra hipótesis de investigación es que la adecuación normativa de la legislación nacional ambiental al Acuerdo de Escazú extiende el alcance de los derechos de acceso ambiental (participación ciudadana, acceso a la información, acceso a la justicia y protección de los defensores ambientales) a nivel convencional, constitucional y administrativo. Sobre el marco teórico a emplear, utilizamos los contenidos del derecho internacional ambiental, los principios de buen gobierno y el constitucionalismo ambiental para el análisis de la mencionada adecuación normativa. La metodología empleada es la revisión documentaria de fuentes normativas y doctrinarias que nos permite identificar categorías jurídicas para dilucidar la interpretación integral de ambos cuerpos normativos. Una de nuestras más importantes conclusiones es que la adecuación de la legislación ambiental peruana al Acuerdo de Escazú dota de mayor protección constitucional y convencional los derechos de acceso a ambiental, limitando al legislador y el poder reglamentario de la administración a afectar la naturaleza jurídica de estos derechos, más bien guiándolos a desarrollar sus contenidos en base a la idoneidad de las normas ambientales, la transparencia y participación de los procedimientos administrativos relacionados a la evaluación ambiental, la rendición de cuentas y la efectividad de la administración en el marco de la fiscalización ambiental, es decir, a tener una legislación más consistente desde el enfoque de los principios de buen gobierno
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La utilización de la declaración del aspirante a colaborador eficaz para fundamentar la medida coercitiva de prisión preventiva: ¿vulneración a un derecho fundamental o incumplimiento del estándar probatorio?

Zevallos Prado, Oscar Aníbal 25 May 2020 (has links)
En el año 2016, la empresa ODEBRECHT mediante el documento denominado “Acuerdo de Declaración de Culpabilidad” confesó ante la justicia de EE.UU que había pagado sobornos en 12 países de Latinoamérica con la finalidad de obtener grandes proyectos de infraestructura. Uno de los países donde se había cometido este tipo de actos era el Perú, lo que motivo que se iniciaran investigaciones preliminares a funcionarios públicos, líderes de partidos políticos y empresarios reconocidos por delitos de corrupción y lavado de activos. En el marco de estas investigaciones, los jueces de investigación preparatoria vienen utilizando la información brindada por aspirantes a colaboradores eficaces como elemento de convicción para dictar medidas de prisión preventiva, sin aprobación judicial. Al final del presente trabajo, se ha determinado que la utilización de la declaración del aspirante, con los supuestos elementos de convicción que lo corroboran, no cumplen con el estándar probatorio de “sospecha fuerte” exigido por el Acuerdo Plenario Nº 1-2019/CIJ-116 y la Sentencia Plenaria Casatoria Nº 1- 2017/CIJ-443.
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Decreto Legislativo 1400 “Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria”

Matallana Espinoza, Nells Roberth 11 July 2022 (has links)
El sistema de registro en el Perú ha sido incluido dentro de la tecnología de la información para mejorar la satisfacción de los usuarios; esta experiencia se ha consolidado durante la Emergencia Nacional, es por esto que, la publicación del Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria, marca la diferencia con respecto a la garantía mobiliaria que tiene como base el sistema notarial americano y lo garantiza el Banco Mundial, la Organización de Estados Americanos y la Organización de Derecho Mercantil Internacional, tal como se expone en los motivos de dicha ley. A partir de ella, no se produce una calificación registral previa en relación a la garantía mobiliaria; en realidad desaparece. La norma propone un modelo rápido, de mejor acceso y menor costo; sin embargo, esto deja de lado el sentido del sistema registral y su razón de ser como es la CALIFICACIÓN REGISTRAL, la cual se aparta y ahora adopta un régimen de PUBLICIDAD NOTICIA, pero con los efectos protectores de la OPONIBILIDAD, PRELACIÓN Y PUBLICIDAD, como si dicho acto llegando al registro hubiera sido revestido de la presunción de la legitimidad por efecto de la calificación de un registrador, lo cual no es así. Para no ahondar más en el tema, el presente trabajo se justifica en razón de explicar los puntos más importantes que hemos notado con la emisión del Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.
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Análisis de la aplicación de la consulta previa en minería, a propósito del caso “Tres Islas”: ¿se debe declarar la nulidad de las concesiones mineras que no fueron consultadas?

Marquez Muñoz, Carmen Nadine 07 May 2021 (has links)
El presente trabajo El presente trabajo de investigación nace del análisis realizado de la Sentencia de Vista de la Sala Civil de la Corte Superior de Madre de Dios, que resolvió la demanda de amparo presentada por la Comunidad Nativa Tres Islas contra el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas (TNRCH) y el Gobierno Regional de Madre de Dios (GORE MDD), con ocasión de la obtención de mi grado de abogada. Análisis que arribó a la conclusión de que existe una necesidad de identificar cuál es la vía idónea para lograr una tutela urgente frente a la vulneración del derecho a la consulta previa, y lograr dejar sin efecto los actos administrativos que fueron emitidos en perjuicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Sin embargo, ello es una tarea de complejo análisis, porque desde que el Convenio 169° de la OIT forma parte de nuestra legislación nacional (1995) hasta que se reglamentó el derecho a la consulta previa (2011), transcurrieron diesciseis (16) años sin su implementación legal en nuestro ordenamiento interno. Lo que sin duda es responsabilidad exclusiva del Estado, quien debió legislar oportunamente el derecho. Se analizan dos hipótesis: (i) los actos administrativos que se otorgaron – sin aplicación de la consulta previa – sobre los pueblos indígenas son nulos al ser inconstitucionales y (ii) se deben conservar los actos administrativos, porque no existía base legal para establecer el procedimiento de la consulta previa. La conclusión principal trasciende al análisis del procedimiento, y se involucra en la misma naturaleza de la concesión minera a ser consultada, así como el apoyo de jurisprudencia nacional e internacional para reforzar la postura.
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La indemnización justipreciada recibida con motivo de una expropiación y el Impuesto a la Renta en el Perú

Advíncula Altamirano, Pilar Elizabeth 29 March 2019 (has links)
El presente trabajo analiza el tratamiento tributario que recibe la indemnización justipreciada para efectos del impuesto a la renta. A pesar de que las expropiaciones, en tanto enajenaciones, constituyen hecho imponible del impuesto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, el legislador ha establecido un tratamiento tributario diferenciado para el caso de las expropiaciones, mediante la modificación de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles (LMAE) – aprobada mediante Decreto Legislativo No. 1192 –, tratamiento que en los hechos supone una inafectación tributaria en el caso de las expropiaciones. El legislador incorpora dicho tratamiento basándose en los fundamentos desarrollados por el Tribunal Constitucional en Sentencia recaída en el expediente No. 00319-2013-AA, según los cuales la indemnización justipreciada no constituye un concepto gravado con el impuesto a la renta. En ese sentido, toda vez que todo tratamiento diferenciado debe encontrarse fundado en causas objetivas y razonables, el presente trabajo busca determinar si los argumentos desarrollados por el Tribunal Constitucional mediante la referida sentencia, y en los que el legislador sustenta el establecimiento de un tratamiento diferenciado para el caso de las expropiaciones, son realmente válidos para legitimar dicho tratamiento. Para ello, se analiza el tratamiento tributario de la indemnización justipreciada de acuerdo a lo previsto en la Ley del Impuesto a la Renta y en las normas constitucionales, verificándose que lo sostenido por el Tribunal Constitucional no resulta un fundamento válido para sustentar un tratamiento tributario diferenciado en el presente caso.
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El delito de Enriquecimiento Ilícito como delito de consumación permanente y las consecuencias subsecuentes en la atribución de responsabilidad penal al extraneus

Yaringaño Campos, Dora Lucia 21 March 2022 (has links)
El presente trabajo académico versa respecto del análisis realizado al delito de Enriquecimiento ilícito, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo 401° de nuestro Código Penal. Al respecto, resulta posible afirmar que se cuenta con tres principales objetivos. El primero de ellos es el determinar el tipo de consumación que se produce en el delito materia de análisis. Sin perjuicio de ello, el segundo objetivo se encuentra abocado al análisis y determinación de la atribución de responsabilidad penal a los sujetos que intervengan durante la ejecución del delito mencionado previamente, sean estos pasibles de ser considerados como intranei o extranei. Asimismo, se tiene como tercer objetivo, al estudio del concepto jurídico “acuerdo previo”, o también llamado “pactum sceleris”, y, a partir de ello, se determinarán las consecuencias jurídicas que el mismo pueda conllevar en el marco de un proceso penal. Sumado a ello, se realizará una ejemplificación jurisprudencial en torno al concepto del pactum sceleris. Cabe mencionar que a lo largo del desarrollo del presente trabajo académico se ha hecho uso del método de investigación, mediante el cual se evaluó y aplicó el resultado de lo indagado en la doctrina autorizada actual y los pronunciamientos jurisprudenciales de mayor relevancia. / The present academic project deals with the analysis carried out on the crime of illicit enrichment, the same one that is typified in article 401 of our Penal Code. In this regard, it is possible to affirm that it has three main objectives. The first of these is to determine the type of consummation that occurs in the crime that is the subject of analysis. Notwithstanding this, the second objective is devoted to the analysis and determination of the attribution of criminal responsibility to the subjects who intervene during the execution of the aforementioned crime, whether they are liable to be considered as intranei or extranei. Likewise, the third objective of this report is to study the legal concept of "prior agreement", or also called "pactum sceleris", and, from this, the legal consequences that it may entail in the framework of a criminal process will be determined. In addition to this, there will be a case law exemplification around the concept of the pactum sceleris. It is worth mentioning that throughout the development of this academic project, the research method has been used, through which the result of the investigation was evaluated and applied in the current authorized doctrine and the most relevant jurisprudential pronouncements.
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El alcance del deber del funcionario público de alto mando para la configuración de la autoría en el delito de peculado ¿Puede responder a título de autor de peculado el Funcionario Público de la más alta esfera de poder que toma la decisión o da la orden de apropiarse de bienes públicos?

Ruiz Castro Cuba, Gisella Milagros 13 January 2022 (has links)
En el estado actual de la doctrina y jurisprudencia nacional existe una aparente imposibilidad de imputar responsabilidad penal como autores de peculado a los funcionarios públicos de las más altas esferas de poder, pese a que pueda acreditarse el abuso de su cargo y su intervención en el hecho para incidir en el destino ilegal de los caudales del Estado, por una aparente lejanía con el deber de cargo que debería vincularlos al patrimonio estatal. A partir de ello, el presente trabajo analiza, desde las categorías de la dogmática y los principios del derecho penal, si, por un lado, es posible realizar una adecuada interpretación de la teoría de la infracción del deber que armonice con el principio de legalidad, satisfaciendo la configuración del elemento típico “por razón de su cargo” y, a la vez, permita vincular a aquellos altos funcionarios aparentemente alejados del objeto material, como autores. Para ello, se propone una visión más amplia de la teoría de la infracción del deber, de modo tal que, sin desnaturalizar sus alcances, permita analizar el delito de peculado –y porque no, los demás tipos penales contra la Administración Pública- bajo criterios mixtos, de infracción de deber y de dominio del hecho. En esta propuesta, la infracción de deber no se constituye como un fundamento del injusto, sino, como un punto de partida para limitar el circulo de autores a solo aquellos sujetos que sí tienen una vinculación competencial de protección sobre el bien jurídico; mientras que los criterios de dominio del hecho, constituyen herramientas para dilucidar la realización material del comportamiento típico, que permita alcanzar solo a aquellos sujetos que realmente tienen un nivel de intervención en el hecho.
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Informe sobre la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00042 -2021-SENACE/P

Mendoza Graza, Fiorella Isabel 16 August 2022 (has links)
En el presente informe, se realizará el análisis sobre el contenido del acto administrativo, dentro de un procedimiento de modificación de un instrumento de gestión ambiental (IGA). En base a ello, como parte del presente trabajo, se plantea que la no vinculación entre el cumplimiento de las obligaciones de un instrumento de gestión ambiental y el procedimiento de modificación del mismo, y la falta de continuidad de análisis de los mecanismos de información y participación ciudadana dentro de la evaluación de modificación del IGA podrían generar una afectación en los derechos humanos de la población relacionada al proyecto. Adicionalmente, como parte del análisis, se determinará que incluir el análisis del estado de las obligaciones de un instrumento de gestión ambiental y los mecanismos de información y participación ciudadana, relacionado a la realización e implementación, son vitales a efectos de que el contenido del acto administrativo tenga un enfoque de derechos humanos. Asimismo, se planteará una propuesta de reforma normativa que posibilite la vinculación entre la ejecución de las obligaciones contenidas en el mecanismo ambiental inicial y la modificación del mismo. Para sustentar las conclusiones planteadas, se realizará un estudio normativo sobre el contenido del acto administrativo en el marco de una modificación de un instrumento de gestión ambiental. Analizándose para ello el principio de legalidad, y sus alcances, el cual será profundizado con un análisis doctrinario sobre sus alcances, contrastado con un enfoque de derechos humanos. De igual forma, se realizará un estudio doctrinario sobre los mecanismos de información y participación ciudadana, y su finalidad. El cual se contrastará con su regulación en el marco de emergencia sanitaria. / In this report, an analysis will be made of the content of the administrative act, within a procedure of modification of an environmental management instrument (IGA). Based on this, as part of this work, it is proposed that the lack of linkage between compliance with the obligations of an environmental management instrument and its modification procedure, and the lack of continuity in the analysis of the information and citizen participation mechanisms within the evaluation of the modification of the IGA could generate an impact on the human rights of the population related to the project. Additionally, as part of the analysis, it will be determined that including the analysis of the status of the obligations of an environmental management instrument and the mechanisms of information and citizen participation, related to the realization and implementation, are vital in order for the content of the administrative act to have a human rights approach. Likewise, a proposal will be put forward for a normative reform that makes possible the link between the execution of the obligations contained in the initial environmental mechanism and the modification of the same. In order to support the proposed conclusions, a normative study will be carried out on the content of the administrative act within the framework of a modification of an environmental management instrument. For this purpose, the principle of legality and its scope will be analyzed, which will be deepened with a doctrinal analysis of its scope, contrasted with a human rights approach. Likewise, a doctrinal study will be made on the mechanisms of information and citizen participation, and their purpose. This will be contrasted with its regulation in the sanitary emergency framework.
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Informe Jurídico sobre la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA

Gómez Limaylla, Claudia Milagros 12 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad hacer un análisis crítico de lo resuelto por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 3591-2016-DEL SANTA, a través de la cual, bajo un criterio lesivo y arbitrario se determina que la sola ocurrencia de un infarto en el centro de trabajo genera su calificación automática como accidente de trabajo; asimismo, que el fallecimiento del extrabajador en el centro de trabajo es una prueba irrefutable del incumplimiento del deber de prevención del empleador, considerando este deber como una obligación de resultados y; por último, que en atención a dicho incumplimiento el empleador es responsable del pago de una pensión por sobrevivencia. En base a lo expuesto, tras la revisión de la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Constitución Política del Perú y, de manera supletoria, los instrumentos internacionales, se llegó a la conclusión de que: (i) el infarto sufrido por el extrabajador no califica como accidente de trabajo, toda vez que no se presenta el elemento conectivo entre el infortunio sufrido y el cumplimiento de las órdenes laborales encomendadas; (ii) el deber de prevención es una obligación de medios que tiene como fin minimizar y controlar los peligros y riesgos presentes en el trabajo y, (iii) no existe congruencia procesal entre lo resuelto por la Corte Suprema y la pretensión planteada en el proceso.
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El tratamiento de los descuentos en la importación de bienes clasificados en el arancel de aduanas

Valencia Puma, Raul Gustavo 20 May 2022 (has links)
En el presente trabajo de investigación se analiza el tratamiento de los descuentos otorgados en la importación de bienes clasificados en el Arancel de Aduanas. La investigación inicia con el desarrollo de la regulación de los descuentos en las normas tributarias y aduaneras referidas a la base imponible de los tributos aplicables en la importación de mercancías, tales como: los Derechos Arancelarios y el Impuesto General a las Ventas (IGV). Siguiendo el método jurisprudencial y doctrinal, en la investigación se analiza el tratamiento de los descuentos en las normas de valoración en aduanas supranacionales e internas. Luego, la investigación se centra en el tratamiento de los descuentos en la Ley del IGV, con la finalidad de determinar si los requisitos para aceptar los descuentos regulados en la referida Ley y su Reglamento son aplicables también para el supuesto de la importación de un bien corporal. Para lo cual, se analizan las diferencias que existen entre las operaciones realizadas entre sujetos domiciliados y aquéllas en la que interviene un sujeto no domiciliado que no está sujeto al Reglamento de Comprobantes de Pago, como es el caso de la importación o la utilización de servicios. El problema identificado en la investigación se presenta cuando la Ley del IGV restringe el derecho de los importadores, reconocido en el Código Tributario, a exigir la devolución del monto pagado en exceso, al establecer que los descuentos que se concedan luego del pago del IGV en las importaciones no generan alguna deducción al impuesto bruto, sino que se permite su utilización como crédito fiscal y se niega la posibilidad del importador a solicitar la devolución del IGV pagado en exceso. Al respecto, se propone que la actual regulación de la Ley del IGV no restringe que el importador pueda solicitar de parte, la compensación de una deuda tributaria aduanera con el IGV pagado en exceso en la importación a consecuencia del descuento. Asimismo, se analiza si dicha regulación especial podría afectar a los contribuyentes al producir una acumulación del crédito fiscal generado por el pago del IGV en las importaciones, que no puede ser utilizado y que se venga arrastrando por varios periodos, restando liquidez a los contribuyentes. Con relación al problema de investigación, se propone la utilización del valor provisional como alternativa viable para algunos importadores. Además, se propone una modificación al artículo 26 de la Ley del IGV, siguiendo a la legislación comparada, con la finalidad de evitar la acumulación del crédito fiscal por el actual tratamiento de los descuentos en las importaciones de mercancías.

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