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511

La eficacia del sistema de arbitraje de consumo en el Perú

Valencia Jaén, Karol Andrea 17 November 2017 (has links)
El trabajo de investigación se divide en cinco partes. La primera parte así como la segunda estarán destinadas a describir el marco conceptual general del arbitraje, en cada uno de sus alcances y caracteres más relevantes para así poder conocer mejor esa institución como mecanismo de resolución de conflictos y situar al lector en el marco del arbitraje y su aplicación en el Perú a fin que el lector tenga una idea clara de cómo opera el arbitraje en nuestro país. Además, para poder entender el mecanismo del arbitraje de consumo es necesario que explicar primero que es el arbitraje y cómo opera el mismo para poder guiar el posterior análisis del autor y la comprensión de la tesis por parte del lector. La tercera parte buscará dar una visión de la aplicación del sistema del arbitraje de consumo en general así como de sus principales caracteres y la normativa que lo regula en nuestro país. Asimismo se plantean a lo largo de ambas secciones las principales ventajas pero también las principales falencias y defectos del sistema de arbitraje de consumo, las cuales se proceden a analizar de manera minuciosa, con el fin de que el lector conozca las mismas, se empape del tema y se forme un criterio propio acerca de la verdadera viabilidad, funcionalidad y eficacia que podría tener la implantación de dicho sistema en nuestro país. Dicho análisis va acompañado de la más completa denotación de casos y supuestos varios del derecho extranjero que demuestran porque en algunos casos resulta eficaz éste sistema de arbitraje de consumo y en otros no. El objetivo es identificar las ventajas, pero también las debilidades de éste sistema. Finalmente la cuarta parte de la tesis está dedicada al análisis de cada uno de los problemas y debilidades citados en el sector cuarto con su contraparte de resultado y propuesta de mejora. Ya que la idea de la presente tesis es identificar cómo operaría éste sistema en nuestro país en comparación con otras legislaciones y determinar a raíz de ello y del análisis de su naturaleza y caracteres particulares si el mismo sería viable y funcional en nuestro país a la luz de nuestra legislación vigente en materia de protección al consumidor. En la medida de lo posible se tratará de contar con información cuantitativa en cuanto a jurisprudencia y resoluciones de casos para que la comparación no se haga solamente a nivel de texto legal. Esto serviría para completar el análisis con una comparación de las experiencias internacionales con la peruana. El objetivo es dar recomendaciones a las falencias y errores identificados, teniendo como sustento otros sistemas que tienen mayor eficacia.
512

Los principios de solidaridad y universalidad como pilares del mantenimiento y subsistencia del modelo contributivo de la seguridad social en lo referente a la pensión de jubilación

Almeida Cáceres, Verónica Alejandra 02 December 2019 (has links)
A mediados del siglo XX, con la proclamación de la Carta Internacional de Derechos Humanos, el tema de la seguridad social empieza a tomar mayor trascendencia. Es así que los estados han ido incorporando en su legislación distintas disposiciones que garantizan a la población el goce adecuado de este derecho cuyo carácter es universal. Al ser la seguridad social es uno de los deberes ineludibles del estado, corresponde a éste velar por su mantenimiento y sostenibilidad. Para ello, es necesario contar con los recursos suficientes que permita alcanzar dicho fin. En consecuencia, resulta indispensable el análisis de los principios de universalidad y solidaridad como aspectos necesarios para el mantenimiento del sistema. En este sentido, el objetivo principal de este trabajo de investigación, es determinar si los principios de solidaridad y universalidad, dentro del modelo contributivo, se constituyen en pilares fundamentales para el mantenimiento de la seguridad social (jubilación). Al efecto, la presente investigación contará con tres capítulos destinados a comprobar que a través de la aplicación de estos principios es posible conseguir la subsistencia del sistema en lo que se refiere a la pensión de jubilación. La aplicación de dichos principios implica que, dentro del sistema, todos los individuos contribuyen a un fondo común, con el fin de obtener una protección conjunta frente a la contingencia de la vejez. Toda vez que la jubilación es una prestación muy costosa y su incidencia en el presupuesto es bastante marcada. Por tanto, resulta indispensable que el sistema encuentre su fundamento en los principios de solidaridad y universalidad. Siguiendo esta línea, una vez hecho el análisis que amerita el caso, se puede concluir que la aplicación de los principios de solidaridad y universalidad, hace posible el mantenimiento y subsistencia del sistema a largo plazo. Pues se encuentran intrínsecamente ligados a la noción de la seguridad social.
513

La extensión de los deberes fiduciarios de los órganos de administración de las sociedades al administrador concursal dentro del marco del procedimiento de reestructuración patrimonial

Valderrama Ugarte, Pierre Leroy 08 November 2024 (has links)
Las sociedades mercantiles en las últimas décadas, han progresado de la mano de la doctrina y la jurisprudencia nacional como comparada, las cuales han desarrollado conceptos, garantías, obligaciones, estándares, entre otros, que las han enriquecido tanto desde el plano académico como del empresarial, en su día a día. Estos elementos que han aportado a su desarrollo, de ningún modo y bajo ninguna circunstancia, deberían ser dejados de lado, independientemente de las situaciones por las que pasen las sociedades mercantiles. Mediante la presente investigación buscamos dar respuesta a un fenómeno que se ha derivado del sometimiento de las sociedades mercantiles al procedimiento de reestructuración patrimonial contenido en la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal, y mediante el cual, la junta general de accionistas se abstrae del plano societario (manteniendo la propiedad de las acciones, pero relevándose de sus derechos como accionistas), para proceder a ser reemplazada por la junta de acreedores, quien reemplaza en derechos y atribuciones a las junta de accionistas y por imperio de la Ley, procede a nombrar a un órgano de administración (administrador concursal) de la ahora sociedad mercantil concursada, y quien se encarga de los actos de administración delegados por la junta de acreedores, hasta el cumplimiento del plan de reestructuración concursal. Ahora bien, hemos planteado que producto de esta abstracción mediante la cual, la junta de acreedores nombra a un administrador concursal de la sociedad concursada, es que se genera una relación de agencia entre la junta de acreedores y el administrador concursal, de los cuales se derivan deberes fiduciarios y otras instituciones del derecho societario, que en mérito de este fenómeno sui generis, se aplicarán dentro del derecho concursal.
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La discriminación por razón de género en la regulación de la impugnación de la paternidad matrimonial por parte de la mujer casada

Puga Villanueva, María Gracia 12 October 2015 (has links)
La presente investigación pretende demostrar que la regulación de la impugnación de la paternidad matrimonial por parte de la mujer casada vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación de las madres, por tanto, es discriminatoria por razón de género. Para ello, este trabajo se divide en tres partes. En el primer capítulo, se contextualiza el problema abordando el impacto de la Constitucionalización del Derecho de Familia en la regulación del sistema filiatorio, atendiendo a que en el marco de un Estado Constitucional la labor del legislador y demás autoridades estará supeditada a los principios y derechos fundamentales proclamados en la Carta Magna, tales como el derecho a la igualdad y no discriminación. Asimismo, se analiza la institución de la filiación y su relación con el principio del interés superior del niño; así como los derechos fundamentales que deben sustentarla desde la perspectiva constitucional. En el segundo capítulo, se realiza una revisión de la regulación de la paternidad matrimonial, en particular, la presunción pater is y la acción impugnatoria. En tal sentido, se coteja lo planteado en la legislación aludida a la luz de la constitucionalización del Derecho de Familia, pretendiendo evidenciar los valores y estereotipos de género que subyacen a esta regulación y la fundamentan; así como que aquellos no son óbice para justificar la afectación de principios y derechos constitucionales. Finalmente, el tercer capítulo se centra en el estudio de diez casos sobre impugnación de paternidad matrimonial en que el que se identifica cómo los operadores jurídicos resuelven la incompatibilidad de la regulación de la impugnación de la paternidad matrimonial con lo estipulado en la Constitución. Para ello, se analizan los criterios relevantes utilizados en el razonamiento judicial, así como las deficiencias de este. Por último, esta investigación culmina con una revisión de proyectos de ley para modificar la regulación sobre la materia, concluyendo que continuar con una legislación que no respeta los derechos fundamentales ni los protege efectivamente, no se condice con lo que implica ser un Estado constitucional.
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Informe jurídico de la sentencia 468/2020 del expediente N° 04417-2016-PHC/TC

Quispe Umpire, Madily Graetzel 19 August 2021 (has links)
La Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 149 la función jurisdiccional de las Comunidades Campesinas y Nativas con el apoyo de las Rondas Campesinas; sin embargo, en la Sentencia 468/2020 del Tribunal Constitucional, emitida el 23 de julio de 2020, se desconoce las competencias de las Rondas Campesinas al considerar que estas solo cuentan como apoyo de la función jurisdiccional de las Comunidades Campesinas. Al respecto, este informe busca demostrar que, de la emisión de esta Sentencia, se ha vulnerado derechos sobre las Comunidades Campesinas y en el caso en cuestión, sobre la Ronda Campesina del Caserío Las Malvinas toda vez que se declaró fundada la demanda de Habeas Corpus impuesta por José Santos Castillo Fernández. Para ello, se realiza el análisis de las normas nacionales e internacionales vinculantes para el reconocimiento de las competencias de las Rondas Campesinas en relación a un Estado pluricultural y además observar la falta de motivación en relación a la vulneración de los derechos sobre José Santos Castillo Fernández quién fue sancionado por la Comunidad por faltar a la Asamblea General del Caserío Las Malvinas. Finalmente, en relación a lo observado sobre la sentencia, objeto de análisis, se determina la escasez de la interculturalidad de la administración de justicia y las contradicciones del Tribunal Constitucional al desconocer competencias de las Rondas Campesinas para ejercer jurisdicción dentro de las Comunidades en las que se desenvuelven.
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Desigualdad entre los Plazos de Licencias de Maternidad y Paternidad: Una perpetuación de la visión tradicional de los roles de género mediante la Ley

Carbajal Alegre, Max Lenin 11 March 2019 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad evidenciar que las licencias de maternidad y paternidad, tal y cómo se encuentran actualmente formuladas en nuestro ordenamiento, tienen una base en la visión tradicional de los roles de género asignándole principalmente a la madre trabajadora el cuidado del recién nacido, mientras que solo se establece una labor auxiliar en el caso del padre trabajador. La perpetuación de dicha ideología tiene efectos socioeconómicos y laborales concretos, no solo en cómo se nos enseña “funciona” una familia conforme a la ley, sino también, en el valor que se le asigna a determinado tipo de trabajador, pues la amplia diferencia en los plazos de licencia conlleva a un mayor “costo” en la contratación femenina, lo cual disuade a muchas empresas a contratar personal femenino por la potencialidad del embarazo así como se entiende que tienen una “carga adicional” (la familia). En ese sentido, en el presente trabajo formulamos que resulta necesario una modificación de las licencias parentales para evitar los efectos negativos actualmente existentes.
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Criterios para la aplicación del principio de causalidad en los casos de fusión de persona jurídicas para la asignación de la responsabilidad ambiental aplicada por el OEFA en el subsector minero

Flores Alva, Karen Giselle 06 March 2019 (has links)
El desarrollo del presente trabajo pretende brindar los criterios para la aplicación del principio de causalidad esbozado en el numeral 8 del artículo 230 de la Ley del Procedimiento Administrativo General en el marco de los procedimientos administrativos sancionadores seguidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ante el incumplimiento de las obligaciones ambientales en el ámbito administrativo respecto de titulares de la actividad de gran y mediana minería, en los casos de fusión de personas jurídicas que implican la extinción de las mismas. Hasta la fecha, en los supuestos de extinción y fusión de personas jurídicas, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental aplica la sucesión procesal de personas jurídicas y continúa los procedimientos sancionadores contra la persona jurídica subsistente del proceso de fusión. Al respecto, considero que esta acción puede ser perfeccionada. De esta manera, como se desarrollará en el presente trabajo, considero que existen documentos elaborados por los órganos de este organismo que deben ser considerados para la configuración del pasivo contingente en la transferencia de patrimonio en bloque y universal que implica la fusión de las personas jurídicas. Específicamente, se está hablando del informe de supervisión y del informe final de instrucción. Ambos documentos deberían ser considerados en el pasivo contingente para así evitar la elusión de la responsabilidad administrativa por parte de las personas jurídicas subsistentes.
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El tipo de consumidor protegido: sobre la inclusión del microempresario en el Código de Protección y Defensa del consumidor

Rosadio Camahuali, Jhair Emanuel 27 May 2020 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo determinar si sería ideal que el microempresario fuera considerado como consumidor bajo el marco del Sistema de Protección al Consumidor. Para ello, este trabajo también se propone delimitar la finalidad de dicho sistema, sus funciones y la mejor forma que el Legislador podría utilizar conseguir los mismos. En ese sentido, este trabajo propone que la finalidad principal del Sistema de Protección al Consumidor es la corrección de la asimetría informativa en el mercado. Asimismo, la función principal de este sistema es la protección de los consumidores, mientras que la secundaria es la protección del proceso competitivo. Para conseguir dicho fin la mejor opción para el Legislador será implantar una presunción legal: deberá ser considerado consumidor el destinatario final de productos o servicios. De ese modo, no sería ideal que el microempresario, un agente del mercado (un proveedor), sea considerado como consumidor. Ello permitiría que la Autoridad de Consumo concentre sus esfuerzos en optimizar la corrección de la asimetría informativa.
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El derecho a la sindicalización, negociación y huelga, de los trabajadores de dirección y de confianza en el sector privado en el Perú- año 2019

Berríos Soto, Lizet Karina 03 March 2020 (has links)
En nuestra regulación laboral, existen distintas clases de trabajadores, que por su naturaleza, funciones y responsabilidades, tienen un tratamiento especial, entre ellos tenemos a los trabajadores de dirección y de confianza, los cuales poseen atribuciones o responsabilidades particulares en la empresa, ello en la medida en que dicho personal se encuentra en una posición distinta ante el empleador en tanto goza de facultades especiales respecto a los demás trabajadores, o inclusive representa al empleador ante ellos o terceros ajenos a la organización. Los trabajadores que ocupan puestos de dirección, son aquellos cuya función de rectoría superior consiste en el desempeño de poderes propios del empresario (no necesariamente todos los poderes de este) que versen sobre los objetivos generales de la empresa. Los trabajadores de confianza son aquellos cuya posición les confiere responsabilidad, las delicadas tareas que desempeñan o la honradez que para sus funciones se exige, cuenta con fe y apoyo especial por parte del empresario, o la dirección de la empresa. Los trabajadores de confianza difieren de los altos empleador (Directores, gerentes, administradores, etc) porque ocupan puestos menos elevados y ejercen pocas funciones de dirección. En este sentido, un trabajador de dirección es siempre un trabajador de confianza, pero un trabajador de confianza no necesariamente ocupa un puesto de dirección. El presente trabajo tiene como finalidad abordar el derecho a la libertad sindical de esta clase de trabajadores, analizar a fondo el espíritu del legislador respecto a la limitación evidente de su derecho a la sindicalización y los efectos que estos traen consigo, determinar si este impedimento se extiende a la negociación colectiva y finalmente a la huelga, como se desarrolla en la práctica este derecho constitucional en esta clase de trabajadores y como ha abordado el mismo otros países.
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Prueba y tributo: un análisis constitucional en torno a los medios probatorios extemporáneos en el procedimiento y proceso contencioso tributario

Sumarriva Trujillo, Lucero Samy 07 July 2020 (has links)
En el ámbito del Derecho Tributario la determinación de la obligación tributaria es un aspecto transcendental, pues por su intermedio, el individuo puede contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo a su capacidad contributiva, mientras que el Estado puede recaudar recursos tributarios que constituyen una de sus principales fuentes de financiamiento. Empero, la determinación de la obligación tributaria, es un proceso que puede resultar complejo, pues en razón de que en nuestro país tenemos un sistema de autodeterminación, el administrado es quien determina la obligación tributaria que le corresponde, que al ser posteriormente materia de fiscalización o revisión por parte de la Administración Tributaria, pueden surgir una serie de controversias que tienen como uno de sus aspectos más importantes y a su vez problemáticos, el sustento probatorio de las obligaciones tributarias, y más concretamente la oportunidad en la cual deben ser presentados los mismos. Pues bien, cuando tales medios probatorios no son presentados oportunamente, precluye la facultad de que sean admitidos, y consiguientemente no pueden ser valorados, tanto por la Administración Tributaria como por el Tribunal Fiscal, conforme a las reglas de preclusión procesal que el legislador ha previsto en los artículos 125°, 141° y 148° del Texto Único Ordenado del Código Tributario; salvo que el administrado se encuentre en alguno de los supuestos de excepción que tales normas han contemplado. Y como producto de esta situación, los administrados acuden al Poder Judicial, para cuestionar las decisiones asumidas por los órganos administrativos antes mencionados, respecto a la denegatoria de admisión de medios probatorios extemporáneos sin que medie alguno de los supuestos de excepción. Así las cosas, de la revisión de las decisiones adoptadas por el órgano jurisdiccional, se advierte que una de las líneas de interpretación es la admisión de medios probatorios extemporáneos sin el cumplimiento de alguno de los supuestos de excepción, principalmente, con el argumento de que se estaría vulnerando el derecho a probar de los administrados, y de esta manera se deja de lado las reglas de preclusión procesal previstas en el ordenamiento tributario así como aquellas previstas en el artículo 30° del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo; todo ello, partiría de una interpretación que tiene como fundamento la prevalencia de derechos constitucionalmente protegidos. Sin embargo, las reglas de preclusión procesal recogidas, tanto en los procedimientos como en el proceso contencioso tributario, tienen como sustento al principio constitucional de seguridad jurídica que a su vez permite la vigencia del sistema jurídico y del Derecho en sí mismo. En ese sentido, es menester efectuar un análisis desde la perspectiva constitucional, para evaluar la colisión entre el derecho a probar y las reglas de preclusión procesal; para tal fin, se aplicará el principio de proporcionalidad planteado por Robert Alexy, entendiendo al derecho a probar bajo la lógica de los principios (pues es un derecho que admite restricciones) y a las reglas de preclusión procesal, bajo el sustento del principio constitucional de seguridad jurídica. De esta manera, se permitirá establecer la constitucionalidad de las restricciones del derecho a probar en el ámbito del Derecho Procesal Tributario, y se podrá analizar las líneas jurisprudenciales adoptadas en las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales sobre la admisión de medios probatorios extemporáneos. / Trabajo de investigación

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