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Informe jurídico sobre la Resolución N° 124-2022-OSGSE/ DSHL: Las instalaciones inactivas en el artículo 217 del Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos

Jiménez Arrieta, Yoel Josafat 07 August 2024 (has links)
El presente trabajo se desarrolla en el marco de un Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) a la empresa Pacific Stratus Energy S.A., luego denominada Frontera Energy del Perú S.A., en su calidad de operador del Lote 192, tras la verificación del supuesto incumplimiento de la obligación contenida en el artículo 217 del Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, correspondiente al retiro de una instalación inactiva, referido a la línea de descarga de 12’ de la Batería Capahuari Sur, localizada en su área de operación. Al respecto, se analiza, de manera central, la actuación del Osinergmin en el desarrollo del procedimiento y la asignación de responsabilidad al administrado. Para ello, se desarrollan dos aspectos secundarios que coadyuvan a dilucidar la controversia principal. En primer lugar, se examina el tipo infractor respectivo y su delimitación. En segundo lugar, se reflexiona en torno a la falta de análisis de la autoridad sobre la posible calificación de la instalación como un pasivo ambiental del subsector hidrocarburos. En este sentido, como resultado se verificará si Osinergmin actuó dentro del marco jurídico aplicable, partiendo, principalmente, del desarrollo de los principios del procedimiento administrativo y la potestad sancionadora de la Administración contenidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. / This research work is developed within an Administrative Sanctioning Procedure initiated by the Energy and Mining Regulatory Agency of Peru to the oil company Pacific Stratus Energy S.A., later named Frontera Energy del Perú S.A., in its capacity as operator of Block 192, after verifying the alleged non-compliance with the obligation contained in article 217 of the “Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos”, corresponding to the removal of an inactive installation, referred to the 12' discharge line of the Batería Capahuari Sur located in its area of operation. In this regard, we analyze mainly the regulatory agency performance in the procedure and the assignment of responsibility to the economic agent. For this purpose, two secondary aspects are developed that help to elucidate the main controversy. Firstly, the respective legal classification of the offence and its delimitation are examined. Secondly, lack of analysis by the authority on the possible qualification of the installation as a hydrocarbon environmental liability is reflected upon. Finally, it will be verified whether the regulator acted within the applicable legal framework based on the revision of the principles of administrative procedure and the sanctioning power of the Administration contained in the “Ley del Procedimiento Administrativo General”.
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Informe Jurídico sobre el caso arbitral recaído en el Laudo N° 382-2022-CEAR

Campos Trejo, Paolo Jesús 08 August 2024 (has links)
El Laudo Arbitral del Caso N° 382-2022-CEAR involucra una disputa entre el Consorcio Kaysun - Alldocube (el demandante), compuesto por dos empresas chinas, y la Unidad Ejecutora 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos, adscrita al Ministerio de Educación del Perú (la demandada). La controversia surge en el marco de un contrato suscrito conforme a la Ley de Contrataciones del Estado para la adquisición de bienes en el marco del programa “Aprendo en Casa”. La controversia se centra en la capacidad de la Entidad para anular una conformidad contractual previamente emitida y llevar a cabo una reexaminación contractual basada en normas administrativas, culminando en la resolución del contrato. La Entidad argumenta que tiene la facultad administrativa de emitir y anular conformidades, apoyándose en la Ley del Procedimiento Administrativo General, lo que le permite aplicar una "verificación posterior" a la ejecución del contrato. En contraste, el Contratista sostiene que, una vez emitida la conformidad, la Entidad no puede declararla nula mediante un acto administrativo debido a la competencia exclusiva de la jurisdicción arbitral para pronunciarse sobre la controversia. Según el Contratista, cualquier intento de dejar sin efecto la conformidad debía ser presentado como una pretensión ante un Tribunal Arbitral. El Tribunal Arbitral se dividió en su decisión, emitiendo un laudo por mayoría y con un voto en minoría que se caracteriza por un diferente razonamiento relacionado a las pretensiones presentadas por las partes. Las discrepancias entre los árbitros incluyen aspectos competenciales, como si el Tribunal puede declarar la nulidad de un acto administrativo o solo su ineficacia. Además, se cuestiona si la jurisdicción arbitral es competente para declarar la nulidad de un acto administrativo, o si esta competencia recae en la jurisdicción contenciosoadministrativa del Poder Judicial. Esta división refleja la complejidad del caso y las dificultades en la interpretación de las normas aplicables. / The Arbitral Award in Case No. 382-2022-CEAR involves a dispute between the Kaysun - Alldocube Consortium (the claimant), composed of two Chinese companies, and Execution Unit 120: National Program for the Provision of Educational Materials, an institution under the Ministry of Education of Peru (the respondent). The controversy arises within the framework of a contract signed in accordance with the State Procurement Law for the acquisition of goods under the "Aprendo en Casa" program. The dispute centers on the Entity's ability to annul a previously issued contractual acceptance and conduct a contractual reexamination based on administrative norms, culminating in the termination of the contract. The Entity argues that it has the administrative authority to issue and annul acceptances, relying on the General Administrative Procedure Law, which allows it to apply a "subsequent verification" to the contract's execution. In contrast, the Contractor argues that once acceptance is issued, the Entity cannot annul it through an administrative act due to the exclusive competence of the arbitral jurisdiction to rule on the dispute. According to the Contractor, any attempt to annul the acceptance should be presented as a claim before an Arbitral Tribunal. The Arbitral Tribunal was divided in its decision, issuing an award by majority with a dissenting vote. The discrepancies among the arbitrators include jurisdictional issues, such as whether the Tribunal can declare the nullity of an administrative act or only its ineffectiveness. Additionally, it is questioned whether the arbitral jurisdiction is competent to declare the nullity of an administrative act or if this competence lies with the contentious-administrative jurisdiction of the Judiciary. This division reflects the complexity of the case and the difficulties in interpreting the applicable norms.
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Informe jurídico sobre la Resolucíon N° 1723-2023/SPC-INDECOPI

Sosa Villagarcia, Valeria 09 August 2024 (has links)
La Resolución N.°1723-2023/SPC-INDECOPI se centra en el proceso administrativo sancionador iniciado por ACUREA contra Comercial Mont S.A.C. y su gerente general, el señor Mont, por presuntas cláusulas abusivas en los Términos y Condiciones del portal web de Platanitos, contraviniendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. El análisis crítico de este caso se enfoca en las decisiones adoptadas por la Sala Especializada en Protección al Consumidor de INDECOPI, específicamente en la evaluación de las cláusulas denunciadas y los criterios utilizados para determinar si la conducta infractora fue subsanada y la responsabilidad del gerente general. Se coincide con la Sala en la declaración de algunas cláusulas como abusivas mientras que otras no lo fueron. Sin embargo, se cuestiona la adecuación de la resolución emitida, argumentando que hubo errores en la aplicación de los criterios legales pertinentes. Esta postura crítica subraya la importancia de un examen detallado y preciso en la protección de los derechos del consumidor y la correcta aplicación de las normativas vigentes en materia de defensa del consumidor y responsabilidad administrativa. El caso destaca la necesidad de garantizar que los consumidores estén protegidos de prácticas abusivas, al mismo tiempo que se asegura una aplicación coherente y justa de las leyes que regulan las relaciones comerciales y la responsabilidad de los directivos de las empresas. / The Resolution N.°1723-2023/SPC-INDECOPI focuses on the administrative sanctioning process initiated by ACUREA against Comercial Mont S.A.C. and its general manager, Mr. Mont, for alleged abusive clauses in the Terms and Conditions of the Platanitos website, contravening the Consumer Protection and Defense Code. The critical analysis of this case centers on the decisions made by the Specialized Consumer Protection Board of INDECOPI, specifically on the evaluation of the reported clauses and the criteria used to determine whether the infringing conduct was rectified and the responsibility of the general manager. The Board concurs with the Board's identification of some clauses as abusive while others were not. However, questions arise regarding the adequacy of the issued resolution, arguing that there were errors in the application of relevant legal criteria. This critical stance underscores the importance of a thorough and precise examination in protecting consumer rights and the correct application of existing regulations concerning consumer defense and administrative liability. The case highlights the necessity to ensure that consumers are shielded from abusive practices while ensuring a consistent and fair application of laws governing commercial relationships and corporate executive responsibility.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 074-2021-OEFA/ TFA-SE

Guevara Ratto, Sol María 08 August 2024 (has links)
La subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad es una de las defensas más comunes empleadas por los administrados en los procedimientos sancionadores iniciados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). No obstante, a fin de demostrar la configuración de esta eximente, es esencial evaluar la naturaleza de la conducta infractora y determinar si es posible subsanarla. En este contexto, la finalidad del presente Informe Jurídico es analizar si la implementación de componentes de exploración minera en una ubicación diferente a la establecida en el instrumento de gestión ambiental constituye una infracción subsanable. Este análisis se desarrolla a la luz de la Resolución N° 074-2021-OEFA/TFA-SE del Tribunal de Fiscalización Ambiental, la cual concluyó que dicha conducta no puede ser subsanada, incluso si el administrado ha realizado el cierre y remediación de los componentes reubicados. Como resultado del análisis, se concluye que, debido a la naturaleza de la conducta infractora y la forma en que esta ha sido tipificada en la normativa ambiental, no es posible subsanarla. Sin embargo, la ejecución de actividades de cierre de los componentes reubicados de manera anterior al inicio del procedimiento sancionador debe ser considerada por la autoridad sancionadora como un factor atenuante en la oportunidad de imponer la multa correspondiente. / Voluntary remediation as an exception of liability is one of the defenses most commonly used by administrators in sanctioning procedures initiated by the Environmental Evaluation and Control Agency (OEFA). However, in order to support the applicability of this exemption from liability, it is imperative to evaluate the nature of the infringing conduct and determine whether the correction is feasible. In this context, this Legal Report seeks to analyze whether the implementation of mining exploration components in a location other than that established in the environmental management instrument constitutes a remediable infraction. This analysis is carried out in light of Resolution No. 074-2021-OEFA/TFA-SE of the Environmental Oversight Tribunal, which concluded that such conduct is not remediable, even if the administrator has carried out the closure and remediation of the relocated components. The analysis concludes that, due to the nature of the infringing conduct and the way it has been classified in the environmental regulations, remediation is not feasible. However, the execution of the closure activities of the relocated components prior to the initiation of the sanctioning procedure should be considered by the sanctioning authority as a mitigating factor when imposing the corresponding fine.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 3206-2023/SPC-INDECOPI

Sánchez Lozada, Valeria Sofia 12 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analizará la Resolución N° 3206-2023/SPCINDECOPI, en la cual se resuelve la denuncia realizada por la señora Elizabeth Magaly D’Uniam Paredes en contra de la Asociación Cultural Óscar Avilés por presuntas infracciones a los artículos 18°, 19°, 38°, 56° y 152° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En dicha resolución se discute si la denunciada habría incurrido en: (i) actos de discriminación en el consumo (ii) infracción al deber de idoneidad; (iii) infracción al deber de entregar el libro de reclamaciones; y, (iv) haber ejercido métodos comerciales coercitivos. La finalidad del presente informe es evaluar si es que efectivamente la denunciada habría incurrido en alguna de las infracciones antes señaladas. Para ello, primero se evaluarán los derechos que están involucrados en cada tipo infractor, ello haciendo uso la normativa aplicable, jurisprudencia y doctrina; segundo, en base a los hechos, medios probatorios presentados y con apoyo del marco teórico previamente establecido, se hará un análisis de cada supuesto infractor en específico y se determinará si es que la Sala Especializada en Protección al Consumidor hizo un correcto análisis de los mismos. Finalmente, en base al análisis realizado se concluirá que la denunciada no habría cometido actos de discriminación en el consumo ni habría ejercido algún método comercial coercitivo; sin embargo, sí cometió en una infracción a la obligación de entregar el Libro de Reclamaciones; y la conducta imputada como infracción al deber de idoneidad en realidad es una infracción al artículo 150° del Código. / This legal report will analyze the Resolution N° 3206-2023/SPC-INDECOPI, which resolves the denouncement filed by Mrs. Elizabeth Magaly D'Uniam Paredes against the Cultural Association Óscar Avilés for alleged violations to articles 18°, 19°, 38°, 56° and 152° of the Consumer Protection and Defense Code. In said resolution it is discussed whether the accused has incurred in: (i) acts of discrimination in consumption; (ii) violation of the duty of suitability; (iii) violation of the duty to deliver the complaints book; and, (iv) having exercised coercive commercial methods. The purpose of this report is to evaluate whether or not the accused has actually incurred in any of the aforementioned infringements. For this purpose, it will be evaluated the rights involved in each type of infringement, making use of the applicable regulations, jurisprudence and doctrine; second, based on the facts and evidence presented, as well as with the support of the theoretical framework previously established, an analysis of each specific infringement will be made and it will be determined if the authority made a correct analysis of them. Finally, based on the analysis carried out, it will be concluded that the accused did not commit acts of discrimination in the consumption nor did it use any coercive commercial method; however, it did infringe the obligation to deliver the complaints book; and the conduct alleged as an infringement of the duty of suitability is in fact an infringement of Article 150°of the Code.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 034-08-MA/R, E-2435, Procedimiento Administrativo Sancionador seguido por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA contra Volcan Compañía Minera S.A.A por haber incumplido con obligaciones en materia ambiental

Heredia Torres, Eduardo 01 October 2024 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, el “PAS”) seguido por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (en adelante, el “OEFA”), en contra de Volcan Compañía Minera S.A.A. (en adelante, “Volcan”), por el incumplimiento de obligaciones en materia ambiental en el desarrollo de las actividades mineras de la Unidad de producción “Cerro de Pasco” (en adelante, la “UP Cerro de Pasco”). El PAS bajo análisis es de relevancia debido a que el manejo ambiental de las actividades extractivas, en particular de las actividades mineras, es uno de los focos principales de cuestionamiento de dichas actividades. El incumplimiento de este tipo de obligaciones puede desencadenar en conflictos sociales. La población puede cuestionar el proceso de fiscalización efectuado por las autoridades competentes (siendo la entidad competente para fiscalizar las actividades mineras de la gran minería el OEFA), considerando que el mismo es insuficiente o inadecuado. Mediante el presente trabajo busco identificar y analizar los problemas jurídicos tratados por el OEFA en las dos instancias que se desarrollaron como parte del PAS materia del presente informe y de esta forma determinar si la entidad fiscalizadora ha realizado una correcta evaluación de las situaciones ocurridas al amparo de las normas jurídicas aplicables y resuelto conforme a lo regulado en estas. Del análisis de los problemas jurídicos identificados, he llegado a concluir que, en mi opinión, la mayoría las conclusiones alcanzadas por el OEFA han sido correctas y se encuentran concordes con el marco normativo vigente al momento de la emisión de su decisión, tanto las esbozadas en la resolución de primera instancia a través de la Resolución Directoral No. 318-2012-OEFA/DFSAI, como en las que fueron finalmente plasmadas por el Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el “TFA”) mediante la Resolución No. 14-2013-OEFA/TFA, que resolvió el recurso de apelación presentado por Volcan.
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Generalización en el uso de casillas electrónicas: solución práctica al problema de la falta de eficiencia en la gestión de notificación los actos administrativos emitidos por la SUTRAN, Región Lima, al año 2022

Dongo Torres, José Carlos 08 November 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación se avocará en las alternativas de solución respecto del problema en la gestión de notificación, y la consecuencia de ello, la ineficacias de los actos administrativos, principalmente en la virtualización de los canales para los tramite documentarios, plataformas interactivas de atención así como mesa de partes virtuales, por cuanto procedimientos administrativos manuales y/o presenciales son lentos y asincrónicos, muchos de estos se han venido gestionando de manera personal, presencial, y en papel, no pudiendo superar esta brecha utilizando recursos digitales y en línea, siendo esto una demora en la agilización de trámites administrativos; asimismo, los defectos respecto a la notificación manual de las actas de notificación personal los tramites y/o documentos similares, y así, evitar una carga social y económica en cuanto al tiempo y dinero invertido por parte de los administrados. Siendo que la digitalización de canales de atención como las mesas de partes digitales, permitirán aligerar la carga procedimental, por un lado, y por el otro agilizar los trámites administrativos en beneficio del usuario, generando así transparencia y confianza de parte del administrado hacia la entidad. obteniendo decisiones administrativas que logren su finalidad, sancionar de manera real, y a su vez que los administrados obtengan una decisión administrativa y motivada, pudiendo participar de manera activa en un procedimiento administrativo sancionador, controlando los plazos procedimentales tanto para presentación de documentos y descargos, como para la emisión de decisiones administrativas. / This research work will focus on the alternative solutions to the problem of notification management, and the consequence of this, the ineffectiveness of administrative acts, mainly in the virtualization of the channels for document processing, interactive platforms for attention as well as virtual desk of parts, as manual and/or face-to-face administrative procedures are slow and asynchronous, many of these have been managed in person, in person, and on paper, not being able to overcome this gap by using digital and online resources, being this a delay in the streamlining of administrative procedures; Likewise, the defects with respect to the manual notification of the personal notification acts of the proceedings and/or similar documents, and thus, avoid a social and economic burden in terms of time and money invested by the administered. The digitization of service channels such as the digital parts desks will lighten the procedural burden, on the one hand, and on the other streamline administrative procedures for the benefit of the user, thus generating transparency and confidence on the part of the administered towards the entity, obtaining administrative decisions that achieve their purpose, sanctioning in a real way, and in turn that the administered obtain an administrative and motivated decision, being able to actively participate in an administrative sanctioning procedure, controlling the procedural deadlines for the presentation of documents and discharges, as well as for the issuance of administrative decisions. / Trabajo académico
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°66-2012-TSC-OSINERGMIN, E- 2546: procedimiento de solución de controversias entre Compañía Minera Casapalca S.A. y Electroperú S.A. en relación a retiros de energía y potencia sin respaldo contractual en el mercado de corto plazo

Solís de la Cruz, Valeria Victoria 10 October 2024 (has links)
El presente informe tiene como objetivo resolver los problemas jurídicos del expediente 66-2012-TSC-OSINERGMIN que contiene la controversia entre Empresa Electricidad del Perú S.A y Compañía Minera Casapalca S.A ante los órganos de solución de controversias del Osinergmin. La controversia bajo análisis versa sobre los retiros de energía y potencia de Casapalca que el COES asignó a Electroperú en el mercado de corto plazo. Electroperú reclama que los retiros sean pagados de acuerdo a las valorizaciones del COES; mientras que Casapalca sostiene que el valor que le adeuda no es el que está contenido en las valorizaciones del COES, sino aquel acordado en un contrato de suministro que suscribió con un tercero generador y, en su defecto, con Electroperú. Para la solución de los problemas jurídicos identificados, se explican los conceptos técnicos del mercado eléctrico necesarios para el entendimiento completo de la controversia. A partir de ello, se aplican las instituciones y conceptos jurídicos necesarios que la doctrina y jurisprudencia nos brinda, para así lograr una posición razonable y coherente sobre los problemas jurídicos, teniendo también en cuenta el contexto normativo en el que se suscitó la controversia. Luego del análisis realizado, se concluye que (i) los retiros valorizados por el COES no tenían respaldo contractual; que (ii) las valorizaciones del COES son obligatorias para todos los agentes del SEIN, incluyendo a Casapalca, siendo exigibles por Electroperú; que (iii) Osinergmin sí es competente para resolver la controversia; y que, (iv) la acción de Electroperú para reclamar el pago a Casapalca no prescribió.
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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 1990-2013-TC-S1 de fecha 10 de setiembre de 2013, emitida por el Tribunal de Contrataciones del Estado

Rafaele Paucar, Laura Ximena 13 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 1990-2013-TC-S1, acto administrativo que deja sin efecto la Resolución N° 1737-2013-TC-S1, siendo que la resolución carece de los requisitos de validez al evidenciarse contradicción en la motivación y vulneración a la finalidad publica, en medida que se quebranta los artículo 61, 62 y 73 de la Constitución Política del Perú de 1993, que salvaguardan la Libertad de Contratación y Libertad de Competencia en los procesos de adjudicación que requieren recursos públicos del Estado. Así, como vamos a evidencia que se transgrede el principio de legalidad, conducta procedimental e imparcialidad contemplados en la Ley de procedimiento Administrativo General vigente. / This legal report analyzes Resolution No. 1990-2013-TC-S1, administrative act that leaves without effect Resolution N° 1737-2013-TC-S1, being that the resolution lacks the requirements of validity by evidencing contradiction in the motivation and violation of the public purpose, to the extent that it violates Articles 61, 62 and 73 of the Political Constitution of Peru of 1993, which safeguard the Freedom of Contracting and Freedom of Competition in the awarding processes that require public resources of the state. Thus, as we are going to evidence that the principle of legality, procedural conduct and impartiality contemplated in the General Administrative Procedure Law in force is transgressed.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 196- 2023/SPC-INDECOPI

Mejía Milla, Alexandra Cristina 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la Resolución N° 00196- 2023/SPC-INDECOPI, a través de la cual la Sala Especializada en Protección al Consumidor emitió un pronunciamiento sobre el fondo del asunto revocando la decisión de primera instancia que había declarado fundada la denuncia, en consecuencia declaró infundada la misma por una presunta infracción al deber de idoneidad en tanto que el proveedor denunciado no incrementó de forma injustificada la deuda que el denunciante mantenía con su representada. Asimismo, durante el procedimiento se dieron circunstancias que pueden ser analizadas desde el punto de vista del Derecho Administrativo Sancionador tales como las figuras del allanamiento, medidas correctivas, nulidad de oficio, etc. Finalmente, si bien no fue materia de pronunciamiento por la Sala, se analizará si el denunciante calificaba para gozar del beneficio establecido en la Ley Nº 31050. / This legal report deals with the analysis of Resolution No. 00196-2023/SPCINDECOPI, through which the Specialized Consumer Protection Chamber issued a ruling on the merits of the matter revoking the first instance decision that had declared the complaint was founded, consequently it was declared unfounded due to an alleged complaint of the duty of suitability as long as the reported supplier did not unjustifiably increase the debt that the complainant maintained with its client. Likewise, during the procedure, circumstances arose that can be analyzed from the point of view of Administrative Sanction Law, such as the figures of the search, corrective measures, ex officio nullity, etc. Finally, although it was not the subject of a ruling by the Chamber, it will be analyzed whether the complainant qualified to enjoy the benefit established in Law No. 31050.

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