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Informe Jurídico sobre la Sentencia de Revisión N° 408-2021- La LibertadRivadeneira Benitez, Rosa Rebeca 07 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se aborda la acción de revisión interpuesta por
Ricardo Ávalo Flores, contra la sentencia que lo condenó como autor del delito de
libramiento indebido. La argumentación central se basa en determinar que la Corte
Suprema no valoró la prueba nueva presentada por el accionante, ni motivó
correctamente la sentencia, conforme a las garantías del debido proceso y la tutela
jurisdiccional efectiva.
Se advierte una deficiente valoración sobre la alegada vulneración del derecho de
defensa, al haber sido asesorado por un abogado que no contaba con título válido.
Además, se evidencian deficiencias en la valoración probatoria realizada por la
Corte Suprema, al no aplicar rigurosamente sus propios criterios jurisprudenciales
e incurrir en errores fácticos.
Finalmente, se identifican falencias en la debida motivación de la sentencia, al omitir
la valoración de pruebas críticas, utilizar falacias y generalizaciones sin sustento
probatorio, y no abordar correctamente las cuestiones centrales planteadas por el
accionante. / This legal report addresses the review action filed by Ricardo Ávalo Flores against
the sentence that convicted him as the perpetrator of the crime of improper drafting.
The central argument is based on determining that the Supreme Court did not
evaluate the new evidence presented by the petitioner, nor did it properly justify the
sentence, in accordance with the guarantees of due process and effective judicial
protection.
There is a deficient assessment of the alleged violation of the right to defense, as
the defendant was advised by a lawyer who did not have a valid license.
Furthermore, there are evident deficiencies in the evidentiary assessment conducted
by the Supreme Court, as it did not rigorously apply its own jurisprudential criteria
and incurred factual errors.
Finally, shortcomings are identified in the proper justification of the sentence, as it
omits the evaluation of critical evidence, uses fallacies and generalizations without
evidentiary support, and does not correctly address the central issues raised by the
petitioner.
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Informe jurídico sobre la Resolución N°9 del Expediente Judicial Electrónico N° 00410-2021- 0-1817-SP-CO-01Rojas Rosales, Gerardo Jaime 07 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico aborda un caso judicial donde se declaró fundado un recurso
de anulación de laudo arbitral por supuestamente adolecer de vicios de motivación al no
presentar una valoración del informe de un perito cuyo objeto era afirmar las deficiencias
técnicas de un expediente técnico. Por lo cual, mediante el análisis de la doctrina,
legislación y jurisprudencia se cuestiona la decisión judicial porque los jueces emitieron
opinión sobre los criterios presentados por los árbitros para resolver el arbitraje, aún
cuando ello está prohibido bajo la Ley que norma el arbitraje. Del mismo modo, el
informe apoya la posición de que los supuestos de vicios de motivación aplicables a los
laudos arbitrales serán la inexistencia de motivación y la falta de justificación interna. Por
último, se presenta una opinión respecto a una cuestión de fondo del arbitraje: la invalidez
de la resolución contractual de una parte y una supuesta vulneración a la cosa juzgada por
el laudo arbitral. / The present legal report addresses a judicial case where an appeal to annul an
arbitration award was upheld on the grounds of alleged motivational defects, as it
failed to provide an assessment of an expert's report which aimed to highlight the
technical deficiencies of a technical file. Therefore, through the analysis of doctrine,
legislation, and jurisprudence, the judicial decision is questioned because the judges
gave an opinion on the criteria presented by the arbitrators to resolve the arbitration,
even though this is prohibited under the Law governing arbitration. Similarly, the
report supports the position that the grounds for motivational defects applicable to
arbitration awards will be the absence of motivation and the lack of internal
justification. Finally, an opinion is presented regarding a substantive issue of the
arbitration: the invalidity of one party's contract termination and an alleged violation of
res judicata by the arbitration award.
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Informe jurídico sobre la Casación Nro. 2760-2007 LimaRojas Lagos, Mary Cristina 31 July 2024 (has links)
El presente caso versa sobre una demanda de ODSD entre las empresas RUCO
SRL y AMERICAN GOLD SAC por el cual se solicita el cumplimiento de pago de
USD $150,154.20 por concepto de alquiler de un Scoomptram Eléctrico por el
período de abril 2004 a junio 2006.
Al ser un proceso de ejecución, se desarrollará como problemas i) si los
documentos impagos de renta presentados en autos por RUCO SRL son títulos
ejecutivos para nuestro ordenamiento, ii) si la obligación contenida en estos
cumple con los requisitos de ser cierta, expresa, exigible y liquida o liquidable
conforme al art. 689 de nuestra norma procesal, y iii) si es correcto el concepto
de título ejecutivo adoptado por la Sala Civil Transitoria en contraposición de lo
que exponen los artículos 688 y 689 del Código Procesal Civil.
Para ello se empleará el Código Civil y el Código Procesal Civil actualizados, así
como el tema Nro. II del Pleno Jurisdiccional Nacional Comercial – Proceso
Único de Ejecución (18 y 19 de julio del 2014) y el Sexto Pleno Casatorio del 28
de octubre del 2014. También se emplearán posiciones de juristas nacionales
sobre el tema y precedentes de otros expedientes de procesos de ejecución en
Juzgados Comerciales.
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La Prisión Preventiva problemas en su aplicaciónDominique Palacios, Luis 02 April 2022 (has links)
Unos de los problemas en el ámbito del derecho procesal penal, en la actualidad es sobre
la imposición de la prisión preventiva en el Perú; por cuanto existe una inadecuada
aplicación por parte de los jueces, puesto que al aplicarlas en muchos casos lo realizan
sin que concurren los presupuestos materiales, requisitos y principios, establecidos por
nuestras normas procesales; así como la jurisprudencia de nuestros tribunales de
justicia, por cuanto no realizan un análisis pormenorizados de los mismo llegando a
expedirse prisiones preventivas de manera abusiva que linda con la arbitrariedad
afectando derechos fundamental cuando una persona es sometida a un proceso penal. / One of the problems in the field of criminal procedural law is currently on the imposition of
preventive detention in Peru, there is an inadequate application by the judges because
when applying them in many cases they do it without the material budgets, requirements
and principles, established by our procedural rules; as well as jurisprudence, since a
detailed analysis of the same is not carried out, and preventive prisons are issued in an
abusive manner that borders on arbitrariness affecting the fundamental rights of a person
subjected to a criminal process.
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El cese colectivo por causas económicas, tecnológicas, estructurales o análogas en el Perú : propuestas para su viabilidadQuino Cancino, Shirley Charlotte 28 February 2020 (has links)
Los ceses colectivos se encuentran regulados desde inicios de los años noventa
como una modalidad para concluir relaciones de trabajo siempre que existan
causas objetivas. No obstante, en Perú existe escasa jurisprudencia en torno a
este tipo de ceses, pues, en la práctica, los empleadores no recurren a esta
modalidad de terminación de los contratos de trabajo aun cuando exista la causa
objetiva señalada en la norma y cumpla con los requisitos legales. En el presente
trabajo señalamos que la inviabilidad de los ceses colectivos se debe a razones
asociadas al establecimiento de un procedimiento rígido y desfasado, que omite
considerar que el modelo actual del mercado de trabajo es dinámico, pues la
coyuntura en ocasiones exige a las empresas adaptarse a las nuevas
necesidades a partir de la reestructuración de su planilla y/o de sus formas de
producción para adaptarse a las exigencias del mercado. El objetivo de la tesis
es proponer modificaciones legislativas que permitan a los empleadores emplear
la normativa relacionada a ceses por causas objetivas, siempre que existan
dichas causas y que puedan ser acreditadas; para lo cual hemos considerado
necesario redefinir cada una de las causas objetivas, proponer pautas tanto para
la realización del procedimiento de aprobación y recalcar la necesidad de la
regulación de la situación post- cese colectivo. Para la elaboración de la tesis se
llevó a cabo una investigación bibliográfica, sobre la base de fuente nacional y
extranjera; así como una investigación sobre la base de los pronunciamientos
emitidos por el Ministerio del Trabajo sobre la materia.
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¿Se satisfacen las garantías del derecho de impugnación en la figura de la impugnación diferida?Verde Campos, Brian Saúl 29 January 2021 (has links)
La presente investigación tiene como propósito determinar si la impugnación diferida
satisface las garantías constitucionales que rigen el ordenamiento procesal penal, para
lo cual se identifican y desarrollan los supuestos en los que esta figura vulnera las
garantías del proceso penal. Del mismo modo, se propone una interpretación más
adecuada de la impugnación diferida que tenga una mejor capacidad de rendimiento
respecto de los casos que regula y de los supuestos análogos en los que se viene
aplicando. Finalmente, se expone una propuesta de lege ferenda que permite dotar de
coherencia a la impugnación diferida respecto de las garantías del proceso penal. La
conclusión principal evidencia que la impugnación diferida del sobreseimiento debe ser
inaplicada al no ser compatible con las garantías constitucionales del proceso penal,
razón por la cual los autos que estimen una solicitud de sobreseimiento o excepción, al
ser impugnados por las partes acusadoras, deben concederse con efecto devolutivo y
sin la calidad de diferida, todo ello sin perjuicio de otros casos de efecto diferido que se
analizan en el presente trabajo.
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La colaboración eficaz contra el crimen organizado, entre lo permitido y prohibido por el derecho : balance de su aplicación en casos del Destacamento militar ColinaJara Basombrío, Ernesto de la. 10 April 2017 (has links)
La colaboración eficaz constituye una figura jurídica que actualmente está reconocida
en muchos países e internacionalmente –como se verá después–, a manera de expresión
particular del Derecho Penal Premial, el que da origen a una justicia laudativa,
consensuada o negociada, todas denominaciones que responden a la misma lógica. Un
ámbito que, como se puede deducir de la expresión misma, sigue un esquema penal
basado en el reconocimiento de premios, como es la reducción de penas, y no en una
lógica punitiva, esencial a la justicia penal / Tesis
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"Insuficiencia de las modalidades especiales del conflicto colectivo jurídico en la legislación procesal laboral peruana"Ciudad Reynaud, Adolfo Alberto 26 September 2017 (has links)
El problema que motiva esta investigación es la carencia de un conjunto sistemático de
modalidades especiales para procesar conflictos colectivos jurídicos cuando se afectan
intereses generales de un grupo genérico o categoría de trabajadores. Ello ha implicado
la práctica desaparición de las acciones colectivas de la jurisdicción laboral, y la preferencia
por las acciones individuales en lugar de una solución concentrada.
Para entender bien la naturaleza jurídica del conflicto colectivo se parte de la clasificación
de los conflictos laborales, con la ayuda de la doctrina procesal civil y constitucional
sobre el proceso colectivo en general, a la vez que se realiza un recuento de la evolución
normativa del proceso de conflicto colectivo en nuestro país desde inicios del
siglo pasado y su devenir por una etapa de solución administrativa hasta su desactivación
a finales de 1991, para luego analizar algunas normas de la Ley Procesal del Trabajo
de 1996 que restringieron la legitimación activa de los sindicatos para la defensa de
derechos colectivos. El examen de casos seleccionados dan cuenta de afectaciones colectivas
que se vienen resolviendo en forma individual con mayores costos para las partes
y para la jurisdicción laboral.
De otra parte se examina la normativa vigente, la Nueva Ley Procesal del Trabajo de
2010, sin duda de un gran avance respecto de la anterior, pero que consideramos insuficiente
pues no ha podido remover todos los obstáculos que han ocasionado una resistencia
de la jurisdicción laboral frente a las demandas colectivas.
Finalmente, se analizan los fundamentos de las modalidades procesales básicas del conflicto
colectivo jurídico y se propone cuál debería ser el objeto del proceso, los tipos de
pretensiones admisibles, las características especiales de la demanda y la sentencia, la
ejecución colectiva que permite evitar innumerables juicios individuales luego de la
emisión de la sentencia, el carácter de cosa juzgada, la legitimación activa de los sujetos
procesales y la calificación del procedimiento de urgente y preferente. Además de estas
alternativas de política legislativa, se formulan posibles líneas de interpretación jurisprudencial
para que en forma inmediata se pueda solucionar el problema de la inadmisibilidad
de demandas colectivas por una errónea exigencia generalizada de la lista nominativa
de los integrantes del grupo genérico o categoría de trabajadores, además de sus
pretensiones individualizadas, lo que resulta innecesario en procesos colectivos. / Tesis
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El criterio preponderante para configurar el peligro procesal de la prisión preventiva : a propósito del subprincipio de necesidadCadena Tinuco, Hussein 16 December 2020 (has links)
La conflictiva relación entre el derecho a la libertad individual de la persona
y el encierro preventivo no cesa en la actualidad. Desde la vista de la doctrina y
jurisprudencia nacional, se ha expuesto que la prisión preventiva es una medida
sumamente excepcional que solo se invoca con el objeto de garantizar el desarrollo
adecuado del proceso ante la verificación de un peligro procesal (fuga u
obstaculización de la investigación). No obstante, esta medida no es la única para
neutralizar el peligro procesal.
El Código Procesal Penal (NCPP) regula varias medidas de coerción
personal y, conforme al artículo 235° numeral 3, éstas son utilizadas en un marco
de necesidad, sin embargo, no todas generan la misma consecuencia jurídica y
neutralizan el mismo nivel de peligro procesal.
En ese contexto, el peligro procesal es el presupuesto más importante dentro
de las medidas de coerción personal y es la razón por la que se dicta. Asimismo,
este presupuesto varía de acuerdo a la medida de coerción personal, es decir, el
peligro procesal que neutraliza la prisión preventiva no es el mismo peligro que
puede neutralizar las demás medidas de coerción personal.
Por tanto, el peligro procesal de la prisión preventiva tiene un carácter
desbordante que dista de las demás medidas de coerción personal, no obstante,
¿Qué circunstancia lleva a ese nivel de peligro procesal? El objetivo de esta
investigación es probar que la circunstancia determinante que intensifica el peligro
procesal y hace necesaria la utilización de la prisión preventiva, es la actitud del
imputado frente al proceso penal. Este criterio incapacita a las demás medidas de
coerción personal y hace necesaria la utilización de la prisión preventiva,
consecuentemente, el peligro procesal de la prisión preventiva se debe estructurar
sobre la base de este criterio.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°497-2012-TC, E- 2488, procedimiento administrativo sancionador seguido por el Tribunal de Contrataciones del OSCE contra Tesacom Peru SACPalomino Chipana, Alexis Miguel 09 July 2024 (has links)
El presente trabajo trata de un procedimiento administrativo sancionador iniciado por
la denuncia de un tercero ante el Tribunal de Contratación del Estado contra la empresa
Tesacom Perú S.A.C, por la presunta presentación de documentación falsa y/o inexacta en
el proceso de selección de menor cuantía N°016-2010-MGP/DIRTEL, convocada por la
Marina de Guerra del Perú. La investigación se justifica en el problema persistente que
atraviesan los postores, proveedores y contratistas por el supuesto de hecho relacionada a la
presentación de información falsa y/o inexacta, toda vez que se encuentra impedimento para
contratar con el Estado. Para el presente Expediente E-2488, en la redacción final del literal
d) del artículo 10 de la Ley de Contrataciones, Decreto Legislativo N°1017, establece que
están impedidos de contratar “...los funcionarios públicos, empleados de confianza y
servidores públicos, según la ley especial de la materia”, supuesto de hecho al parecer
aplicable al oficial en situación de disponibilidad señor Jorge Adrián Dorrego Arias. El
objetivo del trabajo es mostrar la existencia de una falta de motivación de la Sala del Tribunal
de Contrataciones, así como la vulneración al principio de tipicidad del procedimiento
administrativo. Del mismo modo, analizar respecto de la vinculatoriedad de las opiniones
emitidas por la Dirección Técnico Normativa del OSCE, y la naturaleza jurídica del militar
en situación de disponibilidad. Con todo ello, abarcamos tres ramas del derecho: derecho
administrativo, derecho constitucional y derecho laboral. Así, con este trabajo concluimos
que no se le debió sancionador a la Empresa TESACOM PERU S.AC., pues el supuesto de
hecho no calza realmente con el administrado, pero notamos que esta falta de redacción
puede ser perverso con miras la transparencia y eficiencia en las contrataciones del Estado. / This work deals with an administrative sanctioning procedure initiated by the
complaint of a third party before the State Contracting Court against the company
Tesacom Perú S.A.C, for the alleged presentation of false and/or inaccurate
documentation in the selection process for a minor amount N °016-2010-
MGP/DIRTEL, summoned by the Peruvian Navy. The investigation is justified by
the persistent problem that bidders, suppliers and contractors are going through due
to the alleged fact related to the presentation of false and/or inaccurate information,
since there is an impediment to contracting with the State. For this File E-2488, in the
final wording of literal d) of article 10 of the Contracting Law, Legislative Decree
No. 1017, it establishes that “... public officials, trusted employees and servants are
prohibited from contracting public, according to the special law of the matter”, a
factual assumption that appears to apply to the officer on duty, Mr. Jorge Adrian
Dorrego Arias. The objective of the work is to show the existence of a lack of
motivation of the Chamber of the Contracting Court, as well as the violation of the
principle of typicality of the administrative procedure. Likewise, analyze the binding
nature of the opinions issued by the OSCE Technical Regulatory Directorate, and the
legal nature of the military personnel in a situation of availability. With all this, we
cover three branches of law: administrative law, constitutional law and labor law.
Thus, with this work we conclude that no sanction should have been imposed on the
Company TESACOM PERU S.A.C., since the factual assumption does not really fit
with the administration, but we note that this lack of wording can be perverse with a
view to transparency and efficiency in state contracting.
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