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Excepciones a la regla de exclusión de prueba obtenida con inobservancia de garantías fundamentalesLuengo Montt, Trinidad del Pilar January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con una frase más bien breve nuestro Código Procesal Penal ha introducido a la normativa nacional un tema que ha dado origen a una vasta literatura creadora de una arraigada y a su vez sólida construcción jurídica en los sistemas procesal-penales extranjeros. El Artículo 276 del Código Procesal Penal, que será objeto de nuestro estudio, ordena al juez de garantía proceder a la exclusión de aquellas pruebas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales.
De esta manera ingresa a nuestro sistema esta institución de antigua data en la mayor parte de los sistemas procesal-penales de derecho comparado, circunstancia que nos lleva de manera natural a dirigir nuestra mirada al ámbito del constitucionalismo y jurisprudencia de los tribunales, por ejemplo de Estados Unidos de América.1 Suele señalarse que es sólo en 19142 cuando la Suprema Corte de los Estados Unidos, por primera vez, resolvió que si no se excluía o proscribía de los juicios la prueba obtenida por la policía, en forma inconstitucional, los términos de la Cuarta Enmienda de la Carta Fundamental estadounidense3 constituirían meras palabras sin contenido, declaración apoyada años más tarde, en 1949, cuando la Corte, en palabras del juez Félix Frankfurter, sostendría que la seguridad de la propia privacidad, frente a la intrusión policial arbitraria, es básica en una sociedad libre, dando el sentido que alcanzaría en lo sucesivo la evolución jurisprudencial que conforma las reglas de exclusión: se trata de detener las incursiones policiales que vulneran el derecho a la privacidad, por la vía de no aceptar en juicio, las evidencias obtenidas en infracción a las normas constitucionales que amparan los derechos de las personas
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La Reforma Procesal penal en la Constitución Política de la República. Situación de las garantías constitucionales de orden procesal. .Basoa Oviedo, Ubaldo Andrés January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Tomando en cuenta lo anterior, es que surge este trabajo de investigación, con el objeto de tratar el impacto de la Reforma Procesal Penal en la Constitución de 1980 y la situación de las Garantías Constitucionales o Derechos Fundamentales de orden procesal.
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Detención en flagrancia : inciso final del Artículo 130 del Código Procesal Penal : concepto y otras consideracionesPasmiño Pedraza, Judith Andrea January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / A través de este trabajo estudiaremos la historia de la institución de la flagrancia, así como su
tratamiento en el derecho comparado. Seguiremos con el análisis de su contenido en nuestro
ordenamiento positivo, y posteriormente a través de su práctica, ahondaremos en el concepto que
estriba en nuestros tribunales nacionales comparándolo, en lo concerniente a su definición, al
CIDH y al caso español. Terminaremos planteando algunas consideraciones que nos merece su
contenido, y principalmente su modificación legal. Finalmente, a través de un estudio de campo,
consignaremos los resultados de una entrevista realizada a un grupo de jueces de garantía de
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Santiago. Su fin es exponer, a través de quienes trabajan a diario el concepto de flagrancia, los
alcances prácticos de esta institución procesal y su incidencia luego de la reforma del año 2008
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La ley 18.216 ante la jurisprudencia de la reforma procesal penalAlarcón Araya, Rodrigo Francisco, Jiménes Cáceres, Luis Alberto January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria responde a la necesidad de plasmar en una materialidad parte del trabajo desarrollado por estos memoristas en calidad de analistas documentales durante el tiempo arriba indicado. Es por ello que hemos escogido un tema específico, a saber, la aplicación de la Ley 18.216 en el contexto de la Reforma Procesal Penal, seleccionando una cantidad acotada de sentencias relevantes y atingentes a esta materia, para extraer los criterios aplicados por nuestros tribunales.
La presente memoria constituye una innovación en la forma tradicional de desarrollar este tipo de trabajos. En este punto debemos reconocer un hecho fundamental: la utilización de la tecnología de la información aplicada al Derecho, entrega ventajas impensables a los operadores jurídicos en lo que dice relación con la sistematización y utilización del material jurisprudencial, doctrinal y legislativo. Un trabajo como el que se desarrolla en esta memoria, no es concebible sin esta herramienta que es la informática jurídica. Para ser más precisos, la memoria que presentamos reconoce su pertenencia a la informática jurídica documental, que es aquella parte de la informática jurídica que trata del procesamiento a través de soportes computacionales, de la información jurídica contenida en documentos para su posterior recuperación. En nuestro caso nos circunscribimos al procesamiento de información procesal penal de tipo jurisprudencial. En este sentido, esta memoria viene a ser un aporte en el contexto de la informática jurídica documental, dado que el incesante flujo de datos jurídicos – leyes, doctrina, jurisprudencia- exige una capacidad cada vez mayor de sumirse en esta inflación normativa para lograr un óptimo aprovechamiento de ésta. Una memoria como la nuestra, constituye un aporte real en esta tarea
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Criterio de la Corte Suprema al reenviar a la Corte de Apelaciones de Santiago recurso de nulidad por no estar conforme a la causal invocada del artículo 373 A), sino al 374 E), ambos del Código Procesal Penal, durante el año 2016Castro Romero, María Camila January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo consiste en un análisis de los fallos de la Corte
Suprema respecto de las causas reenviadas por la Corte de Apelaciones de
Santiago, en cuanto a la fundamentación de recursos de nulidad en materia
penal, por no estar de acuerdo a la causal del articulo 373 A), sino al 373
E), con el objeto de extraer el criterio utilizado por el máximo tribunal de
nuestro país. Para ello, en esta tesis se realizara una exhaustiva descripción
del debido proceso y sus garantías, tal y como fueron invocadas por los
recurrentes en los diversos casos, para proseguir con un análisis de las
sentencias del año 2016 y finalizar con las conclusiones que de ello deriven
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Informe sobre Expediente N°00728-2008-PHC/TC LIMA, Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de octubre de 2008, caso Giuliana LlamojaNinalaya Martínez, Francisco Amadeo 11 October 2021 (has links)
El caso “Giuliana Llamoja”, ha marcado un hito en la historia, casuística y
doctrina del derecho procesal penal y constitucional peruano, sentando
precedentes en teorías y jurisprudencia sobre “motivación de las resoluciones
judiciales” “argumentación jurídica” y “prueba indiciaria”, siendo el caso que,
hasta hoy en día, es empleada y comentada para el análisis de cualquier
resolución, discusión o teoría jurídica en la especialidad de derecho penal y
derecho procesal penal.
En el informe se establece como objetivo de la investigación, determinar si:
Procede el Hábeas corpus contra resoluciones judiciales firmes que resuelven
sentencia condenatoria por falta de valoración probatoria y motivación de la
sentencia, así como si se vulneraron el derecho al debido proceso, la tutela
judicial y el empleo de la prueba pericial para motivar la sentencia, analizando
las siguientes instituciones, doctrina y teorías jurídicas: debido proceso, tutela
judicial efectiva, motivación escrita de resoluciones, teorías de la argumentación
jurídica, la prueba penal y la prueba indiciaria.
Al final los resultados fueron los siguientes:
Procede el habeas corpus contra resoluciones judiciales firmes que resuelven
sentencia condenatoria con falta de valoración probatoria y motivación de la
sentencia, soslayando los principios y presupuestos procesales mínimos, que
protegen contra cualquier vulneración o amenaza que limite de alguna forma los
derechos fundamentales como la libertad personal, la tutela procesal efectiva y
el debido proceso.
En el presente caso se ha vulnerado el derecho al debido proceso y a la tutela
judicial efectiva, porque la sentencia condenatoria emitida con falta de valoración
probatoria y motivación no resiste al canon de control constitucional
(razonabilidad, coherencia y suficiencia), a la vez que falla en la corrección
lógica, coherencia narrativa y justificación externa, precisamente por el defecto
de motivación inicial, lo que lo convierte en una sentencia arbitraria e
inconstitucional contrario al principio de Debido Proceso Legal y la Tutela Judicial
Efectiva, lo que se vincula de manera directa con el principio de presunción de
inocencia e indubio pro reo, ya que la motivación indebida genera dudas sobre
los hechos.
No se han valorado adecuadamente las pruebas indiciarias, específicamente la
prueba pericial, con la consecuencia ausencia de razonamiento, motivación y
argumentación; errores que se volvieron evidentes a medida del desarrollo del
proceso penal, resultando en la nulidad de la ejecutoria suprema y fundado en
parte la demanda de Habeas Corpus
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Garantías reforzadas en el proceso de enjuiciamiento a menores infractores de la ley penalPortugal Sánchez, Juan Carlos 02 February 2021 (has links)
Una regulación especial referida a la investigación y enjuiciamiento penal en
casos de adolescentes menores infractores de la ley penal es legítima en tanto
existan razones objetivas y razonables para su adopción. Esta investigación plantea
que, entre otras razones, los principios del interés superior del niño y de
especialidad cobran especial importancia para redefinir este tratamiento legislativo
especializado. Bajo este planteamiento, el presente trabajo pone en evidencia la
necesidad de construir y reforzar un marco normativo de procesamiento del menor
infractor, especialmente reforzado por garantías específicas y generales, que
oriente al órgano judicial en su conducción del proceso y en la toma de sus
decisiones, siempre en el marco de un debido proceso. Se plantea diversas
garantías reforzadas para el operador judicial frente a una solicitud fiscal de
intervención del derecho a la libertad personal del menor infractor: el derecho a una
defensa técnica indispensable, el juicio a puertas cerradas como excepción a la
regla de publicidad, la aplicación diferenciada del internamiento preventivo, la
garantía del plazo razonable en sentido inverso, el reforzamiento al derecho a no
autoincriminarse, entre otros más, constituyen tópicos de especial aporte por esta
investigación, así como también la incorporación de dos audiencias
específicamente definidas que sirvan como el canal legítimo de concentración para
la aplicación de esta tutela reforzada de garantías.
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Eficacia de la reparación civil en las condenas con pena suspendidaHualpa Talace, Rodrigo Fernando 05 April 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación comprende una situación problemática en el
ámbito procesal penal, concretamente la tutela de la víctima en la ejecución de
fallos condenatorios con pena suspendida o no privativas de la libertad del
sentenciado; de ese modo, especificamos las limitaciones que presenta la
regulación procesal vigente que impiden al agraviado asumir un rol activo para
ver satisfecho la reparación civil que le fue fijada a su favor en la sentencia, pues
su participación está supeditada a la previa intervención del Ministerio Público.
En ese entender, además de exponer nociones teóricas necesarias para un mejor
entendimiento y tratamiento del estado de la cuestión, bajo un método descriptivo,
concluiremos que los mecanismos de tutela de la víctima en la ejecución de
sentencias con pena suspendida no son adecuados ni suficientes para dotar de
eficacia a la reparación civil; por lo que, siguiendo una interpretación sistemática,
constitucional y convencional, concluiremos que se debe permitir su participación
activa en dicha etapa del proceso con la finalidad que pueda exigir el resarcimiento
por el daño que le fue causado por la comisión del delito, sin excluir las facultades
inherentes del Ministerio Público vinculadas al control de la legalidad y la
ejecución de las penas. / This research work includes a problematic situation in the criminal procedural
field, specifically the protection of the victim in the execution of convictions with
suspended sentences or non-custodial sentences of the sentenced person; In this
way, we specify the limitations presented by the current procedural regulation that
prevent the aggrieved from assuming an active role to see satisfied the civil
compensation that was established in his favor in the sentence, since his
participation is subject to the prior intervention of the Public Ministry .
In this understanding, in addition to exposing theoretical notions necessary for a
better understanding and treatment of the state of the matter, under a descriptive
method, we will conclude that the mechanisms of protection of the victim in the
execution of sentences with suspended sentences are neither adequate nor
sufficient to make civil reparation effective; Therefore, following a systematic,
constitutional and conventional interpretation, we will conclude that their active
participation in said stage of the process should be allowed in order to demand
compensation for the damage that was caused by the commission of the crime,
without excluding the Inherent powers of the Public Ministry linked to the control
of legality and the execution of penalties.
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¿Una pena compartida?: La convivencia de niños y niñas en los establecimientos penitenciarios donde sus madres se encuentran recluidas. Análisis desde el caso de hijos e hijas de mujeres internas en el E.P. Mujeres de Chorrillos y el E.P. Anexo Mujeres de ChorrillosRischmoller Vargas, Vanessa Georgette 09 November 2023 (has links)
La convivencia de niños y niñas en los establecimientos penitenciarios donde sus madres se encuentran recluidas, hasta que estos cumplan los tres años de edad, es una facultad regulada mediante el artículo 103 del Código de Ejecución Penal, que tiene por finalidad preservar el vínculo materno-filial en la situación de privación de libertad por la que atraviesan estas mujeres. No obstante, considerando la prevalencia del interés superior del niño, así como el estado actual del sistema penitenciario peruano, cobra relevancia cuestionar las implicancias que pueden surgir en este contexto respecto a las limitaciones al desarrollo integral del niño y vulneraciones a sus derechos.
En el presente trabajo de investigación, se desarrolla la revisión sistemática de la legislación internacional, la normativa peruana y la literatura correspondiente que permite identificar los sustentos doctrinales; mismos que posteriormente, darán paso al estudio de casos concretos que posibiliten identificar la problemática y limitaciones que se tiene respecto de la aplicación de la vigente regulación.
Así, se ha realizado el estudio del caso de las niñas y niños internos en el E.P. Mujeres de Chorrillos y el E.P. Anexo Mujeres de Chorrillos, en base a un trabajo de campo que incluyó visitas a dichos establecimientos y entrevistas a las madres internas; cuyos resultados, han permitido dar cuenta de la situación crítica que viven los niños y niñas dentro de estos centros de reclusión en lo que a condiciones de vida adecuadas se refiere. Al respecto, se proponen una serie de recomendaciones para abordar la problemática tanto desde la normativa de ejecución de la pena como de la vigencia de los estándares internacionales de derechos humanos, constituyendo este trabajo un aporte inicial con el objetivo de mostrar la realidad de un grupo de niños invisibilizados por el sistema penitenciario peruano / The cohabitation of children in the penitentiary establishments where their mothers are confined, until they reach three years of age, is a faculty regulated by article 103 of the Penal Execution Code, which aims to preserve the mother-child in the situation of deprivation of liberty through which the women are going through. However, considering the prevalence of the best interests of the child, as well as the current state of the Peruvian prison system, it becomes relevant to question the implications that may arise in this context regarding the limitations to the integral development of children and violations of their rights.
In this research work, a systematic review of international legislation, Peruvian regulations and the corresponding literature is carried out to identify the doctrinal foundations, which will later give way to the study of concrete cases that will make it possible to identify the problems and limitations regarding the application of the current regulations.
Thus, a case study has been carried out on the children inmate of the E.P. Mujeres de Chorrillos and the E.P. Anexo Mujeres de Chorrillos, based on field work that included visits to these establishments and interviews with the inmates’ mothers, the results of which have made it possible to show the critical situation that children live in these prisons in terms of adequate living conditions. In this regard, a series of recommendations will be proposed to address the problem from the perspective of both the rules of execution of the sentence and the international human rights standards, constituting this work an initial contribution with the aim of showing the reality of a group of children made invisible by the Peruvian prison system
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 02822 – 2019, E-2788, proceso penal seguido contra Giancarlos Miguel Espinoza Ramos por la comisión del delito de violación sexualSalvador Chavez, Marjori Brigitthe 16 April 2024 (has links)
El presente informe analiza el proceso penal seguido contra Giancarlos Miguel Espinoza
Ramos por la comisión del delito de violación sexual en grado de tentativa (artículo
170°), con especial énfasis en la Sentencia del 08 de octubre de 2020 emitida por el
Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur, mediante la cual este
fue absuelto en atención a que, entre otros fundamentos, la víctima habría consentido
el acto sexual al haber usado una prenda íntima de color rojo con blondas. La relevancia
jurídica del presente expediente radica en que nos permite explorar diversos tópicos
actuales y relevantes desde las áreas del Derecho Penal y el Derecho Procesal Penal.
Por ejemplo, la interpretación del delito de violación sexual (artículo 170°) a partir de la
modificación realizada por la Ley 30838, en específico referente al medio comisivo de
aprovechamiento de cualquier otro entorno que impida a la víctima prestar su libre
consentimiento, y su diferenciación respecto a los tipos penales contenidos en los
artículos 171° y 172°. Asimismo, nos permite reflexionar sobre la valoración probatoria
en los delitos sexuales a partir de la perspectiva de género, centrándonos en el uso de
las máximas de la experiencia así como en el tratamiento de la declaración de la víctima
como testigo, a partir de los Acuerdos Plenarios 1-2011/CJ-116 y 2-2005/CJ-116. Las
hipótesis que surgen a partir de ello, y que finalmente fueron verificadas en el presente
Informe, son que: (i) el Colegiado habría sustentado su absolución en torno a
estereotipos de género encubiertos como máximas de la experiencia; (ii) la Fiscalía
debió subsumir los hechos del caso en el artículo 172° del Código Penal; y que (iii) el
Colegiado no valoró adecuadamente la declaración de la agraviada conforme a las
garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario N° 2-2005/CJ-116.
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