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La potestad de control jurisdiccional durante la investigación preparatoria en el Código Procesal Penal del 2004 : Tiene legitimidad constitucional la potestad de control jurisdiccional sobre los actos de investigación del Ministerio Público durante la investigación preparatoria en el Código Procesal Penal del 2004?

Rivera Fernández, Ryder Hans 21 May 2022 (has links)
La Constitución peruana encarga al Ministerio Público el deber de investigar el delito, dotándolo de autonomía y de una serie de potestades orientadas a que dicha función sea efectivamente aplicada. No obstante, el Código Procesal Penal del 2004 introdujo una figura judicial novedosa en nuestro ordenamiento: el juez de la investigación preparatoria (en su actuación durante la etapa de investigación). La actividad que tiene a su cargo dicha figura judicial constituye, en el entender mayoritario y pacífico de la doctrina y jurisprudencia nacional, una actividad válida, pues permite el control de las actuaciones del Ministerio Público con ocasión de la investigación del delito; sin embargo, es evidente que debe justificarse por qué la potestad jurisdiccional tendría que implicar, necesariamente, en el proceso penal, una potestad de control sobre la actuación de la fiscalía. El presente trabajo se cuestiona, por ello, sobre la legitimidad constitucional de la función del juez durante la investigación. La tesis pretende mostrar que dicha función de control del juez sobre una actuación constitucionalmente autónoma como la del fiscal, solo tiene fundamento si se la lee de manera conjunta con la constitucionalización de los derechos fundamentales (artículo 44 de la Constitución Política). Esta función jurisdiccional de control se presenta como un límite constitucional a los actos de averiguación del delito, en la lógica de que la verdad no se puede obtener a cualquier precio. El principio acusatorio no colisiona con dicha función de control jurisdiccional, pues ésta no se encamina a realizar actos de investigación.
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Probando el contexto: reflexión sobre el análisis sustancial para la admisibilidad de una acusación respecto al delito de feminicidio y su grado de tentativa

Ato del Avellanal Carrera, Patricio 25 May 2020 (has links)
El artículo 108-B del Código Penal tipifica el delito de feminicidio indicando que la persona “que mata a una mujer por su condición de tal” será reprimida con pena privativa de la libertad. La redacción de aquel artículo ha suscitado controversia respecto a cómo entender la configuración del tipo penal. Luego de que el Fiscal cierra la etapa preparatoria con la formulación de la acusación, emite un requerimiento al juez, el cual corre traslado a las partes para que cuestionen la acusación y después de diez días el juez cita a una audiencia en donde se efectuará, en primer lugar, un control formal de la acusación. De no necesitarse subsanación formal de la acusación, el juez realizará un control sustancial de la acusación. Es en el marco del control sustancial de la acusación en donde el juez evaluará los elementos fácticos (debate sobre los hechos), jurídicos (tipificación) y probatorios (admisibilidad) para determinar si dictará un auto de sobreseimiento o de enjuiciamiento. De la presente evaluación es que se desprenden las interrogantes frente a lo que debe probar el fiscal en su acusación para crear convicción en el juez y así emita un auto de enjuiciamiento en los casos referentes a la comisión del delito de feminicidio o en su grado de tentativa.
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Argumentación de los acuerdos expedidos en el proceso penal de colaboración eficaz

Taboada Guardián, Alexander Daniel 02 June 2020 (has links)
La figura del delator encierra tanto cuestionamiento, más aún cuando su actuación busca algún tipo de compensación por asentar la verdad sobre la mesa. No obstante, esto no ha mermado su utilidad en el sistema de justicia penal. En nuestro país, para hacer frente a los fenómenos criminosos más abyectos de su historia, se han utilizado estos mecanismos con diversos matices para su promoción. La regulación actual, bajo la configuración de un proceso especial circunscrito al principio del Consenso, ha dado lugar a diversas críticas orientadas a la proporcionalidad del beneficio que pueda alcanzar un colaborador eficaz, cuyo alcance conceptual es diferente al de un simple delator. Estas exigencias de proporcionalidad, nos sitúa necesariamente en el plano de la justicia penal negociada, lo que importa una tarea de justificación que relacione los resultados obtenidos, vía colaboración, con el beneficio materia de consenso. Así, se reabre el debate sobre la posibilidad de que se pueda argumentar en ámbitos de negociación, postura negada por autores como Elster y Comanducci. Al respecto, se asume esta posibilidad tras reconocer que, llegar al punto de consenso implica muchas veces una tarea dialéctica previa, sobre todo en el establecimiento de pre acuerdos o acuerdos preliminares, reconociéndose que el colaborador actúa siguiendo sus intereses y que éstos pueden llevarlo a postular condenas, obviamente con renuncia a un juicio previo. Lo sostenido, permite emprender una labor argumentativa a través de la perspectiva pragmática que conlleven a sugerir lineamientos, en búsqueda de la comunicación de razones que justifiquen la razonabilidad del acuerdo finalmente adoptado.
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La Fiabilidad de la Prueba Prohibida como Fundamento para su Admisión o Exclusión en el Proceso Penal, Perú – 2020

Villegas Málaga, Javier 25 September 2020 (has links)
La teoría acerca de la prueba prohibida es quizás una de las más controvertidas en el campo de la dogmática procesal, dado que refuerza el conflicto entre la finalidad clásica del proceso penal, que es la búsqueda de la verdad y el interés superior de respeto a los derechos fundamentales, principio rector básico de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho. La consecuencia de ello es que el material probatorio obtenido con vulneración a derechos fundamentales no puede ser utilizado como prueba dentro del proceso. No obstante, sostenemos que esta concepción tiene un error de planteamiento desde el inicio, debido a que se da por cierta la protección de los derechos fundamentales como consecuencia de la aplicación de la regla de exclusión, cuando en la realidad no es posible “evitar” la vulneración del derecho fundamental con su utilización. Así mismo, las personas cuyos derechos fundamentales ya han sido vulnerados (con la obtención de pruebas prohibidas en su contra), no pueden volver al estado anterior o resarcir el daño que les han causado a través de la aplicación de esta regla. Existen medios más adecuados para el manejo de material probatorio prohibido, distintos a la exclusión de pruebas irrefutables, tales como la sanción directa a los responsables y/o el resarcimiento económico a las víctimas, así como el establecimiento de la presunción jurídica de que las pruebas ilícitamente obtenidas deben ser consideradas como poco fiables. No obstante, a pesar de nuestra postura, podemos afirmar que la regla de exclusión de las pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales se ha universalizado, sin embargo, su naturaleza, alcance y efectos dependerá de cuál sea la explicación que se ofrece acerca de su fundamento. Para el análisis de dicho fundamento partiremos del estudio de los modelos teóricos que mayor repercusión han tenido en nuestra realidad jurídica: el modelo norteamericano y el europeo- continental
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Informe jurídico sobre la Casación N° 1242-2017-Lima Este que contiene el X Pleno Casatorio Civil

Figueroa Benavente, Ana Maria 09 November 2023 (has links)
En el presente informe, se realiza un análisis respecto a la iniciativa probatoria del juez; es decir, la prueba de oficio. Dicho estudio, se efectúa a la luz de la Casación N° 1242-2017-Lima Este, emitida por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, la cual dio origen al X Pleno Casatorio Civil. En ese sentido, se determinará si lo desarrollado en ciertas reglas vinculantes del X Pleno Casatorio Civil es una interpretación acorde a derecho, manteniendo como límite lo establecido en el artículo 194° del Código Civil, así como respecto a otros artículos y principios del proceso civil / In this report, an analysis is conducted regarding the judge's evidentiary initiative: the ex officio evidence. This study is carried out in light of Cassation N° 1242-2017-Lima Este, issued by the Civil Court of the Supreme Court of Justice of the Republic of Peru, which gave rise to the Xth Civil Precedent. In this regard, it will be determined whether what was developed in certain binding rules of the X Plenary Civil Cassation is an interpretation in accordance with the law, while maintaining the limits established in Article 194 of the Civil Procedure Code, as well as with respect to other articles and principles of civil procedure
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Estándar probatorio ante la insuficiencia de pruebas en el delito de peculado a propósito del Recurso de Nulidad N° 162-2020. Santa

Junchaya Palacios, Lucero Zolanch 10 May 2023 (has links)
El presente informe como parte del Programa de Segunda Especialidad en Derecho Procesal analiza el Recurso de nulidad N° 162-2020 –Santa, a fin de determinar si fue válidamente concedido o no, se examinarán los contenidos tratados en el Recurso: principio de presunción de inocencia, estándar probatorio, principio in dubio pro reo y la subsunción de los hechos al tipo penal de peculado. El Recurso fue declarado fundado en mérito a que en el caso se podía constatar deficiencias en la imputación fiscal que sindicaba la comisión del delito de peculado. Esto debido a que la Fiscalía no preciso cual era el monto efectivamente apropiado. Lo que no se corrigió en el curso del proceso, ni siquiera con la resolución de la sentencia. A su vez, el Informe pericial emitido por la Contraloría no tiene forma de ser corroborado, pues tras 22 años de ocurridos los hechos no existe la documentación base, por ende, la Corte determina que solo el informe pericial no constituye prueba suficiente para afectar el principio de presunción de inocencia y declarar culpable a un procesado. Concluimos que el recurso ha sido efectivamente concedido ya que no existe prueba suficiente que acredite la comisión de los hechos, no se ha desvirtuado el principio de presunción de inocencia al ser de aplicación el principio in dubio pro reo esto debido a que el estándar probatorio más allá de toda duda razonable no es aplicable, puesto que en el caso aún subsisten dudas sobre el monto y los plazos en los que supuestamente se cometió el delito de peculado.
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La inobservancia del derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva por defensa técnica ineficaz en el nuevo proceso penal peruano

Mercado Cahuana, Juan Vidal 18 October 2019 (has links)
En nuestro medio el Nuevo Código Procesal Penal tiene un carácter acusatorio y en base a los principios de publicidad, inmediación, contradicción e igualdad de armas; hacen que los sujetos procesales (parte acusada y acusadora) deben encontrarse preparados, a fin de conseguir la justicia y equidad en el proceso penal; en consecuencia, bajo el nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho pasa a ser trascendental el papel desempeñado por la defensa quien está representada por el abogado defensor, quien es el llamado a ejercer una defensa técnica eficaz a fin de garantizar al procesado el cumplimiento y la efectividad del derecho al Debido Proceso y a la Tutela Jurisdiccional Efectiva. En tal sentido, en el desarrollo del presente trabajo nos hemos planteado determinar los estándares de una defensa técnica eficaz; y si la actividad desempeñada por el abogado que no cumple con estos parámetros conlleva a la vulneración de las garantías constitucionales del procesado, situación que podría acarrear nulidad absoluta de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 150 del Código Procesal Penal. Sin embargo, consideramos que para alegar nulidad por defensa técnica ineficaz no es suficiente que se configure esta; toda vez que, además, debe concurrir simultáneamente lo siguiente: a) Que el justiciable se encuentre en estado de indefensión; b) Que como consecuencia de la indefensión se le haya obstaculizado el acceso efectivo a la justicia; y, c) Se le haya vulnerado otros derechos constitucionales.
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La vulneración de derechos constitucionales del actor civil en el proceso de terminación anticipada

Caceres Moscoso, Verónica Aimé 04 November 2021 (has links)
La presente producción académica se cimienta en la dinámica establecida dentro del proceso especial de terminación anticipada (en adelante T.A.), como manifestación del derecho premial, establecida en el Art. 468° del nuevo modelo procesal penal (en adelante nCPP), el mismo que muestra como principal objetivo el resultado rápido y eficaz de la tan anhelada “justicia”, mostrándose como una manera de simplificación del tortuoso y dilatado proceso penal. Este proceso es la manifestación de la justicia negociada, con mayor preponderancia entre el fiscal y el imputado, con la finalidad de poner fin al conflicto durante la etapa de investigación. Sin embargo, cuando analizamos la actuación del actor civil, quien también forma parte de la relación jurídica procesal por haber sufrido materialmente la comisión del delito, detectamos que aquel tiene una participación limitada durante las negociaciones. Lo que solamente existe, es una aparente garantía en su favor, que es el derecho de impugnación establecido en el núm. 7 del acotado articulo procesal, cuando aquel no está conforme con la fijación de la indemnización económica postulatoria -reparación civil. Por ello, sostenemos que el proceso de T.A. afecta los derechos en sus hebras más fundamentales como lo son: la dignidad humana, tutela judicial y el debido proceso que corre a favor del actor civil ya que, durante el desarrollo de este proceso especial, el actor civil no tiene una participación trascendental y los jueces no garantizan sus derechos, a pesar de que lo que se negocia constituye el objeto civil del proceso, es decir su pretensión principal. / This academic production is based on the dynamics established within the special process of early termination (hereinafter TA), as a manifestation of the award law, established in Art. 468 of the new criminal procedural model (hereinafter nCPP), the same as shows as its main objective the quick and effective result of the much desired "justice", showing itself as a way of simplifying the tortuous and lengthy criminal process. This process is the manifestation of negotiated justice, with greater preponderance between the prosecutor and the accused, in order to put an end to the conflict during the investigation stage. However, when we analyze the performance of the civil actor, who is also part of the procedural legal relationship for having materially suffered the commission of the crime, we detect that he has a limited participation during the negotiations. What only exists is an apparent guarantee in their favor, which is the right to challenge established in no. 7 of the limited procedural article, when he is not satisfied with the fixation of the postulatory economic compensation - civil reparation. Therefore, we maintain that the T.A. affects rights in their most fundamental strands such as: human dignity, judicial protection and due process that runs in favor of the civil actor since, during the development of this special process, the civil actor does not have a transcendental participation and the Judges do not guarantee their rights, despite the fact that what is negotiated constitutes the civil object of the process, that is, its main claim.
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La corroboración de la declaración del colaborador eficaz para tener por cierto un determinado hecho en una decisión de prisión preventiva

Pese Ruiz, Yurianne Chabelly 10 May 2023 (has links)
La presente investigación tiene como propósito brindar algunos criterios dogmáticos de orden procesal para identificar el estándar de corroboración de las declaraciones de los colaboradores eficaces, a fin de adoptar una decisión de prisión preventiva en el marco de un proceso penal -democrático. Bajo esa línea de pensamiento, se pretende explicar la evolución histórica legislativa de la colaboración eficaz, además, se definen los conceptos y reglas de tratamiento de este proceso penal especial; así como también se plantea los alcances del deber de motivación de las resoluciones judiciales por parte de los órganos jurisdiccionales en el marco del dictado de la medida cautelar como es la prisión preventiva. En seguida, se explica algunos alcances de la prisión preventiva, sus métodos y sistemas de valoración de la prueba, para luego aterrizar en el análisis de la valoración de la declaración del aspirante a colaborador eficaz, con el propósito de verificar su fundabilidad o no de la prisión preventiva como medida más intensa, sin perder de vista su aplicación excepcional. Finalmente, se afirma que para emplear la declaración del aspirante a colaborador eficaz como un elemento que justifique la adopción de la prisión preventiva se plantea un estándar de corroboración conforme a los parámetros razonables, objetivos, mínimos y periféricos, sobre la base de los criterios de persistencia, coherencia, homogeneidad y verosimilitud, analizados dentro del mismo proceso de colaboración eficaz en el interior de un Estado Derecho Democrático. / The purpose of this investigation is to provide some dogmatic criteria of a procedural order to identify the standard of corroboration of the statements of effective collaborators, in order to adopt a decision of preventive detention in the framework of a criminal-democratic process. Under this line of thought, it is intended to explain the historical legislative evolution of effective collaboration, in addition, the concepts and rules of treatment of this special criminal process are defined; as well as the scope of the duty of motivation of judicial decisions by the jurisdictional bodies within the framework of the issuance of the precautionary measure such as preventive detention. Next, some scope of pretrial detention, its methods and systems for evaluating the evidence are explained, to then land on the analysis of the evaluation of the declaration of the applicant for effective collaborator, with the purpose of verifying its foundability or not of preventive detention as the most intense measure, without losing sight of its exceptional application. Finally, it is affirmed that in order to use the statement of the aspiring effective collaborator as an element that justifies the preventive detention measure, it must have a standard of corroboration according to reasonable, minimum and peripheral parameters, and based on the criteria of persistence, coherence, homogeneity and plausibility, analyzed within the same process of effective collaboration.
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El proceso penal peruano, características y sus posibles obstáculos en la persecución de la gran corrupción

Curasi Cornejo, Lizardo Christian 20 April 2023 (has links)
De acuerdo a las convenciones internacionales contra la corrupción y el principio Constitucional de proscripción de la corrupción el proceso penal peruano tiene los fines de perseguir y sancionar los delitos y con mayor razón si se trata de gran corrupción, juzgando a los responsables en los plazos establecidos y sancionarlos dando un mensaje a la sociedad de confiabilidad en el sistema democrático. Es probable que en el Perú el procesal penal contra la gran corrupción presente obstáculos que conlleve a que la población tenga desconfianza en la administración de justicia y se cree un clima de impunidad no evitando que la gran corrupción llegue a vulnerar derechos humanos si no es sancionada en su oportunidad. Para identificar ello este trabajo desarrolla que debemos entender por gran corrupción y porque su naturaleza procesal es compleja describiendo sus características y su tratamiento procesal penal como una organización criminal de acuerdo a la ley No 30077, siendo que los obstáculos que se han presentado de acuerdo al modelo acusatorio- adversarial, es el Ministerio Público y sus fiscales quienes deben afrontarlos para obtener elementos de convicción y asegurar la prueba para construir un caso que sea llevado a juicio con éxito y cumplir con los fines del proceso penal. / According to the international conventions against corruption and the Constitutional principle of proscription of corruption, the Peruvian criminal process has the purpose of prosecuting and punishing crimes and even more so in the case of grand corruption, judging those responsible within the established deadlines. and punish them by giving a message to society of reliability in the democratic system. It is probable that in Peru the criminal procedure against grand corruption presents obstacles that lead the population to have distrust in the administration of justice and a climate of impunity is created, not preventing grand corruption from violating human rights if it is not sanctioned. at your opportunity. To identify this, this work develops that we must understand grand corruption and because its procedural nature is complex, describing its characteristics and its criminal procedural treatment as a criminal organization according to Law No. 30077, being that the obstacles that have arisen according to the accusatory-adversarial model, it is the Public Ministry and its prosecutors who must face them to obtain elements of conviction and secure the evidence to build a case that is successfully brought to trial and fulfill the purposes of the criminal process. / Trabajo académico

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