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Probando el contexto: reflexión sobre el análisis sustancial para la admisibilidad de una acusación respecto al delito de feminicidio y su grado de tentativaAto del Avellanal Carrera, Patricio 25 May 2020 (has links)
El artículo 108-B del Código Penal tipifica el delito de feminicidio indicando que la
persona “que mata a una mujer por su condición de tal” será reprimida con pena
privativa de la libertad. La redacción de aquel artículo ha suscitado controversia respecto
a cómo entender la configuración del tipo penal. Luego de que el Fiscal cierra la etapa
preparatoria con la formulación de la acusación, emite un requerimiento al juez, el cual
corre traslado a las partes para que cuestionen la acusación y después de diez días el juez
cita a una audiencia en donde se efectuará, en primer lugar, un control formal de la
acusación. De no necesitarse subsanación formal de la acusación, el juez realizará un
control sustancial de la acusación. Es en el marco del control sustancial de la acusación
en donde el juez evaluará los elementos fácticos (debate sobre los hechos), jurídicos
(tipificación) y probatorios (admisibilidad) para determinar si dictará un auto de
sobreseimiento o de enjuiciamiento. De la presente evaluación es que se desprenden las
interrogantes frente a lo que debe probar el fiscal en su acusación para crear convicción
en el juez y así emita un auto de enjuiciamiento en los casos referentes a la comisión del
delito de feminicidio o en su grado de tentativa.
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Argumentación de los acuerdos expedidos en el proceso penal de colaboración eficazTaboada Guardián, Alexander Daniel 02 June 2020 (has links)
La figura del delator encierra tanto cuestionamiento, más aún cuando su
actuación busca algún tipo de compensación por asentar la verdad sobre la mesa.
No obstante, esto no ha mermado su utilidad en el sistema de justicia penal.
En nuestro país, para hacer frente a los fenómenos criminosos más abyectos de
su historia, se han utilizado estos mecanismos con diversos matices para su
promoción. La regulación actual, bajo la configuración de un proceso especial
circunscrito al principio del Consenso, ha dado lugar a diversas críticas orientadas
a la proporcionalidad del beneficio que pueda alcanzar un colaborador eficaz, cuyo
alcance conceptual es diferente al de un simple delator.
Estas exigencias de proporcionalidad, nos sitúa necesariamente en el plano de
la justicia penal negociada, lo que importa una tarea de justificación que relacione
los resultados obtenidos, vía colaboración, con el beneficio materia de consenso.
Así, se reabre el debate sobre la posibilidad de que se pueda argumentar en
ámbitos de negociación, postura negada por autores como Elster y Comanducci.
Al respecto, se asume esta posibilidad tras reconocer que, llegar al punto de
consenso implica muchas veces una tarea dialéctica previa, sobre todo en el
establecimiento de pre acuerdos o acuerdos preliminares, reconociéndose que el
colaborador actúa siguiendo sus intereses y que éstos pueden llevarlo a postular
condenas, obviamente con renuncia a un juicio previo.
Lo sostenido, permite emprender una labor argumentativa a través de la
perspectiva pragmática que conlleven a sugerir lineamientos, en búsqueda de la
comunicación de razones que justifiquen la razonabilidad del acuerdo finalmente
adoptado.
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Informe jurídico sobre la Casación N° 1242-2017-Lima Este que contiene el X Pleno Casatorio CivilFigueroa Benavente, Ana Maria 09 November 2023 (has links)
En el presente informe, se realiza un análisis respecto a la iniciativa probatoria del juez; es decir, la prueba de oficio. Dicho estudio, se efectúa a la luz de la Casación N° 1242-2017-Lima Este, emitida por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, la cual dio origen al X Pleno Casatorio Civil. En ese sentido, se determinará si lo desarrollado en ciertas reglas vinculantes del X Pleno Casatorio Civil es una interpretación acorde a derecho, manteniendo como límite lo establecido en el artículo 194° del Código Civil, así como respecto a otros artículos y principios del proceso civil / In this report, an analysis is conducted regarding the judge's evidentiary initiative: the ex officio evidence. This study is carried out in light of Cassation N° 1242-2017-Lima Este, issued by the Civil Court of the Supreme Court of Justice of the Republic of Peru, which gave rise to the Xth Civil Precedent. In this regard, it will be determined whether what was developed in certain binding rules of the X Plenary Civil Cassation is an interpretation in accordance with the law, while maintaining the limits established in Article 194 of the Civil Procedure Code, as well as with respect to other articles and principles of civil procedure
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Estándar probatorio ante la insuficiencia de pruebas en el delito de peculado a propósito del Recurso de Nulidad N° 162-2020. SantaJunchaya Palacios, Lucero Zolanch 10 May 2023 (has links)
El presente informe como parte del Programa de Segunda Especialidad en
Derecho Procesal analiza el Recurso de nulidad N° 162-2020 –Santa, a fin de
determinar si fue válidamente concedido o no, se examinarán los contenidos
tratados en el Recurso: principio de presunción de inocencia, estándar
probatorio, principio in dubio pro reo y la subsunción de los hechos al tipo penal
de peculado. El Recurso fue declarado fundado en mérito a que en el caso se
podía constatar deficiencias en la imputación fiscal que sindicaba la comisión del
delito de peculado. Esto debido a que la Fiscalía no preciso cual era el monto
efectivamente apropiado. Lo que no se corrigió en el curso del proceso, ni
siquiera con la resolución de la sentencia. A su vez, el Informe pericial emitido
por la Contraloría no tiene forma de ser corroborado, pues tras 22 años de
ocurridos los hechos no existe la documentación base, por ende, la Corte
determina que solo el informe pericial no constituye prueba suficiente para
afectar el principio de presunción de inocencia y declarar culpable a un
procesado. Concluimos que el recurso ha sido efectivamente concedido ya que
no existe prueba suficiente que acredite la comisión de los hechos, no se ha
desvirtuado el principio de presunción de inocencia al ser de aplicación el
principio in dubio pro reo esto debido a que el estándar probatorio más allá de
toda duda razonable no es aplicable, puesto que en el caso aún subsisten dudas
sobre el monto y los plazos en los que supuestamente se cometió el delito de
peculado.
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La vulneración de derechos constitucionales del actor civil en el proceso de terminación anticipadaCaceres Moscoso, Verónica Aimé 04 November 2021 (has links)
La presente producción académica se cimienta en la dinámica establecida dentro del
proceso especial de terminación anticipada (en adelante T.A.), como manifestación del
derecho premial, establecida en el Art. 468° del nuevo modelo procesal penal (en adelante
nCPP), el mismo que muestra como principal objetivo el resultado rápido y eficaz de la
tan anhelada “justicia”, mostrándose como una manera de simplificación del tortuoso y
dilatado proceso penal. Este proceso es la manifestación de la justicia negociada, con
mayor preponderancia entre el fiscal y el imputado, con la finalidad de poner fin al
conflicto durante la etapa de investigación. Sin embargo, cuando analizamos la actuación
del actor civil, quien también forma parte de la relación jurídica procesal por haber sufrido
materialmente la comisión del delito, detectamos que aquel tiene una participación
limitada durante las negociaciones. Lo que solamente existe, es una aparente garantía en
su favor, que es el derecho de impugnación establecido en el núm. 7 del acotado articulo
procesal, cuando aquel no está conforme con la fijación de la indemnización económica
postulatoria -reparación civil. Por ello, sostenemos que el proceso de T.A. afecta los
derechos en sus hebras más fundamentales como lo son: la dignidad humana, tutela
judicial y el debido proceso que corre a favor del actor civil ya que, durante el desarrollo
de este proceso especial, el actor civil no tiene una participación trascendental y los jueces
no garantizan sus derechos, a pesar de que lo que se negocia constituye el objeto civil del
proceso, es decir su pretensión principal. / This academic production is based on the dynamics established within the special process
of early termination (hereinafter TA), as a manifestation of the award law, established in
Art. 468 of the new criminal procedural model (hereinafter nCPP), the same as shows as
its main objective the quick and effective result of the much desired "justice", showing
itself as a way of simplifying the tortuous and lengthy criminal process. This process is
the manifestation of negotiated justice, with greater preponderance between the
prosecutor and the accused, in order to put an end to the conflict during the investigation
stage. However, when we analyze the performance of the civil actor, who is also part of
the procedural legal relationship for having materially suffered the commission of the
crime, we detect that he has a limited participation during the negotiations. What only
exists is an apparent guarantee in their favor, which is the right to challenge established
in no. 7 of the limited procedural article, when he is not satisfied with the fixation of the
postulatory economic compensation - civil reparation. Therefore, we maintain that the
T.A. affects rights in their most fundamental strands such as: human dignity, judicial
protection and due process that runs in favor of the civil actor since, during the
development of this special process, the civil actor does not have a transcendental
participation and the Judges do not guarantee their rights, despite the fact that what is
negotiated constitutes the civil object of the process, that is, its main claim.
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La corroboración de la declaración del colaborador eficaz para tener por cierto un determinado hecho en una decisión de prisión preventivaPese Ruiz, Yurianne Chabelly 10 May 2023 (has links)
La presente investigación tiene como propósito brindar algunos criterios
dogmáticos de orden procesal para identificar el estándar de corroboración de
las declaraciones de los colaboradores eficaces, a fin de adoptar una decisión
de prisión preventiva en el marco de un proceso penal -democrático.
Bajo esa línea de pensamiento, se pretende explicar la evolución histórica
legislativa de la colaboración eficaz, además, se definen los conceptos y reglas
de tratamiento de este proceso penal especial; así como también se plantea los
alcances del deber de motivación de las resoluciones judiciales por parte de los
órganos jurisdiccionales en el marco del dictado de la medida cautelar como es
la prisión preventiva.
En seguida, se explica algunos alcances de la prisión preventiva, sus métodos
y sistemas de valoración de la prueba, para luego aterrizar en el análisis de la
valoración de la declaración del aspirante a colaborador eficaz, con el propósito
de verificar su fundabilidad o no de la prisión preventiva como medida más
intensa, sin perder de vista su aplicación excepcional.
Finalmente, se afirma que para emplear la declaración del aspirante a
colaborador eficaz como un elemento que justifique la adopción de la prisión
preventiva se plantea un estándar de corroboración conforme a los parámetros
razonables, objetivos, mínimos y periféricos, sobre la base de los criterios de
persistencia, coherencia, homogeneidad y verosimilitud, analizados dentro del
mismo proceso de colaboración eficaz en el interior de un Estado Derecho
Democrático. / The purpose of this investigation is to provide some dogmatic criteria of a
procedural order to identify the standard of corroboration of the statements of
effective collaborators, in order to adopt a decision of preventive detention in
the framework of a criminal-democratic process.
Under this line of thought, it is intended to explain the historical legislative
evolution of effective collaboration, in addition, the concepts and rules of
treatment of this special criminal process are defined; as well as the scope of
the duty of motivation of judicial decisions by the jurisdictional bodies within the
framework of the issuance of the precautionary measure such as preventive
detention.
Next, some scope of pretrial detention, its methods and systems for evaluating
the evidence are explained, to then land on the analysis of the evaluation of the
declaration of the applicant for effective collaborator, with the purpose of
verifying its foundability or not of preventive detention as the most intense
measure, without losing sight of its exceptional application.
Finally, it is affirmed that in order to use the statement of the aspiring effective
collaborator as an element that justifies the preventive detention measure, it
must have a standard of corroboration according to reasonable, minimum and
peripheral parameters, and based on the criteria of persistence, coherence,
homogeneity and plausibility, analyzed within the same process of effective
collaboration.
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El proceso penal peruano, características y sus posibles obstáculos en la persecución de la gran corrupciónCurasi Cornejo, Lizardo Christian 20 April 2023 (has links)
De acuerdo a las convenciones internacionales contra la corrupción y el
principio Constitucional de proscripción de la corrupción el proceso penal
peruano tiene los fines de perseguir y sancionar los delitos y con mayor razón
si se trata de gran corrupción, juzgando a los responsables en los plazos
establecidos y sancionarlos dando un mensaje a la sociedad de confiabilidad
en el sistema democrático. Es probable que en el Perú el procesal penal contra
la gran corrupción presente obstáculos que conlleve a que la población tenga
desconfianza en la administración de justicia y se cree un clima de impunidad
no evitando que la gran corrupción llegue a vulnerar derechos humanos si no
es sancionada en su oportunidad. Para identificar ello este trabajo desarrolla
que debemos entender por gran corrupción y porque su naturaleza procesal es
compleja describiendo sus características y su tratamiento procesal penal como
una organización criminal de acuerdo a la ley No 30077, siendo que los
obstáculos que se han presentado de acuerdo al modelo acusatorio-
adversarial, es el Ministerio Público y sus fiscales quienes deben afrontarlos
para obtener elementos de convicción y asegurar la prueba para construir un
caso que sea llevado a juicio con éxito y cumplir con los fines del proceso
penal. / According to the international conventions against corruption and the
Constitutional principle of proscription of corruption, the Peruvian criminal
process has the purpose of prosecuting and punishing crimes and even more
so in the case of grand corruption, judging those responsible within the
established deadlines. and punish them by giving a message to society of
reliability in the democratic system. It is probable that in Peru the criminal
procedure against grand corruption presents obstacles that lead the population
to have distrust in the administration of justice and a climate of impunity is
created, not preventing grand corruption from violating human rights if it is not
sanctioned. at your opportunity. To identify this, this work develops that we must
understand grand corruption and because its procedural nature is complex,
describing its characteristics and its criminal procedural treatment as a criminal
organization according to Law No. 30077, being that the obstacles that have
arisen according to the accusatory-adversarial model, it is the Public Ministry
and its prosecutors who must face them to obtain elements of conviction and
secure the evidence to build a case that is successfully brought to trial and fulfill
the purposes of the criminal process. / Trabajo académico
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Bases constitucionales para la aplicación de la colaboración eficaz en el PerúPereda Rodríguez, Deily Arlene 25 January 2022 (has links)
La disminución o exención de la pena que se otorgue como incentivo a quien, habiendo
participado en cierto hecho delictivo, coopera activamente en la obtención de pruebas y en la
identificación de los demás intervinientes en ese y otros hechos, constituye una práctica
extendida en diferentes países para hacer frente a determinadas formas de criminalidad. Bajo
la premisa de que se trata de una herramienta eficaz para hacerse de información sustancial,
esta práctica ha pasado a protagonizar la persecución del crimen, y, al estar exenta de
controles suficientes, parece destellar ciertas notas de arbitrariedad.
En nuestro país, esta práctica se sostiene a través de la colaboración eficaz,
instrumento que ha acompañado la política criminal del Estado desde la época del terrorismo
hasta la fecha. En los últimos años, ha cobrado especial notoriedad en razón a su empleo en
los denominados casos emblemáticos –investigaciones de especial trascendencia–, y ello ha
puesto en evidencia su volatilidad, al punto de cuestionarse su legitimidad en el marco de un
Estado social y democrático de Derecho.
¿Es posible mantener un equilibrio entre el sistema de garantías y principios que definen
la persecución penal en nuestro país, y la efectividad y eficacia que puede ofrecer esta forma
de hacer frente a la delincuencia? Este trabajo parte de la premisa de que toda decisión
político criminal debe afirmar el objetivo estatal recogido en nuestra Constitución y respetar
el orden jurídico en ella establecido, sin que ello signifique dejar de responder a una realidad
social. Por ello, se propone que la colaboración eficaz precise de límites que aseguren su
empleo como una herramienta de justicia por encima de uno de poder político. Para alcanzar
ese objetivo, se propone identificar las bases constitucionales sobre las cuales se construye
la justicia penal en nuestro país. Bajo este esquema, es posible deducir en qué medida estas
se reflejan en la justicia premial materializada a través de la colaboración eficaz, y, de ser el
caso, proponer las modificaciones que correspondan.
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La regulación de estándares propios en el proceso civil peruanoCajavilca Carlos, Isabel Alicia 31 January 2024 (has links)
La regulación de estándares probatorios en el sistema jurídico nacional hace inevitable que
se analice su practicidad y aporte en el quehacer judicial. Debido a ello, en el presente
artículo se analizarán aspectos relevantes que buscarán dar una respuesta a esta controversia
sobre su utilidad y la mejor forma de introducir esta figura bajo una fórmula normativa. / The regulation of evidentiary standards in the national legal system makes it inevitable that
their practicality and contribution to judicial work be analyzed. Due to this, this article will
analyze relevant aspects that will seek to answer this controversy about its usefulness and
the best way to introduce this figure under a normative formula. / Trabajo académico
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Desigualdades probatorias en la etapa de investigación penalAlatrista Inofuente, Eduardo 27 March 2023 (has links)
Este articulo tiene como objetivo, analizar las posibilidades de solicitar la
actuación de prueba que tiene el imputado en una investigación penal, donde la
norma procesal procura garantizar la participación en igualdades. A la vez otorga
privilegios innecesarios a la fiscalía, para que sea quien en la investigación penal
discrecionalmente determine sobre que actuaciones se efectuarán, encontrando
ahí limites la actuación de prueba para el imputado. Esto se torna más complejo,
cuando el juez de la investigación preparatoria quien debería equilibrar las
desigualdades no ha comprendido su labor imparcial y obligación de actuar con
razonabilidad, para que no exista ninguna limitación de generar prueba. Una vez
denegada la realización de una diligencia solicitada, no hay mecanismos
eficientes que garanticen al abogado defensor la posibilidad de generar prueba
a favor de los intereses del imputado e incluso por la forma diferente de
denominar a la prueba en las etapas del proceso penal, hace que se conciba a
la denegatoria de actuación de diligencias de investigación como una
circunstancia intrascendente sin vinculación con el derecho a probar / The objective of this article is to analyze the possibilities of requesting the
performance of evidence that the accused has in a criminal investigation, where
the procedural norm seeks to guarantee participation in equalities. At the same
time, it grants unnecessary privileges to the prosecution, so that it is who in the
criminal investigation discretionally determines what actions will be carried out,
finding there limits to the performance of evidence for the accused. This becomes
more complex when the preparatory investigation judge who should balance the
inequalities has not understood his impartial work and obligation to act
reasonably, so that there is no limitation to generate evidence. Once the
completion of a requested procedure is denied, there are no efficient mechanisms
that guarantee the defense attorney the possibility of generating evidence in favor
of the defendant's interests and even due to the different way of naming the
evidence in the stages of the criminal process, makes that the refusal to carry out
investigative proceedings be conceived as an inconsequential circumstance
unrelated to the right to prove.
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