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Publicidad registral y derecho a la intimidad.Tarrillo Monteza, Daniel Edward 02 December 2013 (has links)
Existe un tema recurrente en la doctrina tanto en Perú como en la extranjera: el
conflicto entre el derecho a la intimidad y la libertad de información. Hoy en día, el avance
de la tecnología trae consigo que se flexibilice el tratamiento de los datos personales, siendo
cada vez más ardua la tarea de distinguir cuáles son los datos que forman parte de la esfera
privada y cuáles son los datos que se consideran dentro de la esfera pública.
Esta problemática alcanza a la difusión de los datos almacenados en los Registros
Públicos. Estos datos son en la actualidad arduamente consultados en correspondencia con
el actual “boom” inmobiliario y el trascendental papel que cumplen los Registros Públicos
en la organización y desarrollo económico de una sociedad. Su mayor significación viene a
razón de la seguridad que otorga el Registro a las operaciones comerciales, al intercambio
de bienes y a otras actividades que son susceptibles de incorporarse a ellos.
Es muy usual dirigirse al argumento de la seguridad jurídica en el tráfico comercial
como justificante para el libre fluido de la información. Es aquí entonces donde dos
aspectos fundamentales del Registro se contraponen con un derecho de la personalidad
como es el derecho de la intimidad: publicidad registral con su lógica consecuencia seguridad
jurídica contra la intimidad personal.
El tema del conflicto entre la seguridad jurídica y la intimidad personal se
materializa con suma claridad en el Registro Personal. En efecto, está claro que debe
cuidarse estrictamente los datos personales de índole privada -incluso sensible- que pudiese
contener el Registro. Así tenemos que el Registro Personal contiene el estado personal
como el régimen patrimonial, incapacidad civil, divorcios e incluso testamentos.
Ahora bien, la diatriba de los derechos contrapuestos no solo se presenta en el
Registro Personal. Vemos que el rol del Registro adquiere singular relevancia en la
publicidad que se otorga respecto de los titulares de los bienes, de la situación física y
jurídica de un inmueble, de los representantes y sus facultades otorgadas por las personas
naturales como de las personas jurídicas.
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Informe Jurídico sobre la resolución Nº 084-2020- SUNARP- TR- AHuamaní Vilchez, Gianella Martina 10 July 2024 (has links)
En los últimos años, se ha puesto en evidencia una situación en el tráfico jurídico:
el boom inmobiliario. Así, los particulares utilizan los mecanismos del
ordenamiento legal para celebrar contratos que tutelen sus intereses particulares
en la compra de un bien inmueble. En ese escenario, se presentan contratos que
no siendo contratos definitivos, son contratos preparatorios que persiguen el fin
de asegurar el contrato definitivo por un espacio y tiempo determinado. Sin
embargo, en el sistema registral peruano, existe una sistemática de numerus
clausus en la inscripción de contratos y actos de carácter real, siendo
excepcionales aquellos contratos que no siendo de naturaleza real son
inscribibles o anotados en el Registro de Predios. En ese sentido, en el presente
trabajo, se puede advertir y analizar que existe una marcada diferencia en el
tratamiento jurídico entre un contrato llamado compromiso de contratar que
teniendo la misma categoría jurídica de contrato preparatorio no tiene el mismo
amparo registral que el contrato preparatorio llamado contrato de opción. Bajo
este escenario, en el presente informe jurídico, se ha desarrollado un análisis de
la naturaleza jurídica, características, jurisprudencia y doctrina respecto al
compromiso de contratar, a fin de encontrar las justificaciones jurídicas de su
inclusión como anotación preventiva en el Registro de Predios. Esto también
desde un estudio de la utilidad práctica del compromiso de contratar en las
operaciones de tráfico de bienes y desde los principios registrales de nuestro
sistema. / In recent years, a situation has become evident in the legal traffic: the real estate
boom. Thus, individuals use the mechanisms of the legal system to enter into
contracts that protect their particular interests in the purchase of real estate. In
this scenario, there are contracts that are not definitive contracts, they are
preparatory contracts that pursue the purpose of securing the definitive contract
for a determined space and time. However, in the Peruvian registry system, there
is a systematic closed in the registration of contracts and acts of a real nature,
being exceptional those contracts that not being of a real nature are registrable
or annotated in the Real Estate Registry. In this sense, in the present work, it can
be noticed and analyzed that there is a marked difference in the legal treatment
between a contract called commitment to contract that having the same legal
category of preparatory contract does not have the same registry protection as
the preparatory contract called option contract. Under this scenario, this legal
report has developed an analysis of the legal nature, characteristics,
jurisprudence and doctrine regarding the commitment to contract, in order to find
the legal justifications for its inclusion as a preventive annotation in the Land
Registry. This also from a study of the practical utility of the commitment to
contract in the operations of traffic of goods and from the registry principles of our
system.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 5175-2023-SUNARP-TR (NSIR-T)Gil Ordóñez, Daphne Carolina 09 August 2024 (has links)
El Tribunal Registral concluyó que no corresponde inscribir hipoteca legal,
cuando, a pesar de no incluir una cláusula de renuncia expresa en el contrato,
las partes han acordado que el saldo del precio está garantizado por una
hipoteca convencional. Esto fue en base a un criterio interpretativo de los
artículos 1354 y 1099 del Código Civil. Por ello, el presente informe abarca el
análisis de dicho pronunciamiento en relación al alcance de las facultades del
Tribunal Registral y la necesidad de la cláusula de renuncia expresa a la hipoteca
legal.
Si bien el Tribunal Registral facilitó la inscripción del acto de compraventa y de
la hipoteca convencional, su análisis debió ser riguroso, bajo los límites legales
vigentes, unificando criterios en aras de la seguridad jurídica. Esto es debido a
que la calificación registral, regulada en el artículo 2011 del Código Civil y el
artículo 32 del Reglamento General de Registros Públicos, abarca la legalidad
de los documentos, capacidad de los otorgantes, validez del acto, su
compatibilidad con el Registro, teniendo en cuenta el carácter inscribible del acto.
Además, debe de realizarse dentro del marco de sus competencias contenidas
en la Ley 26366.
Así, existirá un pronunciamiento bajo una relación concreta y directa de los
hechos relevantes del caso, no creando un criterio de interpretación (subjetivo)
respecto de artículos contenidos en la normativa peruana vigente. De lo
contrario, se generarán pronunciamientos contradictorios que oscurezcan una
misma situación que ha sido resuelta de distintas maneras. / The Registry Court concluded that it is not appropriate to register a legal
mortgage when, despite not including an express waiver clause in the contract,
the parties have agreed that the balance of the price is guaranteed by a
conventional mortgage. This was based on an interpretative criterion of articles
1354 and 1099 of the Civil Code. Therefore, the present report covers the
analysis of such pronouncement in relation to the scope of the Court's powers
and the need for the express waiver clause of the legal mortgage.
Although the Registry Court facilitated the registration of the act of sale and
purchase and of the conventional mortgage, its analysis should have been
rigorous, under the legal limits in force, unifying criteria for the sake of legal
certainty. This is due to the fact that the registry qualification, regulated in article
2011 of the Civil Code and article 32 of the General Regulations of Public
Registries, covers the legality of the documents, capacity of the grantors, validity
of the act, its compatibility with the Registry, taking into account the registrable
nature of the act. In addition, it must be carried out within the framework of its
competencies contained in the Law of Creation of the National System of Public
Registries.
Thus, there will be a pronouncement under a concrete and direct relation of the
relevant facts of the case, not creating a criterion of interpretation (subjective)
with respect to articles contained in the Peruvian regulations in force. Otherwise,
contradictory pronouncements will be generated, obscuring the same situation
that has been resolved in different ways.
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El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritosBances Yesquen, Carlos Santos January 2019 (has links)
La presente investigación, titulada “El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos”, gira en torno a la implicancia del dicho principio respecto a la problemática del fraude inmobiliario. Para el desarrollo del tema, se ha optado por dividirlo en tres partes: 1) referida al principio de fe pública registral, 2) referida al fraude inmobiliario, y 3) explicando cómo debe interpretarse y aplicarse este principio respecto al fraude inmobiliario; en este sentido, la idea central de la investigación consiste en analizar si es idóneo o no, aplicar este principio para solucionar problemas derivados de los títulos fraudulentos inscritos, y de no serlo, proponer una solución definitiva a esa problemática. Finalmente, se concluye que es necesaria la aprobación de una ley específica que atienda al fraude inmobiliario y que modifique el artículo 2014° del Código Civil, con la finalidad de ponerle un freno definitivo a este ilícito.
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Informe Jurídico sobre la Resolución de la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima N° 235-2021-SUNARP-TRUsco Rutti, Deyvid 14 August 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se realiza un análisis crítico de los argumentos y la decisión
adoptada por la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima en la Resolución N° 235-2021-
SUNARP-TR, de fecha 13 de mayo de 2021. En esta resolución, el Tribunal Registral resolvió
el caso en concreto, realizando una interpretación extensiva del primer precedente de
observancia obligatoria, aprobado en el Centésimo Noveno Pleno del Tribunal Registral, que
se refiere a la cancelación del asiento registral donde consta inscrita el derecho de propiedad
de un predio, y su posterior desinscripción, por renuncia al derecho de propiedad.
Mediante el presente informe jurídico, el autor pretende cuestionar el criterio del Tribunal
Registral en la mencionada resolución, en la medida que ratifica lo dispuesto en el precedente
de observancia obligatorio antes referido, obviando considerar que dicho precedente resulta
inexacto en su contenido. No solo ello, sino también, aplica erróneamente dicho precedente,
generando incertidumbre e impredecibilidad en el sistema registral. En ese sentido, el autor
analizará tres problemas jurídicos relevantes que se identificaron en dicha resolución, los
cuales serán abordados en el presente informe desde una perspectiva crítica.
El autor resalta la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio
admitido en el precedente de observancia obligatorio antes mencionado, limitándose a
realizar una interpretación restringida de la renuncia al derecho de propiedad predial, en la
medida de que no existe un marco normativo vigente en nuestro ordenamiento jurídico
nacional que permita su desarrollo y viabilice su adecuado desenvolvimiento en el ámbito del
derecho civil. Además, considera que el hecho de permitir la desinmatriculación de un predio
en nuestro sistema contraviene nuestra normativa nacional vigente. / In this legal report, a critical analysis is made of the arguments and the decision adopted by
the First Chamber of the Registry Court of Lima in Resolution No. 235-2021-SUNARP-TR,
dated May 13, 2021. In this resolution, the Registry Court resolved the specific case, making
an extensive interpretation of the first precedent of mandatory observance, approved in the
One Hundred and Ninth Plenary Session of the Registry Court, which refers to the cancellation
of the registry entry where the property right of a property is registered, and its consequent
de-registration, due to waiver of the property right.
Through this legal report, the author intends to question the analysis adopted by the Registry
Court in the mentioned resolution, to the extent that it ratifies the provisions of the mandatory
compliance precedent, ignoring to consider that said precedent is not clear in its content. Not
only this, but also, it erroneously applies said precedent, generating uncertainty and
unpredictability in the registration system. In this sense, the author will analyze four relevant
legal problems that were identified in said resolution, which will be analyzed in this report from
a critical perspective.
The author highlights the importance that the Registry Court review again the criterion adopted
in the mandatory compliance precedent, limiting itself to making a restricted interpretation of
the waiver of the property right, to the extent that there is no current regulatory framework in
our national legal system that allows and enables its development in the area of civil law. In
addition, the author considers that the fact of allowing the deregistration of a property in our
system contravenes our current national regulations.
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¿La inscripción constitutiva de las uniones de hecho en el Registro Personal otorgaría una mayor cautela a los derechos patrimoniales y personales de los concubinos? Análisis jurisprudencialVasquez Tineo, Andrea Antoanne 23 March 2022 (has links)
El presente Trabajo Académico analiza a la Unión de Hecho y los problemas que conlleva su inscripción declarativa en el Registro Personal, pues muchas veces lo que sucede en la realidad fáctica no se refleja en la realidad registral. Por todo ello y en busca de proteger tanto los derechos de los concubinos como los de los terceros contratantes desarrollo mi propuesta legislativa que considero otorgará coherencia a nuestro ordenamiento jurídico: la inscripción constitutiva de la Unión de Hecho en el Registro Personal. La regulación de la Unión de Hecho ha ido complementándose progresivamente, por lo que considero que el legislador debe prestar atención a esta situación ya que una finalidad del Estado es otorgar seguridad al tráfico jurídico
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Efectos jurídicos perjudiciales recaídos en el tercero registral como consecuencia del asiento cancelatorio, extendido de acuerdo al artículo 5 de la Ley 30313Muñiz Duran, Ada Gabriela 26 March 2022 (has links)
La constante evolución de herramientas, de las que se valen las organizaciones delictivas para
defraudar a los propietarios de bienes inmuebles, en los últimos años ha impactado de manera
significativa en la seguridad jurídica y en la efectiva protección del derecho de propiedad.
La respuesta del Estado a esta problemática se dio mediante la promulgación de la Ley
Nº 30313, que fue materia de diversos cuestionamientos, uno de ellos recae en lo señalado por
el artículo 5º: La información contenida en las inscripciones y anotaciones preventivas que
han sido canceladas, no perjudica al tercero en los términos establecidos en el artículo 2014
del Código Civil (…). El objetivo general del trabajo fue demostrar que esta supuesta
indemnidad jurídica no se cumple, y que el tercero registral sí se encuentra afectado por el
asiento cancelatorio. Para tal fin se revisó el procedimiento de cancelación administrativa en
sede registral por los supuestos de falsificación documentaria o suplantación de identidad
contrastando con lo establecido por la doctrina nacional y extranjera respecto a los principios
rectores del sistema registral los cuales se han visto modificados por la normativa referida, por
lo que se concluye que efectivamente desde la norma, el asiento cancelatorio, produce una
afectación real al derecho del tercero registral. / The constant evolution of tools, which criminal organizations use to defraud property owners,
in recent years has had a significant impact on legal security and the effective protection of
property rights. The State's response to this problem was given through the enactment of Law
No. 30313, which was the subject of various questions, one of them falls on what was pointed
out by: The information contained in the inscriptions and preventive annotations that have
been canceled does not harm the outsider in the terms established in article 2014 of the Civil
Code (…). The general objective of the work was to demonstrate that this supposed legal
indemnity is not fulfilled, and that the outsider registry is affected by the cancellation entry.
To this end, the administrative cancellation procedure at the registry office was reviewed for
cases of documentary falsification or identity theft, contrasting with what is established by
national and foreign doctrine regarding the governing principles of the registry system, which
have been modified by the regulations. Referred, for which it is concluded that effectively
from the norm, the cancellation entry, produces a real affectation to the right of the third party
registry.
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La posibilidad de integrar el derecho al vuelo como derecho real en el PerúCervantes Velasquez, Luis Adrian 26 March 2022 (has links)
El presente trabajo versa sobre la integración del derecho al vuelo como derecho real,
teniendo en cuenta las normativas actuales, acuerdos plenarios y doctrina extranjera. La
finalidad del presente trabajo es incentivar a la búsqueda de posibles soluciones respecto
a tres puntos claves, el primer punto sobre el artículo 881 del código civil peruano y el
principio “numerus clausus” como primera barrera para la integración como derecho real
del derecho al vuelo, en segundo lugar establecer una posición legalista de cómo debería
integrarse en nuestro ordenamiento y en tercer lugar visualizar el panorama práctico de
los alcances que está teniendo la facultad de construcción en nuestro ordenamiento en
base a la normativas que se vienen dictando como el último acuerdo plenario sobre la
independización de aires sobre aires. / The purpose of the present paper deals with the integration of the right to flight as real
right, taking into consideration the current regulations, plenary agreements and foreign
doctrine. The purpose of this work is to encourage the investigation for possible solutions
regarding three key points, the first point based on article 881 of the Peruvian civil code
and the principle "numerus clausus" as the first barrier to integration as a real right of the
right to flight , secondly, to establish a legalistic position of how it should be integrated
into our ordinance and thirdly to visualize the practical panorama of the scope that the
construction faculty is having in our ordinance based on the regulations that have been
dictated as the last plenary agreement based on the independence of airs on airs.
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Los entes no personificados: la subjetividad jurídica de los fondos de inversión y su tratamiento en sede registralRuiz Ortiz, Rubén Arturo 31 May 2022 (has links)
El presente artículo aborda y desarrolla los principales aspectos jurídicos
relacionados al tratamiento legal de los fondos de inversión, como sujetos de
derecho, en sede registral. En tal sentido, se analizan las características de los
fondos inversión y su naturaleza jurídica a partir de la Ley de Fondos de Inversión
y, de forma específica, la posibilidad de los mismos para ejercer su
representación en sede registral a través de su sociedad administradora. De esta
manera, se demuestra y sostiene que los fondos de inversión ostentan la
naturaleza jurídica de sujetos de derecho y, como tales, por mandato imperativo
de la ley, su representación, en todos los actos jurídicos que celebre,
corresponde ser ejercida por su sociedad administradora, por lo que, para la
acreditación de dicha representación en sede registral, no resulta posible exigir
los mismos requisitos legales que a las personas jurídicas, ni mucho menos
equiparar su naturaleza jurídica.
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La Falta de Predictibilidad en la Calificación RegistralZamora Brenneisen, Verónica Andrea 01 June 2020 (has links)
El derecho registral ha evolucionado de sobremanera durante los años desde su creación. En
el 2019, la SUNARP ha cumplido 25 años de constante cambio para el beneficio del país,
incluyendo dentro de sus procedimientos cada vez más mejoras tecnológicas y procesos
simplificados. Sin embargo, aún hay aspectos que resultan bastante importantes por corregir;
uno de estos es el proceso de calificación registral. La función calificadora del registro es la
columna vertebral de nuestro sistema registral y, por ello, es importante que se convierta en
un proceso que resulte predecible para quienes requieren acceder al Registro. El presente
trabajo de investigación tiene como principal objetivo conocer con detalle los elementos que
impiden que la calificación registral constituya un proceso predecible para todos aquellos
que forman parte de éste. En ese sentido, partimos de una crítica al sistema actual, buscando
dentro de los dispositivos legales vigentes aquellas disposiciones que tienen la finalidad de
generar predictibilidad en los usuarios. Luego de ello, analizaremos la figura de la
calificación sustituta en España y de la conveniencia -o no- de introducirla al Sistema
Registral Peruano. Finalmente, procederemos a analizar por qué las resoluciones del Tribunal
Registral y los Precedentes de Observancia Obligatoria no constituyen herramientas que
generan predictibilidad en la calificación, a pesar de que éste es su objetivo.
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